Ordenanza N°143

Subsidios y Beneficios Propios / Subsidio de Aseo · pdf · documento original ↗

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SECC. 2da.-
N2 143 _/
SANTIAGO, 25 defebrero de 1999.
VISTOS: antecedentesN21018/99;
de fecha 26de diciembrede1995, sobre
Ordenanza N269,
es Generales para Determinar TarifasdelServicio de
Condicion
iciliario, ExencionesParciales y Totalesdel Mismo;
Aseo Doml
Memorándum N2%1,de 2 defebrero de 1999, dela Dirección de
y año,
Area Social; Acuerdo N*25, de fecha 24 delmismomes
ones
del Concejo deSantiago,y en ejercicio delasatribuci
que me confiere laLeyN218.695, de1988, Orgánica
Constitucionalde Municipalidades vigente,
DECRETO:
1.- MODIFICASE la Ordenanza
N269, de fecha26 de diciembre de 1995, sobre“Condiciones
Generales paraDeterminarTarifas del Servicio de Aseo
Domiciliario, ExencionesFarciales y Totales del Mismo", en el
sentido de quese reemplaza el TítuloIII,"Exenciones
Parciales y Totales”, porel siguiente:
TITULO III
EXENCIONES PARCIALES Y TOTALES
ARTICULO 22.-Se eximendelcobro del derecho deaseo todos
los predios cuyo avalúo fiscal sea igual o
inferior a25 Unidades Tributarias Mensuales.
ARTICULO 23.-Se procederáa eximir oO rebajar el monto del
derecho de aseo a los propletarios que sean
dueños deunsolo predio, cuyo avalúo fiscal
sea igualo inferior a 360 UnidadesTributarias
Mensuales,y que se encuentrenen alguna de las
siguientessituaciones:
1) Ser mujerJefa de Hogar.
2) SerJefede Hogar, mayorde65 años de
edad.
3) Tenerun¡ingreso familiarmensual que no
oexceda de5,7 U.T.M.
4) Encontrarse en situación de incapacidad de
pagoasociada a alguna de lassiguientes

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= 2 -Continuación
SECC.2da. N2 143
Ing.Alc. 1018/98
a)Que el propietario o algún familiar
directo queseadependiente
económicamentede aquély que resida
en su vivienda, seencontrare
aquejado poruna enfermedad grave o
en condicióndeminusválido,
ocasionando dicha situación la no
percepción de¡ingresossuficientes
y/o un gasto contínuo enfármacos y
servicios desalud queimpidan el
pago del derecho de quetrata esta
Ordenanza.
b)Que el Jefe (a) de Hogar y otros
miembros de lafamilia se encuentren
en situaciónde desocupación, que
implique la nopercepciónde ingresos
suficientes para hacer efectivo este
derecho. Estacausal podrá invocarse
por períodos semestrales sucesivos.
Las personasen situación de
desocupaciónlaboralque se
encuentren en el registrode cesantía
de la comuna gozarán de esta exención
mientras permanezcanen dicho
registro, sinnecesidadde otra
acreditación.
Para laconfiguraciónde lascausales
anteriores, será menester que elpropietario
resida enla vivienda objeto del beneficio.
Las causales establecidas en esta Ordenanza
para la Exención y Rebaja del Derecho de Aseo
serán evaluadas por laDirección de Desarrollo
Social dela I. Municipalidad de Santíago.
Las ¡personas que reuniendo algunos de los
requisitosseñaladosen losartículos
precedentes, no sehubierenacogido al
beneficiode exención, podrán eximirse del pago
de lascuotas correspondientes, previa
evaluaciónde los antecedentes porla Dirección
de Desarrollo Social dela 1. Municipalidad de
Santiago.Para ¡impetrar este derecho no se
requiere estar al día enel pago delas cuotas

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==3-Continuación
SECC. 2da. N2 143
ing.Alc. 1018/99
ARTICULO 26.-Los beneficioscontemplados en esta Ordenanza
tendrán un plazode cinco años, aexcepción de
los establecidosen el punto 3)del Artículo
23, al vencimiento del cualpodrán ser
renovados por elMunicipio, si se mantienen las
circunstanciasquese tuvieron enconsideración
para otorgarlos.
ARTICULO 27.-Todo informe,seapara establecer,modificar o
eliminar losheneficios otorgados de
conformidad aesta Ordenanza,deberá ser
comunicado oportunamente a las Direcciones de
Contabilidad yFinanzas y de Rentas y Finanzas
para procederala modificación de la
información.
ARTICULO 28.-La asignacióndeexenciones, rebajas, rechazos
de postulaciónycancelación de beneficios, se
tramitarán medianteDecretos Alcaldicios.
2.-La Direcciónde Aseo y
Limpieza VíasPúblicas deberáproceder a la confección del
Texto refundido y actualizadodela citada Ordenanza N*269, de
1995.
ANOTESE y transcríbase a todas
las reparticiones municipales,Secretaría Municipal ¡para su
publicación enel Diario Oficialy pasea la Dirección del
Area Social, para su conocimientoy fines consiguientes.
RMADOS:
ALF EGAÑA RESPALORZA