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Marco Normativo / Reglamentos · pdf · documento original ↗

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VISTOS: Antecedentes No
4260520; teniendo presente lo dispuesto en la Ley N'19.9g0, del año 2003, que
estableceBases de los ProcedimientosAdministrativos que rigen los Actos de ios
Órganos dela Administración del Estado; Memorándum Ñ" 14J, de laSubdirección
de Cultura,de fecha 05 de mayo de 2026, y la respuesta emitida por la Dirección de
Asesoría Jurídica, en Memorándum N"lsgg defecha 18de mayode2026, yen
uso de lasatribuciones que me confiere la Ley No18.695,OrgánicaConstitucional
de Municipalidades, vigente:
REGLAMENTO
JUEGOS LITERARIOSGABRIELA MISTRAL 2026
TíTULO I
DE LOSPREMIOS
ARTÍCULOPRIMEROa Convóqueselos Juegos Literarios
Gabriela Mistral, en su versión año 2026,
premio otorgado anualmentepor la llustre
Municipalidad deSantiago,que reconoce
obras literarias inéditas, en idioma español,
de autores nacioe nales inéditos en el
género al que postulan, en las categorías y
géneros siguientes:
CategoríaJuvenil:Premia obra de autores deentre catorce
(14)V veinticinco (25) años cumplidos hasta
la fecha tope de larecepciónde obras, en
los géneros:
o Cuento: temalibre, Extensión máxima
de quince (15)carillas, en uno o más
cuentos.
Poesía: temalibre, Extensión mínima
de ochenta (80) versos, en uno o más
poemas.
CategoríaAdulto:Premia obras de autores desde los
veintiséis (26) años cumplidos hasta la
fecha tope de recepción deobras, en los
géneros:
a Poesía: temalibre. Extensión mínima
de doscientos(200) versos, en uno o
más poemas
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susorReccrór! DE cULTURA
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a Cuento: tema libre. Extensión mínima
de quince (15) carillas ymáxima de
treinta (30), enuno o más cuentos.
a Novela: temalibre. Extensión mínima
de c¡en (100y ) carillasmáxima de
doscientas (200).
a Guion: temalibre. Podránconcursar
obras teatrales, guiones literarios de
cine y guiones literarios deseries de
televisión. Los guiones deberán estar
secuenciadosy dialogaden os su
versión final. No se evaluarán escaletas
o tratamientos.
ARTÍCULOSEGUNDO:Se entenderá porobra inédita aquella que
no haya sido publicada en formato impreso
o digital en formaprevia o simultánea a la
realización delconcurso, el quese dará por
finalizado una vez realizada lapremiación
del mismo. En elcaso delgénero Guion, se
entenderá además por obra inédita
aquellas que no han sido estrenadas como
obra teatral ni realización audiovisual.
ARTIGULOTERGERO:Es requisito que elautor postulante no haya
publicado obra alguna en formato impreso
o digital, en elgénero literario al que
postula. Quienes incumplancon este
requisito puedenquedar inhabilitados de
participar en futuras ediciones.
ARTíCULOGUARTO:El premio de los Juegos Literarios Gabriela
Mistral en su versión 2026, se entregará a
el (los) autor (es)señalados enel Registro
de Propiedad lntelectual de las obras y
corresponderá a:
a Una cantidadde dinero ascendente a
$1.000.000.-(Un millónde pesos
chilenos) porcada género en cada
categoría.
. Un diploma alusivo del galardón
ARTÍCULOQUINTO:El Jurado podrá otorgar un máximo de tres
(3) Mencionesp Honrosasor género
a literario obras que seconsideren
meritorias. Estos reconocimientos
consistirán en undiploma.
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SUBDIRECCIÓN DE CULTU RA
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ARTÍCULOSEXTO:El premio Juegos Literarios Gabriela
Mistral, tanto a los ganadores como a las
Menciones Honrosas, seotorgará mediante
Decreto Alcaldicio,elque llevará
el incorporada actaquecontenga la
fundamentación del Jurado respecto de la
elección de la obra ganadora en cada
y género categoría, esta decisión tiene
carácter inapelable.
ARTÍCULOSÉpnUO:El de otorgamientolasdistinciones
anteriores no es obligatorio,pudiendo el
Jurado, para cada género, declararlo
desierto.
TITULO II
DE LOS PARTIC¡PANTES
ARTÍCULOOCTAVOe Podrán participarn lasrespectivas
categorías y géneros las obras de autores
y chilenos extranjerosconpermanencia
definitiva en el país.
ARTíCULONOVENO:Cada autor podrá postular amás de un
género con distintas obras yseudónimos,
siendo consideradascadauna como
diferentes postulaciones, las que por
separado deben cumplirconcada uno de
los artículos del presente Reglamento.
ARTÍCULODÉCIMOSe aceptarán máximo tres postulaciones en
cada género por autor.En caso de que se
envíen más de trespostulaciones, se
aceptarán las últimas enviadas.
ARTICULOUNDECIMO:Las obras deberán serpostuladas por su
autor o su representantelegal.
ARTíCULODUODÉCIMO:Las postulaciones serealizarán
únicamente de maneradigitala través del
sitio web www.santiaqocultura.cl desde el
lunes 25 de mayo hasta el viernes 10 de
julio del año2026.
ARTÍCULODÉCIMOTERCERO:Los postulantes deberán ingresar en el
de formulario inscripciónsus datos
personales, datos de la obra yadjuntar esta
misma en formato PDF,a doble espacio, en
fuente Arial 12, en páginas numeradas
correlativamente. En el caso del género
guion se deberán presentar respetando el
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SUBDIRECCIÓN DE CULTURA
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formato profesional con fuenteCourier 12 e
interlineadó sencillo o 1.5.
Cada ejemplar deberá indicar claramente
enla primera hoja la categoría y género al
que postula, el título dela obra y
obligatoriamente el seudónimodel autor. El
incumplimiento del uso de seudónimo
resultará en descalificación inmediata.
ARTíCULODÉCIMOCUARTOLasobras no deben contenerilustraciones,
imágenes, dibujos o fotografías.
ARTICULODECIMOQUINTO:Almomento de postular se deberá
aRellenar el formulario de postulación
disponible en elsitio web
www.santiaqocultura.cl , en el que se
solicitaran datos de la obray el autor.
aAdjuntar fotocopia de ambas caras de
Cédula Nacional de ldentidad vigente
del autor de la obra, otorgada por el
Servicio de Registro Civil e
ldentificación de Chile.
aAdjuntar fotocopia del Certificado de
Permanencia Definitiva, según
corresponda.
aAdjuntar certificado de lnscripción del
Departamento deDerechos
lntelectuales del ServicioNacional del
patrimonio. En caso de nopoder contar
con el documento almomento de
realizar la postulación, estese solicitará
y se posteriormenterá requisito
ineludible presentarlosi la obra
postulada resulta serganadora o
mención honrosa.
oEl total de archivos adjuntos no debe
superar los 15 MB.
ARTíCULODÉCIMOSEXTO:Esresponsabilidad del postulante, la
correcta postulación y envío de la obra en
formato digítal.
aRrícu¡-ooÉcluosÉpiluo:LaMunicipalidad de Santiagono restituiría
lostrabajos presentados al concurso.
ARTíCULODÉCIMO OCTAVONopodrán postular los miembros del
Jurado, como tampoco sus cónyuges,
parientes políticos y parientes
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SUBDIRECCIÓN DE CULTURA
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consanguíneos, hasta el 2'grado inclusive,
n¡ personas quetengan relación o
dependencia directa.
ARTíCULODÉCIMONOVENO:Los postulantes autorizan que su nombre y
sus datos de contacto seanincorporados a
la base de datos de la Subdirección de
Cultura de la l. Municipalidadde Santiago.
ARTÍCULOVIGÉSIMO:Los postulantes galardonados se
a comprometenparticipar en dos
actividades de promocióny difusión del
premio y la literatura,dirigidas a vecinos de
la comuna de Santiago, durante los 12
meses siguientes desde elotorgamiento de
este, las que pueden ser de manera
presencial o telemática. Deno cumplir este
los compromisopostulantes podrían
quedar inhabilitados paraparticipar en
futuras convocatorias.
ARTíCULOUGÉSIMO PRIMERO:Los postulantes dan por aceptado el
presente Reglamentopor elsolo hecho de
participar en el concurso. Elincumplimiento
de alguna de las condicionesseñaladas en
este Reglamento, tanto almomento de la
postulación, como durante el desarrollo del
concurso, tendrácomoconsecuencia
inapelable lainadmisibilidad o
de descalificaciónla obra postulada,
situación que será notificadavía correo
electrónico al postulante unavez terminado
el período de postulación.
