Potestades, competencias, facultades, atribuciones y tareas

02. Potestades y Marco Normativo · 55 filas · fuente html · portaltransparencia.cl

Articulo s de las normas que las establezcan Enlace al texto integro y actualizado de la norm Potestades competencias responsabilidades funcio
Art.5 letra c) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la administración del Estado, En ejercicio de esta atribución, le corresponderá, previo informe del Consejo Económico y social, de la comuna, asignar y cambiar la denominación de tales bienes. Asimismo, con el acuerdo de los dos tercios de los concejales en ejercicio, podrá hacer uso de esta atribución respecto de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales, en el territorio bajo su administración
Art.5 letra f) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles
Art. 3° letra e) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo, y
Art. 3° letra d) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo
Art.5 letra h) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Aplicar tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo comunal, para cuyo efecto las autoridades comunales deberán actuar dentro de las normas que la ley establezca
Art.5 letra k) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de las comunas que formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, y pronunciarse sobre el proyecto de plan regulador comunal o de plan seccional de comunas que no formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal
Art.5 letra m) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Aprobarlos planos de detalle de los planes reguladores comunales y de los planes seccionales
Art.5 inciso quinto, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Asociarse entre Municipalidades para el cumplimiento de sus fines propios, de acuerdo con las reglas establecidas en el Párrafo 2° del Título VI de la Ley 18.695
Art.5 inciso segundo, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Atribuciones no esenciales que le confieren las leyes o que versen sobre materias que la Constitución Política de la República expresamente ha encargado sean reguladas por la ley común
Art.5 inciso segundo, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Atribuciones no esenciales que le confieren las leyes o que versen sobre materias que la Constitución Política de la República expresamente ha encargado sean reguladas por la ley común
Art. 8 inciso segundo, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Celebrar contratos que impliquen la ejecución de acciones determinadas, a fin de atender las necesidades de la comunidad local
Art. 8 inciso primero, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado en las condiciones que señale la ley respectiva, sin alterar las funciones y atribuciones que corresponden al Municipio,
Art.5 inciso tercero,, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Colaborar en la fiscalización y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la protección del medio ambiente, dentro de los límites comunales.
Art.5 letra i) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte y la cultura. La participación municipal en estas corporaciones se regirá por las normas establecidas en el Párrafo 1° del Título VI de la Ley 18.695
Art. 11, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado la autoriza
Art.5 letra d) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Dictar resoluciones obligatorias con carácter general o particular
Art.5 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Ejecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento
Art. 1° Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Ejercer la administración local de la Comuna, satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna
Art.5 letra l) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el plan comunal de seguridad pública. Para realizar dichas acciones, las municipalidades tendrán en consideración las observaciones efectuadas por el consejo comunal de seguridad pública y por cada uno de sus consejeros.
Art.5 letra b) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal
Art.5 letra n) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Elaborar, aprobar, modificar y materializar los planes de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público
Art. 3° letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaborar en su implementación, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 101 de la Constitución Política
Art. 3° letra f) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El aseo y ornato de la comuna
Art.4 letra l) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local
Art.4 letra j) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad
Art.4 letra h) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El transporte y tránsito públicos
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El transporte y tránsito públicos
Art.4 letra e) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El turismo, el deporte y la recreación
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace El turismo, el deporte y la recreación
Art.5 letra e) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Establecer derechos por los servicios que presten y por los permisos y concesiones que otorguen
Art.5 letra j) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace Establecer, en el ámbito de la comuna, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de propender a un desarrollo equilibrado y a una adecuada canalización de la participación ciudadana
Art.4 letra c) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La asistencia social y jurídica
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La asistencia social y jurídica
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo
Art.4 letra d) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La construcción de viviendas e infraestructuras sanitarias
Art.4 letra g) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La construcción de viviendas e infraestructuras sanitarias
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La educación y la cultura
Art. 3° letra b) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes
Art.4 letra i) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia y catástrofes
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia y catástrofes
Art.4 letra k) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
Art. 3° letra c) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La promoción del desarrollo comunitario
Artículo 4 letra m) de la Ley N° 18.695 Enlace La promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la prevención de vulneraciones de derechos y la protección general de los mismos
Art.4 letra b) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La salud pública y la protección del medio ambiente
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La salud pública y la protección del medio ambiente
Art.4 letra a) Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Enlace La urbanización y la vialidad urbana y rural