Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 338 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl

Col Fecha promulgacion Unidad u organo interno Fecha de publicacion si corresponde Fecha de ultima modificacion dd mm aaaa Articulos de la ley reglamento u otro acto admin Descripcion de las facultades funciones y atribu Enlace a la publicacion o archivo del texto inte
09/06/2025 028.04.00.Secretaria Comunal de Planificación 09/06/2025 04/06/2026 Art. 12, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. La Secretaría Comunal de Planificación (en adelante también SECPLAN) es una unidad asesora de Alcalde(sa) y del Concejo Municipal, en materias de estudio y evalución, propias de las competencias de ambos órganos municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°18.695, Orgánica Contitucional de Municipalidades. En tal carácter le corresponderán los siguientes funciones: 2. Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde(sa) y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna. 3. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales, en permanente coordinación y colaboración con la Directora de Asesoría Urbana. 4. Elaborar el Proyecto del Plan de Desarrollo Comunal, el Proyecto de Presupuesto Anual y el Proyecto del Plan Anual de Inversiones, que el Alcalde(sa) somete a aprobación del Concejo Municipal. 5. Revisar y proponer al Alcalde(sa) y Concejo las modificaciones al Presupuesto Municipal que fueren necesarias. 6. Analizar y proponer al Alcalde(sa) y Concejo las solicitudes de subvencione de las instituciones de derecho privado y público, con excepción de aquellas que corresponde al programa de fondos concursables. 7. Mantener el registro patrimonial de los bienes municipales. 8. Proponer al Alcalde(sa) el otorgamiento de permisos precarios de ocupación de bienes nacionales de uso público o Municipales y concesiones para su aprobación, como asimismo, llevar el registro de ellos. 9. Evaluar y controlar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lol menos semestralmente. 10. Proponer al Alcalde(sa) o al Concejo según corresponda los precios o montos de las enajenaciones, adquisiciones o arrendamiento de bienes muebles, debiendo para ello a lo menos: a. Requerir las tasaciones que procedan; b. Solicitar los avalúos fiscales, según corresponda. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 028.05.00.Secretaria Comunal de Planificación 09/06/2025 04/06/2026 Art. 12, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 11. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna. 12. Establecer los lineamientosestratégicos y criterior técnicospara la gestión integral del espacio público comunal y de los bienes municipales, evaluando las políticas de ocupación, permisos precarios y concesiones, y supervisando su implementación a través del Departamento de Espacio Público y Concesiones. 13. Actuar como un ente coordinador entre la Municipalidad y la Junta de Alcalde(sa). 14. Recolilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones. 15. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 16. Ejercerá la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a. Departamento de Presupuesto y Análisis Económico. b. Departamento de Proyectos. c. Departamento de Planificación y Estudios. d. Departamento de Sostenibilidad. e. Departamento de Concesiones, Espacio Público y Permisos <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 029.01.00.Departamento de Presupuesto y Análisis Económico 09/06/2025 09/06/2025 Art. 13, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una unidad técnica encargada de la elaboración y monitoreo del Presupuesto Municipal, articulando con diversos actores la asignación y el uso eficiente de los recursos municipales. Para ello, debe llevar el control y realizar la proyección anual de los ingresos que percibe el municipio, los gastos y los proyectos de inversión de manera tal de efectuar las modificaciones presupuestarias que correspondan cuando se presentan desviaciones respecto del presupuesto vigente aprobado por el Concejo Municipal. El Departamento de Presupuesto y Análisis Económico tendrá las funciones: 1. Formular el Proyecto de Presupuesto Anual, de acuerdo con las directrices de la Administración. 2. Preparar la documentación requerida para la presentación del Proyecto de Presupuesto y su implementación mediante decretos alcaldicios. 3. Elaborar y presentar en Concejo las Modificaciones Presupuestarias solicitadas por las unidades a través del Secretario Comunal de Planificación. 4, Confeccionar y actualizar el flujo de Caja. 5, Realizar la certificación de disponibilidades presupuestarias para Proyectos de Inversión y gasto corriente furutos, los cuales no están enmarcados en el año presupuestario. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 029.02.00.Departamento de Presupuesto y Análisis Económico 09/06/2025 09/06/2025 Art. 13, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 6.Mantener el control de gestión de las cuentas presupuestarias de Ingresos, Egresos y Proyectos de Inversión respecto a la planificación presupuestaria y sus posibles desviaciones. 7. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente. 8. Gestionar las solicitudes de subvenciones y aportes conforme a lo establecido en el reglamento de subvenciones vigente. 9. Analizar la coyuntiva económica nacional e internacional y sus efectos en el Presupuesto Municipal. 10. Estar en permanente coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas y con la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos. 11. Cumplir con las demás funcines que el Secretario Comunal de Planificación le encomiende en el ámbito de su competencia. 12. Del Departamento de Presupuesto y Análisis Económico dependerán las siguientes Secciones: a. Planificación Presupuetaria. b: Control Financiero. c.Análisis Económico. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 030.02.01.Sección Planificación Presupuetaria 09/06/2025 09/06/2025 Art. 13, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Confeccionar el Proyecto de Presupuesto Municipal de ingresos, egresos e inversión para el año siguiente. 2. Preparar las presentaciones del Proyecto de Presupueto junto con las Unidades Municipales para ser presentadas al Concejo. 