ARTíCULOVIGÉSIMO SEGUNDO:La Municipalidad sereservael derecho de
editar y publicar deformano exclusiva y
con fines no comerciales, las obras
ganadoras, paracuyos efectos los
derechos de autor seentenderán pagados
por el monto del premio adjudicado.
rírulo nr
DELJURADO
ARTICULOVIGESIMO TERCERO:La selección de lasobraspremiadas la
realizará un Juradopor cada categoría y
género, integrado por el Presidente (a) y
dos (2) representantes de instituciones
académicas, asociacionesgremiales u
organizaciones culturallos es, que
evaluarán cada una de las obras
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SUBDIRECCIóN DE CULTURA
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y postuladas deliberaránen reuniones
formales.
ARTíCULOVIGÉSIMOCUARTO:El Jurado estará presidido por elAlcalde de
Santiago pudiendo este delegar la tarea en
un funcionario municipal, enun ganador de
años anterioresu otrapersona de
reconocida trayectoria en elámbito literario
nacional. Será función delPresidente (a)
firmar las actasde cada sesión de
deliberación del Jurado.
ARTÍCULOVIGÉSIMOQUINTOLos miembros delJurado serán designados
por la Municipalia dadpartir de fas
propuestas formuladas por instituciones
académicas, asociacionesgremiales y
organizaciones culturales convocadas para
tal efecto.
CULOVIGÉSUn funcionario designado por la repartición
municipalencargadade la coordinación del
concurso, actuarácomoSecretario del
Jurado, correspondiéndoleesencialmente
la redacción de las actas delas reuniones
del Jurado, la coordinación administrativa
de las sesiones, lacomunicación con las
demás unidadesmunicio pales con
personas o entidades en loscasos que se
requiera y la custodia y archivo de toda la
documentación que se genere con ocasión
del concurso, sin perjuiciode las demás
funciones que puedan corresponderle en
virtud del presente Reglamento. El
Secretario sólo tendrá derecho avoz en las
reuniones del Jurado enlas que le
corresponda intervenir.
ARTÍCULOVIGÉSIMOSÉPTIMO:El Jurado podrá solicitar alSecretario con
la debida justificación la inadmisibilidad o
descalificación de una obra postulada.
ARTÍCULOVIGÉSIMOOCTAVO:El Jurado es autónomo encuanto a sus
criterios de evaluación. Sus miembros
fallarán mediantevotación personal y
directa, en una misma oportunidad salvo
que por razonesfunday das previa
autorización del Presidente(a), alguno de
sus miembros pueda ausentarse, ocasión
en la que deberá consignarel voto en acta
firmada, entregaen dacustodia alTD
Secretario con antelación.É
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sueotn¡cclóNl DE cULTURA
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ARTíCULO VIGÉSIMOo:El jurado otorgará el Premio Municipal
Juegos Literarios GabrielaMistral por
mayoría de votos. En caso de empate su
Presidente (a) tendrá el voto dirimente.
TÍTULO IV
DELA COORDINACIÓN MUNICIPAL
ARTíCULOMO:Será la Subdirección de Cultura de la
Municipalidad de Santiago, laresponsable
de la realizar coordinacy ión dar
cumplimiento a las acciones referidas en el
presente Reglamento.
ARTíCULO TRIGÉSIMOERO:El presente Reglamentopodrá ser
solicitado solo en formato digital en
www. sa ntiaoocu ltu ra. cl
ARTíCULO TRGÉSIMOS GUNDO:Las obras ganadoras porgénero, los
nombres de los jurados y lasinstituciones
que representan serán dados aconocer, de
forma simultánea en
www.santiagocultura.cl enel mes de
octubre de2026.
ARTÍCULO TRGÉSIMOTERGERO:Los gastos que origine el cumplimiento del
presente Reglamento seráncargados al
ítem respectivo del presupuestomunicipal.
ARTíCULO TRIGÉSIMOCUARTOSe derogan todas las disposiciones
anteriores que directa o indirectamente,
puedan aludir de modo general y particular
al Premio Municipal Juegos Literarios
Gabriela Mistral.
ANÓTESE y transcríbase a todas lasReparticiones Municipales, Departamentos
de Transparenciarasu publicación en la Página Web, Dirección de
Comunicacionessudifusión interna v la Subdirecciónde Gultura,
para su conocimiconsiguie
FIAÜ ü
ORTÉSRDES JIM
MUNICIPAL
R
ILUSTRE MUNICIPALIDADDE SANTIAGO -Plaza deArmas S/N - 227 13 6000 - 8OO 20301 1 - www.munistgo.ct