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Marco Normativo / Manuales y Protocolos Internos · pdf · documento original ↗

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NICIPALIDAD
DECRETO |"SECCIÓN2da.
N2. / Ú2 /
SANTIAGO, 30 de julio de 2024
VISTOS:
Considerando lo dispuesto en la Ley N*21643, Ley Karin, teniendo presente La Constitución Política
de la República deChile,que en su art. 19N*1 establece el derecho a lavida y a la integridad física y
psíquica de las personas,lo dispuesto en el art.2 del Código del Trabajo, que señala que “las
relaciones laborales deberán siempre fundarse enun tratolibre de violencia, compatible con la
dignidad de la persona ycon perspectivade género, lo dispuesto en laLey N*19.880,de 2003, que
establece Bases de losProcedimientosAdministrativos querigen actos de los Órganos de la
administración delEstado; ReglamentoN*339 /2008, actualizadoa octubre de2016 y sus
modificaciones, ratificadomediante decreto Sección 2da. N*2464, defecha 22 de abril de 2022,
vigente; ProtocoloRelativo al Procedimiento de Denuncia, Investigacióny Sanción del Acoso Laboral,
Acoso Sexual y Discriminación para el Buen Trato,de fecha 2024 y enejercicio de lasatribuciones
que me confiere laLey N”18695 del 1988,OrgánicaConstitucional de Municipalidades,vigente,
DECRETO:
1”.- APRUEBESE el REGLAMENTO sobre“PROTOCOLORELATIVO AL
PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA, INVESTIGACIÓN YSANCIÓN DEL ACOSO LABORAL, ACOSO SEXUAL
Y DISCRIMINACIÓNPARAEL BUEN TRATO”, insertode páginas2 a la 24, yque forma parte integrante
del presente decreto.
2”.- APRUEBESEel REGLAMENTOsobre “PROTOCOLO DE
PREVENCIÓN DELACOSOSEXUAL, LABORAL, Y LAVIOLENCIAEN EL TRABAJO”, inserto de páginas
25 a la 48, y que forma parte integrante del presente decreto.
3”.- ANOTESE Y transcríbase a la Administración Municipal, Dirección
de Asesoría Jurídica, Secretaría Comunal de Planificación,Direcciónde Control,Dirección de
Administración y Finanzas, Dirección de Comunicaciones, Dirección de Salud, Direcciónde Educación
Municipal, Dirección de Prevención y Seguridad Comunitaria,Direcciónde DesarrolloComunitario,
Dirección de Obras Municipales, Dirección de Tránsito y Transporte,Dirección deFiscalización,
Dirección de Cultura y Turismo, Dirección de Operaciones, Juzgados de Policía Localy pase a la
Dirección de Gestión de Personas para suconocimiento y fines consiguientes.
FIRMADO:
CORTÉS
SECRETARIOMUNICIPALS
DRESSa
/JPPY, do >,

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TÍTULO | -Antecedentesgenerales...3
1.1 Introducción ........onmmmmmoccconono RRAAASS3
1.2 ODJEtIVO ....oooocccoononoccncrornoronoo o RAE EARAA3
1.3 Alcancesidae ras na 0000 rnrnronnoaona 3
1.4 DefiniciONES..........coomcccnncccnnnnnnnnncnnn onorrnoonronononraonoonnnronnnononnnrnronranc nnne near oran nn non nnnenanannnnns 4
JAS4
b) ACOSO laboral.....ocoonnonococonoricanananonananon raoo csonnooran oananr on ananononaronnnnna rar r nena ar ra renen 5
Cc) Discriminación. ........o...rrAAA EA5
d) Violencia en el trabajo ejercidas por terceros ajenos a larelaciónlaboral o...6
e) Conductas incívicas..........iienrenanni nrrar orar nron oo norrrrrncroacos 6
INSI7
g) Direccionalidad.......ooooononnncccnnnronecnnonororrnrannar ra nonr aoroannorncrrnncnrnnnnnn nara n rr nr rra rana n nan rrarnnnnns 7
1.5 Principios de la prevención del acoso sexual, laboral y violencia en eltrabajo .................. 9
1.6 Derechos y deberesde la institución y de las personas trabajadoraS......ooooononnononnnnananonon10
a)Personas trabajadoras...xr AAmara10]
b)Institución:cianrrasr on anno 0rrnnaaacanononna10
1.7 Organización para lagestióndel riesgo..........ococcnnninncinninnconnrccnccrncncnononorononono non onananinnnns10
TÍTULO Mecinnononononinonanonononncoonon no orcorocoenrorono nnonocnnoosocono11
GESTIÓN PreVentiVa...ooooococncnccnccnononononanonnononononnnnanan narrar11
2.1 Identificación de losfactoresde riesgo.......oooooccccnonocnnnooncnnocccnnnococonorccnonnanonnna nc o narran11
a)Implementacióndel Protocolo de Vigilancia de RiesgosPsicosociales. .....oo.onn.m........12
2.2 Medidas para la prevención........ooooonnnoniccorionca nco nnanonnrnnon nonioncnronorono nn14
a)Política de comunicaciónClara .....oooonnnnnoninnnncninonanccononccononorononnnononanornnnn ono nana15
b)Formación y sensibilizaciÓN..........coonnonconanonnnanannaorncoanononoronoonranno nononannnnnncnr co nanannnn cos15
c)Protocolos de denuncia yprocedimientos de investigación: Gestión de situaciones de
violencia interna y extelMa..oooooocoonncccononononcnnonennooono rocnrnaonnanenononcnannnno onen nara r no nenanna rca nenas16
d)Apoyo psicológico y SOCial.....ooooccnocononicccinnoconnoi nno nnaarrananccionananan co anar corr nc can rn ran nn cana20
2.3 Mecanismos de Seguimiento.....ooonicccccnoniccccninicnc nono21
TÍTULO lll.........o.orooooarENEE 000000 ronoonanos22
Medidas de Resguardo y laHonra de los involucrados.......oooooonocicconooccccnononcnnncnnnnnononanononnnnnnno22
TÍTULO Visracinciaaeres22
DIFUSIÓN...RNA A AAe,22

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1.1 Introducción
Considerando lo dispuesto en la Ley N*21.643, la Ilustre Municipalidad de Santiago ha
elaborado la siguientepolítica, orientadaa la prevención y el abordaje delacoso sexual,
laboral y la violencia enel trabajo, teniendo presente la Constitución Políticade la República
de Chile, que en su artículo 19, N*1 establece el derechoa la vida y a la integridad física y
psíquica de las personas, y lo dispuesto en el artículo 2” del Código del Trabajo, que señala
que “Las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia,
compatible con la dignidad de la personay con perspectiva de género, lo que, para efectos
de este Código, implica la adopción demedidas tendientes a promoverla igualdad y a
erradicar la discriminación basada en dicho motivo”, siendo contrarias a ello las conductas
de acoso sexual, acosolaboral y la violencia en el trabajoejercida por terceros ajenos a la
relación laboral.
1.2 Objetivo
El objetivo de este protocolo es fortalecerentornos laborales seguros y libres de violencia,
donde se potencie el buen trato, se promueva la igualdad con perspectivade género y se
prevengan las situaciones constitutivas deacoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo,
las que se generan porla ausencia o deficiencia de la gestión de los riesgos psicosociales en
la institución, así comoen la mantención de conductas inadecuadas o prohibidas en el lugar
de trabajo, asumiendola entidad empleadora su responsabilidad en la erradicación de
conductas contrarias ala dignidad de laspersonas en el ambiente de trabajo.
Además, tanto el empleador comolas personastrabajadoras secomprometen,
participativamente, a identificar y gestionar los riesgos psicosociales en el trabajo. En el caso
del empleador, a evaluarlos, monitorearlos, mitigarlos o corregirlos constantemente, según
corresponda a los resultados de su seguimiento. En elcaso de las y los trabajadores, a
apoyar a la instituciónen la identificaciónde aquellos riesgos que detectenen su actividad,
sin perjuicio de su principal responsabilidad como garante de la salud y seguridad de las
personas trabajadoras.
1.3 Alcance
Este Protocolo se aplicará a todas las personas que trabajan en y para la Municipalidad de
Santiago, independiente de la calidadjurídica en que se encuentren contratadas,
comprendiendo a los/as funcionarios/asde planta, a contrata, a honorarios y código del
trabajo.
Además, se aplicará, cuando corresponda,a usuarias y usuarios, contribuyentes, y pacientes
que acudan a nuestrasdependencias, asícomo también aestudiantes en práctica.