3. Asegurar los medios para que el presupuesto quede reflejado en alguna herramienta tecnológica. 4. Enviar la data completa de ingresos, Gastos e inversión para ser cargada en los sistemas de Finanzas. 5.Confeccionar las Modificaciones Presupuetarias del año ante solicitudes de las unidades, administración o la misma SECPLAN. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 030.02.02.Sección Control Financiero 09/06/2025 09/06/2025 Art. 13, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Monitorear los ingresos, gastos y proyectos de inversión, y lleva los registros en sistemas informáticos, actualizando la información en la medida de ser requerido para la confección de informes. 2. Deber confeccionar y actualizar las alertas ante movimientos en el Flujo de Caja. 3. Confeccionar el Informe de Presupuesto Mensual para el monitoreo de Ingresos, Gastos e Inversión. 4. Actualizar la información diaria de Ingreos y Gastos. 5.Controlar los ingresos de Patentes Municipales, Permisos de Circulación, Impuesto Territorial, entre otros. 6. Monitorear la ejecución del presupuesto mensual de gastos y comunica a las unidades su ejecución. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 030.02.03.Sección Análisis Económico 09/06/2025 09/06/2025 Art. 13, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Realizar el análisis y monitoreo de los principales Indicadores Económicos y comunicarlos mediante la elaboración de informes y reportes. 2. Generar las proyecciones de las viriable Macroeconómicas y su efecto en el Presupuesto Municipal durante la planificación y la ejecución de este. 3. Confeccionar y aplicar modelos económicos para el Proyecto de Presupuesto y las Modificaciones Presupuetarias. 4. Realizar reportes de estudios e investigaciones del mercado en relación con las principales cuentas municipales. 5. Confeccionar proyecciones del presupuesto mediante información histórica, modelos econométricos, información de las unidades municipales, investigaciones de la industria especifica e información económica de entidades bancarias. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 031.01.00.Departamento de Proyectos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 14, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una unidad técnica cuyo objetivo es velar por la correcta ejecución y coordinación entre los actores internos y externos participes de los proyectos de mayor complejidad y escala, de conformidad con los objetos y lineamientos de la Administración. Tendrá las siguientes funciones: 1. Revisar, evaluar y ordenar los proyectos que ingresan al Banco de Proyectos, tales como los proyectos de inversión municipal, proyectos de mitigación vial y proyectos de inversión en infraestructura, movilidad y espacio público (PIMEP). 2. Proponer a la Dirección una priorización de los proyectos en línea con los objetivos y lineamientos de la Administraciónm, de manera coordinada con el Departamento de Planificación y Estudios. 3. Coordinar y liderar el desarrollo de Planes Estratégicos en conjunto conlas distintas Unidades Municipales, y en línea con los objetivos y prioridades de la Adminstración. 4. Realizar el seguimiento físico y control de gestión de los Planes Estratégicos, junto a las Unidades Municipales, buscando su correcto desarrollo. 5. Cumplir con las demás funciones que el Secretario Comunal de Planificación le encomiende en el ámbito de su competencia. 6. Del Departamento de Proyectos dependerán la siguiente sección: a. Banco de Proyectos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 031.01.02.Sección Subvenciones 09/06/2025 09/06/2025 Art. 18, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisión de los proyectos de Decretos Alcaldicios que otorguen subvenciones y aportes a personas jurídicas sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales. 2. Atender a las Organizaciones, que hubieran recibido suvenciones municipales, para aclarar dudas y/o dar respuesta, sobre la forma de realizar las rendiciones de cuentas de los fondos entregados. 3.Recibir y revisar las rendiciones de cuentas de los recursos entregados a las instituciones receptoras de fondos a través de subvenciones municipales y (los fondos) de fondos globales en efectivo para operaciones menors y viáticos entregados a funcionarios municipales. 4. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 2a., para el otorgamiento de fondos en subvención, fondos globales. La revisión de los antecedentes y pago se harán de conformidad alo prescrito en el artículo 98 de la Ley 10.336 5. Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos de los proyectos de subvenciones y al adecuado uso de los recursos, entregados mediante subvención. 6. Informar y remitir a la Dirección Jurídica la documentación para entablar las acciones legales pertinentes respecto a aquellas instituciones que tienen saldos pendientes por rendir, cumplidos los plazos legales y reglamentarios para su rendición. 7. Remitir al Departamento de Transparencia y Gestión Documental, copia digital y plantilla correspondiente de las rendiciones de cuentas presentadas de los funcionarios públicos que tienen fondos a su disposición. 8. Cumplir con las demás funciones que el Jefe del Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 032.01.01.Banco de Proyectos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 14, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes El Banco de Proyectos tendrá las siguientes funciones: 1. Administrar y mantener actualizado el Banco de Proyectos, incormporando los Proyectos de Inversión presentados por las distintas unidades municipales. 2. Monitorear el estado de avance de cada proyecto, elaborando reportes periódicos que den cuenta de su progreso, hitos alcanzados y necesidades de ajuste. 3. Evaluar y priorizar las iniciativas ingresadas al banco, considerando su factibilidad, alineación con los lineamientos estratégicos municipales y su impacto territorial y/o social. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 033.01.00.Departamento de Planificación y Estudios 09/06/2025 04/06/2026 Art. 15, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una unidad técnica encargada de proponer y realizar los estudios sobre estrategias y políticas municipales, y de liderar la planificación integral del desarrollo de la comuna. Además, será responsable de coordinar los departamentos de la SECPLAN en temas de planificación. El Departamento de Planificación y Estudios tendrá las siguientes funciones: 1. Preparar el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO), para lo que se debe mantener actualizados los aspectos del diagnóstico comunal, y en base a ello proponer las Políticas, Objetivos, Metas, Programas y Proyectos de Desarrollo. 