Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos
03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 132 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl
| Reglamento | U otro acto administrativo | Que las otorgo fecha de publicacion | Funciones y atribuciones articulos de la ley | Si corresponde enlace a la publicacion o archivo | Unidad u organo interno descripcion de las facul |
|---|---|---|---|---|---|
| Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/2rf3n' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; | Dirección de Obras;"Emitir Informe de Demolición o Paralización según corresponda. En relación con lo dsipuesto en el artículo 157. Tiene un plazo fatal de 15 días.";"Artículo 157 | ||||
| Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1bf' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; | Debera realizar petición al Alcalde";"Artículo 145 | Dirección de Obras;"En Incumpliento de los dispuesto en el artículo 145 | |||
| Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1br' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; | los gastos que éstos originen y los demás antecedentes e informaciones que procedan.";"Artículo 156 | Dirección de Obras;"Firmar acta los trabajos que se ejecuten | |||
| Dirección de Obras;"La Dirección de Obras tendrá comom objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones en el territorio comunal";"Artículos N° 45° al 49° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; | |||||
| Dirección de Obras;"La Dirección de Obras tendrá comom objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones en el territorio comunal";"Artículos N° 45° al 49° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; | |||||
| y 5.- Recibirse de la obras ya citadas y autorizar su uso | Fiscalizar las obras en uso | a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan; c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización; d) Confeccionar y mantener actualizado el catasrro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal | del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes. Para cuyo efecto gozará de las siguiente s atribuciones especificas: 1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales; 2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción; 3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior; 4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción | sean ejecutadas directamente o a través de terceros | Dirección de Obras;"Le corresponde: a) Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanosmo y Construcciones |
| y 5.- Recibirse de la obras ya citadas y autorizar su uso | Fiscalizar las obras en uso | a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan; c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización; d) Confeccionar y mantener actualizado el catasrro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal | del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes. Para cuyo efecto gozará de las siguiente s atribuciones especificas: 1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales; 2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción; 3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior; 4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción | sean ejecutadas directamente o a través de terceros | Dirección de Obras;"Le corresponde: a) Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanosmo y Construcciones |
| o con ausencia de supervisión técnica | o que ello implique un riesgo no cubierto | sin perjuicio de las sanciones que corresponda | podrá ordenar la paralización de cualquier obra en los casos en que hubiere lugar a ello.. Comprobado que una obra se estuviere ejecutando sin el permiso correspondiente o en disconformidad con él | ordenará de inmediato su paralización | Dirección de Obras;"mediante resolución fundada |
| en las condiciones que determine en cada caso. Sólo en casos calificados podrá ampliarse este plazo | con la autorización expresa de la Secretaría Regional respectiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.. Si | vencido el plazo correspondiente | hasta por un máximo de tres años | el beneficiario no retirare las referidas construcciones | Dirección de Obras;"Podrá autorizar la ejecución de construcciones provisorias por una sola vez |
| su Ordenanza General u Ordenanza Local Respectiva.. 2.- Obras que se ejecuten fuera de la línea de cierro o en bienes de uso público | sin la autorización correspondiente.. 3.- Obras que no ofrezcan las debidas garantías de salubridad y seguridad | o que amenacen ruina.. 4.- Obras ejecutadas de conformidad a las autorizaciones señaladas en los artículos 121° | según los siguientes casos: 1.- Obras que se ejecuten en disconformidad con las disposiciones de la presente ley | 122° y 123° | Dirección de Obras;"Podra realizar petición de demolición al alcalde a costa del propietario del inmueble |
| con el informe de la Dirección de Obras Municipales | fijará al propietario un plazo prudencial para la demolición de ésta o de la parte de la misma que amenazare derrumbarse.";"Artículo 150 | Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1mq' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; | hará practicar un reconocimiento de la obra y propondrá a la Alcaldía las medidas que estime procedentes.. La Alcaldía | Dirección de Obras;"Recibida la denuncia | |
| en cualquier tiempo | la correspondiente denuncia ante el Juez de Policía Local | el que | el Director de Obras formulará | además de la multa por la infracción | Dirección de Obras;"Si el infractor no regularizare su situación |
| organizados para una eventual situación de emergencia; e) Coordinar con la Oficina Nacional de Emergencia las acciones necesarias tendientes a prestar auxilio y atención a la comunidad en los casos que ésta indique; f) Informar a las direcciones correspondientes sobre irregularidades de la infraestructura comunal; g) Mantener permanente contacto con las instituciones públicas y privadas que operen en la comunidad en materias de prevención de riesgos | catástrofes y emergencias; h) Dar cumplimiento a todo lo establecido en los siguientes textos legales: DL N° 369 (1974) Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior: DS N° 509 (1983) Reglamento de la Ley Orgánica; Ley N° 16.282 (1979) Disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y el Decreto Supremo N° 156 de 2.002 | Plan Nacional de Protección Civil y los que en el futuro modifiquen o reemplacen; i) Administrar los recursos humanos | emanadas del Gobierno Regional; d) Velar por la permanente capacitación de la población de la comuna | materiales y financieros puestos a su disposición para el cumplimiento de sus funciones; j) Dar cumplimiento al pricipio de la Transparencia en la Función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones | Dirección de Operaciones y Protección Civil;"Le corresponde: a9 La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes. B) Asesorara al alcalde en todas las materias y actividades relacionadas con apoyo logístico y atención de emergencia en la comuna. c) Velar por el permanente cumplimiento de las disposiciones sobre atención de emergencia |
| organizados para una eventual situación de emergencia; e) Coordinar con la Oficina Nacional de Emergencia las acciones necesarias tendientes a prestar auxilio y atención a la comunidad en los casos que ésta indique; f) Informar a las direcciones correspondientes sobre irregularidades de la infraestructura comunal; g) Mantener permanente contacto con las instituciones públicas y privadas que operen en la comunidad en materias de prevención de riesgos | catástrofes y emergencias; h) Dar cumplimiento a todo lo establecido en los siguientes textos legales: DL N° 369 (1974) Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior: DS N° 509 (1983) Reglamento de la Ley Orgánica; Ley N° 16.282 (1979) Disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y el Decreto Supremo N° 156 de 2.002 | Plan Nacional de Protección Civil y los que en el futuro modifiquen o reemplacen; i) Administrar los recursos humanos | emanadas del Gobierno Regional; d) Velar por la permanente capacitación de la población de la comuna | materiales y financieros puestos a su disposición para el cumplimiento de sus funciones; j) Dar cumplimiento al pricipio de la Transparencia en la Función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones | Dirección de Operaciones y Protección Civil;"Le corresponde: a9 La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes. B) Asesorara al alcalde en todas las materias y actividades relacionadas con apoyo logístico y atención de emergencia en la comuna. c) Velar por el permanente cumplimiento de las disposiciones sobre atención de emergencia |
| sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 90 de la Constitución Política de Chile | a) Asesorar técnicamente al alcalde en la elaboración e implementación de intervenciones en las siguientes lineas de acción: Prevención situacional del delito | Prevención Social del delito | articular e implementar medidas de prevención en materias de seguridad ciudadana y prevención del delito al interior de la comuna | Atención a víctimas de delito y Rahebilitación entre otras; b) Elaborar el Plan estratégico anual de Seguridad Ciudadana de acción municipla | Dirección de Seguridad, Prevernción y Participación Ciudadana;"Le corresponde: Promover |
| sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 90 de la Constitución Política de Chile | a) Asesorar técnicamente al alcalde en la elaboración e implementación de intervenciones en las siguientes lineas de acción: Prevención situacional del delito | Prevención Social del delito | articular e implementar medidas de prevención en materias de seguridad ciudadana y prevención del delito al interior de la comuna | Atención a víctimas de delito y Rahebilitación entre otras; b) Elaborar el Plan estratégico anual de Seguridad Ciudadana de acción municipla | Dirección de Seguridad, Prevernción y Participación Ciudadana;"Le corresponde: Promover |
| en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas; d) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y suas modificaciones | su Reglamento y los instructivos del Consejo para la transparencia.";"Artículos 43° y 44° del reglamento N° 70 de organización interna del municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; | materiales y financieros de tales servicios traspasados | Dirección de Servicios Traspasados;"La Dirección de Servicios Tyraspasados tiene las siguientes funciones: a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas relativas a dichasareas; b) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar accionar y programas relacionasdas con salud pública y educación y además servicios incorporados a su gestión; y c) Administrar los recursos humanos | ||
| en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas; d) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y suas modificaciones | su Reglamento y los instructivos del Consejo para la transparencia.";"Artículos 43° y 44° del reglamento N° 70 de organización interna del municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; | materiales y financieros de tales servicios traspasados | Dirección de Servicios Traspasados;"La Dirección de Servicios Tyraspasados tiene las siguientes funciones: a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas relativas a dichasareas; b) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar accionar y programas relacionasdas con salud pública y educación y además servicios incorporados a su gestión; y c) Administrar los recursos humanos | ||
| e) Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne | las que ejecutará a través de la unidad que correspondas | de conformidad con la legislación vigente | en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vías públicas; d) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna y | y que no sea de aquellas que la Key asigna a oras unidades; f) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones | Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"La Dirección de Tránsito y Transporte Públicos tiene las siguientes funciones: a) Otorgar y Renovar Licencias de Conducir vehículos y Permisos de Circulación; b) Determinar el Sentido de circulación de vehículos |
