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Marco Normativo / Reglamentos · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 1 (texto) · 48 filas)

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SANT|AGO, $ü Et{E?0?3
VISTOS: Los antecedentes delexpedEesrte
adrni¡'listrativo lDN'3893262, junto conlo dispuesto en la LeyN"18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generalesde la Administracióndel Estado; la Ley
N'19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Memorándum N'133 del
Subdirector de Patrimonio y Ciudad, de 7de septiembre de2022; la Resolución N'7,
de 2019, de laContraloría Generalde la República; y,en ejercicio de las
atribuciones queme confiere la ley N' 18.695, de'1988, Orgánica Constitucional de
Municipalidades vigente.
REGLAMENTO
PREMIOMUNICIPAL "SANTIAGO CONSTRUYE HISTORIAS"
TiT[.'t-O r
DEI.PREM¡O
El presente Reglamento tiene por objeto establecer lasbases de
procedimiento ydesarrollo del PremioMunicipal "SantiagoConstruye Historias",
otorgado por la llustre Municipalidad deSantiago.
ARTÍCULO PRIMEROConvóquese al PremioMunicipal "Santiago
Construye Historias", otorgadopor la llustre
N/unicipalidad de Sae ntiago,l que será
entregado anualmentecada 12de febrero,
con motivo de la conmemoración de la
fundación de Santiagoen 1541, la batalla
de Chacabuco en 1817 y la realización de
la ceremonia oficial de proclamación de la
independencia de Chile, en 1818.
AR.TÍCULO SEGUNDOEl Premio Municipal"Santiago Construye
Flistorias" tendrá como objetivo general
instaurar un reconocimiento dela ciudad de
Santiago a personas oinstituciones q{-te se
hayan destacado enrelevar las culturas,
pueblos y/o comunidades indígenas, co¡-r'!o
también la historiade Santy iago sus
gentes, en todos sus ámbitos.
En ese orden de cosas, se espera qr-le las
personas premiadas representen Ia
diversidad e integración de la historia de la
comuna capital, recordandoel pasado y
presente de Santiago como Parte
fundamental de Chile. Así también, qLre
recuerden la importancia de ladiversidad y
toierancia que debe existir en
comunidad organizada.
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ARTICULOTERCEROEl Premio Municipal "Santiago Construye
Historias" consistirá en unreco,"rocimiento
otorgado medianteun diploma junto a un
galardón.
ARTICULOGUARTO:El Premio Municipal "Santiago Construye
Historias" se otorgará mediante Decreto
Alcaldicio, elque llevará incorporada elacta
que contiene la fundamentación del Comité
de Búsqueda respecto de laelección de las
personas e/o instituciones premiadas.
TíTLJLO I¡
DEL COMITÉDE EÚSQUTOR
ARTíCULOQUINTO:Créase el Comité de Búsqueda del Premio
[/lunicipal "Santiago Construye Historias",
el que será presidido por el/la Alcalde/sa y
estará integrado por un/a representante de
la Dirección deDesarrollo Comunitario,
unla representante de laDirección de
Cultura y Turismo ,unla representante de la
Dirección deComunicaciones, urn/a
representante dela Corporación para el
Desarrollo de Santiago, un/a representante
de la Subdirecciónde Patrimonio y Ciudad
y los/as ganadores del Premio del año
inmed iatamente anterior.
La Subdirección de Patrimy onio Ciudad
tendrá a su cargola Secrelaria Ejecutiva
del Comité.
ART¡CTJLOSEXTO:El de ComitéBúsqueddel a Pnenrio
Municipal "Santiago Construye l-'{istonias"
tendrá como objetivo la elección de tres
personas e/o instituciones, aquienes se les
otorgará el reconocimiento bajo criterios
objetivos y fundado' s.
ARTÍCULOSÉPTIMO:El de ComitéBúsqueddel a Premio
tVlunicipal "Santiago Construye Historias"
se constituirá anualmenteen el mes de
noviembre, debiendo establecerse en el
acta de constitución Ia periodicidad de las
reuniones y la forma de llegar a acuerdos.
Sus labores finalizarán en febrero del añ&
si inmediatamenteguiente.
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Tabla 3 (página 3 (texto) · 48 filas)

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CRITERIOSDE SELECCIÓN
ARTíCULOOCTAVO:e Las personas instituciona es premiar
deberán tener una reconocida tnayectoria
en los temas indígenas ehistoria de
Santiago, debiendo haber logrado [niciar
proyectos y acciones relevantes y dignas
de destacar y reconocer en árnbitos de
investigación, difusión, rescate,
valorización de la historia de la ciudad y sus
barrios, creencias,identidades,
instituciones, conocimientos,artes y formas
de vida. Así también, serán premiadas
aquellas personas e instituciones que han
promovido el respeto a la diversidad, a la
consen/ación del patrimonioy del medio
ambiente, y a la toleranciaque en toda
sociedad debe existir para vivir mejon y en
paz.
ARTICULONOVENO:Para la selección, se deberá establecer una
pauta que defina criterios objetivos y
fundados para la selección delas personas
y/o instituciones premiadas.Así también,
deberá constar en acta las razones y
fundamentos para la selecciónde aquellas.
ARTíCULODÉCIMO:Las personas seleccionadas para ser
pnemiadas deberán serchilenas o
extranjeras con residencen ia Chile,
mayores de dieciocho años. En caso de las
instituciones, deberán estar vinculadas con
Ia comuna de Santiago.
ARTíCULODÉCIMO PRIMERONo podrán serpremiados/as
funcionarios/as de la llustreMunicipalidad
de Santiago, los/as integrantes del Comité
de Búsqueda, ni sus cónyuges, parientes
por afinidad y consanguinidad, hasta el 2'
grado, inclusive. Tampocopodrán ser
reconocidas personas que tengan relación
o dependencia directa con ellos/as.
TITIJLO IV
DE ¡.A COORDI¡{ACIÓN MUNICIPAL
ARTNCULODECIMO SEGUhTIDO:La Subdirección de Patrimoy nio Ciudad
será la responsable derealizar la
coordinación y dar cumpli
acciones referidas en
Reg amento. Cualquier

Tabla 4 (página 4 (texto) · 37 filas)

contemplado en éste será resuelto pon
Comité de Búsqueda.
ARTíCULO DÉCIMO TERGERol-os gastos que tengan lugar en vintud d
de lo cumplirniento estipuen lado
presente Reglamento serán imputados
Item correspondiente a la Dirección d
en el Comunlcacionespresupuest
rnunicipal.
TITIJLO V
DISPOSICIÓNTRATVSITORIA
ARTICULO UNICO TRANSITOR¡OA efectos del otorgamientodel Prem
"Santiago Construye Historias"para el añ
2023, el Comité de Búsqueda se constituir
durante la primera semana de enero d
año 2023 y funcionará hastafebrero d
mismo año.
En ese orden de cosas, estaráconstituid
por la exclusivamente Alcaldesa d
y Santiago los/as representantes de la
unidades indicadas en el artículo quinto d
presente Reglamento.
AB\OTESEytranscríbaseala
Administración Municipal, Dirección de Asesoría Jurídica, Secretaría Mlunicipa
de Secretaría Comunal Planificacióde n, Dirección DesarrolloConnunitario
Dirección de Cultura y Turismo, Dirección de Comunicaciones y la Corporación pa
el Desarrollo de Santiago, para su conoprocedent cimiento y fineses.
FIRMADO
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CORTÉSIRACÍ HASSLER JACOB
"PA SECRE RIO MUNICIPALALCALDESA DE SANTIAGO
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