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Marco Normativo / Reglamentos · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 1 (texto) · 49 filas)

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DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ESPACIO PÚBLICO
DEPARTAMENTODE ACTIVIDADESCOMERCIALES EN BNUP
STG wO
ILUSTRE MUI¡ICIPAUDAD
q
13
RE.LAMENT. N.
SANTIAGO
? 1 ElrE2026
VISTOS: Antecedentes lDNo 4236757;
Memorándum N'894 de fecha 22 dejulio de 2025; Memorándum N'385 de fecha 28
de julio de2025; teniendopresentelo dispuestoen laLey No19.880, de 2003, que
establece Basesde Procedimientos Administrativosque rigen los Actos de los
Órganos de la Administración delEstado; teniendopresente lodispuesto en la
Ordenanza N'114de fecha 17 dejunio de2016"Ordenanza de ferias libres de la
comuna de Santiago"; LeyN"21.745 sobre Modificación de Decreto Ley N'825 de
1974 sobre "lmpuesto a |ay s ventasseruicios, para establecer un régimen tributario
especial para comercíantesde Ferías Líbres"; y en ejercicio de lasatribuciones que
me confiere la Ley N"18.695 de 1988, OrgánicaConstitucional deMunicipalidades
vigente;
CONSIDERANDO:
QUE, conforme alartículo 4' de la Ordenanza
N'114 sobre "Ferias libres de la comuna", laMunicipalidad posee la atribución
privativa de preservar losgiros tradicionales en las Ferias Libres, reconociendo su
valor como patrimonio cultural y económico. Asimismo, el artículo 1" 1de dicho cuerpo
normativo imponeal municipio el imperativo de asegurar la seguridad alimentaria de
la población, garantizando que, alo menos,el 50% de la oferta comercial se
componga de giros destinados al mercado de abastos(frutas, verduras y productos
del mar).
QUE, es voluntad de estaAdministración
Municipal optimizar el ordenamiento territorialy comercial de las Ferias Libres,
orientando la gestión hacia el fortalecimiento delcomercio justo con el copamiento
eficiente de las posturasvacantes.Lo anterior,mediante la instauración de una
dinámica de competencia leal que integre armónicamente los giros tradicionales con
el comercio establecido, evitando la saturaciónde ruy bros garantizando un uso
virtuoso del Bien Nacionalde Uso Público.
QUE, ante lacrecientedemanda de
transparencia porparte dela comunidad de contribuyentes y permisionarios, resulta
imperativo modernizar las metodologías de tramitación de permisos nuevos y
traslados. Dichoproceso debe regirse por criterios de selección objetivos y
auditables, sustentados enestándares socioeconómicos cruzadoscon sistemas de
información nacionales, tales comoel Registro Socialde Hogaresy el Servicio de
lmpuestos Internos, eliminandoasí cualquier ade somodiscrecionalidad
administrativa.
QUE, con la entrada en vigencia de la Ley
N"21.745 sobre Modificación de Decreto Ley N'825 de1974 sobre"lmpuesto a las
y ventas seruícíos,para establecer un régimen tributarioespecial para comerciantes
de Ferias Líbres",el municipio debepromover laformalización tributaria y el uso de
medios de pago electrónicos entre losferiantes, vinculando la estabilidad del permiso

Tabla 2 (página 2 (texto) · 46 filas)

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DIRECCIÓNDE FISCALIZACIÓN YESPACIO PÚBLICO
$TG wODEPARTAMENTODE ACTIVIDADE9COMERCIALES EN BNUP
MUNICIPAIIDAD
'LUSTRE
QUE, el presenteacto administrativo tiene por
finalidad dotar de certeza jurídicaa los administrados, estableciendo un
procedimiento reglado conrequisitos transparentes y plazos definidos con estricto
apego al principiode legalidad, al debido proceso y ala obligaciónde eficacia y
eficiencia que recae sobre la administración local.
QUE, para unacorrecta gestión de las
vacantes, se hace necun esariosistema de ponderación que valore el
comportamiento histórico del permisionario y su cumplimiento normativo, premiando
la probidad y la responsabilidad en elejercicio de la actividad comercial mediante
registros objetivosen el Sistema de lnspección Municipal (SlM).
QUE, han sido reiterados los requerimientos de
la comunidad de contribuyentes y permisionarios en orden a mejorary uniformar la
tramitación de solicitudesde Permisos y Traslados alinterior de las ferias libres,
dotando dichos procesos de mayor objetividad, transparenciay trazabilidad
administrativa, conforme acriterios verificables y antecedentes comprobables, y en
ejercicio de las atribuciones que meconfiere la LeyN"18.695 resuelvo dictar lo
siguiente:
..REGLAMENTO SOBRE PROCED¡MIENTO DE TRAMITACIÓN DEPERMISOS Y
TRASLADOSPARAFERIAS LIBRES DE LA COMUNA DE SANTIAGO"
TíTULO ¡
GENERAL¡DADES
ARTíCULO 1: El presentereglamentotiene por objetomodernizar elprocedimiento
de otorgamiento de permisos nuevos, modificacionesde posturas ytraslados de
permisos en las ferias libresde Santiago, estableciendoreglas claras ymetodologías
precisas que garanticen lacerteza jurídica y el debido proceso, a través de una
selección basada en estándares socioeconómicosy objetivosantecedentes
comprobables, conel objetivo de dotarde total transparencia a la gestión municipal,
eliminando la discrecionalidad y respondiendo con eficiencia a las solicitudes de los
contribuyentes para asegurar una asignación justa del espacio público.
ARTíCULO 2: El reglamentobusca ordenar la actividad comercial de las Ferias Libres
de la comuna, fortaleciendoel mercado de abastos yel copamientoefectivo de las
posturas disponibles, priorizando girosque aseguren elabastecimientode productos
esenciales. Bajolos principios de comercio justoy competencia leal, esta
normativa promueve una dinámicaterritorial equilibrada que pa rotege los
comerciantes autorizadosy organiza la oferta de manera estratégica, alineando el
funcionamiento de las ferias librescon las metasde seguridadalimentaria y
formalización tributaria vigentes a la fecha.
ARTíCULO 3: Las disposiciones contenidas en estereglamento son de carácter
y interno orientay dor, deberán ser aplicadas por las unidades municipales
petentes de manera uniforme, sinperjuicio de las facultades discrecionales que
18.695 y la Ordenanza N'114confieren a laautoridad munic
ejercersesiemprede manerafundada.

Tabla 3 (página 3 (texto) · 39 filas)

4: CULO Sisde temay Ponderaciónde PrelaciónSolicitudes.
licitudes de otorgamiento depermisos de ocupación en Bienes Nacionales de
úblico (B.N.U.P.) de las Ferias Libres de lacomuna, seránevaluadas y
izadas mediante un sistemade ponderación objetiva de antecedentes. Para tal
, se considerarán criterios de vulnerabilidad social y económica, los cuales
án ser ratificados medianteel lnforme Socialpreceptuado en la Ordenanza
, bajo los siguientes indicadores:
a) Factor deResidenciav Prioridad Territorial: Se otorgará el puntaje
máximo a los solicitantes queacrediten domicilio en la comuna deSantiago. El
nivel de prioridad para residentes de otras comunas se determinará según
el índice de Prioridad Social (lPS) vigente,emitido por elMinisterio de
Desarrollo Socialy Familia, debiendo actualizarse dicha ponderación a la fecha
de emisión del informe respectivo.
b) índice de VulnerabilidadSocioeconómica:Se calificará según eltramo de
calificación socioeconómicadel Registro Social de Hogares(RSH). Para
residentes de la comuna, laDirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO)
validará estos datos a travésde la Subdirecciónde EstratificaciónSocial.
c) Carqas de Cuidado v Redes de Apovo: Se reconocerá unaponderación
adicional a quienes acrediten el ejercicio efectivo de labores de cuidado de
terceros, debidamente inscritos en el Registrode Cuidadores oacreditados
ante la autoridad competente.
d) Pertenenciaa Grupos de Especial Protección: Se otorgará prelación a
solicitantes queostenten la calidad de personamayor, persona ensituación de
discapacidadacreditadabajo la Ley N"20.422 sobre "lgualdad de
oportunidadese inclusiónsocial de personas con discapacio dad", que
padezcan patologías crónicas debidamente certificadas por unainstitución de
salud pública oprivada.
mina de seleccionados seconformará en estricto orden descendente, de
o al puntaje total obtenido tras la aplicación de los indicadoresprecedentes,
zando con ellola objetividad, transparencia yel pleno respeto al principio de
d ante la ley enla asignaciónde permisos municipales.
ULO 5: Procedimiento de Revisión de Vacantes y Glasificación de Giros.
segurar el usoeficiente de los espacios disponibles y mantenerel equilibrio
cial en los barrios, las solicitudes de permisos se evaluarán según la
ibilidad de puestos (posturas) y el rubro solicitado (giro). Esteproceso de
ón se divide encuatro etapassucesivas:
1: Análisis deVacancia y Pertinencia
a fase inicial, elDepartamento revisará si existen puestos libresen las ferias
as por el postulante. Una vez confirmada lavacancia, se identificará a qué
a pertenece elrubro del solicitante para determinar si es técnicamente factible