2. Proponer la elaboración de Estudios y Proyectos de Invesión, así cmo evaluar las proposiciones de otras Unidades, para que, en función de la factibilidad Técnica.Económicas, y los recursos presupuestarios y la concordancia con las Políticas y Objetivos, pueda proponer el Plan Anual de Inversiones. 3. Actuar en la contraparte de Estudios referidos a materias de Desarrollo Comual, tanto en lo que se refiere a investigaciones como de los que sirven de base para la ejecución de Proyectos de Inversión. 4. Elaboración y coordinación de Planes Estratégicos en el territorio, que requieran la colaboración de distintos actores y Unidades Municipales. 5. Colaborar con la Dirección de Asesoría Urbana, la actualización del Plan de Inversión en Infraestructura, Moviidad y Espacio Público (PIIMEP) y Plan Regulador Comunal (PRC). 6. Elaborar los Programas de Mejoramiento de Gestión (PMG) de la Secretaría Comunal de Planificación y supervisar su cumplimiento y Cumplir con las demás funciones que el Secretario Comunal de Planificación le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 034.01.00.Departamento de Sostenibilidad 09/06/2025 04/06/2026 Art. 16, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes El Departamento de Sostenibilidad, es una unidad técnica cuyo objetivo es velar por la correcta ejecuciónla implementación de prácticas y políticas sostentables, a través de acciones concretas que generen conciencia, fortalezcan la colaboración con la comunidad, y aseguren un futuro próspero.El Departamento de Sostentabilidad tendrá las siguientes funciones: 1. Desarrollar planes y estrategias para promover el Desarrollo Sostentable tanto a nivel municipal como comunal. 2. Coordinar y articular con todas las Direcciónes municipales las distintas iniciativas que promuevan el desarrollo sostenible, generando coherencia estre ellas. 3. Elaborar criterios sostenibles para implementar en todas las políticas, programas y planes que la Municipalidad desarrolle. 4. Generar propuestas y proyectos que potencien la economía circular, las energías renovalbles, la movilidad sostenible, el cambio climático, la eficiencia hídrica y todas las relacionadas con la temática de desarrollo sostenible. 5. Desarrollar programas que permitan aumentar la participación y concientización de la comunidad y el personal municipal en las diferentes acciones de desarrollo sostenible. 6. Difundir y educar a la comunidad en los temas de desarrollo sostenible impulsados por la Municipalidad. 7. Obstención y mantención de las diferentes certificaciones que tengan relación con Desarrolo sostenible. 8. Promover la colaboración e intercambio de experiencias con entidades (públicas y privadas) internacionales líderes en materias de sustentabilidad. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 035.01.00.Departamento de Concesiones, Espacio Público y Permisos 09/06/2025 04/06/2026 Art.16 Bis, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1889 Texto Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una unidad técnica encargada de la gestión para el uso del espacio público comunal y los bienes municipales, a través de los distintos instrumentos de autorización disponibles: permisos de ocupación, permisos precarios y concesiones. Su objetivo es asegurar un uso ordenado, eficiente y estratégico del territorio comunal. El Departamento de Concesiones, Esplacio Público y Permisos tendrá las funciones: 1.Tramitar, registrar y controlar las autorizaciones que se otorgan en materia de Permisos de Ocupación de Espacio Público presentadas por empresas de servicios públicos, entidades privadas o Institucioes del Estado, incluyendo la ocupación provisoria requerida para la ejecución de obras. 2.Evaluar y registrar las solicitudes de Permisos Precarios de ocupación de bienes nacionales de uso público o municipales, junto con las unidades técnicas correspondientes, y proponer su otorgamiento al Secretario Comunal de Planificación para tramitación ante el Alcalde(sa), elaborando los informes técnicos necesarios. 3.Supervisar los contratos de concesión vigentes, velando por el cumplimiento de sus condiciones, plazos y obligaciones por parte de los concesionarios. 4.Emitir los giros de cobro correspondietes a los derechos de ocupación de espacio público, permisos precarios y concesiones, y llevar el registro de ingresos asociados. 5.Mantener un catastro actualizado de todas las autorizaciones vigentes, incluyendo permisos de ocupación de espacio público, el Registro de Permisos Precarios y los contratos de concesión. 6.Fiscalizar y controlar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los permisos de ocupación, permisos precarios y concesiones vigentes, aplicando los mecanismos de sanción cuando corresponda. 7.Estudiar y proponer cambios a la ordenanza de derechos en materia de ocupación del espacio público. 8.Preparar las bases administrativas y técnicas de las concesiones territoriales, para su posterior análisis, evaluación y tramitación. 9.Cumplir con las demás funciones que el Secretaro COmunal de Planificación le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.01.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades A. Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación; <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.02.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades B. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal; <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.03.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades C. Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible; <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.04.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades D. Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo, deberá informar, también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente. En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal, y <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.05.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades E. Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir en virtud de esta ley. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 036.06.00.Dirección de Control 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°29, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades La jefatura de esta unidad se proveerá mediante concurso de oposición y antecedentes y no podrá estar vacante por más de seis meses consecutivos. Las bases del concurso y el nombramiento del funcionario que desempeñe esta jefatura requerirán de la aprobación del concejo. A dicho cargo podrán postular personas que estén en posesión de un título profesional o técnico acorde con la función. El jefe de esta unidad sólo podrá ser removido en virtud de las causales de cese de funciones aplicables a los funcionarios municipales, previa instrucción del respectivo sumario. En el caso de incumplimiento de sus funciones, y especialmente la obligación señalada en el inciso primero del artículo 81, el sumario será instruido por la Contraloría General de la República, a solicitud del concejo. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 036.07.00.Dirección de Control 09/06/2025 09/06/2025 Art. 17, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Unidad Asesora que tiene carácter de contralor de las demás Unidades Municipales. Debe verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y Programas relativos al funcionamiento del Municipio, tomando en consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de la República, y evaluar el control operativo interno existente, proponiendo alternativas de solución de las diferencias detectadas. Tendrá las siguientes funciones: 1. Realizar la Auditoría operativa del Municipio, mediante el Plan Anual de Auditoría. 2. Prestar asesoría al Alcalde(sa) y servir de órgano de consulta para todas las Unidades Municipales en lo relativo al control operativo interno del Municipio. 3. Representar al Alcalde(sa) los actos Municipales que estime ilegales, para cuyo efecto tendrá acceso a toda la documentación disponible que estime pertinente. 4. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal. 5. Controlar periódicamente desde el punto de vista contable y presupuestario, los Ingresos y Egresos Municipales y la Gestión Financiera de la Municipalidad. 6. Representar al Conceso los déficits que se adviertan en el presupuesto Municipal. 7. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario. 8. Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de la Ley, cuando así lo requieran. 9. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios sometidos a su conocimiento, junto con la documentación respaldatoria y visarlos como corresponda, la revisión se realizará por cada departamento según la materia y, de conformidad con lo señalado en el artículo 98 de la Ley N°10.336. 10. La visación o firma de los proyectos de Decretos de Pago se hará sólo de conformidad a los antecedentes aportados y del cumplimiento de una obligación contraída por la municipalidad mediante cualquier modalidad de contratación o convención, que se encuentr debidamentefinanciadas y registrada su obligación en la contabilidad municipal. 11. Recibir, revisar y aprobar las rendiciones de cuentas de los recursos entregados por medio de subvenciones y fondos globales. 12. Fiscalizar o auditar, de acuerdo con lo establecido en el Plan Anual de Auditoría, los actos administrativos emanados de la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos, que digan relación con la contratación de bienes y/o servicios regídos por la Ley N°19.886, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento que se encuentren exentos de revisión preventiva y visación de esta Dirección de Control Municipal. 13. Asesorar a otras unidades, en materias de su competencia. 14. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 15. Ejercerá la supervisión jeránquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a) Departamento Gestión Admninistrativa. b) Departamento de Fiscalización. c) Departamento Auditoría Operativa. d) Departamento Control de Legalidad. e) Departamento Control de Bienes y Servicios. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 037.01.00.Departamento Gestión Admninistrativa 09/06/2025 09/06/2025 Art. 18, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Conocer y revisar los proyectos de decretos alcaldicios relacionados con el personal municipal contratado bajo distintas calidades jurídicas, asegurando su conformidad con la normativa vigente. 2. Revisar y pronunciarse respecto de los decretos de subvenciones otorgadas a personas jurídicas de derecho público o privado sin fines de lucro, verificado el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentos. 3. Evaluar y aprobar los expedientes de rendición de cuentas presentados por las entidades beneficiarias de subenciones, velando por la adecuada utilización de los fondos públicos y el cumplimiento de los objetivos establecidos. 4. Ejercer supervisión jerárquica en lo administrativo y en su funcionamiento de las siguientes secciones: a. Sección Control de Recursos Humanos. b. Sección Subvenciones. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 037.01.01.Sección Control de Recursos Humanos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 18, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisión de proyectos de Decretos Alcaldicios del personal municipal, sometidos a su conocimiento. 2. Revisar los contratos a Honorarios y los proyectos de Decretos Alcaldicios que los aprueban o ratifiquen. 3. Revisión de los proyectos de Decretos de Pago de Remuneraciones del Personal Municipal, de Honorarios y bajo el Código del Trabajo. 4. Revisar las Pólizar de fidelidad Funcionaria, cuando corresponda. 5. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a., tales como: comisiones de servicio, capacitaciones, traslados, permisos sin goce de remuneraciones, designaciones, asignación de horas extraordinarias, contrataciones y renovaciones del personal a contrata, suplencia, llamados a concursos, y sus modificaciones. 6. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 2a. sometidos a su conocimiento, junto con la documentación respaldatoria la se realizará de conformidad a lo señalado en el artículo 98 de la Ley N°10.336. 7. Cumplir con las demás funciones que el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia,. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 038.01.00.Departamento de Fiscalización 09/06/2025 09/06/2025 Art. 19, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fiscalizar el cumplimiento de contratos de prestación de servicios, obras y mantenciónm en sus aspectos administrativos, financieros y técnicos, conforme a las bases de licitación, cláusulas contractuales y norma vigente. 2. Revisar y controlar la documentación administrativa asociada a la ejecución de contratos, tales como informes técnicos, facturación, recepciones parciales y finales, y otros antecedentes relevantes. 3. Verificar en terreno el estado de avance y calidad de ejecución de los trabajos contratados, en coordinación con las unidades operativas responsables. 4. Detectar desviaciones o incumplimientos en la ejecución contractual, proponiendo medidasw correctivas o acciones a seguir en conformidad con el marco jurídico y reglamentario. 5. Emitir informes técnicos de fiscalizaciónm, que den cuenta de hallazgos, observaciones, riesgos detectados y recomendaciones, con el objeto de fortalecer los controles preventivos. 6. Apoyar la función de control interno de la Dirección de Control, aportando insumos que contribuyan a los procesos de auditoria, evaluación de riesgos y mejora continua. 7. Colaborar con las demás unidades municipales en la implementación de mecanismos de control y seguimiento de contratos, promoviendo buenas prácticas de gestión. 8. Ejercer supervisión jerárquica en lo administrativo y en su funcionamiento de las siguientes secciones: a. Sección Obras. b. Sección Servicios. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 038.01.01.Sección Obras 09/06/2025 09/06/2025 Art. 19, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fiscalizar en terreno y administrativamente el cumplimiento de los Contratos de mantención y construcción de obras supervisadas por las Unidades Operativas conforme a lo mecanismos de contratación regulados en la Ley N°19.886 y su Reglamento. 2. Coordinar visitas con el ITO, para revisión de obras. 3. Estudio y análisis de las bases administrativas y técnicas de los nuevos contratos a fiscalizar y de los Tratos Directos. 4. Proponer a la autoridad la aplicación de multas por incumplimiento de Contratos Operativos. 5. Elaborar informes ya sean internos como a las unidades de la municipalidad, de los resultados y hallazgos de las fiscalizaciones, e informar al Jefe del Departamento, los resultados de estas. 6. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 2a., de los contratos de obras que se fiscalizan en terreno, de conformidad a lo prescrito en el artículo 98 de la Ley N°10.336, verificando la aplicación de multas sugeridas, en los casos que corresponda. 7. Cumplir con las demás funciones que el Jefe de Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 038.01.02.Sección Servicios 09/06/2025 09/06/2025 Art. 19, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fiscalizar en terreno y administrativamente el cumplimiento, de los trabajos encomendados, ya sean por OT, conforme a lo establecido en las Bases de Licitación, Contratos, adjudicados a través de licitaciones públicas o contratación directa. 2. Coordinar visitas con el ITO, para revisión de los servicios prestados. 3. Elaborar informes ya sean internos como a las unidades de la municipalidad, de los resultados y hallazgos de las fiscalizaciones sobre el cumplimiento de los Contratos Municipales y Tratos Directos, si es que hubieren, e informar al Jefe del Departamento, los resultados de estas. 4. Proponer a la autoridad la aplicación de multas por incumplimiento de Contratos Opertarivos de servicios. 5. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 2a., de contratos para la prestación de servicios que se fiscalizan en terreno, de conformidad a lo prescrito en el artículo 98 de la Ley N°10.336, verificando la aplicación de multas sugeridas, en los casos que corresponda. 6. Estudio y análisis de las bases administrativas y técnicas de los nuevos contratos a fiscalizar y de los Tratos DIrectos. 7. Cumplir con las demás funciones que el Jefe de Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. 8. Para el cumplimiento de las funciones Municipa, y antecedentes que le sean requeridos o que ten gan atingencia con la materia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 039.01.00.Departamento de Auditoría Operativa 09/06/2025 09/06/2025 Art. 20, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Diseñar, coordinar y ejecutar el Plan Anual de Auditoría Interna, en cumplimiento de las normativas vigentes y de los lineamientos definidos por la Dirección de Control. 2. Supervisar y controlar la ejecución presupuestaria y financiera del municipio, resguardando la legalidad, eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos. 3. Consolidar y coordinar las respuestas institucionales ante auditorías externas realizadas por la Contraloría General de la República u otros órganos de control. 4. Emitir informes técnicos que den cuenta del estado de avance de auditorías internas del seguimiento a observaciones formuladas por órganos contralores. 5. Asegurar el cumplimiento normativo contable y presupuestario, en concordancia con la normativa legal aplicable a las entidades municipales. 6. Ejercer supervisión jerárquica en lo administrativo y en su funcionamiento de las siguientes secciones: a. Sección Auditoría. b. Sección Ejecución Presupuestaria. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 040.01.01.Sección Auditoría 09/06/2025 09/06/2025 Art. 20, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Elaborar el Plan Anual de Auditoría y realizar las Auditorías operativas del Municipio, indicadas en el Plan Anual o las que sean solicitadas por el Director de Control o la Administración. 2. Asesorar al Concejo Municipal en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de la Ley, cuando sea requerido. 3. Realizar el seguimiento a los informes de Auditoría de los períodos anteriores. 4. Revisar que el listado de los funcionarios indicados por las Unidades como giradores, se encuentre actualizado. 5. Gestionar y derivar los preinformes, Informes Fiscales y de Seguimiento de las auditorías reajizadas por la Contraloría General de la República, coordinando y consolidando las respuestas con las diferentes Unidades Municipales. 6. Monitorear el Sistema de Georeferenciación de Obras (SISGEOB) y el sistema de Semáforo de la Contraloría General de la República. 7. Cumplir con las demás funciones que el Jefe del Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de sus competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 040.01.02.Sección Ejecución Presupuestaria 09/06/2025 09/06/2025 Art. 20, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal. 2. Confecinar un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario. 3. Controlar desde el punto de vista contable y presupuestario, los Ingresos y Egresos Municipales y la Gestión Financiera de la Municipalidad. 4. Representar al Concejo Municipal los déficits que advierta en el presupuesto Municipal. 5. Revisar los Registros Contables y procurar que se mantengan ajustados a la normativa vigente. 6. Cumplir con las demás funciones que el Jefe del Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su comperencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 041.01.00.Departamento de Control de Bienes y Servicios 09/06/2025 09/06/2025 Art. 21, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisar y controlar los proyectos de decretos alcaldicios relativos a la adquisición de bienes, la contratación deservicios y los pagos correspondientesm conforme a la normativa legal vigente. 2. Verificar la legalidad y respaldo administrativo de los actos relacionados con la puesta en marcha de programas sociales y el otorgamiento de subsidios. 3. Emitir observaciones o requerimientos de información a las unidades municipales responsables de los actos revisados, cuando se detecten inconsistencias o faltas de respaldo. 4. Velar porla correcta aplicación de los recursos públicos, procurando el cumplimiento de los principios de probidad, legalidad y eficiencia en el uso de fondos municipales. 5. Ejercer supervisión jerárquica en lo administrativo y en su funcionamiento de las siguientes secciones: a. Sección Programas Sociales. b. Sección Control de Egresos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 041.01.01.Sección Programas Sociales 09/06/2025 09/06/2025 Art. 21, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a. Que ponen en vigencia los Programas Sociales. 2. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a. y 2a. de otorgamiento de Subsidios y pago de los beneficios a los vecinos de la comua, entre otros. 3. Cumplir con las demás funciones que el Jefe del Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su comperencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 041.01.02.Sección Control de Egresos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 21, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a. que arueben o modifiquen los proyectos y estudios de inversión municipal. 2. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a. y 2a. de transacciones judiciales y extrajudiciales previo acuerdo del Concejo Municipal y aquellas que ordenan el pago de devoluciones de dinero de distinta naturaleza. 3. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 2a. que ordenen el pago de la compra de bienes y la prestación de servicios, de consumos básicos y pagos en general, que se harán de bienes y la prestación de servicios, de consumos básicos y pagos en general, que se harán de conformidad a lo preescrito en el artículo 98 de la Ley 10.336. 4. Cumplircon las demás funciones que el Jefe del Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 042.01.00.Departamento de Control de Legalidad 09/06/2025 09/06/2025 Art. 22, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisar y examinar preventivamente la legalidad de los proyectos de decretos alcaldicios y otros actos administrativos sometidos a su conocimiento. 2. Velar por la correcta aplicación de la Ley N°19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, mediante la revisión de actos y documentos asociados, los cuales se regirán por los mecanismos de fiscalización o auditoría establecidas por el Plan Anual de Auditoría. 3. Asesorar a las distintas unidades municipales en materias legales relacionadas con la elaboración de actos administrativos, licitaciones públicas y normativas aplicables, asegurando su legalidad y coherencia jurídica. 4. Emitir observaciones o recomendaciones jurídicas, cuando proceda, respecto a los proyectos revisados, velando por la regularidad de los actos de la administración municipal. 5. Ejercer la supervisión jerárquica y funcional en lo administrativo y operativo de las siguientes secciones: a. Sección Contratación Pública. b. Sección Actos Administrativos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 042.01.01.Sección Contratación Pública 09/06/2025 09/06/2025 Art. 22, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Revisar los Proyectos de Decretos Alcaldicios sometidos a su conocimiento, junto con la documentación respaldatoria que diga relación con licitaciones públicas y contrataciones bajo el amparo de la Ley N°19.886. 2. Asesorar a otras unidades de la Municipalidad, en materias de su competencia relativas a la Ley N°19.886 y su Reglamento. 3. Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios Sección 1a., los que se harán de conformidad a lo prescrito en el artículo 98 de la Ley N°10.336, según corresponda, previa verificación que ésta se encuentre debidamente financiada y registrada su obligación en la contabilidad municipal. 4. Cumplir con las demás funciones que el Jefe de Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 042.01.02.Sección Actos Administrativos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 22, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Realizar el exámen preventivo de proyectos, junto con la documentación respaldatoria, de Decretos Alcaldicios Sección, Ordenanzas, Reglamentos, Convenios, Autorizaciones de Patentes de alcoholes, Permisos Precaríos, Ratificación y Aprobación de Convenios de Aplicación de Multas y demás proyectos de Decretos Alcaldicios Secciones 1a., que digan relación con su competencia. 2. Asesorar a otras unidades de la Municipalidad, en materia de su competencia relativas a la dictación de los Actos administrativos sometidos a su exámen preventivo, velando por que estos sean procedentes en los términos planteados por las unidades. 