| e) Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne | las que ejecutará a través de la unidad que correspondas | de conformidad con la legislación vigente | en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vías públicas; d) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna y | y que no sea de aquellas que la Key asigna a oras unidades; f) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones | Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"La Dirección de Tránsito y Transporte Públicos tiene las siguientes funciones: a) Otorgar y Renovar Licencias de Conducir vehículos y Permisos de Circulación; b) Determinar el Sentido de circulación de vehículos |
| y d) En general | aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna";"Artículo N° 26° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; | en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vís públicas | Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"Le corresponde: a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos | ||
| y d) En general | aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna";"Artículo N° 26° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; | en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vís públicas | Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"Le corresponde: a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos | ||
| y Administrar los recursos humanos | materiales y financieros de tales servicios | en coordinación con la unidad de adminiatración y finanzas.";"Artículo N° 23 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; | y demás servicios incorporados a su gestión | Dirección Servicios Traspasados;"Le corresponde: asesorar al alcalde y al concejo en la formulación de las políticas relativas a dicha área; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación | |
| y Administrar los recursos humanos | materiales y financieros de tales servicios | en coordinación con la unidad de adminiatración y finanzas.";"Artículo N° 23 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; | y demás servicios incorporados a su gestión | Dirección Servicios Traspasados;"Le corresponde: asesorar al alcalde y al concejo en la formulación de las políticas relativas a dicha área; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación | |
| coordinación y evaluación de los planes programas y nproyectos de desarrollo comunal; Está constituida por el Departament de Presupuesto y Planificasción Económica | el Departamento de Licitaciones y Planificación Social y el Departamento de Proyectos | Estudio y Estadística | como asimismo en la definición de las políticas y en la elaboración | además tendrá adscrito y dependiente como departamento al Asesor Urbanista | Secpla;"La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y del Concejo en la elaboración de la estrategia minicipal |
| coordinación y evaluación de los planes programas y nproyectos de desarrollo comunal; Está constituida por el Departament de Presupuesto y Planificasción Económica | el Departamento de Licitaciones y Planificación Social y el Departamento de Proyectos | Estudio y Estadística | como asimismo en la definición de las políticas y en la elaboración | además tendrá adscrito y dependiente como departamento al Asesor Urbanista | Secpla;"La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y del Concejo en la elaboración de la estrategia minicipal |
| propias de las competencias de ambos órganos municipales; En tal carácter le corresponderán las siguientes funciones: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal | como asimismo de las políticas | planes | en materias de estudios y evaluación | programas y proyectos de desarrollo de la comuna; b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos del plan comunal de desarrolo y de presupuesto municipal; c) Evaluar el cumplimiento de los planes | Secpla;"Le corresponde: Asesorar al alcalde y al concejo |
| propias de las competencias de ambos órganos municipales; En tal carácter le corresponderán las siguientes funciones: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal | como asimismo de las políticas | planes | en materias de estudios y evaluación | programas y proyectos de desarrollo de la comuna; b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos del plan comunal de desarrolo y de presupuesto municipal; c) Evaluar el cumplimiento de los planes | Secpla;"Le corresponde: Asesorar al alcalde y al concejo |
| las siguientes funciones generales: a) Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales; b) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal; c) Cumplir con las disposiciones quew le encomiendan Leyes específicas; d) Controlar | coordinar y supervisar las funciones de los Departyamentos de Pro Secretaría Municipal | Documentación | además | de Partes y Archivos | Secretaría Municipal;"La Secretaria Municipal deberá cumplir |
| las siguientes funciones generales: a) Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales; b) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal; c) Cumplir con las disposiciones quew le encomiendan Leyes específicas; d) Controlar | coordinar y supervisar las funciones de los Departyamentos de Pro Secretaría Municipal | Documentación | además | de Partes y Archivos | Secretaría Municipal;"La Secretaria Municipal deberá cumplir |
| mantener y tramitar | cuando corresponda | la declaración de interese establecida por la Ley N° 18.575";"Artículo 20° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing'%20target='_blank'%3eEnlace%3c/a%3e' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; | y recibir | Secretaría Municipal;"Le corresponde: Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo; desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales | |
| mantener y tramitar | cuando corresponda | la declaración de interese establecida por la Ley N° 18.575";"Artículo 20° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; | y recibir | Secretaría Municipal;"Le corresponde: Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo; desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales |