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Tabla 1 (página 1 (texto) · 43 filas)

wY60DEPTO.ASUNTOS MUNICIPALES
ILUSTRT
MUN'CIPALIDAD
9 REGLAMENTO NO48 I
SANTIAGO, 22 de agosto de 2023.
VISTOS: Antecedentes lD3g74611; teniendo
presente lo dispuesto en la LeyN'19.880, del año 2003,que establece Bases de los
ProcediminetosAdministrativos que rigen los Actos de loÓrganos de laAdministración
del Estado; Ar1ículo 67',.de la Ley N'16.744, promulgada con fecha 23 de enero de
1968, en su versión de fecha10 de marzo de 2022,del Ministeriodel Trabajo y
Prevención Social; Srfbsecretaríade Prevención Social, que "EstableceNormas sobrá
Accidentes delTrabajo yEnfermedades Profesionales"; Decreto N"40, promulgado
con fecha 11 defebrero de 1969, en su versión de fecha 16 de septiembre de 1995,
del Ministerio del Trabajoy Prevención Social; Subsecretaría de Prevención Social,
que "Aprueba ReglamentosobrePrevención de Riesgos Profesionales";Memorándum
N"105, de fecha17 de agosto de2023, del Departamentode Prevención de Riesgos,
y en ejercicio delas atribucionesque me confiere la Ley No 18.695, de1988, Orgánica
Constitucional deMunicipalidades, vigente,
CONSIDERANDO:
l.- QUE, el Reglamento lnterno es un instrumento jurídico
que constituye elestatuto de la llustre Municipalidad de Santiago, que fijalas condiciones
generales sobre las normas de Higiene y Seguridad que son aplicables en lainstitución. Sus
normas son obligatorias paralos/as/es funcionarios/as/es de la l. Municipalidad de Santiago,
cualquiera sea el centro de trabajo en que presten sus servicios.
2.- QUE, el Reglamento lnterno de Higiene y Seguridad
está fundado en el orden jurídico laboral vigente, donde seestablecen normas acerca de
Accidentes delTrabajo y Enfermedades Profesionales y Prevención de RiesgosProfesionales.
3.- QUE, el presente Reglamento de Higiene y Seguridad
se dicta en cumpfimiento del Art. 67 de la Ley N"16.744 sobre Accidentesdel Trabajo y
Enfermedades Profesionalesy su Reglamento sobre Prevención de Riesgoscontenido en el
D.S. N'40 de 1 1 defebrero de1969del Ministerio del Trabajo yPrevisión Social. EI Art. 67 ya
mencionado establece que: "Las empresas o entidades estarán obligadas amantener al día
los Reglamentos de Higieney Seguridad en el trabajo y los trabajadores acumplir con las
exigencias que dichos reglamentosles impongan. Los Reglamentos deberán consultar la
aplicación de multas a los trabajadores que no utilicen los elementos de protección personal
que se les haya proporcionado o que no cumplan las obligaciones que les impongan las
normas, reglameno tacionesinstruy cciones sobre higieneseguridad enel trabajo. La
aplicación de talesmultas seregirá por lo dispuesto en el Párrafo I del Título lll del Libro I del
Código del Trabajo".
4.- QUE, así mismo, el Art. 14 del Decreto Supremo N"
40, señala "Todaempresa oentidad estará obligada a establecer y mantener al día un
reglamento internode seguridad e higiene en el trabajo, cuyocumplimientoserá obligatorio
para los trabajadores. La empresa oentidad deberá entregargratuitamenteun ejemplar del
reglamento a cadatrabajador"

Tabla 2 (página 2 (texto) · 37 filas)

ILUSÍñE MUNICIPAL¡DADReglamento N' 948
Página N'
5.-QUE, los objetivos primordiales de este Reglamento
son los siguientes:
a)Prevenir la ocurrencia de accidentesdel trabajo y
enfermedades profesionales de funcionarias/os/es de laL Municipalidad de Santiago.
b)Eliminar, o ensu defecto mantener bajo control las
causas que provocan accidentes deltrabajo y enfermedadesprofesionales.
c)Establecer lasdisposiciones legales, obligaciones y
prohibiciones queafectan a los/as/es funcionarios/as/esde la l. Municipalidad de Santiago y
que éstos deben conocer y cumpl¡r.
d)lnformar a todos/as los/as funcionarias/os acerca de
los riesgos que sederivan de sus labores, de las medidas preventivas y de losmétodos de
trabajo correctos.
e)Determinar losprocedimientos que deben aplicar
cuando se produzcan accidentes deltrabajo y enfermedadesprofesionales.
6.-QUE, finalmente, la prevención deriesgos de
accidentes deltrabajo y enfermedades profesionales requiereque tanto la Municipalidad como
sus trabajadoras y trabajadores realicenuna acción mancomunada y en estrechacolaboración
para alcanzar los objetivos ya señalados,especialmente,en poder controlar y evitar las causas
que provocan los accidentes del trabajoy enfermedades profesionales. Para tener éxito en
este propósito es preciso contar con la más amplia colaboración de todos los/estrabajadores
y trabajadoras de laMunicipalidad de Santiago, díctaseel siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENEY SEGURIDAD
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1'.-Este Reglamento sereferirá específicamente a materias de Higiene y
Seguridad por cuantoen lo que respecta aOrden, el Municipio se rige por
las disposiciones contenidas en la Ley N"18.883, Aprueba Estatuto
Administrativo ParaFuncionarios Municipales, Ley N"19.378, Establece
Estatuto de AtenciónPrimaria de Salud Munlcipal, Ley N"19.070, Aprueba
Estatuto de Los Profesionales de LaEducación, suplementariamente se
rige por el Códigodel Trabajoy otros reglamentos que regulan
formalidades de ingreso, las obligacionesy prohibiciones aque deben
sujetarse los/as/es funcionarios/as/es de la l. Municipalidad de Santiago,
en relación a sus labores, permany encia desempeño en sus
dependencias
ILUSTRE MUNICIPALIOAD nE SANTIAGO . plazade Arp,ra$ S1N . 227 136ü00 - 800 2üs01r .

Tabla 3 (página 3 (texto) · 54 filas)

Vivarnosbbn
secnetnnÍe MUNtctpA
wY6üDEPTO. ASUNTO'
"¡¡g¡EALE
ILUSTRgReglamento N" 948
MUÑICIPAIIOAD
Página N'
ARTICULO?.-Elpresente reglamento de Higiene y seguridadha sido debidament
informado a todos/as/es los/as/es funcionarios/as/es del Municipio, d
acuerdo con fo dispuesto en elArtículo N'156 delcódigodel rrabajo.
ARTíCULO3".-A su vez, según lo establecido en el Decreto supremo N"40, título V, añ
14, le será entregadoa cada funcionario/ale una copiay en la mism
forma se le hará entrega a cada uno/a/e de los/as/es nuevos/as/es
funcionarios/as/es quecontrate el Municipio.
ARTíCULO4'.-Este Reglamento lnterno esobligatorio paratodos/as/es los/as/e
funcionarios/as/es y/o trabajadores/as de este municipio, quienes deberán
cumplir fielmente las disposiciones contenidas eneste.
ARTÍCULO5'.-Para los efectos de este Reglamento se entenderápor:
a)Accidente del Trabajo: Toda lesión que unapersonasufra a causa
o con ocasión deltrabajo, yque le produzcaincapacidad o muerte
(Art. 5'Ley 16.744).
Son también Accidentes delTrabajo los ocurridos al traba¡adorla/e en
el trayecto directo,de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de
trabajo. [Accidentede Trayecto].
Se considerarán también Accidentes del Trabajo los sufridos po
directores/as/esy dirigentes/as/es de las Asociaciones de
funcionarios/as/es,a causao con ocasión del desempeño de sus
cometidos gremiales.
Exceptúense los accidentesdebidos a fuerzamayor extraña que no
tengan relaciónalgunacon el trabajo y los producidos
intencionalmente por la víctima.
b)Enfermedad Profesional:Es la enfermedadcausada de manera
directa por el ejercicio de laprofesión o el trabajo que realice una
persona y que le produzca incapacidad o muerte. (Art.7' Ley 16.744).
c)Acción lnsegura:Cualquieracción (cosas que se hacen) o falta de
acción (cosas queno se hacen) que puedan ocasionar una pérdida
material, ambiental,económica y humana.
d)Condición lnsegura: Existencia de condicióno circunstancia física
en el ambiente considerada peligrosa porque puede producir un
accidente o una enfermedadprofesional.
e)Elemento de Protección Personal: De acuerdo conla legislación
vigente se entiendepor elemento de protecciónpersonal (EPP) "todo
equipo, aparato odispositivoespecialmente proyectado y fabricado
para preservar el cuerpo humano, en todo oen pafte, de riesgos
específicos de accidentes deltrabajo o enfermedadesprofesionales"
(Art. 1" del Decreto Supremo N"173, de 1982, delMinisterio de
Salud).
f)Comité Paritario de Higiene y Seguridad: El Comité Paritario de
Higiene y Seguridad(CPHS)es el organismo técnico de participación
entre la institución ylos/as/estrabajadores/as para detectar y evaluar
los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Los Comités
Paritarios son obligatoriosen instituciones conmás de 25
trabajadores/as y deben estar integrados por tresd
la institución y tres de lostrabajadores/as.S
ILUSTRE MU!€jCIPALIDAD DE SANTIAGO . Plaza deAnras $11',j . 227 13 6CC0 - 8C0 2C3011 '

Tabla 4 (página 4 (texto) · 55 filas)

secREreRíl MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6¡EALES
Reglamento N" 948 /
Página N"4
señaladas en el artículo 24" del DSN'54 del Ministerio del rrabajo y
Previsión social y sus decisionesadoptadas en el ejercicio de lal
atribuciones que le encomienda la citada normativa. serán
obligatorias tantopara la Municipalidad como para sus
trabajadores/as.
s)organismo Administrador (oAL):Entidad que administra er seguro
obligatorio contraAccidentesdel rrabajo yEnfermedádes
Profesionales, definido por la Ley N'10.744.
h)Programa de Prevención: Es laherramienta de planificación, que
fija frecuencias y tareas a realizarse, destinado a controrar y prevenir
riesgos de accidentesdel trabajo yenfermedades profesionales.
i)Normas de Seguridad: Es el conjunto de reglas obligatorias que
señalan la manera deejecutar un trabajo, mitigando los riesgos para
el / la I le tr abalador I al e.
j)Riesgos Laborales:Los riesgosa los que está expuesto elllalte
trabajador/a/e y quepueden provocar un accidente acausa o con
ocasión del trabajo,o una enfermedad por causadirecta de su
trabajo.
k)Acoso Sexual: Seproduce Acoso Sexual, cuandouna persona
realiza en forma indebida, por cualquier medio, insinuaciones, envíos
de contenidos sexualexplicito, o requerimientos de carácter sexual,
sin que estos sean consentidos porquien los recibe y que tenga como
resultado para la persona afectada su menoscabo, maltrato, coerción
o humillación, o bienque amenaceo perjudique su situación laboral
o sus oportunidades en el empleo.
l)Acoso laboral (Mobbing): Un acto contrario a la dignidad de las
personas, configuradopor toda conducta que constituya agresión u
hostigamiento reiterados, ejercida por el/lalle empleador/a/e o por uno
o más trabajadoras/es, en contra de otrolaleu otros/as/es
trabajadores/as, por cualquier medio, y que tenga como resultado
para el/la/le o los/as/les afectados/as/es su menoscabo, maltrato o
humillación, o bien que amenace operjudique su situación laboral o
sus oportunidades enel empleo. Lanorma legal señalaademás que
el acoso laboral escontrario a la dignidad de lapersona (Ley
N"20.607, que modifica el Códigodel Trabajo, sancionando las
prácticas de acoso laboral).
m)Accidente Grave: Esaquel accidente que genera una lesión, a causa
o con ocasión deltrabajo, y que:
o Provoca en forma inmediata(en el lugar del accidente) la
amputación opérdida decualquier partedel cuerpo.
Se incluyen aquellos casos queproduzcan, además, la pérdida
de un ojo; la pérdida total o parcial del pabellónauricular; la
pérdida de partede la nariz,con o sin compromiso óseo; la
pérdida de cueroy cabelludoel desforramientode dedos o
extremidades, cony sin compromiso óseo.
o Obliga a realizarmaniobras dereanimación.
Debe entenderse por éstas, el conju ntode acciones
a encaminadas revertir un paro cardicon la
finalidad de recuperar o mantener lasles del
organismo. Estaspueden ser básicas (
ALIOAD DE SANT|A60. Plaza deAr¡¡as 51'N .227 13 6000 -8C0 2C30.{1

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DEPTO.ASUNTO"tJ¡¡6IEALES
Reglamento N" 946
Página N'5
y especialeslas realiza cualquier persona debidamente
capacitada); o avanzadas (se requiere de medios especiales y
las realizan profesionales de la salud debidamente entrenados).
o Obliga a reaLzar man¡obras de rescate.
Son aquellas destinadas a retirar al trabajador lesionado cuando
éste se encuentre impedido de salir por sus propios medios o que
tengan por finalidad la búsqueda de un trabajador desaparecido.
o Ocurra por caída de altura de más de 1.8 metros.
Para este efectola alturadebe medirse tomandocomo referencia
el nivel más bajo. Se incluyen las caídas libres ylo con
deslizamiento, caídas ahoyos o ductos, aquellas con obstáculos
que disminuyanla altura de la caída y las caídas detenidas por
equipo de protección personal u otros elementos en el caso de
que se produzcan lesiones.
o lnvolucra un númerotal de trabajadoresque afecten el
desarrollo normal de las faenas.
o Ocurra en condicioneshiperbáricas.
n)Accidente Fatal. Se entenderá por accidente fatal aquel que por
causa o con ocasión deltrabajo provoque la muerte del/de la
trabajador/a/e en forma inmediata o durante su traslado a un Centro
Asistencial.
o)Departamento de Prevención de Riesgos: El Departamento de
Prevención de Riesgos delMunicipio, depende directamente de la
Dirección de Gestiónde Personas y es una unidad que está a cargo
de planificar, organizar, ejecutar y supervisar la prevención de riesgos
y, además, efectuar accionespermanentes para evitar accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales.
p)Goronavirus: EI coronavirus (COVID-19) es una enfermedad
infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2, el virus experimenta
una enfermedad respiratoriade leve a moderada y serecuperarán sin
requerir un tratamiento especial. Sin embargo, algunas enfermarán
gravemente y requerirán atención médica. Las personas mayores y
las que padecen enfermedades subyacentes, como enfermedades
cardiovasculares, diabetes,enfermedades respiratorias crónicas o
cáncer, tienen másprobabilidades de desarrollar una enfermedad
grave. Cualquier persona,de cualquier edad, puede contraer la
COVID-19 y enfermargravemente o morir.
q)Teletrabajo: Aquel en que los servicios son prestados mediante la
utilización de mediostecnológicos, informo áticos de
telecomunicaciones,o si tales servicios deben reportarse mediante
estos medios.
r)Trabajo a distancia:Aquelen que elflalle trabajador/a/e presta sus
servicios, total o parcialmente, desde su domiciliou otro lugar o
lugares distintos a losestablecimientos, instalaciones o faenas de la
empresa.
ALIOAD nE 5ANT|AG0 . Plazi deArüra$ Slli . 227 J3 60CC - 8Ct 2C30 i1 .

Tabla 6 (página 6 (texto) · 46 filas)

secnereRh MUNtctpAL
&Y60DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IENLES
ILUSfRT MUNICIPALIüADReglamento N' 948 /
Página N.6
DE LA PREVENCION DE RIESGOS Y SUORGANIZACIÓN
6'.- ARTÍCULOLa prevenciónde los riesgos ocupacionales es una responsabilidad de
todos los estamentosmunicipales, correspondiéndoles realizar
actividades permanentes de control de riesgosen base ala ejecución de
un programa con estándares previamente definidos por las jefaturas de
cada uno de ellos, debiendo actuar el Departamento deprevención de
Riesgos de la Municipalidadde santiago, en calidad de asesor técnico de
las/os/les directivas/os/es de cada uno de los Departamentos.
7'.- ARTíCULOEl personal que ejerza funciones de jefaturas y/o supervisión será
responsable dehacer cumplir las disposiciones de Higiene y seguridad
que afecten al personal desu respectiva dependencia. Del mismo modo,
dichos nivelesserán responsables de hacer cumplir las actividades
comprometidasen el Programa de Prevenciónde Riesgosde su unidad,
fomentar el interés por laprevención y dara conocer las medidas
preventivas paracada tipode trabajo.
8'.- ARTíCULOTodo el personalde la Municipalidad de Santiago será responsable de su
propia seguridad y, para elresguardo de ésta,deberá cumplir fielmente
las normas de este Reglamento, las disposiciones que locomplementen
y las instrucciones de las jefaturas y/o supervisión respectiva. Además,
en caso de identificar unacondición o acción insegura deberá informar
inmediatamentea su jefatura directa.
DE LOS EXAMENES MEDICOSOCUPACIONALES
9'.- ARTíCULOEl Departamento de Prevención de Riesgos de laMunicipalidad,
asesorado porel Organismo Administradorvigente, determinará la
y naturaleza oportunidadde los exámenes médicos ocupacionales y
psicotécnicos, teniendo enconsideración losriesgos de enfermedad
profesional u operacional específicos a que se encuentrenexpuestos.
1O'.- ARTÍCULOEn caso de exámenes médicos ocupacionales requeridos por alguna
Unidad Municipal, producto del cumplimientode Protocolos MINSAL,
evaluación del Deparlamento de Prevención deRiesgos odel Organismo
Administrador, se deberá coordinar y planificarcon el Departamento de
Prevención deRiesgos del Municipio el proceso evaluativo. Este
Departamento elaborará anualmente un programa deatención que
deberá ser ejecutado por las áreas municipalesconsideradas para este
caso,
DE LA INSTRUCCION BÁSICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
ll'.- ARTTCULOLa Municipalidadde Santiago, a través del Departamentode Prevención
de Riesgos , elabarará un programa anual destinado a instruir al personal
en materias específicas deprevención de riesgos. Paraestos efectos
coordinará con los jefes deservicios las materias que se deberán incluir
dentro del referido programa, teniendo en consideración el tipo de
actividades o funciones

Tabla 7 (página 7 (texto) · 56 filas)

secneltRín MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP1:=
Reglamento N" 948 /
Página N"7
LaMunicipalidad desantiago, através del Departamentode prevencién
deRiesgos en conjunto con loscomités paritarios, difundirán los cursos
decapacitación abocados en materias de higiene y seguridad que se
realizarán, indicandolas características de losmismosy el tipo de
trabajador/ale al queestarán dirigidos.
será responsabilidadde cadajefatura de Departamento o superior,
definir, programar yejecutar charlas de seguridad de acuerdo a los
riesgos existentes yvelar por ladebida capacitación enprevención de
riesgos de su personal dependiente, promoviendo y difundiendo la
concurrencia de los/as/es trabajadores/as a las chary las cursos
programados. Deberá, además,preocuparse enforma especial de la
capacitación de aquellos/as/estrabajadores/asque asuman nuevas
funciones o ingresanpor primera vez a la Municipalidad,no pudiendo
asignársele ningunatarea mientras no haya recibido lacapacitación
correspondiente.
EDIMIENTOS EN CASO DEACCIDENTESDEL TRABAJO O
ROFESIONAL
Encaso de accidentes en el lugar de trabajo, sedeberáactuar de la
siguiente manera:
a)La persona afectada y/o testigos del hecho comunicarán de forma
inmediata a la jefatura correspondiente decualquier accidente
ocurrido durante el trabajo.
b)La Jefatura correspondiente,una vez que tome conocimiento del
accidente, deberá comunicar de manera inmediata lo ocurrido al
Departamento dePrevenciónde Riesgos, según lo establecido en el
procedimiento deactuaciónante accidentes laborales, a modo de
procurar una oportuna respuesta. En casode requerir atención
médica de urgencia, se gestionará el traslado correspondiente a
centros de atención delOAL.
c)La Jefatura directa de la persona accidentada deberá remitir la
documentacién solicitada (informe de accidente, certificado de
horario, fotocopiadel libro defirma, entre otros) al Departamento de
Prevención de Riesgos en unplazo máximo de 24 horas siguientes
de ocurrido el accidente.
d)Una vez recibido el lnforme Interno de lnvestigacién deAccidente, el
Departamento dePrevenciónde Riesgos confeccionaráy enviará al
Organismo Administrador la Declaración lndividual de Accidente del
Trabajo (DIAT) o IaDeclaración lndividualde EnfermedadProfesional
(DIEP) según corresponda.
e)En caso de sospecha o derivación por un/a médico/a particular sobre
enfermedad profesion al, elllalle funcionario/a/edeberáinformar de
manera inmediataa la jefaturacorrespondiente,quien coordinará con
Prevención de Riesgos el ingreso y/u orientaciones sobrela actuación
ante estos eventos. Asimismo, la jefatura ddeberá remitir la
documentación solicitada (investigación deenfermedad
profesional, certificado de horario, fotocofirma,
otros) al Departamento dePrevenciónu
máximo de 24 horas siguientes de in
pALIOAD DE SANTIAü0 . Plaza de Arn'¡as SlNi . 22713 60C0 - 80C 2030-11 ''¿l
o
o
nÉ
--9¡/

Tabla 8 (página 8 (texto) · 60 filas)

Viyc¡mosbien
SEcRETARÍA MUNtctpA
WY#ODEPTO. ASUNTOS MUNICIPAL_ES
¡LUSTRS MUNICIPALIDADReglamento N' 948
Página N'
por posible enfermedad profesional a un centro médicodel oAS, par
posteriormenteconfeccionar y enviar al organismo Administrador l
Denuncia lndividual de Enfermedad Profesional (DlEp).
DElllalle trabajador/a/e que hayasufrido un accidenteo enfermedad
y profesionalque, a consecuencia de ello seasometida/o
tratamiento médico, no podrá reintegrarse a sus funciones sin que
previamente presente un Certificado de Alta, otorgado por e
personal médico tratante del Organismo Administrador. Este
certificado deberá ser presentado a la jefatura directa respectiva,
quien, deberá remitir dentro de las 48 horas siguientes una copia de
dicho certificadoal Departamentode Prevención de Riesgos. En caso
de que el personal médico tratante prescriba recomendaciones para
el reingreso del/la funcionariolale a su puesto detrabajo, será
responsabilidadde la jefatura directa comunicar al Departamento de
Prevención de Riesgos, remitir una copia deldocumento y considerar
las recomendaciones definidas, para evitar que elilallefuncionario/a/e
sufra problemasde salud en sureingreso. Es importante considera
que todas lasmedidas prescritas por el OrganismoAdministrador
tienen un carácter obligatorio decumplimiento.
g)En caso de calificarse una enfermedad profesional, elDepartamento
de Prevenciónde Riesgos asesorará a la jefaturade la persona
afectada, para que en conjunto con el/lalles Director/a/e implementen
las medidas prescritas por la mutualidad , para así, abordar los riesgos
que originaron laenfermedad.
h)Será responsabilidad de las jefaturas, facilitar el reintegro laboral tras
la calificación deuna enfermedadprofesionalde saludmental, o bien,
de un accidente laboral que,por sus características, requiera
adaptaciones temporales de susfunciones.
ARTTCULO15".-Todoaccidente de trabajo ocurrido enel trayecto directo, deida o regreso,
entre la habitación yel lugar de trabajo, deberá ser acreditado ante el
correspondiente Organismo Administrador, por la propia persona
accidentada, mediante una declaración escrita y el respectivo parte de
Carabineros de Chileu otros medios igualmente fehacientes, tales como,
declaración de testigos presencialeso bien comprobante de atención
médica. Deberá acompañar un certificado con el horario normal de
trabajo, señalando además, el horarioque cumplía el día del accidente, el
cual deberá serpo extendidor la Jefatura dedepartamento
correspondiente. Enel evento que lavíctima de un accidente de trayecto
no cuente con testigos o parte deCarabineros paraprobar que el
accidente sucedió enel trayecto directo, su declaración puede constituir
unmedio de prueba suficientesi se , encuentradebidamente
circunstanciada -en cuanto a día, hora, lugar y mecanismolesional y de
ella se desprendan hechos que permitan probar lo acontecido-.
ARTíCULO16'.-Si unlale funcionario/a/e sufre un accidente de trayecto, deberá
inmediatamente concurrir a recibir atención médica profesional a cualquier
centro del Organismo Administradormás cercano a su trayecto, dando
oportuno aviso a su respectiva jefatura.
En estos casos, el procedimiento serásimilar al de todo Accidente
ARTICULOl7'.-TodoAccidente delTrabajo o Enfermedad Profesional ocurrido en los
recintos de la Municipalidad, deberá ser investigado por la Jefatura directa
y elComité Paritariode Higiene y Seguridad En caso de no
existir Comité Parila tario, investigación la
correspond iente conapoyo del Departamento de
g q
J
ILUSTRT MUNICIPALIOAD DE SANTIAüO . Plazade Anra$ S1N . 227 13 6C00 - 8C0 2030i1

Tabla 9 (página 9 (texto) · 49 filas)

SEcRETARÍA MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS II¡UNICIP1|=
WY6O
ILUSTRg MUNICIPALIDADReglamento N" 948 /
Página N"9
con el fin de determinar las causas que looriginaron y aplicar las medidas
correctivas correspondientes.
La investigación quedará registrada en elformulario de investigación de
accidentes, los relatos de la persona accidentada y testigos se
transcribirán en el formulario de declaración que firmarán quienes
declaren. sinperjuicio deagregar losdocumentos probatorios que
correspondan, la investigación no deberáexceder el plazo des días. La
investigación contendrá la relación de los hechos, de losdaños, los
fundamentos yconclusionesa que hubierellegado. En caso deaccidente
grave o fatal, lainvestigacióndeberá ser realizada de manerainmediata,
en concordanciacon la legislación aplicable para este tipo de casos.
DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL
l8'.- ARTÍCULOLa Municipalidad de Santiago a travésde sus organismos internos
proporcionará aloslas/es trabajadores/as/es, de acuerdo con los riesgos
existentes y lasfunciones que cada persona realice, los elementos de
protección personal adecuados, que serándefinidos en conjunto por las
respectivas jefaturas directas, Comités Paritarios y el Departamento de
Prevención deRiesgos. Ladefinición delos elementos deprotección
personal podráser actualizada en el tiempo, considerando nuevos
peligros que sepudiesen identificar. Sinperjuicio de lo mencionado la
Municipalidad ha establecidoel estándar por cargo en su Reglamento de
vestuario, ropa técnica de trabajo y elementos de protección personal.
19'.- ARTíCULOSerá responsabilidad de cada trabajador/ale la mantencióny el uso
permanente de los elementosde protecciónpersonal que se leasigne. La
Jefatura inmediata deberá fiscalizar el usode dichos elementos durante
toda la jornada laboral.
20" ARTíCULOSerá responsabilidad del Departamento de Prevención de Riesgos de
la Municipalidad velar porla adecuadacalidad de los equipos de
protección personal que adquiera la Municipalidad para lo cual, previo a
cualquier adquisición, sedeberá contar con la aprobación del
Departamento de Prevenciónde Riesgos.
ARTÍCULO2I'.-El NO uso delos elementos de protección personal porparte del
trabajador, asícomo la noexigencia por parte de la jefatura y/o
Supervisor/a/e, serán calificadas como unafalta grave. Lo anterior, en el
marco de lo indicado en elDecreto Supremo N'594 del Ministerio de
Salud, Artículo 53".
DE LOS COMITÉS PARITARIOSDE HIGIENE Y SEGURIDAD
22".- ARTíCULOEn toda dependencia municipal en que trabajen más de 25 personas se
constituirá un Comité Paritario de Higieney Seguridad, compuestos por
representantesde la insty itución rede presentanteslos/as/es
trabajadores/as,cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las
atribuciones queles encomiende la Ley N"16.744, serán obligatorias para
la organización ylos/as/es trabajadores/as.De acue elArt. 1" D.S
54 y Art. 66 LeyN"16.744.
ILIJSTRE MUN¡CIPALíúAD nE SANTIAG0. Flaza de Arnras Slli . 227 13 6CC0 - 8Cü2ü3011 .

Tabla 10 (página 10 (texto) · 48 filas)

Vivcrnosbíen
secnEtenín MUNtctpAL
sY60DEpTo. ASUNToS r,rtUNrctp1!5l
ILUSTRE MUNICIPALIDADReglamenio N" 946 /
Página N'10
ARTíCULO23'.-Los comités Paritarios de Higiene y seguridad estarán compuestos por
representantes de la institución y de los/as/estrabajadores/as; dicho
Comité estará conformado por3 titulares representantesde la institución
y 3 titulares representantes de los/as/es trabajadores/as. Además, deben
considerarse tres representantes de ambaspartesen calidad de
suplentes. De conformidad alArt. 3' D.S 54.
ARTíCULO24".-Los/as/es directoras/es de las distintas reparticiones municipales, velarán
por la oportuna y adecuada concreción de los acuerdos aque lleguen los
Comités Paritarios deHigiene ySeguridad.
ARTÍCULO25'.-corresponderá a los/las/es directores/as y Jefes/as deDepartamento,
otorgar a los/asles integrantesde los comitésparitarios de Higiene y
Seguridad las facilidades para su eficaz funcionamiento.
ARTíCULO26'.-Los acuerdos de loscomités Paritarios de Higiene y seguridad deberán
ser remitidos adirectorey s/as Jefaturas dedepartamento
correspondientes.
ARTíCULO27',-Será responsabilidad delos/las/es directores/asy Jefaturas
correspondientes velar porla adecuada participación de los/as
representantes de laMunicipalidad en las reuniones y actividades de los
comités Paritarios deHigiene yseguridad. En este contexto, se deberá
considerar lo dispuesto en elLibro lV. Prestaciones Preventivas, del
Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentesdel Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley N'16.744, que enel Capítulo l.
Comités Paritarios deHigiene ySeguridad del Sector Público, N'2. De los
miembros del ComitéParitario, l.El etra C, señalaN'54,
D.S.de 196g, del
Ministerio del rrabajoy Previsión social no contempla la renuncia como
una forma para cesarlas funciones en un ComitéParitario de Higiene y
Seguridad, por lo que no sepodrá invocar talcausalpara dejar de
participar en el comité.
Ahora bien, en caso de que unmiembro del comitécese en su cargo por
no asistir a dos sesiones consecutivas, sin causa justificada, dicha
situación podrá generar una eventual responsabilidad disciplinaria, lo que
se debe ponderar caso a casopor el jefe de servicio, considerando el
deber infringido, su grado de incumplimiento y susconsecuencias."
DE LOS COMITÉS DE APLICACIÓN
ARTíCULO28'.-En toda dependenciamunicipalen que trabajenmás de9 personas se
constituirá un Comité de Aplicación de RiesgosPsicosociales,
compuestos por representantesde la institucióny representantes de
los/as/es trabajadores/as, cuyasdecisiones, adoptadas enel ejercicio de
las atribuciones determinadaspor la Superintendenciade Seguridad
Social, serán obligatorias paralainstitución y los/as/es funcionarios/as/es,
de acuerdo al Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del
y Trabajo Enfermedades Profesionales, CAPíTULO V. Evaluación de
riesgo psicosocial laboral.

Tabla 11 (página 11 (texto) · 52 filas)

Viyamasbien
secRet¡Ríe MUNtctpA
wY60DEPTO. ASUNTOS Ii¡UN ICIP1:
¡LUSTRE
MUNICIPALIOAbReglamento N. 949
Página N"1
ARTíCULO29".-
Los comités de Aplicagión de Riesgospsicosociales estaráncompuesto
por representantesde la institución y de funcionarias/os/es; dicho'comité
estará conformadopor. ar menos
2 representantes de la institucion y á
2 menos representantes de los/as/es trabajadores/as, manteniendo
una lóg 1i9mn1eica paritaria. Los/as/es repiesentantesdel equipo
deberán ser parte del comité paritario oe Higiene yseguiioao,
delegada/o/e de alguna asociación gremial o sindicalo o, encaso de qu
no existan los casos anteriores,
deberán ser escogidos/as/espor votación
-las
dentro del centrode trabajo, todo en base a indicaciones de l
Superintendencia de Seguridad Social.
ARTÍCULO30..-!"i¿ responsabilidad de los comités de Aplicación de Riesgos
Ps.icosociales diagnosticar periódicamente la presenciade ries!os
psicosociales enlas dependenciasmunicipales, con elinstrume-nto
determinado por laSuperintendencia de Seguridad Social.
ARTíCULO3I'.-Las jefaturas, subdirecciones y direcciones velarán por laoportuna y
adecuada concreción de las medidasprescritas por la mutualidad, par
abordar los riesgospsicosociales en eltrabajo.
ARTlcuLo32'.-a corresponderálas jefaturas,subdirecciones ydirecciones
correspondientes,al otorgarle Comité de Aplicación de Riesgos
Psicosociales las facilidades para su eficazfuncionamiento
ARTTCULO33..-será responsabilidad de las jefaturasde cada integrante, velar por la
adecuada participación de los representantes de la Municipalidad en las
y reuniones actividades de los comités de Aplicación de Riesgos
Psicosociales.
DE LA RESPONSABILIDAD EN CASO DE EMERGENCIA
ARTíCULO34'.-Corresponderá a directores/as y a las jefaturas de los departamentos velar
por la adecuada protección del personalque en él se desempeña, para lo
cual deberá seguirla organización yprocedimientos definidos por la
Municipalidad de santiago que permitanresponder adecuadamente frente
a una emergencia.
Asimismo, los/as/esfuncionarios/as/esde la l. Municipalidad de Santiago
deberán participaractivamente en los ejercicios de evacuación ante
emergencias, manteniéndose informados/as/es sobre los instructivos y
manuales con que deberá contar cadauno de sus centros detrabajo. Al
mismo tiempo, seráde carácter obligatorio participar en los programas de
entrenamiento sobre el uso de los extintores u otras actividades de
capacitación orientadas a la respuesta de emergencias que seanecesario
instruir, y deberánformar parte de los equipos de apoyoal plan de
emergencia de la instalación que desempeñen sus funciones.
Por otra parte, en las dependencias municipales se deberá desarrollar y
mantener actualizado un plan que establezca los procedimientos de
acción frente a unaemergencia.
ILU$TRE MUNICIPALIOAD DÉ $ANTIAGO . Plaza de Arnlas S1t\j . 227 13 6000- 80ü 203011

Tabla 12 (página 12 (texto) · 50 filas)

MUNIcIPAL
DEPTO.ASUNTOS MUNICIPAL_ES
Reglamento N' 948.
Página N'12
TITULO II
DE LASOBLIGACIONES
Todo/a/e lrabladorlale deberácumplir, entre otras, Ias siguientes
obligaciones de carácter general:
.
1conocer y cumpl¡r en toda su extensión las disposiciones del presente
Reglamento y las normas quese dicten en relacióncon su trabajo.
2.Prestar su máxima colaboración en la investigaciónde los accidentes
de trabajo, declarando en forma veraz y completa los hechos que le
ocurrieron personalmente o ensu calidad de testigo.
3.Consultar a su jefatura inmediata respecto de cualquier duda que se
le presente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
4.Los/as/es trabajadores/as deberán presentarsecon vestimenta
apropiada, siendo obligatorioel uso de aquellasque otorgue la
Municipalidad para trabajosespecíficos. La ropa de trabajo en
general debe estar limpia y libre de partes sueltas,rotas o volantes,
que puedan ser atrapadao s enganchadasaccidentalmente,
provocando lesiones.
5.Usar los elementos de protección personal, aparatos o dispositivos
destinados a laprotección personal contra riesgosproporcionados
por la Municipy alidad cumplir las normas e instrucciones que
contempla esteReglamento,las que se impartan referentes a
trabajos o funciones específicas.
6.Comunicar tododesperfecto en los medios de trabajo que afecten la
seguridad personal, e informar oportunamentea su Jefatura
inmediata de toda condición y/o acción insegura que detecte en la
ejecución de sutrabajo, comoasí mismo de cualquier anormalidad
que pueda dar origen o influiren la ocurrencia deun accidente del
trabajo. De noser atendidopor su jefatura, deberá dirigirse al
Departamentode Prevención de Riesgos de la Municipalidad,
quien notificarálo informadoa la Dirección correspondiente. Se
solicitará la sanción administrativa a la jefatura correspondiente, por
la falta de atención oportuna en la notificaciónde condiciones
nsegu ras. Asim i ismo, elllafle funcionario I al e deberá informar to da v ez
que presente síntomas de enfermedad profesional, según lo definido
en el procedimiento en caso deaccidentes.
7.Uso y cuidado correcto de lasinstalaciones, herramientas, equipos
de trabajo, materiales, dispositivos de seguridad ydemás medios
suministrados para su protección o de terceros; debiendo comunicar
y solicitar oportunamente los cambios de herramientas en mal estado.
8.Mantener limpioy ordenadosu lugar de trabajoy eliminar las
condiciones inseguras que puedan ocasionar un accidente.
9.Dar cuenta a su jefatura inmediata del deterioro o pérdida de objetos
o de elementos de protección que se le hayan entregado, declarando
la causa que lo originó y solicitando su reposició
elemento deteriorado.
PALIDAD DE SANTIAGO . Plazade Arr:ras SIN . 227 J3 6000 - 800 2C3011 "

Tabla 13 (página 13 (texto) · 47 filas)

secReraRÍl MUNtctpAL
DEPTO.ASUNTOS MUNIC¡PALES
RestamentoN.#**f_J
10. Reponer todoequipo o elementode protección personal que haya
dañado o perdido por negligencia inexcusablecomprobada, sin
perjuicios de otrassanciones que correspondan.
11. conocer la ubicación exacta de losequipos de extinción de incendios
del sector en el cualtrabaja y la forma de utilizarlos.
12. Dar alarma y avisoa su entorno, aldetectar un amago de incendio u
otra emergencia ysiguiendo lo definido en el plan deemergencia de
Ia instalación.
13. conocer y ejecutar el procedimiento de emergencia respectivo,
ciñéndose a los procedimientos establecidos y a las instrucciones
emanadas porfaspersonas responsables de manejar este tipo de
situaciones.
14. Evitar riesgosquese puedan producir como consecuencia de dejar
equipos encendidosde forma innecesaria.
15. Acatar el tratamiento médico prescrito por la mutualidad pertinente,
con motivo deun accidente deltrabajo o enfermedadprofesional, así
como los controlesque puedan derivarse.
16. Dar cuenta asu jefatura inmediata de cualquier enfermedad que
padezca, y queafecte su capacidady seguridad en eltrabajo por leve
que sea, especialmente si se trata de vértigos, mareos, afección
cardiaca, disminución de su capacidad auditiva, visualetc.
17.Asistir a todosloscursos o charlasde capacitaciónsobre higiene y
seguridad en que sea requerido.
18.lnformar inmediatamente a su jefatura toda lesión quesufra, a causa
o con ocasión deltrabajo y/o daño ala propiedad, equipos, materiales
o animales.
19.Asistir a los exámenes médicos ocupacionales quese le indique, y
notificar en caso depresentar alguna alteración.
20.Cooperar enlainvestigación de accidentes yenfermedades
profesionales.
21.Acatar todaslasnormas internas sobre métodos de trabajo,
operaciones o medidas de higiene yseguridad.
2?.lnformar, facilitar oelaborar todala información solicitada desde
Prevención deRiesgos orientada a la gestión preventiva.
23.Las jefaturasdeberán difundir adecuadamentela información
necesaria paraprevenir eficazmente los accidentesdel trabajo y
enfermedades profesionales.
24.Es responsabilidadde las jefaturas,la fiscalizaciónyobligación del
cumplimiento de lasnormas internas establecidas encada área de
trabajo, y el cumplimiento de los procesos que se involucren en los
lugares de trabajo.
25.Es obligatoriala participación enla prevenciónde riesgos de
directores/as,jefaturas, encargados/as/es,nadores/as,
jefaturas de turnos osección
ALlOA,D DE SANTIAüO . Plaza de Arr..ras S/¡,j . 227 13 6000 -8C0 203011

Tabla 14 (página 14 (texto) · 54 filas)

secRernníe uuNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS TUUNICIPE
Reglamento N" 948
Página N"14
26. Es responsabilidad de directores/as, jefaturas yfuncionarios/as/es
aplicar las medidas correct¡vas sugeridas por prevención de Riesgos.
27. Promover permanentemente lacultura preventiva dentro de la
organización.
28. cumplir con los acuerdos o medidas preventivas definidas por el
Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
29.En caso que unfuncionariolale sepresentase en condiciones fÍsicas
y/o psicológicasincompatibles para la ejecución desus funciones, de
acuerdo al art.184 del Código del Trabajo, la jefatura directa, en
conocimiento de la situación, procederá a dejar alllalle funcionario/aie
en un espacio seguro, notificandoa su contacto deemergencia para
el abordaje de la situación. En caso de que la jefatura considere que
la condición de salud del funcionariolale represente un riesgo
importante para su integridad opara terceros, deberá notificar al
servicio de urgencia que corresponda.
30.Será obligación de directores/asy jefaturas, tomar las acciones
administrativasen caso de estar enconocimiento que un trabajador/a
ingrese o desarrolle su trabajobajo la influencia de sustancias
prohibidas.
Dela Protección aRadiaciones UV
Lanormativa queregula la exposia ción radiaciónultravioleta, ley
N"20.096, considerael resguardo de lasalud de la población frente a los
efectos producidospor el deterioro dela capa de ozono, pero además,
establece un conjunto de medidas dedifusión, prevención y evaluación
tendientes a generar y proporcionarinformación idénea y oportuna a
los/as/es trabajadores/as expuestos al riesgo, y a estimular conductas
seguras frente a éste.
Deesta manera, elArt. 19 establece"Sin perjuicio delas obligaciones
establecidas en losartículos 184 del Código del Trabajoy 67 de la ley N.o
16.744, los/as/es empleadores deberán adoptar las medidas necesarias
para proteger eficazmente a los/as/estrabajadores/as, cuando puedan
estar expuestos/as/es a radiación ultravioleta. Para estos efectos, los
contratos de trabajoo reglamentos internos de las instituciones, según el
caso, deberán especificar el usode los elementos protectores
correspondientes, de conformidad conlas disposicionesdel Reglamento
sobre CondicionesSanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo.
Lodispuesto enel inciso anterior será aplicaa ble los/as/es
funcionarios/as/es regidos por las leyesN"18.834, N'19.378 y N"18.883,
en lo que fuere pertinente".
Porlo anterior, el Municipio a modo de previsión agrega y establece lo
siguiente:
1.Trabajadores/asexpuestos/as/es:Trabajadores/asexpuestos/as/es
a RUV de origensolar se definen como aquellos/as/es que ejecutan
labores sometidos a radiación solar directa en días comprendidos
entre el ' de se 1ptiembre y el 31 demarzo, entre lasI 0:00 y las 17:00
horas, y aquellos/as que desempeñan funciones habituales bajo RUV
solar directa conun índice UV igualo superior arer
del año. Lo anterior según lo expuesto en la G
Ultravioleta deOrigen Solar, publicada
PALIDAO Df SANTIAü0 . Plaze de Arnras SIN . 227 "13 6000 - 8C'J 2C30i1

Tabla 15 (página 15 (texto) · 51 filas)

gY6üsecner¡ní¡ MUNtctpAL
DEPTO.ASUNTO''U*¡6IENLES
ILUSIRE MUNICIPALIOADReglamento N" 948 /
Página N"15
dando Especificaciones del DecretoSupremoN.g7 del 14 de
septiembre de 2010,que modifica Decreto N.594 de 1999, del
Ministerio de salud,sobre condiciones sanitarias y Ambientales
básicas en los lugaresde trabajo, publicada en er Diario oficial el 07
de enero de2011.
2.De la presente definición establecida enel DS N's94, se entiende que
el término "habitual bajo RUV solar directa" se refiere a aqueila
persona trabajadoracuyas funciones o tareas cotidianas y
permanentes se realizan a la intemperie,bajo el sol.Ejemplo de esto
son: Jardineros/as/es, Barredores/as de laVía pública,
Cargadores/as, Profesores/as de Educación Física, Salvavidas,
Estafetas, entre otros.En cambio, no seconsideranexpuestos/as/es
aquellos/as/es funcionarios/as/es que tenganuna exposición
esporádica durante el período antes nombrado.
3.La Municipalidad de Santiago, implementará medidas preventivas
para los/as/es trabajadores/as que estén expuestos a Radiaciones
UV, utilicen y se protejan por medio de:
O La entrega de protectores solares certificados ehipoalergénicos,
de acuerdo a lasnecesidades, tipo, horariode trabajo que
realizará el/lalle try abajador/ale características de la persona
que lo usará.
o Entrega de gorrostipo misionero,que cubrenel cuello y las
orejas.
Entrega de poleras manga larga, de materialpermeable para
evitar la carga térmica.
o Proveer entrega delentes con filtroUV
Diariamente se mantendrá la información dela radiaciónUV en pizarras,
carteles u otro medio de la llustre Municipalidad de Santiago, además de
las medidas de protección para ese dÍa.
El índice UV diario es proporcionado por laDirección Meteorológica
de
Chile y puedeser consultado ensu página
http / :/www. m ete o ch i I e. cl/ra di a ci o n_uv. htm I
Los/as/es trabajadores/as que cumplan con los requisitosseñalados en el
Art.25", se registrarán en un listado que estará disponible en el
Departamento de Prevenciónde Riesgos de laMunicipalidad de Santiago.
ARTTCULO 37".-El municipio a través delDepartamento de Prevención de Riesgos,
difundirá y proporcionará información idóneay oportunasobre el tema,
paraestimular conductas seguras y comprometidas con la prevención.
ARTíCULO 38".-De laProtección de los/as/es Trabajadores/as en Procesos de Garga
y Descarga de Manipulación Manual
La Ley N"20.001 , del año 2005, regula el pesomáximo decarga humana,
el D.S. N'63/2005, que aprueba Reglamentopara la aplicación de la Ley
N"20.001 y la Ley N'20.949,que rebaja pesomáximo decarga humana.
En este contexto, el D.S. N'63, en su artículo7" señala: "Para efectos de
lo dispuesto en el inciso primero del artículo 211 -G deldel
elllalle empleador/a velará para que en la orgafae
ILUSTRü HUNl.]lpl\LIOAD DE SANTIAGO. Plaza deArnrasSiN.227 13 6000 - 8C0

Tabla 16 (página 16 (texto) · 50 filas)

SEcRETARíA MUNtctpAL
DEPro. ASUNros lvruNtcrPl!5j,
Reglamento N" 948 /
Página N".16
utilicen
medios técnicos tales como la automatización de procesos, o el
empleo de ayudas mecánicas, entre las que se pueden indicar:
a) Grúas, montacargas, tecles, carret¡llas elevadoras, sistemas
transportadores;
b)
Carretillas,superficies dealtura regulable, carrosprovistos de
plataforma elevadora, y
c) otros, que ayuden a sujetar más firmemente las cargas y reduzcan
las exigencias físicas del trabajo.
En caso de que el manejo o manipulaciónmanualdecarga sea inevitable
y las ayudas mecánicas no puedan usarse, no se permitirá que se opere
con cargas superiores a 25 kilogramos para varones.
En el caso demenores de 18años yde mujeres no podrán llevar,
transportar, cargar, arrastrar ni empujar manualmy ente,sin ayuda
mecánica, cargassuperiores a 20 kilogramos.
se prohíbe lasoperaciones de cargay descarga manuar para las
personas en gestación.
La Municipalidadde santiago, procurará los medios adecuados para que
los/as/es trabajadores/as recibanla información e instrucciónsatisfactoria
sobre los métodos correctos para manejar cargas yen la ejecución del
trabajo específico. Para ello, confeccionará un programaque incluya
como mínimo:
a) Los riesgos derivados del manejo o manipulaciónmanual de carga y
las formas deprevenirlos.
b) lnformación acerca de la carga que debe manejarmanualmente.
c) Uso correctode las ayudasmecánicas.
d) Uso correctode los equiposde protección personal, encaso de ser-
necesario.
e) Técnicas seguras para el manejo o manipulaciónmanualde carga.
La formación por parte del empleadorpodrá ser realizada con la
colaboración del Organismo Administradordel segurode Ia Ley N"16.741
al que se encuentre afiliadoo adherido, del Comité Paritario, del
Departamento dePrevención deRiesgos;o por mediode laasesoría de
un profesional co ompetentepor un representante del/de lalde le
empleador/a/e capacitadolale enla materia.
En relación al manejo manualde pacientesque lo requieran, esobligación
realizar capacitación constanteen técnicas de manejo,además de
proporcionar elementos de ayudasimples omecanizados, cuando existan
las condiciones necesarias para su implementación.
Del Consumo DeTabaco, Ley N'20.660
De acuerdo con lo dispuesto enla Ley N"20.660, que modifica la
N'19.419, en materias relativas ala Publicidad yodeT
específicamente los artículos 10 y11, se deberá
a lo señalado en ambos artículos,esto es
-=
PALÍ DAD OE SANTIAGO . Plaza de An-ras S,,N . 227 13 60ü0 - 800

Tabla 17 (página 17 (texto) · 45 filas)

N"
Reglamento 948,
Página N'1
/os
a) Todo espacio cerrado que sea un lugar acces¡ble al público o de uso
comerc¡alcolectivo, independientemente de q uién seapropiet ario/ al e
o de quientenga derecho de acceso a ellos.
b) Espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, quecorrespondan
a dependencias de:
1. Establecimientos deeducación parvularia, básica ymedia.
2. Recintos donde seexpendan combustibles.
3. Aquellos lugares en que se fabriquen, procesen,depositen o
manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o
alimentos.
4. En lasgalerías, tribunas y otras aposentaduríasdestinadas al
público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta
prohibición se extiende a la cancha y atoda el áreacomprendida
en elperímetro conformado por dichas galerías,tribunas y
aposentadurías, salvo en los lugares especialmentehabilitados
para fumar que podrán tener los mencionados recintos.
c) Medios de transportede uso públicoo colectivo,incluyendo
ascensores.
Attículo 11: "Sinperiuicio de lo dispuesto en el artículo anterior.se prohíbe
fumar en los siquientes luqares, salvo en suspatios o espacios al aire
libre:
a) Establecimientos de educación superior, públicos y privados
b) Aeropuertos y terrapuertos.
c) Teatros y cines
d) Centros deatención o deprestación de servicios abiertosal público
en general.
e) Supermercados, centroscomerciales y demás establecimientos
similares de libre accesoal público.
0 Establecimientos de salud, públicos y privados, exceptuándose los
hospitales de internaciónpsiquiátrica que nocuenten conespacios
al aire libreo cuyos/as/espacientes no puedan accederaellos.
g) Dependencias de órganos del Estado
h) Pubs, restaurantes, discotecas y casinos dejuego
Se deberán habilitar, en los patios o espacios al aire libre,cuando ellos
existan, lugaresespeciales para fumadores/as en los casosindicados en
las letras 0 y g)del inciso anterior. Para dicho efecto, elllalledirector/a/e
del establecimiento o el/lalleadministradorlalegeneral delmismo será
responsable deestablecer un área claramentedelprocurando
siempre que el humo detabaco que se
dependencias internas de losestablecimientoso,
siempre ellla/leDiredorlaledel establecimi
IPALIDAD DE SANTIA60. Plaza de Arnras Sllt . 227 13 6000 - BCO

Tabla 18 (página 18 (texto) · 52 filas)

Viyamos bien
secRermín NUNtcrpAL
wY60DEPTO.ASUNTOS MUNICIPALES
ILUSIRE MUN¡CIPAL¡OADRestamentotJ"#**#
general, podrá determinar que se prohíbafumar en lugares abiertos de los
establecimientos que dirijao administre.
ARTíCULO 4I'.-Del Ejercicio delDerechoLey de La Silla
En los almacenes,tiendas,bazares, bodegas, depósitosde mercaderías
y demás establecimientoscomercialessemejantes, aunque funcionen
como anexos de establecimientos de otro orden, elllalle empleacor/aie
mantendrá el número suficiente de asientos o sillasa disposición de
los/as/es dependientes o trabajadores/as.La disposiciónprecedente será
aplicable en los establecimientosindustriales,y a los/as/es
trabajadores/as del comercio, cuando las funciones que éstos
desempeñen lo permitan.
ARTíCULO 42'.-De la Aplicación de Los Protocolos MINSAL
El municipio realizará las acciones parala aplicación de los crotocolos
MINSAL que correspondande acuerdo con la identificación de peligros,
para adoptar todaslas medidas necesarias para proteger eficazmente la
salud de los/as/es trabajadores/as cuandopuedan estarexpuestos/as/es
a agentes físicos,agentesquímicos o agentes biológicos que puedan
producir una enfermedad profesional. VerAnexo N'3 Protocolos MINSAL.
TITULO III
DE LA DENUNCIA, INVESTIGACIÓN Y SANCION DEL MALTRATOLABORAL,
ACOSO LABORAL, ACOSO SEXUAL Y DISCRIMINACIÓN
ARTíCULO 43".-Tomando en cuenta la normativa vigente, Ley N'20.005, que tipifica y
sanciona el acososexual en toda relación de trabajo, ya sea pública o
privada y la LeyN"20.607, que modifica el Código del Trabajo
sancionando las prácticasde acoso laboral y el instructivo presidencial
N'6 de mayo de 2018, sobre igualdad deoportunidadesy prevención y
sanción de maltrato, acosolaboral y acoso sexual en los ministerios y
servicios de la administracióndel Estado, la Municipalidadde Santiago ha
desarrollado el protocolode "Denuncia, lnvestigacióny Sanción de
Maltrato Laboral,AcosoLaboral, Acoy so SexualDiscriminación"
(Protocolo MALS).
ARTíCULO 44'.-Este procedimientose aplicará a todas las personas que trabajan en y
para la Municipalidad de Santiago, independiente de la calidad jurídica en
que se encuentren contratados/as/es,comprendiena do los/as/es
funcionarios/as/es de planta,a contrata, ahonorarios, Código del Trabajo
y alumnos/as/es en práctica. Si la persona denunciada es externa al
municipio se entregarán losantecedentesa la instituciónrespectiva para
aplicar el procedimiento correspondiente.
45'.- RTIGULOAcoso Sexual
Se entenderá poracoso sexual el que una persona realice en forma
indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no
consentidos por quien losrecibe y queamenacen operjudiquen su
situación laboral o sus oportunidades en elempleo De conformidad alArt.
2del Código del Trabajo, Art. 1 y 2, LeyN'18' N"1 a)
N"20.005 y Art. 1 N'1, Ley N'20.607.
q
L J
ILUSTRE MUNICIPALIDAD Df SANTIAü0 " Plaza deArmasS/|i.227 13 6CC0 - 8C'J
r-

Tabla 19 (página 19 (texto) · 54 filas)

secRernníe uuNtctpAL
DEPTO.ASUNTOS MUNICIPALES
RegtamentoN"#**TJ
Las conductas de acoso sexual pueden presentarse tanto entre superior
y subordinadolale (yviceversa), como entre pares. su manifestacién
puede producirse por diversas vías,entre ellas el correo electrónico,
cartas, mensajes, llamados telefónicos, regalos, ty arjetas, otras
manifestaciones queimpliquen una conducta sexual nodeseadá por la
persona afectada queatente contra sudignidad.
Asimismo, constituyeacoso sexual eluso de términosde naturaleza
o
connotación sexualo (escritos verbales), insinuaciones sexuales,
proposiciones sexuales, gestos obscenos que resulten insoportables,
hostiles, humillantes uofensivos, acercamientos corporales, roces u otras
conductas físicas denaturaleza sexual que resulteny ofensivas no
deseadas por la persona afectada. El trato ofensivo u hostir por el rechazo
delas conductas anteriormente señaladas también es constitutivo de
acoso sexual.
Enla l. Municipalidadde santiago serán consideradas, entre otras,
como conductas constitutivas de acoso sexual las siguientes:
aContacto físico nodeseado, talescomo: roces en el cuerpo de otro
trabajador/a/e, palmadas en el cuerpo, etc.
oConducta verbalno deseada, tales como: insinuaciones de índole
sexual molestas,proposiciones opresión para la actividad sexual,
insistencia parauna actividad social fuera del lugar de trabajo,
después que hayaquedado en claro que dicha insistencia es molesta,
flirteos ofensivos,etc.
Conducta no verbal de naturalezasexual, tales como: exhibición de
fotos sexualmentesugestivas o pornográficas, exhibición de objetos
o materiales escritos de carácter sexual, correos electrónicos o cartas
con intenciones sexuales, gestos obscenos, etc.
Acoso Laboral
Sedefine como "Unacto contrarioa la dignidad de las personas,
configurado por toda conducta que constituya agresiónu hostigamiento
reiterados, ejercida por la jefatura o unolale o más trabajadores/as en
contra de otro/a/e u otros/as/es trabajadores/as, por cualquier medio, que
tenga como resultado para elllalleo los/las/les afectados/as/es, su
menoscabo, maltrato ohumillación, o bien, que amenaceo perjudique su
situación laboral o susoportunidadesen el empleo"(LeyN'20.607, que
modifica el Código del Trabajo, sancionando fas prácticas de acoso
laboral).
Prácticas Constitutivas de Acoso Laboral: El AcosoLaboral puede
omar formas muy diversas, siendo unos de sus aspectos constitutivos
quesean prácticas reiteradas en el tiempo y dirigidas auna persona o
personas específicas. En consecuencia,para estar en presencia de acoso
aboral:
oDeben existir conductas que impliquen una agresión moral o física
hacia élllalle o los/as/les trabajadores/as afectados/as/es o que sean
contrarias a la dignidad de la persona, asícomo las molestias o burlas
insistentes en sucontra, ademásde la incitacióna hacer algo,
siempre que todasdichas conductas se ejerzan en forma reiterada,
cualquiera sea el medio por el cual se somea ta los/as/es
afectados/as/es atales agresionesu h
acoso es persistente, reiterada y
PALIDAD DE SANTIAü0 . Plaza deArmas 51N . 227 13 6000- 8Ü0

Tabla 20 (página 20 (texto) · 56 filas)

Viycrnosbien
SEcRETARíA MUNtctpAL
sY60DEPTO.ASUNTOS IVIUNICIP1::I
ILUSTRg MUNICIPALIOADRegtamentoJ\.#**rJ
a Tales conductasdeben ocasionar menoscabo, maltrato o humillación
hacia élllalle o los/as/es trabajadores/as afectados/as/es, debiendo
entenderse por tales, segúnya se precisará, cualquier acto que cause
mengua o descrédito en suhonra o fama o que implique tratar mal de
palabra u obra oque los hiera en su amor propio oen su dignidad, o
bien, que ameo nacenperjudiquenla situación laborál o las
oportunidades deempleo de dichos afectados. Los efectos en la o las
víctimas deben ser clarosy evidentesa nivel físico y/o psíquico, y
pueden ser en distinto grado.
o Estas conductasdeben serejercidas por elllalle empleador/a/e o por
unolale o más trabajadores/as (sujetoactivo), debiendo, a su vez,
dirigirse tales acciones encontra de uno/a/e o mástrabajadores/as
(sujetos pasivos).Debe haber asimetríade poder (formal o informar).
ARTÍCULO47'.-Queda prohibido paratodo/a trabajador/a de la Municipalidad de santiago,
que ejerza en formaindebida,por cualquier medio, requerimientos de
carácter sexual, no consentidospor quien los recibe y que amenacen o
perjudiquen su situación laboralu oportunidades de empleo.
ARTÍCULO48'.-lncorpora el acto de discriminación arbitrariacomo causal de destitución
en el Estatuto Administrativo para funcionarios/as/es públicos/as/es y en
el Estatuto Administrativo para funcionarios/as/es Municipales. Ley
N'20.609 sobre Medidas contrala Discriminación Artículo 2: "Definición
de discriminación arbitraria. Para los efectosde esta ley,"se entiende por
discriminación arbitraria todadistinción, eo xclusiónrestricción que
carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o
particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio
legítimo de los derechos fundamentales establecidos enla Constitución
Política de la República, o en lostratados internacionalessobre derechos
humanos ratificados por Chile, yque se encuentren vigentes, en particular
cuando se funden enmotivos tales como la raza o etnia,la nacionalidad,
la situación socioeconómica, elidioma, la ideología u opinión política, la
religión o creencia, la sindicación o participación enorganizaciones
gremiales o la falta deellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de
género, el estado civil, la edad, la filiación,la apariencia personal y la
enfermedad o discapacidad".
El protocolo considerala posibilidad de denuncia de maltrato laboral, si
bien no está acogido aalguna ley, la denuncia de estos hechos si puede
significar realizar una investigación sumaria osumario administrativo bajo
la "FALTA A LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA".
El maltrato laboral se defínecomo "cualquier manifestación de una
conducta abusiva, especialmente, los comportamientos,palabras, actos,
gestos, escritos y omlsiones de carácter generalizada, quepuedan atentar
contra la personalidad, dignidad o integridad física o psíquica de una
persona, poniendo enpeligro suempleo o degradandoel clima laboral.
Se caracteriza por presentarse como una agresión evidente y esporádica.
sin tener un objetivo o víctima específica" (Orientaciones para la
Elaboración de un Procedimiento de Denuncia y Sanción del Maltrato,
Acoso Laboraly Sexual,2018 del Servicio Civil).
Cuando hablamos demaltratolaboral nosreferimos alas siguientes
conductas más comunes:
a La conducta violenta es generalizada, yaquedistinci
frente a la "víctima", sino más bien la con
igual
ILU$TftE MUNICIPALIDAD De SANTIAGO . Plaza de Arnras S¡Ni . 227 13 6000 - 8C0

Tabla 21 (página 21 (texto) · 51 filas)

Viy<rmosbien
secReteRÍe MUNtctpAL
wY60DEPTO. ASUNTOS IVIUNICIP€
¡LUSTREReglamento N" 948 /
I.,lUNICIPALIOAD
Página N"21
oLa acción es evidente,debido a que cuando nos referimos a
conductas de maltratoestamos frente a acc¡ones que no son
encub¡eñas, valedecir,que se realizan sin importar si existen
testigos, sin importar contexto ni lugar.
oNo existe un objetivo común que estédetrás de una conducta de
maltrato laboral, ya que nose relaciona con desgastara la víctima.
oAl estar frente auna acción del tipomaltrato, la agresión es
esporádica, ya queno se tiene una víctima ni un objetivo común.
El maltrato afectala dignidad de las personas al igual que el acoso
laboral, constituyeuna acción grave quedegrada a laspersonas que
lo padecen y que debeser tratado con la mismaimportancia y
complejidad de otras conductas violentas.
OExisten situaciones de maltrato y discriminación cuando se hacen
distinciones, exclusiones opreferencias basadas en motivos de sexo,
raza, color, edad,religión,opinión política, nacionalidad, orientación
sexual, identidad de género, enfermedado discapacidad, que tengan
por objeto anular oalterarla igualdad deoportunidades o de trato en
el empleo y la ocupación.
oEl maltrato verbaltambiénincluye el lenguaje violentodiscriminatorio
hacia la víctima,basados en los motivos indicados en el punto
anterior.
ARTTCULO49'.-Todo/a/e trabajador/a/e de laMunicipalidadde Santiago que sufra o
conozca de hechos ilícitos definidos como acoso laboralo sexual por la
leyo este reglamento, tienederecho a denunciarlos,por escrito, al
Señor(a) Alcalde(sa)o a la lnspeccióndel Trabajo competente.
Considerar que actualmente existe un canal de denuncia formal para
hacer denuncias MALS:
oCorreo electrónicocomitedebuentrato@munistgo.cl
oSobre cerrado dirigido a Comité de BuenTrato, SantoDomingo 916,
piso 6, oficina 603,Dirección de Gestión de Personas.
ARTTCULO50".-Todadenunciarealizadaen lostérminos señalados en elartículo anterior,
deberá ser investigadapor la Municipalidad de Santiago de conformidad
al Protocolo MALS.
ARTíCULO5l'.-De laDenuncia
Para realizar una denunciadebe completarel Formulario de Denuncia
de conductas que atentan contra la dignidad de las personas (Anexo
N'6), señalando: datos deidentificación del/de lalde le denunciante
y/o víctima, y antecedentesde la personadenunciada.
oNarración de hechos que motivan Ia denuncia.
Antecedentes quesirvande fundamento (narración de testigos,
correos electrónicos, fotografías, pantallazos, documentos médicos,
entre otros).
ARTICULO52'.-DelComité del Buen Trato Laboral. Sus funciones son las siguientes
oRegistrar la recepción de la denuncia y e
alllalle denunciante, cuando estas por
ILUSTRE MUN,CIPALIOAO DE SANTIASO . Plaza deArmas Slli .227 '13 60C0 - SCC

Tabla 22 (página 22 (texto) · 48 filas)

DEPTO. ASUNTOS II¡UNICIP1:=
Reglamento N" 948
Página N"22
cuando serealiza por correoelectrónico.
aRevisar elcumplimientodelos requisitosde la denuncia y crear
expediente.
OElaborar informe en unperíodo de 3 a7 díashábiles sobre la
procedenciade una denuncia.
aRealizar uncatastro, seguimiento y registrode las investigaciones o
sumarios por casos de acoso y/o discriminación, ysus resultados,
pudiendo solicitar para estoinformes breves de losfiscales a cargo
sobre el estado de tramitación de los sumarios, manteniendo estricta
reserva y confidencialidad respecto a ellos.
oRealizar acompañamiento técnico a las víctimas queasí lo soriciten,
desde el proceso de la denuncia hasta el cierre de lainvestigación.
Encaso de quela denuncia involucre a funcionarios/as/esde la Dirección
deEducación Municipal (DEM)o de la Dirección de Salud (DISAL), el
Comité de Buen Trato consultará la normy ativaprocedimientos
particulares delsector para contextualizar la denuncia y aplicar los cursos
deacción pertinentes. Una vez recibida la denuncia demaltrato, acoso
laboral o acososexual, estaunidad deberá evaluar la gravedad de los
antecedentes, einformará dentrode siete días hábiles administrativos, a
lamáxima autoridad, a fin que se ordene la instrucción de un
procedimientodisciplinario oinvestigación, por mediodel respectivo
decreto, quiendeberá designa ar unlale fiscal oinvestigador/a/e
sumariante, paraque investigue los hechos denunciados.
ElAlcalde o Alcaldesa eslapersona responsablede analizar los
antecedentes, calificar la procedencia de ladenunciy a ordenar la
instrucción deuna investigación sumaria y/osumarioadministrativo,
según procedimientos establecidos.
T¡TULOIV
DELAS PROHIBICIONES
Quedan estrictamente prohibidasen los lugaresde trabajo las siguientes
acctones:
1.lntroducir, vender o consumirbebidas alcohólicas odrogas ilícitas o
estupefacientes (cocaína, pasta base de@caína, opiáceos en
general, heroína, marihuana,entre otras). Lo anterior, de acuerdo a
lo dispuestoen el artículo 82', de la Ley N'18.883,que "Aprueba
Estatuto Administrativo paraFuncionarios Municipales", en relación
con el artículo 64, de la LeyN'18.575, "LeyOrgánicaConstitucional
de Bases Generales de laAdministración delEstado"y en la Política
de Prevención del Consumode Drogas y Alcohol enel Trabajo y en
la Familia dela lMS, vigente desde el año 2009.
2.Presentarseen estado deebriedad, bajo elefecto de alguna droga
y/o condiciones fisicas incompatibles con susfunciones. Lo anterior,
de acuerdoa lo dispuestoenel artículo 82'de la18.883
"Aprueba Estatuto Administrativo Para Fu
relación con el artículo64de la Ley NO
pALIOAD nE SANT|A$O. ?laza deArmas S/h".22713 6000 - 800 2030i1

Tabla 23 (página 23 (texto) · 49 filas)

secRernnÍa
MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
Reglamento N' 948 i
Página N"23
constitucional de Bases Generales dela Administración del Estado".
3Presentarse al trabajo sin la ropa, calzado, credenciar municipar y
cualquier elementode protección personal que la Municipalidad le
proporcione paratalefecto.
4.Fumar o encenderfuego en lugaresen que elloesté prohibido por
razones de seguridad, donde impliqueriesgo o donde lo prohíba ta
legislación vigente.
5.Hacer bromas, jugaro reñir en horas ylugares de trabajo.
6.Transitar en formaprecipitada o correr por escaleras, pasillos y
lugares de trabajo.
7.Transitar mirando elcelular, ya sea enpasillos de tránsito, escaleras
u otros.
8.Romper, rayar, retirar o reubicarafiches, avisos, normas o
publicaciones de Prevención de Riesgos, Higiene o Seguridad
lndustrial instaladospara conocimiento o advedencia de los/as/es
trabajadores/as.
9.Modificar la instalación o reparación deequipos y sistemas eléctricos
por personal noautorizado para ello.
10.lnutilizar, retiraro dejar sin funcionamiento cualquier elemento de
protección de máqo uinas herramientas (Protecciones, fusibles,
alarmas, topes de seguridad, etc.) otros, sin previaautorización de su
jefatura directa.
11.Desconectar, bloqu uear operarsistemascomputacionales,
máquinas, equiposde aire acondicionado uotros, sin previa
autorización del áreatécnica.
12.Ocultar o informar enforma tergiversada u omitir losdatos referentes
a accidentes o enfermedades.
13.Ocultar los hechos que conozca en relación con el funcionamiento de
la faena, trabajoo servicio, o con motivo de ser entrevistadolale para
estudiar enfermedades profesionales,investigar accidentes o fallas
en los procesos.
14.a Negarse usar los elementos deprotecciónpersonal que la
Municipalidad leproporcione para tal efecto.
15.Realizar actividadeso procesos calificados como peligrosos, sin
colocar las advertencias correspondientes para evitar accidentes o
daños al resto delostrabajadores (Porejemplo, soldar al arco en un
lugar de tránsito,sinadvertencias ni protecciones).
16.Ocultar o abandonaren patios u otros recintos, envases con gases a
presión, solventes, combustibles, inflamables, explosivos, sustancias
radioactivas, plaguicidas u otros contaminantes.
17.Trabalar con gasesa presión, solventes, combustibles, inflamables,
explosivos, sustancias radioactivas, plagu otros S
contaminantes cuyosenvases no esténdebi
identificación y peligrosidad.
PALIDAD DE SANTIAGO . PIázade An?las SiN ' 227 13 6C00 - 8C02030i

Tabla 24 (página 24 (texto) · 48 filas)

secRernnín MUNtctpAL
DEPTO.ASUNTO'
"*¡6¡RNLES
Reglamento N" 948 /
Página N"24
18. lngresar o portar armas blancasy/o de fuego en er rugar de trabajo.
19.Adulterar el registroo tarjetas de entrada ysalida altrabajo, marcar o
registrar la llegadao salida de algún otro trabajador.
20.El uso de todo solvente o sustancia peligrosa (Definida en el Decreto
N"594, Reglamento Sobre CondicionesSanitarias y Ambíentales
Básicas en los Lugares de Trabajo) que nocumpla con lo descrito en
los Decretos Supremo N"78 y N"148.
21.Automedicarse durante la jornada laboral
22.Aplicarse o ingerirotros medicamentos distintos a los prescritos por
el médico tratante del accidente deltrabajoo enfermedades
profesionales.
23.Negarse a seguir eltratamientoo dificultar oimpedirdeliberadamente
su curación.
24.Elercer facultades,atribucioneso representación delas que no esté
legalmente investido, o no le hayan sido delegadas.
25.Atentar contra losbienes de la Municipalidad, cometer actos que
produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de
trabajo o disminuyan su valor ocausen sudeterioro.
26.Ejercer en forma indebida, porcualquiermedio, requerimientos de
carácter sexual, noconsentidospor quien los recibey que amenacen
o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo,
lo cual constituirápara todoslos efectosuna conducta de acoso
sexual.
27.Acosar sexualmente a cualquier persona orealizaractos inmorales
en los lugares de trabajo.
28.Ejecutar cualquieracto quepueda poner en peligro su propia
seguridad, la de sus compañeros/as/es detrabajoo la de terceras
personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el
trabajo se desempeñe.
29.lngerir alimentos enlugares nohabilitadoso destinados al consumo
de alimentos.
30.Utilizar de forma incorrecta los equiposde protección personal
destinados para lasfunciones que correspondan.
31.Abandonar el área de trabajo o dirigirse a otro lugar que no se asocia
a las funciones quedesempeña,durante lajornada laboral sin previa
autorización de quien corresponda.
32.Negarse al cumplimiento de estereglamento.
33.Conducir de forma irresponsable, incumpliendo las obligaciones
legales establecidasen el marcolegal chileno.
34.Trasladar sin autorización correspondientea personas naturales en
los vehículos municipales.
35.Realizar las tareas sin aplicar el
previamente definido.
IpALIDAD DE SANTIAGO . Plaea deAn¡as S1N . 227 136ü00 - 8C0

Tabla 25 (página 25 (texto) · 46 filas)

SEcRETARíA MUNtctp.AL
DEPTO.ASUNTO''U¡¡6IEAL-S
Reglamento N' 948 /
Página N'25
36.Agredir verbal o físicamente afuncionarios/as/esen la jornada de
trabajo.
37.Llevar mascotas oanimales alugares detrabajo que no estén
destinados al ejercicio o vínculodirecto con ellos.
38.Operar calderas o autoclaves,equipos generadores de radiaciones
y ionizantes sustancias radiactivas cuandono se cuente con la
o certificación autorización dedesempeño, según corresponda,
otorgado por elorganismocompetente(Secretaría Regional
Ministerial).
39.Verter sustanciasquímicas, biológicas o residuos tóxicos en el
desagüe, medio ambiente o lugares no autorizados.
40.Disponer los residuos generados en basurerosno acordes a la
clasificación de éste, esto sin perjuicio de loque indique el
Departamento encargado del protocolo o plan de manejo de residuos.
41.Conducir vehículospertenecientes al municipio sin la licencia y
autorización co rres po nd iente.
42.Falta de veracidadde la información proporcionada por parte del
trabajador conformea la autoevaluación de riesgospara trabajos a
distancia y teletrabajo.
43.Operar máquinas, equipos y/oherramientaspara lo cual no estén
capacitados. Efectuar trabajospeligrosos sinla autorización de la
Jefatura directa.
44.No dar cumplimiento a las medidas de distanciamiento social,
exigencia de uso demascarillas,higiene frecuente de manos frente a
riegos de contagio por virus COVID-19.
45.Resistirse a participar en lossimulacros programados por la
I
Municipalidad de Santiago para hacer frente auna emergencia.
CIONES DEL MUNICIPIO PARACON LOS FUNCIONARIOS
1.Permitir que los/as/es trabajadores/as realicentrabajos en los cuales
no posean las competencias parael correcto ejercicio.
2.Obligar a los/as/es trabajadores/as a realizar maniobras que vulneren
la seguridad y vida de las personas.
3.No dar cumplimientoa las medidas estipuladasen lanormativa frente
a riegos de contagiopor virus COVID-19.
4.No evaluar ylo dar cumplimientoa las medidas que recomiende el
Departamento de Prevención deRiesgos, conrespaldo normativo.
5.No organizar simulacros programados por la l. Municipalidad de
Santiago para hacerfrente a unaemergencia.
6.No contar con equipos, instalaciones, herramietnas
dispositivos de seguridad que permiten co
accidentes.
PÁ.LIDAD DE SANT|AG0. Plaza deArnas $1N.227 13 6000 - 8C1l 203011 .

Tabla 26 (página 26 (texto) · 54 filas)

mos bien
secRer¡nín MUNtctpAL
g6üDEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP1:=
¡,'UNICIPAL¡OADReglamento N" 949
página N"26
TITULO V
DELASSANCIONES
LO 54".-De acuerdo conel Art. 2o', D.s. 4ot6g, del Ministeriode Trabajo y
Previsión socialel presente Regramentocontemplar; á sancionei
los/as/es trabajadores/asque no lo respetenen cualquierade sus partes.
Las sanciones consistirán en multas en dinero que seránproporcionales
a la gravedad de la infracción, pero nopodránexceder dela cuarta parte
del salario diarioy serán aplicadas de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 153' del códigodel rrabajo. Estos fondos se destinarán a oiorgar
premios a los obrerosdel mismo establecimiento o faena, previo el
descuento de unlQoApara el fondodestinado a la rehabilitación de
alcohólicos/as que establece la Ley N16.744. sin perjuicio de lo
establecido en elincisoanterior, cuando sehaya comprobado que un
accidente o enfermedadprofesional se debióa negligencia inexcusable
de un/a/e trabajador/ale,el servicio Nacionalde salud, podrá aplicar una
multa de acuerdoconel procedimiento y sanciones dispuestos en el
código sanitario. Lacondición de negligencia Inexcusabre
será
establecida porel Comité Paritd arioe Higieney Seguridad
correspondiente. En aquellas que noestánobligadas acontar con un
Comité Paritario noregirá la disposición precedente.
LO 55'.-No obstante lo anterior, las/los/es funcionarios/as/es que contravengan las
disposiciones legales o reglamentariasde la l.Municipalidadde santiago,
se les podrá aplicar lassanciones dispuestas en manual de sumario,
estatuto administrativo, estatuto de atención primaria de salud municipal,
Ley 19.378, Estatuto Docente, Código del Trabajo según corresponda, las
del presente reglamentoy de más normas aplicables.
LO 56'.-El funcionario queinfringiere las obligacíones, deberes oprohibiciones
establecidas enestereglamento,sus normas, procedimientos e
instructivos derivados o complementarios, podrá ser objetode anotación
de demérito en su hojade vida o podrá dar lugar alinicio de una
investigación sumaria osumario administrativo según corresponda a la
gravedad del hecho, pudiendo ser objeto de las siguientes medidas
disciplinarias:
a) Censura, consistenteen una anotación dedemérito dedos puntos en
el factor de calificación correspondiente.
b) Multa, es la privaciónde un porcentaje dela remuneración mensual,
la que no podráser inferior a un 5o/o ni superior a un 20o/o de ésta. En
este sentido sedebetener presente que remuneración,corresponde
a cualquier contraprestación en dinero que el/la funcionario/a tenga
derecho a percibir enrazón de empleo o función, como, por ejemplo,
sueldo, asignación de zona, asignaciónprofesional, de tal manera
que los porcentajesde la multadebenser aplicados sobre este
concepto y nosobreel monto correspondiente al sueldo".
c) Suspensión delempleo desde treinta a tresmeses, en forma temporal
con goce deun ca incuentaun setenta por ciento de las
remuneracioney ssin poder haceruso de losderechos y
prerrogativas inherentes al cargo.
1,ii
ILUSTRE MUNICIpALIOAD DE SANTIACO . pláz3 de Arnlas SiN . 227 13 6C00- 8C0

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secRernnfn MuNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP1!=
Reglamento N' 948 /
Página N.27
d) Destitución, que es la decisión der arcarde o alcaldesa de poner
términoa los serviciosde unlale funcionario/aie.
Las faltasincurridas deforma recurrenteserán causales de baja
calificación.
TITULO VI
DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS
El procedimiento se encuentra contenido enel Artículo76' de la ley
N"16.744 yestablece quela entidad empleadora deberá denunciar al
organismoAdministrador,inmediatamente deproducido, todo accidente
o enfermedad que puedaocasionar incapacidad para el trabajo o la
muerte dela víctima. Elllalle accidentadolale o enfermo/a/e, o sus
derechos habientes, o elllalle personal médicoque trató odiagnosticó la
lesión o enfermedad, como igualmente el Comité Paritario de Higiene y
Seguridad, tendrá también, la obligación de denunciar el hecho en dicho
OrganismoAdministrador,en el caso de quela entidad empleadora no
hubiere realizado la denuncia.
Las denuncias mencionadas en el inciso anterior deberán contener todos
los datos quehayan sido indicados por el Servicio de SaludMetropolitano.
Los Organismos Administradores deberán informar al Servicio de Salud
los accidentes o enfermedades que les hubieren sido denunciados y que
hubieren ocasionado incapacidad para eltrabajoo la muertede la víctima,
en la formay con la periodicidad que señaleel Reglamento. Decreto
Supremo N'101, de 1968,del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
publicado enel Diario Oficial N"27.061, de7 de junio de1968: aprueba
Reglamentode la Ley N"16.744 y sus modificaciones.
Las acciones para reclamar las prestaciones por Accidentes del Trabajo
oEnfermedades Profesionales está establecido en la LeyN"19.394 (del
Diario OficialN'35.198 del21 dejunio de 1995) y quetienerelación con
el ARTÍCULO 77" bis. y dice: El/lalle trabajadorlale atectadolale por el
rechazo deuna licenciao de un reposo médico porparte de los
organismosde los Servicios de Salud, de las lnstituciones de Salud
Previsional ode las Mutualidades de Empleadores, basado en que la
afección invocada tiene ono tiene origen profesional, según el caso,
deberá concurrir ante el organismo de régimen previsional a que esté
afiliado, queno sea el querechazó la licenciao reposo médico, el cual
estará obligado a cursarlade inmediato, y aotorgar lasprestaciones
médicas o pecuniarias quecorrespondan, sinperjuicio delos reclamos
posteriores yreembolsos, si procedieren, que establece este artículo.
La situaciónprevista en elinciso anterior, cualquier persona o entidad
interesada podrá reclamar directamente enla Superintendencia de
Seguridad Social por el rechazo de la licencia o del reposo médico,
debiendo ésta resolver, concompetencia exclusiva y sin ulterior recurso,
sobre el carácter de la afección que dio origen aella, en el plazo de treinta
días contadodesde recepción de los antecedentes que se requieran o
desde la fecha en que el trabajado r afectado se hu sometido a los
exámenes que disponga dicho, si éstos fueren
IPALIDAD DE SANTIAG0. Plaza deArr.'rasS1ñ.227 13 6000 - 8C0

Tabla 28 (página 28 (texto) · 57 filas)

Viycrmosbien
secnetaRín MUNtctpAL
WY6ODEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP€
ILUSÍRE MUN¡CIPALIÜADReglamento N' 948 /
Página N'28
Si la Superintendencia de Seguridad social resuelve que las prestaciones
debieron otorgarse con cargo a un régimen previsional diferente de aquel
conforme al cual seproporcionaron, el servicio de salud,el lnstituto de
Normalización Previsional, la Mutualidad de Empreadores, la caja de
compensación deAsignación Familiar o la rnstitución de salud
Previsional, según corresponda, deberánreembolsar er valor de aquellas
al organismo Administrador de la entidadque las solventó,debiendo este
último efectuar el requerimiento respectivo. En dicha conformidad al
régimen de salud previsional a que esté afiliado/a.
El valor de las prestaciones que, conforme al inciso precedente,
corresponda reembolsar, se expresará enunidades de fomento, según el
valor de estas en el momento de su otorgamiento, conmás el interés
corriente para operaciones reajustable aque se refiere laLey N'18.010,
desde dicho momento hasta la fecha del requerimientodel respectivo
reembolso, debiendo pagarse dentro del plazo señalado, las sumas
adeudadas devengarán el 10% de interésanual, que se aplicará de pago.
En el evento de que las prestaciones hubieren sido otorgadas conforme a
los regímenes de salud dispuestos para las enfermedadescomunes, y la
Superintendencia deSeguridad Social resolviere que la afección es de
origen profesional, elFondo Nacional deSalud, el Serviciode Salud o la
lnstitución de SaludProfesional que las proporcionó deberádevolver a la
persona trabajadoraparte del reembolsocorrespondienteal valor de las
prestaciones que este hubiere solventado, conforme al régimen de salud
previsional a queesté afiliadolale, con los reajustee intereses
respectivos. El plazopara su pago será dediez días, contados desde que
se efectuó el reembolso.
Si, por el contrario, la afección es calificada comoy común las
prestaciones hubierensido otorgadas como si su origen fuere profesional,
al Servicio de Saludo la lnstitución de Salud Previsional que efectuó el
reembolso, deberácobrar a su afiliadolale la parte delvalor de las
prestaciones que éste le corresponde solventar, según el régimen de
salud de que se trate,para lo cual sólo se considerará el valor de aquellas.
ARTíCULO60'.-Las acciones para reclamar las prestaciones por Accidentes del Trabajo
o Enfermedades Profesionales prescribenen el término de cinco años,
contados desde la fecha de ocurrencia del accidente o diagnóstico de la
enfermedad.
ARTTCULO6l'.-Como lo detalla enel D.S. 101 lde 1968, del Ministeriodel Trabajo y
Previsión Social Artículo N'73, corresponderá al organismoadministrador
que haya recibido ladenuncia del médicotratante, sancionarlas sin que
este trámite pueda entrabar el pago de lossubsidios.
La decisión formal dedicho organismo tendrá carácter dedefinitiva, sin
perjuicio de que lasreclamaciones puedan deducirse con arreglo al
párrafo 2' del Título Vlll de la Ley.
ARTíCULO62'.-Como lo detalla enel D.S. 101 lde 1968, del Ministeriodel Trabajo y
Previsión Social, Artículo N'76, corresponderá exclusivamente al Servicio
Nacional de Salud ladeclaración, evaluación, resolución y revisión de las
incapacidades permanentes. Lo dispuesto en el inciso anterior se
entenderá sin perjuicio de los pronunciamientos que pueda emitir sobre
las demás incapacidades como consecuencia del ejercicio de sus
funciones fiscalizadoras los
sobre serviciosAD
+
ILU$TRr MUNICIpALIDAD Df SANTIA60. PlazádeArnras sll.'i .227 13 6000 - 8C0

Tabla 29 (página 29 (texto) · 55 filas)

Viy<¡mosbien
SEcRETARíA MUNtctpAL
wY60DEPro. Asu Nros rvtuN tctpl:=
]LUSIREN"
T'IUN¡TIPALIOADReglamento 948 /
Página N'29
Sin embargo, respectode los/as/estrabajadores/as afiliados/as/es a las
Mutualidades, la declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las
incapacidades permanentes derivadas deaccidentesdel trabajo
corresponderá a estas instituciones.
ARTTCULO63..-como lo detalla enelD.s. 101lde 1g68, der Ministerio del rrabajo y
Previsión social, Artículo N'79, la comisión Médica tendrácompetencia
para conocer y pronunciarse, enprimera instancia, sobre todas las
decisiones del servicioNacional desalud y de las Mutualidades en los
casos de incapacidadderivadas deaccidentesdeltrabajo desus afiliados
recaídas en cuestionesde hechoque se refieran a materias de orden
médico. Le corresponderá conocer,asimismo,de las reclamaciones a que
se refiere el artículoN"42 de la Ley. En segunda instancia,conocerá de
las apelaciones entabladas en contra de las resoluciones dictadas por las
Jefaturas de Áreasdelservicio Nacional desalud, en lassituaciones
previstas en el artículo 33 de la misma ley.
ARTíCULO64".-Como lo detalla enelD.S. 101lde 1968, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, Artículo N"80, los reclamoy s apelaciones deberán
interponerse por escrito, ante laComisiónMédica misma ante la
lnspección de Trabajo.En este último caso,el inspectordel Trabajo
enviará de inmediatoelreclamo apelación y demás antecedentes de la
Comisión.
Se entenderá interpuestoel reclamoo recursoa la fecha de la expedición
de la carta certificada enviada a laComisiónMédica o lnspección de
Trabajo, y si se ha entregado personalmente,a la fecha enque conste
que se ha recibidoenlas Oficinas de la Comisión Médica o de la
lnspección del Trabajo.
ARTTCULO65'.-Como lo detalla enelD.S. 101lde1968, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, ArtículoN"81, el término de 90 días hábilesestablecido
por la fey para interponerel reclamoo deducir elrecurso se contará desde
la fecha en que se hubiere notificado la decisión o acuerdo en contra de
los cuales se presente.Si la notificación sehubiere hecho por carta
certificada, el términosecontará desde la recepción de dichacarta.
ARTIGULO66'.-Como lo detalla enelD.S.101/de1968, delMinisterio del Trabajo y
Previsión Social, ArtículoN'91, el recurso de apelación, establecido en el
inciso 2' del artículo77 de la Ley, deberá interponerse directamente ante
la Superintendencia ypor escrito. Elplazo de 30 días hábilespara apelar
correrá a partir de lanotificación de la resolución dictada porla Comisión
Médica. En caso quela notiflcación se haya practicado mediante el envío
de carta certificada, setendrá como fechade notificación la de la
recepción de dicha carta.
ARTTCULO67'.-Como lo detalla enelD.S. 101/de1968, delMinisterio del Trabajo y
Previsión Social, ArtículoN"93, paralos efectosde la reclamación ante la
Superintendencia a quese refiere elinciso 3'del artículo N'77 de la Ley,
los organismos administradores deberán notificar todas las resoluciones
que dícten medianteel envío de copia de ellasalla lala le afectado/a/e,
por medio de cartacertificada. Elsobre enque se contenga dicha
resolución se acompañará a la reclamación, para los efectos de la
computación del plazo,al igual que en loscasos señalados en los
Artículos N'80' y N"91'.
¡Lt,STRE MUNICIpALIOAD nr SANTIAoO. plazodeArnras $lAi .227 136üC0 - 8Cü

Tabla 30 (página 30 (texto) · 49 filas)

bfen
secnenníl
MUNlctpAL
DEPTO. ASUNTO'
GO"¡¡6IEALES
IPALIOADReglamento N' 948 /
Página N'30
TITULO VII
E LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR LOS RIESGOS LABORALES
68'.-De acuerdo con loestablecidoen el D.S. 40169, Artículo 21', la
Municipalidad de santiago, tienela obligación de informar oportuna y
convenientemente atodos/as/essus trabajadoras/es acerca de los
riesgos que entrañansus labores,de las medidas preventivas y de los
métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentesa la actividad
de la Municipalidad, yse contienenen el Anexo N"1.
Especialmente deben informar alos trabajadores/as acerca de los
elementos, productosy sustanciasque deban utilizar en losprocesos de
producción o en su trabajo, sobre laidentificación delos mismos (Fórmula,
sinónimos, aspectos yolor) sobre los límites de exposición permisibles de
esos productos, acerca de los peligros parala salud y sobrelas medidas
de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.
Artículo agregado porel D. S. 50, D. O. de 21 Julio88, del Ministerio de
Trabajo y Previsión Social.
69'.-De acuerdo con loestablecidoen el D.S. 40/69, Artículo 22", la
Municipalidad de Santiago, deberán mantener losequipos ydispositivos
técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos losriesgos que
puedan presentarse enlos sitios detrabajo. Arfículoagregadopor e/ D. S.
50, D. O. de 21 Julio 88, del Ministerio de Trabajoy Previsión Social.
70'.-De acuerdo con loestablecidoen el D.S. 40/69, Artículo 23", la
Municipalidad de Santiago, deberádar cumplimiento a lasobligaciones
que establece elartículo21", a través de los ComitésParitarios de Higiene
y Seguridad y los Departamentos de Prevención deRiesgos, al
momento se contratara las y los trabajadores o decrear actividades que
implican riesgos.
Cuando en la respectiva institución no existanlos Coo mités los
Departamentos mencionados en elinciso anterior,el empleador deberá
proporcionar la información correspondiente en la forma queestime más
conveniente y adecuada. Artículo agregadoporelO.S. 50,0.0. de21 Julio
88, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
7l'.-De acuerdo con lo establecido en el D.S. 40/69, Artículo 24". "Las
infracciones en queincurran laMunicipalidadde Sana tiago las
obligaciones que les impone el presente Título, serán sancionadas en
conformidad con lo dispuesto en losartículos 11" y 13" del D.S. N'173, de
1970, del Ministerio del Trabajo yPrevisión Social, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 69', de laLey N'16.744".Artículo agregado por
el 0.5. 50,0.0. de 21 Julio 88, delMinisterio deTrabajoy Previsión
Social.
:!
-¡l'
RÉ MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO. plaza deAn-¡as S1N.227 136000 - 8CC 203011

Tabla 31 (página 31 (texto) · 31 filas)

DEpro. ASUNToS lr¡UNtctp€
WYGO
ILUSTRE MUNICIPALIOADReglamento N" 948
Página N"31
T¡TULO VIII
DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIA DEL REGLAMENTO
ARTíCULO 72'.-Los reglamentosinternosy sus modificaciones deberán ponerse en
conocimiento de los/as/estrabajadores/as treinta días antes de la fecha
en que comiencena regir,y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del
lugar de las faenascon la misma anticipación.Deberá también entregarse
una copia a los sindicatosy a los comitésParitarios existentes en la
institución. De conformidadalArt. N"156 del Código del Trabajo.
ARTÍCULO 73'.-El presente Reglamento entrará en vigencia unavez publicado y derogará
cualquier disposición anterior relacionadacon estay materia, se
entenderá prorrogado automáticamente, si noha habido modificaciones u
observaciones porparte delDepartamento dePrevenciónde Riesgos, del
Comité Paritario, oa falta de éstos, de la institución o funcionariado.
ANÓTESEy transcríbase atodas lasReparticiones
Municipales, Departamento de Transparencia para su publicación en T.A., Dirección
de Comunicacionespara su difusióninternavía correo electrónico e intranet municipal,
Departamento deAsuntos Municipales para su publicación en MarcoNormativo,
Dirección de Gestión de Personasy pase al Departamento de Prevención de
Riesgos, para suconocimiento y fines consiguientes.
FIRMADO:
ü0
1
i
PACORTESLER JACOB
SECRETARIO MUNICIPALSA DE SANTIAGO
ASUNTOS
T4UMCIPATES
¡LU,STRE MUNICIpALIDAD DE SANTIAüO . pláza de Arüas$,r** . 227 '13 6000 - 8C0 203Ü11 . '¡/,rvr.mrrnístgo.cl

Tabla 32 (página 32 (texto) · 53 filas)

¡LUSIRF MUNICIPALIDADReglamento N' 948
Página N"3
ANEXOS, que forman parte integrante del presenteReglamento:
ANEXONO 1: OBLIGACIÓN DE INFORMAR RIESGOS
LABORALES
ART 21 DECRETO SUPREMO40
RIESGOSCONSECUENCIASMEDIDAS PREVENTIVAS
o Observar área de trabajo en busca de desniveles
CAíDAEsguincespara prevenir caídas y tropezones
MISMO/DISTINTOo Mantener el orden y limpieza en el lugar de trabajc.
NIVELHeridaso Mantener superficie detrabajo libre de materiales.
o Delimitarpasillos y zonas de tránsito.Estas deben
Fracturasestar libres de obstáculos
o Prohibirel correr por pasillos y escaleras
Contusioneso lnformara la jefatura situaciones de riesgos que no
estén a su alcance solucionar.
Lesiones. lmplementación de cintas antideslizantes
Múltipleso Señalizarsuperficies resbalosas
o Desempeñar la ejecución de las tareas y traslados
en su lugar de trabajo con atención.
o Cumplircon el procedimiento de trabajo seguro
para trabaios enaltura.
¡ Asegurar materiales contramovimientos
GOLPEADO CON,Heridasinesperados,
POR O CONTRA. No dejarobjetos o herramientas expuestas a caer
Fracturasde altura.
o No cargar más 25 kilos para hombres y 20 kilos
Contusionespara las mujeresen el manejomanualde material.
o Mantenerbordes de lugares de trabajodespejados
Lesionesde herramientaso materiales que puedan caera menos de
Múltiples10 cms. del borde.
o Mantenerel orden y limpieza en el lugar de trabajo
Muerteo Ubicar los materiales o herramientas más pesados
en niveles inferiores de los estantes.
. Mantener herramientasprotegidas, cuando no se
utilicen.
o Uso de calzado de seguridad, en lospuestos de
trabajo que correspondan.
r Uso delente de seguridad o careta facial si
corresponde.
o Uso permanente decasco de seguridad si
nde
TROPELLOHeridaso Uso obligatorio de vestuario institucional con
huinchas reflectantes
Fracturaso Cruzar lacalzada en lugares permitidos
o Uso de contenedor de basura en tareas de barrido
Contusionescon huincha reflectante.
. Al barrer en calzada utilizarcontenedor
Lesionesposicionado unosmetros antesdel lugar de barrido.
Múltiples. No usar audífonos
. Antes debajar de pisadera de camión recolector
Muertevisualizar vehículos en calzada.
ó
ILU$TRÉ MUNICIPALIDAD DE SANTIAü0. Plaza deArmas $1ñ.227'136000 - 800 2030i1. \1r,*v.mxn¡stgo.cl

Tabla 33 (página 33 (texto) · 65 filas)

SEcRETARÍA MUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
WYGO
ILUSTRC MUNICIPAIIüAOReglamento N' 948
Página N'33
COLISIONHeridaso Contar con licencia de licencia de conducir al día
para uso de vehículo institucional
Fracturaso Respetarlas normasdel transito
o Revisar periódicamente el vehículo a conducir
Contusioneso Si observa algunacondición enel vehículo
informar a la Subdirección demantenimiento.
Lesiones. No conducir vehículo que no se encuentre en
Múltiplesbuenas condiciones o que presente algún riesgo para su
integridad.
Muerter Uso obligatorio del cinturón de seguridad
. No conducir en estadode ebriedad.
¡ Utilizar elmétodo correcto de levantamiento de
RIESGOSTrastornoscargas, siguiendo lineamiento definidos enel protocolo
ERGONÓMICOSmusculoesquelétipara el manejo manual de cargas y protocolo TMERT.
coso No cargarmás 25 kilos para hombres y 20 kilos
para las mujeresen el manejo manual de material (Ley
20.949).
. En casode movilizar cargas supea riores lo
definido por lanormativa,se deberá utilizar ayuda
mecánica o en sudefecto manejar el peso con ayuda de
otros trabajadores. Distribuyendo la cargade manera
uniforme.
. Procurarmantener una postura adecuada en el
lugar de trabajo.
. Realizar pausa activa.
. Para carga de camiones tolva, el inspector deberá
cubicar de maneraanticipada,para disponer los recursos
necesarios.
o Señalizaraquellas superficies u objetos que se
CONTACTO CONQuemaduras.encuentren a elevadas temperaturas.
LÍQUIDOS¡ Utilizar responsablemente los hervidores en los
CALIENTESlugares habilitados(ubicarlos en un lugar seguro y destino
para su utilización).
o Extremarlas medidasde seguridadal traslada'
líquidos calientesya sea entazas, termos,entre otros,
ubicándolas enun lugarseguro evitando posibles
derrames.
UTILIZACION DEGolpes eléctricoso Utilizar Elemento de Protección Personal (EPP) de
EQUIPOSQuemaduras.acuerdo a la actividad a realizar.
CRíTICOS:Lesionesr Respetarel Procedimiento de Trabajo Seguro
Esmerillncapacidadpara estas labores (uso de esmeril angular,soldadora,
Soldadora.Fatalentre otros)
Taladro manualo No tirar cables de los Equipos.
Taladro de pedestal. No intervenir Equipos.
Sierra angulares. No trasladar el equiposin previa autorización de la
Serrucho eléctrico.jefatura.
o Realizar revisión delos equipos antes de ser
utilizados.
o Uso de lente de seguridad o careta facial.
PROYECCIÓN DELesiones. No retirarproteccionesa herramientasde trabajo.
PARTÍCULASOculareso Separar laropa de trabajo de la ropa cotidiana para
Quemadurasevitar el traspaso de material particulado residual.
Heridas. Aquellas tareas que generen materialparticulado
Cortopunzantesdeben ser realizadas en sectores de alta ventilación
¡ Cumplir con procedimientos de trabajo segurc
para operacionesde mantención de áreas verdes.
o Cumplir con procedimientos de trabajo segurc
para operaciones de emergencia.
o Cumplir con procedimientos de trabajo segurc
para operaciones de aseo.
ILUSTRñ MUNICIPALIOAD DE SANTIA60 " Plaza deArnas S1¡i .227 1360C0 - 8Cf 2ü3ü11 .'$\1,\,,r.ffunis1go-ci

Tabla 34 (página 34 (texto) · 70 filas)

SEcRETARíA MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
WYGO
ILUSTRE HUNICIPALIO.ADReglamento N" 948 /
Página N'34
a Cumplir conprocedimientos de trabajo seguro
rao de servicios erales
a No usar ropas sueltas u objetos que puedan ser
ATRAPAMIENTOSHeridasatrapados en partes móviles de maquinarias y
Gontusionesherramientas.
Fracturaso No retirarprotecciones a maquinarias y
Amputaciónherramientas de trabajo.
Muerteo No intervenir maquinarias y herramientas en
funcionamiento.
o Transitar consumo cuidado en aquellas zonas
donde se encuentreo n maquinarias mecanismos e:'l
funcionamiento.
¡ Mantener cony centración actitudpreventiva al
realizar labores con maquinarias y henamientas con partes
móviles.
o Cumplir con los procedimientos de trabajo seguro
indicados para maquy inarias herramientas con partes
móviles.
. No dejar herramientas, materialeo s equipos
CONTACTOSCortesexpuestos a cortar o punzar a otros trabajadores.
CON, PORo Retirar tablas otablones con clavos.
OBJETOS CORTOHeridas. Doblar clavos, mantener material con clavos, no
PUNZANTESexpuestos al tránsito de personas y maquinarias.
Amputacióno Mantener herramientas con filo protegidas, cuando
no se utilicen.
r Uso de calzadode seguridad.
o Uso de guantes de seguridad anti corte.
o Mantener unlugar fijo en el cual se deben
almacenar estos objetos únicamente
. No escarbar enlos residuos sólidos con las manos.
. Al retirar residuos sólidos, usar guantes de cuero o
guantes de anti cortes.
o Realizar rondas observando zonas de tránsito. Al
visualizar en objetoscorto punzantes, retirarlos de las
zonas de tránsito.
. Evitar trabajar en línea energizada o circuitos
CONTACTO POR,Quemadurasvivos.
CONo Mantener desconectados a la tomade corrientes
ELECTRICIDADMuertemaquinarias en reparación.
o Señalizar mediante letreros "noocupar, en
Heridasreparación" herramientas o maquinarias eléctricas.
o Hacer uso de guantes dieléctricos y utilizar gomas
aislantes de electricidad.
. lnspeccionespermanentes de conductores o
conexiones y herramientas eléctricas antes de usar.
. No realizar reparaciones o instalaciones eléctricas
si no está autorizado ycalificado por S.E.C.
¡ Los enchufesy eléctricos teléfonos no deben
sobresalir de sus basesinterfiriendo el pasodel público.
o Evite recargarenchufes. Deben prohibirse el uso
de "triples" o "ladrones"de corriente.
. Si alguno delos equipos de oficina produce
descarga eléctrica, falla en su funcionamiento, lanza
chispas o humea, hay que detenerlo inmediatamente,
y desenchufarlo avisar al técnico responsable de su
mantención.
. manejar Nolíquidos cuando se utilice equipos
energizados.
o Solicitar lista de Verificaciónde Equipos
Energizados.
a
o Los receptáco ulos basuras deben ,ffi|
EXPOSICIÓN AQuemadurasconfeccionados de material incombustible aligual,,¡fipYó9,,t
RIESGOS PORfuma ceniceros paradores./o\ /
I
ILU$TRC MUNICIpALIDAD Df SANTIAüO . pla¿a de Arn¡as Sllr.227 '13 6CC0 -8C0 203011 . lw"vr.munistgo-cl

Tabla 35 (página 35 (texto) · 66 filas)

DEpTo. AsUNToslr¡UNrctp1!5l
Wry'6O
ILUSTR( MUNICIPALIDADReglamento N' 948
Página N"35
EXPLOSI oMuertea Manténgase un estrictoorden y aseoen todas las
INCENDIOdependencias.
Heridao Los desperdicios sonun peligro potencial de
incendio.
Gontusiones. Debetenerse especial cuidado con los útiles
de aseo. Los trapos y guaipes impregnados de cera,
Fracturassolventes, aceiteso grasas sonde alto riesgo de incendio.
o Los fumadores debencerciorarse de que las
colillas queden bien apagadas al igual que losfósforos.
o Evítese transformarlos balcones en desvanes
y acumular materiales propensos a quemarse. Este
material, asícomola colocaciónde cortinas demadera en
las fachadas, permiten la propagación de incendios a los
pisos superiores.
o Debe mantenerse un stock suficiente de extintores
portátiles acorde alas necesidades. Además, deben estar
bien señalizados ycon acceso expedito.
o La revisión periódica debe permanecer siempre
actualizada.
o Prohibido fumar o encender cigarrillo al momento
de cargar combustible a vehículos.
o Prohibido fumar o encender cigarrillo cerca de
estanques de gas.
o Todo personaldebe conocer los diferentes tipos de
extintores, su uso yforma operarios.
. Todos losartefactosy máquinasde oficinas
eléctricos deberíanquedar desenchufados al término de la
jornada de trabajo.Prohibido losanafres.
¡ Mantenercon altaventilaciónzonas de
almacenamiento decombustible.
r Los combustibles pueden producir dermatitis po:
CONTACTO CONErosionescontacto, por lo queel uso de guantes de NEOPRENO es
COMBUSTIBLEobligatorio.
Quemaduras. No consumir alimentosdurante la realización de
tareas que impliquen la manipulación de combustible. En
caso de consumir alimentos luego derealizar la
manipulación del material, debelavar sus manos
. No acumular trapos concombustible
o Uso de máscara con filtros intercambiables para
EXPOSICIÓN AErosionesvapores tóxicos y nocivos, recomendados por laJefatura.
SUSTANCIASo Será responsabilidad de su jefaturainformar a
TÓXICAS Y/Olntoxicaciónlos/as/es trabajadores/as de losriesgos de lassustancias
NOCIVASquímicas que seutilicen, desus nombres, de sus
Muertecaracterísticas físicas, de los riesgos y de las medidas
preventivas.
Enfermedado El/lalle trabajador/a/e tiene la obligaciónde leer las
profesionaletiquetas de todos los productosque deba manipular, con
fin de informarse delos riesgosinminentes queproducen
lrritacióny los síntomas de intoxicación.
o Las máquinasherramientas como
desmalezadoras de pasto jamás se harán funcionar al
interior de espacioscerrados.
o Al ingresara bodegasutilizar los elementos de
protección personal.
o Mantener sustancias químicas etiquetadas y con la
debida documentación
. Se mantendrá un setde las etiquetas de los
plaguicidas usadosen perfectoestado, a fin derecurrir a
ellas cuando así serequiera.
o Las tapas de los depósitos de combustible como
del líquido a aplicar debenquedar h
cerradas, verificando esta condición antes de
o

Tabla 36 (página 36 (texto) · 70 filas)

secRetnRít MUNtctpAL
ffiY60DEPTO. ASUNTOS II¡UNICIPt=
ILUSIRT MUT\¡ICIPALIOAÜReglamento N" 948 /
Página N'36
r El uso adecuado delos productos, siguiendo
siempre las reglasde seguridad en suempleo, será
responsabilidad compartida, ya que el peligro depende
más de la manera como se usey que tipo de tóxico sea
o Las faenascon mayor exposición deben ser
realizadas medianteun sistemade personal rotativo.
o Queda prohibido llevy ar consumir alimentos,
fumar y/o beber, durante la manipulación dequímicos
o Todo equipode protección deberá estar limpio y en
buenas condiciones antes del uso.
o En la aplicación de productos químicos se utilizará
en todo momento buzo desechable o tyvex, para evitar
contacto con la ropa.
o En caso deemergencia de sustancias peligrosas
en vía pública actuar de acuerdo a procedimiento de
seguro. trabajo
o Utilizar dispositivospara alentar a sus
AGRESIÓN PORHeridacompañeros/as/esde turno ante situaciones de
ASALTO Oemergencia. Estos pueden consistir en silbatos y por radio
ROBOSGontusiónaplicar claves de comunicación.
o No actuarpor iniciativa propia, enfrentando
Esguinceasaltos, si no estápreparado/a/e o capacitadolale para
actuar solicitar apoyo
Fracturao Conocer ubicación demedios decomunicación,
con teléfonos de Carabineros de Chiley Policía de
Muertelnvestigaciones a lamano.
. Según necesidad justificada. romper vidrios de
oficinas para accedera teléfono.
. Hacer uso de protector auditivo en operaciones
EXPOSICIÓN AEnfermedadque sobrepasen 82 dB (A).
RUIDOSprofesionalo La Municipalidad deberá solicitaral organismo
administrador de laley 16.744, realizarmediciones en
terreno para determinar los equipos o las herramientas que
sobrepasen los límites permitidos.
r Tener precaución con los perros enla recolección
EXPOSICIÓN AHeridadomiciliaria.
MORDEDURA DEo Si es mordido, dirigirsede inmediato a un centro
ANIMALESTransmisión dehospitalario, o llamar al Departamento Prevención de
patógenosRiesgos
o Uso permanente de calzado de seguridad
Amputación. Uso permanente de guantes de seguridad
¡ Utilizar las herramientasdeterminadas para cada
tarea.
PROYECCION DEo Jefaturas inmediatas serán las responsables de la
PARTICULAS PORLesionesaplicación y controldelas medidas preventivas
USO DElncapacidado Uso de elementos de protección visual: anteojos.
ESMERILES,protector facial
SOLDADURAS,. Buen orden yaseo del lugar
CORTE DE. No fumar mientras realiza acciones
PASTO, PODA DE
RAMAS /
ARBOLES ETC.
TRABAJOS ENFracturas. Solo el personal autorizado podrá trabajar en
ALTURAHeridasaltura. Los que cuenten con examen dealtura física y
Contusionescapacitación correspond iente.
Incapacidado Evitar bromaso juegos durante los trabajos
fatal. Señalizar lasáreas
o Uso de elementos de protección personal
o Revisión de equipos para trabajos enaltura
o Control y supervisión permanente dela jefatura
o Para los trabajos conandamio, este debe ser
revisado antes de ser utilizadoy se debedisponer de
tarjeta verde o roja.
o Para todo trabajo en altura se deberá estableffi
un procedimiento de trse abaioquro.{^Pf
t
lLu$TRÉ MUNICIpALIOAD DE SANTIAG0 . Plaza de Arnras 51ñ . 227 13 6000- 8C0 203011 .'rvi'r'yr.munístgo.cl

Tabla 37 (página 37 (texto) · 61 filas)

wY60DEPTO, ASUNTOS TVIUNICIP1:=
ILUSTR€Reglamento N" 948
MUNICIPALIDAD
Página N'37
TRABAJOS DETendinitiso Capacitar al personal expuestosegún tipo de
DIGITACIÓNLesiones variastrabajo, riesgos,consecuencias,en charla de inducción
preventiva
o Estaciónde trabajo y silla ergonómica con buen
apoyo, iluminada, con posiciónde sentado correcta y
espacio adecuadopara realizar laactividad
Análisisómico de cada uesto de tra
EXPOSICION ALesiones ocularesa Jefaturasinmediatas seránlas responsables de la
RADIACIONESPérdida de visiónaplicación de medidas preventivas
INFRARROJAS YQuemadurasUso deelementos deprotección personal:
ULTRAVIOLETASEnfermedadanteojos con protección uv
DEprofesional
PROCEDIMIENTO
S DENTALES
SOBRE USO DEDisfonía.o Conocer riesgos asociadosa su actividad laboral.
LAVOZo Cumplir con las lnstruccionesrecomendadas
en lnstructivo de Uso Correcto de la Voz.
. Beber constantemente agua.
USO DElntoxicaciones.o Solicitar ficha técnica de los productos químicos
SUSTANCIASQuemaduras.presentes en el laboratorio.
PELTGROSAS (EN¡ Conocerel Plan de Evacuaciónen caso de
LABORATORTOS).presentarse una emergencia química.
e Utilizar demanera obligatoria loselementos de
protección personal.
USO DElntoxicacioneso Conocerriesgos asociados a lautilización de
QUíMICOS DEQuemadurasquímicos de limpieza.
LIMPIEZA.o SolicitarFicha de Seguridadde Productos
Químicos.
o Utilizaciónobligatoria de elementosde protección
personal (guantes,mascarillas, antiparras).
CAiDA DEGolpes por yo Mantenerorden y limpiezaen lugarde trabajo.
OBJETOS ENcontra.o No consumir alimentos enoficinasy/o puestos de
OFICINASCaídas delmismotrabajo
nivel.o No dejarbolsos y /o mochilasen suelos y/o
Lesiones leves.pasillos.
Cortes.o Bebidas calientes debenconsumirse en termos
sellados.
VIOLENCIA TIPO ITrastornoo Conocer Protocolo en casode Violencia Tipo I y ll.
v ll.Psicológico.a Conocer Plan integral de SeguridadEscolar (PISE
Estrés)
Esguincesa No sobreexponerse a situacionesde Peligro en
Torcedurascaso de Corta Calles.
Molestias Varias.o Evitar riñasy/o conflicto conpersonal policial.
o No entorpeactuar cer elpolicialen situaciones
de violencia.
USOCortes.o Solicitar Lista de Verificación deHerramientas
HERRAMIENTASAmputacionesManuales.
MANUALESlncapacidad.. Dar avisooportuno al CPHS. encaso de que
DEFECTUOSASdichas herramientas se encuentrendefectuosas.
POSTURATrastornos-¡ Aplicar protocolo TMERT (Trastorno músculo
INADECUADA ENmúsculoesquelético aplicado al trabajo).
PUESTO DEesquelético.o Aplicar instructivo de postura correcta en oficinas.
TRABAJO.Fatiga visual.
SOBRECARGARGolpes Eléctricos.o Utilizar alargadores certificados.
ENCHUFES UQuemaduras Tipoo Evitar sobre cargar alargadores.
OTROSIo Realizar revisión de cablesy / o de enchufes
ELEMENTOS QUEque
GENERENDar aviso oportuno de condicionesafecten

Tabla 38 (página 38 (texto) · 49 filas)

SEcRETARíA MUNIcIPAL
DEpro. ASUNToS rvlUNtctpt!!
wxG0
ILUSIR€ MUNIC¡PALIOADReglamento N' 948
Página N"38
SOBRECONSUMO
ELÉCTRICO
RIESGOSContagio con. Precauc¡ones estándares: lavadode manos, usc
BIOLÓGICOS:virus, bacteriasde EPP, may nejo eliminación cuidadoso de material
CONTACTO CONo VIHcortopunzante,indemnidad de la piel
FLUIDOSO TUBERCULOo lngreso a Programa devacunaciónde hepatitis B
CORPORALES:stsa funcionariado con exposicióna FCARB. Mantener al día
SANGRE,o Hepatitis B ylas dosis de vacuna Anti-Hepatitis B.
SECRECIONEScr Realizar correcto lavado demanos
según
VAGINALES,o Otrosindicación OMS (antes de contacto con paciente, antes de
SALIVA,realizar una tarea aséptica,después deexposición a
ORINA, HECES,lÍquidos corporales, después de contacto con el paciente,
SEMENpaciente).
después del contacto con entorno del
o Manejar cualquier fluidoo pacientecomo si fuera
un posible contag¡o por patología de riesgobiológico
¡ Respeto crítico denormas de aislamiento
recomendadaspara pacientes con contaminación.
. Evitarhábitos que impliquen riesgo de infección
(pipetear conla boca en laboratorio, morderse las uñas,
comer, beber,maquillarse o fumar en el puesto de trabajo
expuesto al riesgo).
o ldentifiy cación claravisible delas muestras
extraídas a pacientes con confirmación de hepatitis B
o Limpieza inmediata de las superficies
contaminadascon sangre y fluidos biológicos con solución
de hipoclorito de sodio definidapor comité de IAAS
. Notificación de todo accidente cortopunzante con
material biológico a IAAS, Departamento dePrevención de
Riesgos.
o Realización de protocolo específico de profilaxis
según indicación de comité IAAS
o Seguimiento si procede
o Esterilización al vapor, presión oesterilización
química de objetos no desechables
o Uso deEPP para evitar la exposición a FCARB,
estos dependerán del tipo detrabajo desarrollado, pero
como mínimo deberán ser: Guantesimpermeables
desechables alíq solucionesuidasy muestras
biológicas
(sangre, orina,otros), Protección ocular idealmente con
protección lateral, ropa deprotecciónimpermeable
mascarilla ui
lLLt$TRf MUNICIPALIOAD DE SANTIAGO. Plaza deArnas S/li.227'13 60C0 - 8C0 203011. ,lyiw.n:uristgo.cl

Tabla 39 (página 39 (texto) · 46 filas)

wY60DEPro. ASU Nros rvlu N tctPlll
ILUSÍRS MUNICIPALIDADReglamento N" 948
Página N"39
RIESGOSCONSECUENCIASMEDIDAS PREVENTIVAS
CONTACTO CONEnfermedadPosterior al contacto con superficies de trabajode uso
SUPERFICIES DErespiratoriacomún, se debe realizar la higiene demanos,
TRABAJO DE USOconsiderando los siguientes pasos (ver infografía
COMÚNadjunta):
(MANTLLAS,.
PASAMANOS,Mójese las manoscon agua
FOTOCOPIADORA.Deposite en la palma de la mano una cantidad de jabón
S, IMPRESORAS,suficiente para cubrir todas las superficies de las manos
Erc.).Frote las palmas delas manos entre sí
.Frote la palma de la mano derechacontrael dorso de
la mano izquierda entrelazando losdedos yviceversa
rFrote las palmas de las manos entre sí, con los dedos
entrelazados.
¡Frote el dorso de los dedos de unamano con la palma
de la mano opuesta, agarrándose los dedos
.Frote con un movimiento de rotaciónel pulgar izquierdo,
atrapándolo con la palma de lamanoderecha y
viceversa
.Frote la punta de los dedos de la mano derecha contra
la palma de la manoizquierda, haciendo unmovimiento
de rotación y viceversa
.Enjuáguese las manos con agua
.Séquese con una toalla desechable
.Utilice la toalla paracerrar la llave
.Además, lávese lasmanos cada vez:
.lngresa al centro detrabajo o faena
.Después de toser osonarse la nanz
.Antes y después decomer y al preparar losalimentos
.Saludar, evitando elcontacto físicode cualquier tipo.
INTERACCIÓN Enfermedad.Respetar la distancia de seguridaden todomomento,
CERCANA CON respiratoriaconsiderando mantener(1m)
COMPAÑEROScomo mínimo un metro de
DE TRABAJO,radio con toda persona.
CLIENTES,.Mantener distancia de seguridadtambién durante
USUARIOS Ohorarios de almuerzo y descanso.
PÚBLICO EN.Respetar las marcas de distanciamiento que se han
GENERAL.en lospisos de los
dispuestoingresos, baños,
comedores, casinos,etc.
.Utilizar siempre MASCARILLA y todos los elementos de
protección personal definidos para elcargo u
actividades desarrolladas.
ILU$TRC MUN¡CIPALIDAD DE SANTIAGo .Plaza de Arnlas $llt . 227 13 üü00 -8C'J 2C30i1 . '*1'"r¡r.munistgo.cl

Tabla 40 (página 40 (texto) · 50 filas)

secRETIRÍI MUN¡cIPAL
wY60DEPTO.ASUNTO''U¡¡gIEALES
Reglamento N" 948
ILUS'R€ MUNICIPALIOADPágina N"40
DESPLAZAMIENTEnfermedad.Evite - en la medida de lo posible -el contacto directo
OS PORrespiratoriaal manipular manillas, pasamanos, etc., durante el
SECTORES/ÁREA
desplazamientoen las instalaciones del centro
de
S DE TRABAJO
trabajo
¡Evite concurrir asectores/áreas detrabajo distintas a
las de su puesto de trabajo.
USO DEEnfermedad.Utilice sus herramientas propias o lasentregadas por la
HERRAMIENTAS,respiratoriaempresa, quedando prohibido el traspaso o préstamo
EQUIPOS,de estas entre laspersonas.
MAQUINARIAS DE TRABAJO.Si necesita utilizar una herramienta, equipo o
maquinaria quese ha utilizada por otro trabajador,
asegúrese que seha desinfectado.
TRASLADOSEnfermedadAntes de salir de casav en el trayecto:
ENTRE ELrespiratorla.Definir la ropa queusarás durante la jornada laboral, la
HOGAR Y ELque deberás trasladar en una bolsa cerrada
CENTRO DE
TRABAJOoPara trasladarte atu trabajo, usa ropa de calle, distinta
a la que usarás durante la jornada laboral
¡Durante el trayecto al lugar de trabajo, aplica las
medidas preventivas de higiene definidas para COVID-
19 incluyendo el distanciamiento social
Allleqar a tu luqar detrabajo
.Si dispones de casillero, guarda la ropa de calle en una
bolsa cerrada
.Durante la jornada, continúa con las medidas
preventivas regulares definidas parael COVID-19
Una vez terminada laiornada
.Sácate el uniforme y guárdalo en una bolsa plástica
sellada/anudada
.Si dispones de ducha en tu lugar de trabajo, dúchate y
pónte tu ropa de calle
.Durante el trayecto, mantén las medidas preventivas
como distancia deI metro de persona a persona y el
aseo de manos
Al lleqar a casa
.lntenta no tocarnada y, si tienes contacto con
superficies, límpialas con desinfectante de uso habitual
.Lávate las manoscon agua y jabónpor al menos 20
segundos
.Deja bolsos, carteras o llaves en un lugar habilitado sólc
para ello y, en lamedida de lo posible, límpialos y
desecha el papelcon elcual los limpiaste
aLimpiar el celular olentes con agua yjabón o al
lLt-.lSTRE MUNICIpALIOAD DE SANTIAGO .Plaea deArmas S1N . 227 13 6000- 8C0 203011 . \t'!'"1¡/.munislgo.cl

Tabla 41 (página 41 (texto) · 26 filas)

SEcRETARÍA MUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IEALES
Reglamento N" 948
Página N"41
.En caso de llevar laropade trabajo usadaa tu casa,
sácala dela bolsa y lávalacon detergente
.Elimina labolsa plástica en la quetrasladaste la ropa
en basurero con tapa
.No agiteslas prendasdeluniformeantes decolocarlas
en la lavadora
.Seca el uniforme y laropaen secadora o al sol y luego
plánchala
oLávate lasmanos nuevamente conagua y jabón por al
menos 20segundos
.Dúchate ycolócate ropa limpia
aGenerar reuniones nopresencialesmedianteel uso de
medios electrónicos.
Si la reunión presencial nopuede ser reemplazada por
medios electrónicos:
al menos a 1 metro dedistanciaentre sí.
defecto, soluciónde alcoholgel.
participantes dela reunión durante almenos un
mes
después de concretada
aEvitar disponer de alimentos y bebestibles durante la
reunión.

Tabla 42 (página 42 (texto) · 20 filas)

secRertníaMUNtctpAL
DEPro. ASUNros rr¡uP1!!l N tcr
WYGO
ILUSÍREMUNICIPALIOADReglamenioN"__949_/
Página N'42
ANEXO No 2:ACTUALIZACION
Dentrodel presenteReglamento lnterno deHigiene y Seguridad de lallustre Municipalidad
de Santiago se actualizan las siguientes normas vigentes y títulos.
Artículo26".- De lasRadiaciones UV.
Artículo28'. - Del Levantamiento de Cargas
Artículo30'.- Del Consumo de Tabaco.
Artículo31'.- Ley dela Silla.
Título l:Disposiciones Generales
Título ll:De Las Obligaciones
Título lll: De La Denuncia, lnvestigación y Sanción delAcoso Sexual yLaboral
Título lV: De Las Prohibiciones
Título V:De Las Sanciones
Título Vl: Del Procedimiento de Reclamos
Título Vll: Obligaciónde lnformar (ODl) y Riesgos, Consecuencias y Medidas Preventivas
Anexo No 1: Obligación De lnformar RiesgosLaborales Nt 21 DecretoSupremo 40
ILU$TRE MUNICIpALÍOAD DE SANTIAüO. Plaza deArnas $11i.227 1¡ 6000 - 8C3 203011 . wr"r1¡i.munisgo-cl

Tabla 43 (página 43 (texto) · 45 filas)

¡LUSINT HUNICIPALIOADReglamento N" 948
Página N"43
ANEXONo 3: PROTOCOLOS MTNSAL
1. EXPOSICIÓNDE RADIACIÓN UV
La institución adoptará las medidas necesarias para proteger eficazmente al personal cuando pueda
estar expuesto a radiación ultravioleta. Para estosefectos, losContratosde Trabajoy el
Reglamento
lnterno de Orden,y Higieneseguridad, espeel cificaráuso delos elementosprótectores
correspondientes, deconformidadcon las disposiciones del Reglamentosobre Condiciones Sanitarias
y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo".De conformidad alArt.190 Ley No20.096, Art. 184.
del Código del Trabajoy Art. 67' ley No 16.744.
Los bloqueadores, anteojos y otrosdispositivos o productos protectores de la quemadura solar, deberán
llevar indicaciones queseñalen el factor de protecciónrelativo a laequivalencia deltiempo deexposición
a la radiación ultravioleta sin protector, indicando suefectividadante diferentes grados dedeterioro de
la capa de ozono. Deconformidadal ArI.21o Ley No20.096.
El funcionariado expuesto a radiación UV son quienes ejecutanlaboresbajo radiaciónsolar directa en
días comprendidos el'de ntre elseptiembre y el 31 de marzo, entrelas10.00 y las 17.00 horas, y
aquellas/os que desempeñan funciones habitualesbajo radiación UV solar directa con un Índice Ut/
igual o superior a 6, encualquier época del año, de acuerdo a lodispuestoen los Art. 109 ay 109 b D.S
N" 594.
La institución personalexpuesto aradiación UV de origen solarestá obligada a realizar unagestión de
riesgo que incluya:
a lnformar al personal sobrelos riesgos de exposición a radiaciónUV
. Publicar diariamente el índice UV estimado señalado porla Dirección Meteorológicade Chile y
las medidas de controla aplicar, incluyendo los elementos de protecciónpersonal.
o ldentificar lospuestos de trabajo y alla lala lefuncionariolale congran exposición que requieran
medidas de protecciónadicionales.
. Los tipos de medidas a implementar segúnlas indicaciones señaladas en laGuíatécnica de
Radiación UV de Origen Solar delMinisterio de Salud, tales como lasingenieriles,administrativas y
elementos de protección personal.
. lmplementar un programapráctico teórico para los/as/estrabajadores/as sobre elriesgo y las
consecuencias de la exposición a laradiación UV y las medidaspreventivasa tomar.
2. FACTORES DE RIESGO DE TRASTORNOSMUSCULOESQUELETICOS RELACIONADOS
AL TRABAJO (TMERT)
La institución de acuerdo alArt.110a.1 D.S No 594deberá evaluar los factores de riesgo asociados a
trastornos musculoesqueléticos delas extremidadessuperiores presentes en las tareas delos puestos
de trabajo de su organización, lo que llevará a cabo conformea las indicaciones establec¡das en la
Norma Técnica deldentificación v Evaluación de Factoresde RiesqodeTrastornos
MusculoesqueléticosRelacionadosal Trabajo (Tmert) dictadapor elDecreto No804Exento del
Ministerio de Salud.
Los factores de riesgoa evaluar son:
a Repetitividad de las acciones técnicas involucradas en la tarea realizada en el puestode trabajo.
. Fueza ejercida por el/lalle trabajador/a/edurante laejecuciónde las acciones técnicas
necesarias para el cumplimiento dela tarea.
o Posturas forzadas adoptadas por trabajadoras y trabajadoresdurante ia ejecución
acciones técnicas necesarias para el cumplimiento dela tarea.

Tabla 44 (página 44 (texto) · 53 filas)

secRetaRíe MUNtctpAL
wY60DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IEALES
ILUSTREReglamento N' 948
MUNICIPALIOAD/
Página N'.14
La institución deberá informar alfuncionariado sobre los factoresal que está expuestos, las medidas
preventivas ylos métodos correctos de trabajo pertinentes ala actividad que desarrollan. Esta
información deberá realizarse alas personas involucradas, cadavez que se asigne aun trabajador a
un puesto de trabajo que impliquedichos riesgos ycada vez que semodifiquen los procesos productivos
o los lugares de trabajo.
La informacióna los/as/es trabajadores/as deberá constarporescrito y contemplarlos contenidos
mínimos establecidos en la referida Norma Técnica del Ministeriode Salud, dejando constancia de su
realización. DeConformidad al Art. 110 a.3 D. S No Sg4
El Ministerio deSalud elaboró un Protocolo de Viqilancia paraTrabaiadores Expuestos a Factores de
(TMERT-EESS)el cual fue aprobado por la Resolución Exenta No 503 del 03 de agosto ¿e ZOIZ ¿el
Ministerio de Salud.
3. PROTOCOLO LOS RIESGOS PSICOSOCIALES
Los riesgos psicosociales son entendidos como todas las situaciones y condiciones deltrabajo que se
relacionan conel tipo de organización, el contenido del trabajo yla ejecución de la tarea, los cuales
tienen la capacidad de afectar, enforma negativa,el bienestary lasalud (física, psíquica y/o social) de
las personas ysus condiciones de trabajo.
Los factores deriesgo van acompañados de una serie de problemas de salud, entre losque se incluyen
trastornos delcomportamientoy enfermedadespsicosomáticas. Si es que el trabajador, la
trabajadora o letrabajadore estánexpuestos a algún factor deriesgo psicosocial existirán una serie de
sintomatologíasa nivel individualy de la organización
El objetivo principal de este protocolo es poder identificar la presencia y el nivel de exposición de todo
el funcionariadoa los riesgos psicosociales. La institución se obliga a evaluar los riesgos psicosociales
a los que estánexpuestos sus colaboradores/as con el Protocolo deViqilancia de Riesqos Psicosociales
en el Trabaio clel MIN.sAt e intervenir cuando lainstitución presenta una enfermedadprofesional de
salud mental, oun nivel de riesgosignificativo. DeconformidadalArt. 3 D.S No 594.
La medición deriesgo psicosocial laboral debe realizarse a nivelde centro de trabajo. La institución
realizará la medición de riesgo psicosocial laboral utilizando el instrumento determinado por la autoridad,
y siguiendo fasnormas y metodología establecidaspor la SUSESO.
La primera evaluación de riesgopsicosocial laboral debe realizarse cuando la institución tenga seis
meses desde que cuente con trabajadores/as contratados/as/esyun mínimo de 10 trabajadores/as. No
obstante, el organismo administrador o la autoridadpuede instruir la evaluación frente ala presentación
de una Denuncialndividual de Enfermedad Profesional (DIEP)deposible origen laboral.
Resolución Exenta No 2580 del ISPCH-Minsal Aprueba el Documento "lnstrumento oara la Gestión
Preventiva del Riesqo Psicosocialen elTrabaio" Elaborado oorelDeoartamento de Salud Ocuoacional
del lSP.
4. EXPOSICIÓN A RUIDO OCUPACIONAL PREXOR
El Protocolo deExposición Ocupacional a Ruido PREXOR (2013),permite evaluar lascondiciones de
exposición ocupacional a ruido ala que están expuestos los/as/estrabajadores/as ensus lugares de
trabajo con el propósito de adoptar medidas de control de ruido oportunas y eficaces para prevenir la
Hipoacusia Sensorio Neural Laboral, debe ser difundido y conocido al interior de la institución, en los
distintos nivelesjerárquicos, talescomo: Empleadores/as, Trabajadores/as en general,Expertos/as/es
en Prevenciónde Riesgos, Miembros/as/es del comité paritario de la institución, Dirigentes/as
Sindicales.
En trabajadores/as expuestos alagente físico ruido, la difusión del Protocolo PREXOR debe quedar
acreditada mediante <<Acta>>, queindique su realización e incluyaa todas las personas que tomaror
conocimiento del PREXOR, la cualdebe ser remitida a la AutoridadSanitaria Regional ya la lnspecciór
del Trabajo correspondiente
ILU$TRñMUNICIpALIOAD DH $ANTIAGO . plaza Je Arnas 51ñ . 227 13 60C0- 8C0 2f 30 i1 . 'w+"t¡.mrnjs{go.cl

Tabla 45 (página 45 (texto) · 27 filas)

secRernRín MUNtctpAL
WYffiÜDEPTO. ASUNTOSMUNICIPAL_ES
ILUSTR€ MUNICIPALIDADReglamento N"__948_/
Página N"45
La aplicación del Protocolo PREXORes responsabilidad delosOrganismosAdministradores de la Ley
16.744,las institucionesy trabajadores dondeexista exposiciónocupacionala ruido. De conformidad al
Art. 70 al 82 D.S No 594.
La fiscalización del cumplimiento del ProtocoloPREXOR es de responsabilidadde la Autoridad Sanitaria
y de la lnspección delTrabajo.
Es obligación de los/as/es trabajadores/as expuestos participaractivamenteen la implementación del
Plan de Gestión del Riesgo por Exposición Ocupacionala Ruido, que incluyeel Programa deVigilanc;a
Ambiental (programa de protecciónauditiva)y ProgramadeVigilancia de la Salud (programa de
capacitación).
Las jefaturas directas tienen la obligación de velar y vigilar por eluso correctoy permanentede los EPA
(elementos de protección auditiva), identificando las causasqueafecten el uso correcto o que alteren
su rendimiento y las acciones correctivas quese apliquen,asícomo de la supervisión enterreno del
estado estructural de losprotectoresauditivosy la compatibilidad con otroselementos deprotección
personal.
Elllalle empleador/a/e deberá capacitar a los/as/es trabajadores/as en el uso correcto de los EPA,
mediante entrenamientodemostrable,como también, respecto asu limpieza,conservacióny recambio
oportuno.
Decreto No 1052 Exento del Ministeriode Saluddel14 de Octubre2013."Norma Técnica N'155
Protocolo Sobre NormasMínimas Para el Desarrollo de Proqramas de Viqilancia de la Perdida Auditiva
por Exposición a Ruido en Lugares deTrabajo".
GuÍa Técnica para la Evaluación Auditiva deViqilancia delaSalud de losTrabaiadoresExouestos
Ocupacionalmente a Ruido.
Resolución 740 Ministerio deSalud"Aprueba Guía Técnica para la Evaluación Auditiva de
los Trabajadores Expuestos Ocuoacionalmentea Ruido".

Tabla 46 (página 46 (texto) · 45 filas)

SEcRETARiA MUNtctpAL
sY60DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
E
N'
ILUSIN€ MUN¡CIPALIOADReglamento 948 /
Página N'46
5 ERRADTCACTÓNDE LA StLtCOStS(PLANESt)
El Protocolo deViqilancia delAmbiente de Trabaio v de laSalud delos Trabaiadores con Exposición a
Sílice establece as norm Ias mínimas que deberán incorporar y cumplir los organismosadministradores
en la implementación ydesarrollo de los programas devigilanciaepidemiológica dela silicosis. Sin
perjuicio de loanterior, considerando queellla/le empleador/a/ees el responsabledel cuidado y
protección de la salud yseguridad de los/as/es trabajadores/as, deberá participar junto al organismo
administrador en todo elproceso y dar las facilidades paraque se efectúen las evaluaciones ambientales
que se requieran, asÍ como las de salud alos/as/es trabajadores/as, permitiéndoles que asistan a
realizarse los exámenesa los que sean citados.
Resolución Exenta No 268 Minsal "ApruebaProtocolo deViqilanciadel Ambiente v deLa Salud de los
Trabaiadores con Exposición a la Sílice".
La aplicación de este Protocolo es de carácter obligatoriopara losorganismos administradores de la
Ley No 16.744y para lasinstituciones dondeexista presencia de sílice, y corresponderáa la Autoridad
Sanitaria Regional y a las lnspecciones delTrabajo fiscalizar su cumplimiento en lasmaterias de su
competencia.
La institución con presencia de sílice deberáconocer elProtocoloy difundirlc, cada daños, os a
los/as/es miembros delo los Comités Paritarios y/o Dirigentes/asSindicales sí corresponde, corno
asimismo a todos los/as/es trabajadores/as que se desempeñen en lugares de trabajo con presencia de
sílice.
En el ámbito de la vigilancia de la saludde los/as/estrabajadores/as con exposición a sílice, Ia
radiografía de Tórax es el estudio con que secuenta en laprácticaclínica para realizarla pesquisa de
trabajadores/aspotencialmente enfermos yla evaluaciónmédico- legal de las Neumoconiosis. De
conformidad ala Resolución Exenta No 883del MinisteriSa o delud "Establecelos Contenidos
MÍnimos del lnforme de Radiografías de Tórax de Trabajadoresy Trabajadoras Expuestos(as) a
Agentes Neumocon iógenos".
La acreditaciónde esta difusión se realizará através de unActa suscrita por el organismo administrador
o la institución,según corresponda, y por todas las personas que tomaron conocimientodel Protocolo.
Esta acta deberá ser presentada cuando searequerida, tanto por laAutoridad SanitariaRegional comc
por la lnspección del Trabajo, en sus laboresde fiscalización del presente Protocolo.
6. EXPOSICIÓN APLAGUICIDAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
Los/as/es trabajadores/as expuestos a plaguicidas son quienes se desempeñan en tareas que implican
contacto directoy frecuente con estos productos químicos,esto es, en procesos tales como: aplicaciór,
preparación, formulacióno mezclado de estosagentes plaguicidas.
Existe una grandiversidad de actividades laborales en las que hay exposición a estos productos, siendo
quienes trabajan en el sector agrícola los/as/es que presentan una mayor exposición, debido a que en
este sector se presenta una mayor utilizaciónde plaguicidas.
Las institucionescon trabajadores/as expuestos a plaguicidas debenaplicar el "Protocolo de Vigilancia
Epidemiolóqicade Trabajadores Expuestosa Plaquicidas" establecido por el Ministerio de Salud
Aprobado por ResoluciónExenta No 140. 3110112017 MINSAL
ILUSTREMUNICIPALIOAD DE SANTIAGO . plazade Arnrá$ 51ñ . 227 13 60C0 - 8Cf 203011 . 'rrfrvr,.,.munistgo.cÍ

Tabla 47 (página 47 (texto) · 53 filas)

secRereRÍe MUNIcIPAL
wY60DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IERLES
ILUSÍRE ¡IUNICIPALIOADReglamento N" 948 /
Página N'47
7. RADIACIONESIONIZANTES EN ÁMAFO LABORAL
Se considerarápersonaocupacionalmente expuesta, a aquella que se desempeñe en las instalaciones
radiactivas u opere equipos generadores de radiaciones ionizantes, laque deberá, además, contar con
la autorizaciónsanitariaa que se refiere el decreto supremo N' 133, de 22 de mayo de i984, del
Ministerio de Salud. Deconformidad alArt. 2 D.SNo 3.
Los límites de dosis individual para las personas ocupacionalmente expuestas a radiaciones ionizantes
son aquellos que estánestablecidos en el D.S. N'3/1985 de Ministerio de Salud y aplican a los/as/es
trabajadores/asocupacionalmente expuestos que se desempeñanen instalacionesde 1", 2" y 3"
Categoría. De conformidad alArt. 110 DS 594.
Toda persona ocupacionalmente expuesta deberá portar durante sujornada de trabajo, un dosímetro
personal destinado a detectar y registrar las radiaciones ionizantes que pudiere recibir,el que le será
proporcionado por elllalle empleador/a le cada vezque sea necesario.Asimismo , elllalleempleador/a/e
deberá otorgar todos loselementos de protecciónradiológica personales necesarios para disminuir lcs
riesgos del/de lalde le trabajador/a/e expuesto. Deconformidad alArt.4 D.S No 3.
Nota Técnica No34 : Trabaiador(a) Ocupacionalmente Expuesto(a) aRadiaciones lonizantes.
Beqofución Exenta N" 741 Minsal aprueba "Protocolo oarala evaluación de la exoosición ocuoacional
a radiaciones ionizantes en puestos de trabajoasociados al usomédico de equipos de ravos X
convencionales".
B. USO INTENSIVODE LA VOZ
Conforme a lo establecido en elartículo 19 N"14),del D.S. N"109, de1968, delMinisteriodelTrabajo y
Previsión Social,constituye una enfermedad profesional la Laringitis con disfonía y/o nódulos laríngeos,
cuando exista exposiciónal riesgo y se compruebe una relación causa- efecto con el trabajo.
Patologias de lavoz producto de exposición a agentes de riesgo ocupacionales, corresponde a un grupo
de enfermedades, cuyamanifestación clínica fundamental es la disfonía, son de origen profesional
cuando existe relación de causalidad directa con exposición a factoresde riesgo suficientes en el puesto
de trabajo.
Patologías de lavoz producto de un accidente detrabajo corresponden a aquellas donde el trastorno
se origina en uneventopuntual que ocurre a causao con ocasión deltrabajo. Por lo tanto, estos casos
deben ser sometidos alproceso de calificación deaccidentes del trabajo.
Protocolo Patologías DeLa Voz
D.S No 109 Artículo l9
Anexo N'24 "EvaluaciónDe Riesoo Para Patolooías De LeYoz"
9. EXPOSICIÓN AAGENTES QUE PRODUCEN DERMATITIS
La dermatitis esun proceso inflamatorio de la piel, cuyos síntomasmás comunes son: piel reseca.
comezón, eru pciones, ampollas y enrojecimiento.
En el ambiente laboral lasdermatitis más frecuentesson las de contactoirritativo y de contacto alérgicas.
La dermatitis decontacto irritativas se origina por el contacto conuna susiancia irritativa tanto en
exposición de corta duración como en la exposición reiterada. Cuando se trata de irritantes fuertes el
efecto aparece de formainmediata o después de un corto período. Cuando son irritantes débiles suelen
requerir exposiciones repetidas y la dermatitis tieneun curso gradual.
La dermatitis decontacto alérgicas se trata de reacciones de origen inmunológico, con respuesta
específica a un alérgenoen contacto con la piel. Se requiere un período de sensibilización al agente.
Una vez producida Ia sensibilización, esta es irreversible y se presenta cada vez que se ocurre
exposición al agente causante.
La institución deberá identificar si en los procesosse utilizan agentesque puedan causar
hacer una lista de estassustancias. El inventario de sustancias que pueden causar derm
dar a conocer a los/as/estrabajadores/as como parte de la obligaciónde informar los
la institución.
ILU.STREMUNICIPALIOAO DE SANTIA60 . Plaza deAn'¡as Slhi . 227 13 6C00 - 800203011 . w\."1¡/.munistgo.c¡

Tabla 48 (página 48 (texto) · 52 filas)

SEcRETARÍA MUNtctpAL
wY6*DEPTO. ASUNTOS MUNICIPAL_ES
ILUSTR€ MUNICIPALICADReglamento N' 948 i
Página N'48
De acuerdo a loestablecido en los números2) y 3) del artículo 19 delD.S. N'109, de 196g, del Ministerio
delTrabajo y Previsión Social,constituyen enfermedadesprofesionales la "Dermatosis profesional,', que
corresponde atcda enfermedad de la pielcuyo origenestá en la exposición laboral a agentes físicbs,
químicos y/o biológicos; y los"Cánceres ylesiones precancerosasde la piel",de origen laboral por la
exposición ocupacional a agentes de riesgofísicos o químicos.
D.S No 109 Artículo 19
Protocolo de Patologías Dermatolóqicas
.10.
GÉNERO Y SALUDEN EL TRABAJO
La institución al :onsiderar laperspectiva degénero enrelación a laseguridady salud en eltrabajo,
reconoce que las condicionessanitarias y ambientalesen los lugares de trabajoafectanen forma
distinta m aujeres, hombres y otras identidades/expresionesde género.La integración de la
perspectiva degénero en el desarrollo de los programasde prevención de las empresas/instituciones
públicas, presume compilar yanalizar toda Ia normativavigente querefieren a las condiciones de
trabajo con unacerspectiva de género.
El Decreto Supremo No 47 delMinisterio delTrabaio v Previsión Social del 04.08.2016 "Aprueba La
Política Nacionalde Sequridadv Salud en el Trabaio". tiene como Objetivo No 5promover la
incorporación de la perspectiva de género en la gestiónpreventiva,en donde describe:
"Se considerarála perspectivade género entodas las acciones quese implementen enel marco de la
Política Naciona de Seguridady Salud en elTrabajo, teniendo presente las situaclones de desigualdad
y discríminación existentes enel ámbito laboral y en lavida en general, el impacto diferenciado de la
exposición al riesgo en función del génerode trabajadoras y trabajadores, como consecuencia de la
división del trabajo, en todos los ámbitos dela gestión preventiva.
Debe incluirse el reconocimiento de enfermedades profesionales y lapromociónde buenas prácticas de
seguridad y salud en el trabajo, que consideren la especificidad propia de las/es trabajadoras/es; el
aumento de laparticipación de las mujeresy otras identidades/expresiones degéneroen la toma de
decisiones sobre seguridad ysalud en el trabajo; la investigación enseguridad ysalud enel trabajo que
incorpore el enfoque de género y el registrode información, desagregando datos por sexo y género".
Asimismo, el compromiso señalado en la Letra C) Género Número17 y 18 para la implementación de
la política nacional de seguridad y salud enel trabajo serefiere:
17.foda la normativa de seguridad y saluden el trabajo considerará la perspectiva degénero y, en
especial, se establecerán registros diferenciados por sexo y génerosobre la exposicióna los distintos
agentes y factores de riesgos laborales,accidentesdel trabajo y enfermedadesprofesionales,
ausentismo, cobertura del seguro, población en vigilancia según riesgo, prestacionespreventivas y
pecuniarias entre otros, tantoen los organismos administradores,como en empresase instituciones
públicas.
18. La normativa considerará el establecimiento de mecanismos que garanticenla adecuada
representaciónce las/es trabajadoras/es en la integración de losComités Paritariosde Higiene ¡l
Seguridad bajoel criterio que su directiva noesté integrada por másde un 60% de .rn solosexo/género.
11. EXPOSICION A ASBESTO
El Protocolo deVigilancia Ambiental y de Salud por Exposición a Asbesto, tienepor objetivo proteger a
los/as/es trabajadores/as preventivamente yguiar a lasempresasiinstituciones públicas en la gestión y
vigilancia de los¡as/es trabajadores/as expuestos a fibras de asbesto en suslugaresde trabajo, de
manera que se cumpla la normativa vigente,y exista unagestión PORExposiciónal agente. De acuerdo
a la normativavigente, la responsabilidad de la identificación de los riesgos de un sitiode trabajo le
corresponde a la institución.
Manual lmplementación Protocolo Empresa,Aqente Asbesto
Decreto Suoremo No 656 Minsal Del 13.01.2001 ProhíbeUso DelAsbesto En ProductosQue lndica
ILUSTREÍ$UNICIpALÍOADDf SANTIAü0 . Plaza de Arr..ras Sll',:' 227 13 6000 ' 8üJ 2030i1 . '*\1,v/.munistgo.cl

Tabla 49 (página 49 (texto) · 9 filas)

SEcRETARíA MUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡gIENLES
Reglamento N' 948 /
Página N"49
DE PERSONAS
Mtl¡i*ipntir,ad de $antiagc
n de Gs.stión de pe¡s*r¡ás
ERsoNAs
sANTrAco

Tabla 50 (página 50 (texto) · 47 filas)

secnemRín MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IERLES
Reglamento N" 948 /
Página N"50
L Muni*ipalidad de Santíego
$ubcirec*iún de Ges-tián n'a perscna.t
A¡¡recEoÉNTEs DEcoNTEXTo
$ o,*or* DE LAcEs*oN MuNrcrpAL
La l. Municipalidad de
santiago. duran¡e e$ta adminÉtrac¡ón, ha centrado su trabajoen
posicionar la comunacomo unlugar de encuentro e ¡ndus¡ón, en dor¡dé
lastransfoffiaciones
que sesuceden en su interiordan cuenta de las nuevas realidades y ce las formas de vida
que adquieren
las diversidadesque en ella se congregan. Sant¡ago vive procesos
cle cambio
acelerados que la Lransforman con nuevás din¿m¡üas de repobtamíento, asi se encuentran
generaciones, nacionalidades,candiciones socioeconómlcas y lendenc¡Es
culluraies d¡versas.
La planificación del desanolloy la accesibitidad a estepor pafte de lecinos y usuariosde
$anlíago, se enmarcaen unavisión y rnisión institucional que orienta las diferenles fuer¿as
al
ex¡stentes interiorde la organización, Asi, se deñnen las formas dehacer parauna
organizaeién de más de dos mil persoñas:
yrsré¡/ INSVITIJCIONAL-: "Ser
Ia municipatidad rcferente por prrwcta( a @muna
capítal de chíla wn espacns prlólicos gr€ sean,i¡gales da encuentan ro, identidad
y buencv
servicrb,banios inclusiws queotorguen aalidadde vida y una
wnvivenciaarm^nía6n la divstsidéd de s.rs voahos, ¿suaroy s ac?yidades,
conVibuyendoal lograde una ciudad sustentabte. equitaliva y próspéra."
fi¡stórvj "lmpulsar y artbular las tarvas propras rJe la capitalidad mediante un rnodola
de gesüón que sea rcenóeido por su gran cerycidad de innavacíón, transversalidad
y efreienc¡a, s¡/slsnfado en la valonctón de susy funcionarios colabondores y qw
tenga @mofow unvfnauro sano y abiertúeon la amunidad,marcado porta
transparencia,la pafticipación y la inctusión.,'
Esle contexto de desanollo requiere una bajada armónlceque dé cuenta de las prioridadesde
los vecinos y usüarios, €n donde las necesídades y diversHades del escenario tam¡zanlas
prioridades y determinan el carácter de obl¡gatoriedád dé ilnas por sobre otrasl a sabefl
O V¡ve Sano
i) Espacío Púbtico Sustentable
5 Amable ySeguro
C LugarGentroEconómica
3 fntegradoe lnclusivo
C Fatrimonial y Muhiatttural
2
CIPALÍDAD DÉ SANTIAGO . Plazade Ar¡¡as $1tt . 227 13 600C- 8C0 2030 !1 . ',ll.r',.v.mun¡stgo.cl

Tabla 51 (página 51 (texto) · 45 filas)

secnertníe
DEPTO.ASUNTOS IV
Reglamento
P
l, Munlcipaádad de $anifag
$ubdirpoción de Geeiúnde persrrnes
C Capif¿ de laFducación
I Municipio Participativo y Moderno
Estos
eies, en tén¡inos de gest¡ón, seafliculan entomo a trespilares fundamentares, que
neoe$ariamente deben serlo suficieotemente ¡nclusívos para abarcar la díversidad ex¡stente:
C Equidad:
Derecho auna infraestrr.lctura y sewicios de calidadpara todos
3 EspaciosFtlbflcos parael Encuentrro:
Usuarios -Residentes*Locatrarios_M¡grántes
3 Parficipación e t¡clusión:
Promovery
la dive¡sidadm¡xlura socíal como un valor a Freseryar
La equidad, el encuenfo, la parlicipación y lainclusión, soncoñcep¡os abstractos con
múltiples interpretac¡or€sy rniradas que requieren lainoorporaciónde nuevas sensibilidades y
de bases formativas para abandonar prejuicio* y furmas pretéritas d€ ábürdajes.Esla atención
a las poblacion€s
emergentes, imponen desafios, determinancambios y obligan a
un
desarollo de politicas, no solo eo lolocal, paraaportar¿ una ciÉdad más equitaiiva
sustentáble y den'locráüca, sino también, en pollticas de gestiónque viabilicenlos carnbios
eficienlemente"
Aquí la gesfión de personas adquiere sentldo, -¿cómo se fiansforma a las persooas gue
si.an a santíago err presfádoñs dese¡vñcloscon vls,íéndefuturc?-,laresp$esta es
única: potenciando tascapacidadespriblicasde actuacíóny liderando la gé$tión"
Conjuntamenle, se incrernenta en la relación con otros Municipioslvtelrc,potilailo$ y servicios
públicos, donde [a asociación y coordinacíón intercomunal espriorliaria para
elabardaje de
temas nrayores-
El centro de es{a Política de Gestión de Personas estáen lograrque tas transfoimac¡oncs que
tan aceleradamenie se suceden en la ciüd6d, se constituyan en oporluniJadesde desanollo
par¿ quienes dia a dia prestamos los seryic.rbs. La obsolescencia está siempre presente, más
aún en proce$os
de cambio aceleradoen comunas capitales, donrle la inversión en las
personas práclicamente
no ha existido,quedandosupeditadaa intereses particulares y
sin
s¡ntonia con los lineamientos de desarrollodeñnidospara el municipio y la comuna.
3
PR
NICiPALIDAD nÉ SANTIAGO .Plaza de Arn¡asS1t\¡ . 227 136000 - 8C020301'f . ',r A.w.mun¡slgo-d

Tabla 52 (página 52 (texto) · 59 filas)

SEcRETARíA MUNtctp.ql
0DEpro.AsUNTosrvluNtctp1!1
N"
ADReglamento 948 /
Página N"52
l" !úunicipalidad de $aniíago
$ubdiresc¡rlnde Gestión de peñonos
@ ,nroouc DEGÉNERo EN LA GesróN DELRR HH
Las transfonnacionesque
se suceden y que afectan ala comuna y sus:instifuciones rectoras,
no son solo de orden material. físic¿s o de desarrollo r¡rbano, s¡notamb¡él, se suceden al
intErior de las personas y
se manifiestan en cérno estas se proyeclan y relacionan. Fstos
proce$os se dan p'rirnariamente enlos espac¡os más intirnos y luegc
se vivencian enlos
espacios colectivos,
Una de las transformaciones
rnás significativas de laestruclura social djce relación con el
enfoque de género, el que centra sumirada en las relaciones de desigualdad entre hombres y
mujeres, abordandoesta problemát¡c¿ sobre
la base de la equidad degénero, permitiéndola
iransforrn¡ción cultural instalada desde los €sleréo ipos. Así, se abandona eldelenninismo
biológico y se ácéptaque Io que sees obedece a uncr:nstructo social. En esta tógica,las
inslituciones y particularmente
las püblícas deben no tan $olo respetar par{icularidades,
sino
más aún promover la
igualdad de derechos y el acceso a los bienes sociales para todos
quienes integran, dejando fuera el acceso prioritaríoen razón dey
estereot:posprquicios
acrecentados por décadas.
El Estado de Chile hadesanollado eimplementado durante los últimos die¿ años un proceso
de modernizaciÓn, este proc€so oonsidera como uno de sus ejes el enfoque de género enfas
políticas ptiblicas conel propósito deincorporar la
igualdad de oportunidades ydersrhos, á
pariiÍ de la identificaclén de necesidades y demandas diferenciadas demujeres y
hombresen
todas las instancias
de accién dé¡ E$tado. En este contexto, el Enfoque de @nero enlas
distintas accio*es de los servicios públicos vienea con{ribuirsustanclalmente corno
herramienta de polÍtica pública parEayafl¿ar en ladirección de la iguatdad, equidad e
inclusión
Cuando se habla deperspectÍva degénero, se tracealusión a unáherrambnta conceptual
que qse
busca mostrarlas diferencias entre mujeres y hombres se dan nosélo porsu
deferm¡nadón biológica, sino también por las diferencias culturálesasignadasff los seres
humanos. Mirar o analizar algurna situación bajo la perspecttva de géne-o, permite entonces
entender que la vidade rnujeres y hombres puede modificarse en la rnedida enque no está
"na'luralmente" determinada. Esta perspest¡va ayudaa comprendermás profundamenteno
sólo la vida de las muieres, sino tarnbién. la de los hombres y las intimas relac¡ones quese
dan entre ambos. Fsteenfoque üuestiona los estereotipos con que somos educados y abrela
posibi{idad.de
de elaborar nusvo$ contenidos sodalización y relacón entre los seres
humanos-
El empleo de esta perspectiva, planlea la necesidadínícial de solucionar tasbrechas que
existen entre mu.ieresy hombre$, mediante ae¡iones como:
A
t
MUNICIpALIDAD Df SANTIAS0 . plaza de$lN . 227 13 6CC0 - 8Cü 2030i1.
An-lrás"ü",¡J,.rrun;stgo.cl

Tabla 53 (página 53 (texto) · 50 filas)

secRernaínMUNtctpAL
DEPTO. ASUNTO''U¡¡gIEALES
O
DReglamentoN' 948 /
Página N"53
l" l-lunicipalidad de $antiagc
$ubdirec¿ión de Ges$ón de perscnas
3 Redistribucién equiiativa delás actividadesentre los sexos(€n tas €sfera*de públicoy
¡o
privadoJ.
* Justa valoraciÓnde los <jistintr¡s trabajosque realizan mujeres y hombres, especialmente
en lo refbrentea la crianza de fos hijos-as, el cuidadode los enfenr*os y tareag
domésticas.'as
$ Modificación deias estructuras sociares,rosmecanismos,regias, prácticas y varores gue
reproducen ¡á desigualdad ydiscriminación de género.
C Ei fortalecimiento poder
detde gestióny toma de &cÍsión de las mujeres aplicado
al
proceso de desalrolfo, la
perspecfívadegénero se pregunta por los aportes y fos
benefcips díferenciados delas polÍticaspúblicas en lacalidad de vida de mujeres y
hombres, lo quesignifica derribar el mitodela neutralidadde las poiiticas en el diseño y
ejecucíón de las misrnas.De rgual forma. harp yi*iblea las r,nujeres como sujetos
potenciales del desanollp superando lasvisiones fragrneniadas que las cons¡derán corno
.grupos
vulnerables" o cludadanas de segunda catego..¡a.
En
surna' la importánc¡a de su apiicaciónradica en las posibílidades que brinda dicha
categoría para comprender cómo s€ producela discriminaciónde las mujoresy tas vlas para
transformarla.
@ r,nro*renTosoE LA GEsflóN DE pERsoNAs
La moderni¿ación
señatada del aparato públíco, no soloapunta a laelimínacíón de
discrirninacícnes. slno también,durante losültimos años haabordado como uno de sus
princípales
desafíosel potenciar y desarrollar€l talento humano. Eslees uno de los
mayores retos que enfrentan lasorganizaciones ánivel gtobal, dado que rn tiene solo relación
con el aporte a la organizacióno al desarrollode un factorproductivo, sino que hoy se
relaciona ccn
contríbuir a generar mejorespersonag en una vísiónmás. holíst¡ca,
considerándola cor¡oun elemento act¡vo deunsistemc mayor del cual sornos parte y nos
beneficiamos en la interacción.
La denominada responsabilidadsocial que lasernpresas y organizacionescrscientemente
han ido asurniendo, considera como una dimensón rnás la formación de las p€rsonas que las
integran; de esta fo¡ma, se ¡mpone al interior el desafío de construir entomos laborales
productivos, hum¿nos y justos,erradicandodiscrirnina+lanes directas e indirectas" €sta
lógica de ifitegrác¡Ónsistémica, fomentá no tafi sólo lo klcnico profesional. sinaque incorpora
el desanolÍo de habilidades y valores gue incrementan el capital socíat y personál de los
trabajadores y trabajadoras.
5
UN,CIPALI0A0 DA SANTIAG0. plaza deAn."ras 51ñ.227"13 600C - 8C02030-11 .'"}1',^r.rt:unistgo.cl

Tabla 54 (página 54 (texto) · 33 filas)

N' Reglamento
Págin
L Municipalidad d€ Sántlago
$ubdireccién ce Geslión da personas
Él bctor
humano se valoriza como el más irnportanlede cuantos dísporela oryanización
social para el cumplimiento de susfines, debiendodársele uná rnayorvalidacjón a las
per$pnas, en
s¡ntonía con su relevancia para el éxitode la gestión. Hoy,la fueza de
las
org*nizaciones proviene de las personas y las desafiosson formar e ¡ntegrar ün equípo de
trabaJo. Esie es unreto para todos lossectores: productrvo, comercializacióno servicios, y no
deja de ser cierto para tas organizaciones pertenecientes a la Administracióndel Estado. €sto
es c{ave para manlener con buena salud los lndices financferos, comerciales,presupuestar¡os,
ren:uneracionales ysatisfucción al ü$uário, enlré otros.Las personas, a lravés de la sinergia
producida en los equipos de trabafojuegan un rol fundamental en alcanzar la estrategia
organizaci0nal.
Con¡untamenir üonlo anterior, surgela necesi,Cad deconsolídar un sistema de íntegrldad
mu*iclpal como medio de autoregulación- lo quese debe expresar enla ápl¡cac¡ófl de
valc'res y principios€t¡cos- centradosen la construcción de una
cultura de conlia¡za en la
función pública" Él tema de la corrupción, como factürdedeterioro de toda políüca públíca" es6
lateflte *n loda éstructura de poderpolftico, dondeninguna sociedad está exenta de su
aparición"
Tomar conciencia delo anterior, es unprimer paso parasituar en su debido contexto una vasla
pplltica de precauciones y controles que ia Sociedadcivil, por si rnismay por medio del
Estado, debe adoptar para disminuir alminimo los riessos de corrupc¡ór de la función pública.
tt es
terna ímportanle como un tecurso razonable yanticipado de prevenciún de un mal
endémie¡, cuyas manifeslaciones deben estar sujetasa dispositivos estric,tos y eficaces de
vigilancia y control potílico y ciudadano.Ex¡slen avan@sa este r€specio comoes el caso de la
l-ey de transparenciaq{re nos p€rrniie este conlrol.
6
NICIPALIOAD Df SANTIAGO . Plazá de ArFras Sil.,¡ . 227 13 60CG- 8Cl 2C3011 . wiy,r.milnisgo.cl

Tabla 55 (página 55 (texto) · 41 filas)

l. ful¡rnicÍpa:¡dad do Santiago
$ubdirecciÉn de Sestión de perconas
Lr¡¡Emr¡ENTo$DE LApoLíTrc"A DH GE$TIóN DE pERsoNAs
La gestión de personas
al interisr de la Municipalid¿d de Ssntiago está or¡eñtada,
primordialrneote, por elrespeto ala dignidad de tódos yeádá
uno de sus integrantes, el buen
trato laboral. la responsabilidady el
compromiso. la vocación da ser.¡icio público, la
transparencia, la probidad y
la nodiscriminació¡ en ef desempeño de sus respectivos roles,
ccmo también al irrestriclo apegoa la nomrativa vigente, a la procura delperfeccionamiento,
def desanolno y de la reali:aciónperson¿l de todos y todás, como un ejemento esencial e
imprescíndible del mejoramiento institucional.
En esta fÓgica, se identif¡can @mo objoüvos del sistern¿ y como inspiración de las polfticas
de gestión de personaslo siguiente; a saber:
C Clara or¡entac¡én hacia laprofesionalización.
nrFi - htrcaüa y et¡c¡enc¡a en lagestión institucjonal.
v constfucc¡ón de ambientes laborales de respeto,ccnsan¿a y cordialidad.
$ lmplementar unmodel¡¡ de gestión de personasque incorpore la equidad de género,
la inctusión y lanc discriminación.
C La probidad como elementto ceniral del a6:tuar func¡onado.
De esta foffia. esta administraciÓn se impone el desafio de construirentomos laborales
prcductivos, humanasy justüs,erradicando dÍscriminacrones d¡reclas e indírectas, y
prcipicíando aeciones que disminuyan las brechas entrehornbres y mujeres en el desarr6llo
iaboral en nuestra Institución.
Corno marco de agtuación de estaPolíiica, elta se funday elabora considerands la normativa
legal que rige toda la administración
del Éslado, denlrode lo cual los munieipios no son la
excepción; a :$abei]La operacionali¿ación cie estas orienlaciones se coDcretizan en
dimensiones' factibles detradusir en políticas especlficasque orientan y determinan la gestión
del recurso humano de
ssta Administración de Gesliónde Personas. Asf, y conforme a fo
conaspond¡ente a unapolítica, este documento señala las dimensiones y sus vectores
principales,
considerándose eü reglamentos y circulares anéxas ta rnaterialización de lá$
ideas' En este contexto,ias Políticas Fspecíficas de Gestión de personas de !a Municipalidad
de Santiago, estárr referidas a lo siguiente:
S e la promociónde las personas orientada al desarollo de carera.
3 Rl redr¡tamiento, seleccióny desvinarlación
7
NICIpALIDAD De SANTIAGO . piaza de Anras €1Ni . 227 13 6000- 8C0 2030i1 . 'sr;¡,v.m¡njslgo.ci

Tabla 56 (página 56 (texto) · 43 filas)

secRettníeMUNtctpAL
YG*DEPTO. ASUNTO'
"¡¡gIEALES
N'
STRÉ MUNICIPALIOA)Reglamento948 /
Página N'56
l. li,ifunldpaliC*ri cre San,iiag(}
$ubdirección deSsstión de personas
$R ta capacitación orientada a la generación y desarrofro de competencias para el
mejoramiento dela productividad delos dibrentes servieios
cR ta asistencia ycomporram¡ento orientado a ra transparencia yprobidad
3Al movirniento depersonar orientadohaciá ta f,exibiridsd de ra Geslión
$R hs condicionesde trabajo, manteniendo ambienlesde mutuorespeto
3At desanoilo y realización del personal desde ufl anfoque de derechor y de equ¡dad
de género
3lntegridad Municipal como medio deautporegulación
Pnouocrr¡¡r
Sri€LAs FER$'NA' .R!€NTADA ALoEsARRoLLoDE
(Obffvizar SFsterr* de Cdlffcáciooes- Anexo 2)'ARRERA
Compatibilldad er¡Íre rnérÍos, tdoneldad ycumptimiento de tqatidad
En atención a que el persónal rnunicipal se encuentra sometidr a un sislema de
Canera Funoionarial, a través delcual los lrabé.i¿dores lransitan dsrante su vida
laboral.
esl,a deberá cornpatibilizarlas competer,cias, rnerito$e ídoneidad con la
aplicación de lasdisposiciones normativas vigentes,teniendo de esta forma, acceso
a posicioñes dernayÓr jerar"guia yresponsabilidaden el desanollo de la gestión
rnunicipal"
.Agayo penmnenle paraetr acceso a ta pnmociia
En esia lógica se procurará que lapromoc¡ón seaexpedita yorganizacionalmente
viable, fundándose en las capacidades y competencias de los furciorarios, como en
el grado de con{ribución que se haceal curnplimierrtode los objetivos e$tratég¡cos de
la Municipalídad.Ésto requiere de unapoyo pemenente en lasfases de orientación,
socializac!ón y entrenar¡íento para elbuen funcionarn¡Éñto de latarea enconendada.
De esfa forma,cada proceso decambio al irferior de laorganización, seré
considerado paradesarrollar un nuevo proceso de inducción.
' An 42 LeyNq 1 8.69i. 0rgúnicaConsütucionat de Munaipatidades.
El personalestará scmÉlidf,a un sisterna de cafferaqüe protria la dignidadde la función municípal y que guarde con{offnidad 6on su
caráclet técn¡co, profes¡on¿ly jerarquizdo. Le seránapJicables las norm¿s sobre probidad administrativa eslablecidas por el titulo lll de
la tey N" 18.575, pan et peisonal de la Administraciónpública.
La canera funcior¡aria se f-¡nd¿rá en ei rnórilo, la ant¡güedad y la kloneidadde los funcionaiosde planta, pare cuyg elegtg exislir¿n
procesoe decalific,acrbn objetivos e lmparciales.
Lüs plomociürcs ¡ocú* eiec,tu¡rse, según lo disponga el estatúo, ntedianteascenso en ef rxpectivo escalafon o, etcepcionalrnenle,
por cor)oijfso, aplicán,iose eneste úllirno caso las fellas pf€vi$las en el aüicuh a¡lerior.
I

Tabla 57 (página 57 (texto) · 54 filas)

DEPTO.ASUNTOS II¡U
Y6O
RÉ MUNICIPALIOADReglamento
Pá
l. füucícipalidad de $sntiego
$ubdirec"cidrn deüestidn d* personas
P¡ocesos de meclicióny mejarumienbs vatídados
una
adecuada porítica de promoción, fequiefe decraros prcces.€
de medic¡ón y
mejoramiento
del desempeño. Enesta lógi*r los rnétodos formales cle calificación
pata ta Administración púbric¿,deberán ser ácoü¡pañados prruna
reración
personalieadaentre los aclores del proceso, de forma que
talse estéblezcan las
sinergias paraque esta relac.ló¡ seade aprendizaje ymutuá codstrucción.
Dffusíón de procesosde prontoclón
No obstante to¿ñteilor" unaporítica
adecuada de promoción, Gebe garantizar que ar
interior
del municipio exista la debída difus¡ón de losprocesos para €t ascenso. para
€ste cfecfo, seconsídera¡ la págína web, lnkanetMunicipal ydemáspublicaciones
de orden interno. que debeÉn ser insiaradas en rugares vrsibresy concu'idos.
Transpar*ch ética e*el ac-ceso a Soplencfas, Ascensosy Soórqgaacras
En materia dera provisíón de cargos vacantes, severará porra observancia en el
cumplimiento de la
normativa. Asi,las suplencias,estafán sujetas estrictamente a
las necesidades der servicio, y en especial, a la necesídad de garaniizarprenamente
el pincipio
de continuídad del servicio Ftjblico¡ .
Ei régimen deascensos en
ros cargos componentes der esca'afón demérito. en er
marco def inestriclu apego a los derechos funcionarios3, procurará llevar a cabo el
reconoc¡m¡entodel
mismo, asl corno la aplicaciónde sus resultados. según una
c¿lendaüaciónperiód¡ca y conoc¡dá_
Las $oÓrogancras, nc obsxante que operan por elsolo minbterio dela Ley, serán
infoftnadas. a lo menos una ve¿ atañ0, por la subdirección de persanal. hasta el
nivel jeráquicoque ia AdmrinistraciónMunicipal dísponga.
Rec¡-ur¡ure*To,selEcgéil yDgsvtncrn-Actóil.
{R€glafnento de lngr€soa ¡lr Ltt.S. -Anexo g)
Proscripcnía üe la díscriminaciín
El proceso dereclutamiento, busca asegurar quelas condicjones de accreso al
eÍnpl6o, incluidos sus criterios deselecc¡ún, no conlleven üiscrirninaciones que
excedan las exigencias del üargo yílo estén referidas diredámente a éste. De esta
forma' los perfiles de h¿bifidades ycompete¡ci¿s deberán cenlrarse enla funclón a
desarrollar y noasocrarse a factorestales ó0rno edad,sexo, etnia, génerou otro¡-
2Art28 Ley Orgánice Constitucional de Basx Generales de la Admirristracióndel Estado, N" 18"5?i.-
rArt42 Ley No 18.695,
OrgánicaConstitucionaldeMunicipalídales
aTalconio planlea
se €n ia Ordenanza Municipai N"1 04 iontru la Oiscriminación. oel 18 de nnyode 2út¡g
9
ILU$TRE MUN¡CIPALIOAD OE SANTIAG0' Plaza de Arnras SIN. 227 13 60C0 - 8C0203üi1 . 'rw\a,r.r*¡nistgo.cJ

Tabla 58 (página 58 (texto) · 46 filas)

I. Munl'ripalidad d* Santíago
$ubdireraión de Gestión ds Fers{}¡Bs
imientos co¿sursablesesúaálecidos yvalidados
El reclutamiento y la
selección se llevarán a efecto con estric*o apego a ias
disposiciones rega¡es vigentes y
ar Regramenr.o de rngreso a ra l.M"$.,a través de Jos
procedimientos concursables €stablecidos"
lomandocomo baseloseleme¡tos del
análisis y descrÍpción decargos que sean pertinentes.
ffo de carren centradoen méribs
Consistenfe con lo
anterior, se velarápor que el sislema gar:anticela igualdad de
oportunldádes, la no discrirninación yla transparencia, en donde lavaloración del
mérito e
idoneidad serán los principales factoresdel denominadodesarrollo de
carrera" Este
será una henamienhtécnica cuya caracteristicabásica es la
hornogeneidad para evaruar el Ingreso, la promoción y
er arcesr a cargos cte
responsabilidad.
sabtl idad i nte ma, primera insúafrcla deselbccr.ón
Se privilegial"á la promocién por concurso intemo para sáti$facertasrequerimíenlos
de personal' Cuando noexisfan al lnterior las competencias o habilidades reqrjeridas,
'los criterios de idoneidad deter¡'ninaran que ta búsqueda sea realáada mediante
concurso. en consonancia con la normat¡va legal.
Los c¡rncursos priblicosde ingreso, procederán enel úllimo grado de la planta
respectiva, que
salvo existan vacantes de gradossuperÍoresa éste o que no
hubíeren padido proveerse mediante prümociones porsoncurso o por ascenso.
culacxin cen:Úrade. e¡ de¡ec.f¡os
La desvinculación
obedecerá al ejerciciode los derecios estatutarios,para aqueflos
funcionarios que bordeanla edad paraacogerse a retiro, velandoporla difusión
de
los
diferentes incent¡vosque el sistema establece.Con.¡untamente,el prooesü de
desvincutración consideraevaluación deldesempeño ylas iniciatirias dámejoramiento
de la gestión instittrcio'nal" ten¡endo siempre presente el derecho aun debído proceso
administrativo. De
esta forma la desvinculacíónconsid€ralascondustas o
desernpeño funcionario por debajo de loesperado.
Pa¡alelarnente , la desvinculacíón puedegenerarse a partir de sumar?oadmínist¡ativo,
cuyo proceso finiquite (¡nd€slfucióñ, o blen, a la perdida de algunodelos requisitos
de íngreso a la AdminÍstración pública"
10
IDAD DE $ANT|A60 . Plazade Arnras $1ñ . 227 13 6000 - BCC 203011 . '"vit,l,i.milnistgo.cl

Tabla 59 (página 59 (texto) · 44 filas)

secReranía
DEPTO. ASUNTOS ¡¡
Reglamento
P
l. Muni*ipalidad de $untiag
Subdireccídn ds Gestiún d¿ F*rcona
ción)
acflació,, como instv mento esfrafégrico
La Capacilación seconstiluyeen un instrumento estratégicü de apoyral logro de fo
objetivosy
der municipio delas unidadesque ra componen, teniendo po, objet
desarrollar, complernentar. perfeccionar oactualizar las comFeten#as necesarias
para el eficisntejos
desempeño defuncionarios efi sus puestos de trabajo y como u
aporté para mejorarsu calídadde vida"
der a la formación de conrpefenerbs
La Municípalidad propenderáa iavorecerla formacíón de campetencias de su
funcicnarios, jr.rntó
con su actualización.Fara estoelabora un plan Anual de
capacitación, coñ presupuestoprop¡o, orientado en una visión de mediano plaza
centrado en una detección de necesidades. Medianteeste inslrumento, corno de
aquellas que habiendo sidoorganizadaspor organísmos edernos(MÍDEPLAN,
y
SUHDER€ otros]que revistan ternáücas de interésmunicbal, se cubrirán la
necesidades fonnativas de[ personal.
Los incentivos deberán instalarse, de formaque ta capac¡tación o actualización de
competencías, seanelementosa consideraral momentode cubri¡ mquerirnieotrrs de
personal,
ríadad ea ¿cúfoidades & c¿pacifación
La parlicipaciÓn enlas activ¡dades de {apacifación iendrá caráder de obligalorio,
salvo que la Comisión de Capacitación exprese claramente el caÉcterde voluntario
de ellas o exima alospor
funcionarios algún rnolivode incc.mpaíbifidad con la
actividad. Fara esio, lasacciones dec€pücitación deberándesanoflarse.
pref€rentemente,
dentro de lajornada detrabajo; deno ser factibfe, se deberá
conciliar con el superior dir.ectola forrna en q$e accederáa la capacitación-
ir de heneñciarios de capaciúacria
Se conformará un sislema par¿la seléóciénde beneficjarios de capacitación, Wyos
criterios deben serdifundidosy sociafieados en el servicio. Conesponderá a la
comisión de capaciración, como instansíatécnica y de apoyo, asegurar, según
cr¡terios y condiciones unilormes, un accesoigualitario ala lormeción ycapacitación,
sin que existan discriminacionesde ningún tipo.
It
AD DÉ SANTIAGO . Plaza de Anras S/ñ . 227 136CC0 - 8C0 2C3011 . !yr,,w.m¡nlsgo-ó¡

Tabla 60 (página 60 (texto) · 51 filas)

vamosbien
secnerlRÍ¡
Y60DEPTO.ASUNTOS I
REReglamento
MUNICIPALIOAD
l. Múniü:pa¡idádde Sanliago
$ubdirección de Gestión de Fersonas
Evatuación de ta capacihción
se desarrorrará ün sistema de evaruaciónde ras aclividades
sobre rabase de ra
medicíón der gr:ado riesatísfucción de ros parricípantés {us.os uarios) y decambios en
los
conocimientos,habilidades y actitudes def part¡cipante{aprendizaje).
Derecños¡ deóeres de /os superbrcs
Los Elrectores yJefaturas tendrán ra
responsabiridadde promovs yapoyar ra
participaciófi desus
funcionarios en lasactividadesde capacíracién, asl como
también de informar ala Dirección de Gestión de Personas, tanto de fas n€cesrdades
fonnativas de sspersonar como der impacto de ra capacitación" De 6sta forma, se
ex¡gé a las auloridades
un efectivo cnmpromiso para que lo fqrrnativose rearice
conforme a ras necesidade' de las diferentes unidades, respondíendoar pran de
desarollo comunal.
lJ6tlzación de sery&cios de €rfér,ós
l-¿ contratación delasáctiv¡dádes de capac¡tación se haÉsegrln lo díspuesto por las
normativasy
intemasleyes vigentes paralos organismos del sectcr püblico. No
obstanie ésto, elles secornpler¡énfarán conmelodologfasespecífrcas p3rala compra
de servicios de capacitación y selección de proveedores.
S Assrencn y@,.poRTAt€ilrooRrErúTADoA LA n*A*spAREN'AypRoB¡rlAD
(Ley de Tr3nspar€rÍ,kl y rutdao)
kl &b¡tío axngtimíaúode f¡rncbn€s
Debido a la pennaoente necesidad de garantirar el debídoejerciuo de lasfunciones
de lodas las
r¡nidadesrnunicipales, asi corno el cuffiplimiento de las metas y los
objetivos inslitucíonales, la asistencia, pormaneocia ypuntual¡dad .Jetódes las
p€fsonas que
componen la dol,ación municipal, son registradas y monitoreadas
med¡ante el s¡stemageneral del control de asistencias, cuya administración
corresponde a la$ubdirección de Gestiónde Personas. Ésto en el +rarco de las
nofrnas gue
al fespeclo se dlcien, las quedeben ser conlrofadas por lajefatura o
supeñoridad jerárquíca6.
Sislernaac&¡ali¿ado deJ regísfro de arfeceder¡fes
$e debeÉ contarconun procedimlento ionnal de reg¡stro de fa lnformacióo de los
funcionarios, a cálgo de un responsabb deadminiskarlay de olorgar infonnacíón
$egúnpeñn¡neneia puntualidad.
elReglamento de Asislensi¡, yvQente.
lnciso prÍmero, del An '1 lb de la Ley Orgánlca Constitucionalde Bases Gener¿les de la Administraciúndel Est¿do.
12
¡LUSTRE MUNICIPALIDAD De SANTIAGS.piaza deArnras SIN .227 13 6ü00 " 8C0 2030i1 .'"v¡'ri.m.¡nlstgo.cl

Tabla 61 (página 61 (texto) · 44 filas)

DEPTO.ASUNTOS IVIUN I
Reglamento N"
Págin
l" Mttr¡isip¿¡¡d¡d de San{Íago
Eubdirccción rie Gesttrón de personas
oportuna para la torna de decisiones, de las cualesson un ¡Esum.-üonjuntamen{e,
la información debe rá entregárse en la medida que se dernande.
o de gesfiones infumas
conlicrme a fanormativa,
se cuenfa con un servicio que preserüaestándares de
respuesta de las gestionesintemas (ausencias, licencias méd¡cas, vacaciones, días
administra{ivos,permisos especiaies, contralo$ y resoluciones
su cumplímientocoordinando las áreas que participan€ntre o en el proceso.tps}, y controfa
sÚ¡¿clán de ra¡'ru¿e¡aciones
Se ct¡enta conun subsislerna de remuneraoíones,encargedo deadrninistrar los
tofiponenlesy
fi'jos vafiab¡eg de l¿s remuneraciones, de acuerdc
con la normat¡va
vigente- Este
subsistemamaneja ¡nfonnác¡ón telaciona6a a través de
una
henamienta computacionalespecializadar la ci¡al genera y rgscaia
informacíón del
s¡stema de pagode remuneraciones,
De pERsor¡AL .E.¡TRAD'Elr GE$nófi pox coirFET€r{crAs
:
n depersonatbasado ancompefeacias
La MunicipalíJadpropiciarára gestión de su personar, basándose ancümpetenoias,
mcdelo que
será desarrollado considerando losrequerimbrdosy fíneamientos
e$tratégicos de la organizacíón, las capacidades y habilidades de fos funcionarios y la
ilffi xL["n:i.;itrffi l:*#;: ilffiri: nH
objelivos estretegicos.
prca ntos denat
:
La definiciÓn delas destinac¡ones, puestas a digosición, reguerimientos de personal
y rotación der mismo, entredos o más unidades municipares,
estará siempre de
acuerdo a las ¡ecesídades del servicio y a la eficienteadministración delas pesonas
que integnao la organización.De esta forma, ta Administración,
crearásoluciones en
función de losdesafios ¡ntsmos y externos quese enfrenten, realizando las
innovaciones cuando se requhran.
l3
AD DE SANTIAGO. Plaza de Armos $tN . 227 13 6000 - 800203011 . wr'1v.rÉ.rnjstgo.cl

Tabla 62 (página 62 (texto) · 53 filas)

secReTIRÍe
Y60DEPTO.ASUNTO'
"¡¡
¡,tUN¡C¡PALIOADReglamento
Pá
l.Mrniripal¡darJ de $antiaE
$ubriireccióndsGestión de persnne
Evaluacíón del desempaño
conjuntamenre coner sistema de cá¡ificadoües provisto enfanormativa que
los funcionarÍos municiparesz, se imprementaránrige a
condiciones e Ín$trumentos d
diálogo formar ener proceso de evaruación, foment&rdoiaretroa¡imentación a
funcionaris, por parfe der evaruador, en torno ar a.rmprimientode sus
compromsog
potenciando sus forfate¿asy superando sus
deficienc¡as,contribuyendo asÍ a
desanollo de la Municipalídad en su gestión int€rna
SCono,"ro,'Es DÉ TRABAJ., rmNTEr*sNDo AIIBIEI{TESDE rlUruO RSSPEfO
lüanr¡d de Ode¡tacirin ilunícipal - Ar*roS)
Ambíe¡úe labotél squrc ysatudable
considera un sisterna demonítoreo deHigiene, seguridady me¡oramiento de
amb¡entes de trábajo, conun responsabre der rerna. aportandccon ínformes
periódicos, no sóro a ia
organización sino tambiéna rcsfun.ionar¡os,
comprometiéndolosa fravésd€ d¡versos medios con el logroderesuftados (Comités
Paritarios). De estamanera,se protegerála salud e ¡ñtegridadde losfuncionarios y
se generará un mejor desarrollo inlegrals.
La salud e ¡ntegr¡dad no
estásoro referidaa ros asp,ectos físicos o biorógicüs en su
interácriófl con er
medioraborar, sinoque también. considera ros trastomos
psicosociales en el ámbiloocupacionat, esto hace referencia asituaciones y
condic¡ofies inherentes al trábajo y relacionadas al tipo de organi2ación,al contenido
del trabajo y la ejecución dera tarea, y quetienen ra capacidadde afec{ar, en forma
posítiva o negativa,er bienestar y ra safud(física, ps(rlca osociar) der trabajador y
sus condiciones de tr¿bajo.
A t¡tb k n te I aboral posifivo
Se vefará por crearcondiciones propiciaspara un buen clirnataboral, reali¿ando
rnedic¡ones periódicas, sistemáticas, síendoresponsabilidadde los directivos y jefes
de servicios el promover y
mantener el buen clima laboral en sus unidádes,
diseñando las acciooes conectivas pa€ este proposito.
Conji.rntarnente, se fomentaráuna culturade prevención enlosespacios laborales,
mediaflte opórtuñidades de tratam¡ento y programas de reínserción paraaquellos que
presenten adiccionesque afecten su calidadde vida y su pmduclividad
laboral.
Conienida en pánafo
el 3o del Tilulo ll de b Ley No 1s.883 EstatutoAdministrativo para Funcionados Munici¡a¡es fAd zg v s¡oü¡e.ntasl
nclly¿¡¡o ¿spéÉlcs
tales coni+los-reccgidor án et Regiarneillo rr,lemo de orcen,'Higlene ységuÁj;, ffiilü;-ilil";;"*'
estra¡io(N4 173 d€t 29 de abritde 200?l
t4
. y8."\,i.munisgo-cl
ILUSTRÉ MUNICIPALIOAD DE SANTIAGO " Plaza de Ar¡-:ras Slli " 227 136000 - 8Cü 2030i1

Tabla 63 (página 63 (texto) · 44 filas)

DEPro. ASUNros ruuN
ReglamN ento
Pági
L Municipalidad <le $antÍago
$ubdirección d* Go*tién de personss
de benef¡cios
Se generaránacciones tendientes a ótorgar un conjunto de benelici¡s y prestaciones
que no se escaperl del presupuestay que no esiénprohibiJos lor la legislación
viEente, forlaleciencJo el vínculo laboral y el espírilu de pertenencia.Conjuntamenle,
se procxrra laconciliación ce Ia vida familiar y el trabajo, el apoyo en s¡ dimensión
personal y familiar, la integración
sociat; todo en laper.:spectiva ceincrementar la
cafidad de vida del funcionario y su farnília, acorde alos lirnites 6teblecidos en la
normátiva especlal vigente sobre la materiae.
iones y óer¡elfcbs legrales
l"as relacíoneslaborales son ¡.¡n elemento de importancia, dado que definen lacalidad
de las interacciones entre empreadores y trabajadores.
El dar cumprimiento a ros
diferentes benericios y prestaciones
es{ablecidqs a davor del trabajadr:r yque se
encuentran debidamente garanlizadas
por Ley es uno de los factoresque determ¡nar^l
esta calidad de relación, por consigr,rienie, la observancia de ellas as eje central de
esla Política. .
D€REciNos yD€ eeuDAD DE cÉl¡€Ro
rendo
la perspectíva de género y su transversalizaciónen tos dísüntoscomponentes
ados en este
doc¡¡rnento, es relevante genefaf una agenda degéneroen la
ción de Gestiónde Fersonas que contemp¡e:
lncoeptaxnde ¿cciones de sensfó*i¿acró¿ er¡ úa,ráfxcas de gárero,
dlver,:sidad e incl¿slón er¡üe n¿r€gúntslb¡ciorraríos,
Prorroción dePofe"'ciqtambnb profeslona I y fF,tlir:gztcior, err.ergos
dí rec tives pa nÍ u n cio narias.
lneolpo¿¡acíótt
de ¡'rríciaün¡as gr.le r.ng¡o¡en lrc conclicirxres faóocates de tas
funcianarbs e¡ fernidcas de caí&do.
hrcatporackinde acc¡or¡es {r¡e nteJoten cv¡rtdtctoñesfaúora&s delpersona/ea
sifu¿e¡ón de discqacídad-
ponentes espeeífioos. es relev€ntedesarrsllar linearnientos y/oacciones que
n en.
la Ley 1?.379 de 1970 y Roglamenlo,l132
su contenido en et Dto. N"de lggf Jel lÍinisterio dellnterior.
l5
AD DE SANTIAüO. Plaza deArnras S¡|.i.227 13 6CC0 - 8C0 2C3011 .'rvi1¡,¡j.mirnistgo.cl

Tabla 64 (página 64 (texto) · 44 filas)

SEcRETARÍAMUNtctpAL
DEPTO.ASUNTOS IT¡UNICIP1:=
ReglamentoN"
948 /
Página N'64
l. Municipalídadde Santiago
$r¡brJirección deGestiénde personas
Desarroüo
d8 canara centrada ennéritos; $e veraÉ por qlre er sistema
garántÍce ra iguardad dey
discríminación yoportunid raades equrdadde género. ra no
permitan mütivartlansparencia y promover una. Esto refere in mayor participacióskrar a ncriones que
fonenina para fa
movilidad la boral en͡ncionarias-
ConpaübiÍüadentre médtos, ldoneidad y cumpltmíentp ds
te
legalidad; Se
velará por que etsistema garantice laigualdad de
oportunidades y
egu¡dad de género, ta no discriminación y la
trensparencia.
Apoyo pemrarrenteFaraelaccesp de ta p*,maclón;:proarrará
$eque la
promoción sea organizacíonarmente viabre y expedita,fundándose en ras
capacidades, comgetencias y
oontribucióo a ros objetivos estsatégicos de ra
Municípalidad- conenfoque de ¡¡énero, se dará orientación, sociarización y
enirenamiento parael buen funcionamiento de la tarea.encoñ.:endada. cada
proceso de cambio,deberá generar unnuevo proceso
de inducción.
Tnnsparencia étíca ¿¡ el arceso a Suplencias, Ascensos y
snbrogancÍas"
Ascecsos: irrestr¡ctoapego a rüs derechos fr.¡ncionarios,
propiciañdo la eguidad en cargos dirsc{ivos entré mujeres y
hombres.
L cono ilEDto oe er¡rqneouLdclófi
ionamianfo, sñsfy emaáfuaciin homorqación deh óispetw y
mative vgente
nto índíspensable de esta polit¡ca deintegridad debeser la revisién,
namlenro, sistemy aü¿ación homologación del¡ d;spersa y
nea normativa vigen& par:a cautelarta probidad de lafunciónpública.
laras y racionales,junto con facilitarsu anrnpllmientoy fiscalieación.
su conocimiento einfernalización portodos los ciudadanos yquienes
ñaa
labores de servicio ptiblico. Así,en el ámbilo municipal,se hace

Tabla 65 (página 65 (texto) · 31 filas)

secnernRín MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡¿IEELES
Reglamento N" 948 /
Página N"65
l. tdunicipalidad de Santiago
$ubdireccién de Gastión dEper*onas
ar ta negtigeoch y Ia
unisi1tt,Guírndo ésúa cfurníñc a evíbr
arnerr&'nrfrrrr
La Municípalidades er €stadp organizado en atención a ras
necesieiadesde una
comunidad queestá as€ntada en untrenitorio
determinado y que es parte der
Estado y del pals comoexpresión parcial geográfica y social. Tiene además, la
caracterÍsiica deestar más próxima alciudadano y, por lo tanto, conocefmeior
sus problernasy ser potenc¡almenh capaz debuscar ras rnejores soluciones a
esos problemas.Por estamisna nz6n,la Municipatidad está sujeta a uncontrol
social, de los ciudadanosque tienen oportunidad de c¡nocefla mejor en virkd de
su proxirnircad yde su ¡nterés ann¡ediatoen su acción. ñ.s{e e¿ntrpl es eierciJo de
manefa especllea sobreel acluar de las pensonas que compon€n el municipio,
es
decir, sus funcionarios"
En este sentilq,la probriad (varor
ifltrrnsecc decada persona) signifca, desde ra
función públicaque eilosdesanoilan no sóro er desemp€ño húnesto, leal y de
entrega a dicñafunción"que
sino además axige effnrinar ra aegrigenciay rá
onrisirín, cuando éeta signlfica evitaracü¡arcorrcsiamenúe" La probidad y la
efcíencia están en consectencia directsmente relacionadas"
t7
LIOAD DE SANTIACO . plazade Arnras S/N .227 13 6ü00 - 800 203011 . 'r*1w.mün¡slgo.cl

Tabla 66 (página 66 (texto) · 3 filas)

MUNICIPAL
NICIPALES
N' 94 - 8 /
ágina N'66

Tabla 67 (página 67 (texto) · 52 filas)

secRernRía
0DEPTO. ASUNTO''U
ADReglamento
P
i.Murrl:ipalidad ds $antiag
.$ubdirecci$nde Gestién de perg¡rna
f .-C¡nacrERlzActóNDlncruósncA
Fara entenderfa
organización a fa cual nos enfrentamos impoíta establecer un
caracterizaciÓnbásica
deelJa, así, üa Munícipalidad a esta fecha la componen 2.44
personas,
distrjbuidasen diferentes eel stamentos; conglornerado mayo
corresponde alos funcionarios planta
con un 57%, seguido por ta población
tontrata con un
24o/o' Larestante proporción se distríbuye, fundamentalmente,
entr
las dos categorÍas de honorarios.
En térmlnos
dedlstrlbución por sexo, lapoblación que predomina
esmascul¡na con
un 670/o; no obstante esto, la situaciénde masculinización noes generalizada ni de
distribr-¡cién unÍforme; por ef contrario,estolo distorsionan unidadeso direcciones
muy especificas: Aseo yoperacionescon sus Direccionesde Mantenimiento y
Hmergencia.
El aná{isis degéneroque
se establece en esta caracterÍzación es
básico,
centrándose tinicamenteen la variablesexo, dado que la información no permite
mayor profundidad.
áne*o P,"¡;tÍfA
ater¡fitcarJ}ütm snffi,I
"94,j"'
r¡scuu¡¡s'' ¡i¡id
FEMENINO 447,I1:¡25ñ ''75'i
TOT'L IGF?98
373l* 3f7¿ 2.1*¡
Estas Dlrecciones, consuetudinari€mente,
han contratadopersonal de
sexo
masculino paratodas sus funcion*s, las mujeres s+fo han ingresado en labores
adminístrativasy de secretariado,
no siendoun recursos consideradopara labores
de fi'¡erza o de
caile. Asi,vamos que ros grados más bajos,que cor.esponden al
escaláfon auxifiar son los de rnayor rnasculinízación.
si establecemos un anárisis más fino deesta cornposición y dísgregamos [a
infonnacién porsegmenlosoperativos, podemos, si bien no establ€cérconclusiones
de cierta jerarquia por lo grueso dela información, si podemosde.linír áreas
necesarias de intervenciónen la búsqueda deoportunidades e iguaHadde trato.
l9
MUNICIpALÍ DAO nESANTIA60 .pla¿a de Arnras $ll'i . 227 '13 6C00 - 8C0 2ü301'1. 'r*1¡ér.munistgo.ci

Tabla 68 (página 68 (texto) · 49 filas)

secRettnÍn
0DEPTO.ASUNTOS M
DReglamento
I" Munici¡alidadde Santiago
$ubdiruóülón de Gestiénde Fersonas
Las unidades asesoras presentan un equilibrio en
este sentido, pud¡endo señarar
ciert* predomin¡odr
segmentofemenino ene[as. casi el 60% del personal de
las
unidades asesofases rnujer: secplan y sec.Municípallíderan en este aspecto.
úLcAt g h¡oJNgrRAooR rrlrilrp¡¿€o¡lmorcrcxtrs
TOT¡tF E M,,i
A0M.WNTAPAL 147
50,00% 750.0w0
DrR 0É c0tru,vJo4clo¡v€s?812
42860Á :057,14%
A|,CI.LDIA 3012 :8
40$tr/660,00%
7231 43$¡t
dl569{.,.6
ASEffi{J!k0l}r - d¡rR€r. rff8iro - s6cpffi. ¿JAir -ruilÉFi{- vexuxut¿uxf,e
urv,gAprbr¡¡-"--** * **É -*- -ü Fu -
,4S5S0RrÁ.ruflütc.ic :5¿l4 43,7ít/o :8
COiJTROL ti'/IFRvO2612 {6,15% t4$s,25% 53.83%
SfCRÉIAR,AsÍc¡{-{Af i,lUNlC,P¡l74 5318 64,86% ¿o t( 66,ú4% t833,9C%
VENTAMIJAUNIC/.u3925 M,If1o t4 lx4 59,E?¿ g03$.S0.). $¡a¿
La üírecciónde Desarrollo comunitario, al igual que las anteriores, concenlru mayor
personal femenino,siendo Desanollo Social [a unidadde rnás alta concentración de
mujeres
conun66Yo, En contraposición,Deportes y Recreación, presenla el
porcentaje más bajo de mujeres,liderando lapobfacíónmasculina congl%.
unEsto
tíene cierta lógica,las profesiones del área social, tambíén en una miradapretériha,
se asocian aun mundo femerinoy quiénes sededicanlabonalrnente a la atención de
las personasy susnecesidades,t*ayoritariamente sonrnujeres"
orDÉco
u¡¡.i,bÍ¡ oeoi" r .M
Fil
,4DÁI. OD€CO ; ?91i 51:ty, J4 4828'/o
suBp.ssBl4clossoctÁ¿Fs n51 66¿fi6 :2633,77%
S¿,80. PJ4RíüTP¿üCI'\J üIJDAü. INA 3717 45,95% 2054,059Á
su8p.o s4RR0{¿OECo,v.t0c4¿ 21f0 47sm 11s2¡8%
su6D.so DF.SqRR0/¿OcrÁr fl383 67,¿S96 4032,52%
suBaDEogpoRr synr-cRr¡c¡óru i1248 {2,8696 E45?,14%
SI}BD,DECULTUM 5729 50,88<,6 2849,12%
OEPIO. DEIUR'SMO 13I 61,$1% 53Á,46%
I 4{8efl 55,6fÁ ffi 14¡5%
2$
UNICIPALIOADDC SANTIAGo . Plazade Arnras S/N . 227 13 6000- 8C0 203011 . iv,1^"i.munistgo.üJ

Tabla 69 (página 69 (texto) · 49 filas)

DEPTO. ASUNTOS
Reglamen
l. Munieipatidad de $añtiago
$ubdirección de Ge$tiór ds pi:rs{¡na
La Dirección deAdministración y Finanzas. en un 5g% ra integrar: varones, siend
Gestión Adminisirativa quien lidera con un zgolc. lmporta señalar quelas funciones
de esta Dlrección están asociadas a la mantención de las diferent*sd+pendencia
municipal s, función que sereariza por auxiliares y técnicos
de sexo mascurino.
onEcclor¡ ¿g¡¡¡l¡*lsrRAcdÉ, yÉrfÁ¡¿As
UMNAA ÍOTAI- F FMM
mRE&¡óN Dt A}Mtiltsl¿qciófi y ¡/NÁ¡/¿4s66,67% \,. *vñr/e
D6Pro. 8/f /Ésr¿R sóc/¡r33 26 7t,79a/7 a 21,?.1%
.sugo os 6Estó¡¡ oE pfnsolr¿qs4E 21 4?.75¿t Ya x9.¿t"k
SOSO- DÉ 6f$T¡Ó}V ADMINISTPATNA63 14 22,ZTl49 a 77,70%
S UgC ¿,F RÉ/VIAS y Ft1,r¡i!¿AS59 19 34,55.3ü Á fi5,45%
SUBD. CONTAfrILIDA' Y PRESUPUfSTOS2Í 10 47,620111 o 52,38%
SU8D. DE I E SO RER'A INNICI PAL¡2 t7 5gr3% í5 46,88!,ri
suBo of i'lllr0RirArfü430S 30,0021 % 70,0c70
xl ln 415?f/. 1üS 68,08%
La Dirección de Aseo,y
ornato Medioambiente,asi como raoíreccÍón de
operaciones, ssn
altarnen{e masculinieadas, aqui prácticarnente las mujeres no
tíenen un espacio de desanolfo, con excepción de medioambiente, unidad pequeña
cuya función esasesorar ydefinir politicas medioambientales para lacomuna. Las
más extremas
son Mantenimiento y Aseo y Limpieza urbana, donde casi el 100o/o de
sus trabajadoresson varones y no se evidencia enningún horizonte de tiempo
señales de cambio e integración para la pobtración femenina.
Explicitamente. aquí ha habido una segregáción: ta infraestructura y elequipanrÍento
no están acondicionados para atender a personas dedistinto sexo,situaeión que
requiere inversión para superar este déficit. Los incentivos para eliotampoco han
estado, no ha habído una politica pública en el sentido de promover esta integración.
Los servicios degobierno han sido tenues en su rerato, La fégica y er discurso de
una sociedad más justa y equilibrada no tienen correlato al interior delas d¡ferentes
instituciones del estado.
onsccJót y
oR'{/'To rffiDo ilt?t$$E
' 'g¡sÉo, U//DAD TO-r- - I*! F-'-iá ftl|
su80. ,r¡sfo yt tütptítí upAANA 470 9 1,91%{s.t g8,09?o
suBo og oRr'¡AIq plñ0{lÉ,5 yJllRDlJttEs
67 13 19,{0S¡ s4 80,6{%
suBa of Hrctftvf 23I14
39,139ü 60,87.A
suBD,úfMEDTOil,t$tFNTt 14 7
50,0ry¿ 7 50,00y¡
5¡4 38 6,62%5S5 $,3ryÁ
2t
NICIpALÍSAD DE SANTIAG0. plaza JeArmas $1ii .227'13 6000 -8ül 2.)3011 . yr''r .i.mrnistgó-ci

Tabla 70 (página 70 (texto) · 51 filas)

SECRETARíA MUNICIPAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡g¡EALES
Reglamento N" 948 /
Página N"70
l. Municipalidad de Sanliago
$ubdirecclón <le Gestiónde penssnas
oÍfi ¡.tf ccrdir opÉ&AótoltEs
o/Rfoc,ór9 0É oPeRActoi,lss4?
5¿180. ff tArlt.6¡,lJ¡t{,8¡/I02382s0.00% 0.ff19í2 50,0096 ¿.tó 99.16%
su80. 0#m0rÉccló¡/cjyJly rü{eR6grvc&a6142y/.36 85,7J%
l0
2gs,ffazt, eó1816
La Dirección de obras un
üenemayor equiribrio de génerc, aun
pavirnentacÍón establececuando
masculínizandoun atto gradode distorsión. Nuevamcnte fos sesgos actúan
una función que lradicionalmente se asociae varones. Tránsito, sín
mayor razón tarnbiénpresenta estesesgo, aun cuando no existen funciones que
puedan asocíarse por tnadic¡ón a un sexo u otró,
üRÉtcdÍoÉ üR¿ts üfi ep,I-€s
I}ITIDÁD ;'Tffü-*F '*F, '1, u-*-
D tRL CC'ÓN 0E
aBQAS rfi /firrciPi¿{s985152,M4Á41 4?,96%
swo.oepevnr¡,treúnt21
5A,8f1616 ?6.19%
DÉP O. OENUMBRArcWBLIcr2150,00¡Á150,00%
121flltit19f54 52.SÍ
¡BrrisToy t¡t¡rñFos¡s fl¡ts[¡cS
.TCfAtfFlt
UNION}M
DIREffiIéN BÉTXAÁÑ:IIO
Y IRA'I'SPORrc Ñfí:rcAs33335¡8%60 64,52%
933335,18!660 0{5¡¿
lnspección y
Getreralseguridad vecin¿i. al igual que Aseoy Mantencién son
altamer¡te masculinizadas, s¡n llegar aextremos deno posibilitaren ninguno de sus
espacios el
¡ngreso de rnujeres, lapresencía deelras es marginal,seguridád,
impffcitamente tiene espacios vedadosa rnujeres^ Noexisleunamujer eniabores de
vigilancia en vía pública.sslo contadasexcepcionesse visualizanen el rosguado de
edificios municipales.
üTs¡ffirfimERir
uv¡¡ó';'rotl¡-FF* -- ri' r,i"
$ug0.n6r[rspÉc; fld]rcFA€R4¿63zs á30,lzi6 30,12tir0 $9.s896 58 a,8g9l
anec¡ólrDñ$Ée,FúÁ,r{gffi¡r"
suBa s€cuÉ'r040 E ¡t\'FoRirA clo¡rgs66 121E,18t6${ 0r,02%
SUBA 0621
Sf GUR'OAD'N'ER^IA29,52i619 90,48%
8I t¡t16,0S¿73 83Blt6
22
NICIpALIOAD DE SANTIAG0. Plaza de Armas slN . 227 13 6000 - 8C0 203ü11 . 'rv\''w.münístgó.cl

Tabla 71 (página 71 (texto) · 40 filas)

t"MunÍcipalidad de.$ar*hgo
$ubdirscciénda €Est¡ún depersonas
Los Juzgados de poricra Locar, son espacios rnixtos y equiribradoe, aurr cuando
hay
gue señalar gueeso no obedece a una definición de poriücade género, sino sófo a
la casualidad o fruto del azar.
TErcERJNGAÍ/!*D€ru.JCULctAL3t \t4722!Í1952,nyo
CI/AFTO &NA4OO OEPJUAA LclcA?9n L75¡6.96724it1%
WNTO JUZüA,o OE N.JCIA LOC,21 /.L S38,10i613€1,9tr¿
UMAAD OEOCf,IA#NTOS RFrH\j''O13 S75.C096125lf,¿
115 ?6efix69lzg!"
Lo anterior nosignlfica que ha!¿a paridad oeualdad, solo quelasma¡ores
signil'icaciones se
dan en los gnadosba¡os. Al obsermr latabla degrados y su
distibución porqüe
$e)<os, vemoEsoro en cuatro grados haymayor proporción de
mujeres, siendouno de estosgrados efconespo,ndierte a la alcaldesa.$oloel grado
6' 8 y '10 tienenuna mayor preponderancia demujeres, correEpondiendo ágrados
profesionales do¡de la partlcipac¡ón demujeres e$ mayor"
x
3633,33%1206,ü7S1&
13fiffio?5,00t612
?5 a4s"02% 'ü,P4f¡265088%51
6Í432,56964¡t
7n*,04%4156,16%73
I3!59ño¿:nt0;t¡X54
9iD4.9.f6-965750¡4%fi3
t0'90s?$s6f4E68i. t't t
il11440;14%17059,88%ea
t24is.ts*?i6ü¡¡S18
't314t
3217,8F¿s?,1t96179
l¡lIE
$¡srwü6,5{S200
151612:j.Nlá18587$8%211
16t6J9S.Sf07s,+gx133
17I5.45X155s1,55%t65
t8.'3.?sñ8g;96;ftil6v,
Í9cn,ooloar100.00%31
TOTAL56ñl0,3fi6 ilal7r,$srss
IPALIOAD DÉ SANTIAG0 . Plaza de Armas SiN . 227 136ü0ü - 8C0 203011 . 'n!.rvr.m{¡nisgo.cl

Tabla 72 (página 72 (texto) · 47 filas)

SEcRETARíA
DEPTO.ASUNTOS M
OReglamento
l.Munieipalidaddó $antiag
$ubdirscclónde üestónde Ferspna
En tÉrminos de estamentos, dejandofuera er de alcalde plr razones obvias
dos estamsr¡tos
tienen supremacíaen población fsmenina: profesionales
téctticos; los restantes sonatbmer¡temascutinizados,dándose una sih¡ació
de ab$otuta ausencia fernenina en efescalafon auxillar.
ÉAnsrda fsmer¡rno% lfe¡c.dü?o% fc'.t
G,00s: r
Dffi?nos1841¡6%
ffi51J496 43
FFO¡ñSoff4LeS f335A,63r¿ 1É15¡¡i6 2&
JgltuaAs4130"?]F%
tz63,?t96 t13
teüuüs {5063ñS%
8$¡5r{16
¡ffiiüsnattos rur34fü96 3S1s5.40!¿ 'J6 562
, AlmlÁ4s323J9J6 ??0'e6,{r% 8&e
To'¡l5663S80.¿'sF@ -
t¡t2{ttess
l-a disüibuc¡ón de ¡ngresos entre los sexos es simihr,exceptuando los de
rernuneracioiles más bajas, noproduciüindme mayores distorsiones desde e
1.300.00& en adelar¡te. Eso esúáen relación üofl los grados auxilíares, los que
coñro $e sdlalarsnson absolutarfl€nte masa¡finieados.
*tges$$l$i ¡e,ü*türoÍasdú¡oTüI
,r?*db2tr-39S.{
nráidsdflO - {9S I16,6??083.33%6
n¡€s ds500- 599 gI5t5!650ao
t4t?5$
més deff0,609 áIJ5;68?a1$g84,¡ró236
n*&7W-7g9 31f¿tr$¿1S8ríss[w
r¡ás&S0-
89 t ¿8&900" 999 3t 9 23r0,9r¿¿us9,0Ér{M
nás e t0m- f099 5034,7?!Ár6g 9485iS4S 6i¡a?,191 t1¡
ll0- n¡á$ üF f f99 '?¡t
44,31.!6..93:ffiitr4167
Í*&Qm-lW
4035.¡1167!64¿St112
1ilé6de t30[" fttgá¿süüo%5¿5S,0ü664
oá$de l.{80- 14ff {'lsr¡0%3848,10167C
rnásde f5m- 150 ná$ds160ü- ftrg9 14 1d3r.rfi% d6"qP¿3t 'f868¡ffi 53.33C4f
í,*b17W-tng{tm-?1%r{39¿9C30 28
rx¡sdÉ1800- ld99t050,s096?050,00ñ4.0
24
UNICIPALIOAD DE SANTIAGo . pláza de Armas SIN . 227 13 6000 - 800 203011 . '*ww.n:unistgo-cl

Tabla 73 (página 73 (texto) · 45 filas)

oDEPTO. ASUNTOSMU
DReglamento
Pá
L Munic-{palidad de $anttag
$ubdirección deGes{ión {tr perscnü
nrás& t900- tfgpI57;t4üA2 42,8;Wo I
nix&?l&-2ffi9 n¿s da ?100,2f9910 14$,63% 60¡r%I 17 I 39,37% 19 13% 23
más&22N-2299t352$0%It 48$s* 25
rfli{&2300"23ggc45.45%5 5{,55%
1t
n^de24N-2199
¡?'& ds?500-2f993 437fiVJo 40,006s 6?5 6 603I C96 0i6 10
nás&Affi^2ñ9 ná*da2l(tú -2799't0 t66,67%3333"ó 15
31pv,f5 68,1816 22
mtu de2800- 2899125PtrÁ3 75,00%
má*de'l9,0A-N9945ü,0sÁ44
másdeJ0tr- 3099350,00%50,0 ? 5ü,00?6 & 0PÁ 6
más&3100-3fgg20,m%4 80,0q6 5
mas&Qffi-n99975,00%
3 25,0ffi 12
í¡ás d0 &?00 -33S676ff/.
2 25,0I 8%
rnés#3400-349996000Y06 40,00% 15
nxbdr .
35m 36993{2.66%{ 57,1¡l% 7
¡násdo -3é99
36d03t0,ü0%? 50,00% 6
m¿is de 3700 - 370937s,00%I 25,0ü?6 4
¡náa de 3800,3899225,00%b ¡5,fmI ?6
més da 3900 - 399900,00%2 100;0fi6
I
més da,f00032,00%t7 68,00% ?5
Por otraparle, imporia $eñalar q¡Jes¡ bien elcodigodel rrabajo énsu Art. N"1g7gis
est*lece que
las irabajadoras tendÉn derec-ho aun peünaso posnatal par€ntalde
doce semanas ¿ ontinuaelón delperiodo postnatal; este descanso puede hacerse
efe6{ivopor q¡alqu¡era delos dospadres siambossón tnab4ador6 y a elecciónde
la madre. si bien e€te sepuedehacer efec*iyopor el personal masculino enlo
cotid¡ano no se rnaterializa, siendo de usoexclus¡vo del personal femenino. Ala
fect¡a de hoy, no se han dado casos de funcionarioc mun¡cípalesgue ejer¿an este
de¡echoen razón delcui#ado desus hijos.si bien eso irnplicamodmcacionesd*
orderr cr.¡ltural, en otros sectores de ta eonomia omercado labora! esta prácticaha
tenidoefectos, fundamentalmente, €nrangosetarios rnéncres, generando
modificaci,ones de conduc{as en lasrelaciones.
)1
MUNICIpALIDAD D[ SANTIAüO .Plaza deArn¡as Slili .227 13 6000 - 80C 203011 . www.munisgo.cl

Tabla 74 (página 74 (texto) · 52 filas)

SEcRETARÍA
ODEpro. ASUNToS lvr
DReglamento
P
i. Municípa{idad de $ánt¡ag
SubdÍrección rJu G*sli$n de persona
2.-
$'.re¡¡n DENNDT.AD'RE*DE EvAruAcÉN DE
'ERSq .NALcomrueiiErr¡TA NoRMAs y Drsposrc¡or{Es LE.ALE'T
urnctóN
conforrne alo
Funcionarios Mseñala unieiparesdo en la Ley ¡',r! , "fl sisterna1g.gg3 Estatuto Administrativo para
desempeño ylas aptÍtde ca udes de cada funrificación te cionario, andrá por objet tendÍdas laso evaruar er exigencias y
característicasde su fargo, y servirá
de base para elascenso/ ros estímuros y la
eliminación delservicio".In eoncordancia con esto, Ia t.Municipalidadde santiago,
establece un Reglamento
de calif¡caciones para Funcionarios uúnicipares, en donde
se da una seriede normas complementariastendientesa definir y unificar criteríos
en los patrones de evaruación, entregando bases iguaritarias paraquienes se
encuentran regidos pon elestatuto referjdo,
[l astual sistema en ejercicio,
no es suficiente para fa construcción decriterios de
justicia y equ'idad ¿l momento de evaluar alpersonal"diversidad
La deescalafón y
funcíones, la rigurosidad en la apficaclón
de los criterios olineamientos señalados en
los instrumentos de evaluación, corno los estilos directivos, atentan contra la justicia
del sistema y lohan
convertido en un sistemaanac,rónico, extemporáneo e incapaz
de dar cuent¿der desempefio, der cornprornisos y derapo*e que erfuncionario
hace a su lugarde trabajo"
personarl,
La subdirecclénde,estirna pertinent€proponerun sisterna delndicadores
de Evaluación del personar que comprernenteras normasy dísposicionesregales, de
forma que las c valider al mornalificacione ento de ss en su conjunto pr ustentar el assensoesenten un . paramayor nive] de equidad y
factores y subfactones (rendimiento, condiceste iones persefecto, se con onares y cornpsideran los ortamiento
funcionario)" loscr¡ales son desagregados en fistas de verificación.
forrnaobjetiva de
valorar el estadode aquello que se somete a control. Así,se constrr,Jyen una serie de
listas de verificación, üas cuates se adjuntan para posteriordiscusión y anárisis.
De ser validados estus lineamientos por Jos diferentes estamentos queintegran el
com¡td Bipartito, ia propuesta pasará
a serparte integrante del iegramento de
calificaciones que este rnunicipio se ha dadopara evaluar a su person¿r ptanta y
contrata.
ItIo obstante consider¿r
ros migrnos principios para toda la poblaciónobjeto de
evaluación de desemp*ña¡se cree necesario establecer diferencias por €stamentos,
dado la diversidad de los espacios de actuación. considerándose
los iiguientes:
26
UNICIPALIOAD DE SA¡iT|AGO .plaza de Ar¡rlas SlLi . 22713 6CC0 - 8CC2C3011 . rvlr.,"r.m*nislgo.cl

Tabla 75 (página 75 (texto) · 54 filas)

s bien
SEcRETARíA M
60DEPTO. ASUNTO'
"'¡6
ICIPALIOADReglamento
Pá
l Munidpalidad do $antiago
$ubCirección rfe Gestión de personas
":' NIVEL DIRECTIVO YJSFATURA
fsté constituido por quie nesrearizanfuncionesde aha dirección formar, es
decir, por aqu*lfos servidoresque ejercen autoridad técníca,administrativa,
o ambas a la ve¿.
+ NIVET PROFESIONAIYTTCHrcO
comprende af personar que realiza funclones de carácter técnico o
profes iona l,sin eje rcer, necesariamente, jefatu raformal.
.!.
ÍTIVELADMI'IISTRATIVO
lncluye. at, personal, qr*ejecuta funciones de carácter técnico_
adm;nistrativo, misceiáneo,así como, raboresc* ,águiiJuJ i. vigirancia,
operación .de equipo .méins vil,picción, recaudl'c¡¿n--y' otras no
conternpladas
en los demás grupos.
{" l,¡lvEtAttXlt-lAR
lnclu,ye alpersonar que reariza fueciones e-ásoi e-cñiamri¡a;düas
carpinte,ría,albañifería,{imprenta,
etc.),aseo, conducción{menores y
mayores) ymaguinarias, jarciineros'y otras afines:
lrnporta señalar que la presente propuesta
no rnodifica los eJementos centrales de la
catificación yestablectdos por le¡ esta sólo entrega elsoporte necesario para minimizar la
discrecionalidad y rnaxirnizarla objetividad frente a cada criterioestablecidoen el Estatuto.
De igual 'rnanera, busca est¿blecer elementosobjetivosde comt¡nicación entre el evaluador
y el evaluado, elirninandopercepciones gue Nirnitenlos puntos de encu€ntro para un
poster¡or plroceso de mejoray desarrollo. De
esta forrna se estáen condíciones de señafar
que esta propuesta ¡o modifica aspectos sus!¿nciales camo:
€. El objeto de la calificación.
{' los
efc'ctos de tascarificecrones (criterio para er ascenso, ras ey stímuros ra
eliminación del servicio).
'l' Los funcionarios sujetos ar proceso decarificación y aqueilos que estáneximidos.
Existencia y puntajes de
""las cuatro listas decalificac¡ones ¡O* oir,in.iOn, Buena,
Condicional y de f linninacíón).
t-a Junta calificadora,su composición, atribucione:s y furrcionamiento.
El período a calificary el calendario delproceso.
Las normas relacicnadas sobre anotaciones demá.ito y dernérito;
Los recursos con que cueflta
er funcionariocontra ra resoruciónde ra Junta
Calificadora o del Alcalde.
{' Los coeficientes por los que deberá rnuftiplÍcarsela nota asignada a cada füctór para
obtener el pu$aje final.
27
.227
$TRE MUNICIPALIOAD DE SANTIAGO. Plaea deArnras S/N 13 6CC0 - 8C0 2030i1 "vv\1.\¡i.munisrgo.cí

Tabla 76 (página 76 (texto) · 40 filas)

Subdirer;cÍón de Gestión de perssna
C¡P¡OS QUE SUSTENTAN LA EVALUACION DEL DTSEMPEÑO.
'l'El recurso htrmano
es el más importante de cuantos disponen lasorganizacÍone
sociales para er curnptimiento de sus objetivos, debe dárser* ,nu mayo
"i'p l-aarticipacidn en ra a retrÓalimentaciónprecíaciór¡ d efectivae su desempeño en eltraba.io.
*la [lvez, una fuente efi sistema de evalde caz para el uación dell desempeñc es u desarrollo det indiv desernpeño debena herramienta m iduo y de la organi ser flexÍble y aotivacional y, zaclón- daptabfe a lo
di inferentes niveles or dividuo r¡, al misrnganlzacionale o tiempo, ls y circunstancias o suficienternenteqüe caracterizan simple para serla situacíón de comprendido
aplicado por todos los usuaríos.
{'Elsistema de evaluación del desempeñc se fundamenta en el convencirniento
que todo ernpleadot¡ene ¡nterés y necesidad deconocer la formad en que el jef
inmediato evarúasu desernpeño y su contribución a las operacione
organizacionales.
*[lobjetivo fundamental del
slstema es evaluar la forrna en que el servido
desempeña las tareas asignadas,en procura de rnayor productividad y calidad de
seruicio priblico.
nvos
Obietivo General
Fomentar la eficacia,e¡tir¡¡¡lar eldesarrcl$o profesional y optímizar la contribución
decada funcionario al fogro d* laeficlencia en el servicjo-
Objetivos Erpecíñcos
¡Facilitar la eiecución de las operaeiones enlos diferentesniveles de l¡s
organizaciones yla aplicación de los métodosy técnicas adminlstrativas, por
parte de los funcionarios queejercen fu ncionesjefatura.
de
rldentificar el potencial de desarroflo de los emple"do, y estimularsus deseos de
superación, guiando sus esfuer¿os hacia la plenar*alízición de sus posibilidades
de mejoramiento.
r
Contribuir al rnejorarniento de las relaciones humanas,facilitando la
comunicación positiva y produrtiva
entre jefes yempreados, paraex rogro de ras
metas de la institnción.
rDeterminar y correglr d*ficienci¿s en el trabajo, tanto
indivlduafes, mediante el análisis de los problemorganizac as coleclivos e inlonales como dividuales que
se detecten a través del proceso de evaluación.
'Contribuir al mejoramiento deun sisterna de calificaciones tn¡nspárentc, justo y
equitativo
28
MUNtülpALlDAD DE SANTIAüO- Plaza de Ar¡."ras S/fi " 227 13 6C00 -SCl 213011 . rr^,.,w.munístgo-cl

Tabla 77 (página 77 (texto) · 44 filas)

SEcRETARíAMUNtctpAL
60DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
MUNICIPALIOADReglamento- N'
948 /
Página N.77
f , Municipalídad de$antiago
$ubdirección de Gestiún <ieperss)na.$
MrronorocíA
La propuesta contiene listas d* verificación
P¿racada factor de evaluación, se defútiles inen una spara fa evalu erie de list¿sació parn del desempeño a discusión y análaboral. lisis,
que se pres€ntan con las valcraclones respectivas.las
Factores de Catrifi c¡ción;
Los factores ysub-factores
calificaciones pco ara Funcionariosrresponden a los señarados por er Regram jeento de
7992y sus modificacionesh a saMunicipal ber:es (Decreto r.z2g23 de septiembre de
{'Cantidadde Trabajo
'Év¿lúa l¿s caracterlfic¡s dé las labores encsmendadas{.Cat¡dad de la t¡bor REali¿¿da
asi cocomo el volurnen del r¿D,ctoN€s €SPEClAlftrebajo-rerlizedo" s
"[valúa ia f¿c¡lidad para ¡ntegrar equiposde trabajo. e.? Conocimi l .1. lnterrfo pento or e¡del Trabajo T.abajo gue Realiza
in cot€rés de nejorar nocimientos en el trabsu desompeño l ajo,.aboral r tusti"Capacida gfuqod para Realizar Trabajos m
@ "fv*4PoffAftüf tfTo FU alúa el resp€tofr¡CtOiláRto a l¡ ooranatíva.+Asistenc¡a r:Cumplimpu y ientontualidad de normas e lnstrucciones
asistencia y puntualidad"
Los sub-factores serándesagregadosen
listas de verific¿ción, donde cada una de ellas
contendrá cu¡tro indicadcres, a fos quese res *igna ung varoraciónr de Malo, 3: Regurar.
5; Bueno y 7: sobresaliente. Le nota del sub-factor corresponderáa la media de lospuntos
obtenldos en tas listas deverificación respectivas.
La notüde cada factor corresponderá
alprornedioponderado delasnotas obtenidaspor ¡os
sub-factores resp€ct¡vos.
lnstruc 'iones de llenado fvaluar alfuncionpara ef superio ¿rio en los f¡ctor jerárquico res:
rPara cada lista deverifit¿ción sey sub-f debe escogactores que er aquél indise in cadodican. r u oración que más
representa a la persona durafiteperiodo
elestablecido.
r
Marque cada preferencia con un.,X,,. a
consideracior¡es para elsistema de lndicadores enta Ev:luacióndelDerempeño
El jefe directo deberá pre-calificar al funcionario mediante la selección de indicador*sen las
distintas listas de verificación, a fos cuales previan'ente, desde la Subdirección de personaf
se ües ha asignado la respectiva valoración (1, 3, 5 o7).
Comouna man€ra deevitar interpretaciones personales ysubjetlvar del evaluador o
evaluacicnes rápidas sinotorgarles eldebido tiempc, ater¡cién einterés, es quecada
indicador de las llstas deverif¡cación semuestra $insu respectiva valoración y cóncepto {x:
29
LUSTREMUNTCIPALIOAD DESANTIAGO . Plazade Armas S1N. 227 13 60C0 -8C0 203011 . 'wu4,v.munisgo.cl

Tabla 78 (página 78 (texto) · 28 filas)

SEcRETARíAMUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS IVIUICIPt!= N
>
AL9AFReglamentoN"__949_/
Página N'78
l. Munidpafidad de$anüago
Subdlrecriénde Gs*tiór¡ dEpe*onw
fv=alc' 3: fiegula¡ 5: Bueno o7: Sobrusaliente)-
Loanterior, r€presentáun elementode suma
¡rgpcÉareia gara el ctnnplimi€ntodelos objetivosseñaladosanteriormente.
€on el objeto derealÍearunaevaluacién del desempefiü queoomprenda el rendimiento,l¿s
áFt¡G,€eÉ y el compcrtamiento decada funcianario atendiendodemejor manera ahs
exigeeíe+ y característicasdel cargo, es posibh realizaruna seleccirír¡ de las listasde
t¡erifi:a*in paracada escalafón ogrirpo ra¡o¡al obien, oto,rgrd"
una de ellas una
pcneacfrin dist¡r¡ta para lanota delsub-factor, según escabf¿n."-*c"
Aéicb*aknente,a rnodc de eiercicio,se han formulado una serie delistas de verificación.fl
fa=tc+ "saperuisión"
se incluye únicamente paraet scarafon Directivo, consirienndo fos
sub"ñaetses lideraegc y phnifi cacions"
Asoetaruaciéfi se lncluyen laslistasde r¡ertficacklnpara su disa¡sióny análisis.
.
eom$ir'emun+gitlrfib,rqbifu € d redto
S¡-Énfrre{d¡za
8€fu
¡Eodik o tlimfu¡a8crorcs enla
cs regbmeffariff.er¿alr¡ación dcl dcsarpeüo no esposiblccncursideraclóna
30
E ttUl¡tC¡PátlOADDESANTIAGO. PlazadeArmas SIN . 22713 600ü - 800203011, wu^r.munistgo.cl

Tabla 79 (página 79 (texto) · 8 filas)

secnerenÍn
ASUNTOS M
Reglamento
P
d de $ar{la
r de Fcrpon
¿lPra lss
¡s¡iÍi?a
3t

Tabla 80 (página 80 (texto) · 6 filas)

SECRETARíA
ASUNTOS M
Reglamento
P
ad de $anti
6n de ps{Bo
ydeEó-rÍg

Tabla 81 (página 81 (texto) · 3 filas)

.,::..:;llr:r,:i.-
para reali
ñerSld€@
80ü 203011

Tabla 82 (página 82 (texto) · 7 filas)

secRettRínMUNtctpAL
ASUNTOS IVIUICIPt:= N
ReglamentoN'__949_/
Página N'82
d da $arúiago
dg parsona$
as
34

Tabla 83 (página 83 (texto) · 3 filas)

MUNtctpAL
N ICIP1|=
N' 948 /
ágina N'83

Tabla 84 (página 84 (texto) · 3 filas)

n n¡uNtctpAl
"¡¡CIENLES
o N' 948 /
Página N'84

Tabla 85 (página 85 (texto) · 37 filas)

3'-Stg*rrYoEL***Esopu*sros ADE
TRABAJO MUN'A$RIFAA LIDAD
f.OE AAilTIAGO
SYPRTNCÍPTOSGET\¡ER4IES
Att 1"De fas modaúUades de conttatación
El presente
Regiamento,establece los procedimientos de contralación de
las
personas vinculadas laboratmente con la l_ Municipatidad deque
santiago, y estén
regidospor la t-ey 1s.883, Estatr¡to adminístrativo,en las calidades juridicas de
Pl,anta,Contrata, suplencia,Honorarios yCédigo del Trabajo; a saber
a)cerqqs de
Plantg,aquellos queconformanla organizaciónestable de la
municipalidad y sófo podrán corresponden a las fi¡nciones que s€ cumplen
en conformidad a laLey N" 1g.695.
b)cargos a cqnlr.ata,los que tendrán er carácterde ü:ansitorios,contemprados
en la dotacíón de laMunicipalidad.
c)
Contl"atados-ggbrela base def¡onorarios aprofesionafesy técnicos de
eduq?gién sureriolo expertosen detgfminadas- _q-aterias, euando deban
realizarse laboresaccidentalesy que nosean las habitua{es de la
munícpalrdad, mediante des"etodel alcalde.Adernás, se podrá conlratar
sobre la base dehonorarios, la prestaciónde servicios para cornetidos
específicos, conforme a las normas generales.
d)
Qontrütos vía códiqo del trabajs. para realizar fas astividades que se
efectúen en forrnatransÍloria opermanenteen fa Municipalidad, en los
lérrnincs y condiciones que fija laLey"
Art 2"Igüalded de frafo yoporfuni&des
El proceso d€
convocatoria. buscaasegurar que las condicicnesd€ acceso al
empleo, incluidos sus criterios deselección, noconlleven discriminaciones que
excedan las exigencias del cargo y no están referidas directarnente aéste. Ee esta
forma, perfiles
Íos dehabifidades y competencias debeÉn centrarseen la función a
desarrcllar y no asociarse a fac;tores lales como edad, sexo, etnia, género u otro.
UN'CIpALIDAD DE SANTIAGO . Fla¿a de Art..ras S1N. 227 13 S0C0 - 8Cü 203011 . ,.v,.,rv.mrin!slgo.cl

Tabla 86 (página 86 (texto) · 44 filas)

SEcRETARíA MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS¡¡UNICIPt=
Reglamento N' 948 /
Página N'86
I. Municipalidadde $antlago
$ubdireceiónde Gastiónde personas
prceedÍmíenfos concnrsaüres esfaórecidos y vafidados
La üonvocaioria y la seleociÓn de personal
se lleyarán a efucto con e$trícto apego a
fas
disposiciones regares v¡gentes, akavésde bs procedimientos de serección
estabiesidos'
tomando como base los elementosdel análísÍsy descípcíón de cargos
gue sean perttnenle.s.
Osárrol¡o
Ce earterz cerrtffienrn .&Ass
se velaní por que er sistema
garanüce raiguardad deopartunljad€s, lano
discrimin*ión y la transparencia. donde la valoración del rnérito e idoneidad serán
Ios princip¿les
factores a cons¡dÉrar.AsÍ, los estudiosy cursos de formacíón
educaeional y de capaciiación; la e¡periencia laboml, y las aptifudes especlficas para
el desempeño de ta fu¡c¡ón surán elemenlos cenlrales de ésfe y las exígenciasde
estas serán acorde al cargo a ocupa¡,
freñsp?retrcta y Drexalrh lto a lnfannaciéi,n
El prindpio de
transpa,encia de la función prlblica, el derecf¡p de accesoa la
información, los proced¡mienios para ele,ierciciode este derecho y parasu affparo,
son elementos centralesde esfa Mlnicipalidad,y en esta ¡ógica, el o losresultados
de cada etapa del proceso conculsal. estarán adisposición de quienes postulen,de
modo de promover
elc¡nocirniento de los proced¡mientosy decisione$ quese
adopten a este respecto.
gCpeeá0bftr¡d y cott@lx:adE
ros c¡¡gns pr¡O¡ncos
tln
municipio modemo,con capacid*dd€ any t¡c¡paciónrespuesta;adecr:acros
de y
niveles gestión planificación; autonomíade gestiónfinanciera ypoderde
decislSn' rcquiere p€rsonas competentesorieffEdas al logroen las áreas defnídas
como estratégicas" La especific¡dad deb geeüón regu¡ereesteblecerperfilesde
cargp con ¿ltos niveles de especialización, a objeto de orieniar la brlsqueda en razón
de las habilidades y competencias q{re lafuncionrequiere.
38
OAD OE SANTIAGO . Plazade Arnras S/N . 227 13 60C0- 8Cl 203011 .wv,ry.munlsgo.ci

Tabla 87 (página 87 (texto) · 51 filas)

Reglamento N"
Págin
l. Munic¡palídadde Santiago
Subdirecrión de Sestíónde persona¡
CONCSRS0SPúBtrCos
At't,T"El conctirsoconsistirá enun proced¡miento
reglado,técnicoy objétivo gue se
utiiizaÉ para
ssreccionar aras personas qüe se propondrán ar
arcarde,debiéndose
evaluar fm anbcede¡tes quepreseñtenlos postulantesy ras pfuebas que hubieren
rendido' si así ise exigiere, deacuerdo alas caracieristicas de los
cargosqúe se van
a proveer.
Att.8"En cada concurso deberánconsiderarse a ro rnenos los siguientes factqres: ros
esfudíos acorde a la profesión y
al cargo y c{rsos de formacióneducacional y de
capacitacién;la experiencia laboral, y lasaplitudes específicas parael desempeño
de
la ñ¡ncién. Lamu*icipalidadlos determinará previamentey estableerá en ias bases
de llamado
aconcurso la forma en qoeellos serán ponderados yel pun{aje mínimo
para ser considerado püstulant€ idóneo.{l puntaje méxímo a obtener ser.á siempre
de 100 plntos,
sólo qu¡enosobtenganún puntaje igualo superíor a g0en todo el
proce$o clasifrcatorio púdrán$er considerados por
el comité de selección en su
propuesla a la autoridad.
leccfón
9" ArLliltegrarail elCornité de Selección elDirector de fa Subdírección deGestión de
Perscnas y lasfresrnás ahasjenarquias,todos con derecf¡o á vazy voto,quienes en
caso de impedimento, seránreernplazosen estri6{o ordende figuraeíón en la Ley de
Planta de fá l"Mun¡cipal¡dad deSanliago.Én caso de concu6Érsecargosdest¡nados
a los juagadosde policia local,sená partede esta comisiónel respectivo juez^
Art l0'será fr¡nciandel comÍté prepafiar y
rcalizar los concursos públÍcos, confurme a Ia
ñormal¡va v¡genle y en consistencia con el presente Reglamento, definiendo todas las
etápáS inherentes a estei a saber:
a)Praposiciónde Bas€ de uam¿ndo a concuxo públlco al Aleelde oAlcalelesa.
Las Base$ deberán consilerar a lo menos: cargos a concursar, puntajemáxirno por
faclor
{estud¡os, experiencia tabor¿l,entrevista personal u otros);Requisitcs
Generales;Requi*itos Especifccs;AntecedenbE requen?y, osEtáp€s y
Cronogiamadel Concr¡rso.
b)Pauta
€v¿luaclón de posftlantes. Esta pauta deberá asignar un puntaje a cada
postu¡ánie. confonne a los antecedentesreferidos en Bases del lfamado
acsncuyso
Publico. esbbleciendo purrtajes míni¡r¡ode idorcidad encada una de ellas, lo que
¿credila la sufciencia para acoeder a la ebpa siguiente.
39
IPALIDAD DE SAHTIAGO . Plaza de ArnrasS1N . 227 13 6000 - 8C0 203011. wwvr.münistgo.c¡

Tabla 88 (página 88 (texto) · 47 filas)

secRelanít MUNtctpAL
sY60DEPTO. ASUNTO'
"¡¡g¡ENLES
ILUSYRE 14UNICIPAIIOAüReglamento N" 948 /
Página N"88
t. Municipalidaddo $anfiago
$ubdirección de Gestiónde per$anas
c)Etapaspostclantes.
de Evatuación deÉn lodo concurso deberán distinguirsea lo
menos4 etapas de evaluación, no déscarlando h necesidad de establecsr etapas
iolermedias conforme a la o las necesidacies que el prrceso conc¡,¡rsal arrleritei a
saber:
'Admi*ibilidad: Se r¡erilicará elcumplimiento delos anlecedentes lormafgs
confomle ¿l Art. 10" y11. de laLey 1g"gg3
.
calificacíóü de po€.üJlantespara acceder áentrcvista: seevalúanlos
antecedentes presertados,asígnándores puntaie
de ac¡a ¡erdotro
establecido en las bases
.Entrevista comitÉ deselección: lnstancia de conocimientodirectodel
comité de ros posturanies definidos como ¡dór¡eos para esta etapa.se
consideran en rsraevaiuackln ks habiÍidades sociales, personales y
lécoico-prodesionales,las queserán ponderadas en razón de los cargos a
con6ursar.
.califlcaclon ñnar depostr¡tantes: En caso de iguardad depuntajes, el
comilé diriminí en base al puntaje de ra entrevbta reatizada, en2" lugaren
fundón de la experiencia para el cargo y unidad al que sepostulay,
finalmente, podrá estabbcer ona nueva entrevish^
'FropEsición al Alcardeo Arcardesa de los candidatos cofl los meJores
puntaJes, con un máximo de tres, respecto decada cargo a concursar.La
Auioridad municrpar,podráeregir a cuarquiera de losposturantes
prop{jesto6. En caso detratarsede cargos directivos. el Alcabeo A}caldesa
podrá esablecer entrevisla a los seleccionado€porel Comité deSelección.
d)Én casode no existir postulantes idóneos, podrá totalo parcíalmente,declaprse
desbrtoel concurso,
Art-11"El comité, para mejor proceder, en ctalquiera de las etapas del concurso, podra
evaluar la pertínencia de üüáevaluacón €xterna sspeciati¿ada en selecciónde
personal,quien emitirá opinióncalificada respecto de las competencias yrro perfil
psicológico de los postulantes"
ArL1?"AciuaÉ
como Secretario Ejecutivo detr Comité de Selección, el Oirector dela
Subdirecc¡Ón de Gestiún de Personas,teniendo comotarea$ la coordinacióndel
com¡té. ia relación directa confos postulantes y Ia gesüón adminbtraliva queel
proceso concursal demande_
ArX,3"Él Alcaldeo la Alcaldesa, comunicará por una sola ve¿ alas muniripalidades dela
r€spectivaregión la existencia del soncurso, mediante coneo eleclronicoa la unidad
40
ILUSTRE MUNICIPALÍDAD DE SANTIAGO . Plaza de ArmasSIN . 227 l3 5000 - 800 203011 . \yrvw.munisgo.ci

Tabla 89 (página 89 (texto) · 35 filas)

secRer¡nhMUNtctpAL
SYGODEPTO. ASUNTOS MUNICIPAL_ES
ILUSTR€ MUNICIPALIOADReglamentoN' 948 /
Página N'89
l. Municipalidad de Santiago
$ubdirección de Gastién da personas
encargada del personal para que difunda en s¡¡ interior y los funcionarioe de ellas
puedan postufar.
Art' 14"Las bases del concurso se publicaránen un periódico de los de mayor circulación
e¡munal, en dependencías municipales y en lasplataformas digitales de carácter
institucional de que dispone el municipio.
La
Ár¿ 15"posfulacÓn se efec{uará vía online en el sitio r,veb ínstitucioaal,
lvww-Qqqicipaj¡{qd#$gnLkqo*d adjunlando losdoc{.¡mentss soticiüados en las
respect¡vas bases" La ombión de algüno de ellos,en plazo y iorma"será car¡sal da
inhatrititaciÓn. Recepcionada la postulaclón el sislema entregaráun código de
confirmación de recepción de ar¡tecsdente,
AtL ,6"b
Efuc'tuada revisíón de anlecedenúes, quienes urmplan el punlaje mínimo
estabbcido en las bases. serán convocados a participar de la eta.Éntrevist paa
Comíté de Selecckln", cuyos resultados serán comunicados al coneo electronico
informado por el postulante. De igual forma. todaslas etapas del proceso concursal
seÉn publhadas en el sitio WEB insüfucionat.
Att 17"Efrectr.¡ada la 3'etapa, que aroja n{¡evas calificac¡ones, los más altos puntajes con un
máximo de lres, $erán propuestos ala auloridad, siempre y cuando cumplánel
puntaje astablec¡do en el Ar1. N" E delpfesénte Reglamento. El alcalde
o alcaldesa,
en función de sus üaculledes resolverá.
A¡L 18"El cnrnplimbnto de requbitas será conanierioridada la ¿oéptacién formal del cargo,
debiendg acornpafiar docutnenlos originales o debidarnente certifcadoEgue prueben
lo señalado .l
en el Art I " de la Ley 1 8"983.-
Atf* 19"Para el caso def direütgr de tontrol,las baser del concurpo y elnombrambnto
requerirán de la aprobacíón del Concejcüjlunicipal. E$te cargo na podráestar vacante
por un tiempo superior a los seis mesesconses¡tivoe.
4l

Tabla 90 (página 90 (texto) · 42 filas)

SEcRETARíAMUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS IIIIUNICIP€
ReglamentoN" 948 /
Página N'90
tr. Municipalidad ds Sanliags
$irbrirsüeién de Gestiónde personas
SCARGOS ACOITITRATA
Art" 20" Conforme a lasne¿esidadesy requerimienlos del servicio, y no ex¡st¡endo enel
personal prántay honorarioscón carg$ál subl¡tulo 21,ilem 03, delpresupuesto
municipal' las competencias y/o disponibitidades, se procederá a buscar la persona
confcrme al perfilde cargo definido, previaaprobación dela auioridad rnáxima. Cargo
que tendÉ conovrgencia ¡náxima el 31de díciembre del año en cursor pudiendo
prorogarse, previo acuerdo deras partes,c'n iJna ant¡c¡pácjén dé 30
d¡as.
ArL 21"Para los contratas nuevos, sepodrá confiormar un comíté de seleccÍón, inlegradoy
presidido por efadminístradorrnunicipal oquien el delermine" el director de gestión
de personas y efdirecfor de launidad requirenle, quienesefectuaran L¡convoüatoria
y selecciée del olos postulanles a los cargos a qontrata.
Lft"
22"El cumptimento de requisitos para ir:gr*soa lá Administración prlblica.será de igual
cara€leríslicás alde ingreso de peeonal ah planla munlcipal, que se egpecificanen
el art. N''tr0" de [aLey 1A.Sg3.
TR,ESOAIIONORAR¡OS
ArL 23"Para la convoc¿toria y seleccién cjel pe¡sonal a honorarios requerido por las
unidades, al lgualque para elcaso de loscargos a contrata, se podrá conformarun
comité de selección, integradopor el director de gestión depersonas, eldirecior dela
unidad responsabte y el jefede la unidad requirente.En caso detratarse de
c¡ntratacior¡es vía ionorarios, conespondiente a pagocon fondosextemos,la
obligatoñedad de la
constitución del cornité de $elección será enfomre alo
estabtecido en elconvenio suscrifo y queda origen al o los contnatos, debiendo ¿sí,
integralse un representante delorgarrismoexterno.
Art- 24"Recibida la solicitud de contratación, debidarnente v¡sada por la auloriCadmáxima, se
constituye el comitá de sÉlección, si procedíere, quien convoca y selecciona la m€jor
opeiÓn de ias postulaciones deque se dispone al momento. El conrité determinarála
forma en que se seleccionará al postulanternás idóneo para el cargo requerido.
AtL 25"Seleccionado elpostulante,
este deb€rácumplir los requísitos e$tablecidos enla
suMirección
deGestión deFersonas,para la posterior firma defconlrato.El
cumplimiento derequisitos será ei establecido previamente para ingreso ala
administnación púbtica, y que sedefine en la Ley N' 1g.gg3.-
NICIPALIDAD DE SAilTIAGO. Plaza de Arr¡as Siü . 227 '13 6ü00 - 8CC 203011 . 'rr'',.^^/.mun:slgo.cl

Tabla 91 (página 91 (texto) · 17 filas)

secnetnRí¡ MUNtctpAL
DEpTo. AsuNTosruUNtctp1!!l
Reglamento N'_-949_/
Página N'9i
l. limhftalüad deSarfrago
Suüd¡recd& deG¡sdóndgFersona*
.rSA,,cODregSL ffi*S6rc
Pera ef ingf€oovra Cúdi¡o d,el Trabap* podráeatabh*r. al ígud que e¡los caso6
antÉfior€É, u¡*mis
de srecniúnsrE{r€sio pord Dircdor dé G6tiónde
Pefsonas' el D¡recior de la u¡idad requirenb y el Jeb deUnidad.Simlrrei&¡adüose
da en el c{¡nQh¡¡ttnb de pqubilos.doblrdofl¡rnpth cm lo esiaülecifo eir laLey
18,86e. y €n brefuidg b
a vüsa<*in de laar¡bicbdrecpece de bacarg¡oe a
cor¡ffir.
43
ffi
AO DE SAfilTlAGO. Plaza deArmas S1N.227 13 6ü00- 800 203011 . www.munís(go.cl

Tabla 92 (página 92 (texto) · 38 filas)

Viy<¡mosbíen
secRerenínMUNtctpAL
sY60DEPTO. ASUNTOS IVIUII ICIP1l=
ILUS'REMUNICIPALIOADReglamentoN" 948 /
Página N'92
l"tdunicipalidad de $antiago
Subdiraedén de Ge$ión de pemonas
ANEX0 4-- lusrRurne*ros DE opERAc,oNAuzAcóN
fReglarnenlo pan el otorgamiento de CredelciáF de
ldengficacionf'¡wrüati€ t4gerúe
HReg_lanenlo de capacihcion paraerpensonarde ra r.ilruniriparicadtrbrmativa V¡gente
de $antiago
SReglamenb de0onffipermanerr¡apunttnlidad
de Así*er¡cja, yItlo¡fnatirm V¡genle
4Reglamenb
de Vestuario y CahadoNormativa Vigerrte
.#Rgglamento lntenpCe
Orden, Hig¡ene y Squridadtrtom¡atua t¿gente
&Ley ti' 17.379qrc
a¡foríza a ta Munlcipalfriad de Sartiago paraNormatlva Vigente
organizar una$ecciónde Bierestar y su posterior Regh¡nento
Polifica
de Pnercnejóndel Consumode Drogm y Afooel hd enlrbmativa Viijente
Trabalc y en laFamifia
Reglamento N0254105gT Pana.lary¡* y pago de tay Asignmióntrlonnativa vrgente
fi,fejcramievrbde la Gestion Municipal
gAdninisfativos
lr{anual de ProedimientostfonnAivaVgenle
ReglannntoCalificaciones
f,sdeNormativa Vigente
gfReglarr€nto LJ6o de{ Setfl rvicio defemdtbmaliwVqerde
Prlofesíonales
fpReglannnto dePracticasNumatira Vigenb
{sReglarnenb dergrrya la l.M.S.
f4Protocolo de Denuncíasde Conductas de Acoso Labonlde la l.M,S.l,lormaüva Mgenle
SProtocob de V4itanciapsícococ¡ahs
fde Rí€sgosen etTr&!o!'lormativa Vige.nte
44
ILUSTRE MUNICIpALIDAD DESAI¡TIAGO .Plaza de Armas 51¡ü- 227 13 6000 - 8C0 2030,11. 'rvtw¡.munistgo.ci

Tabla 93 (página 93 (texto) · 11 filas)

secRernníeMUNtctpAL
DEPTO. ASUNTO"U¡¡g¡EALES
N"
Reglamento948 /
Página N'93
Lo DE DENUNG|A, tNVESTtGActóN
RATO, ACOSO LABORAL, ACOSO
D|SCR|M|NAC|ON (MALS)
REGLAMENTO
INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE MALTRATO,
AL, ACOSO SEXUAL Y DISCRIMINACIÓN
ICIPALIDAD DE SANTIAGO 2022

Tabla 94 (página 94 (texto) · 34 filas)

ILUSIRE MUNICIPALIDADPágina N"9
1 PROPOSITO
El propósito de este documento esentregarorientación teórico- técnica para identificar conductas que
atentan contra la dignidad de las personas,tales como situaciones de maltratolaboral, acoso laboraly/o
acoso sexual, que pudieran ocurriryafectara las personasquese desempeñanen la Municipalidad de
Santiago. Adicionalmente, busca establecer un procedimientopara denunciar,investigar,interveniry/o
sancionar dichas conductas, segúncorresponda y, además, detectary mitigarfactores deriesgo en el
ambiente laboral, con elfin de prevenir la ocurrencia de este tipo de situaciones.
2 ALCANCE
Este procedimiento seaplicará atodas las personas que trabajan en y para la Municipalidad de
Santiago, independientede la calidad jurídica en que seencuentren contratados/as, comprendiendo a
los/as funcionarios/as deplanta, acontrata,a honorarios,código del trabajo yalumnos/asen práctica.
Si la persona denunciada es externa almunicipio se entregarán los antecedentes ala institución
respectiva para apl icar el procedimiento correspond iente.
3 PRINCIPIOS
Los principios que guíanla definición y aplicación de esteprocedimiento son los siguientes
Confidencialidad
Este procedimiento incorpora como base fundamental elrespeto a la dignidadpersonal yel deber de
confidencialidad, prudencia y discreción, entodos/as los/as funcionarios/as queparticipenen cualquier
etapa del proceso, especialmente,en quienasume la responsabilidad de darcumplimiento al mismo,
quedando estrictamenteprohibidoentregarinformación del proceso a terceros o hacer cualquier tipo
de comentario, sobre las personas que participan enéste(denunciados,denunciantes, testigos,
investigadores, etc.) y/osus etapas conel fin de resguardar la dignidade integridad de los/as
involucrados/as.
En el resguardo de esteprincipiose considerará que existenasimetrías depoder en elacceso a la
información, dada por temas de género, y la facilidad cultural para referirse a la vida privadao sexual de
las mujeres.
lmparcialidad
Se debe asegurar y garantizar que el procesose caracterice porjuicios objetivosy fundados, sin sesgos
ni conductas estigmatizadoras para ninguna de las partesinvolucradas,evitando todo tipo de
discriminación, tales como género,identidady orientaciónsexual, religión, origen étnico, discapacidad
u otras de similar naturaleza.
Es importante evitar cualquier indiciode prejuicios y estereotipos(como por ejemplo el usode
sexista) tanto en el proceso de investigacióncomo en la definición de la sanción
ILUSTRE MUNICIPALIOAD nE SAI-¡TIAGO - Plaza deAr¡-rras $,']ñ.227 13 6000 - 8C0 2030 !1 .'rvv.,1.r.munislgo-cl

Tabla 95 (página 95 (texto) · 39 filas)

¡LUS'NE MUNICIPALIüADReglamento N' 948
Página N'9
Probidad administrativa
Observar, entre otras, una conducta funcionariaintachable,conpreeminencia del interés general sobre
el particular.
Rapidez
La naturaleza deesteprocedimiento obliga aque se trabajecon la mayor celeridad, evitando la
burocratización delosprocesos, en consideración a que lalentítud en el accionar disminuye la
apreciación del grado deculpabilidad, menoscabando muchas veces los fines correctivos y reparadores
que se persiguen.Lasintervenciones o investigacionesdecretadas deberán ajustarse a los plazos
estipulados en el procedimiento,privilegiando lacalidad deltrabajo desarrollado y conpleno resguardo
del derecho a la defensay al debido proceso.
Es importante considerarque las conductas queatentan contrala dignidadde las personas afectan la
salud mental de laspersonas, y que en este sentido la rapidez en la aplicación de este procedimiento
puede ayudar a repararmás tempranamente susefectos, especialmente en casos de acoso sexual hacia
las funcionarias/os.
Responsabilidad
Cada funcionario/adelMunicipio que realice una denuncia, independientemente delestatuto laboral
que lo rija, debe tener presente todos los aspectos que ésta involucra. Por consiguiente, la denuncia
debe ser fundaday realseri izada con toda laedad que corresponde conociendo que, ante una
denuncia falsa, basadaen argumentos, evidencia u otros,quesean comprobadamente falsos, o con
el ánimo de perjudicar ala persona denunciadapodrá serobjetode medidas disciplinarias u otras de
naturaleza análogarespecto de aquellos funcionarios a honorarios o regidos por el Código del Trabajo,
acarreando determinando las responsabilidadesy sanciones quela ley o contrato señale.
Similares responsabilidades frente a la denuncias falsas tendránlos/as funcionarios/as que participen
ya sea como testigos, aportando datos o llevando a cabo el proceso de investigaciónmanifiestamente
falsos.
lgualdad de género
Entendida como igualdadde derechos, responsabilidades yoportunidadesde las mujeres y los hombres,
que se garantizarána través de mecanismosequitativos queconsideren un trato equivalente en cuanto
a los derechos, losbeneficios, las obligaciones ylas oportunidades.
Debido proceso
El proceso investigativo requiere la existencia deinstanciasde defensa, que permitanel derecho a ser
oído/a o a ofrecer yrendir pruebas, y al cumplimiento de requisitos respecto de la fundamentación de
la decisión administrativa,asegurando el derechoa una decisiónfundada.
ldoneidad
Las personas a cargo de la aplicación de este procedimientodeben contarcon las habilidades y
capacidades propias quecorrespondan y que lepermitan realizar un trabajo de calidad, que asegure
una investigación razonable.
ILUSTRÉ MUNICIpALÍDAD Dt SANTIAGO . pláza deArna$ S,'Ni , 227 13 6CC0 - 8Cü 203011 . '".¡,.,^.i.mr¡nis!gó-cl

Tabla 96 (página 96 (texto) · 40 filas)

wY60DEPTO. ASUNTOS IVIUNICIPt
ILUSÍRÉ MUNICIPALIDADReglamentoN" 948
página N"9
Colaboración
Es deber
de cada personaque se desempeñe enelMunicipio,cualquiera sea su jerarquía,calidad
jurídica yio tipo de
contratación, colaborar con la investigación,cuando se manejen antecedentes e
información fidedigna, que aporten alproceso investigativo.
Legalidad
Losjustifican
hechos quela instrucciónde un procedimiento disciplinario se encuentran contenidos en la
Normativa Vigente, debiendolos partícipes sujetarseadichas normas.
Toda medidadisciplinaria debe aplicarse en relaciónal méritodel procesoy a la gravedadde la
infracciÓn cometida, considerando lassanciones estipuladas en el Estatuto Administrativo.
Presunción deinocencia
No pueden aplicarse sanciones sin que haya culminado completamente la investigación sumaria o el
sumario administrativo y queéste haya determinadolaefectividadde los hechos denunciados.
Protección dela víctima
Losilas intervinientes del presente procedimiento deberán adoptartodas las medidas necesarias -que
correspondan-para efectosde otorgar el debidoresguardo de Ia víctima, desde que setoma
conocimiento de la respectivadenuncia.
4. Disposiciones legales aplicables
oQonstituciónPolíticade la Repúblicade ChileArtículo 19onúmero 1",establece:
"Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas".
.
- Ley N''18.834, sobreel Estatuto Administrativo.Artículo 61letra g, queinstruye el
Principio de probidad administrativa,es decir, la obligación deobservar una conductafuncionaria
intachable y undesempeño honesto yleal de la funcióno cargo, con preeminencia del interés general
sobre el particular, ya que las conductas constitutivasde acosorepresentanuna infraccióna este
principio.
o- Ley N'18.883, sobreEstatuto Administrativo para Funcionarios Municipales Artículo
82 letra l: "Prohíbe a todo/a funcionario/a realizar cualquier acto atentatorio a ladignidad delos demás
funcionarios, seconsiderarácomo una acción de estetipo el acoso sexual".. Articulo82 letra m:
"Realizar todo acto calificadocomo acoso laboral".
o Artículo 48 de la LEY 19378que estableceEstatuto deAtención Primaria de Salud
Municipal.
a Artículos 8'bis, 17 y 72 del DFL N'1, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado deIa ley No 19.070 que aprobó elestatutode los profesionales dela educación, yde
leyes que la complementan ymodifican(Estatuto Docente)
ILUSTREMUNICÍPALÍDADDÉ SANTIAGO. P¡aza deArnasSlNi.227 13 6CC0- 8C0 2030i1 .',1¡,.

Tabla 97 (página 97 (texto) · 38 filas)

ILUSTRT MUNICIPALIDADReglamento N' 948
Página N"9
o{rtículo 4'bis.- ley 19464, queestablece normas y concedeaumento deremunerac¡ones
para personal no docente de establecimientos educacionales que indica.
CÓdigo delTrabajo Artículo 2:"Reconócesela función socialque cumple el trabajo y la
libertad de ias personas para contratar y dedicarsu esfuezo a lalabor lícitaque el¡an. Las
relaciones laborales deberán siemprefundarse enun trato compatible con ladignidad de la
persona. Es contrario a ella,entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal el que
una persona realiceen formaindebida,por cualquiermedio, requerimientos de carácter sexual, no
consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquensu situación laboral o sus
oportunidades en el empleo.Asimismo, es contrarioa la dignidad dela persona el acoso laboral,
entendiéndose portal toda conducta que constituyaagresión u hostigamiento reiterados, ejercida
por el empleador opor uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier
medio, y que tengacomo resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación,
o bien que amenace o perjudique susituación laboral o sus oportunidades enel empleo. Son
contrarios a los principios de las leyes laboraleslos actos de discriminación.Los actos de
discriminación sonlas distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivosde raza, color,
sexo, edad, estadocivil, sindicación, religión, opiniónpolítica, nacionalidad, ascendencia nacional,
situación sociceconómica,idioma,creencias, participación enorganizaciones gremiales,
orientación sexual,identidadde género,filiación, apariencia personal,enfermedado discapacidad
u origen social, quetengan por objeto anular o alterarla igualdad de oportunidadeso de trato en el
empleo y la ocupación. Contodo, lasdistinciones,exclusiones o preferenciasbasadas en las
calificaciones exigidas para unempleodeterminado no serán consideradas discriminación ..."
o
Lev 2 -- t0.609 sobre Medidas contra laDiscriminaciónArtículo 2:"Definición de
discriminación arbitraria. Para losefectos de esta ley, "se entiende por discriminaciónarbitraria toda
distinción, exclusión orestricciónque carezca de justificación razonable,efectuada por agentes del
Estado o particulares, )' que cause privación, perturbación o amenaza enel ejerciciolegítimo de los
derechos fundanrentales establecidos en la ConstituciónPolítica de la República oen los tratados
internacionales sobrederechoshumanosratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en
particular cuando se funden enmotivos tales como laraza o etnia, lanacionalidad, la situación
socioeconómica, el idioma. la ideología uopinión política, la religión ocreencia, la sindicación o
participación en organizaciones gremiales ola falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad
de género, el estado civil, la edad,la filiación, la apariencia personal y la enfermedad odiscapacidad".
oInstructil,o Presidencial Sobre lgualdad de Oportunidadesy Prevención ySanción del
Maltrato, Acoso Laboraly Acoso Sexual en los Ministeriosy Servicios de laAdministración del Estado,
23 de mayo de 2018.
o\,/iolencia de Género en el Trabajo en Chile. Un Campo deEstudio lgnorado, DíazX.,
(Díaz, Mauro, Ansoleaga, & Toro,2017).

Tabla 98 (página 98 (texto) · 33 filas)

:LUSI3E MUNICIPAL¡OADPágina N"9
oQonvención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra Ia mujer
Naciones Unidas, 1979.
oQonvención lnteramericana para Prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la
Mujer, Convención Belem do Para, 1994
5 DEFINICIONES
Es necesario precisar los conceptos que utilizaremosen este documento, para garantizar el irrestricto
respeto a la dignidad humana, eliminando todo trato prepotente, irrespetuoso o discriminatorio y
adoptar medidas destinadas a mantener un ambientede trabajo de mutuo respeto entre las personas
y de igualdadentre las y los servidores al interiorde la Municipalidad de Santiago, promoviendo
ambientes laborales sanos.
5.1Gonductas que vulneran la dignidad de las personas
Al referirnos a conductas que vulneranla dignidad delas personas, hablamos deun concepto amplio
llamado violencia laboral o violencia en el puesto de trabajo. Existen múltiplesconceptualizaciones
utilizadas paradistintas manifestaciones que corresponden almismo fenómeno: mobbing, tele-
mobbing, acoso psicológico en el trabajo, psicoterror laboral, acoso moral, victimización laboral,
supervisión abusiva, terror psicológico,hostigamientolaboral, bullying laboral, maltrato, acoso sexual,
wollying y acosolaboral.
Corresponde aun fenómeno multicausal, pudiendo ocurrir por razones culturales, organizacionales,
políticas, entreotras, en que se presentan actitudeshostiles contra una o varias personas, cuyos
efectos son negativos para quien lospadece; actúauna vÍctima(o víctimas) yunla victimario/a (o
victimarios/as).
Para ejercer conductas que vulneran ladignidad de laspersonas debe existir asimetría de poder lo que
no es sinónimode jerarquía. La asimetría de podersignifica queuna persona detenta mayor poder
contra otro/a u otros/as. provocando diferencias dondeuna o variaspersonas ejercen dominacióncontra
otro/a u otros/as. Estas conductas pueden darse deforma interna, es decir, producirse dentro de la
organización, ytambién de forma externa, por ejemplo, entre trabajadores/as y personas externas al
municipio o entre el personal y pacientes, proveedores/as, vecinos/vecinas yel público o los/as
usuarios/as.
Finalmente, esimportante consignar que las conductas que vulneran la dignidad de las personas
impactan a la organización por completo, ya que cuando se producen no afectansolamente a víctima
y victimario/a, sino que también a los equipos de trabajo y a toda laorganizaciónen su conjunto, que
directa o indirectamente se ve involucrada y dañada
ILUSTRÍMUNiCIPALIDAD DE SAHTIAGO. Plaza de ArnrasSiN . 227 13 6ü00 -8C0 203011 . !w,.1r.munístgo.cl

Tabla 99 (página 99 (texto) · 41 filas)

wY6oDEPTO. ASUNTOS IVIUNICIP€
¡LUSTREN"
MUNICIPALIOADReglamento 948
Página N"9
5.2Discriminación de género
La Convención sobre la eliminación de todas lasformasde discriminación contra la mujer (CEDA\A/), de
las Naciones Unidas señala que la discriminacióncontrala mujer "denotará toda distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo que tengapor objeto o resultado menoscabar o anular elreconocimiento,
goce o ejerciciopor la mujer, independientemente de suestado civil,sobre la base dela igualdad del
hombre y la mujer, de losderechos humanos ylas libertades fundamentales en lasesferas política,
económica, social, culturaly civil o en cualquierotra esfera".
5.3.Violenciacontra la mujer
Según la Convención de Belem do Pará, la violencia contra la mujeres "cualquier acción o conducta,
basada en su género, que cause muerte,daño o sufrimiento físico,sexual o psicológicoa la mujer, tanto
en el ámbito público como en el privado". (Convención lnteramericana para Prevenir, sancionar y
erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención Belemdo Pará)
De acuerdo a loseñaladopor la OIT, es toda acción oconductabasada en su pertenencia al sexo
femenino que tenga o pueda tener como resultado sumuerte,daño o sufrimientofísico, sexual o
psicológico, asícomo lasamenazasdetales actos, lacoaccióno laprivación de libertad, tanto si
producen en lavida pública como en la privada. La violencia es lamanifestación más grave de la
discriminación contra las mujeres.
Tal como se señala en elartículo'Violencia deGéneroen el trabajoen Chile. Un campo de estudio
ignorado", el desbalanee de poder existente entre víctimas y victimarios/as constituyeuna condición
determinante dela violencia,dejando demanifiesto lasdesigualdades derivadas de la estructura de
poder formal de las organizaciones comode otrasformaspotenciales depoder social. Las personas con
bajo poder socialpresentanmayor vulnerabilidada diversas formasde abusos y son, a menudo, quienes
ocupan posiciones con bajopoderformalen las organizaciones. Esimportante consignarque una fuente
de poder social es el género.
Es importante visualizar que los rolesde género, como construcción social de loy femenino lo
masculino, impactan en los espacios laborales reproduciendo situaciones donde se intensifica la
situación de subordinacióny menor valorización de lo femen ino. Enestecontexto de asimetría de poder,
las mujeres no siempre cuentan con condicionespara enfrentar las situaciones de acoso en elámbito
del trabajo y denunciarlas. Por otra parte, las organizacionesno siempre son conscientes de esta realidad
y reproducen estereotiposde género, minimizando las situaciones deviolencia laboral que afectan a
las mujeres. Es asícomo las mujeres se encuentran doblemente expuestas a la violencialaboral, debido
tanto al bajo poder formalen la estructura ocupacional que muchas veces ocupan, como también por
el bajo poder social que proviene de relaciones de géneroque lassubordinan y discriminan respecto a
los hombres.
Hay que considerar que el fenómeno de Ia violencia contrala mujeres uno de los principales problemas
sociales de nuestro país, sin embargo, su origenculturalprovocamuchas veces su n
parte de la población general, tendiendoa quedarinvisibilizado.
ILU$TREMU!.¿ICIFALIOAD nE SANTIAGO. Plaza dcr Arr..ras Slñ .227 13 5000" 8C02030i1 . ,¿n,^¡.munistgo.cJ

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ffiY60DEPTO. ASUNTOS MUNICIPAL_ES
ILUSTRS MUN¡C¡PALIO¡DReglamento N" 948
Página N''100
5.4 Maltrato Laboral
Se define como"cualquier manifestación de unaconducta abusiva, especialmente, los
comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos y omisiones de caráctergeneralizada, que puedan
atentar contra la personalidad,dignidado integridad físicao psíquica de un individuo, poniendo en
peligro su empleo odegradando el clima laboral. Se caracteriza por presentarse como una agresión
evidente y esporádíca, sin tener un objetivo o victima específica"(Orientacionespara la Elaboración de
un Procedimiento deJenuncia y Sancióndel Maltrato, AcosoLaboral y Sexual, 2018 del Servicio Civil).
Cabe destacar que en algunas ocasiones el maltrato laboralpuede representaruna forma de violencia
de género, cuanio implica la normalización de discriminaciones y prejuicios entorno al género.
Cuando hablamos demaltrato laboral nos referimos a las siguientes conductasmás comunes:
1u,",,' J":l'ñffi::
", s n o m á s:"Jj;"::,: ::::,:1;":1ffi11;:;:':lff :i: il"; : i
" habilidades interp'ersonates o falta de habilidades sociales. Sin embargo, no importando la causa de la
conducta, tenemos que centrarnos en eldaño que provoca elmaltrato y Io complejo de esta acción, por
tanto, la gestión que se realice para controlar, evitar y mitigarestos comportamientos serán esenciales.
estamo lam"tos,,".l""1"""jl,J."T;:i"J::.'::ffi::::f::'"::""j"::;T;:]ffix'",'.:
existen testigos, sinimportar contextoni lugar, parecieraque el/la agresor/ano quiere ocultar su
accionar, ya que lo más probable es queno le importe o que laconducta esté naturalizadaen la persona,
entonces no es cuestonada por quien laejerce.
x:i';;i i:ffi];:H;
i" o, n o se re acI :ff::ll..?l::#: T:;l",i::ff J: ::
" ",
como sucede en el caso de acoso laboral.
;i:::T::'ilJl: :::::';"ifi JiH:;,T:ffiffi'flff;ffl:
lo *o n o se t ene,.,
se encuentra de buenánimo y no grita niinsulta a nadie, luego al día siguiente tiene un "mal momento"
lo que detona su malestar, violencia y humillación a otros u otras.
';ff:
;';::ii ::T1"::':::':f il J:J;,J:"; ffi
lonst tuye u na ac: ón:''J: fi :ñ:
con la misma importancia y complejidadde otras conductas violentas.
l*",, 0,** o*lJ:i1:':1l,"ffiff: [':J.: ,'* iJil':ili']l Ji'lilll I
on ",:
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nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, enfermedad o discapacidad, que tengan por
objeto anular o alterarla igualdad de oportunidades o de tratoen el empleo y laocupación.
viorento discriminatorio
i,".,'"", ,":'#?[1:,:"J::::TT:J::'f,""J,il'n'"'"
basados
".
IL{"r$TRE f*UNlClpAL{OAD DE SAI{TIAGO" Plaza de Armas Si l'i . 227 -13 *CCO - 8Cl 203üi1 . *¡r",v.munistgo.ci

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¡LUS'RÉ MUNICIPALIDADReglamento N" 948
Página N"10'
5.5Acoso Laboral
Considerando loseñalado por la ley 20.607,que modificó elCódigo del Trabajo sancionando las
prácticas de Acoso Laboral, entenderemosel acoso laboralcomo toda conducta queconstituya
agresión u hostigamiento reiterados, ejercidapor el empleadoro por uno o más funcionarios/as, en
contra de otro/au otros/as funcionarios/as, porcualquier medio,y que tenga como resultado para el/la
afectado/a o los/as afectado/as su menoscabo,maltratoo humillación, o bien que amenace operjudique
su situación laboral o sus oportunidades en elempleo.El acosolaboral es contrario a la dignidad de la
persona.
Es importante indicar que conductas ocasionales (de carácter esporádico, no constitutivos de un patrón
de comportamiento)que no vulneren la dignidadde laspersonaso conflictos incipientes noconstituyen
acoso, así comotampoco elestrés derivado del exceso de trabajo, una amonestación deel/la jefe/a
directo/a, críticas aisladas, obien. las jornadas de trabajo extensas o la prestación de servicios en
precarias condiciones laborales.
En ocasiones elaccso laboral surge como untipo dediscriminación por motivode género. En este
sentido, es importante consignar que las mujeres están doblemente expuestas a la violencia laboral:
por un bajo poder formal en la estructura ocupacional y porun bajo poder social queemana de
relaciones degérero que las subordinan y discriminan.
Ejemplos de conductas deacoso laboral
- Gritar, avasallaro insultar ala víctima cuandoestá sola o en presencia de personas.
- Asignar objetivos o proyectos con plazos quese saben inalcanzables o imposibles de cumplir, y
tareas que sonmanifiestamente inacabablesen ese tiempo.
- Sobrecargar selectivamentea la vÍctima con mucho trabajo.
- Amenazar de manera continuada a la víctimao coaccionarla.
- Quitar áreas deresponsabilidad clave, ofreciéndole acambio tareas rutinarias, sin interéso incluso
ningún trabajoque realizar.
- Modificar las atribuciones oresponsabilidadesde su puesto detrabajo, sindecir nada al trabajador o
trabajadora.
- Tratar de una manera diferente o discriminatoria, usarmedidasexclusivascontra la víctima, con
vistas a estigmatizarle anteotros/as compañeros/as ojefes/as.
- lgnorar o excluir, hablando sólo a una tercera personapresente,simulando su no existencia
(ninguneándolo)o su no presencia fÍsica en laoficina oenlas reuniones a las que asiste (como si
fuera invisible).
- Retener información crucialpara su trabajo omanipularla parainducirle a error en su desempeño
laboral, y acusarle despuésde negligencia o faltas profesionales.
- Difamar a la víciima, extendiendo por la organización rumores maliciosos ocalumniosos que
menoscaban sureputación,su imagen o su profesionalidad.
lLUSfRfMUNiCIPALIDA0Df SANTIAGO. Plaza deArnras Sll',i .227 13 6000 - 8C0 2C301'1 .'t\rrr1¡r.mun:stgo.ci

Tabla 102 (página 102 (texto) · 31 filas)

¡LUSIRS MUNICIPALIOADPágina N'10
- lgnorar los éxitos profesionales oatribuirlosmaliciosamente a otras personas o a elementosajenos
a la vÍctima,como la casualidad, la suerte,etc.
- criticar continuamente su trabajo,sus ideas,suspropuestas, sus soluciones, etc.
- Castigar duramente o impedir cualquier tomadedecisiones o iniciativapersonal en el marcode sus
atribuciones.
- Ridiculizar el trabajo de la víctima,sus ideaso losresultados obtenidosante los/as demás
tra bajad ores/as, caricaturizándolao pa rod iand o.
- Animar a otros/as compañeros/asa participaren cualquierade las accionesanteriores mediante la
persuasión,la coacción oel abusode autoridad
Para identificar y diferenciar el maltrato laboraldel acoso laboral, sepuedeconsiderar lasiguiente
tabla:
Es una conducta generalizadauna conducta selectiva
objetivoes desgastar a lals
:No tieneun objetivo específicoíctima/s
ladignidad delas personasla dignidad de las personas
Es importanteconsignar que el Estatuto Administrativo paraFuncionarios municipales Ley N18.883,
en el artículo82 letra m, señala queel acoso laboralfigura dentro de las prohibiciones funcionarias.
5.6.Acoso Sexual
La ley N'20.005, publicadael 18 demarzo de 2005,tipifica ysanciona el acoso sexualy expresa en su
definición quelas relacioneslaborales deberánsiempre fundarse en un trato compatible con ladignidad
de la persona.Es contrarioa ella, entre otras conductas, el acoso sexual,entendiéndose por tal el que
una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no
consentidos por quien los recibey que ameno acenperjudiquensu situación laboral o sus
oportunidadesen el empleo.
Distinguiendoalgunos conceptos que se desprenden de ladefinición deacoso sexual, según lo que
señala la normativa, es posible mencionar lo siguiente:
:"ff i:l#i ::T:ffiIi"]ffi
l"o. o d e u n hb," o m "":: :HJ"'JJ;11-*; T: J-:l
El acoso sexual puede serconsiderado comounaforma más de discriminación por razón delg
tanto desde una perspectivalegalcomo en su concepto
ILUSTRE MUNICIPALIIIAD Dü SAI{TIAü0. PlazedeArmas Slñ.22713 6ü00 - 8C{) 203011 .',vlvrr.munistgo-cl

Tabla 103 (página 103 (texto) · 41 filas)

ILUSTREN'
MUѡCIPALIOAD Reglamento 948
Página N"10
l,".o.o sexua,
",,"::'i:;T"Jl,:,1::;;:i:.T;;H::il:::".;:::"il::::".:1i:,TJil:;
acepta por su propia voluntad, no puede alegar posteriormente acoso sexual, a no ser que la expres¡ón
de voluntad se funde en la coerción o la posibilidad futura de peores hostigamientos o agresiones,
incluida la estabilidad o continuidad laboral.
:n","n,,"n mtadas;::;:#:H::::::J:""."':::"ff"","J:'i::ffi: :ff::":"XT:::;:
acosador/a sobrela víctima que pueda representar un requerimiento de carácter sexual indebido.
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oo:T,il";T: ff ::i: il::: T5: :: : ff :":: ,o,
"",""t",',"
explÍcita o implícitamente como base para una decisión que afecta al trabajo de esa persona, como el
acceso a la formación profesional o al empleo; continuidad en el empleo; promoción; salario; o
cualesquiera otras decisiones relativas al empleo. Se trata de una conducta que crea un ambiente de
trabajo intimidatorio, hostilo humillante para quien la sufre.
Para facilitar la identificación de las conductas del tipo acoso sexual, se presentan algunos ejemplos y
descripciones conductuales:
:::::
i""," ), eq u va e;::::#I::T: ;:ffi:i::::i:::T11i:: ::::::: :: ","
el cuerpo de otra".""$ persona hasta la coacción para las relaciones sexuales.
l"*,",", mo estaJ::*::i::?*: :::::"":ñ:1i ::i:1, :::::. :,:1: ffr:;"T:: s,
social fuera del lugar del trabajo después que se haya puesto en claro que dicha insistencia es molesta,
flirteos ofensivos, comentarios insinuantes u obscenos. Estos comportamientos asignan a los/as
acosados/as un papel de objetos sexuales en vez de colegas de trabajo.
1"","
'"nt"suge.tu",cj'fi[ffJ::"":Jf:::TH:'¿Tff["#""",:"J;':#:i::"Jl"J:::
gestos que hacenpensar en el sexo. Estos comportamientos pueden hacer que los/as afectados/as se
sientan incómodos/as o amenazados/as, afectando su situación laboral.
0":
l::';::: :"i:::
1,,, eo, : :: :: X" ::: ::'::: : ::1: ::: :; rT:
n d t ra b aj::: :
","",:"J "",
sexual no es unatentativa para iniciar relaciones sexuales, sino la expresión del uso del poder de una
persona por sobre otra. Se trata de una conducta de carácter sexual que denigra, es intimidante o es
físicamente abusiva, como, por ejemplo, los insultos que están relacionados con el sexo y los
comentarios de este carácter, sobre el aspecto o la vestimenta y que son ofensivos. Una conducta así
puede crear un ambiente de trabajo degradante para el/la acosado/a.
Las mujeres seencuentran más expuestas a sufrir acoso sexual, lo que según la OIT es
manifestación deIa discriminación de género y una forma de violencia contra la mujer. A la

Tabla 104 (página 104 (texto) · 36 filas)

DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
WT'6O
MUNtc tLUsrRrtpALloADReglamento N. 949
Página N"10
este fenómenopodemos encontrar el sexismo, el bajo poder formal en laestructura ocupacional que
muchas veces tienen las mujeres yel bajo poder social que emana de relaciones degénero que las
subordinan y discriminan. El EstatutoAdministrativo municipal establece queel acoso sexual constituye
una conducta sancionable como un incumplimiento dedeberesfuncionarios,segúnlo estipulado en los
articulos 82, letra l) y 123, letra b).
5.7.Tipos de Maltrato Laboral, Acoso LaboraloAcoso Sexual
Atendiendo a laposición que ocupan tanto la víctima como el/la victimario/adentro de la lnstitución,
el maltrato o acoso puede clasificarseen:
Vertical descendente: Desde la jefatura hacia un/a subordinado/a. Si bien
podría darse elcaso de que el/la victimario/a tengamás de una víctima,suele tratarse sólo de una
persona que hasido aislada y estigmatizada por la jefatura, en complicidad con el silenciode sus pares.
Vertical ascendente: Desdelos/as subordinados/as hacia la jefatura. En este
caso, ya que siempre se requierede"poder" para maltratar o acosar, suele serun grupo de
subordinados/asconfabulados/as parahostigar a la jefatura, sóloasí alcanzan a invertir las fuerzas que
se desprenden de la estructura organizacional.
Horizontal:Se da entre pareso gruposde pares. Eneste caso, ya que siempre
se requiere de "poder" para maltrataro acosar, suelenser grupos los que cometen el hostigamiento.
5.8.Formulario de DenunciaAtentado ala Dignidad de lasPersonas (anexol)
Documento formal y estandarizado que permite registrar denuncias de maltrato laboral,acoso laboral,
y/o acoso sexual.Puede ser presentadopor la vÍctima otambiénpor una tercera persona(denunciante),
quien ha sido testigo de acciones queésteconsidera atentan contra la dignidad de las personas o que
aciúa por petición de la víctima.
6 ROLES Y RESPONSABILIDADES
6.1.Denunciante
Es la persona,ya sea la propia víctima o un tercero, que comunicaformalmente los hechos
eventualmente constitutivos de maltrato laboral, acosolaboral y/o acoso sexual. Su responsabilidad es
informar los hechos denunciados.
6.2.Víctima
Es la persona, sobre quien recaería laacción de maltrato laboral, acoso laboral y/o acoso sexual. Su
responsabilidad,en el caso de que noseadenunciante,es aportar antecedentes dentrodel proceso de
investigación
J
ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIA60 .Plaza de Armas Slli . 227 13 6C00 - 8üü 203011. 'r¡!ilr.munistgo.ci t

Tabla 105 (página 105 (texto) · 37 filas)

- N'
ILUSTNÉMUNI{IPALIOADReglamento 948
Página N"10
6.3.Denunciado/a
Es la persona, cuya conducta es objetode denuncia, porqueeventualmenteconstituiríamaltrato laboral,
acoso laboral y/o acososexual. Su responsabilidad, es aportar antecedentes dentrodel proceso de
investigación.
6.4.Gomité del Buen Trato Laboral
Estaráconstituido por 2funcionariosmunicipales, contratados para elefecto del cumplimiento del
presente protocolo.
Sus funciones son las siguientes:
1-Registrar la recepción de la denuncia y entregar copia del registroaldenunciante, cuando
esta es por escrito, o bien acusar recibo cuando serealiza por correo electrónico.
2-Revisar el cumplimiento de los requisitos de la denuncia y crear expediente.
3-Elaborar informe en un periodode 3 a 7 dÍas hábilessobre la procedencia de una denuncia.
4-Realizar un catastro, seguimiento y registro de lasinvestigacionesosumariospor casos de
acoso y/o discriminación, y susresultados, pudiendosolicitar paraesto informes breves de los
fiscales a cargo sobre el estadode tramitación de los sumarios, manteniendo estricta reserva
y confidencialidadrespecto a ellos.
5-Realizar acompañamiento a lasvíctimas que así losolicitaren, desdeel proceso de la
denuncia hasta elcierre de la investigación. Apoyotécnico.
6-Podrá proponer alcomité campañas de promoción,sensibilizaciónde la prevención del acoso
sexual, acoso y maltrato laboral.Las que se efectuaran anualmente.
En casode que la denuncia involucre afuncionarios/as delaDirección deEducación Municipal (DEM)
o de laDirección de Salud(DISAL), la Comité de Buen Tratoconsultará lanormativa yprocedimientos
particulares del sector para contextualizar la denuncia y aplicar los cursosdeacción pertinentes.
Una vez recibida Ia denuncia de acoso y maltrato laboralo sexual, estaunidad deberá evaluar la
gravedad de los antecedentes, e informará dentro de sietedías hábiles administrativos, a la máxima
autoridad, a fin que se ordene la instrucción de un procedimiento disciplinarioo investigación, por medio
del respectivo decreto, quien deberá designar a un fiscal o investigador sumariante, paraque investigue
los hechos denunciados.
6.5.Alcalde oalcaldesa oa quien este o estadesigne
Es la persona responsable de analizarlos antecedentes,calificar la procedencia dela denuncia y
ordenarIa instrucción de una investigación sumaria y/o sumario administrativo, segúnprocedimientos
establecidos.
6.6Comité De Prevención, Actuación Maltrato Y Acoso Laboral Y Acoso
Este Comité estará compuesto por:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAG0" Plaza de An..ras Sll',i . 22713 6ü00 - 8C0 2f30i1.

Tabla 106 (página 106 (texto) · 38 filas)

IIUSTNE MUNICIPALIDADReglamento N' 948
Página N'10
Este Comité estarácompuestopor:
1. La personaque ocupeel cargo de Administrador(a) Municipal oa quien este designe.
2. La personaque ocupeel cargo de Director(a) Jurídico o a quieneste designe.
3. La personaque ocupeel cargo de Director(a) deEducación o aquien esta designe.
4. La personaque ocupeel cargo de Director(a) deSalud o a quien esta designe.
5. La personaque ocupeel cargo de Director(a) deGestión de Personas o a quien esta designe.
6. La personaque ocupeel cargo de subdirector/rade la Subdirección de lgualdad de Género,
diversidad sexual einclusión oa quien esta designe.
7. Representante/s de las asociacionesde lallustreMunicipalidadde Santiago.
8. Representante/s de las asociacionesde laDirección de Saludde la llustre Municipalidad de
Santiago.
9. Representante/s de lasasociacionesde laDirección de Educación de la llustreMunicipalidad
de Santiago.
Con respecto a losilas representantes de losnumerales 7, 8 y 9, tendrán una duración de un año
y calendario luego irán rotando considerandola paridad flexibledel 60%-400/oan cuanto a
representación de las asociaciones dentro del comité. Parael primer añode funcionamiento se definirán
conforme al mayornúmero depersonas afiliadas,comenzado con un representante por cada una de
las dos asociacionesque tengan mayor número depersonas afiliadas dela lMS, dos dela DISAL y dos
de la DEM, es decir, quedaráconformado por seis representantes delas distintas asociaciones. El
segundo año, habrá un/a representante por las queno estuvieron en el primero año, y así
sucesivamente, garantizandoque todas las asociaciones de funcionarios tengan representación no
menor al 4O% dentro del comité.
Sus funciones estarán compuestas por las siguientes:
1. Realizar ensu primerasesión su reglamento de funcionamiento.
2. Capacitarsea lo menosuna vez al añoen temasde género y abuso laboral.
3. Confeccionar el plan depromoción, capacitación ysensibilizaciónsobre la prevención del acoso
sexual, maltrato y acoso laboral, a las y los funcionarios de la Municipalidad de Santiago.
4. Reunirse trimestralmente para proponer medidasde prevenciónalAlcalde o Alcaldesa.
6.7 Fiscal
Es el/la funcionario/ade la institución, designado/apor el/la Alcalde o Alcaldesa,para llevar a cabo la
investigación de los hechos denunciados, establecer responsabilidades y proponerlas sanciones
correspondientes side ello se derivan infracciones administrativas, conforme a la normativa vigente. Es
recomendable queél o la fiscal tenga competencias en las materias que indica el presente
procedimiento.
Parala investigaciónde denuncias que involucre apersonalde la DEM oDISAL, elo laFiscaldeberán
pertenecer a la Subdirección Jurídica de dichaDirección
ILU$TRÉ MUNICIPALIOAD DE SANTIA0O . Plazade Arr."ras $,'l'i .227 13 6CC0 - 80f 203011 . ',y!'"1,i.munislgo-ól

Tabla 107 (página 107 (texto) · 35 filas)

¡LUSTRg HUNICIPALIOADReglamento N' 948
Página N'10
6.8Actuario/a
Es el/la funcionarioia del Municipio,designado/a por el/la Fiscal, quien actúa en calidad de ministro y
certifrca todas las actuaciones realizadas en el sumario administrativo.
Para la investigación dedenunciasque involucrea personalde la DEMo DISAL,el o laActuario/a
deberán pertenecer a laSubdirección Jurídica de dicha Dirección.
y
7. ETAPASDELPRocESo DE DENUNcTA,¡NVEslcActóNsANctóN DEL
MALTRATO LABORAL,ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL
7.1.Contexto
El siguiente proceso ha sido elaborado para facilitar la denuncia, ante la autoridad competente, de los
hechos de carácter irregular,especialmente aquellos que contravienenel principio de Probidad
Administrativa, tal comose indica en el Estatuto Administrativopara funcionarios municipales, título de
las ObligacionesFuncionarias,Artículo 58, letra K.
En vista de la gravedadde lafalta, el Estatuto Administrativo,en su Artículo 123,letra b), establece
indirectamente,es decir,por remisión al Artículo 84letral), quelas conductas de acoso sexual son
causales de destitución, lo que conlleva la inhabilidad por cinco años para ejercercargos públicos
dentro de la Administración delEstado.
En el caso de los profesionalesde laeducación regidos por el Estatuto Docente los profesionales de la
educación que forman parte deunadotación docente del sectormunicipal, dejarán depertenecer a ella
por falta de probidad, conductainmoral, establecidas fehacientemente enun sumario, deacuerdo al
procedimiento establecido en los artículos 127 a|143 de la leyN' 18.883,en lo quefuerepertinente,
considerándoselas adecuaciones reglamentarias que correspondan.
En el caso de asistentesde la educación y personalDEM, en virtud del inciso primerodel artículo 160,
N" '1, letra b), del Códigodel Trabajo, el contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización por
"conductas indebidas decarácter grave, debidamente comprobadas", entrelas que se encuentran las
de 'acoso sexual'.
7.2.Formalizaciónde la Denuncia
Si la persona denunciante y/o presunta víctima decide formalizar una denuncia,deberá cumplir con lo
señalado en el art. 888 del EstatutoAdministrativopara funcionarios municipales, para loque podrá
completar y firmar el FormulariodeDenuncia de Gonductas que AtentanGontra laDignidad de las
Personas (anexo 1),queestará disponible en lapágina webinstitucional, debiendo consignar los
siguientes antecedentes:
aDatosdeidentificación deel/la denunciante y/o lavíctima.
ILUSTREMUNICIpALIOAD DESANTIAGO . Pl?za de Armas $1ñ . 227 13 60X0 - &0 2030:1. '*ü\r.muníslgo.cf

Tabla 108 (página 108 (texto) · 33 filas)

ILUSTRE MUNICIPALIOADReglamento N" 948
Página N.10
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l; "' o, o, co rreoseectro nffi :' ]],'lTll ;,:il : : "ffi ffi I 5;"!"'
Las denuncias queno cumplan conlo prescritoanteriormente podrán entenderse por no presentadas.
Posteriormente deberá entregar la denuncia enun sobre cerrado o por correo electrónico a una casilla
destinada para el efecto o por cualquier medio, aellla Receptor/ade la Denuncia, quien registrará su
recepción y entregaráComprobantede Recepción de Formulario de Denuncias de Conductas que
Atentan ContralaDignidad de las Personas(anexo 21, y lo entregará a ellla denunciante a fin de
garantizar el cumplimiento de los plazos de respuesta.
7.3.Canalización de laDenuncia
Una vez recibida ladenuncia el Comité delBuen trato, tendrá un plazo de 3 a 7 días hábiles
administrativoscontados desde larecepciónde la denuncia para elaborar un informe de técnico de
recomendación.Sitranscurido dicho plazo noha habido pronunciamiento, la denuncia se tendrá por
presentada siempreque cumpla conlos requisitosdel 7.2.
En caso que la denuncia no cumplacon los antecedentes indicados en e\7.2 para ser admisible, el
Comité del BuenTratodejará constancia de quese tiene por no presentada, y en razón de aquello será
comunicado a ellladenunciante, indicándole los motivos por los cuales no se acoge. No obstante, el
denunciante podrácomplementar ladenuncia con los antecedentes faltantes.
7.4. Investigación de laDenuncia
Si el/la AlcaldeoAlcaldesa, mediando informe del ccmité del buen trato, resuelve acoger la
presentación deladenuncia, instruirá unainvestigación sumaria o un sumario administrativo,
considerando la gravedad de los hechos y de losantecedenres presentados. Dicho proceso disciplinario
tendrá por finalidadinvestigar loshechos denunciados, establecer las eventuales responsabilidades
administrativas involucradas, y proponer la sanción que corresponda de acuerdo a las conductas que
pudieran ser acreditadas. Los plazosy procedimientos tanto de la investigación sumaria como de los
sumarios administrativos corresponden a los señaladosen la Ley 18.833. Porúltimo, lalelAlcaldesa o
Alcalde, tomará todas medidas necesarias, con el efecto de evacuar y dar celeridad el proceso
investigativo y/o disciplinario en un tiempo adecuado en virtud de la relevancia de la materia abordada.
ILUSTRÉ MUNICIPALIDAD DE SANTIACO ' Plaza deAF.-,as S,'N . 227 13 60t0 - 8t0 203011 . ryó.vi.munlstgo.ct

Tabla 109 (página 109 (texto) · 39 filas)

ILUSÍRE MUNICIPALIOADReglamento N' 948
Página N'10
lnvestigaciónSumaria:
Ellla Alcalde oAlcaldesa designará a una personaquien actuarácomo lnvestigador/a. Una vez
realizada la investigación, el/la Investigador/a formularáloscargcs, si asícorrespondiera, debiendo el/la
afectado/a responder los mismos en unplazo de dos(2) días hábiles, a contar dela fecha de
notificación.
En el eventode solicitarla persona inculpada rendir pruebas sobre los hechosmateria del
procedimiento, quien investigue señalará unplazo para rendirla, el cual no podrá exceder de tres (3) días
hábiles. Vencidoel plazo señalado, quien investigue procederá a emiiir una vista o informeen eltérmino
de dos (2) días hábiles, en el cual se contendrá larelaciór de los hechos, los fundamentos y
conclusiones aque se hubiere llegado, formulando la proposiciór que estimare procedente.
Conocido el informe o vista, la autoridadque ordenóIainvestigación sumaria dictarála resolución
respectiva en elplazo de dos(2)días hábiles,la cual será notificada a lapersona afectada,quien podrá
interponer el recurso correspondiente.
Cuando los hechos a investigar refieran auna denunciacontra el personal regido por el Código del
Trabajo, se debe practicar previamente una 'breve investigación' -la que no requiere sujetarse a las
reglas de un proceso administrativo formal-, destinadaaacreditar laefectividad de lasinfracciones
cometidas, en elcurso de la cual, al menos,se debe considerar oír al afectado y formular los cargos de
rigor, satisfaciendo asÍ principios generalesde derecho,como única manera de que éste pueda asumir
apropiadamentesu defensa.
Sumario Administrativo
Si en el transcurso de unainvestigaciónsumaria seconstata que los hechos revistenuna mayor
gravedad, o si lanaturaleza de los hechos denunciadoso su gi'avedadasí lo exigiere (el acoso sexual
constituye un hecho de mayor gravedad),se ordenarápor instrucciónde la Autoridada cargo del
procedimiento de sumario administrativo mediante resolución, en la cualse designará al ola fiscal que
estará a cargo del mismo.
La persona con cargo de fiscal deberá tenerigual o mayor grado o jerarquía que la personafuncionaria
que aparezca involucrada enlos hechos. Sidesignada la persona fiscal,apareciera involucrada en los
hechos investigados un funcionario de mayor grado o jerarquía, continuará el/la fiscal sustanciando el
procedimiento hasta que disponga el cierrede la investigación.
Quien sea fiscaltendrá amplias facultadespara realizar lainvestigación y las personasfuncionarias
estarán obligadas a prestar colaboración que se les solicite.
La investigaciónde los hechos deberá realizarse en el plazo de veinte (20)días hábiles, al término de
los cuales se declarará cerrada la investigación y se formularán los cargos a la o las personas afectadas
o se solicitará elsobreseimiento, para lo cual habrá un plazc de tres (3)días hábiles.
El sumario será secreto hastala formulaciónde los cargos,oportunidaden la cual dejará de serlo para
el/la inculpadolay paraellla abogado/a queasumiere su defensa, quien tendrá plazo unde ci
días hábiles siguientes para presentar los descargos, defensas y solicitar o presentar pruebas.
ILUSTREMUNICIFALIDADDE SANTIAüo . plaza JeArl')as Stñ.227 13 3Crj0 - 3C0 2030-11 .'"w"r,j.munistgo.cl

Tabla 110 (página 110 (texto) · 35 filas)

Contestados
los cargos o venc¡do el plazo delperíodo deprueba lapersona fiscal emitirá, dentro de lo
cinco (5) días hábiles siguientes, un dictamen en el cual propondrá la absolución o sanción que a s
juicio correspondaaplicar.
Cuando los hechos investigados y acreditados en el sumario pudieren importar laperpetración d
delitos previstosen las leyesvigentes, el dictamen deberá contener, además, la petición de que s
remitan los antecedentes a la justicia ordinaria sin perjuicio de la ,lenuncia que de los delitos debi
hacerse en la oportunidad debida.
Emitido el dictamen por quienejerce el cargode fiscal, seelevaránlos antecedentes delsumario a elll
Alcalde o Alcaldesa, quien resolverá en elplazo de cinco (5) días hábiles, dictandoal efecto un
resolución en la cual absolverá a la persona inculpada oaplicará la medidadisciplinariaen su caso.
Todo proceso disciplinario deberá concluir con sobreseimiento,absolucióno con la aplicación de l
sanción administrativa correspondiente.
7.5. Sanciones yMedidas Disciplinarias
Las personas denunciadas ysancionadas podrán ser objeto de las siguientes medidasdisciplinarias,
según lo que determine el Fiscal a cargo del proceso:
Censura: consisteen la reprensión por escrito que se hace a eUlafuncionariola, de lacual se dejará
constancia en lahoja de vida, mediante unaanotación de demérito de dos(2) puntosen el factor de
calificación correspond iente.
Multa: consiste enla privaciónde un porcentajede la remuneraciónmensual,la que no podrá ser inferior
a un cinco por ciento ni superior a un veinte por ciento de ésta. El/la funcionario/aen todo caso
mantendrá su obligación deservir al cargo. Se dejará constancia enla hoja devida de el/la
funcionarios/a dela multa impuesta, mediante una anotación de deméritoen el factorde calificación
correspondiente,de acuerdoa la siguiente escala:
a) Si la multa noexcede deldiez por cientode la remuneraciónmensual,la anotación será de dos
puntos;
b) Si la multa essuperior aldiez por cientoy no excede del quince por ciento de laremuneración
mensual, la anotación será detres puntos, y
c) Si la multa es superior al quince por cientode la remuneración mensual, laanotaciónserá de cuatro
puntos.
Suspensión del empleo: consiste en la privación temporal del empleo con goce de un cincuenta a un
setenta por ciento de las remuneraciones ysin poderhacer uso de losderechos yprerrogativas
inherentes al cargo.
Se dejará constancia de ella en la hoja de vidadel funcionario mediante unaanotación de de
seis puntos en el factor correspondiente.
ILU$TRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO - PlaeadeAr::ras SIN .227 13 €0t0- 8if 2030i1. \.r'w",¡r.munistgo-ct

Tabla 111 (página 111 (texto) · 36 filas)

wY6€DEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP€
ILUSIR€Reglamento N' 948
MUti¡ClPALlOArl
Página N"11
Destitución: es la decisbn de laautoridad facultada para hacer elnombramiento de poner término a los
servicios de unia funcionario/a.La medidadisciplinariaprocederásolo cuando loshechosconstitutivos
de la infracciónvulnerer gravemente el principio de probidad administrativa.
Se hace presente que, respecto del personal afectoal Código del Trabajo,la ley nocontempla
sanciones distintas aliérmino de la relaciónlaboral, sinperjuicio de aquellas medidas de resguardo que
puede tomar elempleador conforme el artículo 211-B del mismo código.
7.6.Medidas Preventivas Tomadas por el/la Fiscal en caso quese instruya Sumario
Administrativo
Si el/la Fiscal, loestima conveniente, podráconsiderar las medidas preventivas indicadas enelartículo
136 del EstatutoAdministrativopara funcionarios municipales, quepueden aplicarse duranteel proceso
de denuncia e investiga:ión, explicitando que no impliquen menoscabo o pérdidade derechos para los
involucrados, estas corresponden a:
aDestinar transitoriamente ala persona denunciada aotro cargodentro de
la misma institución y ci-rdad
aSuspender desus funciones a ellla denunciado/a.
A su vez, el artículo 211 -B delCódigo del Trabajo, dispone querecibida la denuncia, elempleador
deberá adoptarlas medidas de resguardonecesariasrespectode los involucrados, tales como la
separación de los espacios físicos o la redistribucjón del tiempo de jornada, considerandolagravedad
de los hechos imputados y las posibilidadesderivadas de las condiciones de trabajo.
7.7.Derechos de el/la Denunciante
El/la funcionario/aque fcrmaliceuna denuncia, en el marco de esteprocedimiento,tendrá lossiguientes
derechos:
I' o,"o o d e d esttu" on, o ",)ffii;":Tffi::":: i:f :rT:::::l#T; L:; il::;;: ;T
se resuelva en def nitiva no tenerla por presentada o,en su caso, hasta 90 días despuésde haber
terminado la investigac én sumaria o sumario administrativo, iniciados a partir de la citada denuncia.
desempeñare' sin su
po lutorizacionrescrito,,,,j:":',f:"":iYi::J:iliH:l
'::ilL:e
aNoser objetode precalificacjón anual, si el/la denunciado/afuese su
superior jerárquico, durante elmismo lapso a oue se refierenlos párrafos anteriores,salvo
expresamente Iasolicitare el/la denunciante.Si no lo hiciere, regirásu última calificación parato
efectos legales.
ILITSTREMUNICIFA.:-IOAD DESANTIAüü. plaza deArnlas S/'ñ.227 13 60C0- ItC 2f30i1 .'$^,v!v.munístgo.ct

Tabla 112 (página 112 (texto) · 21 filas)

ILUSÍNE MUNICIPALIOAtrReglamento N" 948
Página N"i 1
7.8.Falsa Denuncia
En el evento de que un/unafuncionario/ahaya denunciadoalgún hechodemaltrato laboral, acoso
laboral y/o acoso sexual respecto de lo cual se constataresufalsedadoel ánimo deliberado de
perjudicar a ellla denunciado/a, se le aplicarán las medidasdisciplinariascorrespondientes, previa
investigación sumaria o sumario administrativo, pudiendoordenarseinclusosudestitución,sanción que
se encuentra consignaca expresamente para este casoen el Estatuto Administrativo parafuncionarios
municipales.
7.9.Servidores aHonorarios
El presente reglamento también se aplicará a toda persona que preste servicios concontrato a
honorarios. Enatención a quelas personascontratadasa honorarios desempeñan una función pública
les he aplicableel estatuto administrativo para funcionarios municipales enlo que respectaal principio
de la probidadadminist-ativa(aplica criterioccntenido en los dictámenes N's.32.287, de2001 y 140,
de 2004, entreotros).
De este modo,si el comité del buen tratoconsidera que loshechos constituyen una infracción que
vulnere gravemen:e el principio de probidad administrativadeberá solicitar al Alcalde(sa), previa
investigación, el termino de larelación contractual entre la Municipalidady elservidor(a)que presta
servicios a honorarios.
PATRICIOOSSA CORTESIRACíHASSLERJACOB
SECRETARIO MUNICIPALALCALDESA DE SANTIAGO
ILUSTRÉ MGNICIPÉLIü,A,.D DE SANTIACO . Plazo ce Ar¡ra$ $lN. 227 13 6010- BCo 2030i1. r,r';,,1,i.mun¡stgo.cl

Tabla 113 (página 113 (texto) · 32 filas)

SEcRETARíAMUNtctpAL
sYsoDEPTO. ASUNTOS MUNICIPAL_ES
ILUSTRE MUNICIPALIOADReglamentoN' 948 /
Página .13
N.1
ANEXOf
FORMULARIO DE DENUNCIADE CONDUCTAS QUE ATENTAN CONTRA LA DIGNIDAD
DELAS PERSONAS
Marque con una "X" lals alternativa/squecorrespondaln
MaltratoLaboralAcoso Laboral
Acoso Sexual
Datos de ldentificación respecto aquienREALIZA la denuncia: Marque con una "X" lals
alternativals que corresponda/n
Víctima:persona en quienrecaela acción de violencia
organizacional, acoso laboral y/osexual
Denunciante: persona (untercero) que pone enconocimiento el
hecho constitutivc de violencia organizacional, acoso laboral ylo
SCXU
al y queNO es Víctima detales acciones
atos de la VICTIMA (QUIEN REPRESENTALA DENUNCTA):
Nombre completo
Sexo
GéneroMasculinoFemenino
TransmasculinoTransfemenino
No binarioespecifiq Otro,ue_
Prefiere noNo sabe
responder
Teléfono de contacto
Correo electrónico decontacto
Cargo que desempeña
Departamento, Unidad, Área de
Desempeño
ILU$TRE MUN¡CIpALIDAD DE SANTIAS0. plázade Arnas SlN . 227 13 60C0 - 8C0 203011 . .w1lre.munÍsrgo.ct

Tabla 114 (página 114 (texto) · 28 filas)

Viy<rmos bien
SEcRETARÍA MUNtctpAL
sY60DEPTO. ASUNTOSIVUNICIPt=
¡LUSTRS MUNICIPALIOADReglamento N" 948 /
Página N"114
ATOS DE DENUNCIANTES (QUIENES PRESENTEN ANTECEDENTES, RELATOS O PRUEBAS
N LA DENUNCTA)
Nombre completo
Sexo
Teléfono de contacto
Correo electrónico decontacto
Cargo que desempeña
Nombre completo
Sexo
Teléfono de contacto
Correo electrónico decontacto
Cargo que desempeña
Nombre completo
Sexo
Teléfono de contacto
Correo electrónico decontacto
Cargo que desempeña
tos de el/la DENUNCIADO/A- VICTIMARIO/A
Nombre completo
Sexo
Cargo que desempeña
Departamento, Unidad, Área de
Desempeño
ILUSTRE MUNICIpALÍDAD DE SANTIAGO . Plaea Je Araras $/t\i . 227 13 60C0 - 80C 203ü11 . '"wr'#.murijstgo.c¡

Tabla 115 (página 115 (texto) · 18 filas)

secRrtnnílMUNtctpAL
Y60DEPro. ASUNros rvuNtctPlS
SReglamentoN" 948 /
MUNICIPALIOAD
Página N"115
Niveljerárquico de ellla DENUNctADoIA-vlcflMARlo/A respectoa la víctima
Marque con una "X" laalternativa que corresponde
NivelSuperiorlgual NivelJerárquicoNivellnferior
¿Ellla DENUNCIADOIA-VICTIMARIOIAcorresponde a la Jefatura superior inmediata dela
Víctima? Marque con"X"
una la alternativa corresponde -que
QíNo
¿El/la D ENU NCIA DO/A-VI CTIMAR¡OIAtrabaja d irectamente con laVíctima?
Marque con una'X" laalternativa que co:"responde
SíNoOcasional
¿Ellla DENUNCIANTE- VICTIMA ha puesto en conocimiento de susuperior
inmediato esta situación? Marqueconuna "X" la alternativa que corresponde.
SíNo
ILUSTRñ MUN'ClpALf DADDE SANTIAGO .Plaeade Armas SlN . 227 13 3ü¡0 - 8*0 203011 . M.1¡i.muníslgo.c¡

Tabla 116 (página 116 (texto) · 11 filas)

SECRETARíAMUNICIPAL
$TGODEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
ILUSTNg MUNICIPALIOADReglamento- N' 948 /
Página N'1 1 6
Describa las conductas manifestadas -en orden cronológico-porel/la presunto/a acosador/aque
avalarían la denuncia. (Señalarnombres, lugares, fechasydetalles que complementen Ia
denuncia). (Sl desea puede relatarlos hechos en hojaadjunta)
Señale desde hace cuanto tiempoes víctima de acciones deltipoviolencia organizacional
Señale individualización de quién oquiénes hubierencometidoactos atentatorios a la dignidadde
las personas (Señalar nombres, lugares, fechas y detalles que complementen ladenuncia).(Si
desea puede relatar los hechos enhoja adjunta).
ILU$TRE MU|'¡ICIPALIDA0 DE SANTIAGO . Plaza de Ar¡rasS1N . 227 136000- 810 203ü11 . www.munis(go.cl

Tabla 117 (página 117 (texto) · 16 filas)

¡LUSÍRg MUNICIPALIOADReglamento N"
Página
Señale individualización de laspersonas quehub¡eren presenciado o que tuvieren información de
lo acontecido-Testigos- (Señalar nombres,lugares, fechas y detalies que complementen la
denuncia). (Si desea puede relatar los hechosen una hoja adjunta)
Antecedentes y documentosque acreditanla denuncia: Marque con una "X" Ialsalternativa/s
que corresponda/n
Correo electrónico:
Narración de testigos:
Fotografías de respaldo
Video:
Otros:
Si respondió "Otros documentosde respaldo", favor señale cuál/es
Observaciones
Nombre y firma de el/la denunciante
Fecha
ILUSTRE MUNICIPALIüAD DfSANTIAGO. Plaza deArn^as S1ñ.227 13 6000 - 8D0 203011 .'"r¡*,r¡.munistgo.ci

Tabla 118 (página 118 (texto) · 18 filas)

secReTnRíaMUNIcIPAL
wY60DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6IENLES
iLUSI*É MUNIC¡PALIOADReglamentoN' 948
Página N"118
ANEXO 2
COMPROBANTE DE RECEPCIONDE FORMULARIO DE DENUNCIADECONDUCTASQUE
ATENTAN CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS
Copia de la persona que ENTREGA el documento
NombreFuncionario/a
Fecha:_
6ecr'a@Nombre- Firma
Receptoria
Copia de la persona que RECIBE eldocumento
NombreFuncionario/a
Fecha:_
(Fecha de entrega del documento)Nombre-Firma
Receptoria
ILU$TRÉ MUNICIpALIDAO DE SANTIAGO. Plaza de Arnr¡s Sll.i . 227 13 60C0 - 800 203011. '"w"rv.munístgo.cl

Tabla 119 (página 119 (texto) · 32 filas)

secnemRítMUNtctpAL
wY60DEPTO. ASUNTO'
"'¡6IENLES
¡LUSTRÉReglamentoN" 948 /
MUNICIPALIOAD
Página N'"1 19
Código: RH4.2
CESFAMPROTOCOLO DE MANEJO DEACCIDENTESEdición: Primera
CORTOPUNZANTES Y EXPOSICIóN AFecha: Junio2022
SANGRE O FLUíDOS
CORPORALES DE ALTOVigencia:
Junio 2027
RIESGO
Página L19de 151
ANEXONo6: PROTOCOLO DEMANEJODE ACCIDENTES
CORTOPUNZ/ANTES Y EXPOSICIÓN A SANGREY FLUíDOS
CORPORALES DEALTO RIESGO
Documento elaborado por: Documento revisadopor:Documento aprobado por:
EU. XimenaGonzábz EU. María Belén PinoDra. Magdalena Muñoz
Encargada de Calidad Encargada de Calidad y ProcesosDirectora
Clínicos
CESFAM Matta SurCESFAM Matta Sur
Departamento de Calidad y Procesos
Clínicos
PR. EstebanVivanco
Departamento dePrevención de
Riesgos y SaludOcupacional
Dirección de Salud
llustreMunicipalidad de Santiago llustreMunicipalidad de Santiagollustre Municipalidad de San
FechaelaboraciónFecha revisiónFecha aprobación
Distribución:
Red deSalud llustre N{unicipalidad de Santiago
ILUSTREMUillClPÉi-lOA.D DE SANTIAGO . Plaza ie Ar¡-rras $1ñ. 227 l3 60,10 - 8C0 203Ü11 . .!v!v\¡r.mr¡n:slgo.cl

Tabla 120 (página 120 (texto) · 13 filas)

secRet¡níe
sTco DEPTO.ASUNTOS M
¡LUSTRE ¡IUNICIPALI{'ADReglamento
P
INDICE
INTRODUCCIÓN3
OBJETIVOS3
ALCANCE4
RESPONSABLES4
DEFINICIONES5
DOCUMENTOS DE REFERENCIA7
DESARROLLO8
CONTROL DE CAMBIGST2
ANEXOS

Tabla 121 (página 121 (texto) · 30 filas)

¡IUSTRE MUNICIPALIOADReglamento N" 948
Página N"121
L.INTRODUCCIóN
Diariamenteel personal de salud está expuesto a riesgos asociados al t¡pode labores que
desempeña.Dentrode estos riesgos, destacan aquellos relacionados conla exposición a
y/o
sangrefluidoscorporales de alto riesgobiológico (FCARB), así comotambién a los
accidentes cortopunzantes producto de la atención de salud que se brinda a lapoblación.
Estos riesgosde accidentes y de infección porexposición ocupacional a agentes patógenos
transmitidospor sangre u otros fluidos corporales dependende diversos factores, entre los
cualespodemos mencionar el patógeno implicado, tipode exposición, cantidad de
sangrefluido,entre otros.
Amodo general lasmedidas más razonablespara prevenir las exposiciones consisten en
laeducaciónprevia,autocuidado laboral y laaplicación delas precauciones universales
ante cada procedimiento que involucre contacto con sangrey FCARB. Unavez ocurrida la
exposición las medidas van dirigidasa prevenir la seroconversión siendo muy importante
la conducta inmediata,la clasificacióndelriesgo,la derivaciónytratamientofarmacológico
oportuno si amerita.
El siguiente protocolodetalla la formacorrecta, según la organización interna de la Red de
SaludMunicipal deSantiago, de lasaccionescorrectivas inmediatas a seguir frente a la
exposición accidentalcon sangre o FCARB, así como también las medidas parala prevención
deestetipo de accidentes.
2.OBJETIVOS
2.lObjetivo General
Entregar las directrices a los funcionariosante la ocurrencia de accidentes laborales
relacionados aexposición a sangre o fluidos corporalesalto riesgo, asícomo también
las medidas para la prevenciónprimaria de este tipo deaccidentes.
2.2Objetivos Específicos
2.2.1, Establecerun flujo de acción conocido por todoslos funcionarios frente a la
ocurrenciaun accidente laboralcon riesgo biológico.
ILU$TRC MUNICIPALIDAD Df SANTIAGO . Piaza de An'¡asSll'J . 227 13 60C0 - 8'lf2C30i1 . wwr¡/.munislgo-cl

Tabla 122 (página 122 (texto) · 39 filas)

Reglamento N"948 i
SÍRT MUNICIPALIü¡O
PáginaN''122
2.2.2Contribuir en laprevenciónde accidentes laborales con riesgo biológico, conosin
riesgo de contagio, mediante una seriede acciones coord¡nadas por el personal
involucrado.
2.2.3Contribuir enelcontrol deexposición a riesgos, promoviendo el mejoramientode
las condicioneslaborales yelementos deprotección personal.
3. ALCANCE
resente docurnentoaplica a todo el personal quedesempeña funciones en laRed de Salud
nicipalSantiagc, a lacual perteneceel CESFAM Matta Sur, yque porsusfuncionespudiera
r en contacto con Fluidos Corporales de alto Riesgo Biológico omateriales cortopunzantes
taminados con éstos.
4. RESPONSABLES
RESPONSABLEACTIVIDADES
Gestionar laorganización ylos insumosnecesarios para
llevar a caboel protocolo.
lnformar al Dpto. de SaludOcupacionaly Prevención de
Riesgos de laDirección deSalud (D|SAL)la ocurrencia de
un caso según protocolo, dentro de las primeras 24horas.
Dirección del CESFAMSupervisar elcumplimientodelflujo de actuaciónen caso
de accidentes con cortopunzantes V/o exposición a
FCARB.
IAsegurar quelas condiciones de trabajoyacciones del
personal involucrado nogeneren unriesgo para las
personas (usuarios y funcionarios).
Encargada{o) localSupervisar elcumplimientodel protocolo.
Gestión de Calidad yMonitorear que todo el personal esté en conocimiento del
Seguridadflujo de acción frente a laocurrenciadeeste tipo de
evento no deseado.
.Colaborar enla difusión delprotocolo.
'Supervisar laaplicación delprotocolo.
y encargadosde
Jefesrlnformar inmediatamentela ocurrenciadeun caso de
unidadesyflujo
acc¡dente laboral de riesgobiológico aplicar elde
actuación establecido.
Personal de saluddel¡Conocer y dar cumplimiento a lo establecidoen el
CESFAMprotocolo.
ILU$TRü E'1U¡,¡lilPÉL;üADüE SANTIAGO . Plaze d? Arnlas S/[i '227 13 3C00 - 8C0 2030i1 . '*^,'v1¡/.munlstgó.cl

Tabla 123 (página 123 (texto) · 51 filas)

secnetnRín MUNtctpAL
DEPTO.ASUNTO''IJ¡¡CIEALES
Y6{}Reglamento N' 948 /
USIRTMUNICIPALIüADPágina N'123
Apoyar en el protocolo de actuación en caso de accidentes
laborales de riesgo biológico.
Comité Paritario
Colaborar en ladifusión del documento en todoel
personal delestablecimientopara asegurarel
cumplimiento deéste.
lnformar todas las acciones o condiciones de riesgoa
Dirección del CESFAM que puedan derivar en accidentes
biológicos de origen laboral.
Detectar condiciones o acciones quepuedan afectar a los
funcionarios e informar al asesor en Prevención de riesgos
encargado de salud para corregir y /otomar acciones de
las fallas en los procesos.
Asesorar permanentemente en materia de seguridady
salud ocupacional a Dirección y Comité Paritario del
Dpto. Salud Ocupacional
CESFAM.
y
Prevención de Riesgosen de
Definir las acciones caso modificación de los
procesos.
Coordinar en caso de sufrir un accidente de este tipoy
act¡var el proced¡miento dandolas directrices de
actuación.
5.DEFINICIONES
5.lAccidente laboral: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocas¡ón deltrabajo
y que le produzca incapacidad omuerte, definidaen la Ley !6.744.
5.2Fluido corporal: Secreciones olíquidos biológicos que se producenen el organismo.
Estos fluidos seclasifican en altoriesgo y de bajoriesgo biológico.
5.3Fluidos Corporales de Alto Riesgo Biológico (FCARB) con Riesgo detransmitir VIH,
VHB, VHC: Se considera aquellos fluidos comosangre, semen y secreción vaginal.
Cualquier otrofluido (secreción, excreción de cavidades estériles)se considera de
bajo riesgo para este tipo deaccidentes, excepto que alguno deellos contenga
sangre, semeno secreción vaginal.
5.4Fluidos Corporales de bajo riesgo biológico Sinriesgo de transmitirVlH, VHB, VHC:
Son aquellos que no se han descrito en el mundo casos de transmisión delVlH por
exposición. Seconsideran en esta categoríaa fluidos como la saliva, sudor,
Iágrimas, deposiciones, orina, secrecionesbronquiales, contenido gástrico,
siempre y cuando no se encuentren contaminados con sangre.
5.5Exposición Laboral a FCARB:Toda inoculación o contacto accidental de piel y/o
mucosas intactao no intacta, con sangre u otros fluidos corporalespotencialmente
contaminados por agentes patógenos, ocurridodurante la ejecuciónde actividades
laborales.
5.6Material cortopunzante: Se denomina así a lasagujas, cánulas, bránulas, catéteres,
hojas de bisturí,ampollas de vidrio rotas, punzones de biopsia o a cualquier i
herramienta quepudiese producir una herida porcorte o puncion
ILU.STRü MUN¡CIPALIOAD DE SANTIAGO . Plaza ie Arnas Sll'i . 227 136Cl0 - 810 2030i1 . ¡.m¡"¡r-:istgo.cl
".¡tr

Tabla 124 (página 124 (texto) · 46 filas)

Y60DEpro. ASUNToS rvruNtctp€
E I.lUNICIPALIOADReglamento N' 948
Página N'124
Material
cortopunzantede Riesgo: Objetocortopunzante ocon zonas
cortopunzantesque previamente estuvieron en contacto con fluidos dealto riesgo
biológico.
Accidente
cortopunzante: Todo trauma cortopunzante fortuito que sufre un
trabajador a causa o con ocasión del trabajo.
Accidente Cortopunzante con FCARB: Aquel accidente que sepresentacuando un
trabajador sufre un trauma cortopunzantefortuito donde elelemento
cortopunzanteestuvo previamente en contacto con fluidos dealto riesgo
biológico.
10 Personalde Salud conRiesgode ExposiciónLaboral: Son quienes trabajan
prestando atención clínicadirectaa pacientes de un centro de sb-lucl- y/o que
manipulen FCARB. lncluye también aaquellos funcionarios queen forma indirecta
tomen contactocon elementos cortopunzantes odichos fluidos producidos en la
atención clínica.
11 Persona Fuente: Persona a quien se le brindó atenciónclínica, cuya sangre
o FCARB están involucrados en una exposición laboral. Puede clasificarse como:
' Fuente conocida: Persona fuente que se puedeidentificary autorizapor escrito
obtener yanalizar muestra desu sangre.
. Fuente Desconocida:Personafuente no identifícada, fuente conocida que
se niegaa autorizar la tomade muestrade su sangre o no cuenta con
responsable legal en casode que elpacienteno pueda dar el
consentimiento por condiciónde salud o conciencia.
2 Consentimiento lnformado: Documento donde la fuentedeclarade manera
informada, librey voluntaria, a través de su firma, que autoriza orechaza la
realización del examen de detecciónde virus VlH, VHB y VHC.
13 Precauciones Universales: Se definen como elconjunto demedidasdestinadas
a minimizar el riesgo de transmisiónde infeccionesentre el personal ypacientes
por el contacto con FCARB.
L4 ACHS: Asociación Chilena de seguridad. Organismo administrador de la ley
N"1.6.744 a la cual está afiliadola Red de Salud municipal de Santiago.
15 DIAT: Documento de Declaración individual deaccidente de trabajo.
16 EPP: Elementos de protección personal.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Ley N" !6.744. Normas sobre accidentesde trabajo yenfermedades profesionales.
Norma de manejopos-exposición Laboral a sangre enel contextode la prevención de
la infección por VlH, Norma técnica N"48 Ministeriode Salud, Comisiónnacional de
SIDA, octubre del2000.
Norma técnica l-24 sobre programas deprevención ycontrol de infeccionesasociadas
a la atención de salud (IAAS).
DS N" 6 reglamento sobre manejo de residuos.
DS N" 148 sobre el almacenamiento desustancias peligrosas
ILUSTRE MUN¡CIPALÍDAD DE SANTIAüO.Plaza cleAr¡'las S1N.227"13 60X0-SCI 2C30i1 . ivrrvr.munistgo.cl

Tabla 125 (página 125 (texto) · 35 filas)

wY60DEpTo. AsuNros ¡¡uNtctp€
ILUSTREN'
MUNICIPALIOADReglamento 948
Página N"125
DSN" 594 sobre condic¡ones san¡tarias y amb¡entales.
7. DESARROLLO
7.1 Clasificación del riesgo de la exposición
Elriesgo deinfección por elemento cortopunzante o expos¡cióna FCARB dependerá del agente
involucrado, condición inmunológica del trabajador, profundidad de la lesión ydisponibilidad
dela profilaxis adecuada luego de la exposición:
a.Exposición con r¡esgo
Herida profunda quecausa sangramiento, provocada por un instrumento con
lumen y que contienealgún fluido corporal de riesgo.
Exposición demucosas o heridaa algún fluidocorporal de riesgo.
Derrame de sangre ofluido corporal con riesgo enuna solución decontinuidad
de la piel talescomoherida, dermatosis o eczema.
b.Exposición sin riego
Todas las exposicionesNO descritas en el punto anteriorse consideran sin riesgo. No
se handescrito seroconversiones anteotras exposicionestales como:
Herida con instrumento que noestá a simple vistacontaminadocon sangre o
fluido corporalde riesgo.
Herida superficial queno causasangramientoni escarificación.
Exposiciones de piel intacta o sana con algún fluidocorporal.
7.2 Manejo post exposición
7.2.L Acciones inmediatasdel funcionario
Ocurrida laexposición, el funcionario debe tomar las medidas de primeros auxilios básicos. A
la fecha nohay evidencia de quemedidas especiales alteren el riesgo de transmisión del VlH.
a.El personal que tenga un accidente concontacto de sangrey/o fluidos corporales de alto
riesgo deberá suspender inmediatamente la tarea queestárealizando.
b.En casode corte o punción, se debe realizar lavado con abundante agua enla zona de la
lesión ycompresión encaso de hemorragia. En el casode exposición de mucosas o piel no
indemne, se debe realizar lavado por arrastre con abundanteagua o con suero fisiológico.
cEl funcionario afectado, deberá informar en forma inmediata a su jefe directo y Comité
Paritario. En el caso deocurrido el incidente durante la jornada de extensión horari
funcionario debe informar al profesionalde Enfermeríaencargado
ILU.STRÉ MUñlClpALlüA-DDE $ANTIAG0 . Plaza deAr.r:as Sli'i . 227 '13 6CD0 - 8lü:f 2ü30 ir,*"w.mur':istgo.cl

Tabla 126 (página 126 (texto) · 43 filas)

iyamosbien
secnennít MUNtctpAL
Y60DEPTO. ASUNTOS IVIUNICIPt=
SIR€ MUNICIPALIDADReglamento N" 948 /
Página N'126
2 Acciones ¡nmed¡atas de la jefatura directao encargado deturno de extensión horaria.
Deberáhacerse presente para constatar la situación post acc¡dente, guiara su funcionario
y brindar contención psicológicaen la medidade lo posible según sus recursos personales.
Deberánotificar de forma inmediata a Prevención de Riesgos de la Dirección de Salud al
número+56954258004 para activar el procedimiento (AnexoN"1):
La Jefatura directa delfuncionario afectado será quien generarála Declaración
individual de accidentede trabajo (DIAT) (Anexo N"2) y contactará de manera
inmediata al Departamento de SaludOcupacional yPrevención de Riesgos, dicho
departamento coordinará con la unidad de rescate de la l. Municipalidad de
Santiago, cuya función será acudir al centro de ocurrencia del evento y orientar al
funcionario.
La unidad de rescate solicitará antecedentes para lainvestigacióndel accidente y
de acuerdo a disponibilidad de traslado, trasladará a funcionario alcentro de ACHS
más cercano.
En caso de horario inhábil o queno exista respuesta inmediata desde el
Departamento de SaludOcupacionaly Prevención de Riesgos, la jefatura o quien
quede designado en dicho horario, generar DIAT y derivará al funcionario a la ACHS,
realizando solicitud de ambulancia a los teléfonos 22827540-228271604, de lunes
aviernes las 24 horas, sábados, domingos y festivosa ESACHS número 1404. En
caso de no necesitar traslado, el funcionario puede dirigirse por suspropios medios.
La copia de DIAT generada por la jefatura directa se enviará a Dirección del CESFAM
donde deberá ser enviada vía correo electrónico, junto con ladocumentación
requerida (Anexo N"3)antes de cumplidas 24 horas desde laocurrencia del
accidente laboral a: evivancoq@s*aludstgo.clcon copiaa m.h.U_eno@munistgo.cl
La documentación requerida corresponde a la siguiente
. lnvestigaciónde accidentedel trabajo.
. Certificado dehorario.
I Fotocopia dellibro de firma.
En paralelo, la Direccióndel CESFAM también informará delcaso al Comité Paritario
con el fin de realizar investigación y acciones correctivas.
En caso de que el accidente sea de Fuente Conocida,la jefatura del área o quien
subrogue deberá explicarla situación alpaciente fuentey solicitar autorización para
realizar toma de muestra sanguíneacon la firma del consentimiento informado
correspondiente (Anexo N"4).Enel casoque el paciente sea menorde edad o
que su condición de salud no permitadar la autorización, el consentimiento podrá
ser firmado por el tutor.En caso de que el paciente fuente se niegue a la toma del
examen, la fuente se considerará desconocida y no seenviarán muestras.
La toma de muestra a lafuente serágestionada enel CESFAM por la Unid
toma de muestra, dondese deberá tomar una muestra venosa enun tub

Tabla 127 (página 127 (texto) · 43 filas)

"¡¡gIEALES
USIREMUN¡CIPALIDADReglamento N' 948
Página N'127
con anticoagulanteEDTA7.2% color lila, la cualse trasladará de acuerdo al manejo
de traslado de muestras en contenedor o cooler parasu resguardo (Anexo N"5).
La conserjería alpaciente fuentese debe realizaren el cEsFAM, junto a la
confirmación de identidad y notificación de enfermedades obligatorias (ENO) a la
Secretaría RegionalMinisterial de Salud (SEREMt).
Se debe adjuntardocumento para el procesamiento de muestras fuentes de
acuerdo al DecretoN"L82, MINSAL (Anexo N"6), elcual será presentado por el
funcionario accidentado una vez ingresado alorganismo administrador
correspon d iente.
Una vez el funcionario ingrese al organismo administrador, ya sea por traslado de
la unidad de rescate municipal opor sus medios, deberá ingresar portando su
carnet de identidad y la muestradel paciente en caso de disponer con toda la
documentación informada anteriormente.
Esprimordial que la jefatura refuerce en elpersonal las medidas preventivas de accidentes
conFCARB (Anexo N"4):
No se recapsularán las agujashipodérmicas independientes del uso que
tuvieron.
No se desmontaránagujas de sutura, bisturíes y otrosdirectamente con las manos.
o No se entregaránpasarán "mano a mano"artículoscortopunzantes,
especialmente durante procedimientos invasivos.
Procurar el usode guantes cuando se preveala exposición a fluidos o
secreciones.
Procurar el uso de antiparras olentes protectores y mascarilla que cubra
boca y nariz cuando se preveasalpicaduras y/oderrames.
Realizar manejocuidadoso detodo material cortopunzante durante los
procedimientos dedescarte de éste, en esta acción debe tomarse el máximo de
cuidado para evitar lesionarse o lesionar a terceros.
El material cortopunzante debe ser eliminado encontenedorrígido especial
según Normativa REAS.
Los contenedoresde desechos cortopunzantes deben ubicarselo más cercano
posible al área delprocedimiento.
No utilizar el contenedor cuando esté % de sucapacidad,realizar cambio
inmediatamente.
Cuando se desmonte una aguja obisturíen ningúncaso se debe apuntar hacia
su propio cuerpo ocerca de otro funcionario.
3 Consideraciones especiales
a.Si al momento del accidente el funcionario tiene certezade que elevento no es un
factor de riesgo, de igual forma deberáasistir al centro asistencial.
b.Enel caso que el funcionario se nieguea recibir las prestaciones, elafectado deb
redactar de forma manual una carta detallando sus antecedentes, elevento y
ILU$TRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO . Plaza de Arrras Sll\i . 227 13 60ü0 - 810 203011 . 'wu.w.munjsgo-cl

Tabla 128 (página 128 (texto) · 20 filas)

SEcRETARíA MUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTOS MUNICIPALES
WYffiO
ILUSTB€MUNICIPALIOADRt"--9; eglamento
Página N'128
que bajo el consentimientopropio ha decidido no asistir alcentro asistencial y recibir
las prestaciones médicas.
c.Respecto a los funcionariosa honorarios, espreciso señalarque la Reforma previsional
en la Ley 20.255, establece la obligacióndel trabajador independiente que realiza
prestacionesde servicio contra boleta ahonorarios, acotizar para el seguro de
accidentes yenfermedadesprofesionales.Por lo tanto, encaso de accidente laboral,
deben ser enviados a la mutual en dondeestán inscritos,o en su defecto, deberán
atenderse enforma particular. Es obligacióndeljefe directo informar elcaso por escrito
a la Direccióndel CESFAM yéste al ComitéParitario.
d.En el casoque el afectado sea un alumno en práctica, éste deberá notificar al
profesional docente del CESFAM para luegohacer uso del seguro delestablecimiento
educacionalcorrespondiente. Es obligacióndel profesionaldocente informar el caso
por escrito ala dirección delCESFAM y ésteal Comité Paritario.
e.Las universidades deben indicar explícitamente la formade actuación en caso de
accidentes para evitar dudasen caso de eventos no deseados.
.CONTROL DECAMBIOS

Tabla 129 (página 129 (texto) · 44 filas)

ILUSTNSMUNICIPALIOADReglamento N" 948 /
Página N'i29
.ANEXOS
1Anexo N"l: Flujograma deactuac¡ón frente a acc¡dente laboral de riesgo biológico
Orrüd5ó d{'¡rff}(dlito d
t* l¡boról{ünDar¡y"so r drg¡ltxeérg{, de pre¡t¡ndén dc
I fluidocorponlLrr¡¿r l¡ ror¡¡cncargedo y/efu.fcrÉ$eo, dcO{$ALmil¡lqur
¡ll$ ri*.59op¡o,fu3ómintr
$¡ructo
*56$5¿12580ü4li
¿249t53tOJ€f.tur¡ r.da{tü DIAT coo
Jefrtr¡¡¡ Coo¡di¡¡toFb y solk¡tr ¡nbul¡¡ri¡¡ r
lonna {¡ .l¡{¡¡9¡¡5 t!o¡tdáfmcs:
defina cl riesgr dal
r(cidéfitá2' 8:7540-228¡716tr¡
C*Í 9684e¡(}38 dt lüÍ.*i
vlarñas 24 h.J-
¡ ts¿ibld!6. D6ñ1lrE!óy
fc¡tlvorc ¡ ÉiACfS ntlnGro
É¡ dtsrrt¡rn€ütücnirbnit&4
de lcgn¡ inrncdi¡is r b
uni¡d¿d d* r*srt¿d¿h ¡Ms
,'
"¡jcfoluru nwh¿¡p¡¡
ldsOIAT¡ Di¡:<cldn
dütCÉSfAM
r6.li{ltsriitaunid¡d b¡¡bd¿ri dc ¡ct¡rrdc
es p¡¡a iaad¡¡po*ibil¡dad ynec*síd#¿l
d¿lafectad* al t€r;voaxistenc¡al
fión ent*.m*g cxcano.
n¡r*cci¿ñ dd cEsfA&{ ünrrí¡
docsrnent¡dón {O¡Af-
cert¡fi<sdo da hor.rio ycopi¿de
nltr¿brj¡dor se tr¡rhdast {osücr¡úal r lor sBui*ñ rrroi b ptcl rirntru¡
ei pr l;¡mbul¡ncia o p rpiotrn*diol co 5 rnr.l*rtrw dc .taorsss n c sin ngr*.2dÉritro d? ¡ hrs d¿ ocürrilo ¿l ¡ccHcnt¿:
corro irl ai.3€$dr.ry cst-v?n{ep'js$al ildfi qg. {t rrü ¡ lrul¡g3igüS¡(ün jssggi
coñtügioy
mhj"ndSrftrrr*6t?ó.cl
¿
¡lPr$¡éí$rlo entref¡{ii
¡l tnbójádor .l
tr¡tsrni¿nto y las
8irucrióñ d. CESFAM iñfu rriü
indi{ac}sn¿cca¡o a cq¡ní* p¡rltarispqr¡ li
paüúÉrior lil\icrft¿(*i$ y¡rrior¡c¡

Tabla 130 (página 130 (texto) · 13 filas)

secRereRín MUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTO'
"¡¡6¡ENLES
Reglamento N' 948 /
Página N'130
NDIVIDUAL DE AccIDENTEs DELTRABAJo
TONALES (D|AT-DtEp)
|4crtuon r-:::4':;:.u"l'',1
I II i. 1.:t t: :t:t:: I.:..:'t .LtII
':'
,. Rur:, i:;,
I 1... '. . :rl'::.- :'r'r i,. .I .l
|.rr.: :'rl:, :lI
SiN . 227 13 6üG0 - 8G0 203011 . '*vwr,v.munístgo.cl

Tabla 131 (página 131 (texto) · 12 filas)

¡LUSIRS MUNICIPALIOAD PáginaN"131
B.- ¿HACE CUANTOTIEMPO
TIENE ESTAS MOLESTIAS O
SINTOMAS? (lndique cantidad)
C.- ¿QUE COSAS OAGENTES
DEL TRABAJO CREEUD. QUE
LE CAUSAN ESTAS
MOLESTIAS?
D.- ¿EXISTEN COMPAÑ EROS
DE TRABAJO CON LAS MISMAS
MOLESTIAS?
OBSERVACIONES
Nombre y Firma de Quien realiza laDIAT

Tabla 132 (página 132 (texto) · 35 filas)

SEcRETARÍAMUNIcIPAL
DEPTO.ASUNTOS MUNICIPALES
MYGO
ILUSTNEMUNICIPAL¡OADReglamentoN' 948
Página N'132
AnexoN"3: Formulario deinvestigación de acc¡dente laboral
INVESTIGACION DE ACCIDENTES
ComitéParitario de Higiene y Seguridad XXXXXXXXXXXXXX
!.ANTECEDENTES GENERATES.
Unidado dependencia
Ubicación
lnvestigación realizada por
Fecha investigación
2. INVESTIGACIÓN.
2.1ANTECEDENTES TRABAJADOR ACCIDENTADO.
Nombre
RUN
Edad
Cargo, Profesión u oficio
Antigüedad enel Municipio
Experiencia en la labor que
realizabaal accidentarse
Horariolaboral
2.2 DETALLES DEt ACCIDENTE.
Fecha delaccidente
Hora
Lugar exacto delaccidente
Zona delcuerpolesionada
tMs ACHS AmbosN/A
Fue atendido por
ESTABA REALIZANDO SU LABOR HABITUAL Especifique si la respuesta es negativa
SINO
SINO
HABIANOCU RRIDO EVENTOSSI M I LARES ANTERIORM ENTE
,á)e
ILUSTRÉMUNICIpALIOAD DE SANTIAGO. Plaea.J*Arnas SIN .227-13 50(10 - 8C0 203011 . ''vlv'¡r.munistgo.cl

Tabla 133 (página 133 (texto) · 34 filas)

SEcRETARíAMUNIcIPAL
DEPTO. ASUNTOSIT¡UNICIP1!=
ww&0
ILUSÍRE MUNICIPAL¡üADReglamentoN" 948
Página N"133
stNO
EL EVENTO SIMILARFUE INVESTIGADO
srNO
EL TRABAJADOR HAESTADOINVOLUCRADO EN OTROS ACCIDENTES
2.3 ELEMENTOSDE PROTECCIóN PERSONAL, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS.
stNO
EL TRABAJADOR NECESITABAELEMENTOS DEPROTECCIÓNPERSONAL
SI NO NOAPLICA
EL TRABAJADOR LOSESTABAUSANDO
SINO
EL TRABAJADOR ESTABA UTILIZANDO ALGUNAHERRAMIENTA O
MÁQUINA.
Especifiq ue
3. RELATO DEL ACCIDENTE.
3.1 TESTTGOS Y/O ENTREVTSTADOS
NO Nombresy apellidosUnidad /Dependencia
1.
2
3
4
5
6
3.2 CAUSAS BÁSICAS DEL ACCIDENTE.
Para determinar lascausas básicas se sugiereutilízar el método de las 7 preguntas (Quién,Dónde,
Cuándo, Cómo, Cuánto, con qué y por qué) orientadasa los hechos que desencadenaron el
accidente.
-á -
'ál'.u
/ñ,2,
ILUSTRE MUNICIPALIDADDÉ SANTIA60 . Plaza de Arnras $il',i . 22713 6CC0 - 8Gl 2C30i1 .,r\'¡,v.munistgo.cl

Tabla 134 (página 134 (texto) · 17 filas)

secReraRír MUNTcTPAL
DEPTO. ASUNTO'
0"¡¡6IENLES
Reglamento N' 948 /
DPágina N'134
S CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS, RESPONSABLES Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO.
Plazode
y preventivas
correct¡vasResponsables
Cumplimiento
TÓN
Comisión de investigación de accidentes
Comité Paritario de Higiene y Seguridad
NombreNombre
RunRun
IONES
OTROS MEDIOS DE APOYO PARA ANÁLIS¡S DEINVESTIGAC¡óN
MUñiCIPALIDAD DE SANTIA60 . plaza de Arr}as Slli . 227 13 5000 - 8*C 2030Í1 . 'rw."w.munislgo-c¡

Tabla 135 (página 135 (texto) · 16 filas)

secnetanía MUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOSIVUNICIPt=
WY6O
¡LUSTRg MUNICIPALIOAD Reglamento N" 948 /
Página N'135
9.3 Anexo N'3: CERTIFICADO DE HORARTO
EL DIRECTOR QUC SUSCRIBE, COMUNICA HORARIO DE TRABAJO DE ÉL (LA)
FUNCTONARTO(A)
RUT QUIEN DESEMPEÑA LA FUNCIóru OE
Hora entrada Hora Salida
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Sábado
Domingo

Tabla 136 (página 136 (texto) · 19 filas)

vamosbien
secnernRítMUNtctpAL
DEPTO.ASUNTOS MUNICIPALES
T60
- N'
N€ MUN¡CIPALIOAÜReglamento948 /
Página N'136
Anexo N"4: Consent¡m¡ento lnformado
üOCUM€NTO OEüO¡I$ENTII¡IIENTOIHFÓRMAOÓ P*RA PROCEDIT'IHiITOOE
RGAtI¡AOÓft¡OF EXAMEN VIH {YIRU$ OELA IÍqI{UI.¡SOEFICISII6IA ADQUIRIOAHIJilIA¡IA},
vHB {VTRUS DE HgpATtTtS B} y VHC{VIRUS HEFATIT|S Ci Eil AGCTDENTADO
dedaro haberretibHo ccnsajerfa por parte
deldslcontro
aceptando queel establecim¡enlo anlas mEnsiondo me contacte conttdencialmante para Iaenfega
de resultados"Por olra parte, AUTORIZO a la Asociacíón Chilenade $eguritad ya 6uf€d d€
prestadores enconwnio para l* realización ielexarnen de détecciónde antiarerpos contra€l virus
VlH, VHB y \lHCeoliciladopor el médíco antesindividualieado.
Firma dEl Pacienle o Representante l-egalFirma delprofesíonal que realbela
consajerfa
ILU$TRc MU|¡,C|pAL|DA0DÉ SANTIAGO . Plaza 4eAr:ras SIN . 227 13 5000 - 800 203011 . ',vww.munistgo.ci

Tabla 137 (página 137 (texto) · 39 filas)

secReraRí¡
DEPTO. ASUNTO''U
WY6O
¡LUS'RE MUN¡CIPALIOADReglamento
Pá
9.5 Anexo N"5: Rotulación y Manejo demuestras
tondiciones del traslado de las muestrassangufneashacla laboratorio que
procesará la muestra de sangre,
Requísitos de las muestras
Rotulacién rnuestrafuente: Üe acuerdc con la nonruativade l$P {2008) la nruestra
sanguínea debe venir rotulada desde el cantro de origen, debiendo ser fasladada en
conjunto con los documentos de consentimrento del anáhsis de la¡nuestra.
El código se elaborade la siguiente manera: lniciaf del priraer nombre y de los dos
apelliclos. es decir. se regislran tres letras. Fecha de nacimiento con elfonnato dd/mmlaa"
Tres últrmos digitos del RUN y digito verificador,Además, se debe incluirel nombre del
fi¡ncionario accrdentado.
E¡enrplo:
Camilo Ale¡andro Pere¿ Lopez" fechanacimiento 03 def*brero de 1977 y RUN
9.2,1,1883-k,
Cúdigo. CPL 030277883-k
(Fuente de Juan Pérez Pérez)
Tipo de muestras:o $uero angreccnEDTA. mlnimo6 mL. en tubo lila. $e
recomíenda informar que encaso de ser neoe$arioenviar a conf¡Énación al lSP. se podrá
solicitar una nueva muestraal centro de origende la muestra fuente.
Requisitos de embalaje:
El embalaje deberá cumplrrlas siguientes condiciones
Uno o más tubos quecontiene la rnuestra yasea suero o plasma, debe ser con tapa
herméiica de goma oroscñ, no tapar con algodón {estos pueden ser envueltos con
malerial ya señ algodón o material gofrado que permita absorber todo su mntenido
en üaso de ruptura accidentat.
2. El embalaje sscundario que trae los tubos debe ser hermético e impermeable. Debe
contener y protegerlas muestras {puedenser lras¡c"s$ásticoscon tapa rosca
rdealnrente). Puedenóontener más de un recipienie p{imari*"
3. Un enrbataje exterioro terciario es aquelquecontiene elo los embalajes secundarios
siendo rigido y resistente y debe contenersuficiente nat*rial deprotección para
anroñiguar golpes uotros daños físicosdurante el transportesuficíenternente
robusto, además seaimpermeable"
Temperatura de transporte:
Este no debe exceder el rango de 2" a8"C.
ILUSTR( MUN¡CIpAL¡OADDE SANTIAGO . Plaza deAnrras$iN " 227 13 Süt0 - 8,10 203011 . lv!'¡¡r.muníslgo.üi

Tabla 138 (página 138 (texto) · 38 filas)

SEcRETARíAMUNIc
DEPTO. ASUNTOS MUNICIPA
YffiÜ
TRÉ MUN¡CIPALIOADReglamentoN'-j;
Página N
Anexo N'6: Documento para elprocesamiento de muestras fuentes
lnformación requerida para elprocesam¡ento demueslras fuentes
igibles par¡ e[ cümplirr¡iento del Decreto 182 MINSAL]
Paciente accidentado
Nombre
lnstitución
ConeoTeléfono;
ldentidad de la fuente
hlombre'
RUT':Fech.a de nacimiento':
arnbulatorio
Nacionaiidad'
hosnitalizado
DoniícílioGomuna
Correo electrónico;Teléf*no:
Nlombre del ntante
RUT
Corren electrónico:Teléfono:
-as:l*Írsrlg-**"*I
Firgro:gsers*vig* v]lp--*qll?g-ple; -yl-o*s*-
,YllJ-'* *"-----*:|lü-ffi -.--*F-ll***-**l -I
observacrones.
,Últimacergaviral:
Terapiaantiretroviral:I
.medicame Reslstencia antos:I I
Datos de contacto del prof*sional rde esponsabl*infecciones
intrahospitalarias, dirección médica o direcciórtéenica cn el centro de origen
Nombre'
$ervi
Teléfono
Adjuntar copia delconsentimienlo informado de lafuente
Nombre y firma del profesional responsable
Fecha de envfo
lLlrSTRñ MUNICIPALIDAS D( SANTIA60 . plazá de Armaü Sií'i . 227 13 €0C0 - 8]l 203011 ' ',rr^"/.munistgo.ci

Tabla 139 (página 139 (texto) · 69 filas)

sEcner¡níeMUNtctpAL
DEPTO. ASUNTOS IT¡UNICIP1!=
ffiYffiO
ILUSTRE MUNIC¡PALIOADReglamentoN' 948 /
Página N'139
ANEXO No 7:LEGISLACION APLTCABLE
Garantiza seguridadde loshttps: //wlw. leych il e. cl/N aveqa r? idN orma
Ley No 21.012trabajadores en situaciones de riesgo= 1'1 03798&idParte=9804633&idVersion=
y emergencia201 7-06-09
Modifica el código del trabajo para
Ley No 20.949reducir el peso de las cargas dehttps //wr,vw. Ievch ile. cllN aveqar?idNorma
manipulación=1 094899
manual
Modifica ley No 19.419, enmateria de
Ley No 20.660h ttps : i/wr,vw. I ey ch i I e. cl/N aveq a r? i dN o rm a
ambientes libres dehumode tabaco=104784,3
Modifica el código deltrabajo,https://www. leych ile. cllNaveqar?idNorma
Ley No 20.607sancionando las prácticasde acoso= I 042709&id Parte=9287927&idVersion=
laboral2012-08-08
Ley 20.308Sobre protección a los trabajadoreshttps ://www. levch il e. cl/N aveqa r? idN orma
Noen el uso de productos fitosanitarios=284009
Regula trabajo en régimende
subcontratación, el funcionamiento de
Ley No 20.123las empresas de serviciostransitorioshttps :/iwww. levch i I e. cl/N aveqa r? idN orma
y el contrato de trabajo deser,ricios=254080&r=l
transitorios
https ://www. levch i le. cllN aveqar? idN o rma
Ley No 20.005Tipifica y sanciona el acoso sexual
=236425&r=5
Ley No 19.419Regula actividades que indicahttps: //www. levch i I e. cl/N aveg a r? idN orma
relacionadas con el tabaco=307E6&id Parte=&idVersion=20'1 3-03-0 1
Establece normas sobre accidentes
h ttps ://wv¿w. I e)¡c h i I e. cl/N aveq a r? i dN o rma
Ley No 16.744del trabajo y enfermedades
profesionales=28650
Establece protocolode seguridad
sanitaria laboral parael re:orno
gradual y seguro al trabajoen elhttps://wv¡w. bcn. cl/leych ile/naveqar?id Nor
Ley N'21.342marco de la alerta sanitariadecretadama=1160443
con ocasión de la enfermedad de
covid-19 en el pais yotrasmaterias
que indica
Aprueba norma general técnica de
identificación y evaluaciónde factores
levch cl/Naveqar?idorma
D.S NO BO4de riesgo de trastornoshttps://wv¡w. ile.N
EXENTO=1044507
musculoesqueléticosrelacionados al
trabaio (TMERT)
Reglamenta autorizaclón de
laboratorios que certifiquenla calidadhttps ://wvwv. leych i le. cl/N aveg ar? idN orma
D.S No 173
de elementos de protección personal=lQ!7Q$¡=l
contra riesqos ocupacionales
Reglamento sobre condiciones para
personashttps: //d ipol. mi nsal. cl/wp-
la seguridad sanitariade lascontenUuploadsi2OlS/O9/decreto158 14
D.S No 158
en la aplicación terrestre desp-2. pdf
plaguicidas aqrícolas.
Reglamento de pesticidasde usohttcs://d pol. minsal. cl/wp- i
D.S No 157plo
sanitario y domesticocontenUu adsl2018l09/D. D. No-15z-pdf
Reglamento Sobre Autorizaciones
ile.cl/N
h id
D.S No 133Para lnstalaciones Radiactivas O
=9794&r=1
Equipos Generadores De
ll-l"rSTRñ MUNICIPALIúAD DC SANTIAGO" Pl¿za.de Arnas SIN .22713 63C0 - 8CC 2C30i1 .'*$,v",.munistgo.c¡

Tabla 140 (página 140 (texto) · 77 filas)

srcRetlnírMUNTcTPAL
DEPTO. ASUNTOS ¡.¡UNICIPt=
ffiw€0
N"
ILUS'RE MUNICIPALIO.{DReglamento948 /
Página N"140
Radiaciones lonizantes, Personal
Que Se Desempeña En Ellas, U
Opere Tales EquiposY Otras
Actividades Afines.
Aprueba el reglamentopara la
calificación y evaluación de los
accidentes del trabajoy
enfermedades profesionales, de
D.S No 109acuerdo con lo dispuesto en la leyhttps://wlw.leychile.cl/Naveqar?idNorma
1'de=9391 &r=3#burnetii0
16.744, de febrero de 1968,
que estableció el seguro socialcontra
los riesgos por estos accidentes y
enfermedades
Aprueba reglamento para la
aplicación de la ley N"16.744, que
Norma
https //wlvw.Ievchile.cl/Navegar?id
D.S No 101establece normas sobre accidentes
y=9231
del trabajo enfermedades
profesionales
Modifica decreto N'594 de 1999,
sobre condiciones sanitarias yhttp:i/www. ispch.cl/sites/defaulVfiles/decr
D.S NO 97
ambientales básicas en los lugareseto 97 2010 minsalo/o2).pdf
de trabaio
lntroduce Modificaciones En El
Reglamento Para La Aplicación De
La Ley No16.744, QueEstablece
Normas Sobre Accidentes Dei
Trabajo Y Enfermedades
Profesionales, Contenido En El
Decreto Supremo No 101, De 1968,
https //wr,wv. :evch Ile. icl/N aveqa r? idN orma
D.S N" 73Del Ministerio Del Trabajo Y Previsión
Y En El Reglamenio Para La=247787
Social,
Calificación Y Evaluación De Los
Accidentes Del TrabajoY
Enfermedades Profesionales,
Contenido En El Decreto Supremo No
109, De 1968, Del Ministerio Del
Trabaio Y Previsión Social
Aprueba ReglamentoPara La
Constitución Y Funcionamiento Dehttps ://mvw.levchi Ie.cl/N aveq ar? idN orma
D.S NO 54Los comités ParitariosDe Higiene Y=8333&r=1
Seguridad
lntroduce modificaciones en el
reglamento para la aplicación de la
ley N" 20.001, que regula el peso
D.S 48máximo de carga humana. contenidohttps://www.levchile.cl/Naveqar?idN orma
NO=1 1 I 3805
en el decreto supremoN" 63, de
2005, del ministerio del trabajo y
previsión social
Aprueba reglamento que establece
https://www.leychile.cl/Navegar?idN orma
D.S NO 44requisitos de seguridady rotulación
de extintores portátiles=1115349
Aprueba reglamento sobrehttps://www.leychile.cl/N aveqar?idNorma
D.S NO 40
prevención de riesgosprofesionales=1041130
Modifica decreto no. 54, de 1969, que
aprueba el reglamentopara la
https ://www.levchi I e.cl/N aveq a r? idN orma
D.S NO 30constitución y funcionamiento de los
paritariosy=132746
comités de higiene
sequridad
DfS¡i .-.'"er,¡,r.munistgo.cl
ILUSTRE hIUNICIpALIDAD SANTIAGo ' Plaza 'ln Arrnas 22713 6CC0 8Cf 203C11

Tabla 141 (página 141 (texto) · 79 filas)

SEcRETARíAMUNtctpAL
DEPro. ASUNTOS wUNtCtPlS
ffiKffiS
ILUSTNE MUNICIPALIOADReglamentoN' 948 /
Página N"141
Modifica decreto N'594, de 'i999,
D.S NO 28reglamento sobre condicioneshttps : /iwww. levch i le. cl/N aveqar? id N orma
sanitarias y ambientales básicas en=1045465
los lugares de trabaio
Certificación de calidad de elementos
D.S NO 18de protección personalcontra riesgoshttps://www. leych il e. cl/N aveqa r? idN orma
ocupacionales=7603&idParte=
Reglamento sobre lasaplicacioneshttps://d ipol. mi nsal. cllwp-
D.S NO 5aéreas plaguicidas.contenUuploadsl21lS/O9/DTO-5ultima-
de
versión.pdf
Aprueba reglamento de proterción
D.S NO 3radiológica de instalacioneshttps ://www. I eych i le. cl/N avegar? idN o rma
radioactivas=7282&r=1
Aprueba el documento"instrumento
Resoluciónpara la gestión preventiva del riesgohttp:,7wl¡,w. ispch. cl/sites/defau lVfi les/resol
Exenta N" 2580psicosocial en el trabajo" elaboradoucion/20 1 8/1 O/Resolución%20Exenta%2
ISPCH-Minsalpor el departamento de salud0N'2580%2008. 1 0.201 8%20. pdf
ocupacional del ISP
Aprueba actualizaciónde protocolo
Resolución
1433de vigilancia de riesgopsicosocial enhttps ://w¡vw. I evch i le. cl/N aveqa r? idN orma
EXENTA=1111248
eltrabajo
Modifica "protocolo devigilancia del
ambiente de trabajo yde ia salud dehttcs://w¡rw. m insal. cl/sites/defau lVfi les/fil
Resolución
los trabajadores expuestos a sílice"esiResExtl 059 201 6Mod ificaProtocoloVi
Exenta No 1059pdf
aprobado por resolución exenta N"qilanciadeSilice.
268, de 2015, del ministerio de salud
"guÍa paraq
Aprueba el documentolah ttps : //w¡¿w. d i a ri oof i ci a l. i n te ri o r. ob. c l/p u
Resoluciónselección y controlblicacionesl21l
deequipos de9 104 126 I 42339 I 0 1 II 581 08
Exenta No 909protección
respiratoria"7-p¿t
Aprueba el documento"protocolo
Resoluciónpara la evaluación de la exposición
h ttps : //www. d i a ri oof i ci a l. i n te ri o r. q ob. c li p u
Exenta No 741ocupacional a radiaciones ionizantesicaciones/20
puestosbl 1 8 I 04 I 07 I 42026 I O 1 II 37 7 7 3
Ministerio deen de trabajoasociados al4.pdf
Saluduso médico de equiposde rayos x
convencionales".
Resolución"Aprueba guía técnlcapara la
q
h ttps : //www. d ia ri oof i ci a l. i n te ri o r. ob. c l/p u
Exenta No 740evaluación auditiva delos
blicacionesl21 1 8 104 I 07 I 4202610 1 I1 37 77 3
Ministerio detrabajadores expuestos2.pdf
Saludocupacionalmente a ruido".
Aprueba protocolo de vigilancia del
Resoluciónambiente y de la saludde loshttps://www. levch ile. cl/N aveqar? idNorma
Exenta No 268trabajadores con exposición a la=1083722
sílice.
Resolución
ExentaResolución exenta número 22, de
No 222018.- aclualiza guía técnica para lahttps://www. d iariooficial. interior. qob. cl/pu
MINISTERIO DELevaluación y control delos riesgosbl icaciones/20 1 Bl 021 1 0 I 41 980 I 01 II 35 I 06
TRABAJO Yasociados al manejo omanipulación2.odf
PREVISIÓNmanual de carga
SOCIAL
Manual del
MétodoManual del método delcuestionariohttp://www. suseso. c116 3/articles-
CuestionarioSUSESO/ISTAS 2I1 481095
yarchivo 03.pdf
SUSESO/ISTASversiones completa breve
21.
Modifica cuerpos legales que ind¡ca,
para evitar la contaminación conn. vt
Ley 21.413ma= I 1 7 1 9 84 &idY ersion=2022-02-
colillas de cigarrillos, entre otras1 7&id Parte= 1 0306205
materias
ILUSTRH MUNICIpALIOAD DE SANTIAüO. plaza de.¡.\rn'as Slfi .22713 60C0 - 800 2C30i1 .',1¡,i\,r.munis1go-c¡

Tabla 142 (página 142 (texto) · 21 filas)

secRereRíl MUNtctpA
DEPTO.ASUNTO'
$TGO"¡¡gIENLE
¡LUSTRS MUNICIPALIOADN' Reglamento948
PáginaN" 14
Modifica laley no 18.290, detránsito,
con el objeto de aumentar lasanción
por el usode dispositivos detelefonía
Ley 21.377móvil o cualquier otroartefactohttps://www. bcn. clllevchile/navegar?idNor
ma=1166274
electrónico
o digital durante la
conducciónde un vehículo
motorizado
Actualiza Resoluciónexenta1448, 11
octubre de2022 actualiza protocolo
Resoluciónde vigilancia de riesgos psicosocialeshttps://www. bcn.cl/levchile/naveqar?idNor
exenta N'1448y deja sin efecto la resoluciónexentama=1 183368
n41433 de2017, delMinisterio de
Salud.
,
ILUSTRr MUNICIpALIDA0 DESANTIAGO "Pla¿a de Areas 9iñ 22713 ¡000 - 800 203011 . ',r&vw.munbtgo.cl

Tabla 143 (página 143 (texto) · 23 filas)

SEcRETARÍA MUNIcIPAL
DEPTO, ASUNTOSTUUNICIPtl=
wY60
¡LUSTRE MUNICIPALIOAOReglamenio N" 948 i
Página N'143
ANEXO NO 8: RECEPCIÓN CONFORME
Registro de entrega
Reglamento de Higiene y Seguridad
LeV t6.744 y Códigodel Trabajo)
Nombre completo
(Nombre social)
R.U.T
Sección o unidad
Firma de trabajador /a/e
Fecha de entrega
egistro de entrega
eglamento de Higiene y Seguridad
Ley L6.744 y Código del Trabajo)
Nombre completo
(Nombre social)
R.U.T
Sección o unidad
Firma de trabajador /a / e
Fecha de entrega

Tabla 144 (página 144 (texto) · 40 filas)

¡LUSTRSReglamento N"
MUNICIPALIOAD
Página
ANEXO N"9:POLíTICA DE PREVENóNDEL CONSUMO
DROGAS Y ALCOHOL EN EL TRABAJO Y EN LA FAMILI
MUNICIPALIDADDE SANTIAGO
fo!uni+i¡e;llir{ael
r*l $;inti*4¡*
ng-,Lj"TIcMS-QS.SROqA$ Y A¡.eAHpllES
EL ?R.ABAJO Y EI{LA FAMtrLIA"
j&ur'ncry&p.Ip r.pFQq
r.- pRrNclgrqg pSNSRALE$ ps L&pGLiTrp&
[,;,i Ih¡*1t't' Muniripillirlirrl cl* Si*rtiagu pru¡lir:ia t:lcorrni bir":¡"1n v prúcula
s,rririiir{tijr lirx ¡¡s:er;icl:rdr:s cl* hr <'tnrnniqliltJ l*c¡¡l nsegunarrclo xupal-li*ipttciÚtr
r:r r r"l llrosrrsÉ {:{.:üncil¡rit:r¡" sp<.:i¿rl l' t:uli.ural ctell* colltttnü,rntldi¡lrrt* la
!,rnlri'rilirilr rle *al¿llc".i rk p;rrlici¡xririt¡ ¿tsus h*Erit*nl.cs v l¡r ¿lrlitrtlar:ion de
;:r'{{i}y::-i ¡:ril,:lir:<x;" privirdcis y sociirlex co¡r erlprüpósitüqle h¡x:er de la Üorlltttr¡¡ de
$;r lt j;¡*u un ntrjrrrlrrg*r pilr"a t{\¡ir."
F.ur¡i cl¿u- nrlecr¡¡rdr¡ crrn'r¡:linfrrtt* ¿l I* ¿ull.eri{¡r" l¿r llustre
I,lttrrili¡:lrlÍii¿rd,:ft,:Snnti;lg: posc* üünro;;rincipi:"i.pr:"lr:ruxtriiü t:l $*t-*rl Munic:ipirt
Ias i)i:iri,r ¡rerrs+n¿Asi firisnru rfcrJr)tK'r: ls"eil riu cl*claracirirt dcprinc:ipios v
li:tifir'tls" {ltrr:: til"l ¡:rilrr::¡:nl ri,l¡:ital es r:l rc'cttrso hu¡nalo clt:l cuál dis¡ronc" sienrNo
l$t(,' ri3t¿1 lrt:l"r"iu¡rir:lia Ji.rrl*ltr¡'¡¡*rrI¡ll ¡rirra eI ir:grc, ck: laNlisio¡r rtetr Municipicl.
La ltunicipalidadde Santiago v su$ lirncinnaiiu*{*sifst¿ir1 {::on,st:iettlt:s r¡u* *l
(.r )tlgt.tfitü rfc,cl:-*gav ¡rl*,:llrcll ri:pres{.ntü ur-t;ir ¿ilft}y.nai¿a pü.rÍr {rcnrrtn a¡n.bient*
ii\' rr-;rh¿i{i {];ilicln yetliciclrtr aX ir:te¡i<.¡r: d* su lnstirr¡c:ir:11, p{}rqil* impacta cn l¿t
u,rltirl rjfrl fiills:ion{t¡:ir:r. cr"r st¡ r'icia famj,lii l: ry¡le-qqildgd*dg]!qn{ieig'$g1[Ipg3Í!flY
¡1*r- r'r'rtir,: t::n lit .st¡t:i*tltvl"
^\rr{r,: t.:l rii'sqc qlr*iln¡:lit:a la presfl:ri:ia cl*clr*giirs t"::lns h:glrnes dt: trabatjo. Ii'l
\'lr.rriir"i¡rillitlilil d*$untiirgo x* hi¡ {:üruproi¡ l¡tslidr:{et}*r¿il' a Lraves cle tlna
lkr Inl.*gr:irl clc llienr:star cl*sus ltec¡-rrsüs hunl*l"los,conctici*nes
i,r;lirir.i.r $l:lltr':l_r,
l;,rl¡nt";tlts qrlr.: ;r$r.*iJrr:ll lllt ¡rnlbi*nl* cle {x*rajc": s¿tluclahl*. irnpl*rner:ta¡rdo clon
l;,i ;rsi:$.lrriil tle Cül\AC.Il. ¡:l prügri:ttll¿t "Tsabajar con Calidad de Vide'".
l,rr p*litir:ir xt i:llpt!*l:l.ará ¡¡'¡uriiant* hÉ cx;trilutltrnciÓ:lcl{i nI1 Pl¡rncl*: Acr:irin e.n
l'r'c',,'r,,llr:ir,i¡) {ll\,j{.)obj*tir.r-r $ürii i)r-{:\:i:r'rir vclis¡l¡inuirf.l cnrr*;u¡tt¿.r ¿rbusivü de
Irli nlrr¡l T *tr¡ts rlrogns licirns. ;.lsi *r:¡a¡ipr*r,enir tll rtsc eir dragn* ilirit¿ls-
por
trlrir I.)t'{.}rilr¡\'i{.¡1¡l¡rr:flr:rrluOla r**pr:rrts*blr:dc h>s ft¡ttrit:¡n¿lri*s{asJV r:ndtl
ir¡('ior"írr lit t'irtlir{¡ltJ¿lt: t"iclu tlt:l tr*bajacltl¡: y su l¡rrnilin-
ILUSTRÉ MUNlilpAllDAD DE SANTIAGO. Plaza 'leArpr?s S1l'j.227 13 6CC0- 8Cl 2030:1 .'"1¡#'#.munisigo-ci

Tabla 145 (página 145 (texto) · 43 filas)

MUNtctpAL
Y*o DEPro. ASUNros lr¡UN tctp1:=
$TRE MUNICIPALIOADReglamento N"948 /
PáginaN"145
.l )ilrll.r lit itu¡trlrllitrtt:i:'t r¡r*: s* l(: r't:c('notc it l¿r lnnrilia {:qlmo scpnrtrr: (:ri(:nüiitl d*l
5r-:r ltll¡:xilnr-i r{1fi}rr lt"eJ *;ncrial Lxl*lc'¿r v:letesa.:iít,il¿¡ra l.:l cl*sarrq¡ll* rlt: lits
¡:ltu* ^v
i)r't's{"rltit5. st" l;¡ ittl*grar"ii iJ e}ilr} ürüg}"art,tit h¿r.-::irind{]i¡¡ p;rr{icip*rr (.n t.c¡clos
rr11t r e"'li{rx ir sp*r:1. ns. qu{;: $rt{ })ü¡rih¡r I"
l,t t lxllilitfi {r$tI;$i{li:rflx"ii ¿r$pet:tos prevrJJt¡\"r)ri i.r Irnveis de I¡r *:ducación"
lvllilbilit;tr:i¡ln v rt,:il¡scrciór'I (y)¡no l:rr¡lbierl nspet€o$ rlr¡:ru¿¡tir¡cr$ qlltl r-egularfm
lstlr l.ent;if ira. ptu"lt tl¡l q:li't'{u.st: rorrlfir"á (:on rfcurrios cspe*ierlrn*nte cle*titr¡rdos
cllo r"st*nii didgitkr loclus los lirncir:lla"ri$s d*
¡.riu"il _v er I¿r Inst.itrrción^
ALCANCE DS APLICACIO}T
fistrr pr:rlitii:a ;lpli<:a ír 1¿rdns lr:s f*nli¡i¡¡nnirls{asi tl* l¿r l¡rstitlrriól1. r¡l
iJttri*tuit:trr:i¿rx {lc l¿r Mirlri*,i¡raiitlni{ de S*¡rtjnqó o t:n clep*ndt-nr:ias cle otrns
lr¡stili¡t.:ititi{:rs. Ü{)ilt{l ¿¡si¡njsnro il cüntr¿rlist¿rs (lile r'ntJc{ttrjfi ,sf:rvicir:s a ncrnbr*
r.l{: rufislr;r In*titutiú:r y/n fi cürpft:$ü$ gxtcrn¿rs q13e i:nfr(:Eluen$enni(:ios a ln
iv*1 u rri ti¡ ll tl i d utl.
r"-"IIARSLq"r]""RApl'rc*Qlp-].r,:pRGCpSlSrE$Tg$_p*r*RST¡VqS
A.. PLAW DS PNEVENCTÓX{ PR,OPIAMEI{?A TAL.
tr)ar¿¡ n¡a{.r¡-Írliznr- lcs r*rnpr$il)isüs asur¡rirlss ¡:t:tr la Mr:nicip;llidnd¿ic Santiagn
rr¡i r::sl;l {t-nl¿itic:¿r. se {:"}tiirblecerii!1 <,: ilu¡.rul.trr:ir: planes pfir'..r ¡:revnnir *}
l{,}rtslutro c!* <1mg;rs l¡:s qH$ sir a}"r,:¡cl¿¡r¿r¡l rle acuerclo a las $isuientes
(')s {.}-í1.1 (;:gi;r$ ;
r Actividades de tdr¡ga,g;iéA ¿ir l*d*s k.rs estarnerlt{-}s {¡e la Inslitr¡ciilrr a trar.és
ilr illliirllrs ir"rtr:rn*tivüis sobre ele¿:Los y cün*ecuetrias de las clrog;rs lÍcítas
{trl:¡rrr:. *l¡:uhnl. rrrr:tli*i¡rnerrtos} e ili*i{¿rs. C*rrrpari*s i¡tjbrnrali"u'as sr:bre el tern*
{distrjl¡uciir¡: clt r}}¿rt*rial de escritc, A,ficlrt:s. Virl*as. cic-}-
r Ag.3i-v-ié_e.dpg*áe*_Sapacisgg!gg: Ca¡:*.cita:"a l¿rs .Je{irlnras para c¡r¡* CIbttxrgan
t:r.¡r'lr:r:ir¡¡ir:nir:s i:spet:iücos sobre cürlsumo y tr-afi{:CI de clragas cle nlancr'¡¡ {lile les
prrlr"riln iu{sn,*nir sli.t:¿rz-,rrr*nl.* en la prt'reui:irin= t'n la cietección. nr*nejo
xr(|lrtrl)i <l*l silu;,rcir¡¡r*s r*iar,ir:n¿lclns {lüD {r:.rit* prn}:lernat. c(irno t¿¡nr"V l.ri*n c:olt$<:er
iüs r('r:rn-sos t;mllü ir¡l.cr:lc¡ {r(}rn$ extcrrlos kls proc*dirnir:ntos par: _!n dtrir.ar las
)r1r l*{ir rit s t:l¡ ¡r u*r:t'sieJ¿¡cl ci * t rai.¿l nlierlla. |
*
{9 : $e inrluir¿i un l¿irm* *special en lil ?:.g"pSpqurp&r:it¡t*irill
i¡rÍr:i:rl r¡ inrJur''ri*yr ¿lr: l*s nt.rr:\'os lhncianarius, lnll*re.s * charlas clt:rrrle s* <le ¿t
(:{}r r{x'rrr lu ¡:rt':s*n{n Pnlitica.
'- Hgggfeüqg**é.*__$*eSpffg$g: incenti."r:u- e irnpulsa.r ln irrctlrlxlri"rcirin cl*
¡¡r:r ir.irlirtlt,rs rh cilpa*ikr*i*lr y 1*rt,aleri:niryrtu clc h*biiidad*sy de$trezas
pc:rsln;rlts. Oc-siu:r*:lu rle Corrtprt.n:ltia*, A*til"icl*ck:s tecreativü$,.",lrtisti*ns y
tL:.¡:nrtivrrs. l:on]ü r¿:iül¡¡';tr:irin el* fcxtiviclacltl*. ilctivielacl*s dr: rcc:tlnocitnitnt* e

Tabla 146 (página 146 (texto) · 42 filas)

PáginaN'146
jltrrtlür't¡s
itl lilnt:i*¡rilriu. jr¡rn-ras di* rtrl"il)ilr *l tifftilpo lihrc -Volr&$ ¿rcti\iicklcles
i¡t.lrr lirttl*tltet) v li.¡rl.¡tlte*l¡¡l *l cltls:r.r¡"ollo v *l l:i¡:u*.*tir.l'cl*l funcion*ric¡ y $u
firurilii¡"
pS
B. - eEI{ABILrTACrÓ r",L_*S-fi
I)utlrl ql"tt: *s t''l <le*eu dt: lu lhlstt-c Munici;:alicl*el c3* $arrliagoleigrirr lir ause¡rt:i¿¡
tctl;.rl clc {:ofis\¡nlr) abrt*ir.o clty " ¿llt$froluso elc rJ¡1.¡g¿l¡; ün $l"t$; fr¡:rciorlarios. ${.:
l:l"irril¿rr^íl ¿rcrrgid¿r, crit.:n{i,lcit)¡ropór-t.r¡ni "vc{¿rd*s cletr¿tanri{,lttüy rehabili{.¿ción¡l
Iux filncilrr¡ii¡:it¡s qut llrcsitint*rll ¡rr ilroErtrerrxr tle cl*penclr¡rt:ir:ln rlrog;ls ilinÍtast"l
;tIt *llr¡1. rrthtr:ic"nclu l¡¡s clan*sast¡rii:d,i.rs.
I':ll rr.¡usurno tlepenc.li*rltc. pürsi súl+ n+ {)fi mcti\¡üde r:redidaciisci¡:linaria y Ia
xolit.'itlrtt eler ¿'rvrtc*l ¡ln rlel-¡e prorroc*r tfir¡l{}¡"(:$ irl rr-:lspectr:" 5e*stgrrrarán los{-.a,
dt ¡:rint:i¡"tius coniicl*nc:i¿llicl¿l<J y eiicn aercludltxfi¡¡:r:ionarics qL¡c soliritTn
i:rpr)'v(] ¡irulitsion;rl"
$i ur"r l¡:nc.:it¡¡¡ari<¡ {* illgiininte.qrmntr de sufa¡nilial e$ co¡rsurniclt¡r {)
tit:¡trrrtiitnlt: clc clrr:gas * nk:rll¡s:I. ¡:ocirlisr¡licilarayucln d Ct¡mite cle Apoyr:
r:'r{.':;,{{.l(¡ jrarin rsl (3.i eli}cir}.$. Esle Cr)miterlc A¡:rry*al funciunnrio{¿¡J que pida
;rvt¡cii¡. cstirrá lr'-¡rrt¿rd* pur,Sc:l,i*ic $nci¿r.lclel fleptu.Ilt'iiienestilr. AMUPRIIDA
v l.)rpri¡:r: üONACE tle Ia Mrrnicip;ltrirfad d*$*nt!*gr:.
¡\ fin t:lt l"t:sigltürcliu- r::l c;orr*cfu¡ fiureir¡¡rarnirln{$ y lanecrrs¿lri:lconlidencin}idacl
(:'Il (:'sf(:: Fror:tlsü, el Clr:miie rir:Apr:^y* al fr.¡¡rCionirriola) ñlncjonar¿l, (:n un lugar'
lirilrrr dr lrlc:rt¡:ión csp*cialtrtenter clisptresl.o¡:ara dlopor la ¿rutc¡riclacl Munici¡:ill.
es.ge".Qp-gitg-."{*-Aggge Serii*l respr:r:sirble cle brindar acogicla. orit:ntación y
o¡xrrlltnidarl*s de tr-illfimie¡rtav rel:rahilitacií¡¡:¡ a ln* f*¡rcicnnric.¡s b*¡¡eliciarios
{it,: t,r$li,t ¡tnlilit'"a- Del ¡tri*rno¡nndc. *;c¡rcliriirrá 1a ayucla d*a üc:ue¡:clü los
{)r;l)\'t'tlios r"(:}('urs{}s tl*{.*rn:.inad¡:s t*te pr*po$itCI sus
}¡r,'n¡rhrr: },rciei:les $el-¿i¡r:
). It{:s{.'iltltr \. or-ie¡¡ti¡r al firnciclnario crin ¡:mbl*masd* *'r¡usurr¡{J o qutl qui*ra
$:l-n l.,rl gg]:q_!],{gg.
2. \'ilrruiirr:ir.!lr r:*n {]rrrlru T cl¿:riltll¡:'tl*nt*v lteha*=ilit;,u:irin. si lbsr¿l Ii¡ r,r¡luniad
\' {r{¡rnFror}lixt ¿lcl li.¡nriürli}rio.
ij. ,':rttri¡lii*lrtu clel ¡:rnrr.:s* cleiru¡{ltruient*y rc}urhilitiic'iú*.
4. Sr'nsihilizilciÜr: cl* li.rr¡cirrn¿r.rio$ {.:(:rf.¡rr"r(is {r:$rnpeü*rr¡* clr lralhaj*} r*strrer:tn a
lil ¡r'ril;rlt'lttiilicrl del corr*unrer d* cfr-*gils,d* rrldln*i{l" rle r:r¡ilarr:sligmüLizacién
\: pilm r:ltrr l$ fipfiv{rlt t)n sr.¡pffJcesü de r*habilitac:én.
(,]o¡:ril-rr
$. list t,: cr[r": árpov$ responsal:&: cltll-:cx"¡i c:{lnt¿lr. c$n rJlt {:i}t,{rstrü trx}r
{ri.}tililr}¿:t tlt lqrs priil*ipillc:s {*r¡trcls rl* diegnéstir:o.tr¿rl¿rrnients y
t"t,:l'urbilitr:tr.itilr disp$uiblr$* tlomuuicl;¡cir:l;Ter*-p*rrtir:as. ün:p*s de
ir u t *¡ vu(llr. A&. Cnnsr¡ t I *rius, üOSAB¿1.t't c:.
ILUSTRC MUNICIPALIDAD Df SANTIAGO. Plaza de AmrasS/ñ . 227 13 60ü0 - 8!10 203011 . lw'vi.munisgo.cl

Tabla 147 (página 147 (texto) · 36 filas)

STRE MUÑICIPALIOADReglamento N"
Página
L,r {tst;.t rr} ci"t't-:t$l¡l}t¡'iit, l¿¡ Il'¡sliluci0¡¡ * a{,t"ír\:ri's cle l*s jelalurirs
(.:rrrr",r:$lr{}n{li*n{.es" r¡{*r"*¿rriit} l¿tii llrt:ilickrclcs quc c*da rasoreql¡i(:rir, dg ¿rcuerclo
it l;,t.* iirdit'at'.i¡trtr;:s,srrqr"n'lrl'iírs rr Fr(tsi.:l"i¡:lrpl r.'i*rresdi*asde lCI$ orgí¡¡:ri$rno$ df
s;-r.{r.¡rl.
I'lx ¡:rur:t:sri's clr: rc'll¡11:ilit¡,tt:iun se," l'Enas*iarir) n tritlfe.g cl*la f{erl d* Saltrcl v <k'
l;is Irtstit.r¡t"io¡¡r:s clr $alrrcl Frrr,isi*ll¿ll *r lus filnci*narios.y t¡l ¡.tls be lr¿'.fic ios
tkr s¿rrltrcltr"¿rb¡l
("*rrtitr.:
lil tl* i\pnv*fr,rrtr:s r¡¡enr:ion¿rd() r"ü r:eirrjtrnlo cofl lu iclal.r:nr
i'olrl'r1:r)nditr¡tc, r:cnrclinar¿r l¿l irvr"¡cltr {lea*rrt:rcl$;¡ los c(}n\rerti{)s v ru(:rlr$o.9
rk:{r:rtrriinirelus rün('.tl{:pÍ)pdsito, c:*rnot;;r¡llbic¡r rc¿rliz¿r¿i *l srguirniento ¡rl
imirlriiirku' r{:}sipe(-rtrl o sr".l ["]r:or::tso ilt' rcl:atrilitación. _r rr:leircli¡r¿rni c:ondicic¡l"l*s
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r lr"ni"*ati;l$ l)í.rrí1 rl'er:l.r-¡¿lr LraL.il:rEiL-ni{). i:sfix}la J}exibilidiiil lroraria "y
rr lti¡.'ilc:itin ;,ll"l*l"ill r ¡ Icrnpe iirai si lu*r-e ll=-¡t:e*nri(:.
Itt'i¡:sr::¡"rirlir l..,ab*ral"-Ljrra vei/" t.t:r¡nin¿ld* erl ilfiJ€:tisocle tralami*¡rto y
rirli;,rbilili¡.<:ii¡* ¿rl lunri*n{}¡-j}.-sq*Iqj_!1l!g$Ig;3} a riLrpllrlsto 11* trabajo e:n las
rnj$rn;,rs r:t.¡rrdic:iont:s ¡rrr:ra la rleleexidn .iasel{: sr: *;rfi:rnlecla*}, ¿r ,tgkl;l:anclic.i{il1
cir: qrrtr .!!l*53)il"¡gLi1 )'l1¡¡1p$_l:llt¡1]t¿i¿_g¡36'$J¡g!ilrtüp(]r 1'ftis¡¿rciiilisli]"*n*s-d.ig,o.
l:)ur ¡irr ¡:arir:r r.:l firnt:irrnar:it: r¡* dq:l--=er;i cilrnpr-ilrrlrter :: se$rdr estrictament* el
I rn t i,r¡ ¡ ric'r r { * indicr,irls ¡:ilr"a cr,'itar" u ¡1fl r'cilltirlenti¿.t,
III.. PROCEDIMIENTOSI¡¡ORMATTVOS.
A Prncedi:niento "-s deControl y Detecci6n:
(..1r¡:l r:l r:rirjr:t.* ck,r ¡: l*l¡rrrrtr rr:sgl.rírrru¡ren "dü ricder r¡ h:"x cbj*tivn l* est:lt¡leírido ens. mqtns i la Ley N*nstil.r¡r ?0-000:iclnales, t¡r¡cr^¡ r:Iima y Decret"o Sttprrlmo
vr) .\: *1"¡ l"3lS. 31"iCI"ü*l S-r:unl t:stal:lt:fls: nür"rna$ que regul¿ur las niedicla; de
pr{i:\'(:r}(:iútr ci*i irollsrl}rrocle drogas *n Ins cirgancs ¿É{: }aAdrnini*traciÓtr del
I'lst,rrelt:i" ¡l*í rnmo*l ;rr<tfe c ¡cedirrüeiltüontrol clE: c+nsurncl aplicr¡ble a las
que ilrlir:u I)(:r${)r}¿lsr. corrfbnr¡c a }o estnhletitl<l er¡ l¿rI*v 18."575-
l,r)s nut:r.r;s lur:tlir):l¡1.dcsqu{: ingr{:sen ala fu:siitucirin,deb*rán lirrnar una
l)r:r:ll,rra*ión ,..lur"¿lrl¿l $inrple. dclnrfr: se s**nlt: r¡gl{:oü}pronriso r}scrit$ cle nc¡
('tiusl
r[¡(l dr drr.igír$" ¡
l:'lu"¡l lns hlnc:ionilriús rlrr(:r )rrir sfir¡ lla"rt* dc lii hlstitr"rcicirr.s* lts .$oli*itará fi¡)
i"¡¡"lr¡¿r \ir"ih¡nl*riít iidlrtrirnl Corn¡;rorni$il. ¡:rer.i;r ft¿rllpart¿t *duc¿ltivit"
ILU$TRI MUNICIPALIDAO Df SANTIAOO . Plaza de Ar:las SiN . 227 13 5000- 800 203011 . \r¡t1¡"v.muris1go.cf

Tabla 148 (página 148 (texto) · 46 filas)

S'RT MUNICIPALIOAÜN' Reglamento
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8"- $8Rm&ñ""X_lü$IfH$: Freüte alas ürogas Legales en ta Institución:
?abaco,Alcohol, lVledÍcar¡rentos,
TABACCI.
"lhbar:cly:o
tr)r lrrlr*rd{r ¡r L,*\rtk:2ü"lOS<nis¡:rr*$itü 4:J1 r:l l{tglnrnentr¡ Inl.rl-rrr) <le
{}t-clr¡¡. lli{ít:nel1'$t:.Euridlttl, stilo s<:pr}rntjtirii lirrrur:'rr: lrrgar*s¿rbicrtus, ¿rl i*rer
Iihrr:: y su tlis¡:ltndrii <Jesenalqitic:¡i ¡:irril ltrgares lt(, h¡rbilitartos.Se soci¿rliz¿rrá al
rt:spt:t:1tt ;t lo.s firr¡*it¡lli,rri<¡s rlth Muniritrrn.lirl:rcl ¿t lruvés rie t¡nk:f in*s
Ínlhnrrltivr¡$ s*brt:ltls ¿rlrilt'rr:¿:* drl e;t¡l Pr¡Ii{.it¿r v la i.erv clclTnbnr:o.
ALCOHOL.
Nr trxl;ir;i ¡ltrt;rilidr cj cunsunrn dt: ¡r.ir:ohol e'rr llarario l' lrrgitr*sdr tr"abajo.
Sdh sr-r ¡:crrtrilirrir:l runsunlo clealcohul ¡rorde los ¡.rariefirncion¿rriüs en
ltt'f.ir¡idittlt's {'.,\{.r-itprt}griurriltirlts de :a lilxlJlur;ilrrdr.hiclaln*nle¿luLti¡-iendas ¡xlr
lit ,\ntr.x"i¿.ll;rrl lrtslilr.¡c:jrinal t' cn lcr¡tu¡ r¡roctrya<lsl yrrgrrl*cllr. y sjemprc y cuandu
lts lirnricrxi"r-irrs nL) ¿lel¡an ltír"rtegrí¡rse $sus func:icncs l¡r?:*lral*s
prrsi t:r"innttcnl(:.
[:il t:on*luner cle ¿rlc*hrl ¡:o ¿rtrLoriz¡r.d=: rln hi:rn¡ios rl^.iJ:19#-rs de trabil.lo, a
--..*t
T**-
si{rr icl¡r Lcs urtditl¿ts:
. I''riultlr'lt ve¿d{-: l¿lcc¡ncll¡cta: Anront$liilr:iri¡tV*rbirl, ilot.a rh: I)e:¡ncritcl lPor
pnrtt" clt: srr .J¡:fhtrrr¿r Dir*:r:ta]"
r St:gir¡rr{li:l t,trz: Itercgln*.ndnt'iúnTer*rpkr. e1*riir¿¡c:ién caso¿r Ccrr¡ité r\po-vcl"
dt {l'<lr.st¡Dire¡:ta}-
¡:Lrrte"}ef¿riur::t
.
'l'tir¡x:ril \reu "Si sie{-i.n(:uerrl-ra en Tr¿rl¿r¡rúerrtahei teniclo 3rnn¿r reca.ida se le
(l¿¡rá ur¡¿r segunclao¡ronunidail. , f i
I-]t:l nrislnr: rnc¡rlo. vsi ellunririn¿lr"iür-¡ü sÉ: errí:Lierll1"¿! en traianuier,lo o ntt qui*re
s{}r}'rrtirrsc ;l l*rapia. * nb¿rndc¡r¡¿¡ *1iratal:rientr¡ por $eguncla vez, se pr*ceclerit
clr: ;Itri"lt.:i"(L: *i¿tsne¡rntaiir¡asirlttlrrl¿¡$ cl* la InstitucÍtirt {l{st¿ttutr:
;\r lrr r i r t is{ rirl il; n). oor"l ir¡v*s Ligacitirt .sr:nltri¿r -
Nr.| s{: pt'rrnílirri }fi {rorTr{:r{:i;:¡liz"¿trion cl+ hcbicla*n}cr:l^¡*linn*al irrtt:ri*r rJe ll¡
IusiÍtur'irir¡-
MEDICAMNNTOS.
hlsr;:lr";i prrrnirielori L¡sü cl* nr*ciic;l¡rt*r:iu* psir:otrú¡-rii:os{tranqrrilizar:l*s,
llrrl.i<.li:pr*s!r'us^ ansi*litir:ns s;imil -\zar*s). stiln nnaqrrcllr:ri rarios cle cons¡.¡rnr¡
il.cl.r"ictnrlrurllr: ¡:*rso:ra}inchc¿r¡lospor Lrn prn{bsicnal medir:(} y bajü receta
l*
rnieli¿';r. l:Jl o f"¡"¡:¡*j*rtit¡:iR k¡ tr:lr:ctr:ál*mra:- üportur]¿]m*rrte cler$la $itr¡¿u:iú¡r a
st.t,.L::lillrir¿l f)ir((:t.¡1, Comite P¿¡.ril¿rr-ioo llienesiírr:lil ori$r:¡tació¡rdr: cst¿l lrrr:rlicla
(irnr *l:j*t* p ¡:*r"!'(::vrnir ar:*icl*lllcs. I-)el rnisnrc nlc)do. se del:*ni tcnfr un
csprl{'iill t'iliclaclt d{'lque esfüs ¡n*rcli*ante*tr*s r}o tr}fifi $en ler{)*rü$
irt rItlnr(:cl jt:¡trrit)n). f
ILUSTRÉ MUNICIpALIOA' DESANTIAGO. Plaza.leArnras €/N.227 1360C0'8C;0 2f3011 .'rw¡n.munistgo.ci

Tabla 149 (página 149 (texto) · 42 filas)

S'RÉ MUNICIPALIOADPágina
C.- IIgR$[¿S*f_-|[1ffÍmS: Frente s Drüg*sllicirasr lyl*rihuanan pasta Base,
Cocaína" Ext*sisy otros...,
IJr¡ t'stilnl perntitid* t:l ttittsnrno clt: elrogasilicit¡** ciur¿::rt* Ia janmcla cl* tratraio
{:tt t,'l ltrqa ^v,/{ir cic trabl$u. ni cl*s¡.:mol}arsu$ í¡*iilidaü¡*"s l:qio l¿linlluent:ia clfi
{llrrgit$ ilicit.llxcl*ntro o fi"Iera ele I¿¡s cleprnrdtnrr:i¿:s rl* }al¡rstitut,ion.
Si ;llgrin lrithrtia<lar r'$i sor-pr"c¡lrlÍdo r,'o¡rsurrrierrrlo (Mulihu{}r}ft.
^l}asta lJ¡rse,
y
Cnc:ilí¡ril.. lixlasis {}trüsdrogirs esripulaclapor la l-cy}en ltrgar*sv }¡<¡r¿rrins de
lrnl)iti(i, sii:r ¿'lIa p¡liri¿u"rin* uri*r¡r¿rs nrrldícJi¡s est*blr:ci*ir:i pflra t,rlConsu¡rrn rle
Alcclr,r:1.
l,o ¡ltisnro ;r¡rlit:ar* (:r¡¿rn{lü algu*ode lns {hnci,:narios{fis} r*:pre*rnte a la
Irr*ltittrui*r: cr)d:verli.(]s t:xlt:r:nüs {visit* a ütr;}.s l¡ls{iLu*ior:ns. ünngresos, Vhies,
*tr:-) rl*br:ríi c:runplir ronl¿rs núrrn¡is cle csta¡rcrlitir:a"
D.- C(}$ RESPECTO ALfRAFIco DD DROGAST
,5* drr'iil $spt:r:i;il cür:st¿tnciil que r:l Lrá!i*üJ¡ {$rn(:rciiiliz¡¡r":ión r}edrog:rs colnc}
t;l¡rü;ltilr irrclu*ir irl {:onsunrfl pür cu;r.lqlricrmedi*- iuso. ¡:os*siófi.distribilci{i!}.
v vc:¡;{.;r tlt: dr*girs ilir:91.a;1. cn t:l }ug;:r dctrabaj*" aIigr.ral qu$fr1 cualq*ier
rs¡lircir; rltl l¿,¡ sc¡cinrlaetr rerristo car:-cl¡l.rísticas rfe **litc¡ es _vsancionack-r
¡:crxllnicrrt{: f}or la },*-v 2CI.0ü{}" en co+:sicle¡ación e eik-¡ esta condilcta est,ará
¡:rohil:itia \. ser¿i s:.rncionacln de acu*rtto ¿lla norura{ivavigenle. pror:cdiendr: la
Institrl*inrt a dtrtu*cia¡el ltecho ¿¡ l;ls auto¡:icl¡rdes coxrpeterrtes vr"ealiz;tr: una
inrrrstigr,rt'itin surnirrii* enel c¿.rso cfe lcs firnc:io¡:¿u-ios cleplanta.
Irln *l r¿lst"¡ d* l¡:s fr:ncir¡:l¿rrins aCorrtr¿y rt¿r Houorarios. sr:¡:r'*reder¿i a
tlentrr:ri¿¡r et treclro ;¡ l¿ts¿rt¡toriitude'scornpetentex ¡r la ¡.lesvin*ul¿rcii¡n lat"ural.
l¡¡ ;urtt"ritirmnrhiq:r"rseni a¡:lic;lblc alpers,rrr;r}ext*nro d* Iinrpresas
r:nrr{r¡rfisl.un" ciennnr:i¿lr"rdn el lre*}rqra la justic:a r¡rdin¡¡¡jn y nr:tilicandn ¿r la
irfnrllrd"$ir. 1,ü rm{erjr¡r clebe ser inclttifl} clf¡l{ls lSasescle l.itrita*iúrr ser:¿¡.lar¡do
rx{r lir:*llt, *{)¡t¡ü m$lJvücl* caduciilnct clelCsrrr¡"¿ltr: y./a Mr.rlta. krs cnrpt'cstts
{'ilt}rr¿¡{islu$ (lebc:ráil ilürrt,ür *{in ¡:eiiitica$$*l}re cl irlll¿t {') sumar$f a e*{a, Iü
r::r.¡;rl sr,:xi r'c.{lrrÍrrirninntn parn ln lirn":acle lnscor}lriltós.
Si rrr¡ iilrrcir¡r'r¡nir: tls cl*scttl:i*rlt¡ r":*crprituclo clrr:gas ileqnle$. rltbrr:¿l irrlbmla::se
rlr^ li¡ silu¿lc:irilr* la .J*íal"rrrn Sup*ritr y realir.ar urta inr¡estig¿rüi(inSunu¡¡-ia, a
lin cJt"rl*t*rlr¡it¡itf la$ cmu$¿ls (ll.iü rlie¡-trn ürig*n ü csta c¡":rndurl.¿r, dcru<xlo de v*r
il frlr:tibilicl¡,rdd* irx:{-u?{rri}rit¡ it ulLlrr*cl tlü asist*nciar; t:l fi:lrti*nnrio por su
píll"t{' drrfut:¡";roblig }:x:}r'ar:irir: si{}rn*tcrse:n ilu protrrt$$ ds {ratamierrto y
r'rll¡rbilil.rcidnilseil\riirr pen$¿u:e¡lc:i;¡ {in l{} lns{iit¡*ióll" N*
¡:ilril"sx.r*bsf:r¡rt.e }rl
irnlt'r ir¡r. ¡:utlriir: aplirarrs* l¿,ts ne¡rnr;,rti\,?$ y$¿lnt:irln*s que *stiirbl()ilt] fll llstatutc
Arlrtlir riu{ ru,i irtr.
..
ILU$TR* MUNICIPALIDAD DE SANTIAGo " Plaze deAr¡ea* SIN 227 13 6+C0 - tCC 203011 'lvwvi.muni$tgo.c:

Tabla 150 (página 150 (texto) · 43 filas)

Y60DEPTO. ASU NrOs H,lU N
USTRqN
MUNICIPALIOADReglamento
Págin
IV.. FROCEDIIIIIEIü?üSADMINISTRA?IVOS YIIPSPOTISABILIDADSS D
LOS DIFEREIITTDS ilIVPLPS DE LA ORGANIZACIéN"
¡IOL DEL ALCAL:}E{O ITTÁ]rIMO I}IREC?IVO DELA IIITSTI?UCTÓN}
I-t" t'orr-c:s¡ltlrtdc li(l(:ritr l¿¡ pülitti*ü a+rü-h¿telel y ireli:r por {:rl *trmplimj;t1lr"r aj¡ ¡l};
¡tilltlir';r lrl ltr:glanrcut(¡ I¡¡trrnil rJe i{iglcnrj y Scg'rrrcl;*¿ rf*: l;: lrrstituciér} y d*
ilt'¡;lrlr.tllü rk: Iltx:lrsqix l{n¡:rarúsi í }}ii-rirl{tr seir $lls{.er}tahl* ell cl t.i*m¡rn.
I)tirt:r¡i rl*linir lüs tt:r:n:-+rttilc:r:¡*s;ll-ios i:üra irrr¡llt:rni:lrta¡'la Politicagel pl¿ri cl
.\r't !t'iri;rr-h.'s"
R'OL DE LAS JEFA?URAS.
(.1tirr<:sponcle
i.I lns -it:liriurassup*n{sar:". apov¿tr -\'rlu¡ni(:nnr l¡igcr}{e la ¡rolitir:n
{:{)I}l$ t;,t¡:lbien \rel¿lr p{)í t}estrict* *utr¡plit}}i{:l¡tr:'l* esin" asi corno np<ry'ru las
;rt:tiultladq:ri pt"ügr¿¡rnadádi por el #qr:ip$de f]r*venciúir y las accir¡nes sirgi:rlct;rs.
t'tl ln tlrt* cJic;c r*laciexrn susr*iiprrlil,tJsol:lj*tir.ox vii¡*cir¡nes.
RESPON SABILIDADDE LOS $'UI{CIOI{ARIOS.
Ilul'ir t¡ut: eslir pnliti*ílsr:¡r rr:nln¡q:nl* r:fe;;til¡a. t*dosl<ls Iulrcrionari{rsc¡r"rt: ial.*ran
r:¡t lil lilunici¡:;llicladrl* $antiilg* r-leb*n ilsuñilreX conrprcrnisrrcle rsspst:¡r.
;l}]oyilr-1, cliflrndir ia trxtlítir:acon rel¿¡c:iói: iil (:ür".sunrei ¿lbr:sivu *le alcr.lhol v ot.ras
t1rr.rqr,ts. ¡.lsi (:rlrnc il()mplometersc col) labirsqut"rla de un lrlgar dr: trabajoirnrr,, v
se,qlrllr. Iilla h¿l sldoelabarada por uner,¡ni¡:o nrulti<li**ipli¡'l¡lrio \¡lr¿¡,rrs\rer.sal.
r{::¡)¡:{:stl}Il;}.lir.t dr':l ltnit:crsr) labor-al qrre la (:G[I]Iione. "Iodas loslirr:cic¡arios
rkri:t:rd:l'l respet*r las norrnasestable{:irl:¡* en a$tá ltroliljc¿l.
nQUTPO PREVENTTVOCOCIRDII{AD(}R.
I)at"ii cJi:ctr:s ¿le llev¡¡r-a c*bot:l rlc ¡:ln.rrprevencliórlell filr:ma c)f'lfia¿. se detcrgari.r
r:"s{"¿I r'{),':pün*¿rbilicl¿td ;rl Eqr"ripo Prel'r,:¡rtivc.r Cr"¡orElinaclor {IIPCJ quicr:*s s* harún
r:rrruo de: l;,r iinpl*nlent¿rrióndel ¡rr*gran;a"
F:l filül.ll'fr() l:)rt:l't:¡ltir.o C)or:rr:l.inarit¡l cl+b*r¡i fenel r:e¡x:üsentacirinbi¡:al-tilit y
r'¡l¡rr:i tnnsti:tuid{, porr*presentani.es cjc t.nclo* lfiss*ctorf.{; dt: la Insti{.nción y
sr;rl'¿r lidr:üich prlr lallir-*cciórr cle I3ien*si¿¡-r-" Clndl i:lLegrante clctrerá tcnnr
rilslrot¡sÍlbilielad*:s clll cl progr¿lfila cte ¿rruerdo¿:l rol qu{r curnpln en la
[¡ rsl i I rlliri¡ r.
Sl Equipo de Prevencióru dcberá;
' [i"(¡ntl¿trs* etrtrpl.inmelrtr: d:r] r:l{.nrr¡a: er}¡rr*r *n*ión. ctetr:r:ri<in del
{rr)t¡sr..til}r). eirienl.¡*r.:iéliV ci:rrx*j*d;l de lr:s ¡:r0}:k:rr:;rs relacionatios con
nk:ohlrl v tlrr.rg*s:
. F,-[t,rct':r' liclcrazgoe'n lainsf:itrlrion;
* Arlrnirtish"nl- rtr(:rr . "l'urltrrrr"$üs. Inürtr.:ririlr:s r.hrr¡lliu¡,{¡s.¡:irÍi:. c:l prügranr¿l;
ü¡r(:rs,il lc * ¿r. C'nlructl' ht rt:rltios lo t{* ¿* nir'*les clc tp{)y(} púhliln ilrsl.itr¡ti i:* 3r ¡rriv-t*n: rlrl pl:.ril l¿ls p{:rriürt¿ts crrn
¡ir"lblellns ci* r.:*nsu¡nncl* clrugirs.
ILU$TRE MUNICIPALIDAI DE SANTIAGO . Plaza Je Ar¡:ras Sll! . 227 13 tl0G0 - 8CJ 2)3011 . ''rr.,.w.munis1go.cl

Tabla 151 (página 151 (texto) · 26 filas)

SINE MUNICIPALIOADPágina
Las funciones deeste equipo será:r:
'¡\st'{t¡1"ilr {:l1l{: se ini"onnr} i} Lü{Jns h:* f.rabajador*ssr:b¡:e las polil.icas de
¡lr*vi:rr*i$ü ], s;oll"* lascaract*risticn* tlcl prograntflqu* se rcüJiz*rá:
'tr)i.s*n;rr v cfiür{lill¿r¡' lil,., ¿rctiliG¡¡d¿:* esperific*s ele prevenciún;
'Ir¿r*ilititr Ia *i*cucion d*l prosrilri)¿: v ilsegurar la pru"lic:ip¿rció.nde todos;
'Gr::s{.icinar {}rri¿llkra:"lat*valu;r*i*¡¡: elcl pr:ogrurxr d* prerrencióni
.{.1,*lr{r:¡n¡:hrrla iryud;lo as*s*r-iü q{"re ser*qu*rir;ipa:::r i:nplemü$tar un
plan o pf$Srama.
'Tcn<ir¡i Ia r*:s¡:orts¡¡llilld"r,d *xilr.t:$í¡ cle e.ial¡<¡rur, rery .isa.r, actr"ralizi¡.r las
trttlilir:us, ejer:utnr l*sa.*nercl*s. clise¡iar* ixnplenlent&r ias carnp*ñas de
prer"*rtt":iirrl püra l*cic¡ *l pr:rsona.l.
DT}'USIÓN DE LAPOLiTICA
i,r¡ pr*r:$*11r.{1 ¡:r:iiiicil serápul:trir:ada -f difr:ndidx p')rescritóÍt Lodos las
li:rrt"i*rri¡:i** d* llr&'lrrrrici¡rahcl*.tl t1t: S;urtiagonind*per:rriiente del lugar donde se
c1*"s*rrr¡:erric,ri r, sr*rá ü:*r:r¡rnrad;t al l?egiarnt:¡:to In{ernr: cl* Fligi*nny $eguricla.tl
cl* l¡lnnstil.uniti¡r-A*i ¡nisn¡*síqrii *ada Í¡ c$nofier ¡r t*clo el persorral que realiza
Il¡-{*jl¿rclti sen c:iürric:i*s e¡t li:r Mr"rrri*ipa}dad.tales com*cr:ntr*i.istas y otros,
rll¡i(::ne$ clc rrrl fürl{ür cür}u}r¿} poiitica propia coher*nte *on esta, deberán
¿r(':ltirr'_v ${)1"¡r(:l.ersea l¿rs llr}rrnas rlq-r s.sl.¿L.
Iist;,r ¡rclii.it:¿ ser;,irlifi¡ndiclav *r:lregilriü pür+**ftn * todos k¡slirncionarjos
qui*ri*s lu finnnrancünlo ¡rarte rle su ccntrat$ele treibajo.
I) oQ gM ENTA.CI o I){ RELACIQI.{ÁI}A
It*glrrn*:nt* Il¡tenrt], lixt"¿ltuto¡\cirnir¡istrarlir¡c. l¿v 2{i. f 05 *"fa}xtx:,f*y ?$"000
l.r:'1''l'r:iili *r:¡ d¡: f)¡r¡{a$. l)**r:eltl Sn¡rrent* N" I .2 I5.
SAJI)
I- }IU$ICIPALIPJ*,D DESA}'ITIAGO