3. Revisar los proyectos de Actos Administrativos de conformidad a lo prescrito en el artículo 98 de la Ley N°10.336 en lo que corresponda, previa verificación que ésta se encuentre debidamente financiadas y registrada su obligación en la contabilidad municipal. 4. Cumplir con las demás funciones que el Jefe de Departamento o el Director de Control le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 043.01.00.Dirección de Asesoría Jurídica 26/07/2006 31/01/2023 Articulo N°28, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades Prestar apoyo en materias legales al alcalde y al concejo. Además, informará en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias, y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 043.02.00.Dirección de Asesoría Jurídica 26/07/2006 31/01/2023 Articulo N°28, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades Podrá, asimismo, iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 043.03.00.Dirección de Asesoría Jurídica 26/07/2006 31/01/2023 Articulo N°28, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades Además, cuando lo ordene el alcalde, deberá efectuar las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier unidad municipal, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a la asesoría jurídica. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 043.04.00.Dirección de Asesoría Jurídica 09/06/2025 09/06/2025 Art. 23, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una Unidad Asesora, encargada de prestar apoyo en materias legales y responder a los requerimientos del Alcalde(sa) y el Concejo. Además, infromará en derecho todos los asuntos legales que las distintas Unidades Municipale le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias y cumplirá las demás funciones que la Ley o el Alcalde(sa) le encomiende. Esta Dirección tendrá las siguientes funciones: 1. Prestar apoyo en materias legales y responder a los requerimientos del Alcalde(sa) y el Concejo. 2. Interponer, inicial y asumir la defensa, en toda clase de acciones legales, de cualquier naturaleza que sean, en que la Municipalidad sea parte o tenga interés. 3. Asumir la asesoría o defensa de la comunidad, cuando sea procedente y el Alcalde(sa) así lo determine. 4. Informar en derecho todos los asuntos legales que le solicite el Alcalde(se), el Concejo, como también, sobre las demás materias legales que los Directores o Jefes de Unidades Municipales le planteen. Podrá, en estos casos, requerir informe previo detallado de la Unidad consultante. 5. Orientar a las Unidades Municipales periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. 6. Informar al Concejo sobre las transacciones judiciales y extrajudicaciales que estime conveniente la Municipalidad. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 043.05.00.Dirección de Asesoría Jurídica 09/06/2025 09/06/2025 Art. 23, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 7. Redactar y llevar registro de los convenios y contratos que se someten a su conocimiento, resguardando los intereses municipales. 8.Mantener al día los títulos de los Bienes Raíces Municipales. 9. Efectuar, cuando así lo ordene el Alcalde(sa), las Invertigaciones Simarias y Sumarios Administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cuarquier Unidad Municipal, bajo la supervigilancia que al respecto corresponda a la asesoría jurídica. 10. Colaborar con la defensa de los intereses municipales cuando el Alcalde(sa), en casos calificados, encargue el patrocinio o defensa de juicios a un abogado externo a la Municipalidad. 11. Velar por el cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública. 12. Velar por el cumplimiento de la Ley de Lobby. 13. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 14. Ejercer la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento de los siguientes departamentos: a. Departamento de Litigios y Gestión Judicial. b. Departamento de Actos y Contratos Administrativos. c. Departamento de Sumarios Administrativos. d. Departamento de Transparencia y Lobby. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 044.01.00.Departamento de Litigios y Gestión Judicial 09/06/2025 09/06/2025 Art. 24, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asumir la defensa judicial de la Municipalidad en toda clase de acciones legales en que sea parte o tenga interes. 2. Supervisar los contratos en aquellos casos en que se encargue el patrocinio o defensa de juicios a un abogado externo a la Municipalidad. 3. Coordinar con otras unidades municipales, cobranzas administrativas y judicial de contribuyentes d ela Municipalidad que se encuentran en estado de morosidad de pago de impuesos y derechos municipales y supervisar la gestión de la empresa externa de cobranza en la tramitación de los juicios de cobranza judicial. 4. Cumplir con las demás funciones que el Director Jurídico le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 045.01.00.Departamento de Actos y Contratos Administrativos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 25, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Informar en derecho todos los asuntos legales que los Directores o Jefes de Unidades Municipales le planteen y todos aquellos que especificamente le encomiende el Director Jurídico. Podrá, en estos casos, requerir informe previo detallado de la Unidad consultante. 2. Redactar y/o visar los contratos, convenios y actos administrativos que se sometan a su conocimiento. 3. Mentener al día los títulos de los Bienes Raíces Municipales. 4. Elaborar las respuestas a los requerimientos de la Contraloría General de la República y otras entidades fiscalizadoras en el ámbito de su competencia. 5. Cumplir con las demás funciones que el Director Jurídico le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 046.01.00.Departamento de Sumarios Administrativos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 26, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Coordinar , registrar y superviar las investigaciones y sumarios administrativos que se lleven a cabo en la Municipalidad y realizar que ordene el Alcalde(sa). 2. Prestar asesoría jurídica a los Investigadores y Fiscales en materias de su competencia. 