Trámites ante el órgano / Secretaría Municipal

08. Trámites ante el organismo · 3 filas · fuente html · portaltransparencia.cl

Valor Tramites en linea Lugar donde se realiza Descripcion del servicio Requisitos y antecedentes Informacion complementaria Tramites a realizar o etapas Nombre del tramite o servicio
Gratuito No tiene Oficinas Secretaría Municipal. Av. Bicentenario N°3800 Vitacura, 3er piso Servicio mediante el cual se puede obtener personalidad jurídica para una organización comunitaria funcional constituida por a lo menos quince personas que tengan a lo menos quince años de edad y domicilio en la comuna de Vitacura Que los interesados residan en la comuna. Contar con una dirección donde funcionará la organización. Tener un libro de “Registro de socios”, donde se anotará el nombre completo, R.U.T., firma y dirección de cada socio. Contar con un libro de Actas de las reuniones realizadas por la organización. Deberá contar con estatutos, los que podrán ser proporcionados por la l Municipalidad (Estatutos tipo) o podrá descargar directamente de nuestra página web www.vitacura.cl , los cuales deberán ser adaptados a los intereses de cada organización y a lo establecido en la ley. Si la organización que se constituye será de carácter territorial deberá contar con un mínimo de 150 socios. Si es funcional, deberá contar como mínimo de 15 socios. No hay información complementaria Cumplidos los requisitos, se debe citar a los interesados a una Asamblea Constitutiva, la cual debe realizarse ante un ministro de fe (Funcionario Municipal designado para tal efecto, Oficial de Registro Civil o Notario). En esta asamblea deben tratarse los siguientes temas: Elección de un Comité Electoral compuesto por 5 miembros que no pueden ser elegidos como Directores. Elección de un directorio provisorio, que debe contar con tres miembros titulares y tres suplentes, como mínimo. Aprobación de los estatutos. Completar libro de socios, los cuales deben estar individualizados con nombre completo, Rut, domicilio y firma, a lo menos. El ministro de fe debe visar que el proceso se ha realizado correctamente y que se ha cumplido con todo lo anterior. Constitución de Organizaciones Comunitarias Funcionales
Gratuito No tiene Oficinas Secretaría Municipal. Av. Bicentenario N°3800 Vitacura, 3er piso Las Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, que deban renovar su directorio, en su proceso eleccionario deberán cumplir con la Ley 19.418 y sus Estatutos, los cuales deberán presentar en Secretaría Municipal 1. Realizar una Asamblea General Extraordinaria que tiene por objeto convocar a elecciones y para designar la comisión electoral (puede ser parte de esta Comisión toda persona que no conforme el actual directorio, que no postule a la nueva Directiva y que tenga más de un año afiliado a la Organización. Debe estar conformada por 3 miembros). La Asamblea tendrá lugar a lo menos 2 meses antes de la Elección (Se debe utilizar formulario N°1). 2. La Comisión Electoral deberá reunirse y realizar lo siguiente: a. Deberá comunicar por escrito al secretario municipal la realización de la elección del directorio con al menos 15 días hábiles de anticipación a la fecha fijada para ella. En caso de omitir esta comunicación, la elección no tendrá validez. Esta información deberá ser publicada por el secretario municipal en la página web institucional de la municipalidad al día siguiente hábil de la comunicación y hasta la fecha de la elección (Se debe utilizar formulario N°7). b. Deberá reunirse para fijar un día y hora, para la inscripción de candidatos, la que deberá efectuarse en un plazo de a lo menos 10 días previos a la fecha fijada para la elección de la nueva directiva (Se debe utilizar formulario N° 2). c. Deberá reunirse el día y hora fijado para la inscripción de candidatos, dejando constancia en el acta respectiva de haberse efectuado esta, la cual deberá contener al menos los siguientes datos: nombre completo, RUN, firma y N° Registro del socio. mediante una nómina detallada de los candidatos, según se señala en formulario N° 3 “Acta de Inscripción de Candidatos”. En el acto de la inscripción cada candidato deberá presentar los siguientes documentos: • Declaración Jurada Simple (Se debe utilizar formulario N° 3.1) • Certificado de Antecedentes, emitido por el Registro civil e Identificación, con fecha correspondiente al menos del mes en que se efectué la citada inscripción. d. Deberá confeccionar un Registro o padrón de socios habilitados para votar, para lo cual podrá solicitar al Directorio saliente una copia actualizada del registro de socios (Se debe utilizar formulario N° 4). e. Luego la Comisión Electoral, debe mediante correo electrónico, o algún medio de comunicación escrito, citar para el día, hora y lugar, acordado para la Elección, es decir se difunde, para que todos los socios tomen conocimiento de la fecha de la Elección y vayan a votar. No hay información complementaria Trámites Posteriores: • La comisión electoral deberá depositar en la secretaría municipal, dentro del quinto día hábil contado desde la celebración de la elección, los siguientes documentos (Se debe utilizar formulario N°8): a) Acta de la elección (formulario N°5). b) Registro de socios actualizado. c) Registro de socios que sufragaron en la elección (formulario N°4). d) Acta de establecimiento de la comisión electoral de acuerdo a lo señalado en los estatutos (formulario N°1). e) Certificado de antecedentes de los socios electos emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el artículo 20 de esta ley. Elecciones de Directorio de Organizaciones Comunitarias Funcionales y Territoriales
Gratuito No tiene Oficinas Secretaría Municipal. Av. Bicentenario N°3800 Vitacura, 3er piso Trámite a realizar para la etapa de cambio de directorio en las organizaciones comunitarias funcionales y territoriales (artículo 8 de la Ley N°19.418) Presentar los siguientes antecedentes: -2 copias autorizadas del Acta Constitutiva y estatutos, otorgadas ante notario, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el alcalde. -Copias simples de cedulas de identidad de los miembros del Directorio. -Certificados de antecedentes de los miembros del Directorio. -Copia del registro de socios de la organización. No hay información complementaria Concurrir presencialmente un miembro de la comisión electoral de la organización respectiva a Secretaria Municipal, dentro del quinto día hábil contado desde la celebración de la elección, al fin de presentar la documentación descrita en Requisitos y Antecedentes. Otorgamiento de Certificado de Vigencia de Personalidad Jurídica y Directorio Provisional