Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos
03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 338 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl
| Col | Fecha promulgacion | Unidad u organo interno | Fecha de publicacion si corresponde | Fecha de ultima modificacion dd mm aaaa | Articulos de la ley reglamento u otro acto admin | Descripcion de las facultades funciones y atribu | Enlace a la publicacion o archivo del texto inte |
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| 09/06/2025 | 100.01.00.Departamento de Iluminación y Corrientes Debiles | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 81, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Mantención de alumbrado público comunal. 2. Levantamiento constante de necesidades de nuevo alumbrado público o redistribución del existente. 3. Recepción, evaluación y materialización, cuando sea pertinente, de solicitudes ciudadanas respecto a alumbrado público vial y peatonal. 4. Manejar listado de calles priorizadas a ser intervenidas con nuevo alumbrado público 5. Colaborar con la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos, en la elaboración de bases técnicas y el llamado a propuesta pública para contratar proyectos eléctricos en la comuna, en materias de Alumbrado Público, además de velar por una correcta evaluación técnica y económica de los oferentes. 6. Ejecutar proyectos de alumbrado público, conforme a las normativas eléctricas vigentes. 7. Efectuar las recepciones provisorias y definitivas de los proyectos a su cargo y coordinar los pagos de los mismos. 8. Revisar y otorgar Visto Bueno a Tratamientos de Espacios Públicos, en cuanto a temas eléctricos. 9. Colaborar con la Dirección de Parques y Jardines, en el despeje de alumbrado público para su correcto funcionamiento. 10. Inspección de los contratos de construcción y manteniento, relacionados con el alumbrado público comunal. 11. Mantener y actualizar catastro de Parque Lumínico. 12. Realizar evaluaciones preventivas del Sistema Eléctrico Público. 13. Realizar monitoreo de plataforma de Telegestión de luminarias públicas y proponer mejoras tecnológicas. 14. Realizar coordinación con Empresas de Servicios. 15. Desarrollar y controlar ejecución de proyectos de Soterramiento. 16. Otras que le encomiende el Director de Infraestructura y Servicios Públicos en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 101.01.00.Departamento de Conservación de Vía Pública | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 82, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Gestionar e inspeccionar la reparación de aceras y calzadas de la comuna. 2. Generar Plan Anual de Conservación Comunal de Aceras y Calzadas. 3. Efectuar las Recepciones Provisorias y Definitivas de las intervenciones a su cargo y coordinar los pagos de las mismas. 4. Llevar la mantención de pavimentos, de acuerdo a las normativas SERVIU vigentes. 5. Llevar el control de las intervenciones ejecutadas. 6. Colaborar en la inspección de intervención en Aceras y Calzadas, realizados por otros organismos, públicos o privados. 7. Revisar y otorgar visto bueno a Tratamientos de Espacios Públicos, en cuanto a Veredas y Calzadas. 8. Levantamiento constante de necesidades de nuevas aceras y proyección de calzadas. 9. Recepción y evaluación de solicitudes ciudadanas relacionadas con mejoramiento en aceras y calzadas, y responder y/o derivar a las unidades municipales correspondientes aquellas que no puedan ser resueltas directamente. 10. Mantener y actualizar un catastro de ocupación de Espacio Público. 11. Llevar a cabo una coordinación constante con SERVIU. 12. Realizar coordinación con Empresas de Servicios 13. Apoyar en relación a su competencia, de ser necesario, en la ejecución de proyectos de Soterramiento. 14. Ejercer el control y vigilancia de los cauces naturales o artificiales. 15. Coordinar tareas de destape y/o reparación en sumideros de aguas lluvias y cámaras, además de la inspección de éstas. 16. Gestionar la limpieza de canales y quebradas. 17. Proponer y ejecutar soluciones de Aguas Lluvias, con la finalidad de mejorar el parque existente de Sumideros y Colectores de éstas. 18. Otras que el encomiende el Director de Intraestructura y Servicios Públicos en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 102.01.00.Departamento de Obras Civiles y Mantención | 09/06/2025 | 04/06/2026 | Art. 83, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Realizar levantamientos topográficos, a solicitud de otras unidades municipales y del Director de Intraestructura y Servicios Públicos. 2. Ejecutar las reparaciones mayores de los inmuebles municipales, en cuanto a su intraestructura, velando por el óptimo estado de éstos. 3. Inspeccionar la correcta ejecución de labores de mantenimiento de edificios Municipales. 4. Colaborar con la supervisión y mantención de los quioscos pertenecientes a la comuna, verificando su reparación, traslado y/o mejoramiento, cuando corresponda. 5. Prestar asesoría técnica para las distintas etapas de formulación, evaluación, licitación y ejecución de los proyectos FONDEVE y de Autoprotección Vecinal que gestiona la Dirección de Desarrollo Comunitario y la Dirección de Seguridad Pública, en cuanto fuere procedente, con las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. 6. Prestar asesoría técnica a las unidades encargadas de las distintas etapas de los proyectos de infraestructura municipal, tales como: desarrollo de proyectos, licitaciones y ejecución de obras. 7. Analizar y verificar la pertinencia de modificaciones a los proyectos que se produzcan en el desarrollo de las distintas obras. 8. Sugerir planes de acción y estrategias para la ejecución de proyectos de infraestructura, velando por el cumplimiento de los presupuestos asignados a las obras. 9. Colaborar en la elaboración de proyectos de cálculo estructural que se requieran para la ejecución de iniciativas de las distintas unidades de la municipalidad. 10. Otras que le encomiende el Director de Infraestructura y Servicios Públicos en el ámbito de su competencia | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 103.01.00.Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 84, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Establecer procesos de compras eficientes e integrados, que estén de acuerdo en el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Nº 19.886, sus modificaciones posteriores y su Reglamento. 2. Ejercer como administrador del portal www.mercadopublico.cl, dando cumplimiento a las normas establecidas para la adquisición de bienes o servicios. 3. Elaborar, publicar y realizar seguimiento del Plan Anual de Compras del Municipio, en base a sus necesidades. 4. Gestionar las adjudicaciones, revocaciones o deserciones, de acuerdo con los respectivos Informes Finales que provean las Comisiones Evaluadoras, en los términos que señala la Ley Nº 19.886 y su Reglamento. 5. Gestionar, administrar y llevar un control de los contratos acordados por el municipio, en el portal www.mercadopublico.cl. 6. Colaborar y redactar, en conjunto con tas Unidades Municipales correspondientes, las Bases Administrativas y Técnicas de los llamados a licitación pública o privada, así como los Decretos Alcaldicios asociados a Tratos Directos u otras modificaciones de contratación. 7. Coordinar la respuesta oportuna de aquellos reclamos que sean presentados através del portal www.mercadopublico.cl, en relación con procesos de compra. 8. Colaborar con la capacitación de los funcionarios municipales en el área de su competencia, cuando corresponda. 9. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiendes. 10. Ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a. Departamento de Planificación Estratégica de las Compras Pública. b. Departamento de Propuestas Públicas. c. Departamento de Compras. d. Departamento de Gestión de Contratos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 104.01.00.Departamento de Planificación Estratégica de las Compras Pública | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 85, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Elaborar el Plan Anual de Compras, coordinando los requerimientos que presenten las Direcciones Municipales, y velando porque se dé cumplimiento a las normas y principios de las compras públicas, en especial a los principios de eficiencia, transparencia y probidad administrativa. 2.Mantener actualizado el Plan Anual de Compras, velando porque los procesos de adquisición que se realicen se ajusten a éste y porque se justifiquen aquellos que se realicen fuera del mismo, de acuerdo a los procedimientos que establece la ley. 3. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación, para resguardar que el Plan Anual de Compras se ajuste al presupuesto municipal. 4. Otras que les sean encomendadas por el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 105.01.00.Departamento de Propuestas Públicas | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 86, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Elaborar bases de licitación, tratos directos y decretos asociados a otras modalidades de compra según la Ley Nº19.886, de acuerdo con las especificaciones técnicas provistas por las distintas unidades requirentes, para procesos de compra cuyos montos excedan las 1.000 UTM. 2. Gestionar los procesos de compras de su competencia y publicar los actos administrativos en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, conocido como portal www.mercadopublico.cl, relativos a los procesos de compra de su competencia. 3. Publicar las consultas al mercado a través del portal www.mercadopublico.cl, cuando proceda de acuerdo con la normativa aplicable. 4. Envío de antecedentes relativos a las adjudicaciones de los procesos de compras de su competencia al Departamento de Gestión de Contratos, para la elaboración de los correspondientes Contratos. 5. Colaboración en el registro de los bienes inventariables, adquiridos por el municipio, mediante la información de las adjudicaciones a la Dirección de Administración y Finanzas. 6. Análisis de Normas que regulan las Compras Públicas: Ley Nº19.886 y Reglamento, Términos y condiciones de Uso Plataforma ChileCompra, Ley Nº18.695, Ley de Presupuestos, Ley Nº19.880, Ley Nº18.575 y toda normativa aplicable a los procesos de compras y contrataciones sometidos a revisión del departamento. 7. Coordinar la respuesta de aquellos reclamos que sean presentados a través del portal www.mercadopublico.cl, en relación con procesos de compra de su competencia. 8. Cumplir con las demás funciones que el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 106.01.00.Departamento de Compras | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 87, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Gestionar y coordinar los procesos de adquisición de bienes y servicios requeridos por las distintas unidades municipales, conforme a lo establecido en la Ley Nº19.886 sobre Compras Públicas, su reglamento y demás normativas aplicables. 2. Supervisar y ejecutar procesos de compra pública tanto en las modalidades de trato directo como licitación, diferenciando según los rangos de montos establecidos (menores a 100 UTM y entre 100 y 1.000 UTM), a través de sus respectivas secciones: Compras Menores y Compras Intermedias. 3. Asegurar la correcta aplicación de la normativa vigente en materia de adquisiciones públicas, velando por la eficiencia, transparencia, legalidad y oportuna atención a las necesidades de las unidades requirentes, así como la adecuada gestión de reclamos, registro de bienes inventariables y demás funciones encomendadas por la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos. 4. Monitorear y reportar el cumplimiento del Plan Anual de Compras, asegurando que los procesos se ajusten a los tiempos, presupuestos y requerimientos establecidos por la planificación institucional y normativa vigente. 5. Promover la mejora continua en la gestión de compras, mediante la identificación de oportunidades de optimización de procesos, digitalización, capacitación al personal y fortalecimiento de buenas prácticas en contratación pública. 6. Ejercer la supervisión jerárquica y administrativa de las siguienges secciones: a. Selección de Compras Intermedias. b. Selección de Compras menores. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 106.01.00.Departamento Plan Regulador | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 93, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Elaborar el Plan Regulador comunal manteniéndolo actualizado, mediante sus modificaciones, enmiendas, planes seccionales, planos seccionales y planes de detalle que sean necesarios. 2. Confeccionar los planos de detalle para la afectación a utilidad pública contenida en el Plan Regulador Comunal, conforme a lo establecido en el art. 28ter. de la L.G.U.C. 3. Preparar las imágenes objetivo para el Plan Regulador, sus modificaciones, enmiendas, planes seccionales, según lo establece la Ley Nº 20.078. 4. Desarrollar el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, que contenga una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en el Instrumento de Planificación Territorial, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20.958 de 2016, ley de aporte al espacio público. 5. Preparar el Plan de Desarrollo Urbanístico Sostenible, para las áreas excluidas del Desarrollo Urbano sobre la cota 1.000 m.s.n.m. 6. Estudiar y proponer a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo, aquellas materias que afecten a la comuna de Las Condes y requieren ajustes en la ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago. 7. Preparar los informes a las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. 8. Preparar las ordenanzas locales vinculadas a materias urbanísticas. 9. Confeccionar los planos para las expropiaciones necesarias para el Municipio. 10. Elaborar las Guías de Diseño para el espacio público, considerando definiciones de arbolado, iluminación, accesibilidad universal, publicidad, mobiliario urbano, pavimentos, escaños, paraderos, señalética, basureros, refugios peatonales, quioscos, módulos de atención de público para servicios municipales. 11. Cumplir con las demás funciones que el Director de Asesoría Urbana le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 106.01.01.00.Selección de Compras Intermedias | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 87, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Elaborar bases de licitación, tratos directos y decretos asociados a otras modalidades de compra según la Ley Nº19.886, de acuerdo con las especificaciones técnicas provistas por las distintas unidades requirentes, para procesos de compra cuyos montos se encuentren comprendidos dentro de las 100 y 1.000 UTM. 2. Gestionar los procesos de compras de su competencia y publicar los actos administrativos en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, conocido como portal www.mercadopublico.cl, relativos a los procesos de compra de su competencia. 3. Análisis de Normas que regulan tas Compras Públicas: Ley Nº19.886 y Reglamento, Términos y condiciones de Uso Plataforma ChileCompra, Ley N°18.695, Ley de Presupuestos, Ley Nº19.880, Ley Nº18.575 y toda normativa aplicable a los procesos de compras y contrataciones sometidos a revisión de la Sección. 4. Colaboración en el registro de los bienes inventaria bles, mediante la información a la Dirección de Administración y Finanzas, de las adjudicaciones de procesos de compras gestionados por la Sección. 5. Coordinar la respuesta de aquellos reclamos que sean presentados a través del portal www.mercadopublico.cl, en relación con procesos de compra de su competencia. 6. Asistir a la Sección de Compras Menores en la redacción de los proyectos de Decreto de Trato o Contratación Directa, cuyos montos no superen las 100 UTM. 7. Cumplir con las demás funciones que el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 106.01.02.Selección de Compras menores | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 87, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1 .Llevar tos procesos de compra por montos bajo las 100 UTM, promoviendo la eficiencia, eficacia y ahorro en todas sus contrataciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento. 2. Cotizar, licitar y adquirir los Bienes y Servicios solicitados por las diferentes áreas municipales, en el marco establecido por la Ley de Compras Públicas, su Reglamento y el Plan Anual de Compras. 3. Elaborar y gestionar, cuando corresponda, los proyectos de Decreto de Trato o Contratación Directa, cuyos montos no superen las 100 UTM. 4. Colaboración en el registro de los bienes inventariables, mediante la información a la Dirección de Administración y Finanzas, de las adjudicaciones de procesos de compras gestionados por la Sección. 5. Coordinar la respuesta de aquellos reclamos que sean presentados a través del portal www.mercadopublico.cl, en relación con procesos de compra de su competencia. 6. Cumplir con las demás funciones que el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 107.01.00.Departamento de Gestión de Contratos | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 88, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Notificar a los adjudicatarios de los distintos procesos de compra, solicitando la presentación de los documentos necesarios para la preparación de los contratos, conforme a la información enviada por el Departamento de Propuestas Públicas. 2. Redactar y gestionar las órdenes de compra relacionadas con los procesos de compras públicas, así como preparar los contratos y sus respectivas modificaciones y términos contractuales, junto con sus respectivos Decretos Alcaldicios aprobatorios, los cuales deberán ser despachados a la Dirección Jurídica para su revisión y visado, velando por el cumplimiento de principios y normas relativas a las compras públicas. 3. Gestionar a través del portal la recepción conforme de las Órdenes de Compras, de acuerdo con los certificados de conformidad emitidos por los respectivos supervisores o requirentes de compra, según corresponda, 4. Colaboración en el registro de los bienes inventariables, mediante la información a la Dirección de Administración y Finanzas, de las adjudicaciones de procesos de compras gestionados por la Dirección. 5. Publicar las evaluaciones de los contratos y liquidaciones, realizadas por las diferentes Direcciones Municipales a través de los Supervisores e Inspectores, al término de los respectivos contratos, debiendo remitir los antecedentes a la Dirección de Asesoría Jurídica para su posterior finiquito. 6. Publicar oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl todos los actos administrativos a los que se reifiere el literal anterior. 7. Llevar el registro de todos los contratos cuya gestión deba realizarse a través del portal de compras, en colaboración con los funcionarios designados como Gestores de Contratos, si hubiere. 8. Vetar por la actualización en el portal www.mercadopublico.cl, del aplicativo Gestión de Contratos, junto con los funcionarios responsables de su poblamiento, si hubiere. 9. Mantener actualizado el registro de los funcionarios responsables para la gestión de los contratos que supervisan. 10. Otras que les sean encomendadas por el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 108.01.00.Dirección de Medio Ambiente y Aseo | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 89, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Supervisar el aseo de las vías públicas y bienes nacionales de uso público existentes en la comuna, que no estén en mantención de parques y jardines u otro Departamento. 2. Visar Facturas por prestación de Servicios de los Contratistas. 3. Hacer cumplir las Leyes y Ordenanzas referentes al Medio Ambiente y Aseo de la Comuna. 4. Fiscalizar y evaluar el cumplimiento de los contratos y concesiones de los servicios supervisados por esta Dirección, 5. Fiscalizar el buen cumplimiento del servicio de extracción y disposición fínal de residuos sólidos domiciliarios. 6. Fiscalizar y evitar el depósito de escombros y la formación de microbasurales. 7. Estudiar y proponer proyectos de innovación que contribuyan a un mejoramiento de la gestión de esta Dirección. 8. Participar en las labores realizadas por el Consejo de Alcaldes Cerros de Renca u otro que lo reemplace. 9. Proponer la fijación de los derechos de Aseo que deben pagar las propiedades existentes en la comuna. 10. Proponer y formular los requerimientos de Programas o Sistemas Computacionales para las diferentes actividades desarrolladas por esta Dirección. 11. Optimizar y racionalizar el uso de los recursos asignados a esta Dirección. 12. Coordinar sus funciones de Fiscalización con aquellas asignadas a la Dirección de Operaciones y Emergencia, cuando corresponda. 13. Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente 14. Administrar los Centros y Puntos de Acopio de residuos reciclables o Separación Transitoria y centro de capacitación medio ambiental. 15. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 16. Ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a. Departamento de Aseo. b. Departamento de Medio Ambiente. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 109.01.00.Departamento de Aseo | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 90, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Disponer y fiscalizar el correcto y oportuno retiro de los residuos domiciliarios y comerciales de la comuna (Servicios Especiales). 2. Disponer y fiscalizar el aseo de las vías públicas y, en general de los Bienes Nacionales de Uso Público existentes en la Comuna. 3. Fiscalizar el retiro de la vía pública los escombros y micro basurales, en los casos que se desconozca su procedencia. 4. Recibir y atender las denuncias que formule la comunidad por infracciones a la Ordenanza Local de Aseo, disponer su verificación y adoptar cuando corresponda, las medidas que procedan. 5. Denunciar al Juzgado de Policía Localcorrespondiente, las infracciones a la Ordenanza de Aseo u otras normas atingentes. 6. Realizar la limpieza superficial de los resumideros de aguas lluvias existentes en la comuna, en coordinación con el Departamento de Conservación de Vía Publica, dependiente de la Dirección de Infraestructura y Servicios Públicos. 7. Velar por la estética de la Comuna a través de inspecciones destínadas a detectar rayados o consignas, en murallas, pasos bajo nivel y/o cualquier Bien Nacional de Uso Público, procediendo a su borrado. 8. Supervisar y controlar el correcto funcionamiento del equipo rodante que realiza labores de recolección de residuos de la comuna. 9. Programar cortes de pastizales y realizar demás gestiones tendientes a la Prevención de Incendios y Emergencias. 10. Supervisar el retiro de los residuos sólidos domiciliarios, su tratamiento intermedio y disposición final. 11. Colaborar en episodios de emergencia como inundaciones, aluviones, terremotos, accidentes en la vía pública, apoyo en la contención de incendios, entre otras emergencias, dentro del ámbito de sus competencias. 12. Otras que les sean encomendadas por la Dirección de Medio Ambiente y Aseo, en el ámbito de su competencia. 13. El DEPARTAMENTO DE ASEO ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento de las siguientes Secciones de su dependencia: a. Sección de Inspección. b. Sección de Maquinarias. c. Sección Punto Limpio. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 109.01.01.Sección de Inspección | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 90, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Fiscalizar y evaluar los contratos y concesiones adjudicados por la municipalidad en materia de aseo. 2. Inspeccionar el desempeño de los contratistas, asegurando que cumplan con los estándares y condiciones establecidas. 3. Controlar la limpieza de espacios públicos y prevenir cualquier anomalía del área. 4. Coordinar con otras unidades municipales acciones de gestión fiscalización y control | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 109.01.02.Sección de Maquinarias | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 90, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Mantener en óptimo estado la maquinaria, equipamiento y vehículos utilizados de los servicios realizados. 2. Gestión de materiales, herramientas y equipamiento de la sección (Sacos de arena, contenedores, estanques de agua, tinetas, entre otros). 3. Instalación y mantención de mobiliario urbano de la dirección que se utiliza en la comuna. 4. Instalación, administración y retiro de pendones, lienzos, bastidores y palomas. 5. Realizar el riego de arbolado urbano utilizando camiones aljibes municipales. 6. Ejecutar el barrido y aspirado mecanizado en húmedo de calzadas con barredoras municipales. 7. Operar el servicio de lavado nocturno de calles y limpieza de sumideros de aguas lluvias. 8. Abastecimiento de agua no potable mediante camión aljibe y/o surtidores de agua en puntos de la comuna en caso de emergencia u otros. 9. Colaborar en ta gestión de otras unidades municipales; como la instalación de pendones publicitarios. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 109.01.03.Sección Punto Limpio | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 90, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Administrar y supervisar los centros y puntos de acopio de reciclaje inorgánico en la comuna, tales como el Punto Verde, puntos semisoterrados, puntos móviles, programas como Recicla en Edificios, entre otros. 2. Coordinar estratégicamente la operación y mantenimiento de la infraestructura asociada al reciclaje, asegurando su correcto funcionamiento, limpieza y accesibilidad. 3. Gestionar la separación, recolección y disposición transitoria de residuos reciclables, velando por su trazabilidad y tratamiento adecuado conforme a la normativa ambiental vigente. 4. Fiscalizar y dar seguimiento al cumplimiento de los contratos y servicios externalizados vinculados a la gestión del reciclaje, verificando que se cumplan las bases de licitación y los estándares de calidad y eficiencia establecidos por la municipalidad. 5. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de educación ambiental y concientización ciudadana orientados a promover una cultura de reciclaje y sustentabilidad en la comunidad. 6. Aplicar y hacer cumplir la normativa ambiental vigente relacionada con la gestión de residuos reciclables, en coordinación con los organismos pertinentes. 7. Levantar y mantener actualizada una base de datos con indicadores de gestión ambiental, volumen de materiales reciclados, participación ciudadana y puntos de recolección activos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 110.01.00.Departamento de Medio Ambiente | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 91, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente; 2. Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna, que sean de su competencia. 3. Revisar, evaluar y emitir pronunciamiento de los proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que se ejecuten en la comuna. 4. Supervisar la estación de transferencia y el relleno sanitario, con la cual el municipio tiene convenio. 5. Coordinar y gestionar, con los Organismos públicos y privados, temas ambientales relativos o que afecten a la comuna. 6. Planificar actividades de difusión y educación, referentes a la protección del medio ambiente comunal. 7. Otras que les sean encomendadas por la Dirección de Medio Ambiente y Aseo en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 111.01.00.Dirección de Asesoría Urbana | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 92, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Asesorar al Alcalde(sa) y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano. 2. Estudiar, elaborar y monitorear permanentemente el Plan Regulador Comunal, incluyendo limites Urbanos, Zonificación, Áreas de Renovación Urbana, Áreas de Valor Patrimonial, con las Ordenanzas correspondientes, manteniéndo actualizado, y promover las modificaciones que sean necesarias. 3. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal formuladas al Municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. 4. Proponer aLAlcalde(sa) Los planes seccionales, los planos seccionales y los planes de detalle, relacionados con la precisión de trazados viales, zonificación, líneas oficiales y ordenamientos de los espacios públicos. 5. Preparar el plan de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y los planes de detalle y planes seccionales. 6. Informar y proponer las expropiaciones necesarias para el cumplimiento del Plan Regulador en relación con los espacios de vialidad, áreas verdes y equipamiento. 7. Proponer, estudiar o elaborar propuestas o proyectos de mejoramiento urbanístico en el nivel comunal, de los espacios públicos, sus guías de diseño para su intervención o conservación. 8.Establecer los lineamientos urbanísticos sustentables para las áreas excluidas del Desarrollo Urbano, sobre la cota 1.000 m.s.n.m. 9. Proponer, estudiar y/o elaborar, en conjunto con la Dirección Jurídica Municipal, las ordenanzas locales en materias vinculadas al desarrollo urbano comunal. 10. Proponer el estudio de las zonas en la Comuna que contienen valores arquitectónicos o urbanísticos y que pudieran ser incorporados al Plan Regulador Comunal. 11. Establecer los lineamientos para la intervención de los Inmuebles de Conservación Histórica y las Zonas de Conservación Histórica velando por la conservación y adecuada intervención del patrimonio arquitectónico y urbano comunal. 12. Guiar la elaboración de los diagnósticos y expedientes urbanos para los proyectos de modificación al Plan Regulador Comunal. 13. Instruir la elaboración de los documentos y estudios técnicos que dan factibilidad a los proyectos de modificaciones al Plan Regulador Comunal. 14. Establecer los criterios urbanísticos para los proyectos de intervención de los espacios públicos, tales como, áreas peatonales, paseos urbanos, áreas verdes y adecuaciones a la vialidad. 15. Generar los lineamientos para los proyectos estratégicos e imágenes objetivo para los proyectos de modificación del Plan Regulador Comunal | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 111.02.00.Dirección de Asesoría Urbana | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 92, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 16. Informar las soluciones urbanísticas en los proyectos de infraestructura comunal propuestos por otros Órganos del Estado. 17. Establecer los lineamientos urbanísticos para los proyectos de arquitectura de los edificios municipales. 18. Establecer lineamientos para la solución de viviendas sociales, con subsidio municipal en la comuna. 19. Estudiar el alcance urbanístico de los tratamientos de espacios exteriores propuestos por los proyectos privados en sus frentes públicos. 20. Estudiar las propuestas de publicidad en el espacio público y privado de manera de establecer sus regulaciones urbanísticas. 21. Informar como contraparte en la inserción urbana, sobre la plataforma pública comunal de los planes de infraestructura y proyectos para la movilidad sustentable, modificaciones a la red de vialidad, estacionamientos públicos de autos, motos y bicicletas, red de ciclovías, redes de transporte público, paradas, zonas pagas, mobiliario urbano, publicidad y arte urbano en espacios públicos y privados. 22. Coordinar los distintos Departamentos que componen la Dirección. 23. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 24. Ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a. Departamento Plan Regulador. b. Departamento Patrimonio Arquitectonico y Urbano. c. Departamento Estudios Urbanos. d. Departamento Proyecto Urbano y Aquitectura. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 112.01.00.Departamento Patrimonio Arquitectonico y Urbano | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 94, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Estudiar, evaluar y dar respuesta a las solicitudes del Consejode Monumentos Nacionales, para los Inmuebles o áreas para los que un particular solicita la declaración de Monumento Nacional o Zona Típica. 2. Estudiar las zonas en la Comuna que contienen valores arquitectónicos o urbanísticos y que pudieran ser incorporados al Plan Regulador Comunal. 3. Estudiar y dar respuesta a las solicitudes de desafectación de la condición de Inmuebles o Zona de Conservación Histórica contenida en el Plan Regulador Comunal. 4. Estudiar y preparar los lineamientos para las zonas declaradas zonas típicas o pintorescas en el Plan Regulador Comunal, en cumplimiento del Decreto Supremo nº 223/2016, Reglamento sobre zonas típicas o pintorescas de la Ley Nº17.288. 5. Desarrollar los proyectos y elaborar y redactar, cuando corresponda, en conjunto con las unidades Municipales pertinentes, las bases administrativas y técnicas de los llamados a propuestas Públicas o Privadas para la conservación o mejoramiento de los inmuebles municipales calificados como de Conservación Histórica por el Plan Regulador Comunal. 6. Elaborar los Planes Maestros para el desarrollo de proyectos urbanos y proyectos estratégicos asociados a Monumentos Nacionales, zonas típicas, inmuebles o zonas de conservación histórica. 7. Cumplir con las demás funciones que el Director de Asesoría Urbana le encomienden el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 113.01.00.Departamento Estudios Urbanos | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 95, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Mantener actualizada la base de información urbana relevante del territorio comunal, enlazada con los sistemas de información geográfica con que cuenta el Municipio. 2. Preparar los diagnósticos y expedientes urbanos para los proyectos de modificación al Plan Regulador Comunal. 3. Realizar la calificación técnica de los impactos ambientales en las modificaciones al instrumento de planificación comunal, catalogándolas como sustantivas o no sustantivas, para efecto de elevar la pertinencia ambiental o desarrollar su evaluación ambiental estratégica. 4. Preparar los documentos para solicitar la pertinencia ambiental para aquellas modificaciones al Plan Regulador Comunal no sustantivas. 5. Elaborar y redactar, cuando corresponda, en conjunto con las unidades Municipales pertinentes, las bases administrativas y técnicas de los llamados a propuestas Públicas o Privadas para la contratación de los estudios de evaluación ambiental estratégica para las modificaciones sustantivas del Plan Regulador Comunal; de los Estudios de Capacidad Vial asociados a las modificaciones del Plan Regulador Comunal y los estudios de factibilidad sanitaria y de aguas lluvia asociadas a las mismas. 6. Preparar el diagnóstico e informes técnicos para establecer recomendaciones de uso en las áreas excluidas del Desarrollo Urbano. 7. Mantener actualizado el Plan Regulador comunal en la Web Municipal, velando por el cumplimiento del artículo 6° de la Ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública respecto al Plan Regulador Comunal. 8. Estudiar e informar los Estudios sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), de los proyectos de densificación, particularmente del impacto de sus medidas de mitigación en el espacio público comunal. 9. Estudiar y proponer las áreas de riesgo de acuerdo al artículo 2.1.17 de la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones, actuaUzándolas a partir de la información disponible y proponiendo las modificaciones necesarias al instrumento de planificación comunal. 10. Cumplir con las demás funciones que el Director de Asesoría Urbana le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 114.01.00.Departamento Proyecto Urgano y Arquitectura | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 96, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | 1. Elaborar los proyectos de intervención de los espacios públicos, tales como, áreas peatonales, paseos urbanos, áreas verdes y adecuaciones a la vialidad. 2. Asesorar, informar o graficar las soluciones urbanísticas en los proyectos de infraestructura comunal contenidas en el plan de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público. 3. Estudiar y proponer en el plan de inversiones, los proyectos de densificación de viviendas sociales, que permita la renovación urbana de áreas existentes, de baja densidad. 4. Elaborar los proyectos de arquitectura para viviendas sociales, con subsidio municipal en la comuna. 5. Estudiar y elaborar los proyectos de arquitectura para edificios municipales, incluyendo sus ampliaciones y modificaciones posteriores. 6. Colaborar, cuando corresponda, en conjunto con las unidades Municipales pertinentes, las bases administrativas y técnicas de los llamados a propuestas Públicas o Privadas para la contratación de los proyectos de especialidades de proyectos en recintos municipales, intervenciones en espacio público, concursos públicos para proyectos de edificios municipales o en terrenos municipales, proyectos privados en terrenos municipales y arte urbano en bienes nacionales de uso público. 7. Revisar e informar las proposiciones de Tratamientos de Espacios Públicos Exteriores, que se generan por proyectos que se acogen a la normativa urbanística de densificación. 8. Revisar e informar los expedientes de publicidad. 9. Revisar e informar los Permisos Precarios en consulta por la Secretaría Comunal de Planificación para la ocupación de espacio público. 10. Colaborar como contraparte para la inserción urbana, sobre la plataforma pública comunal de los planes de infraestructura y proyectos para la movilidad sustentable, modificaciones a la red de vialidad, estacionamientos públicos de autos, motos y bicicletas, red de ciclovías, redes de transporte público, paradas, zonas pagas, mobiliario urbano, publicidad y arte urbano en espacios públicos y privados. 11. Cumplir con las demás funciones que el Director de Asesoría Urbana le encomiende en el ámbito de su competencia. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 115.01.00.Juzgados de Policía Local | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 97, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Son Órganos de Administración de Justicia, de carácter Comunal, en las materias a que se refiere la Ley Nº15.231, y en aquellas que Leyes Especiales, Ordenanzas o Decretos, en los términos que faculta la Ley, han sometido a su conocimiento. Los Jueces de Policía Local son independientes de toda autoridad Municipal en el ejercicio de sus funciones y se encuentran sujetos a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la respectiva Corte de Apelaciones. Sus funcionarios se someterán a la normativa legal aplicable a los funcionarios municipales. Los Juzgados de Policía Local tendrán las siguientes funciones: 1. Administrar justicia dentro del territorio comunal en todas las materias en que la Ley le ha dado competencia. 2. Conocer de los siguientes asuntos: a. Las infracciones de los preceptos que reglamentan el tránsito y transporte público. b. Las infracciones de las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos Alcaldicios. c. Las infracciones a las Leyes Especiales tales como la Ley de Rentas Municipales; Ley General de Urbanismo y Construcción y Ordenanza respectiva; Ley de Calificación Cinematográfica, Pavimentación; Alcoholes; Pesca y Caza y Vigilantes Privados. d. Otras que le encomienden leyes especiales. Los Juzgados de Policía Local de Las Condes son tres: PRIMER JUZGADO DE POLICÍA LOCAL, SEGUNDO JUZGADO DE POLICÍA LOCAL y TERCER JUZGADO DE POLICÍA LOCAL. Cada Juzgado de Policía Local contará con un Secretario, sujeto a la autoridad disciplinaria inmediata del Juez en el ejercicio de sus funciones, y su responsabilidad administrativa se determinará y hará efectiva de acuerdo a las normas del estatuto administrativo para funcionarios municipales, al igual que el resto del personal de los juzgados. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.01.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 98, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Cada Director tendrá a su cargo la coordinación, fiscalización y control del adecuado cumplimiento y desarrollo de las funciones que correspondan a su Unidad y/o a cada uno de los Departamentos, Secciones u Oficinas de su dependencia, como asimismo, establecerá el sistema de coordinación interna que estime más adecuado, podrá establecer Comisiones internas, Informes, Pautas de Trabajo, Plazos, trabajo común o cualesquiera otras medidas de carácter interno que estime conducentes a un adecuado cumplimiento de las funciones propias. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.02.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 99, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Cada Director tendrá el derecho y el deber de efectuar la coordinación con otros Directores en materias interdisciplinarias, complejas o de importancia, interés o compromiso para la Municipalidad, de modo de realizar el cometido en forma conjunta. Especialmente, deberá coordinar su acción con las Direcciones Asesoras del más alto nivel, tales como Dirección Jurídica, Secretaria Comunal de Planificación, Contrataría Municipal y Secretaría Municipal, sin perjuicio de la permanente y oportuna información al Alcalde y del cumplimiento de las medidas o instrucciones que éste imparta. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.03.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 100, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Cada Director velará porque la Unidad a su cargo, con la mayor brevedad, en la forma más completa y objetiva posible, evacue los informes que le requieran las demás Unidades Municipales. Dentro de las 48 horas siguientes de recibirse en una Unidad un reclamo en contra de un Decreto Alcaldicio, Resolución, Ordinario, actuación u omisión de la Municipalidad, de sus Unidades o de algún funcionario, en materias Municipales, deberá enviarse copia de él y copia de los antecedentes pertinentes a la Dirección Jurídica, sin perjuicio de los informes y actuaciones que corresponda adoptar a la Unidad respectiva, la cual seguirá a cargo del asunto o materias reclamadas. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.04.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 101, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Del mismo modo, se procederá respecto de demandas judiciales o peticiones de informes que se soliciten por Contrataría General de la República, Tribunales, Ministerios, Intendencia u otros Organismos Públicos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.05.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 102, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Cada Director podrá solicitar la realización de reuniones informativas, de estudio, de planificación de acciones de trabajo u otras semejantes, en conjunto con otros Directores, de manera de facilitar el cumplimiento de las funciones Municipales y la adecuada y oportuna información al Alcalde, Concejo, Intendencia, Ministerios, Organizaciones Comunitarias, Instituciones Públicas o Privadas, prensa e interesados sobre materias específicas. El desarrollo de este tipo de coordinación se efectuará en términos tales de no alterar el funcionamiento y competencia de las demás Unidades | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 116.06.00.Coordinación y Cumplimiento de sus Funciones por las Direcciones Municipales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 103, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Para el adecuado cumplimiento de las funciones y desarrollo del trabajo Municipal, existirán las siguientes Comisiones de Coordinación Interna: 1. Comisión Revisora de Bases de Licitación. 2. Comisión Evaluadora de Control de Gastos | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 117.01.00.Instancias de Coordinación Interna | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 104, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Para el adecuado cumplimiento de las funciones y desarrollo del trabajo Municipal, existirán las siguientes Comisiones de Coordinación Interna: 1. Comisión Revisora de Bases de Licitación. 2. Comisión Evaluadora de Control de Gastos. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 117.02.00.Instancias de Coordinación Interna | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 105, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | La Comisión Revisora de Bases de Licitación colaborará en la revisión del texto de aquellas licitaciones que deba llamar el Municipio, en aquellos casos contemplados en la Ley Nº19.886, como asimismo, en los casos en que conforme a la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, corresponda dicho procedimiento. En particular, su función será visar los textos definitivos de las Bases Administrativas y Técnicas sometidas a su conocimiento por la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos. Esta comisión estará integrada por la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos, a través de su director/a o quién lo/a subrogue, quien la presidirá; la Secretaría Municipal, a través de su Secretario Municipal o quién lo subrogue; y por la Dirección Jurídica, a través de su director/a o quien lo subrogue. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 117.03.00. Instancias de Coordinación Interna | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 106, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | LA COMISIÓN EVALUADORA Y DE CONTROL DE GASTOS es un órgano asesor del Alcalde, que estará integrada por el Administrador Municipal, quien la presidirá; el Dirección deAdministración y Finanzas,y el Secretario Comunal de Planificación. Actuará como secretario de la Comsión el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos. Esta Comisión se reunirá a lo menos una vez a la semana, pudiendo en consecuencia celebrarse otras sesiones especialmente convocadas al efecto. En todas ellas, la Comisión revisará las solicitudes de adquisición y otros gastos inherentes al funcionamiento Municipal, debiendo el Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos proporcionar todos los antecedentes que se requieran en cada ocasión. Para tal efecto la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos deberá elaborar la tabla de cada sesión, según los antecedentes que hubiere recibido o que le hagan llegar los demás integrantes de la Comisión u otras Unidades, en tanto requirentes de compras, con la anticipación necesaria para dar cumplimiento a los plazos establecidos en la normativa legal vigente sobre la materia. En caso de sesiones convocadas especialmente al efecto, la Unidad que la requiera, deberá presentar la solicitud conjuntamente con tos antecedentes respaldatorios. Para sesionar se requerirá, a lo menos, la asistencia de dos de sus miembros, correspondiendo al Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos efectuar las citaciones a las sesiones que corresponda. Los acuerdos se tomaran por simple mayoría de los miembros asistentes. Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión podrá invitar, en carácter de asesor, consultivo o informativo, a los funcionarios municipales que estime convenientes, los cuales estarán obligados a asistir. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 117.04.00.Instancias de Coordinación Interna | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 107, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | El Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos deberá levantar Actas foliadas correlativamente de las reuniones, en que se deje constancia en forma resumida de las materias tratadas, de las tareas encomendadas y, en especial, de los Acuerdos que adopte la Comisión. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 117.05.00.Instancias de Coordinación Interna | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 108, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Para sus acuerdos, la Comisión deberá considerar en las adquisiciones y contrataciones de servicios, la manifiesta utilidad o necesidad de los mismos y el racional y eficiente uso de los recursos públicos. Las funciones de esta Comisión serán las siguientes: 1. Velar porque las adquisiciones de bienes o contrataciones de servicios, se efectúen de acuerdo a la normativa vigente. 2. Estudiar las necesidades y racionalizar la adquisición de bienes, contratación de servicios o celebración de convenios o contratos, a objeto de obtener su máximo aprovechamiento y utilidad. 3. Evaluar y proponer la modificación, aprobación o rechazo total o parcial de las solicitudes de adquisiciones de bienes o servicios cuyo monto sea superior a 20 UTM y de contrataciones de prestaciones de servicios. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 118.01.00.Disposiciones Finales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 109, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | El Alcalde será subrogado, en caso de ausencia o impedimento, por el funcionario en ejercicio que le siga en orden de jerarquía dentro de la Municipalidad, con la exclusión de los Jueces de Policía Local. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 118.02.00.Disposiciones Finales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 110, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, el Alcalde podrá designar como subrogante a algún funcionario que no corresponda a dicho orden, de conformidad con la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 118.03.00.Disposiciones Finales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 111, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Los Directores de Unidades Municipales, los Jetes de Departamento, Secciones y Oficinas, en caso de ausencia o impedimento, serán subrogados por el funcionario que le siga en orden de jerarquía, dentro de la respectiva Dirección, Departamento, Sección u Oficina, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. No obstante, el Alcalde podrá determinar otro orden de subrogación, cuando no existan en la Unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes. | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> | |
| 09/06/2025 | 118.04.00.Disposiciones Finales | 09/06/2025 | 09/06/2025 | Art. 112, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes | Deberá destinarse a las Jefaturas de las Direcciones, Departamentos, Secciones u Oficinas, a los funcionarios que corresponda, mediante Decreto Alcaldicio. Igualmente, la destinación del resto del personal, en diversos Escalafones, en cada Dirección y Departamento se efectuará por Decreto Alcaldicio | <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a> |