3. Cumplir con las demás funciones que el Director Jurídico le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 047.01.00.Departamento de Transparencia y Lobby 09/06/2025 09/06/2025 Art. 27, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Supervisar el cumplimiento de la Ley sobre Acceso a la Información Pública, en coordinación con las unidades municipales competentes. 2. Coordinar, recepcionar y tramitar las solicitudes de acceso a la información, SARC y Amparo dentro de los plazos legales. 3. Mantener actualizados los contenidos de transparencia activa en el sitio web Institucional, conforme a las instrucciones del Concejo para la Transparencia. 4. Coordinar la implementación y cumplimiento de la Ley de Lobby. 5. Cumplir las demás funciones que la Dirección Jurídica le encomienden dentre del ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 048.01.00.Dirección de Administración y Finanzas 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°27, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades 1. Asesorar al Alcalde en la administración rerecursos materiales y financieros de la Municipalidad. 2. Asesorar al Alcalde en materia de administración de recursos humanos en el ámbito financiero contable de la Municipalidad. 3. Coordinación financiera con SECPAN; Supervisar la implementación y control de las modificaciones presupuestarias propuestas por SECPLAN, asegurando la viabilidad financiera y el cumplimiento de los plazos de ejecución de proyectos. 4. Gestión de Compras Públicas: Coordinar con el Departamento de Propuestas Públicas de SECPLAN la correcta adjudicación de licitaciones y la administración eficiente de los recursos para adquisiciones superiores a ciertos umbrales en UTM. B.3.- Visar los decretos de pago; <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 048.02.00.Dirección de Administración y Finanzas 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°27, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades B.4.- Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto; B.5.- Controlar la gestión financiera de las empresas municipales; B.6.- Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y B.7.- Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 048.03.00.Dirección de Administración y Finanzas 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°27, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades C. Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y las corporaciones municipales. Al efecto, dichas corporaciones deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar. D. Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio. En todo caso, cada concejal tendrá acceso permanente a todos los gastos efectuados por la municipalidad. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 048.04.00.Dirección de Administración y Finanzas 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°27, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades E. Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras c) y d) precedentes. Dicha Subsecretaría deberá informar a la Contraloría General de la República, a lo menos semestralmente, los antecedentes señalados en la letra c) antes referida. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
09/05/2006 048.05.00.Dirección de Administración y Finanzas 26/07/2006 31/01/2023 Art. N°27, Ley Orgánica Contitucional de Municipalidades F. El informe trimestral y el registro mensual a que se refieren las letras c) y d) deberán estar disponibles en la página web de los municipios y, en caso de no contar con ella, en el portal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo en un sitio especialmente habilitado para ello. <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693' target='_blank'>enlace</a>
16/05/2016 048.06.00.Dirección de Administración y Finanzas 25/05/2016 04/10/2022 Art. N°4, Ley 20.922 Modificas Disposiciones Aplicables a los Funcionarios Municipales y Entrega Nuevas Competencias a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo. 3) Agréganse, en la letra a) del artículo 27, las siguientes oraciones finales: 'Además, deberá informar trimestralmente al concejo municipal sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior, individualizando al personal, su calidad jurídica, estamento, grado de remuneración y, respecto del personal a honorarios contratado con cargo al subtítulo 21, ítem 03, del presupuesto municipal, el detalle de los servicios prestados. También, en la primera sesión de cada año del concejo, deberá informar a éste sobre el escalafón de mérito del personal municipal y un reporte sobre el registro del personal enviado y tramitado en la Contraloría General de la República en el año inmediatamente anterior.' Esto corresponde al artículo 4 de la Ley N°20.922 <a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1090705' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 048.07.00.Dirección de Administración y Finanzas 09/06/2025 22/07/2025 Art. 28, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°2452, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es la unidd asesora y operativa encargada de la administración financiera de los Bienes Municipales, prestando asesoría al Alcalde(sa) para optimizar el gasto en esas áreas. Esta Dirección tendrá las siguientes funciones: 1. Asesorar al Alcalde(sa) en la administración de recursos materiales y financieros de la Municipalidad. 2. Asesorar al Alcalde(sa) en materias de administración de recursos humanos en el ámbito financiero contable de la Municipalidad. 3. Coordinación Financiera con SECPLAN: Supervisar la implementación y control de las modificaciones presupuestarias propuestas por SECPLAN, asegurando la vialidad financiera y el cumplimiento de los plazos de ejecución de proyectos. 4. Coordinar con la Dirección de Compras Públicar y Gestión de Contratos la correcta adjudicación de licitaciones y la administración eficiente de los recursos. 5. Evaluación Financiera de Proyectos: Participar en la evaluación de la factibilidad financiera de proyectos de inversión y concesiones propuestas por SECPLAN. 6. Controlar la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos, dando cumplimiento a las normas sobre contabilidad gubernamental. 7. Confeccionar, visar y tramitar los Decretos de Pago. 8. Confeccionar y visar el Balance Presupuestario Anual de la Municipalidad, de acuerdo a la normativa vigente. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>