Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 76 filas · fuente html · portaltransparencia.cl

Fecha promulgacion Unidad u organo interno Fecha de publicacion si corresponde Fecha de ultima modificacion dd mm aaaa Articulos de la ley reglamento u otro acto admin Descripcion de las facultades funciones y atribu Enlace a la publicacion o archivo del texto inte
27/07/2021 15.DIRECCION DE EDUCACION Y SALUD 27/07/2021 Sin modificación Art. 62 Reglamento Interno Municipal La Dirección de Educación, Salud y demás Servicios Traspasados tiene como funciones dirigir y coordinar la operación de los Departamentos bajo su dependencia; la formulación de las políticas relativas a los servicios incorporados y coordinarse con los respectivos ministerios. Corresponde a la Dirección de Educación y Salud, las siguientes funciones: a)Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con Salud Pública y Educación y demás servicios incorporados a su gestión. b) Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de los servicios de Salud, Educación y demás incorporados a su gestión, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, a través de los Departamentos correspondientes. c) Otras funciones que le encomiende el superior jerárquico. Enlace
09/05/2006 15.DIRECCION DE EDUCACION Y SALUD 26/07/2006 26/08/2024 Art. 23, Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades La unidad de servicios de salud, educación y demás incorporados a la gestión municipal tendrá la función de asesorar al alcalde y al concejo en la formulación de las políticas relativas a dichas áreas. Cuando la administración de dichos servicios sea ejercida directamente por la municipalidad, le corresponderá cumplir, además, las siguientes funciones: a) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación, y demás servicios incorporados a su gestión, b) Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de tales servicios, en coordinación con la unidad de administración y finanzas. Cuando exista corporación municipal a cargo de la administración de servicios traspasados, y sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, a esta unidad municipal le corresponderá formular proposiciones con relación a los aportes o subvenciones a dichas corporaciones, con cargo al presupuesto municipal, y proponer mecanismos que permitan contribuir al mejoramiento de la gestión de la corporación en las áreas de su competencia. www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=251693