Enlace

Marco Normativo / Reglamentos · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 1 (ocr) (texto) · 27 filas)

REGLAMENTO NC Je 9,
SANTIAGO, $7 0CT2001
CONSIDERANDO:
La necesidadde adoptar
medidas tendientes amodernizar la administraciónmunicipal en
términos de promoverla eficacia y eficiencia de suaccionar.
VISTOS: Antecedentes N* ;
Oficio Ord. N* 1107,de fecha 14 de septiembrede 2001, de la
Contraloría Municipal,y en ejercicio delas atribuciones que me
confiere la LeyN*18.965 Orgánica Constitucional de
Municipalidades,dictase el siguiente:
REGLAMENTODE EXENCION DE TRAMITEDE VISACION
PREVENTIVA DE LA DIRECCIONDE CONTROL MUNICIPAL
CAPITULO1
ARTICULO 1%.-Decretos y Resoluciones relativos a personal.
EXIMENSE de laactual visación previa a
que están sometidos los antecedentesreferidos alas materias y
situaciones que se señalan a continuación:
1.1.Decretos Sección 3areferidos a
destinaciones depersonal.
1.2.Resolucionesde otorgamiento de
asignación familiar.
1.3.Nombramiento en suplenciascon personal
de la planta.
ARTICULO 2“.- Decretos y Resolucionesde Pago yComprobantes
deEgreso relativos a devolucionescorrespondien
tes al Clasificador presupuestario 25.31.001, del Presupuesto Mu-
nicipal y en fondosde terceros.

Tabla 2 (página 2 (ocr) (texto) · 32 filas)

EXIMENSEde la actual visación
previa a que están sometidos los antecedentes referidos a las
devoluciones por los conceptos que se señalan a continuación:
2.1.Depósitos de multas ordenadas por los
Juzgados.
2.2.Impuestos por permiso de circulación.
2.3.Derechos por licencias de conducir.
2.4.Derechos de aseo.
2.5.Garantías por roturas de pavimentos.
ARTICULO 3.- Comprobantes de egresosrelativosa arriendos.
EXIMENSEde la actual visación
previa a que estánsometidos los Comprobantes de Egreso
relativos a pago demensualidades, por los arriendos de los
bienes, correspondientes a los siguientesclasificadores
presupuestarios: '
3.1. Inmuebles.- (ClasificadorPresupuestario
22.17.010).
3.2. Maquinarias, equipos y otros.- (Clasificador
Presupuestario 22.17.011.01 y22.17.001.03).
3.3. Arriendo de vehículos.- (Clasificador Presu-
puestario 22.17.011.02)
ARTICULO 4".- Decretos , resolucionesde pago ycomprobantes
de egreso relativos aProvisión de Bienes y Ser
vicios para funcionamiento, por un monto inferior a 5 U.T.M.
EXIMENSEde la actual visación
previa a que están sometidos los antecedentes referidos a las
materias y situacionesque se señalan a continuación:
4.1.Decretos y Resoluciones de Pago y los
Comprobantes de Egresorelativos a
provisión de bienes yservicios para
funcionamientocorrespondientes a las
siguientes clasificadores presupuestarios:
4.1.1.Alimentos ybebidas.(Clasificador

Tabla 3 (página 3 (ocr) (texto) · 35 filas)

Reglamento N* /
4.1.2.Textiles, vestuarioy calzado.
(Clasificador Presupuestario 22.11.)
4.1.3.Combustibles y lubricantes. (Clasifi-
cador Presupuestario22.12).
4,1.4.Materiales de uso oconsumo co-
rriente. (ClasificadorPresupues-
tario 22.13)
4.1.5.Mantenimiento y reparaciones. (Cla-
sificador Presupuestario 22.14).
4.1.6.Servicios Generales.(Clasificador
Presupuestario 22.17), excepto los
gastos de representación, los de
actividades municipales que se
manejan mediante Giros Globales,
los gastos menorescuyos Com-
probantes de Egresos deben ser
visados previamente.
4.1.7.Contratación de estudios e investi-
gaciones. (Clasificador Presupuesta-
rio 22.18)
4.1.8. Gastos en computación. (Clasificador
Presupuestario 22.19)
4.1.9 Capacitación Ley 18.391. (Clasi-
ficador Presupuestario 22.21)
Decretos yResoluciones de Pago y los Com-
probantes de Egreso relativos aadquisiciones
que se realicen por aplicaciónde Fondos de
Emergencia.(ClasificadorPresupuestario
25.31.002)
Decretos yResoluciones de pagopor un monto
inferior a30 UTM y la totalidad de los
Comprobantes de Egreso, relativos a pago de
consumosbásicos de los siguientes
clasificadores:
5.1, Consumo de electricidaddependencias

Tabla 4 (página 4 (ocr) (texto) · 25 filas)

5.2.Servicio telefónico (clasificadorPresupuse-
tario22.16.002).
5.3.Consumo gas y agua(Clasificador Presu-
puestario 22.16.003).
5.4.Consumo de alumbradopúblico
(clasificador Presupuestario 22.20.001).
5.5Consumo de agua (Clasificador Presu-
puestario 22.20.002)
CAPITULO Il
SERVICIOS DEEDUCACION Y DESALUD
ARTICULO 6%.-Decretos yResolucionesde Pagorelativos a
personal.
EXIMENSE — dela actual visación
previa a queestán sometidos los antecedentes referidos a las
materias y situacionesque se señalan a continuación:
6.1Incorporación de titulares yde personal
contratado.
ARTICULO 7*.- Decretos yResoluciones dePago por un monto
inferior a 5UTM y la totalidadde losComproban-
tes de Egresoporpago degastos de Funcionamiento:
EXIMENSE dela actual visación
previa a queestán sometidos los antecedentes referidos a las
materias y situacionesque se señalan a continuación:
7.1Gastosde Funcionamiento.-(Clasificador
121.26),excepto los consumos básicos que
sonmateria del artículo siguiente.

Tabla 5 (página 5 (ocr) (texto) · 32 filas)

Municipalidad de Santiago
Continuación 5.-
Reglamento N* /69/
ARTICULO 8.-Decretos y Resoluciones de Pago por un monto
inferior a 30 UTM y la totalidadde los Compro-
bantes de Egresos relativos apagos de consumos básicos.
EXIMENSE de laactual visación
previa a que están sometidoslos antecedentesreferidos a las
materias y situaciones que se señalan a continuación:
8.1. Consumosbásicos.- (Clasificador 121.26.16)
ARTICULO 9%. -Comprobantesde Egreso relativos a adqui-
siciones y obras correspondientes a inversiones.
EXIMENSE de laactual visación
previa a que están sometidoslos antecedentesreferidos a las
materias y situaciones que se señalan a continuación:
9.1. Requisitos deInversión parafuncionamiento.-
Clasificador121.31.50.)
9.2 Otras Inversiones. (Clasificador 121.31.60.)
CAPITULO II
NORMASCOMUNES
LasUnidades de Personal y las de
Contabilidad y Finanzas de la Municipalidad y delos servicios de
Educación y deSalud, deberánmantener disponibles para las
revisiones que realizarán los fiscalizadores dela Dirección de
Control, todoslos antecedentes que en virtud del presente
Reglamento hansido eximidos de su visación previa.
LaDirección deControl será
responsable de disponer los mecanismos de control de reemplazo
sobre las materias contenidas enel presente Reglamento, a fin de
resguardar elcumplimientode las disposiciones legales,
reglamentariasy de eficiencia que corresponda, aplicando
criterios de selectividad y oportunidad queconsidere más
adecuado para los propósitos del presente Reglamento.

Tabla 6 (página 6 (ocr) (texto) · 26 filas)

Municipalidad deSantiago
Continuación 6.-
Reglamento No/g7/
Será responsabilidad delas Unidades
de Contabilidad y Finanzas ejecutar los pagos verificando que las
facturas hayan sido válidamente emitidas yla correcta
imputación, disponibilidad y autorización presupuestaria.
Será responsabilidad de la Unidad
que solicite un pago, adjuntara las facturas,debidamente
foliadas, los antecedentes que deben sustentar el pago de acuerdo
a las disposiciones legales, reglamentarias y/o contractuales.
La Dirección de Control, en
conjunto con la Dirección del Areade Administración y Finanzas,
entregarán instrucciones para el adecuado cumplimiento de las
disposiciones del presente Reglamento.
ARTICULO FINAL:DEROGASEel ReglamentoN* 130, de
1998.
ANOTESE y transcríbase a todas las
Reparticiones Municipales, y pasea la Direcciónde Control,
para su conocimientoy fines consiguientes.
FIRMADO:
y
¿ere e
(e LL.
0 p>ALFREDO EGA RESPALDIZ JOAQUIN LAVIN INFANTE
v::.- SECRETARIO] MUNICIPALALCALDE DE SANTIAGO
”. "e -