Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 132 filas · fuente csv · portaltransparencia.cl

Reglamento U otro acto administrativo Que las otorgo fecha de publicacion Funciones y atribuciones articulos de la ley Si corresponde enlace a la publicacion o archivo Unidad u organo interno descripcion de las facul
las siguientes oraciones finales: 'Además deberá presentar para aprobación del concejo la política de recursos humanos la cual deberá contemplar en el inciso segundo del artículo 56 a lo menos 01.Alcalde/sa;"6) Agrégense
las siguientes oraciones finales: 'Además deberá presentar para aprobación del concejo la política de recursos humanos la cual deberá contemplar en el inciso segundo del artículo 56 a lo menos 01.Alcalde/sa;"6) Agrégense
los siguientes incisos segundo tercero y cuarto: Asi mismo en este reglamento en el artículo 31 las Municipalidades podrán crear unidades que estimen necesarias para su funcionamiento 01.Alcalde/sa;"Agrenganse
los siguientes incisos segundo tercero y cuarto: Asi mismo en este reglamento en el artículo 31 las Municipalidades podrán crear unidades que estimen necesarias para su funcionamiento 01.Alcalde/sa;"Agrenganse
incluso la de demoler sin más trámite total o parcialmente la obra todo por cuenta del propietario del inmueble.. En este caso deberán hacerse constar en un acta los trabajos que se ejecuten la Alcaldía podrá adoptar de inmediato todas las medidas necesarias para eliminar el peligro los gastos que éstos originen y los demás antecedentes e informaciones que procedan. Esta acta será firmada por el Director de Obras Municipales 01.Alcalde/sa;"Cuando el peligro de derrumbe de una obra o de parte de ella fuere inminente
los tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo comunal;e) Adquirir enajenar gravar dentro de los marcos que indique la ley arrendar por un plazo superior a cuatro años o traspasar a cualquier título 01.Alcalde/sa;"d) Aplicar
los tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo comunal;e) Adquirir enajenar gravar dentro de los marcos que indique la ley arrendar por un plazo superior a cuatro años o traspasar a cualquier título 01.Alcalde/sa;"d) Aplicar
el desalojo de los ocupantes con el auxilio de la fuerza pública la infracción a lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.";"Artículo 145 a petición del Director de obras Municipales Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3d1bf' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; 01.Alcalde/sa;"Decretará el Alcalde
podrá ordenar la demolición total o parcial a costa del propietario a petición del Director de Obras de cualquiera obra en los siguientes casos:. 1.- Obras que se ejecuten en disconformidad con las disposiciones de la presente ley 01.Alcalde/sa;"El Alcalde
Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; Ley 18.695 01.Alcalde/sa;"El Alcalde consultará al consejo para efectuar la designación de delegados a que se refiere el art. 68";"Artículos 64
Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"26/07/2006"; Ley 18.695 01.Alcalde/sa;"El Alcalde consultará al consejo para efectuar la designación de delegados a que se refiere el art. 68";"Artículos 64
de su gestión anual y de la marcha general de la Municipalidad. Deberán ser invitados también a esta sesión del concejo las principales organizaciones comunitarias y otras relevantes de la comuna las autoridades locales regionales y los parlamentarios que representen al distrito y la circunscripción a que pertenezca la comuna respectiva. La cuenta pública se efectuara mediante informe escrito a más tardar en el mes de abril de cada año el cual deberá hacer referencia a lo menos a los siguientes contenidos: a) El balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera 01.Alcalde/sa;"El Alcalde deberá dar cuenta pública al concejo y al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y al consejo comunal de seguridad pública
de su gestión anual y de la marcha general de la Municipalidad. Deberán ser invitados también a esta sesión del concejo las principales organizaciones comunitarias y otras relevantes de la comuna las autoridades locales regionales y los parlamentarios que representen al distrito y la circunscripción a que pertenezca la comuna respectiva. La cuenta pública se efectuara mediante informe escrito a más tardar en el mes de abril de cada año el cual deberá hacer referencia a lo menos a los siguientes contenidos: a) El balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera 01.Alcalde/sa;"El Alcalde deberá dar cuenta pública al concejo y al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y al consejo comunal de seguridad pública
en un plazo no inferior a quince ni superior a treinta días contado desde que venza el plazo para formular tales observaciones.";"Artículo 43 Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/2owht' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; junto con las observaciones que hayan hecho llegar los interesados 01.Alcalde/sa;"el alcalde deberá presentar el anteproyecto para la aprobación del concejo comunal
proyectos obras y medidas de nivel intercomunal.";"Artículo 179 Decreto 458";"13/04/1976";"<a href='https://bcn.cl/3cnuz' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"13/04/1976"; y requerirá previamente de un informe favorable de las secretarías regionales ministeriales de Vivienda y Urbanismo y de Transportes y Telecomunicaciones cuando se trate de estudios 01.Alcalde/sa;"el alcalde deberá someterlos a la aprobación del concejo municipal
formulará una propuesta de imagen objetivo del desarrollo urbano del territorio a planificar la que se plasmará en un resumen ejecutivo que sintetizará en un lenguaje claro y simple según se trate de un instrumento de nivel comunal o intercomunal el diagnóstico y sus fundamentos técnicos; los objetivos generales y los principales elementos del instrumento a elaborar; las alternativas de estructuración del territorio por las que se propone optar 01.Alcalde/sa;"El alcalde o el secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo
tal desiganción podrá recaer en un funcionario de la municipalidad o en ciuadadanos que cumplan con los requisitos establecidos en el art. 73 y que no esten en la situación prevista por el inciso tercero del art. 59";"Artículo 68 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; cuando las circunstancias asi lo justifiquen 01.Alcalde/sa;"El alcalde podrá designar delegados en localidades distantes de la sede municipal o en cualquie parte de la comuna
tal desiganción podrá recaer en un funcionario de la municipalidad o en ciuadadanos que cumplan con los requisitos establecidos en el art. 73 y que no esten en la situación prevista por el inciso tercero del art. 59";"Artículo 68 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05'%20target='_blank'%3eEnlace%3c/a%3e' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"26/07/2006"; cuando las circunstancias asi lo justifiquen 01.Alcalde/sa;"El alcalde podrá designar delegados en localidades distantes de la sede municipal o en cualquie parte de la comuna
Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; cuando las circunstancias a sí lo justifiquen. Tal designación podrá recaer en un funcionario de la municipalidad o en ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en el artíuclo 73 y no estén en la situación prevista por el inciso tercero del artículo 59.";"Artículos 68 01.Alcalde/sa;"El Alcalde podrá designar delegados en localidades distintas de la sede municipal o en cualquier parte de la comun
como asimismo los presupuestosde salud y educación los programas de inversión correspondientes y las políticas de recursos humanos de prestación de servicios municipales y de concesiones y sus modificaciones permisos y licitaciones;b) Aprobar el plan regulador comunal 01.Alcalde/sa;"El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para:a) Aprobar el plan comunal de desarrollo y el presupuesto municipal
como asimismo los presupuestosde salud y educación los programas de inversión correspondientes y las políticas de recursos humanos de prestación de servicios municipales y de concesiones y sus modificaciones permisos y licitaciones;b) Aprobar el plan regulador comunal 01.Alcalde/sa;"El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para:a) Aprobar el plan comunal de desarrollo y el presupuesto municipal
en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan. e. Administrar los recursos financieros de la Municipalidad de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado. f.  Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. g.   Otorgar renovar y poner término a permisos municipales. h.  Adquirir y enajenar bienes muebles. i.   Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular. j.   Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los Delegados que designe b. Proponer al Concejo la organización interna de la Municipalidad. c.Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan. d. Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia salvo las contempladas en los letras c y d y la presidencia del consejo comunal de seguridad pública.Igualmente podrá delegar la facultad para firmarbajo la formula por orden del(a) Alcalde(sa) 01.Alcalde/sa;"El/la Alcade/sa tendrá las siguientes funciones: a.Representar judicial y extrajudicialmente a la Municipalidad
en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan. e. Administrar los recursos financieros de la Municipalidad de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado. f.  Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. g.   Otorgar renovar y poner término a permisos municipales. h.  Adquirir y enajenar bienes muebles. i.   Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular. j.   Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los Delegados que designe b. Proponer al Concejo la organización interna de la Municipalidad. c.Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan. d. Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia salvo las contempladas en los letras c y d y la presidencia del consejo comunal de seguridad pública.Igualmente podrá delegar la facultad para firmarbajo la formula por orden del(a) Alcalde(sa) 01.Alcalde/sa;"El/la Alcade/sa tendrá las siguientes funciones: a.Representar judicial y extrajudicialmente a la Municipalidad
social y cultural de la comuna mediante la ejecución de las políticas locales que tengan por objetivo la mejora de la calidad de vida. En la condición antedicha el alcalde deberá presentar satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico oportunamente y en forma fundada 01.Alcalde/sa;"El(la) Alcalde(sa) es la máxima autoridad en la Municipalidad y en tal calidad le corresponde su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. Su obligación consiste en defender los intereses de sus conciudadanos
social y cultural de la comuna mediante la ejecución de las políticas locales que tengan por objetivo la mejora de la calidad de vida. En la condición antedicha el alcalde deberá presentar satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico oportunamente y en forma fundada 01.Alcalde/sa;"El(la) Alcalde(sa) es la máxima autoridad en la Municipalidad y en tal calidad le corresponde su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. Su obligación consiste en defender los intereses de sus conciudadanos
elaborarán un proyecto de plan intercomunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público análogo al previsto en el artículo precedente pero que contendrá proyectos con consulta a las municipalidades respectivas obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación de nivel intercomunal o asociadas a éstos. El gobernador regional someterá este proyecto a la aprobación de los alcaldes de las comunas incluidas en el área correspondiente. Obtenida la conformidad de la mayoría absoluta de aquellos 01.Alcalde/sa;"En las áreas metropolitanas o que estén incluidas en un plan regulador metropolitano o intercomunal las secretarías regionales ministeriales de Vivienda y Urbanismo y de Transportes y Telecomunicaciones
aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio requerirán el acuerdo de los dos terciosde dicho concejo. Asimismo suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Con k) Otorgar concesiones municipales y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo; no obstante renovarlas y ponerles término. En todo caso 01.Alcalde/sa;"j) Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales
aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio requerirán el acuerdo de los dos terciosde dicho concejo. Asimismo suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Con k) Otorgar concesiones municipales y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo; no obstante renovarlas y ponerles término. En todo caso 01.Alcalde/sa;"j) Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales
dentro de los sesenta días posteriores a su dictación.";"Artículo 4 nº 6 y nº 8 Ley nº 20.922 MODIFICA DISPOSICIONES APLICABLES A LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y ENTREGA NUEVAS COMPETENCIAS A LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO";"25/05/2016";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1090705' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; la que deberá ser aprobada por los tercios de sus integrantes en ejercicio. 8. La Municipalidad deberá remitir copia del reglamento que determine la planta respectiva y sus antecedentes a la Subsecretaria de Desarrollo regional y administrativo 01.Alcalde/sa;"Los Alcaldes deberán presentar la propuesta de planta de personal y del reglamento que la contenga al Concejo municipal
dentro de los sesenta días posteriores a su dictación.";"Artículo 4 nº 6 y nº 8 Ley nº 20.922 MODIFICA DISPOSICIONES APLICABLES A LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y ENTREGA NUEVAS COMPETENCIAS A LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO";"25/05/2016";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1090705' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"25/05/2016"; la que deberá ser aprobada por los tercios de sus integrantes en ejercicio. 8. La Municipalidad deberá remitir copia del reglamento que determine la planta respectiva y sus antecedentes a la Subsecretaria de Desarrollo regional y administrativo 01.Alcalde/sa;"Los Alcaldes deberán presentar la propuesta de planta de personal y del reglamento que la contenga al Concejo municipal
Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"26/07/2006"; hasta el cuarto grado de consanguinidad o segunda de afinidad tengan interés.";"Artículo 70 01.Alcalde/sa;"Los alcaldes no podrán tomar parte en la discusión y votación de asuntos en que él o sus parientes
Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"26/07/2006";"<a href='https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=251693&idParte=&idVersion=2013-11-05' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; hasta el cuarto grado de consanguinidad o segunda de afinidad tengan interés.";"Artículo 70 01.Alcalde/sa;"Los alcaldes no podrán tomar parte en la discusión y votación de asuntos en que él o sus parientes
correspondiente al 100% de la suma de su sueldo base y la asignación Municipal. El gasto que represente el pago de este beneficio se efectuará con cargo al presupuesto de la respectiva municipalidad. Dicha asignación será incompatible con la percepción de cualquie emolumento pago o beneficio economico de origen privado o publico distinto de los que contempla el respectivo régimen de remuneraciones y tambien sera incompatible con la percepción de pagos por horas extraordinarias. solo se exceptuan de la incompatibilidad anterior el ejercicio de los derechos que atañen personalmente a la autoridad edilicia imponible y tributable y que tendrá el carácter de renta para todo efecto legal la percepción de los beneficios de seguridad social de acracter irrenunciable los emolumentos que provengan de la administración de su patrimonio y del desempeño de la docencia en los términos establecidos en el art. 8 de la ley 19863. Con todo las remuneraciones de los alcaldes y las asignaciones asociadas a ellas 01.Alcalde/sa;"Los alcaldes tendran derecho a percibir una asignación de dirección superior inherente al cargo
correspondiente al 100% de la suma de su sueldo base y la asignación Municipal. El gasto que represente el pago de este beneficio se efectuará con cargo al presupuesto de la respectiva municipalidad. Dicha asignación será incompatible con la percepción de cualquie emolumento pago o beneficio economico de origen privado o publico distinto de los que contempla el respectivo régimen de remuneraciones y tambien sera incompatible con la percepción de pagos por horas extraordinarias. solo se exceptuan de la incompatibilidad anterior el ejercicio de los derechos que atañen personalmente a la autoridad edilicia imponible y tributable y que tendrá el carácter de renta para todo efecto legal la percepción de los beneficios de seguridad social de acracter irrenunciable los emolumentos que provengan de la administración de su patrimonio y del desempeño de la docencia en los términos establecidos en el art. 8 de la ley 19863. Con todo las remuneraciones de los alcaldes y las asignaciones asociadas a ellas 01.Alcalde/sa;"Los alcaldes tendran derecho a percibir una asignación de dirección superior inherente al cargo
caducar y trasladar patentes de alcoholes. El otorgamiento la renovación o el traslado de estas patentes se practicará previa consulta a las juntas de vecinos respectivas; p) Fijar el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas existentes en la comuna dentro de los márgenes establecidos en el artículo 21 de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. En la ordenanza respectiva se podrán fijar horarios diferenciados de acuerdo a las características y necesidades de las distintas zonas de la correspondiente comuna o agrupación de comunas. Estos acuerdos del concejo deberán ser fundados; q) Otorgar patentes a las salas de cine destinadas a la exhibición de producciones cinematográficas de contenido pornográfico. En este caso renovar el acuerdo deberá adoptarse por la mayoría simple de los miembros del concejo. El alcalde oirá previamente a la junta de vecinos correspondiente 01.Alcalde/sa;"ñ) Readscribir o destinar a otras unidades al personal municipal que se desempeñe en la unidad de control y en los juzgados de policía local; o) Otorgar
caducar y trasladar patentes de alcoholes. El otorgamiento la renovación o el traslado de estas patentes se practicará previa consulta a las juntas de vecinos respectivas; p) Fijar el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas existentes en la comuna dentro de los márgenes establecidos en el artículo 21 de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. En la ordenanza respectiva se podrán fijar horarios diferenciados de acuerdo a las características y necesidades de las distintas zonas de la correspondiente comuna o agrupación de comunas. Estos acuerdos del concejo deberán ser fundados; q) Otorgar patentes a las salas de cine destinadas a la exhibición de producciones cinematográficas de contenido pornográfico. En este caso renovar el acuerdo deberá adoptarse por la mayoría simple de los miembros del concejo. El alcalde oirá previamente a la junta de vecinos correspondiente 01.Alcalde/sa;"ñ) Readscribir o destinar a otras unidades al personal municipal que se desempeñe en la unidad de control y en los juzgados de policía local; o) Otorgar
por cuenta de particulares de las obras a que se refiere la presente ley dentro de la comuna en que ejercen sus funciones previa instrucción del sumario correspondiente. a quien (es) contrabenga(n) la prohibición dentervenir en los estudios o la ejecución cuando éstas deban ser aprobadas por el Departamento Municipal donde ellos trabajan. Se exceptúan de esta prohibición los proyectos u obras relacionados con predios que pertenezcan 01.Alcalde/sa;"Podra sancionar a los funcionarios hasta con su destitución
obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a éstos debidamente priorizadas para mejorar sus condiciones de conectividad que contendrá una cartera de proyectos accesibilidad 01.Alcalde/sa;"Promulgar el plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público
siempre que la solicitud sea suscrita por a lo menos el 90 por ciento de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle pasaje o conjunto habitacional urbano o rural que será objeto del cierre. La autorización deberá ser fundada especificar el lugar de instalación de los dispositivos de cierre o control; las restricciones a vehículos previo informe de las direcciones o unidades de tránsito y de obras municipales y de la unidad de Carabineros y el Cuerpo de Bomberos de la comuna peatones o a ambos 01.Alcalde/sa;"r) Otorgar la autorización a que se refiere el párrafo segundo de la letra c) del artículo 5º
siempre que la solicitud sea suscrita por a lo menos el 90 por ciento de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle pasaje o conjunto habitacional urbano o rural que será objeto del cierre. La autorización deberá ser fundada especificar el lugar de instalación de los dispositivos de cierre o control; las restricciones a vehículos previo informe de las direcciones o unidades de tránsito y de obras municipales y de la unidad de Carabineros y el Cuerpo de Bomberos de la comuna peatones o a ambos 01.Alcalde/sa;"r) Otorgar la autorización a que se refiere el párrafo segundo de la letra c) del artículo 5º
el Alcalde podrá ordenar el desalojo y la demolición de las construcciones con cargo al propietario con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario el beneficiario no retirare las referidas construcciones sin perjuicio de imponer las multas que correspondan.";"Artículo 124 01.Alcalde/sa;"Vencido el plazo correspondiente
a petición del Director de Obras Municipales podrá ordenar la demolición de los edificios existentes y el desalojo de sus ocupantes con el auxilio de la fuerza pública con cargo al propietario el Alcalde sin perjuicio de las demás sanciones que procedan.";"Articulo 123 01.Alcalde/sa;"Vencidos los plazos señalados en el inciso anterior
siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo";"Artículo 30° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; Administrador Municipal;"Adminisrrador Municipal; Le corresponde: Colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio y el la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el Reglamento municipal y las que delegue el alcalde
siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo";"Artículo 30° de la Ley N° 18.695 Orgánica constitucional de municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; Administrador Municipal;"Adminisrrador Municipal; Le corresponde: Colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio y el la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el Reglamento municipal y las que delegue el alcalde
en conformidad a la Ley y las demás funciones vinculadas al cargo de Administrador Municipal; Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales de acuerdo a las instrucciones que la impartya; Colaborara con el Alcalde en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal; Para el cumplimiento de sus funciones el Administrador Municipal podrrá tener apoyo administrativo y tiene las siguientes funciones generales: Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde técnico y profesional que le asigne el Alcalde; Dar cumplimikento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Administrador Municipal;"El Administrador Municipal depende directamente del Alcalde
en conformidad a la Ley y las demás funciones vinculadas al cargo de Administrador Municipal; Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales de acuerdo a las instrucciones que la impartya; Colaborara con el Alcalde en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal; Para el cumplimiento de sus funciones el Administrador Municipal podrrá tener apoyo administrativo y tiene las siguientes funciones generales: Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde técnico y profesional que le asigne el Alcalde; Dar cumplimikento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley N° 20.285 y sus modificaciones Administrador Municipal;"El Administrador Municipal depende directamente del Alcalde
le corresponde la Dirección y administración superior de la municipalidad y la supervigilancia de su funcionamiento";"Artículos 2° y 56° al 70° de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; Alcaldía;"Al Alcalde
le corresponde la Dirección y administración superior de la municipalidad y la supervigilancia de su funcionamiento";"Artículos 2° y 56° al 70° de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1tZdLgylNVMNNaXW9X9lEyfHfaO_T78LV/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; Alcaldía;"Al Alcalde
en su calidad de máxima autoridad de la municipalidad ejerce su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento";"Artículo 7° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"No Aplica"; Alcaldía;"El Alcalde
en su calidad de máxima autoridad de la municipalidad ejerce su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento";"Artículo 7° del Reglamento N° 70 de Organización Interna del Municipio";"05/09/2016";"<a href='https://drive.google.com/file/d/1VUnf_MAOMzGH8vIZJPbJ_fozF8arxK1n/view?usp=sharing' target='_blank'>Enlace</a>' target='_blank'>Enlace</a>";"Sin modificación";"05/09/2016"; Alcaldía;"El Alcalde