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Marco Normativo / Reglamentos · pdf · documento original ↗

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REGLAMENTO N?¡OS
SANTIAGO, .8.6 MAR 2018
ODVILNVS 9P POprodimuny ausmy é LES
VISTOS: Antecedentes ld N*3473735 / 2018;
el Reglamento N* 463, del 30 de enero de 2013 y susmodificaciones.
TENIENDO PRESENTE: lodispuesto en el
Artículo 52 de laLey N” 19.880 de 2003,que establece Bases de losProcedimientos
Administrativos que rigen los Actos de losÓrganos dela Administracióndel Estado, y
en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N* 18.695 de1988, Orgánica
Constitucional deMunicipalidades, vigente, díctase elsiguiente
REGLAMENTO
SOBRE MANEJO DE GASTOS MENORES
TITULO |
NormasGenerales
Árt. 1% DERÓGASE el ReglamentoMunicipal N*463, de fecha30de enero de
2013 y sus modificaciones.
Art. 2” Estas disposiciones abarcan los GastosMenores, deacuerdo con sus
correspondientesasignaciones y subasignaciones presupuestarias,
Art. 3 Larecepción, administración y rendiciónde estos Gastosse hará de
acuerdo a las disposiciones del presenteReglamento.
Árt. 4” Esteprocedimiento se implementará de acuerdo a las instrucciones que
al efecto dicte elseñor Alcalde de Santiago, una vezque el Ministeriode Hacienda
autorice el manejo d
e fondos globales enefectivo paraoperacionesmenores.
Art. 5% El mon
to de los Gastos Menores seránasignados anualmente por el
Comité TécnicoAdministrativo y estosserán entregados en cuotaspreviamente
definidas. Periódicamente, mediante Decreto Alcaldicio, se definiránlosf
uncionarios
encargados del manejo de estos fondos.
Art. 6% Los
montos girados de acuerdo a este procedimiento,serán objeto de
revisión mensualmente ante la Dirección de Control, y se efectuará lar
eposición de la
cuota, una vezvisada la rendición anterior, la cual se enviaráconoficio a la
Subdirección deContabilidad y Presupuesto para la confección deldecreto de pago
respectivo.
Municipalidad de Santiago - Plaza de Armas sín-
F: 22713 6000 - 800 2030N -www.munistgo.cl

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Art. (2 LosGastosMenoresen general, son recursos a utilizarsesolamente
para resolver situaciones de emergencia, referidasagastos por losconceptos
comprendidos enbienesy servicios de consumo” señalado en el subtítulo 22 del
Clasificador Presupuestario, debiendo atenerse siempre alo dispuesto enel Decreto
Anual del Ministerio deHaciendaque autoriza fondosglobales en efectivo para
operaciones menores y viáticos.
Art. 8 — Losencargados de losGastos Menores, sólopodrán ser funcionarios de
planta o contratay que cuenten conpóliza de fidelidadfuncionaria vigente,
TITULO ll
Normas Específicas
Art. 9% Losmontosaprobadospara Gastos Menoresen cada UnidadMunicipal,
de hasta 15 UTM,serándispuestosperiódicamente através de un Decreto de pago
elaborado por laSubdirección de Contabilidad y Presupuestos, luego del informe
favorable del Comité Técnico Financiero o en sudefecto, de la instancia que
correspondiere.
Art 10% Larendición mensualde estos GastosMenores se harámediante
comprobantes oboletasde compraventa que los justifiquen, y para aquellos gastos
que no tengan laobligación legal de extender boletao comprobante, deberán ser
respaldados por una planilla firmadapor el Director responsable del gasto.Con todo
cada gasto, por separado,no podráexceder de una (1)UTM.
Art. 11% Al31de diciembre de cada año, todas lasunidades municipales deberán
haber rendido el total de los gastos efectuados y reintegrado los fondos noutilizados.
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ARL/RMM/VÁM/MEHS/CCO/JGÉ
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25/01/2019y“
Id.N* 3473735 /
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Municipalidad de Santiago -Plaza de Armas sín - F: