Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 338 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl

Col Fecha promulgacion Unidad u organo interno Fecha de publicacion si corresponde Fecha de ultima modificacion dd mm aaaa Articulos de la ley reglamento u otro acto admin Descripcion de las facultades funciones y atribu Enlace a la publicacion o archivo del texto inte
09/06/2025 063.01.00.Departamento de Ingeniería 09/06/2025 09/06/2025 Art. 43, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Elaborar, consolidar y mantener actualizadas las estadísticas e indicadores propios del departamento, y compartirlas a los organismos pertinentes que lo requieran. 2. Preparar, controlar y velar por el buen desarrollo presupuesario del departamento. 3. Actuar como coordinador con otros organismos técnicos en el área de tránsito y transporte. 4. Analizar, estudiar e investigar los antecedentes relacionados con 'Accidentes de Tránsito', para realizar mejoras en la infraestructura vial. 5. Asesorar técnicamente a las unidades municipales que lo requieran en temas de tránsitoy transporte. 6. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente. 7. Ejercer la supervisión jerárquica en lo administravio y de funcionamiento de las siguientes unidades de su dependencia: a. Sección Estudio de Proyectos. b. Sección Administración y Ejecución de Contratos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 063.01.01.Sección Estudio de Proyectos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 43, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Planificación de inversiones referente a la gestión y control del tránsito y transporte, mediante la ejecución de los estudios necesarios, utilizando recursos propios o a través de terceros, en cuyo caso actuará como contraparte técnica. 2. Establecer los parámetros para la ubicación e instalación de mobiliario urbano, señales y otros elementos que imparten el uso de las vías, así como proponer sus ubicacione e intatalaciones. 3. Estudiar y proponer soluciones para los problemas de tránsito relacionados con la gestión de vehículos, estacionamientos, sentido de circulación, señalización vial, tránsito peatonal, zonas de detención, entre otros. 4. Determinar el sentido de circulación de vehículos y evaluar los diseños geométricos de las calles, intersecciones y otras infraestructuras de transporte. 5. Revisar y emitir un pronunciamiento sobre los estudios realizados por el municipio o por terceros, relacionados con la medición y evaluación de los impactos en la vialidad derivados de la habilitación, construcción u operación de proyectos. 6. Analizar, estudiar e investigar los antecedentes relacionados con 'Accidentes de Tránsito', para realizar mejoras en la infraestructura vial. 7. Elaborar, desarrollar y proponer medidas de seguridad vial, en todas las etapas de construcción, diseño y operación de la vialidad. 8. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente o a través del Jefe del Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 063.01.02.Sección Administración y Ejecución de Contratos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 43, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Elaborar las Bases Técnicas, Administrativas y otros documentos asociados a los contratos, concesiones y permisos precarios del departamento. 2. Administrar los contratos, concesiones y permisos precarios asignados al Departamento, verificando su cumplimiento y correcta ejecución. 3. Verificar en terrenolas solicitudes de vecinos relacionadas con problemas de tránsito, señalización vertical, demarcaciones, semáforos y otros. 4. Gestiónar, verificar y controlar el sistema de estacionamiento reservados para residentes. 5. Gestionar la participación ciudadana, incluyendo encuestas y otros instrumentos similares, dentro de su ámbito de competencia. 6. Elaborar informes sobre los catastros de señalización y su estado, solicitados por los Juzgados y otras entidades. 7. Garabtuzar el correcto funcionamiento de los semáforos y la señalización vial, incluyendo todos sus dispositivos, ya sean verticales, horizontales o luminosos, y mantener un registro actualizado de los mismos. 8. Evaluar los requerimientos de señalización vertical, horizontal y luminosa, y decidir sobre su implementación o retiro cuando corresponda. 9. Analizar la viabilidad técnica y económica de incorporar nuevas tecnologías en el ámbito de señalización y gestión de tránsito y transporte. 10. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamento o a través del Jefe del Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 064.01.00.Departamento de Inspección de Tránsito 09/06/2025 09/06/2025 Art. 44, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fiscalizar el cumplimiento de la Ley de tránsito, las disposiciones, reglamentos y ordenanzas en que tenga competencia la Dirección de Tránsito, formulando las denuncias a los Juzgados de Policía Local correspondiente. 2. Fiscalizar. 3. Los Sistemas de Transporte Público y Privados de Pasajeros que funcinan en Bienes Nacionales de Uso Público. 4. Los estacionamientos ubicados en Bienes Nacionales de Uso Público y estacionamientos privados de uso público. 5. Las interferencias que puedan producir en el Tránsito, todos aquellos elementos ubicados en la vía pública que puedan afectar la circulación vehícular o peatonal. 6. Recepcionar y canalizar respuestas a requerimientos recibidos por distintos medios asociados a materias propias del departamento. 7. Otorgar, registrar y controlar autorizaciones de ocupación en espacio público que no requieran permiso precario. 8. Emitir informe técnico de factibilidad por cierre de vías o desvios de tránsito por eventos en la vía pública, que requieran permiso precario, y su coordinación con los organismos pertinentes. 9. Emitir informe técnico de factibilidad y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones con que se ha instruido a las empresas constructoras que ocupan calzada en faenas de carga y/o descarga o ejecutar trabajos en la vía pública. 10. Elaborar, desarrollar y mantener Bases de Datos de estadística referidas a las funciones del Departamento. 11. Control y fiscalización de las medidas de gestión vial. 12. Entregar antecedentes visuales relacionados con Accidentes de Tránsito sin lesionados, en coordinación con las unidades correspondientes. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 064.02.00.Departamento de Inspección de Tránsito 09/06/2025 09/06/2025 Art. 44, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 13. Desarrolar Programas para la comuna relacionados con Educación Vial. 14. Coordinar las funciones de Fiscalización que posee, con aquellas asignadas al Departemanto de Permisos de Ocupación de Espacio Público o Dirección de Seguridad Pública, según corresponda. 15. Emitir preaporbaciones de circuitos prácticos de escuelas de conductores de Licencias de Conducir. 16. Gestionar y operar los elementos para optimizar las condiciones de tránsito en la comuna, así como de otros sistemas inteligentes de apoyo a la gestión de tránsito y realizar la coordinación necesaria con las empresas, organismos y unidades competentes. 17. Apoyar y ser parte de la coordinación de emergencias y eventos planificados en la comuna. 18. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente. 19. Ejercer la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento de las siguientes unidades de su dependencia: a. Sección Gestión Administrativa. b. Sección Fiscalización y Regulación de Tránsito. c. Sección Inspección Técnica. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 064.02.01.Sección Gestión Administrativa 09/06/2025 09/06/2025 Art. 44, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Recepcionar y canalizar respuestas a requerimientos recibidos por distintos medios asociados a materias propias del departamento. 2. Otorgar, regirstrar y controlar autorizaciones de ocupación en espacio público que no requieran permiso precario. 3. Elaborar, desarrollar y mantener Bases de Datos de estadísticas referidas a las funciones e indicadores del Departamento. 4. Responder documentos relacionados con Accidentes de Tránsito sin lesionados, en coordinación con las unidades correspondientes. 5. Realizar la tramitación administrativa de permisos, feriados, vacaciones y procesos establecidos. 6. Gestionar las compras del departamento. 7. Mantener los manuales operativos actualizados. 8. Llevar la administración de archivos físicos y digitales. 9. Apoyar y ser parte de la coordinación de emergencias y eventos planificados en la comuna. 10. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente o a través del Jefe del Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 064.02.02.Sección Fiscalización y Regulación de Tránsito 09/06/2025 09/06/2025 Art. 44, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fiscalizar el cumplimiento de la Ley de tránsito, las disposiciones, reglamentos y ordenanzas en que tenga competencia la Dirección de Tránsito, formulando las denuncias a los Juzgados de Policía Local correspondiente. 2. Fiscalizar los Sistemas de Transporte Público y Privado de Pasajeros que funcinan en Bienes Nacionales de Uso Público. 3. Fiscalizar los estacionamientos ubicados en Bienes Nacionales de Uso Público y estacionamientos privados de uso público. 4. Notificar las infracciones a las interferencias que puedan producir en el Tránsito, todos aquellos elementos ubicados en la vía pública que puedan afectar la circulación vehicular o peatonal. 5. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones con que se ha instruido a las empresas constructoras que ocupan calzada en faenas de carga y/o descarga o ejecutan trabajos en la vía pública. 6. Control, ejecución y fiscalización de las medidas de gestión vial. 7. Entregar antecedentes visuales relacionados con Accidentes de Tránsito sin lesionados, en coordinación con las unidades correspondientes. 8. Coordinar las funciones de Fiscalización que posee, con aquellas asignadas al Departamento de Permisos de Ocupación de Espacio Público o Dirección de Seguridad Pública, según corresponda. 9. Gestionar y operar los elementos para optimizar las condiciones de tránsito en la comuna, así como de otros sistemas inteligentes de apoyo a la gestión de tránsito y realizar la coordinación necesaria con las empresas organismos y unidades competentes. 10. Fiscalizar los estacionamientos reservados para taxis, Trabajos en la vía pública, estacionamientos en superficie y vehículos abandonados, independiente de la responsabilidad administrativa que recae en la Sección Inspección Técnica. 11. Apoyar y ser parte de la coordinación de emergencias y eventos planificados en la comuna. 12. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente o a través del Jefe del Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 064.02.03.Sección Inspección Técnica 09/06/2025 09/06/2025 Art. 44, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Elaborar las Bases Técnicas, Administrativas y otros documentos asociados a los contratos, concesiones y permisos precarios del departamento. 2. Administrar los contratos, concesiones y permisos precarios asignados al Departamento, verificando su cumplimiento y correscta ejecución. 3. Verificar los permisos otorgados que puedan producir interferencias en el Tránsito, coordinando la fiscalización vehícular o peatonal. 4. Emitir informe técnico y realizar evaluación de factibilidad por cierre de vías o desvíos de tránsito por eventos en la vía pública, que requieran permiso, y su coordinación con los organismos pertinentes. 5. Emitir informe técnico de factibilidad a las empresas constructoras que solicitan ocupar calzadas en faenas de carga y/o descarga y ejecutar trabajos en la vía pública. 6. Evaluar autorizaciones a las empresas constructoras que ejecutan trabajos en la vía pública. 7. Evaluar factibilidad técnica de ocupación en Bienes Nacionales de Uso Público. 8. Emitir preaprobaciones de circuitos prácticos de escuelas de conductores de Licencias de Conducir. 9. Gestionar los estacionamiento resevados para taxis. 10. Apoyar y ser parte de la coordinación de emergencia y eventos planificados en la comuna. 11. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el Alcalde(sa) o el Director le encomiende directamente o a través del Jefe del Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 065.01.00.Departamento de Gestión 09/06/2025 09/06/2025 Art. 45, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Definir, coordinar, supervisar y optimizar los procesos de la Dirección de Tránsito, promoviendo el cumplimiento de tareas y objetivos propios de la Dirección. 2. Supervisar, consolidar y monitorear la elaboración y ejecución del Presupuesto y Plan de Compras de la Dirección de Tránsito,. asegurando su alineación con los objetivos de la Municipalidad. 3.Monitorear los indicadores de desempeño (PMG y KPI) asegurando el cumplimiento de los objetivos de cada departamento de la Dirección de Tránsito y evaluar posibles acciones de mejora. 4. Elaborar las Bases Técnicas, Administrativas y otros documentos asociados a los contratos, concesiones y permisos precarios del departamento. 5. Administrar los contratos, concesiones y permisos precarios asignados al Departamento de Gestión, verificando su cumplimiento y correcta administración. 6. Actualizar y consolidar el Banco de Proyectos y el Gestor de Contratos. 7. Colaborar en la redacción y/o revisión de las bases de licitación des resto de unidades de la Dirección de Tránsito, velando por su correcta formulación. 8. Supervisar y verificar el cumplimiento y la correcta administración de los contratos, concesiones y permisos precarios de la Dirección de Tránsito. 9. Seguimiento de los pendientes y requerimientos de la Dirección de Tránsito, así como también de las solicitudes de los vecinos a las unidades de la Dirección. 10. Cumplir con las funciones encomendadas por el Director de Tránsito y Transporte Público, dentro del ámbito de su compentencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 066.01.00.Dirección de Desarrollo Comunitario 09/06/2025 09/06/2025 Art. 46, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Es una unidad asesora y operativa que tiene por objeto la promoción del desarrollo comunitario, definiendo, programando, proponiendo, desarrollando y evaluando la acción social y comunitaria en la comuna. Tendrá a su cargo la relación del municipio con las distintas organizaciones que le encomiende el Alcalde(sa), y la ejecución cuan corresponda, de acciones relacionadas con las materias propias dela asistencia social. La Dirección tendrá las siguientes funciones: 1. Proporcionar el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, a través de la implementación de políticas, programas, planes, proyectos y acciones en las diversas áreas de injerencia de dicha Dirección u otras áreas que determine el Alcalde(sa), privilegiando su accionar hacia grupos prioritarios y sectores objetivos definidos. 2. Asesorar al Alcalde(sa) y al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo comunitario y mejoramiento en la calidad de vida de ls vecinos. 3. Promover la constitución de las organizaciones comunitarias, fortalecer su funcionamiento y procurar su activa participación a nivel comunal. 4. Desarrollar acciones tendientes a la incorporación de la población económicamente activa al mercado laboral, incentivando la generación de autoempleo, la obtención de trabajo dependiente y la creación de programas de empleo especificos, conforme a la realidad local. Así como también desarrollar acciones que promuevan la innovación y emprendimiento en la comunidad. 5. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población comunal, como por ejemplo de los grupos de niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos, personas mayores y personas con discapacidad, entre otros, a través de programas y acciones que aumenten sus oportunidades de desarrollo e integración. 6. Otorgar atención especializada que contribuya a la superación de procesos de victimización de los/as vecinos/as, de manera integral a través de los diversos recursos disponibles a nivel intra y extra municipal basado en un modelo integral. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 066.02.00.Dirección de Desarrollo Comunitario 09/06/2025 09/06/2025 Art. 46, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 7. Cooperar en el fomento de la educación de la comunidad en materias relacionadas con su distintos departamentos, secciones y unidades, tales como legales y de derechos, de emprendimientom, sanitarias, entre otras. 8. Proponer y ejecutar medidas tendientes a gestionar ymaterializar acciones en deporte, cultura y recreación para la comunidad. 9. Cumplir con las demás funciones especiales consideradas en la Ley o las que el Alcalde(sa) le encomiende. 10. Ejercer la supervisión jeránquica en lo administrativo y de funcionamiento del: a. Subdirección de Coordinación Territorial. b. Subdirección de Programas. c. Subdirección de Servicios Sociales. d. Departamento de Presupuesto, Planificación y Estudios. e. Departamento de Gestión Territorial. f. Departamento de Gestión de Talleres. g. Departamento de Gestión de Eventos y Recreación. h. Departamento de Gestión Deportiva. i. Departamento de Centros SPA. j. Departamento de Atención Familiar. k. Departamento de Discapacidad. l. Departamento de Personas Mayores. m. Departamento de Desarrollo Local. n. Departamento de Programas Sociales. o. Departamento de Vivienda y Proyectos en la Comunidad. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 067.01.00.Subirección de Coordinación Territorial 09/06/2025 09/06/2025 Art. 47, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al Director(a) de Desarrollo Comunitario en el diseño, formación, implementación, evaluación de las acciones, programas, iniciativas o actividades destinadas a mejorar la vida en comunidad de los vecinos de Las Condes. 2. Asesorar y apoyar las distintas acciones, programas y presupuesto de los Departamento relacionados con esta Subdireccion, para el cumplimiento de sus metas y objetivos. 3. Cumplir y ejercer las demás funciones que el directos(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 4. Coordinar y apoyar las acciones de los siguientes Departamentos: a. Departamento de Acción Territorial. b. Departamento de Gestión de Talleres. c. Departamento de Gestión de Eventos y Recreación. d. Departamento de Desarrollo Deportiva. e. Departamento de Centros de SPA. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 068.01.00.Subirección de Servicios Sociales 09/06/2025 09/06/2025 Art. 48, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al Director(a) de Desarrollo Comunitario en el diseño, implementación y evaluación de programas sociales, iniciativas o acciones que busquen mejorar en la calidad de vida de los vecinos. 2. Asesorar y apoyar las distintas acciones, programas y presupuesto de los Departamentos relacionados con esta Subdireccion, para el cumplimiento de sus metas y objetivos. 3. Cumplir y ejercer las demás funciones que el directos(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 4. Coordinar y apoyar las acciones de los siguientes Departamentos: a. Departamento de Atención Familias. b. Departamento de Discapacidad. c. Departamento de Personas Mayores. d. Departamento de Desarrollo Local. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 069.01.00.Subirección de Programas 09/06/2025 09/06/2025 Art. 49, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en el diseño, implementación y evaluación de programas sociales que tengan como finalidad la entrega de subsidioes, subvenciones, fondos de ayuda y cualquier otra entrega directa de recursos económicos para el apoyo de los vecinos y comunidades. 2. Asesorar y apoyar las distintas acciones, programas y presupuesto de los Departamentos relacionados con esta Subdirección, para el cumplimiento de sus metas y objetivos. 3. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 4. Coordinar y apoyar las acciones de los siguientes Departamentos: a. Departamento de Programas Sociales. b. Departamento de Vivienda y Proyectos en la Comunidad. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 070.01.00.Departamento de Presupuesto, Planificación y Estudios 09/06/2025 09/06/2025 Art. 50, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en la gestión interna del presupuesto, objetivos, sistemas y procesos de la Dirección. 2. Planificar, desarrollar y apoyar la correcta ejecución, en coordicación con la Dirección, las Subdirecciones y cada Departamento, del presupuesto de la Dirección para el cumplimiento de sus objetivos, programas y actividades. 3. Elaborar anualmente y mantener actualizado al Plan de Copras y Adquisiciones, detectando las necesidades de la Dirección, las Subdirecciones y cada Departamento. 4. Asesor e implementar todos los medios y mecanismos para apoyar las solicitudes de compras de los Departamentos, para ser eviados a la Unidad Municipal correspondiente. 5. Construir, actualizar y controlar la ejecución de la planificación estratégica anual de los distintos programas sociales de la Dirección, estableciendo indicadores, metas, plazos y responsables en coordinación con la Dirección, las Subdirecciones y cada Departamento. 6. Coordinar, controlar, implementar y evaluar todos los procesos internos propios del quehacer de la Dirección asociados a contratos transversales, así como tambeín brindar el apoyo administrativo a las funciones de cada departamento. 7. Cumplir las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 8. Asesorar y desarrollar, en coordinación con las unidades municipales respectivas, los programas y diagnósticos que burquen promover y mejorar las prestaciones y acciones de la Dirección dirigidas a la comunidad. 9. Ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección de Presupuesto. b. Sección de Compras, Adquisiciones y Pagos. c. Sección de Planificación y Estudios. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 070.01.01.Sección de Presupuesto 09/06/2025 09/06/2025 Art. 50, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Planificar, desarrollar y apoyar la correcta ejecución del presupuesto de la Dirección, para el cumplimiento de sus objetivos, programas y actividades. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 070.01.02.Sección de Compras, Adquisiciones y Pagos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 50, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Elaborar, revisar y actualizar el Plan de Compras y Adquisiciones, detectando las necesidades de la Dirección, las Subdirecciones y cada Departamento. 2. Asesorar, desarrollar e implementar todos los medios y mecanismos para apoyar las solicitudes de compras de la Dirección, Subdirecciones y Departamentos, oara ser enviados a la Unidad Municipal correspondiente. 3. Coordinar, controlar, implementar y evaluar todos los procesos internos propios del quehacer de la Dirección asociados a contratos transversales, así como también brindas el apoyo administrativo a las funciones de cada departamento en estas materias. 4. Coordinar, controlar, asesorar y apoyar en el proceso de certificación de compras, adqusiciones o servicios prestados por terceros a la Dirección, Subdirecciones o Departamentos, para el correcto cierre administrativo del proceso y su posterior pago por servicio; en coordinación y/o para ser enviados a la Unidad Municipal correspondiente. 5. Llevar un registro de las compras, adquisiciones y pagos realizados por la Dirección, Subdirecciónes y Departamentos para un control del gasto del presupuesto vigente y su correcto uso y administración, con enfoque en la efecacia de los recursos públicos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 070.01.03.Sección de Planificación y Estudios 09/06/2025 09/06/2025 Art. 50, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Construir, actualizar y controlar la ejecución de la planificación estratégica anual de los distintos programas sociales de la Dirección, estableciendo indicadores, metas, plazos y responsables en coordinación con la Direcciónm, las Subdirecciones y cada Departamento. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.01.00.Departamento de Gestión Territorial 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas al desarrollo, bienestar y vinculación de personas, comunidades y organizaciones de la comuna con la gestión municipal, organizaciones y servicios enfocados en la comunidad, por medio de programas, servicios y prestaciones que contribuyen a su desarrollo. 2. Fomentar y promover la participación y vinculación de las personas y comunidades de Las Condes con la gestión municipal, diseñando, ejecutando y administrando programasm, iniciativas, acciones y espacios que favorezcan su desarrollo y comunicación. 3. Promover el desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de las personas, mediante el desarrollo y ejecución de programas, prestaciones y servicios que abarquen a toda la población comunal. 4. Asesorar y apoyar, dentro del ámbito de su competencia, a las agrupaciones y comunidades organizadas en su desarrollo, constitución y promoción, como también promover su adecuado funcionamiento y desarrollo. 5. Registrar y mantener actualizado el Registro de Organizaciones Comunitarias de Las Condes, con la finalidad de mantener un contacto fluido y contribuir en su desarrollo y capacitación en materias administrativas, de participación social y otras, que promuevan su desarrollo social y comunitario. 6. Ofrecer un servicio profesional de orientación legal y mediación vecinal, enfocados en conflictos o situaciones que afecten a personas naturales y comunidades, como un método de resolución de conflictos sustentables en el tiempo, en conformidad a la legislación vigente. 7. Asesorar y capacitar a los Condominios de Interés Público de la comuna, a sus organizaciones y comunidades, en materias relacionadas con la Ley de Copropiedad y postulación a concursos, fondos y otra iniciativa que aporten al desarrollo de la comunidad. 8. Proponer y gestionar el programa Tarjeta Vecino Las Condes por medio de la difusión del programa, como también de la búsqueda de alianzas y convenios con empressm, organismos y otros que promuevan el bienestar y beneficio hacia la comunidad. 9. Recibir por los medios disponibles y derivar a los Departamentos de la Dirección y otras unidades municipales, los requerimientos, necesidades y solicitudes que se dectecten de parte de vecinos y comunidades de Las Condes. 10. Diseñar, ejecutar, coordinar y evaluar los programas, iniciativas y actividades que se implementen en los Centros Comunitarios a cargo del Departamento. 11. Coordinar y ejecutar, por intermedio de los Centros Comunitarios, las activides, programas, iniciativas o talleres a desarrollar, entregando las orientaciones para el logro de los objetivos. 12. Analizar, definir y responder a los requerimientos que presenten vecinos y comunidades respecto a capacitaciones, iniciativas de recreación, deporte, socialización y otros, que sean de interés comunal. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.00.Departamento de Gestión Territorial 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 13. Elaborar, fomentar, planificar y ejecutar iniciativas, programas y/o actividades dirigidas a toda la población, en especial aquellas orientadas a la prevención de conductas que puedan efectuar a la familia y a la comunidad. 14. Fomentar el buen uso del tiempo libre en la comunidad, por medio de la utilización de espacios que permitan involucrarse en el proceso de desarrollo individual y comunitario. 15. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto complimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar. 16. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 17. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar. 18. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende, en materias de su competencia. 19. Ejercer la supervisión, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección de Gestión Territorial. b. Sección de Organizaciones Comunitarias y Sociales. c. Asesoría y Mediación Vecinal. d. Sección de Condominios de Interés Público. e. Sección Tarjeta Vecino. f. Sección Centros Comunitarios. g. Sección de Participación Ciudadana. h. Sección de Asuntos Religiosos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.01.Sección Gestión Territorial 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fomentar, promover e incentivar la participación y vinculación de las personas y comunidades con la gestión y distintas unidades municipales. 2. Recibir, analizar, gestionar y derivar a la unidad municipal que corresponda, las solicitudes, requerimientos o inquietudes de vecinos y comunidades, con la finalidad de canalizar y dar respuesta a las demandas y necesidades de la comunidad. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.02.Sección de Organizaciones Comunitarias y Sociales 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Promover, apoyar y asesorar a las organicaciones comunitarias, funcionales, entre otras, y a las comunidades organizadas que tengan la intención de constituirse formalmente para su correcto funcionamiento y desarrollo según la normativa vigente. 2. Registrar y mantener actualizado el Registro de Organizaciones Comunitaris de Las Condes. 3. Planificar, ejecutar y supervisar los programas y otras prestaciones dirigidas a las distintas organizaciones y comunidades constituidas formalmente, para su apoyo a la comunidad. 4. Ser la contraparte con la Secretaría Municipal y las demás unidades municipales relacionadas, para las materias asociadas a la sección. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.03.Sección de Asesoría y Medicación Vecinal 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Realizar y supervisar orientaciones legales y asesoría a organizaciones y comunidades organizadas de la comuna. 2. Ejecutar y supervisar la realización de Mediaciones vecinales para personas naturales y comunidades organizadas de la comuna, en conformidad con la legislación vigente. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.04.Sección de Condominios de Interés Público 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar y generar instancias de capacitacion y apoyo para los Condominios de Interés Público, a sus organizaciones y comunidades, relacionadas con la Ley de Copropiedad y beneficios municipales, estatales y de organismos privados que aporten a su bienestar y desarrollo. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.05.Sección de Tarjeta Vecino 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Gestionar, administrar y evaluar constantemiente el sistema de Tarjeta Vecino Las Condes y sus derivadas. 2. Realizar la búsqueda de nuevos convenios con organismos y empresas para la Tarjeta Vecino Las Condes y sus derivadas, con el foco de entregar beneficios llamativos para los usuarios. 3. Supervisar y evaluar constantemente el correcto complimiento de los compromisos asociados a los convenios de Tarjeta Vecino Las Condes y sus derivadas, así como el correcto uso por parte de organismos, empresas y vecinos del beneficio. 4. Generar los medios y mecanismos para la constante actualización de la Base de datos de usuarios de Tarjeta Vecino Las Condes y sus derivadas, mediante llamados, convocatorias, procesos u otros. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.06.Sección de Centros Comunitarios 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Administrar, cuidar, mantener y supervisar el correcto uso de los recintos municipales a su cargo. 2. Diseña, coordinar, ejecutar y evaluar los programasm iniciaticas y actividades que se desarrollen en los Centros Comunitarios a cargo. 3. Coordinar, ejecutar, desarrollar y evaluar las actividades, programas, iniciativas y talleres que se desarrollen en los Centros Comunitarios a cargo. 4. Proponer, planificar, ejecutar y fomentar los programas, actividades o iniciativas dirigidas a toda la población, que promuevan el bienestar de las personas y en especial, aquellas orientadas a la prevención de conductas que puedan afectar a la comunidad y las familias. 5. Fomertar el buen uso del tiempo libre en la comunidad, por medio del desarrollo y promoción de tallesres, actividades e iniciativas para las personas; como también de la facilitación de espacios de los Centros Comunitarios a cargo, en concordancia con la promoción del bienestar de la comunidad y las familiar. 6. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de los siguientes recintos municipales: a. Centro Comunitario Padre Hurtado. b. Centro Comunitario Santa Zita. c. Centro Comunitario Diaguitas. d. Centro Comunitario Rotonda Atenas. e. Centro Comunitario Patricia. f. Centro Comunitario Las Condesas. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.07.Sección de Participación Ciudadana 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Fomentar, organizar y desarrollar instancias o iniciativas de participación ciudadana en la comuna, por medio de las distintas instancias, plataformas o mecanismos definidos para tales efectos. 2. Coordinar las encuentas, consultas y otras herramientas de participación dirigidas a personas, organizaciones e instituciones de la comuna. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 071.02.08.Sección de Asuntos Religiosos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 51, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes Será una sección encargada de velar por materias religiosas de interés de difentes comunidades. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 072.01.00.Departamento de Gestión de Talleres 09/06/2025 09/06/2025 Art. 52, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a los talleres, cursos y otros, planificados y desarrollados por los Departamentos de la Dirección y las Juntar de vecinos, Unidades comunitarias u otros, autorizados y financiados por la Dirección. 2. Establecer una política común para todos los Departamento de la Dirección, las juntas de vecinos, Unidades comunales u otros que desarrollen talleres de la Dirección, con respecto a los distintos tipoa y materiasm, su cobertura, duración, entre otros. 3. Planificar, sistematizar, ejecutar y suupervisar los talleres, cursos u otros, que se desarrollan desde los Departamentos de la Dirección, las Juntas de vecinos, Unidades comunales u otros, estableciendo una política común con respecto a tipos y materias, su cobertura, duración, entre otros. 4. Mantener y supervisar los sistemas, aplicaciones o mecanismos de contro respecto de lso beneficiarios de los talleres, cursos u otros, sus profesores, la asistencia, duplicidades, entre otros. 5. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende, en materias de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 073.01.00.Departamento de Gestión de Eventos y Recreación 09/06/2025 09/06/2025 Art. 53, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a los eventos, actividades o iniciativas que se realicen y encomienden al Departamento. 2. Propiciar el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y comunidades, a través de la creación, implementación y desarrollo de actividades, acciones o eventos recreativos, culturales, de promoción o informativos que respondan a los intereses de los vecinos y la comunidad. 3. Organizar, desarrollar y promover todo tipo de actividades y eventos que digan relación con celebración de efemérides patrias y fechas relevantes enel acontecer comunal, regional y nacional. 4. Promover, asesorar y apoyar distintas actividades, acciones o eventos emergentes de personas, comunidades, organizaciones o instituciones, según la capacidad propia del Departamento. 5. Mantere una permanente coordinación con todas las instituciones y organizaciones públicas y privadas que, por su naturaleza, puedan contribuir al logro del los objetivos de los programas de eventos y recreación comunal. 6. Apoyar en la realización, gestión y desarrollo de eventos y actividades a los diferentes Departamentos y unidades municipales, según la capacidad propia del Departamento. 7. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de lso Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar a personas, comunidades y organizaciones de la comuna. 8. Cumplir y ejercer las demás funciones que eldirector(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en el ámbito de su competencia. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 074.01.00.Departamento de Gestión Deportiva 09/06/2025 09/06/2025 Art. 54, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorara al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a la gestión deportiva, relación con personas, organizaciones y comunidades ligadas al ámbito deportivo y la administración de recintos deportivos y de recreación bajo su responsabilidad. 2. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las personas y la comunidad, a través de la creación, implementación y desarrollo de programas, acciones y actividades deportivas y recreativas que fomenten la práctica de una vida sana y la participación de la comunidad. 3. Fomentar y optimizar el uso de los recintos municipales, equipamientos e implementos bajo su administración, construida para la práctica del deporte, salud física y mental. 4. Diseñar e implementar en conjunto con otros Departamentos o unidades municipales, los programas, proyectos y actividades pertinentes a las necesidades de los vecinos respecto de deporte, vida sana y recreación. 5. Administrar los recintos municipales destinados a la práctica deportiva y recreacional, propiciando una óptima utilización de la infraestructura, implementos y el equipamiento existente. Para estos efectos, los recintos deportivos de uso comunitario deberán mantenerse habilitados y en buenas condiciones. 6. Mantener actualizado el catastro de recintos deportivos y de recreación de responsabilidad de Departamento y gestionar con la unidad que corresponda, su correcto uso, mantención y arreglos. 7. Mantener una permanente coordinación con todas las instituciones y organizaciones púbicar y privadas que por su naturaleza, puedan contribuir y colaborar al logro de los objetivos de los programas deportivos y recreativos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 074.02.00.Departamento de Gestión Deportiva 09/06/2025 09/06/2025 Art. 54, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 8. Organizar, desarrollar y supervisar eventos, actividades o instancis deportivas o recreativas para las personas y comunidades, junto con fomentar la participación de las organizaciones locales en eventos reionales y nacionales. 9. Desarrollar acciones que permitan fortalecer las comunidades y organizaciones deportivas de la comuna, así como también la orientación para la creación de nuevas entidades formalmente constituidas. 10. Propiciar el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, a través de la cración, implementación, desarrollo y apoyo de programas, actividades y eventos deportivos y recreativos que respondasn a los intereses de los vecinos. 11. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto complimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales y otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar. 12. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en el ámbito de su competencia. 13. Ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección de Deportes y Recreación. b. Sección de Administración de Recintos Depirtivos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 074.02.01.Sección de Deportes y Recreación 09/06/2025 09/06/2025 Art. 54, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Diseñar, coordinar y ejecutar los programas, iniciativas y actividades deportivas y recreatrivas que fomenten la práctica de una vida sana y la participación de las personas y comunidad. 2. Coordinar, ejecutar, desarrollar y evaluar las actividades, programas, iniciativas y talleres deportivos y recreativos que desarrolle el Departamento, con la finalidad de entregar bienestar y mejorar la calidad de vida de las personas. 3. Mantener una constante coordinación con las organizaciones e instituciones deportivas de la comuna que, por su naturaleza, puedan contribuir al desarrollo y cumplimiento de los objetivos y metas de los programas, actividades e iniciativas del Departamento. 4. Proponer, organizar, desarrollar y supervisar eventos, actividades o instancias deportivas o recreativas dirigidas a la comunidad, como también apoyar en los requirimientos o solicitudes para otras instancias deportivas o recreativas en que se solicita apoyo del Departamento. 5. Desarrollar las acciones que fomenten y permitan fortalecer las comunidades y organizaciones deportivas, así como también orientar y derivar, según corresponda, para la formalización de estas. 6. Fomentar el buen uso del tiempo libre en la comunidad, por medio del desarrollo y promoción de talleres, actividades e iniciativas para las personas; como también de la facilitación de espacios de los Centros Comunitarios a cargo, en concordancia con la promoción del bienestar de la comunidad y las familiar. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 074.02.02.Sección de Administración de Recintos Deportivos 09/06/2025 09/06/2025 Art. 54, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Administrar, cuidar, mantener y supervisar el correcto uso de los recintos municipales a su cargo, resguardando estos para la práctica deportiva y de instancias recreativas que no genere un menoscabo de la infraestructura o implementos dispuetos en el lugar. 2. Promover, resguardar y educar a las personas, comunidades y organizaciones respecto al buen uso de los recintos deportivos y de recreación presentes en la comuna, incentivando el cuidado de estos por parte de la población. 3. Mantener actualizado el regístro y catastro de recintos deportivos y recreativos de responsabilidad del Departamento, supervisando y gestionando con la unidad municipal respectiva, su correcta nantención y reparación. 4. Facilitar los espacios y recintos que administra el Departamento, para fines deportivos o recreativos relacionados, a personas, comunidades y organizaciones, según sea posible, en concordancia con la promoción del bienestar de la comunidad. 5. Coordinar y gestionar con la unidad que corresponda, su correcto uso, mantención y arreglos. 6. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de los sigueentes recintos municipales: a. Estadio Municipal de Las Condes. b. Estadio Municipal Patricia. c. Plaza del Deporte. d. Cancha de Patinaje de Los Dominicos. e. Cancha de Patinaje de Via Láctea. f. Multicanchas de Parque Araucano. g. Multicancha La Comarca. h. Multicanchas Comunitarias. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 075.01.00.Departamento de Centros Spa 09/06/2025 09/06/2025 Art. 55, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Desarrollar actividades de salud, deportivas y recreacionales, propiciando el mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos de la comuna. 2. Promover los recintos municipales bajo su administración construida para la práctica del deporte, la salud física y mental. 3. Generar estrategias para la generación de ingresos y planificar los gastos de los recintos bajo su administración, en concordancia a lo solicitado por el director(a) de Desarrollo Comunitario o la autoridad respectiva. 4. Fomentar y optimizar el uso de los recintos municipales, equipamientos e implementos bajo su administración, construida para la práctica del deporte, salud física y mental. 5. Cumplir con todas las normativas, leyes, autorizaciones sanitarias u otras exigencias relacionadas con las actividades que se desarrolan dentro de los recintos. 6. Diseñar e implementar en conjunto con otros Departamentos o unidades municipales, los programas, proyectos y actividades pertinentes a las necesidades de los vecinos respecto de deporte, vida sana y recreación, en los recintos bajo su administración. 7. Mantener actualizado el catastro de recintos deportivos y de recración de responsablidad de Departamento y gestionar con la unidad que corresponda, su correcto uso, mantención y arreglos. 8. Mantener actualizado un registro estadístico de uno de los recintos. 9. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar. 10. Cumplir y ejercer las demás funcione que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en el ámbito de su competencia. 11. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de los siguientes recintos municipales: a. Centro Deportivo Tenis El Alba. b. Spa Rolf Nathan. c. Spa El Alba. d. Spa Cerro Apoquindo. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 076.01.00.Departamento de Atención Familiar 09/06/2025 09/06/2025 Art. 56, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a la protección de derechos de grupos prioritarios como niños, niñas. adolescentes adultos y personas mayores víctimas de vulneración de derechos, como también de la promoción de derechos de las personas y vecinos de la comuna. 2. Brindar atención profesional para la contención, apoyo y derivación de vecinos víctimas de vulneración de derechos o violencia, en las áreas psicológica, social y judicial y que se encuentran expuestos a vulneración de derechos o de violencia no constitutivo de delito. 3. Contribuir al restablecimiento de la salud integral y bienestar de las personas que presentan un daño psicosocial ocasionado por la violencia intrafamiliar, por medio de orientaciones y/o derivación a entidades de la red pública o privada. 4. Recepcionar y derivar los casos considerados como graves, relacionados con vulneración de derechos o violencia, a instituciones especializadas en maltrato grave o en su defecto, denunciados a la justicia. 5. Promover una política de respecto y no violencia entre todos los vecinos de Las Condes, a través de orientaciones, actividades o iniciativas por medio de la coordinación de diferentes instituciones públicas y privadas, a nivel nacional, regional y comunal. 6. Promover la concientización y respeto de los derechos de los grupos focalizados como niños, niñas, adolescentes y mujeres, por medio de asesorías, actividades, iniciativas o campañas internas y externas a la municipalidad. 7. Generar programas que fortalezcan la red socio comunitaria en la comuna, por medio de actividades, charlas, seminarios o campañas, que promuevan la concientización de derechos y no violencia, en los distintos grupos etarios que componen la sociedad. 8. Contener y apoyar a vecinos víctimas de violencia intrafamiliar, con especial foco en los niños, niñas y adolescentes. 9. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar a personas, comunidades y organizaciones de la comuna. 10. Cumplir las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende, en materias de su competencia. 11. Ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Red de Atención Familiar. b. Red de Protección Familiar. c. Red Mujer. d. Oficina Local de Niñez. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 076.01.01.Red de Atención Familiar 09/06/2025 09/06/2025 Art. 56, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Desarrollar, implementar, entregar asesoría prejudicial y realizar seguimiento a solicitudes y requerimientos de mediación legal o familiar a personas naturales de la comuna, para la resolución de conflictos. 2. Canalizar los requerimientos de mediación familiar que puedan ser solicitados o instruidos desde Tribunales u otras instituciones legalmente mandatadas para ello. 3. Ejecutar, desarrollar y poner en funcionamiento los convenios suscritos por la Municipalidad de Las Condes relacionados con la protección, promoción defensa de derechos a personas, como también en su representación y/o patrocinio judicial <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 076.01.02.Red de Protección Familiar 09/06/2025 09/06/2025 Art. 56, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Entregar el apoyo y orientación a personas víctimas de violencia o vulneración de derechos, mediante un equipo multidisciplinario y una red intersectorial de trabajo, con foco en la restitución y protección de derechos. 2. Entregar, coordinar o derivar con quien corresponda, a víctimas de vulneración de derechos o de violencia no constitutiva de delitos, para la atención profesional en las áreas psicológica, social y/o judicial. 3. Recepcionar y atender a las víctimas de vulneración de derechos o violencia recibidas o derivadas de otras unidades municipales o instituciones; así como también derivar a las instituciones u organismos especializados los casos graves o que no puedan ser atendidos. 4. Contribuir al restablecimiento de la salud y bienestar de las victimas atendidas o recibidas, por medio de orientaciones, atenciones psicológicas y sociales y/o mediante la derivación a entidades de la red pública o privada. 5. Proponer, diseñar, ejecutar y promover programas, talleres, charlas, seminarios o iniciativas que fortalezcan la red socio comunitaria de la comuna y la protección y rol de las familias, desde una mirada de la promoción de derechos <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 076.01.03.Red Mujer 09/06/2025 09/06/2025 Art. 56, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Diseñar, ejecutar y promover acciones, intervenciones, campañas o actividades enfocadas en promover y concientizar sobre la protección de derechos de las mujeres de la comuna, con especial foco en las víctimas de violencia intrafamiliar o violencia de género. 2. Coordinar o derivar con quien corresponda, a víctimas de vulneración de derechos o de violencia no constitutiva de delitos, para la atención profesional en las áreas psicológica, social y/o judicial. 3. Proponer, diseñar, ejecutar y promover programas, talleres, charlas, seminarios o iniciativas que fortalezcan la red socio comunitaria de la comuna, con especial foco en mujeres. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 076.01.04.Oficina Local de Niñez 09/06/2025 09/06/2025 Art. 56, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Ejecutar e implementar el convenio asociado a dicha institucionalidad a nivel comunal, en cumplimiento de la legislación vigente. 2. Recepcionar y atender a los niños, niñas y adolescentes víctimas de vulneración de derechos o violencia recibidas o derivadas de otras unidades municipales o instituciones; así como también derivar a las instituciones u organismos especializados los casos graves o que no puedan ser atendidos. 3. Contribuir al restablecimiento de la salud y bienestar de los niños, niñas y adolescentes victimas atendidas o recibidas, por medio de orientaciones, atenciones psicológicas y sociales y/o mediante la derivación a entidades de la red pública o privada. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 077.01.00.Departamento de Discapacidad 09/06/2025 09/06/2025 Art. 57, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a las Personas con Discapacidad (PcD) y sus familias, así como también en la concientización y promoción de sus derechos. 2. Implementar y coordinar todo tipo de programas, proyectos, actividades, eventos y beneficios dirigidos a las PcD y su familia. 3. Formular y actualizar periódicamente la Política Comunal hacia las Personas con Discapacidad, en concordancia con la política nacional vigente, promoviendo las oportunidades de desarrollo e integración en los distintos ámbitos de la sociedad. 4. Estructurar nuevos modelos de intervención psicosocial que favorezcan la integración de las PcD al entorno social, colaborando especialmente en la realización de acciones de tipo preventivo, curativo, de habilitación y rehabilitación para el fortalecimiento de las personas y su familia. 5. Proponer y desarrollar programas orientados a entregar apoyos y servicios a las personas con discapacidad y su grupo familiar. 6. Canalizar y gestionar en coordinación con otras unidades municipales, los beneficios de la red municipal y gubernamental, hacia las PcD que viven en la comuna. 7. Desarrollar, ejecutar y supervisar talleres, cursos de capacitación y seminarios destinados tanto para personas mayores como para personal de instituciones dedicadas a prestar servicios a este grupo etario. 8. Favorecer la utilización del tiempo libre de PcD, involucrándose en procesos de desarrollo individual y comunitaro. 9. Diseñar y actualizar catastro de instituciones, hogares, establecimientos educacionales u otros que existan en la comuna como en la Región Metropolitana, destinados a entregar servicios a la comunidad de PcD, manteniendo una coordinación o comunicación permanente con ellas. 10. Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones e instituciones orientadas al trabajo con PcD existentes en la comuna, prestando asesoría técnica en forma permanente; así como también por medio de la conformación y gestión de una mesa comunal de trabajo con organizaciones enfocadas en PcD. 11. Ofrecer instancias de capacitación e intermediación laboral a los beneficiarios que dispongan de habilidades para ser incorporados. 12. Contribuir y sugerir cambios o la eUminación de barreras de infraestructura presentes en la comuna para ofrecer a las PcD espacios más amigables y accesibles. 13. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar a personas, comunidades y organizaciones de la comuna. 14. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 15. Ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección Social. b. Sección Laboral y Recreativa. c. Sección Terapeútica. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 077.01.01.Sección Social 09/06/2025 09/06/2025 Art. 57, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Proponer, implementar, coordinar y ejecutar los programas, proyectos o beneficios enfocados en PcD y sus familias. 2. Formular, coordinar y actualizar periódicamente la Política Comunal hacia las Personas conDiscapacidad, en concordancia con la normativa nacional y comunal vigente. 3. Proponer y desarrollar programas e iniciativas orientadas a entregar apoyo, capacitación, herramientas y servicios a las personas con discapacidad y sus familias. 4. Canalizar y gestionar, en coordinación con otros Departamentos y unidades municipales, los beneficios y ayudas técnicas para las personas con discapacidad y sus familias. 5. Mantener una constante coordinación con las organizaciones e instituciones que trabajan con PcD en la comuna que, por su naturaleza, puedan contribuir al desarrollo y cumplimiento de los objetivos y metas de los programas, actividades e iniciativas del Departamento. 6. Conformar y gestionar una mesa comunal de trabajo con organizaciones enfocadas en PcD, con el objetivo de proponer, discutir y escuchar mejoras, propuestas o sugerencias para un mejor trabajo con PcD y su desarrollo en la comuna. 7. Desarrollar las acciones que fomenten y permitan fortalecer las comunidades y organizaciones de PcD o que trabajen con este grupo objetivo, así como también orientar y derivar, según corresponda, para la formalización de estas. 8. Diseñar, implementar y actualizar periódicamente un registro de agrupaciones, organizaciones, instituciones, establecimientos educacionales u otros, que existan en la comuna y en la Región Metropolitana, que trabajen con PcD, buscando mantener una constante comunicación y coordinación con ellas. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 077.01.02.Sección Laboral y Recreativa 09/06/2025 09/06/2025 Art. 57, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Contribuir y favorecer la utilización del tiempo libre de PcD, involucrándose en procesos de desarrollo individual y comunitario, para su mejor desenvolvimiento en la comunidad y sociedad. 2. Proponer, implementar y coordinar proyectos, actividades, talleres, cursos y seminarios enfocados en PcD y sus familias, promoviendo la recreación, inserción laboral y promoción de la vida independiente de los usuarios. 3. Coordinar y realizar, junto al Departamento o unidad municipal respectiva, instancias de capacitación o intermediación laboral a PcD que dispongan de habilidades para ser incorporados. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 077.01.03.Sección Terapeútica 09/06/2025 09/06/2025 Art. 57, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Proponer, desarrollar y ejecutar modelos de intervención psicosocial que permitan la integración de las PcD usuarias a su entorno social y comunitario. 2. Desarrollar y ejecutar acciones de tipo preventivo, curativo, de habilitación y rehabilitación para las PcD usuarias y sus familias. 3. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de los siguientes recintos municipales: a. Casa Eencuentro. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 078.01.00.Departamento de Personas Mayores 09/06/2025 09/06/2025 Art. 58, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a} de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas a las personas mayores, así como también en la concientización, promoción y protección de sus derechos. 2. Implementar y coordinar todo tipo de programas, proyectos, actividades, eventos y beneficios dirigidos a las personas mayores. 3. Formular y actualizar periódicamente la Política Comunal hacia las personas mayores, en concordancia con la política nacional vigente, promoviendo las oportunidades de desarrollo e integración en los distintos ámbitos de la sociedad. 4. Implementar y coordinar todo tipo de programas, proyectos, actividades y eventos dirigidos a las personas mayores; procurando la coordinación con otras unidades municipales cuando corresponda. 5. Desarrollar, ejecutar y supervisar talleres, cursos de capacitación y seminarios destinados tanto para personas mayores como para personal de instituciones dedicadas a prestar servicios a este grupo etario. 6. Elaborar, mantener y actualizar un catastro de las instituciones y organizaciones, públicas y privadas, que por su naturaleza puedan colaborar en el apoyo, desarrollo y bienestar de las personas mayores de la comuna, buscando mantener una coordinación y comunicación periódica. 7. Desarrollar acciones que permitan fortalecer las comunidades y organizaciones de personas mayores de la comuna, así como también la orientación para la creación de nuevas entidades formalmente constituidas. 8. Promover, difundir y educar por medio de campañas o actividades sobre las dificultades y desafíos de las personas mayores en la sociedad actual, con el objetivo de desarrollar una mayor conciencia acerca de las problemáticas de este segmento de la población. 9. Administrar, coordinar y supervisar los Círculos de Encuentro, Centros de Día, oficinas o recintos destinados a la entrega de servicios a personas mayores de la comuna. 10. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar a personas, comunidades y organizaciones de la comuna. 11. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende, en materias de su competencia. 12. Ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección de Atención Integral y Cuidados. b. Sección de Envejecimiento Activo. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 078.01.01.Sección de Atención Integral y Cuidados 09/06/2025 09/06/2025 Art. 58, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Proponer, implementar y coordinar programas, proyectos o iniciativas dirigidas a apoyar o beneficiar a personas mayores dependientes o vulnerables. 2. Desarrollar, ejecutar y supervisar la realización de talleres, cursos y seminarios enfocados en personas mayores vulnerables, familias y/o cuidadores de personas mayores dependientes o vulnerables, con el objetivo de entregar conocimientos y herramientas que mejoren su bienestar y calidad de vida. 3. Mantener y actualizar periódicamente un catastro de residencias o instituciones de reposo para personas mayores, que cumplan con la normativa vigente, que cooperen o puedan entregar ayudas, beneficios o estadía a personas mayores dependientes o vulnerables, buscando generar una comunicación y cooperación constante. 4. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa y de funcionamiento de los siguientes recintos municipales: a. Centro de Día Reina Astrid. b. Centro de Día Isabel La Católica. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 078.01.02.Sección de Envejecimiento Activo 09/06/2025 09/06/2025 Art. 58, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Proponer, implementar, coordinar y ejecutar programas, proyectos, iniciativas, eventos y actividades dirigidas a apoyar o beneficiar a personas mayores independientes. 2. Desarrollar, ejecutar y supervisar la realización de talleres, cursos y seminarios enfocados en personas mayores independientes, con el objetivo de entregar conocimientos y herramientas que mejoren su bienestar y calidad de vida. 3. Proponer, coordinar y supervisar distintas instancias recreativas y culturales como concursos, paseos u otros, dirigidos a personas mayores independientes, en coordinación con los Departamentos, unidades municipales u organismos o instituciones que puedan aportar al desarrollo y ejecución de estas. 4. Deberá ejercer la supervisión jerárquica, administrativa t de funcionamiento de los siguientes recintos municipales: a. Circulo de Encuentro Rosa O'Higgins. b. Circulo de Encuentro El Canelo. c. Circulo de Encuentro Los Dominicos. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 079.01.00.Departamento de Desarrollo Local 09/06/2025 09/06/2025 Art. 59, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Asesorar al director(a) de Desarrollo Comunitario en las materias asociadas al ámbito laboral, procesos de reclutamiento, capacitaciones y emprendimiento para personas y organizaciones de la comuna. 2. Implementar y coordinar los programas y acciones tendientes a la incorporación de la población económicamente activa al mercado laboral conforme a la realidad local. 3. Relacionar la oferta y demanda de empleo de la comuna, a través de un proceso técnico expedito, que facilite a los actores la consecución de sus objetivos, promoviendo la intermediación laboral a los vecinos en situación de desempleo y empresas generadoras de vacantes laborales. 4. Dar cumplimiento de la manera más eficiente a lo establecido en la Ley Nº 19.518, respecto al Sistema Nacional de Capacitación y Empleo y al funcionamiento de las OMIL. 5. Intermediar a tos beneficiarios del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo Solidario para apoyar su búsqueda de empleo, ofrecer cursos de capacitación y certificar su derecho al pago del beneficio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 28 de ta Ley 19.728. 6. Mejorar la capacidad de las personas para generar ingresos de forma autónoma, el mejoramiento de sus condiciones de empleabilidad y participación en el ámbito laboral, en el contexto del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. 7. Generar alternativas integrales para la nivelación de estudios, capacitación laboral y entrenamiento de competencias socio laborales, que promuevan el desarrollo y mejoramiento de las condiciones de empleabilidad de las personas que demanden atención. 8. Contribuir al desarrollo de iniciativas emprendedoras e innovadoras de vecinos de la comuna, a través de la oferta de servicios orientados a atender sus necesidades. 9. Apoyar el desarrollo y la formalización de pequeñas unidades de negocio, a través de la generación de instancias de orientación, información y capacitación a personas que presentan iniciativas válidas y viables de autogestión. 10. Gestionar la cooperación técnica de organismos públicos y privados en apoyo de iniciativas locales. 11. Mantener una base de datos única y actualizada, tanto de las empresas oferentes de empleo e instituciones que ofrecen capacitación, como de los trabajadores sujetos de atención del Departamento. 12. Realizar la orientación y registro de la microempresa familiar, conforme a lo establecido en la Ley 19.749 del 25 de agosto de 2001. 13. Ejecutar, desarrollar y supervisar el correcto cumplimiento de los Convenios de cooperación o de Ejecución de programas estatales u otros organismos que sean encomendados al departamento, en concordancia con los objetivos de brindar desarrollo y bienestar a personas, comunidades y organizaciones de la comuna. 14. Cumplir y ejercer las demás funciones que el director(a) de Desarrollo Comunitario le encomiende en materias de su competencia. 15. Ejercer la supervisión jerárquica y administrativa y de funcionamiento de las siguientes Secciones: a. Sección Laboral y de Capacitaciones. b. Sección de Fomento Productivo y Emprendimiento. c. Sección de Turismo. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 079.01.01.Sección Laboral y de Capacitaciones 09/06/2025 09/06/2025 Art. 59, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Implementar, ejecutar y coordinar los programas, iniciativas, acciones y convenios vigentes destinados a la incorporación de la población económicamente activa al mercado laboral. 2. Proponer, desarrollar y ejecutar cursos, capacitaciones, charlas, seminarios y talleres destinados a entregar herramientas para el mejoramiento de las competencias de quienes buscan empleo. 3. Proponer, desarrollar y ejecutar instancias como ferias laborales destinadas a relacionar la oferta y la demanda de empleo de la comuna, que facilite a los actores la consecución de sus objetivos. 4. Mantener y actualizar periódicamente una base de datos de empresas oferentes de empleo, instituciones que ofrecen instancias de capacitación laboral, como también de los trabajadores sujetos a la atención del Departamento. 5. Ejecutar e implementar los convenios asociados nivelación de estudios, materias laborales y de desarrollo de competencias o capacitaciones para el mundo laboral en la comuna. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>
09/06/2025 079.01.02.Sección de Fomento Productivo y Emprendimiento 09/06/2025 09/06/2025 Art. 59, Decreto Alcaldicio Secc. 1a. N°1947, Texto del Nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes 1. Implementar, ejecutar y coordinar los programas, iniciativas, acciones y convenios vigentes destinados a mejorar la capacidad de las personas para generar ingresos de forma autónoma. 2. Proponer, desarrollar e implementar programas e iniciativas que contribuyan al desarrollo de pequeñas unidades de negocio o iniciativas emprendedoras de vecinos de la comuna. 3. Proponer, desarrollar y ejecutar cursos, capacitaciones, charlas, seminarios y talleres destinados a entregar herramientas para el desarrollo y formalización de pequeñas unidades de negocios o iniciativas emprendedoras. 4. Mantener y actualizar periódicamente una base de datos de instituciones que ofrecen instancias de capacitación y fondos destinados a apoyar pequeñas unidades de negocios o iniciativas emprendedoras, como también de los emprendedores formalizados y no formalizados sujetos a la atención del Departamento. 5. Ejecutar e implementar los convenios asociados a materias de capacitación, formalización y financiamiento de pequeñas unidades de negocios o iniciativas emprendedoras. <a href='https://archivos.lascondes.cl/descargas/transparencia/ordenanzas/2025/mayo/decreto.1947.09jun2025.pdf' target='_blank'>enlace</a>