Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 132 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl

Reglamento U otro acto administrativo Que las otorgo fecha de publicacion Funciones y atribuciones articulos de la ley Si corresponde enlace a la publicacion o archivo Unidad u organo interno descripcion de las facul
Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/2rf3n' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; Dirección de Obras;"Emitir Informe de Demolición o Paralización según corresponda. En relación con lo dsipuesto en el artículo 157. Tiene un plazo fatal de 15 días.";"Artículo 157
Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1bf' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; Debera realizar petición al Alcalde";"Artículo 145 Dirección de Obras;"En Incumpliento de los dispuesto en el artículo 145
Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1br' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; los gastos que éstos originen y los demás antecedentes e informaciones que procedan.";"Artículo 156 Dirección de Obras;"Firmar acta los trabajos que se ejecuten
Dirección de Obras;"La Dirección de Obras tendrá comom objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones en el territorio comunal";"Artículos N° 45° al 49° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica";
Dirección de Obras;"La Dirección de Obras tendrá comom objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones en el territorio comunal";"Artículos N° 45° al 49° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016";
y 5.- Recibirse de la obras ya citadas y autorizar su uso Fiscalizar las obras en uso a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan; c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización; d) Confeccionar y mantener actualizado el catasrro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes. Para cuyo efecto gozará de las siguiente s atribuciones especificas: 1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales; 2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción; 3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior; 4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción sean ejecutadas directamente o a través de terceros Dirección de Obras;"Le corresponde: a) Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanosmo y Construcciones
y 5.- Recibirse de la obras ya citadas y autorizar su uso Fiscalizar las obras en uso a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan; c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización; d) Confeccionar y mantener actualizado el catasrro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes. Para cuyo efecto gozará de las siguiente s atribuciones especificas: 1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales; 2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción; 3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior; 4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción sean ejecutadas directamente o a través de terceros Dirección de Obras;"Le corresponde: a) Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanosmo y Construcciones
o con ausencia de supervisión técnica o que ello implique un riesgo no cubierto sin perjuicio de las sanciones que corresponda podrá ordenar la paralización de cualquier obra en los casos en que hubiere lugar a ello.. Comprobado que una obra se estuviere ejecutando sin el permiso correspondiente o en disconformidad con él ordenará de inmediato su paralización Dirección de Obras;"mediante resolución fundada
en las condiciones que determine en cada caso. Sólo en casos calificados podrá ampliarse este plazo con la autorización expresa de la Secretaría Regional respectiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.. Si vencido el plazo correspondiente hasta por un máximo de tres años el beneficiario no retirare las referidas construcciones Dirección de Obras;"Podrá autorizar la ejecución de construcciones provisorias por una sola vez
su Ordenanza General u Ordenanza Local Respectiva.. 2.- Obras que se ejecuten fuera de la línea de cierro o en bienes de uso público sin la autorización correspondiente.. 3.- Obras que no ofrezcan las debidas garantías de salubridad y seguridad o que amenacen ruina.. 4.- Obras ejecutadas de conformidad a las autorizaciones señaladas en los artículos 121° según los siguientes casos: 1.- Obras que se ejecuten en disconformidad con las disposiciones de la presente ley 122° y 123° Dirección de Obras;"Podra realizar petición de demolición al alcalde a costa del propietario del inmueble
con el informe de la Dirección de Obras Municipales fijará al propietario un plazo prudencial para la demolición de ésta o de la parte de la misma que amenazare derrumbarse.";"Artículo 150 Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1mq' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; hará practicar un reconocimiento de la obra y propondrá a la Alcaldía las medidas que estime procedentes.. La Alcaldía Dirección de Obras;"Recibida la denuncia
en cualquier tiempo la correspondiente denuncia ante el Juez de Policía Local el que el Director de Obras formulará además de la multa por la infracción Dirección de Obras;"Si el infractor no regularizare su situación
organizados para una eventual situación de emergencia; e) Coordinar con la Oficina Nacional de Emergencia las acciones necesarias tendientes a prestar auxilio y atención a la comunidad en los casos que ésta indique; f) Informar a las direcciones correspondientes sobre irregularidades de la infraestructura comunal; g) Mantener permanente contacto con las instituciones públicas y privadas que operen en la comunidad en materias de prevención de riesgos catástrofes y emergencias; h) Dar cumplimiento a todo lo establecido en los siguientes textos legales: DL N° 369 (1974) Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior: DS N° 509 (1983) Reglamento de la Ley Orgánica; Ley N° 16.282 (1979) Disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y el Decreto Supremo N° 156 de 2.002 Plan Nacional de Protección Civil y los que en el futuro modifiquen o reemplacen; i) Administrar los recursos humanos emanadas del Gobierno Regional; d) Velar por la permanente capacitación de la población de la comuna materiales y financieros puestos a su disposición para el cumplimiento de sus funciones; j) Dar cumplimiento al pricipio de la Transparencia en la Función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Dirección de Operaciones y Protección Civil;"Le corresponde: a9 La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes. B) Asesorara al alcalde en todas las materias y actividades relacionadas con apoyo logístico y atención de emergencia en la comuna. c) Velar por el permanente cumplimiento de las disposiciones sobre atención de emergencia
organizados para una eventual situación de emergencia; e) Coordinar con la Oficina Nacional de Emergencia las acciones necesarias tendientes a prestar auxilio y atención a la comunidad en los casos que ésta indique; f) Informar a las direcciones correspondientes sobre irregularidades de la infraestructura comunal; g) Mantener permanente contacto con las instituciones públicas y privadas que operen en la comunidad en materias de prevención de riesgos catástrofes y emergencias; h) Dar cumplimiento a todo lo establecido en los siguientes textos legales: DL N° 369 (1974) Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior: DS N° 509 (1983) Reglamento de la Ley Orgánica; Ley N° 16.282 (1979) Disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y el Decreto Supremo N° 156 de 2.002 Plan Nacional de Protección Civil y los que en el futuro modifiquen o reemplacen; i) Administrar los recursos humanos emanadas del Gobierno Regional; d) Velar por la permanente capacitación de la población de la comuna materiales y financieros puestos a su disposición para el cumplimiento de sus funciones; j) Dar cumplimiento al pricipio de la Transparencia en la Función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Dirección de Operaciones y Protección Civil;"Le corresponde: a9 La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes. B) Asesorara al alcalde en todas las materias y actividades relacionadas con apoyo logístico y atención de emergencia en la comuna. c) Velar por el permanente cumplimiento de las disposiciones sobre atención de emergencia
sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 90 de la Constitución Política de Chile a) Asesorar técnicamente al alcalde en la elaboración e implementación de intervenciones en las siguientes lineas de acción: Prevención situacional del delito Prevención Social del delito articular e implementar medidas de prevención en materias de seguridad ciudadana y prevención del delito al interior de la comuna Atención a víctimas de delito y Rahebilitación entre otras; b) Elaborar el Plan estratégico anual de Seguridad Ciudadana de acción municipla Dirección de Seguridad, Prevernción y Participación Ciudadana;"Le corresponde: Promover
sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 90 de la Constitución Política de Chile a) Asesorar técnicamente al alcalde en la elaboración e implementación de intervenciones en las siguientes lineas de acción: Prevención situacional del delito Prevención Social del delito articular e implementar medidas de prevención en materias de seguridad ciudadana y prevención del delito al interior de la comuna Atención a víctimas de delito y Rahebilitación entre otras; b) Elaborar el Plan estratégico anual de Seguridad Ciudadana de acción municipla Dirección de Seguridad, Prevernción y Participación Ciudadana;"Le corresponde: Promover
en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas; d) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y suas modificaciones su Reglamento y los instructivos del Consejo para la transparencia.";"Artículos 43° y 44° del reglamento N° 70 de organización interna del municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; materiales y financieros de tales servicios traspasados Dirección de Servicios Traspasados;"La Dirección de Servicios Tyraspasados tiene las siguientes funciones: a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas relativas a dichasareas; b) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar accionar y programas relacionasdas con salud pública y educación y además servicios incorporados a su gestión; y c) Administrar los recursos humanos
en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas; d) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y suas modificaciones su Reglamento y los instructivos del Consejo para la transparencia.";"Artículos 43° y 44° del reglamento N° 70 de organización interna del municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; materiales y financieros de tales servicios traspasados Dirección de Servicios Traspasados;"La Dirección de Servicios Tyraspasados tiene las siguientes funciones: a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas relativas a dichasareas; b) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar accionar y programas relacionasdas con salud pública y educación y además servicios incorporados a su gestión; y c) Administrar los recursos humanos
e) Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne las que ejecutará a través de la unidad que correspondas de conformidad con la legislación vigente en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vías públicas; d) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna y y que no sea de aquellas que la Key asigna a oras unidades; f) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"La Dirección de Tránsito y Transporte Públicos tiene las siguientes funciones: a) Otorgar y Renovar Licencias de Conducir vehículos y Permisos de Circulación; b) Determinar el Sentido de circulación de vehículos
e) Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne las que ejecutará a través de la unidad que correspondas de conformidad con la legislación vigente en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vías públicas; d) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna y y que no sea de aquellas que la Key asigna a oras unidades; f) Dar cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"La Dirección de Tránsito y Transporte Públicos tiene las siguientes funciones: a) Otorgar y Renovar Licencias de Conducir vehículos y Permisos de Circulación; b) Determinar el Sentido de circulación de vehículos
y d) En general aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna";"Artículo N° 26° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vís públicas Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"Le corresponde: a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos
y d) En general aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna";"Artículo N° 26° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vís públicas Dirección de Tránsito y Transporte Públicos;"Le corresponde: a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos
y Administrar los recursos humanos materiales y financieros de tales servicios en coordinación con la unidad de adminiatración y finanzas.";"Artículo N° 23 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; y demás servicios incorporados a su gestión Dirección Servicios Traspasados;"Le corresponde: asesorar al alcalde y al concejo en la formulación de las políticas relativas a dicha área; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación
y Administrar los recursos humanos materiales y financieros de tales servicios en coordinación con la unidad de adminiatración y finanzas.";"Artículo N° 23 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; y demás servicios incorporados a su gestión Dirección Servicios Traspasados;"Le corresponde: asesorar al alcalde y al concejo en la formulación de las políticas relativas a dicha área; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación
coordinación y evaluación de los planes programas y nproyectos de desarrollo comunal; Está constituida por el Departament de Presupuesto y Planificasción Económica el Departamento de Licitaciones y Planificación Social y el Departamento de Proyectos Estudio y Estadística como asimismo en la definición de las políticas y en la elaboración además tendrá adscrito y dependiente como departamento al Asesor Urbanista Secpla;"La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y del Concejo en la elaboración de la estrategia minicipal
coordinación y evaluación de los planes programas y nproyectos de desarrollo comunal; Está constituida por el Departament de Presupuesto y Planificasción Económica el Departamento de Licitaciones y Planificación Social y el Departamento de Proyectos Estudio y Estadística como asimismo en la definición de las políticas y en la elaboración además tendrá adscrito y dependiente como departamento al Asesor Urbanista Secpla;"La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y del Concejo en la elaboración de la estrategia minicipal
propias de las competencias de ambos órganos municipales; En tal carácter le corresponderán las siguientes funciones: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal como asimismo de las políticas planes en materias de estudios y evaluación programas y proyectos de desarrollo de la comuna; b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos del plan comunal de desarrolo y de presupuesto municipal; c) Evaluar el cumplimiento de los planes Secpla;"Le corresponde: Asesorar al alcalde y al concejo
propias de las competencias de ambos órganos municipales; En tal carácter le corresponderán las siguientes funciones: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal como asimismo de las políticas planes en materias de estudios y evaluación programas y proyectos de desarrollo de la comuna; b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos del plan comunal de desarrolo y de presupuesto municipal; c) Evaluar el cumplimiento de los planes Secpla;"Le corresponde: Asesorar al alcalde y al concejo
las siguientes funciones generales: a) Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales; b) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal; c) Cumplir con las disposiciones quew le encomiendan Leyes específicas; d) Controlar coordinar y supervisar las funciones de los Departyamentos de Pro Secretaría Municipal Documentación además de Partes y Archivos Secretaría Municipal;"La Secretaria Municipal deberá cumplir
las siguientes funciones generales: a) Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales; b) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal; c) Cumplir con las disposiciones quew le encomiendan Leyes específicas; d) Controlar coordinar y supervisar las funciones de los Departyamentos de Pro Secretaría Municipal Documentación además de Partes y Archivos Secretaría Municipal;"La Secretaria Municipal deberá cumplir
mantener y tramitar cuando corresponda la declaración de interese establecida por la Ley N° 18.575";"Artículo 20° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing'%20target='_blank'%3eEnlace%3c/a%3e' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; y recibir Secretaría Municipal;"Le corresponde: Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo; desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales
mantener y tramitar cuando corresponda la declaración de interese establecida por la Ley N° 18.575";"Artículo 20° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; y recibir Secretaría Municipal;"Le corresponde: Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo; desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales