Potestades, competencias, facultades, atribuciones y tareas
02. Potestades y Marco Normativo · 55 filas · fuente html · portaltransparencia.cl
| Articulo s de las normas que las establezcan | Enlace al texto integro y actualizado de la norm | Potestades competencias responsabilidades funcio |
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| Art.4 letra f) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace | La urbanización y la vialidad urbana y rural |
| Art. 8 inciso tercero, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace | Otorgar concesiones para la prestación de determinados servicios municipales o para la administración de establecimientos o bienes específicos que posean o tengan a cualquier título |
| Art.5 letra g) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace | Otorgar subvenciones y aportes para fines específicos a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. |
| Art.5 letra g) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace | Otorgar subvenciones y aportes para fines específicos a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. Estas subvenciones y aportes no podrán exceder, en conjunto, al siete por ciento del presupuesto municipal. Este límite no incluye a las subvenciones y aportes que las municipalidades destinen a las actividades de educación, de salud o de atención de menores que les hayan sido traspasadas en virtud de lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 3.063 de Interior, de 1980, cualesquiera sea su forma de administración, ni las destinadas a los Cuerpos de Bomberos. Asimismo, este límite no incluye a las subvenciones o aportes que las Municipalidades de Santiago, Vitacura, Providencia y Las Condes efectúen a la "Corporación Cultural de la I. Municipalidad de Santiago", para el financiamiento de actividades de carácter cultural que beneficien a los habitantes de dichas comunas. |
| Art.5 letra o) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace | Recaudar, administrar y ejecutar, en una cuenta especial y separada del resto del presupuesto municipal, los aportes al espacio público que se perciban, de conformidad a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula el mismo cuerpo legal |