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a) Acoso sexual:
Es aquella conducta en queuna persona realiza, en formaindebida, por cualquier medio,
requerimientos de carácter sexual, no consentidos porquien los recibe y queamenacen o
perjudiquensu situación laboral o sus oportunidades en el empleo (artículo 2” inciso
segundo delCódigo del Trabajo).
El acoso sexual en el trabajoes un términoque describeun problema de larga data: una
conducta decarácter sexual,que se lleva acabo en elespacio de trabajo y noes deseada
porlapersona afectada. Esuna forma de discriminaciónde género y una expresión de la
desigualdadde poder. Todas las personaspuedenservíctimas de acososexual, sin
embargo, la estadística mundial y nacional evidencian quelas mujeres se ven más afectadas
poresta situación.
El acoso sexual implica insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales
u otrasconductas verbales, no verbaleso físicas denaturaleza sexual,tales como:
comentariossexuales, acercamientos físicos, caricias,abrazos, besos ointentos de
realizarlas. Lacaracterística esencial del acoso sexual esque no es deseado ni aceptado por
quien lo recibe.
Porejemplo,considerando el contexto y caso concretoenel que se presente:
"Enviarmensajes o imágenes sexualmente explícitas,o participar en acoso o coerción
sexualizada a través de plataformas digitales, sinelconsentimiento deldestinatario.
"Ofrecer recompensaso beneficios acambio defavores sexuales, o amenazar con
consecuencias negativas ante la negación.
=Presionar a alguien para que realiceuna actividadsexual en contra desu voluntad
mediante amenazas,manipulación uotros medios.
="Contacto o comportamiento sexual no deseadoo no consensuado. Incluye contacto
físico,roce contra alguien, pellizcos,besos deliberados no deseados.
"En general, cualquierrequerimiento de caráctersexual no consentido por la persona
que los recibe.
Dentrodel fenómeno del acoso sexual, podemos distinguir algunos conceptos:
"AcosoAmbiental: Elacoso ambiental se plantea cuando el sujeto activo del acoso
sexualcrea un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante para la persona
acosada.
=Chantaje Sexual: El chantaje sexualse producecuando el sujeto activo del acoso
condiciona el accesoal empleo, unacondición laboral o la continuidaddel empleo,
a la realización de un acto de contenido sexual.Dado que esto sólo puede ser
cometido por alguiencon el poder dedar o quitar un beneficio derivadodel empleo,
esta forma de acososexual entrañaun abusodeautoridad. Semejante chantaje
sexualse considera en general particularmentereprobable, puesto quesupone una
violación de la confianza y un abuso de poder.
"Abusosexual: El abuso sexual es un delito que puede ir o no acompañado de acoso.
Por lotanto, la persona afectada debe hacerla denuncia ante los Tribunales de
Justicia. Es una conducta punible quese encuentradefinida en el Art. 366 del Código
Penal.

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Toda conducta que constituyaagresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por
uno o más trabajadores,encontra de otro uotros trabajadores, por cualquiermedio, ya sea
que semanifieste una solavezo de manerareiterada,y que tenga como resultado para la
O las personas afectadas su menoscabo, maltrato o humillación, obien que amenace o
perjudique su situación laboralo sus oportunidades en el empleo (artículo 2? inciso segundo
del Código del Trabajo).
El acoso laboral, ademásdela agresión física, incluye elacoso psicológico, abuso emocional
o mental, por cualquiermedio, amenaceo no la situación laboral. Ejemplos de acoso
psicológico, abuso emocional omental: considerando elcontexto y caso concreto en el que
se presente:
"Juzgar el desempeño deuna personatrabajadora de maneraofensiva.
"Aislamiento, cortaro restringir el contacto de una persona con otras, privándola de
redes de apoyosocial; ser aislada, apartada, excluida,rechazada, ignorada,
menospreciada,yaseapor orden deun jefe o por iniciativade los compañeros de
trabajo.
"Eluso de nombres ofensivos para inducir el rechazo o condena de la persona.
"Usar lenguaje despectivo o insultante para menospreciar o degradar aalguien.
"Hacer comentariosdespectivos sobre la apariencia, inteligencia,habilidades,
competencia profesional o valor de una persona.
"Obligar a persona trabajadora a permanecer sin tareas querealizaru obligarle a
realizar tareas quenada tienen quever con superfil laboral, con el objetivo de
denigrarle o menospreciar.
=Expresar intenciones dedañar o intimidar a alguien verbalmente.
"Enviar mensajesamenazantes, abusivos o despectivos por correo electrónico, redes
sociales o mensajesdetexto.
=Hacer comentariosdespreciativosde otros referidos a cualquiercaracterística
personal, como género,etnia, origensocial, vestimenta, o características corporales.
En general, cualquieragresión uhostigamiento que tenga comoresultado el
menoscabo, maltrato ohumillación,o que amenace o perjudique la situación laboral
o situación de empleo.
c) Discriminación.
En relación con la garantíaconstitucional dela libertadde trabajo y su protección, el inciso
3 del N*16 del artículo19dela Constitución Políticaestablece: “Se prohíbe cualquiera
discriminación que no sebaseen la capacidad o idoneidad personal,sin perjuicio de que la
ley pueda exigir la nacionalidadchilena o límites de edad para determinados casos”.
La ley N*20.609 sobre medidascontra la discriminación,en el inciso1 de su artículo 2
expresa: “se entiende pordiscriminación arbitraria todadistinción, exclusióno restricción
que carezca de justificaciónrazonable efectuada por agentes del Estado o particulares, y
que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimode los derechos
fundamentales establecidos por la Constitución Políticade la República o en los tratados
internacionales sobre derechoshumanos ratificados por Chile.
Conductas constitutivasdediscriminación:
=Discriminación porascendencia indígena, afrodescendenciao pertenencia a una
comunidad racializada.
“Discriminación porgénero (menoscabo hacia conductas o realidadesrelacionadas
con la identidaddegénero femenina, masculinao no binaria)
=Discriminación pornacionalidad
=Discriminación poropinión política

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"Discriminaciónporestado civil
Discriminaciónporsindicación oparticipar enorganizaciones gremiales
=Discriminaciónporreligión o creencia
=Discriminaciónpororientación sexual
"Discriminaciónporapariencia personal o expresión de género
"Discriminaciónporclase, origensocial u antecedentes económicos
"Discriminaciónporenfermedad osituación de discapacidad
d) Violencia en el trabajoejercidas porterceros ajenos a la relación laboral
Son aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, en mediode sus funciones
municipales y que sonrealizadas por personas que no son parte de la institución. Según el
tipo derelación conla persona agresora, podemos entenderla como Violencia tipo l o
violencia tipo Il, según lasdefinicionesde California División of Occupational Health and
Safety(Cal/OSHA).
"Violencia TipoI: Cuando no existe ninguna relación entre la persona agresora y la
víctima. Entre estos tipos de agresiones se encuentra: el robo, las agresiones y otras
actividades delictivas.
"Violencia TipoIl: Cuando existealgún tipo derelación entre la persona agresora y la
víctima. Se encuentran dentro de este tipo de agresiones las queson causadas por
parte de usuarias yusuarios delservicio.
Algunos ejemplosde las conductas que comprenden la violencia externa son:
"=Gritos o amenazasde muerte.
"Uso de garabatos opalabras ofensivas.
=Golpes, zamarreos,puñetazos, patadas o bofetadas.
"Conductas queamenacen o resulten en lesiones físicas, daños materiales en los
entornos laboralesutilizados porlas personastrabajadores o su potencial muerte.
"=Robo o asaltosen el lugar de trabajo.
A continuación, se describen algunasde las conductas que, de no ser prevenidas o
controladas, pudiesengenerar acoso oviolencia en el trabajo:
e) Conductas incívicas
El incivismo abarca comportamientosdescorteseso groseros que carecen de una clara
intención de dañar, peroque entran enconflicto con los estándares de respeto mutuo. A
menudo surge del descuido de las normas sociales. Sin directrices claras, elcomportamiento
descortés puede perpetuarse y generarsituacionesde hostilidad o violencia necesarias de
erradicar de los espacios de trabajo.
Al abordar los comportamientos incívicos de maneraproactiva, las organizaciones pueden
mitigarsu propagacióny evitar que evolucione haciatransgresiones más graves.
Para enfrentar eventuales comportamientos incívicos en el marco de las relaciones
laborales, todas las personas que forman parte de laorganización deben:
"Usar un tono de voz apropiado ycarente de agresividad cuando sehabla.
"Evitar gestos físicos no verbales hostiles ydiscriminatorios propendiendo a una
actuación amableen el entornolaboral.
El respeto alosespacios personales delresto de las personas trabajadoras
propendiendoa consultar, encaso de dudas, sobre el uso de herramientas,
materiales u otrosimplementosajenos.
Mantener especialreserva de aquella información que se ha proporcionado en el
contexto personalpor otra persona del trabajo, en la medida que dicha situación no
constituya delito oencubra unasituación potencial de acoso laboral o sexual.

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f) Sexismo
Cualquier expresión (unacto, una palabra, una imagen, un gesto)basada en la idea de que
algunaspersonas son inferiores por razón de su sexoo género.
El sexismo puede ser consciente y expresarse de manera hostil.El sexismo hostildefiende
los prejuicios de génerotradicionales ycastiga a quienes desafíanel estereotipo de género,
los queen determinados contextos podrían dar lugara conductas constitutivas de acoso.
Ejemplos, de sexismo hostil es:
Comentarios denigrantes para las mujereso diversidades basadosen dicha
condición.
Humor y chistessexistas o discriminatorios hacia la mujero diversidades basados en
dicha condición.
Comentarios sobre fenómenosfisiológicos deuna mujer odiversidades.
Silenciamiento oninguneo basado en el sexo ogénero.
El sexismo inconsciente o benévolo hacia lasmujeres, son conductas que deben
propender a erradicarse de losespacios de trabajo en tanto, no buscando generar
un daño, perpetúan una culturalaboral con violencia silenciosa o tolerada.Ejemplos,
considerando elcontexto y el paso concreto que se presente, son: darle auna mujer
una explicaciónno solicitada cuando ella es experta en eltema. Lo denominado en
la literatura sociológica como mansplaining, interrumpirbruscamente auna mujer
mientras hablay sin esperarque ella termine, lo denominado enliteratura
sociológica comomanterrupting.
Todas las conductas paternalistas desde los hombreshacia las mujeres que
constituyan sexismo benévolo.Estas conductasasumen que las mujeres son menos
competentes eincapaces de tomar sus propias decisiones, lo denominado en la
literatura sociológica “sexismobenevolente”.
g) Direccionalidad
Las circunstancias y los factores agravantes que acompañan las situaciones de acoso
laboral,sexual y discriminación son variados. Uno de estos, es ladireccionalidaden la que
sucedela agresión. Paraesto es necesario definir trestipos de direccionalidad delas
agresiones, sin perjuiciode la existencia de otro tipo de direccionalidades:
Vertical descendente: Desde lajefatura haciauna persona subordinada.Esta es la
dirección más común, y si bien podría darse el caso de quela persona agresora tenga
más de una víctima, suele tratarse solo deuna persona que ha sidoaislada y
estigmatizada por la jefatura en complicidad con el silencio de sus pares.Este tipo
de direccionalidad se considera un agravante en lassituaciones deacoso o
discriminación por ser una forma de abuso depoder.
Vertical ascendente: Desde laspersonas subordinadashacia la jefatura.En este
caso, ya que existe una normalización de lasagresionessean perpetuadas desde
una posición depoder, suelenser grupos de personas subordinadas confabuladas
para hostigar a la jefatura y alcanzan a invertirlas fuerzasque se desprenden de la
estructura organizacional. Estetipo de direccionalidadtambién se considera un
agravante en lassituaciones deacoso o discriminación por ser una formade abuso
de poder.
Horizontal: El menos frecuentede los acosos,no porquelos perfiles devíctima y
victimario no operen en este plano, sino porque al no haber asimetría depoder, el
hostigamiento puede ser reconocido y detenido a tiempo.

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y violencia, y tampoco soncomportamientosincívicos,o sexismo inconsciente.
Entre ellas, debiendo considerar siempre el contexto ycadacaso en particular, es posible
advertir conductasrelativas alos comentarios yconsejos legítimos referidos a lasasignaciones
de trabajo, incluidos las evaluaciones propiassobre eldesempeño laboral ola conducta
relacionada con eltrabajo, laimplementación de la política de la organización olas medidas
disciplinarias impuestas.
Del mismo modo,asignar y programar cargas de trabajo,cambiar las asignaciones de trabajo
y las funcionesdel puesto, informar a untrabajadorsobre su desempeño laboral
insatisfactorio yaplicar medidas disciplinarias, informara un trabajador sobre un
comportamiento inadecuado, aplicar cambiosorganizativoso reestructuraciones, cualquier
otro ejercicio razonable y legal de una función de gestión,enla medida que exista respeto de
los derechos fundamentales de las personas trabajadoras y que no sea utilizado
subrepticiamentecomo mecanismos de hostigamientoy agresión hacia unapersona en
específico.
E

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1.5 Principios de la prevención del acososexual, laboral y violencia en el
trabajo
La institución darápleno cumplimiento alos principios establecidos en la Política Nacional
de Seguridad y Salud en el trabajopertinentes, aprobada a travésdel DS N* 2,de 7 de mayo
de 2024 y los principios para una gestiónpreventivaen materia de riesgos psicosociales en
el lugar de trabajo, en la formaen que están desarrollados sobre esta materia de la
Superintendenciade SeguridadSocial,específicamente el Compendio deNormas del
Seguro de la Ley N*16.744.
a) Respeto a la vida e integridadfísica ypsíquica detrabajadores y trabajadoras como un
derecho fundamental
Se debe protegerefectivamente la dignidad y garantizar a todas las personastrabajadoras
el respeto a su integridad físicay psicosocial, incluidos ambientes laborales libres de
discriminación, violencia y acoso.
b) Desarrollo de un enfoque preventivo de la seguridad y salud enel trabajo,a través de la
gestión de los riesgos en los entornosde trabajo.
El enfoque de las acciones derivadas de esta Políticaserá el de laprevenciónde los riesgos
laborales por sobre la protecciónde estos, desde eldiseño de los sistemas productivos y
puestos de trabajo, priorizando la eliminación o elcontrol de los riesgos enel origen o
fuente, para garantizar entornos de trabajo segurosy saludables,incluyendosus impactos
en las dimensionesfísicas, mentales y sociales de laspersonas trabajadoras.
c) Equidad de género y diversidad
A través de esteenfoque se reconoce que las personas trabajadoras pueden enfrentar
riesgos laborales yde salud específicos debido a susdiferencias yexpectativassociales.
Por lo tanto, la gestión preventiva y laspolíticas yprogramas deseguridady salud en el
trabajo deben abordar estas diferencias,asegurandoel respeto yla promociónde medidas
de prevención y protección adecuadas para abordartales diferencias.
d) Participación ydiálogo social
Se deben garantizar instancias ymecanismos de participacióny de diálogosocial a las
personas trabajadoras y entidadesempleadoras enla gestión, regulación y supervisión de
la seguridad y salud en el trabajo.
e) Mejora continua
Los procesos de gestión preventiva deberán ser revisados permanentemente para lograr
mejoras en el desempeño de las instituciones, así como de las normativas destinadas a la
protección de la vida y salud de laspersonas trabajadoras.
En los lugares detrabajo se efectuaránrevisionesperiódicas respecto de sus programas
preventivos, los que deberán contener metas e indicadores clarosy medibles.
Los órganos de laadministracióndel Estado, las entidades empleadoras y losorganismos
administradores del seguro de laley N”16.744 deberán adoptar las medidas que sean
necesarias para dar cumplimientoa este principio.
f) Responsabilidad en la gestiónde los riesgos
La Municipalidad de Santiago seráresponsable de lagestión de los riesgos presentes en los
lugares de trabajo,debiendo adoptar todas las medidas necesarias para la prevención de
riesgos y la protección eficaz de lavida y salud de laspersonas trabajadoras deacuerdo con
lo establecido en esta Política, sinperjuicio de la colaboración delas personastrabajadoras
y sus representantes en la gestiónpreventiva.¿puvAU Es
ES
S
E=
yla

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a)Personas trabajadoras
Derecho a trabajar en un ambiente laborallibre de acoso yviolencia.
Deber de tratar atodas las personas con respeto, y no cometer ningún acto de acoso
y violencia.
Deber de cumplircon la normativa de seguridad y saludenel trabajo.
Deber de cooperar en la investigación de casos de acoso oviolencia cuando le sea
requerido, y mantener la confidencialidad de la información. Estoincluye los
procesos sumarios, estudiosde enfermedades profesionales y denuncias de
violencia externa.
Deber de participar en todas las instanciasde capacitaciónsobre violencia y buen
tratoque brindela institución.
Derecho a denunciar las conductas de acoso y violenciaalpersonal designado para
ello.
Derecho a ser informadas sobreel Protocolode Prevencióndel acoso laboral, sexual
y violencia conel que cuentala entidadempleadora,y de los monitoreos y
resultados de lasevaluacionesy medidas que se realizanconstantemente para su
cumplimiento.
Derecho a ser informadas sobre los protocolos vigentescon los que cuenta el
municipio en materias de violencia laboral: Protocolode Violencia Externa,
Protocolo MALS,Protocolo de Riesgos Psicosociales.
b)Institución
Generar medidaspreventivas para evitar laviolencia y el acoso, incluida la violencia
y elacoso por razón de género,mediante lagestión delosriesgos y lainformación,
y lacapacitaciónde las personas trabajadoras que integranel municipio.
Informar sobrelos mecanismos para lasdenunciasdeacoso y violencia, y la
orientación de las personas denunciantes.
Asegurar la estricta confidencialidad de lasdenuncias ysu investigación.
Asegurar que lapersona denunciante, la víctima olos testigosno sean re
victimizados y estén protegidoscontra represalias.
Adopción de lasmedidas que resulten de lainvestigación del acoso o laviolencia.
Monitorear y darcumplimientoal Protocolode Prevencióndel acoso laboral, sexual
y violencia en eltrabajo, incorporando las mejoras quesean pertinentes como
resultado de las evaluaciones ymedicionesconstantes en los lugares de trabajo.
1.7 Organización para la gestióndel riesgo
Segúnlo dispuesto enla ley N”21.643, que modifica el Estatuto Administrativo con el
objetivo deprevenir, investigar y sancionar el acoso laboral,sexual y la violencia en el
trabajo,lallustre Municipalidad deSantiago abordará el fenómeno multicausal de la
violencia enlos espaciosde trabajo, a través de lossiguientes pilares: la gestión preventiva
de los riesgos psicosociales, la recepción, investigación y sanción del acoso laboral y sexual
dentrodela institución, el acompañamiento institucional frente a las situaciones de
violencia externa y la difusión periódica para sensibilizar a todas las unidadesmunicipales
sobre estostemas.

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La prevención delacoso sexual, laboral y violencia en el trabajo contempla la gestión de los
factores de riesgopsicosociales, y la identificación y eliminación de loscomportamientos
incívicos y sexistas. Muchosde los factoresde riesgo psicosocial, comola sobrecarga de
trabajo, el escasoreconocimiento del esfuerzo realizado,la justiciaorganizacional, la
vulnerabilidad y otros factores similares,cuando son mal gestionados suelen ser el
antecedente más directo de las conductas deacoso y violencia en el trabajo. Pero también
los comportamientos incívicos y sexistas pueden ser el comienzo deuna escalada de
conductas que terminan en violencia y acoso,sobre todo elacoso y la violencia por razones
de género.
La entidad empleadora elaborará, en formaparticipativa, la política preventiva del acoso
laboral, el acoso sexual y la violencia en el lugar de trabajo,y la revisará cada dos años.
Esta política contendrá la declaración de queel acoso laboral, el acoso sexual y la violencia
en el trabajo sonconductasintolerables, nopermitidas enla organización, debiendo las
relaciones interpersonales basarse siempreen el buen trato y el respeto hacia todos sus
integrantes.
La Ilustre Municipalidad de Santiago declara que no toleraráconductas que puedan generar
o constituir situaciones de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, debiendo las
relaciones interpersonales basarse siempre en el respeto mutuo, independientemente de
la posición, género, edad, orientación sexual,discapacidad,nacionalidad,etnia o creencias
religiosas de las personas trabajadoras.
La llustre Municipalidad de Santiago reconoce que el acosoy la violenciapuede derivar de
una mala gestiónde los riesgos psicosocialesen el trabajo,y se compromete a gestionar
estos riesgos paramantenerun ambiente detrabajo seguroy saludable.
Además, es consciente deque la violencia y el acoso son también producto de
comportamientosincívicosy sexistas, y secomprometea desarrollar acciones para
abordarlas.
Este compromiso es compartido tanto por la autoridad comopor las personas trabajadoras,
que se unen en un esfuerzocolaborativo yparticipativo para preveniry erradicar estas
conductas.
A través del diálogo social y laformación continua, promoveremos una cultura de respeto,
seguridad y saluden el trabajo.
2.1 Identificación de los factores de riesgo
La identificación yevaluaciónde los riesgos se realizará conperspectivade género y con la
participación de los Comités de Aplicación decada dependencia municipal, los que tendrán
la asesoría técnicade las unidades de Gestión de Personasdel Nivel Central, Dirección de
Salud y Direcciónde Educación respectivamente, además del apoyo del organismo
administrador de la ley.
A través de este proceso, cada dos años seanalizarán losresultados de la aplicación del
cuestionario CEAL-SM, se identificarán las situaciones y conductas que pueden dar origen
situaciones de violencia relacionadas con lascaracterísticasorganizacionales, la prese

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de factores de riesgos psicosocialeslaborales, así como laexistencia de conductas inciviles
o sexistas, de acososexual oviolencia en eltrabajo, según lo dispuesto por la
Superintendencia de Seguridad Social. Para el análisis, también se construirán matrices de
riesgo institucionales, enconjuntocon lamutualidad, queincorporen la diversidad de roles
de nuestra institución.
a) Implementacióndel Protocolo de Vigilanciade Riesgos Psicosociales.
Desde el año 2023, lallustre Municipalidad de Santiago ha implementado de forma
transversal el Protocolode Vigilancia deRiesgos Psicosociales en las distintasdependencias
municipales, a través deluso del cuestionario SUSESO/CEAL-SM.
Este instrumento permite identificar lassituacionesy conductas que puedendar origen al
acoso laboral, relacionadas conlas característicasorganizacionales y lapresencia de
factores de riesgos psicosociales laborales, así comola existencia de conductas inciviles o
sexistas, de acoso sexualo violencia en el trabajo.
A partir de dicho diagnóstico, desde elorganismoadministrador se prescriben medidas
orientadas a mitigar oneutralizarlosriesgos detectados, para así podertrabajar en la
mejora de las condiciones psicosocialesdel trabajoen lasdistintas unidadesmunicipales.
La totalidad del procesode diagnósticoe intervención dura 2 años, y se ejecuta de manera
periódica con el fin de abordar constantemente losdistintos factores de riesgo psicosocial
que puedan emerger enlos espacios detrabajo municipales.
A continuación, se presenta un esquema que presentael ciclo de implementación del
Protocolo de Riesgos Psicosocialesque entrega la Superintendencia de Seguridad Social:
Ciclo deimplementación del
Protocolo de riesgospsicosociales
Análisis y
Formación del tuAplicación
Comité de ciónY delder eRseesunlttaacdioósn;Ej/ ocucioónde Monitorso de Reevalvación
AplicaciónCuestionariodisoño dea (Las
medidas
PASO 1 > PASO2 PASO3PASO[PASO 5 PASO6PASO)
2 MESES30 DÍAS MAX.2 MESESAL FINALIZAR CADA 2 AÑOS
ETAPA 4
La responsabilidad de laasesoría técnicasobre el proceso,será distribuido deacuerdo a las
unidades municipales.En el caso del Nivel Central,el proceso decorta
. ./.
implementación del Protocolo deRiesgos Psi. cosoci.ales,y la asesoríra a los comi.t 4

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aplicación locales,estábajo la responsabilidad del Departamento de Prevención de Riesgos,
específicamente del área de RiesgosPsicosociales.En la Direcciónde Educación Municipal,
este proceso es gestionado a travésde la Unidadde Desarrollo Organizacional, mientras
que en la Dirección de Salud es abordado por elDepartamentode Salud Ocupacional y
Prevención de Riesgos
En las medidas para laprevención delacoso laboral,se tendrán presentes aquellas definidas
en el marco de laevaluación de riesgo psicosocialdel trabajo. Esdecir, si enla aplicación
del cuestionario CEAL/SM se identifican dimensiones que se relacionan con situaciones de
acoso y violenciaen eltrabajo (problemas en la definición de rol,sobrecargacuantitativa,
estilo de liderazgo, inequidad en laasignación detareas, injusticia organizacional, entre
otros), se programaráy controlarála ejecución de las medidasde intervención que se
diseñen para eliminaro controlar élo los factores de riesgo identificados.
La ejecución delas medidas serárevisada por los Comités deAplicación,los Comités
Paritarios de Higiene ySeguridad yla unidad de asesoría técnicacorrespondiente (Nivel
central, DEM o DISAL).
Es importante señalarel rol que tienen las jefaturas de las distintas unidadesen este plan,
siendo su responsabilidad directa velar por la adecuada implementación delas medidas
propuestas en sus unidades de trabajo, y garantizar la participación de las personas que
componen los equipo,y el desarrollode las medidas prescritas.
Por último, la ejecuciónde medidasrequiere de unacoordinación periódica conlos equipos
de asesoría técnica correspondientes (Prevenciónde Riesgos denivel central, Unidad de
Salud Ocupacional deDISAL y la Unidad de Desarrollo Organizacional dela DEM), los
Comités de Aplicacióny los ComitésParitarios deHigiene y Seguridad de susrespectivas
dependencias.
A continuación, se describen las 12dimensiones que aborda el Protocolo deVigilancia de
Riesgos Psicosociales:
1. Carga de trabajo (CT)
La carga de trabajo sonlas exigenciasque se le hacen a funcionariasy funcionarios para que
cumplan con undeterminado objetivo o tarea enun tiempo acotado o limitado. Cuando
existe una cargaexcesiva de trabajopara el tiempo destinado aella, las personas suelen
experimentarla como “falta de tiempo” para cumplir con sus tareas.
2. Exigenciasemocionales (EM)
Las exigencias emocionales refierena la capacidad para entender la situación de otras
personas, sobretodocuando sienten emociones intensas yuna exigencia para no
manifestar sus emociones ante los usuarios que debe atender.
3. Desarrolloprofesional (DP)
Es la oportunidady elestímulo que ofrece el trabajo para quecada persona ponga en
práctica los conocimientos y la experiencia que yatiene, y puedatambién adquirir nuevos
conocimientos y experiencia.
4, Reconocimientoy claridad derol (RC)
Esta dimensión evalúael reconocimiento y respetoen el trato querecibe el personal en su
trabajo. Tambiénmideel sentido delas tareas quese realizan y laclaridad de los límites de
la responsabilidadquetienen o que se les asigna. Laclaridad de losroles asignados favorece
el reconocimientoy elrespeto.

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En el trabajo,el rol es lo que se espera queuna persona haga en el puesto que tiene
asignado. En esta dimensiónse evalúa la sensación de molestia personalante el tipo de
tareas que estáobligado a hacer el trabajador,especialmentecuando creeque esas tareas
son incongruentes entre sí, oque podrían hacerse de una manera diferente o cuando no
corresponde realizarlas.
6. Calidaddel liderazgo(QL)
Es la forma enque se expresa el mando de unajefatura sobresus empleadores. Incluye la
capacidad de lajefatura de planificar el trabajo,resolver conflictos y colaborar para que sus
equipos puedan llegar a completar su tarea.
7. Compañerismo (CM)
Es la sensaciónde pertenecera un equipo de trabajo conformado por pares,donde se recibe
y se entrega ayuda cuando senecesita.
8. Inseguridad en las condiciones de trabajo (IT)
Es la sensaciónde que se puede cambiar de una manera máso menos arbitraria la forma
en que se trabaja, o las tareas, los horarios o los lugares que están destinados.
9. Equilibrio trabajo y vida privada (TV):
El equilibrio entre el trabajoy la vida privada es la manera enque estos dos ámbitos de la
vida se alineany permiten un desarrollo adecuado como personas, sin que una exigencia
desmedida deltrabajo interfiera con la vida privada.
10. Confianza y justicia organizacional (CJ):
En esta dimensión se mideel grado de seguridad o confianza hacia laorganización o
institución conel que las y losfuncionarios afrontan sus tareascotidianas.
11. Vulnerabilidad (VU):
Es la sensaciónde temor, desprotección o indefensión ante untrato que una funcionaria o
funcionario considera injusto por parte de laorganización. Se puede entender también
como la incapacidad de ejercer derechos o deresistir la disciplina que impone la relación
laboral.
12. Violencia y acoso (VA):
Es la exposición a conductasintimidatorias, ofensivas y no deseadas por las personas, que
se relacionan con características de quien sufre dicha conducta, tales como su apariencia
física, género uorientación sexual, origen étnico, nacionalidad,creencias, etc. Este agente
de riesgo responde directamente a lo que aborda la Ley Kariny siempreserá un foco de
atención en lasevaluacionesen los puestos detrabajo.
2.2 Medidaspara la prevención
En base al diagnóstico realizado y la evaluaciónde riesgos, se programará eimplementarán
acciones y actividades dirigidas a eliminar lasconductas quepueden serla antesala de
situaciones deacoso laboral y/o sexual y violencia ejercida porterceros ajenos a la relación
laboral.
Para su implementación, seproponen los siguientes cuatroejes de trabajo: Política de
comunicaciónclara; Formación y Sensibilización; Protocolos dedenuncia yprocedimientos
de investigación: gestión de situaciones de violencia interna y externa; y Apoyo psicológico
y social.

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a)Política de comunicación clara
unicipalidad de Santiagose comprometea desarrollar y comunicar políticas internas
as que prohíban expresamente el acoso laboral y sexual, así como cualquier forma de
encia en el trabajo, promoviendo el desarrollo de Buenas Prácticas Laborales y el Buen
o.
ales de comunicación interna descendente: publicaciones institucionales, entrega de
ormación y campañas preventivas
=Intranet corporativa:Creación de unasección específica en la intranet corporativa
(SomosSantiago - SomosSalud - SomosEduca) para la publicación de contenido
relacionado con el abordaje de la violencia institucional. La finalidad es facilitar el
acceso a información relevante, como protocolos de denuncia y protocolos
preventivos, guías prácticas y materialinformativo.
=Publicaciones institucionales: La Municipalidad de Santiago confeccionará y diseñará
un plan anual orientado a la promocióny sensibilización de la prevención del acoso
laboral, acoso sexualy violencia en eltrabajo, el cual será difundido a través de
estrategias comunicacionales tales como: boletín municipal, correos electrónicos,
comunicados, campañas digitales o físicas, entre otros. El diseño yla planificación
de las campañas requiere del trabajoconjunto dela Autoridad,la Dirección de
Comunicaciones y la Dirección de Gestión de Personas.
"La Municipalidad de Santiago hará entrega de un informe estadístico semestral a las
autoridades de la organización (Directores/as, subdirectores/asmagistrados/as),
con indicadores de violencia internay externa ysiniestralidad del municipio. La
información estadística será entregadaa las autoridades por el Departamento de
Prevención de Riesgos.
"El Reglamento de Higiene y Seguridadestará disponible en la intranet corporativa
para todas las personas que trabajanen y para laMunicipalidadde Santiago. Es
responsabilidad delDepartamentode Prevención de Riesgos actualizar el
reglamento de acuerdo a la normativavigente y lasdisposiciones legales.
unicación interna ascendente
"Reporte semestral: Las unidades encargadas de laaplicación y/o gestión de los
protocolos vigentesen materias deviolencia laboral interna yexterna, harán
entrega de un informede gestión semestral a las autoridades correspondientes y las
asociaciones gremiales. Lo anteriortiene porfinalidad entregar reportes
estadísticos, accionesrealizadas, análisis de datos y recomendaciones para el
abordaje y mejora dela prevención dela violencia en los espaciosde trabajo.
b)Formación y sensibilización
Dirección de Gestión dePersonas, desarrollará instancias de capacitación y material
cativo en temáticas deviolencia, acosoy la implementación de buenas prácticas
rales para las personas que trabajan en ypara la Municipalidad de Santiago.
acitación y Talleres
"Capacitación en temáticas de violencialaboral (definiciones, medidas preventivas,
protocolos): Capacitara todas las personas trabajadoras sobre temas atingentes al
abordaje de la violencia laboral interna y externa.La oferta de capacitación será
responsabilidad delDepartamento de Capacitación, y estará disponible en la
plataforma www.capacitacionstgo.cl.
=Capacitación en temáticas de violencia laboral dirigidas a jefaturas. Definiciones,
medidas preventivas,responsabilidad del abordajede la violencia interna y externa
en el espacio de trabajo. La ofertade capacitación será responsabilidad de

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Departamento de Capacitación, yestará disponible en laplataforma
www.capacitacionstgo.cl.
=Talleres para Líderes: Implementar talleres específicospara jefaturas y líderes
informales de la organización, orientados al abordajeoportuno desituaciones
constitutivas de acoso y violencia laboral: entregar orientación paraformular una
denuncia, y estrategias parafomentarun entorno de trabajo seguro yrespetuoso.
Estos talleres serán responsabilidad de la Dirección deGestión de Personas y se
realizarán anualmente.
"Capacitaciones dirigidas a fiscales ligadas a derechos fundamentales, perspectiva de
género y violencia en el trabajo. Estascapacitaciones serán responsabilidad de la
Dirección de Gestión de Personas y el Departamento de Capacitación yse realizarán
anualmente.
erial Educativo:
=La Dirección de Comunicaciones, conla asesoría de laDirección deGestión de
Personas y el Departamentode Prevención de Riesgos, elaborará material (digital y
físico) como pósteres, folletos, infografías y cápsulas informativas sobre la
prevención de la violencia en el trabajo. La distribuciónde este material estará a
cargo de las mismas unidades, y estaráorientado a los distintos públicos internos de
la organización.
"Guía de buenas prácticas laborales: La Dirección de Gestión de Personas elaborará y
difundirá una guía de buenas prácticaslaborales para las jefaturas, que entregue
lineamientos y herramientaspara incentivar y fomentar el buen tratoen el espacio
de trabajo. Este material serádiseñadodurante el primersemestre dela entrada en
vigencia de la Ley Karin.
"La Dirección de Gestión dePersonasjunto al Departamento de Prevención de
Riesgos elaborarán anualmente sugerencias de medidaspara abordar la violencia
ejercida por terceros ajenos ala relación laboral.
c)Protocolos de denuncia y procedimientos de investigación: Gestión de
situaciones de violencia interna y externa.
tocolo Relativo al procedimientode denuncia, investigacióny sanción delacoso
ral,acoso sexual y discriminación para elbuen trato.
lustre Municipalidad de Santiagoha elaborado el Protocolorelativo al Procedimiento
Denuncia, Investigación y Sanción del Acoso Laboral, Acoso Sexual y Discriminación, el
será aplicable a todas las personas que tienen algún tipo de relación contractual con la
unicipalidad de Santiago, independiente de la calidad jurídica en que seencuentren
tratadas, comprendiendo a los/as funcionarios/as de planta,a contrata, ahonorarios,
igodel Trabajo y alumnos/as en prácticao pasantes. Si la persona denunciada es
ernaal municipio se entregarán los antecedentes a la institución respectivapara aplicar
rocedimiento correspondiente.
Canal de Denuncias - Comitéde buen trato
itédel Buen Trato Laboral. Es un órganoesencialmente técnico que secompone por
ionarios/as municipales, contratados parael efecto del cumplimiento delprotocolo. El
itéde Buen Trato está ubicado en elDepartamento dePrevenciónde Riesgos,
endiente de la Dirección de Gestión de Personas. Sus funciones son las siguientes:
"Registrar la recepción de ladenuncia yentregar copia del registro aldenunciante,
cuando ésta es por escrito,o bien acusar recibo cuando se realiza por correo
electrónico.

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= Elaborarinforme técnico de recomendación enun periodo máximo de siete días
hábiles.
= Informara la jefatura directa del denunciantedela denuncia cuando así lo haya
solicitadoel denunciante.
= Informara la asociación gremial respectiva dela denuncia cuando así lo haya
solicitadoel denunciante.
Cómo denunciar
La recepción delas denuncias relativas a Acoso Laboral,Acoso Sexual o Discriminación se
realizará a travésdel Comité de Buen Trato mediante correo electrónico (de manera digital)
a la dirección:comitedebuentratoOmunistgo.cl o demanera presencial mediante la
entrega de unsobre cerrado dirigido a: “Comitédebuen trato- Departamento de
Prevención de Riesgos” en la siguiente dirección: SantoDomingo 916, piso 6 oficina 603,
Dirección de Gestión de Personas.
En el caso de que las personas directoras y jefaturas delas distintas unidades municipales
reciban denuncias relativas con materias de acoso laboral, acoso sexual odiscriminación,
deberán remitirlas al Comité de Buen Trato en la formaestablecida previamente, en un
plazo no superior a un día hábil.
La denuncia puede ser interpuesta:
= Directamente por la persona afectada;
"= PorDirigentes/as Gremiales; o
" Indirectamente por un tercero, a petición expresa de la persona afectada que
deberá constar en un poder simple, o por iniciativa propia.
La denuncia serealizará completando y firmando elFormulario de Denuncia (anexo 1),
debiendo consignar los siguientes antecedentes:
= Datos deidentificación de él/la denunciante y/ola víctima.
= Narración circunstanciada de los hechos que motivan la denuncia,proporcionando
la mayorcantidad de información posible acerca de los mismos, en especial
indicando fecha, hora y lugar en que estos se produjeron,
" Individualización de quien/es hubiere/n cometido los hechosque motivan la
denuncia, y, en caso de que corresponda,de la/s persona/sque hubieren
presenciado dichos hechos.
= Antecedentes que sirvan de fundamento, cuando ello sea posible, por ejemplo,
correoselectrónicos, audios, videos, testigos, otras denuncias frente al
denunciado/a, otros.
Canalización dela Denuncia
Una vez recibidala denuncia el Comité del Buen Trato tendrá un plazo de siete días hábiles
administrativoscontados desde la recepción de la denuncia para elaborar un informe
técnico de recomendación. Dicho informe será remitido ala administración municipal, con
el objeto de quesea recepcionado por la autoridad.
El Comité de Buen Trato para la elaboración de su informe técnico derecomendación
deberá trabajaren base a la descripción de hechos yantecedentes aportados por los/as
denunciantes. Únicamente podrá entrevistar a los/asdenunciantes cuando así lo hayan
solicitado en elmismo Formulario de Denuncia (anexoN*1) a través de su manifestación
de consentimiento y en ningún caso podrá tomar declaración a testigos.

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e Decisiónde no iniciar una investigación
Ante una denuncia de hechos que pudiesenvulnerar lo dispuesto en el artículo 82 letras !)
o m) de la Ley18.883,la autoridad sólopodrá desestimarla mediante una resolución
fundada y deberá notificar dicho acto dentro del plazo de cinco días ala persona
denunciante. Lanotificación de dicha resolución se realizará por la Dirección de Gestión de
Personas.
e Investigación dela Denuncia
Si el Alcalde/saresuelveacoger la presentación de la denuncia, instruirá unainvestigación
sumaria o un sumarioadministrativo, considerando la gravedad de los hechos y de los
antecedentes presentados.
Protocolo de Denuncia Acoso Laboral,
Acoso Sexual yDiscriminación
Activación y
RegistroEnvío de informe Sila denuncia
Recepción deltécnicode es acogida se
formulario derecomendación a instruirá una
denuncias(digitalla Administración Investigación
o físico)por almunicipal para ser sumaria o
comité debuenrocepcionado por sumarlo
tratola autoridad. administrativo.
PASO
15 PASO2 PPASO ASO 35
Elaboración deResolución
informe técnicoEntrega de respuesta
de recomendaciónormal por parte de
por el Comité dela autoridad,

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Acompañamiento institucionalfrente a las situaciones de violencia externa (Protocolo de
Violencia Externa).
Desde el 02 de marzo del año2021, la llustre Municipalidad deSantiagotiene vigente el
Reglamento que estableceel“ProtocolosobreProcedimientode Actuación Relativo a
Hechos de Violencia y Agresiones en Establecimientos Municipales y en el Ejercicio de
Funciones Municipales”.
Objetivo y Alcance
Este instrumentobusca resguardar a todas las personas que trabajan en la Ilustre
Municipalidad de Santiago, yseaplicará cada vezque una persona sea objeto de violencia
en medio de susfunciones,ya sea enuna dependencia municipal, entrayecto entre
instalaciones municipales oenterreno, yque causen una afectación física y/o psicológica
significativa.
Adicionalmente, este protocolobusca complementar y reforzarla normativa orientada a
abordar las situaciones de violencia quese originan en espaciosde salud (Ley 21.188) y
también en los establecimientos educacionales (Ley 21.536).
Este instrumento contemplaelabordaje de la violencia tipo 1 y 2descritasen el punto 1.4
Definiciones apartado letra d, de este protocolo.
Frente a las agresiones que vivauna persona trabajadora de la institución, tendrá el derecho
de poder obtener atención psicológica y/oapoyojurídico, al cualse podráacceder en caso
que lo requiera.
Cómo activar el protocolo
Para que el protocolo de violencia externase active, la jefatura (oen su defecto, la persona
afectada o alguiendel equipo)debe llamar al Departamento de Prevención de Riesgos
(Nivel Central), a laSubdirecciónde Gestión de Personas (Direcciónde Educación Municipal)
o al Departamentode SaludOcupacional y Prevención de Riesgos (Dirección de Salud
Municipal) según corresponda,e informarde la agresión sufrida en el contexto del trabajo.
Para entregar el apoyo jurídico, la unidad deprevención deriesgoscorrespondiente
solicitará antecedentes a la jefatura de la personaafectada. Una vez remitido el formulario,
en el cual se explicita la necesidad de acceder a apoyo jurídico, launidad de prevención de
riesgos enviará formalmentelos antecedentes alárea jurídica correspondiente y además
notificará a la víctima y asujefatura sobre eltraspaso de lainformación entregada,
señalando el IDOCdel memorándum. Deeste modo, las personas afectadas por violencia
externa podrán hacer seguimiento del caso, con élo la abogada que esté acargo de su caso.
Una vez derivado elcaso, elárea jurídica es responsable del proceso, pudiendo acompañar
en la interposiciónde una denuncia, en lapreparación del caso yen la presentación frente
a tribunales.
Paralelamente, el Departamento de Prevención de Riesgos correspondiente coordinará y
activará las atenciones de salud que provee la mutualidad. Lasatenciones de salud que
entrega la mutualidad, puedenser de dostipos:
" En caso dehaber lesiones físicas significativas, con o sinafectación psicológica, la
atención serealizaráenalguna sucursal dela red de saludde dichainstitución.
En caso deexistir solamente afectaciónpsicológica, la atenciónserá realizada a

Tabla 20 (página 21 (ocr) (texto) · 43 filas)

Adicionalmente, frente asituacionesde agresiones reiteradas de usuarias o usuarios de los
servicios municipales, será facultad de la institución tomar medidas para limitar la
interacción ydisminuir laexposicióna violencia. Unejemplo deesto, sería la definición de
la comunicación exclusivapor correoelectrónico o deatenciónen sector protegido.
Protocolode Violencia Externa.
AEcición: de Protocolo. do
violencia externa.
earDapariamento!Aoción a! da de sold,
de Rrevención de esos:ISI Le id).:
PAS
Ñ
Ñ. - E *; :5 ENGAR E FEO
.Activación de atención de: salud
MAtención eel faldasde
Activaciónpuede serIntervención en crisis LON
realizada por la personaAS ales
afectada, una Jefatura oSLI
colegas de la unidad.
Losequipos queatienden las situaciones deviolenciainterna, violencia
externa, activaciones de intervenciones en crisis y queestán a: cargo de la
vigilancia. de enfermedadesprofesionales desalud-mental, deberán estar
coordinados y comunicarse periódicamente,para así favorecer la atención
temprana de las personas quelo necesitan, enriquecer la información de los
procesos y optimizar la respuesta institucional.
d) Apoyo psicológicoy social
Abordaje desde la mutualidad
Los procesosde denuncia, investigación y sanción desituaciones de violencia, tanto interna
como externa, están sujetos al compromiso irrestricto con la confidencialidaddel proceso.
Esto incluyelas accionesque realizala mutualidad para ayudara las personasque refieren
vivir violencia en el espacio de trabajo.
Las accionesen el marcode las atenciones de salud dependerán del tipo deactivación:
violencia externa o violencia interna.
= En las situacionesde violencia externa, el Departamento de Prevenciónde Riesgos
(o suequivalenteen DEM o DISAL), será el responsablede coordinar laatención de
saludpara las personas afectadas. En caso depresentarlesiones físicaso desajustes
fisiológicos por consecuenciade la agresión (Ejemplos: alza de presión,taquicardia,
opresión de pecho), las personas serán derivadas a la red de salud, paraabordar las
consecuencias físicas y psicológicas del incidente crítico. Si a raíz dela situación
vivida, la personapresentasolamente afectación emocional intensa, tendrá el
derecho de que se active elservicio de intervención psicológica temprana con la
mutualidad.
" Por otra parte, cuando una persona refiere sufrir violencia interna indicando estar
frente a una situación de acoso laboral, acososexual y/o discriminación, y presenta
mne]

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la denuncia a través del mecanismo establecidopor el municipio, la unidad
responsable realizará laderivación para activarel servicio de atención psicológica
tempranade la mutualidad.
En los casos que lamutualidad considere que podría estar desarrollándose una enfermedad
profesional de salud mental de base,se les notificaráa las personas responsables del
Departamento dePrevenciónde Riesgos del Nivel Central,de la Unidadde Desarrollo
Organizacional enDEM o del Departamento de Salud Ocupacional y Prevención de Riesgos
en DISAL, de la necesidad dehacer un estudio de puestode trabajo. Esto consiste en
coordinar entrevistas con testigos de lapersona afectada, y testigos de la institución, para
indagar sobre las condiciones detrabajode la persona afectada. En ocasiones,la mutualidad
solicita un testigoal azar, que es elegidoen base a la nóminadel equipo.
En este proceso, la responsabilidad de élo la profesionalde lasunidades antesmencionadas
son:
= Coordinarestudio con mutualidad.
" Comunicarse con la jefatura de la unidad correspondiente, parainformar del
estudio, yrecabar antecedentesde las condiciones detrabajo de la unidad.
= Definir testigos de la institución,en conjunto conla jefatura correspondiente.
"Informar alas/os testigos del proceso.
" Recopilarantecedentesdocumentales solicitados pormutualidad.
En todos los procesos antesmencionados, el actuarse encuentra enmarcado en los
principios de probidad administrativa,descritos en el Estatuto Administrativo. En caso de
faltar a la confidencialidad deestos procesos, en consideración de que es información
sensible, y que sudivulgación puede tener consecuencias importantes en lasvíctimas y en
los equipos de trabajo, es que la violación deliberada dela privacidad de estos procesos se
entenderá comouna falta grave a laprobidad administrativa. Este marcocomprende a
todas las personas que pueden estar involucradas enel proceso:denunciantes,
denunciadas/os,jefaturas, profesionales de Alcaldía,Dirección de Asesoría Jurídica,
Dirección de Gestión de Personas, representantes de asociaciones o sindicatos, integrantes
de concejalías.
2.3 Mecanismos de seguimiento
La Ilustre Municipalidad de Santiago,con la participaciónde los miembros del Comité
Paritario de Higiene y Seguridad y elComité de Aplicación del cuestionario CEAL-SM,
evaluarán periódicamente el cumplimiento de las medidaspreventivas programadas en
esta materia y sueficacia, identificandoaspectos para la mejora continua dela gestión de
los riesgos.
En esta evaluación los comitésantesmencionados ylas áreas de Gestiónde Personas
involucradas, revisarán en sus respectivos procesoslaevolución delas dinámicas
relacionadas conviolencia, para lo cual se considerarán losresultados del cuestionario
CEAL/SM, cuando corresponda su medición; el númeroingresos porenfermedad
profesional (DIEP)producto desituaciones de acoso o de violencia externa; yel número de
denuncias por acoso o violencia presentadas en loscanales internos dela institución,
registradas en el periodo de evaluación.
Semestralmente,se elaborará un informe con los resultadosde este análisispor las áreas
correspondientesde la Dirección de Gestión de Personas, dirigido a la autoridad municipal,
para presentar recomendaciones de trabajo para las áreas foco.

Tabla 22 (página 23 (ocr) (texto) · 32 filas)

Medidas de Resguardoy la Honrade los involucrados
La Ilustre Municipalidad de Santiago establecerá medidas de resguardode la privacidad y la
honra de todos losinvolucradosen los procedimientosde investigación de acoso sexual o
laboral - personasdenunciantes,personas denunciadas,víctimas y testigos -,disponiendo
la reserva en los lugares de trabajo delos hechos denunciados y desu investigación, y
prohibiendo las acciones que losintimiden o que puedanponer en riesgo su integridad física
o psíquica.
Confidencialidad de los procesosde denuncia.
Los procesos de denuncia, investigacióny sanción delas situaciones de violencia en el
trabajo, posee como uno delos principios fundamentales elresguardo de la
confidencialidad del proceso, encuantoal tratamientode la información y asítambién de
las personas involucradas, desdeque seactiva el canal de denuncias hastael cierre del
proceso mismo, con la finalidadde resguardar la dignidad e integridad delas personas
involucradas.
Contrapartes y unidades responsables del proceso
" Denunciante: La personadenunciante es responsable de entregar la información de
manera confidencial al canal de denuncias de laMunicipalidad.
Comité de buen trato: unidad encargada de la recepción, registro, revisión y gestión
administrativa de las denunciasformuladas tanto a nivel central como en las
Direccionesde Educacióny Salud.
" Alcaldía: encargada de larevisióny ponderaciónde las denuncias presentadas.
= Departamento de Probidad y Sumarios administrativos: unidadencargada de llevar
a cabo losprocedimientos de sumarios administrativos o investigaciones sumarias
instruidas por la autoridad máxima del municipio.
" Departamento de Asesoría Jurídica: unidadencargada derealizar gestiones
necesariaspara dar cumplimientolegal a las resoluciones presentadas.
TÍTULO IV
Difusión
Se dará a conocerel contenidode esteprotocolo a laspersonas trabajadoras, mediante
correo electrónicoinstitucional ya travésde las plataformas de intranet municipales Somos
Santiago, Somos Salud y SomosEduca. Asimismo, sus disposiciones se incorporarán en el
Reglamento Interno de Higiene ySeguridad. Además, elprotocolo sedará a conocer a las
personas trabajadoras al momento de lasuscripción delcontrato de trabajo.

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La Municipalidaddeberá adecuar susrespectivosReglamentos Internos a las Normas Establecidas en
el presente protocolo, dentro de los30 días siguientes a la fecha de suaprobación.
Un ejemplar delpresente protocolo deberá encontrarse disponibleen intranet municipal Somos
Santiago y en el sitio web oficial de la Municipalidad.
Además, la Dirección de Comunicaciones en conjunto con el Comité de Buen Trato se encargarán de
la debida difusiónentre las personasfuncionariasde la Municipalidad,sus dependencias yde quienes
se incorporen ala misma. Esto incluirá procesos de sensibilización e inducción respecto de la
ejecución de esteprotocolo en las distintas áreasmunicipales y la distribución de materialexplicativo
y educativo del mismo.