Tabla 4 (página 4 (texto) · 44 filas)

Etapa 2: Distribución Estratégicay Cuotas de Participación
Con el fin de proteger la identidad de las ferias como mercados deabastos, se
aplicarán los criterios de la Ordenanza N" 114 de la Comuna de Santiago. Para
garantizar el suministro de alimentos esencialesa los vecinos, se priorizará una cuota
mínima del 50%de los puestos decada feria para losrubros de:
. Frutas y verduras frescas.
. Productosdelmar.
Bajo esta lógicade ordenamiento territorial,todoslos giros autorizados se han
organizado en trescategorías principales, cuya distribución por feriase detalla a
continuación paraasegurar unacompetenciajustay una oferta variada para la
comunidad.
o GrupoI (mínimo60% de losgirosautorizados encada feria,
o4,
mandatado por losartículosliteral5o, literal a):
G Y
¡4c) Frutas y verduras.
¡5a) Productosdel Mar.
o Grupo2 (máximo un 30% de losgirosautorizados en cada feria):
r4a)Abarrotes.
r4b) Aliños, condimentos, encurtidos, mote y frutos del país.
r4d) Huevos, fruta deshidratada y seca.
r4e) Papas y legumbres.
r4f) Alimentos yaccesoriospara mascotas.
r49) Lácteos.
r4i) Plantas y flores.
r4ñ) Hierbasmedicinalesde uso tradicional, porcionadas y
envasadas.
r5b) Productosavícolas.
¡5c) Productoscárneos y subproductos.
r5e) Mote conhuesillos, dulces,confites, algodónde azúcar,
cabritas o palomitas de maíz y helados envasados, sin porcionar.
o Grupo3 (máximo 10de los gir o/oos autorizados en cadaferia):
r4h) Artículosy de aseocuidado personal, rotuy lados de
procedencia conocida.
r4j) Bazar y paquetería, artículos cosméticos y ropa nueva.
r4k) Artesaníay muebles.
r4l) Ropa reciclada.
r4m) Menaje yplásticos.
r4n) Artículoseléctricos,ferretey ría repuestoselectrónicos
certificados.
r4o) Libros y revistas.
r5d) Desayunos, emparedados fríos y calientes.
¡5f) Productosde temporada.
Validación de Cuotas y Gruposde Prioridad. Unavez analizada la vacancia, se
cará que elrubro solicitado no exceda loslímitesmáximos permitidos por feria,

Tabla 5 (página 5 (texto) · 44 filas)

DtREcctóN DEFtscALtzActóN yESpActo puBltco
W,S,TSODEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN BNUP
oGrupo1 (Prioritario - Abastos): Mínimo 60% de lospuestos.
oGrupo2 (Complementario):Máximo 30%de los puestos.
oGrupo3 (Accesorios): Máximo 10% de los puestos.
Si el giro solicitado cumple con estos márgenes,la solicitud avanzaráde etapa. En
caso de superar las cuotas, se emitirá un lnformede Factibilidad Negativo fundado
en la imposibilidad técnica de otorgar el permiso.Esta medida busca un uso virtuoso
del espacio público, priorizando losgiros tradicionales y fomentando una convivencia
sana con el comercio establecido bajo principios de comercio justo.
Asimismo, laadministración podrá rechazar solicitudes de "baja prioridad" basándose
en criteriosde ordenamiento territorial, saturación del rubro o para evitar una
competenciadesleal con los localescomerciales fijos del sector.
Etapa3: Análisis de Proximidady Gompetencia Leal. Sila feria cuenta con cupo
dentrode sucategoría, se procederá a estudiar laubicaciónespecíficade la vacante
(postura). Elobjetivo es evitar que se concentren rubros idénticos en unmismo sector
de la feria.
Se evaluaráel impacto de la nuevaasignación para asegurar que:
oNo colinden puestos que vendan los mismos productos.
rExistauna distribución equitativa de los grupos comerciales a lolargo de toda
la feria.
.Se promueva una oferta diversificada quebeneficieal consumidor y evite la
saturación entre los mismosferiantes
,.,,. ,-.i.1*
Etapa4: Emisión del lnforme Técnico de Factibilidad. Finalmente",'se'r€dagÉará
un lnforme de Factibilidad que integre todos losdatos recolectados en las etápas
anteriores. Este documento constituye el respaldo técnicoy jurídicoque just{fica
formalmentela aprobación o el rechazo de lasolicitud.Con esto,el municipio
garanliza quecada permiso otorgado responde aun análisisobjetivo ytransparente,
alineado conlas necesidades del barrio y la normativa vigente.
TíTULO II
DELAS SOLICITUDESDE MODIFICACIONES DE POSTURAS
ARTíCULO 6: De los Criterios dePriorización para la Asignación yTraslado de
Posturas. Ladeterminación de lasy los beneficiarios para laasignación de posturas
vacantes seregirá por un sistema de prelaciónobjetiva.En el evento de existir
muftiplicidadde interesados para una misma ubicación, laadministración resolverá
conforme a los siguientes criterios de prioridad, enorden derelevancia:
a) Any tigüedad Gonsolidación en elRubro: Seotorgarápreferencia a
aquellos contribuyentes que acreditenun mayor tiempode vigencia
ininterrumpida de su patente municipal. Este criteriopremia laformalización
sostenida y la trayectoria enel ejercicio delcomercioen ferias libres.
b) Equidad en la Distribución de Espacios: Con el objetode evitar la
concentración de permisosy promover el accesodemocrático al espacio
público, se priorizará a loscontribuyentes que posean tres (3) o menos
autorizadas al momento de la solicitud.

Tabla 6 (página 6 (texto) · 24 filas)

c) Registro deCumplimientoy Gonducta Normativa: Seponderará
positivamente elhistorial registradoen el Sistema de lnspecciónMunicipal
(SlM), gozandode prioridad aquellos permisionarios que mantengan un
comportamientoirreprochable, asistiendoa su regularmenteactividad
y comercial careciendo dedenuncias ratificadas, infracciones cursadas o
informes inspectivos negativos por incumplimiento de la OrdenanzaMunicipal
N'114 u otra normativa vigente.
d) Coherencia con el Ordenamiento Territorial y Competencia Leal: La
asignación estarásupeditada a unanálisis técnico del giro solicitado, velando
por el estricto cumplimientode lascuotas por grupo de giros definidas en
este reglamento.Asimismo,se evaluará la compatibilidad con los giros de los
patentados colindantes, conel fin deevitar lasaturación de rubros ygarantizar
un entorno de competencia equitativa y justa para todos los actoresde la feria.
ANÓTESEY TRANSGRíEESE AI
Departamento de Transparenciade laDirecciónde Asesoría Jurídica para su
publicación en la páginaweb municipal, Dirección deComunicaciones parasu difusión
a todas las reparticiones municipy alespase a laDirección de Fiscalización y
Espacio Público para conocimiento y fines consiguientes.
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PATRICIO CORTÉSMARIO DESBORDES JIM
SECRETARIO MUNICIPALALCALDE
AD}TINISTRADO
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