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Marco Normativo / Manuales y Protocolos Internos · pdf · documento original ↗

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SANTIAGO, 30 de diciembrede 2009
VISTOS: antecedentes N*12.255/09; Ley
N* 19.880, de 2003, que Establece Bases de los ProcedimientosAdministrativos
que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Manual de
Procedimientos de Adquisiciones (Licitaciones), MemorándumN* 186, de fecha 29
de diciembre de2009, de laAdministradora Municipal, y enejercicio de las
atribuciones queme confiere laLey N* 18.695, de 19883, Orgánica Constitucional de
Municipalidades,
DECRETO:
1.- DERÓGASE elReglamentoN* 240, de fecha
13 de diciembre de 2004.
2.- ASIMISMO, DERÓGASE elDecreto Sección
2da. N* 629, de fecha 9 de abrilde 2008, que aprobó el Manual deProcedimientos
de AdquisicionesAño 2008.
3.- APRUÉBASE el Manual deProcedimientos
de Adquisiciones (Licitaciones), como documentooficial de la |.Municipalidad de
Santiago para laAdquisición deBienes o Contratación de Servicios y ejecución de
obras que se financien con recursos provenientes del presupuestoinstitucional que
anualmente se aprueba de conformidad a la normativa vigentey recursos que
reciba como aporte de otras entidades, documentoque rola de fojas 1 a 56 y que
forma parte integrante del presente Decreto.
4.- La Direcciónde GestiónAdministrativa
deberá publicar en el portal mercadopúblico.cl el nuevo Manual.
ANÓTESE ytranscríbase ala Dirección de
Control, Secretaría Municipa!, atodas las Reparticiones Municipales, y pase al
señor Administrador Municipal, para su conocimiento y fines consiguientes.
ÑA RESPARDIZA
SECRETARIOMUNICIPAL
tbp
30.12.2009
l. Municipalidad de Santiago — Pza. deArmas s/n - Fono: 713 6000 — www.municipalidaddesantiago. cl

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ÍNDICE
I PARTE
DISPOSICIONESGENERALES YDEFINICIONESPágina
Artículo 1” Objeto dela norma1
Artículo 2* Principios que rigen la contratación administrativa1-2
Artículo 3? Glosariode términos2-7
Artículo 4* De los roles de los proveedoresY
Il PARTE
DISPOSICIONESRELATIVAS ALPLAN ANUAL DE COMPRAS
Artículo 5” Plan anual de compras8
ILPARTE
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DECONTRATACIÓN PARA
LA ADQUISICIÓNDE BIENES YSERVICIOS
Artículo 6* Las adquisiciones de bienes y servicios9-10
Artículo 7* Formas de ejecutar y administrar tas licitaciones10
Artículo 8? Circunstancias en que procede la licitación pública10
Artículo 9? Las etapas de una licitación pública11-17
Artículo 9* bis Las etapas de una licitación pública de Contratación de Servicios
Personales Especializados18 -19
Artículo 10” De las bases administrativas y especificacionestécnicas.........20
ARTÍCULO 11”: Dela publicación de!llamado a licitación enel sistema20
ARTÍCULO 12”: Dela recepción de consultas de los proveedores20
ARTÍCULO 13: De las respuestas a las consultas de los proveedores y su
publicación en el sistema.21
ARTÍCULO 14”: Entrega de muestraso visitas a terreno, encaso que
corresponda.21
ARTÍCULO 15”: Dela apertura de losantecedentes administrativos y
Técnicos21
ARTÍCULO 16”: Dela revisión de antecedentes administrativos, y técnicos22
ARTÍCULO 17”: Dela aceptación o rechazo de los antecedentes22
ARTÍCULO 18”: Devolución Garantíapor Seriedad de las Ofertas22
ARTÍCULO 19”: Dela apertura de ofertas económicas de losoferentes
que cumplieron conlos requisitos administrativos y técnicos.23
ARTÍCULO 20*:De la evaluación de las otertas23-24
ARTÍCULO 21”: Delas atribuciones del Alcalde en las Adjudicaciones,24
ARTÍCULO 22” Dela dictación de Resolución de adjudicación, declaración
de desierta o desestimación de las ofertas25
ARTÍCULO 23": Dela adjudicación dela licitación en el sistema
Chilecompra o declaración de desierta o inadmisibilidad, según corresponda.25
ARTÍCULO 24* De la Aprobación delConcejo Municipal
ARTÍCULO 25* Dela Notificación a Oferente Adjudicado
ARTÍCULO 26*: Dela suscripción delcontrato
ARTÍCULO 27”. Delenvío de la ordende compra al proveedor.
ARTÍCULO 28”: Propuestas no aceptadas
ARTICULO 29”: Delas Bases Administrativas Tipo y su contenido.

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W, PARTE
DE LAS LICITACIONESPRIVADAS
Artículo 30”Circunstanciasenque procede la licitación privada29
V. PARTE
DE LA CONTRATACIÓNPOR TRATO DIRECTO
ARTICULO31* Contratación directa por falta de interesados en llamadoa licitación30
ARTÍCULO32*: En caso de resolución oterminación anticipada de contrato30-31
ARTÍCULO33*: En casosdeemergencia,urgencia o imprevisto.31
ARTÍCULO34”: Si sólo existeUn proveedor del bien o servicio.31
ARTÍCULO35”: Si se tratara de convenios de prestación de servicios acelebrar con
personas jurídicas extranjeras.31
ARTÍCULO36*: Si se tratadeservicios de naturaleza confidencial.32
ARTÍCULO37”: En razón de la naturaleza de la negociación.32 - 33
ARTÍCULO38”: Contrataciones inferioresa 10 UTM.33
ARTÍCULO39”: De la materialización delas contrataciones inferiores a10 UTM34
Vi. PARTE
DEL INFORME DE EVALUACIÓN
Artículo 40*Informe de evaluación35
VII. PARTE
DE LAS GARANTÍAS
Artículo 41?De la garantiadeseriedad dela oferta36
Artículo 42”De la garantíadefiel y oportuno cumplimiento36
Artículo 43”De la custodiadelas garantías36
Artículo 44”Devolución delasgarantíasde seriedad de la oferta a los
oferentes evaluados.36
Artículo 45”De la ejecucióndelas garantias...........ooooooooonccorconiocconoroo37
VI!) PARTE
DE LAS SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO
Artículo 46”De la determinación de las multa38
Artículo 47”De la tramitaciónde las multa38
IX. PARTE
DE LA FORMALIZACIÓNDE LAS CONTRATACIONES
Artículo 48”De la formalización de las contrataciones...39 - 40
Artículo 49?Requisitos para suscribir UNCONtTEtO .........o.ooo.ocoocococccocccccnnconcono40
Artículo 50*40
Artículo 51*40
Artículo 52*40
Artículo 53"41
Artículo 54”41

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X. PARTE
DE LAS GARANTÍAS DEL CONTRATO
Artículo 55?42
Artículo 56?42
Artículo 57”42
Artículo 58*42
Xi. PARTE
DEL PAGO
Artículo 59* Delpago43 -44
XI PARTE
DE LOS PLAZOS EN LAS CONTRATACIONES PORADQUISICIONES DE
BIENES PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS
ARTÍCULO 60”De los plazosen las contratacionespor adquisiciones de bienes,
prestación de servicios y ejecución de obras.45
ARTÍCULO 61?De la prorroga en los plazos45
Xi. PARTE
DE LA MODIFICACIÓN DE CONTRATO, ÓRDENESDE COMPRA, SERVICIOS
YIO TRABAJOS
ARTÍCULO 62”Causales de modificación y terminación decontrato.46
ARTÍCULO 63*Causales de modificación o término de lasórdenes de compra y/o
servicio46
XIV PARTE
DE LAS RECLAMACIONES
ARTÍCULO 64”De las reclamaciones47
XV PARTE
NORMAS RELATIVAS A LAADMINISTRACIÓN INTERNA DEL SISTEMA DE
COMPRAS
ARTÍCULO 65”Definición de actores de! sistema48
ARTÍCULO 66”Del uso de las claves de acceso al sistemade información de comprasy
contratación48 -50
ARTÍCULO 67?Del control50
XVI PARTE
DEL CONVENIO MARCO
ARTÍCULO 68"Circunstancias en que procede la utilización de un Convenio
Marco51
ARTÍCULO 69”De la materialización del convenio marco52

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J. PARTE
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES
ARTICULO 1*: Objetode la norma.
El presente Manualdeprocedimientos deadquisiciones,en adelante el “Manual”, tiene
por objeto establecerelProcedimiento relativo a la adquisición de bienes, la Contratación
de servicios y la ejecución de obras que efectúe la |. Municipalidad de Santiago, que se
financien con recursosprovenientes del presupuesto institucional que anualmente se
aprueba de conformidadcon la normativa vigente y recursos que reciba como aporte de
otras entidades.
Se exceptúan de laaplicación del presente Manual, las adquisiciones ycontrataciones
que se enumeran enel artículo 3% de la LeyN * 19,886 y suReglamento.
Exceptuase asimismolas contratacionesque se efectúen con cargoa gastos de
representación, protocolo y ceremonial, losque deberán ser autorizados por la autoridad
competente.
ARTICULO 2”: Principios que rigen la contratación administrativa. La
contratación administrativa se regirá por lossiguientes principios:
Principio de juridicidad: Los Procedimientos de contratación administrativa y las
actuaciones de las autoridades competentesy demás funcionarios,, debenajustarse a las
normas de la Constitución Política de laRepública ynormas complementarias, en
especial la ley 18,575,Ley N” 19.886 y suReglamento, Ley N* 19.880 yLey N* 18.695
Orgánica Constitucionalde Municipalidades.
Principio de libre concurrencia al Llamado administrativo: Pueden participar de un
proceso de contratación administrativa todos los proveedores que deseen presentar
ofertas.
Principio de equidad: La Municipalidad debe dar igual trato a todos los proveedores.
De estricta sujeciónalas bases o términos de referencia: Las bases administrativas y
técnicas y los términos de referencia, en caso de proceder,constituyen el marco válido de
actuación de la Municipalidad en lo relativoa los procesosde contrataciónadministrativa,
los que deben ajustarsea lo establecido endichas bases otérminos de referencia.
Principio de publicidad y transparencia: Los procedimientos decontratación
administrativa son públicos, siendo obligación de la Municipalidad publicar en él o los
Sistemas de Información de Compra y Contrataciones de la Direcciónde Compras y
Contrataciones (DCCP), en la actualidad en la plataforma www. chilecompra.cl la
información básica relativa a sus contrataciones. Excepcionalmente y a fin de proteger
intereses de tercerospodrá establecerse reserva o secreto,mediante resolución fundada,
respecto de determinados antecedentes deque dispongaa propósito a con ocasión de
algún procedimientodecontratación administrativa.
Principio de economíay eficiencia: Deacuerdo a loscuales deberáadjudicarse al
oferente que, reuniendolos requisitos exigidos por la Institución, haya presentado la oferta
más conveniente a los intereses de la Municipalidad.
Principio de gratuidad de los documentos de laLicitación: Las Bases, sus
modificaciones y aclaraciones, la Adjudicación y el Contrato de Suministroo de Servicio
deberán estar siempredisponibles al público en el Sistema de Información en forma
gratuita.

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Lo anterior, sinperjuicio deaquellos casos que, por razones técnicas, no estén
disponibles en el citado Sistema, procediendo entregarlas enigualdad decondiciones a
todos los interesados.
Principio de ¡idoneidad técnica y financiera del proveedor adjudicado 0
adjudicatario: LaMunicipalidad deberá adjudicar la contratación de que se trate al
oferente que, de entre todos losparticipantes queacrediten idoneidad técnica y financiera
de acuerdo a las exigenciasestablecidas enlas Basesrespectivas,sea el más
conveniente para sus intereses.
Principio de integridad: La adjudicación de los contratos debe realizarsede acuerdo al
mérito de la propuesta.
Principio de indivisibilidadde las contrataciones: LaMunicipalidad no podrá
fragmentar o dividir sus contrataciones, con el propósito de omitir la aplicación de normas
legales o reglamentarias.
ARTÍCULO 3”. Glosario detérminos. Para los efectos de interpretación y aplicación
del presente Manual, los siguientes conceptostienen el significado quese indica a
continuación, ya sea en plural osingular:
Aclaraciones: Documento aclaratorio y/o interpretativo delas bases dela licitación,
emitido de oficio oa petición dealgún interesado en participarde la licitación y que tienen
por objeto complementar y aclarar dichas bases.Este es publicado enel sistema de
compras públicas,para conocimiento de todos losposibles participantes de la licitación.
Acta de recepción provisoria:Documento que certifica el término de las obras mayores
y/ío servicios contratados, conexpresa indicación de lafecha de cese de éstas,
iniciándose el proceso de pagocorrespondiente ó,en su caso,documento que certifica el
término de las obras con las observacionesque indica, estableciendo un plazo
determinado parasubsanarlas.Constará tambiénen esta acta, en caso decorresponder,
la fecha establecida para efectos de recepción definitiva, elnúmero de días de atraso,
para efectos de laaplicación delas multas.
Esta acta deberá ser firmada por el Inspector Técnico de Obra(ITO), por elcontratista, el
Director de la Unidad Ejecutoray el AdministradorMunicipal,
Acta de recepción definitiva:Documento emitido dentro delplazo que establezcan las
Bases y que certifica la recepción final y conformede las obras y/o servicios contratados,
una vez concluidoel plazo de garantía, autorizándose la devolución de los documentos de
garantía entregados por el contratista, debidamente endosados.
Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cualla Municipalidad al término
de un procedimiento de contratación administrativa adjudicaa uno o másOferentes la
licitación, para lasuscripción de un contrato desuministrosde bienes, oservicios, de
adquisición de bienes, de prestación de servicios ode ejecución de obras.
Adjudicatario: Oferente al cualle ha sido adjudicada su oferta o una cotización, en un
Proceso de compras de bieneso servicios, de prestación deservicios o deejecución de
obras, para la suscripción del contrato definitivo,
Antecedentes administrativos: Para los efectos de la aplicación del presente Manual, se
entiende por tales,los antecedentes legales, comerciales, de garantía y otros exigidos por
las respectivas Bases Administrativas.

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Aumento o disminución de obras: Consiste en lamodificación de las cantidades de
obras contratadas por laMunicipalidad yque se establecen en las BasesAdministrativas,
Técnicas y en el contratorespectivo, manteniendo losprecios establecidos originalmente.
Autoridad competente:El Alcalde, o enquien éstedelegue facultades en materia de
adquisición debienes, ejecución de obrasy contratación de servicios.
Bases: Conjunto de documentos aprobados por laMunicipalidadque contienen los
requisitos, condicionesy especificaciones, establecidos por laMunicipalidad, que
describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato
definitivo. Estas puedentener el carácter de Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Bases Administrativas:Documentos aprobados porla Municipalidad que contienen de
manera general y/oparticular, las etapas, plazos, mecanismos de consultas y/o
aclaraciones,criteriosde evaluación mecanismosde adjudicación,modalidades de
evaluación, cláusulas decontrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso
de compras.
Bases AdministrativasTipo: Aquellaselaboradaspor la Secplanenconjunto con ta
Unidad Generadora alas que debenajustarse las Bases Administrativas de las
licitaciones públicas y privadas que se realicen en la |.Municipalidad de Santiago
Bases Técnicas: Documentos aprobadospor la Municipalidad que contienen de manera
general y/oparticular,las especificaciones, descripciones, requisitos y demás
característicasdel bien oservicio a contratar o que debieran cumplirse en la ejecución de
las obras o servicios contratados
Bien: Todo objeto susceptible de apreciación económica y que prestealguna utilidad.
Catálogo deConvenios Marco: Lista de bienes y/o servicios y suscorrespondientes
condiciones de contratación, previamente licitados yadjudicadosporla Dirección de
Compras y puestos, a través del Sistemade Información plataforma www.chilecompra.cl o
la que haga sus veces, adisposición de las Entidades.
Comisión deEvaluación: Órgano de laMunicipalidadnombrado alefecto, al que, en un
proceso de compra, corresponde evaluar los antecedentes técnicos y económicos
presentados por los oferentes y entregar a la autoridad competentela propuesta de
adjudicación, sobre la base de la metodología de evaluación quesedetermine en las
bases respectivas.
En la Municipalidad esta Comisión estará integrada, por el Director de la Unidad
Generadora opor quienéste designe porel (o la) Directoría) de la Secplan o quien éste
designe y por el Directorde Administración y Finanzaso por quien este designe.
Cotización: Requerimiento de informaciónrespecto deprecios, especificaciones y
detalles del bien o servicio.
Contratista: Oferente adjudicado que celebra un contrato de adquisición o suministro de
bienes, de prestación deservicios, ó de ejecución de obras con la Municipalidad
Contrato de ejecuciónde obra: Contrato administrativo por el cuallaMunicipalidad le
encarga a un contratistala ejecución de una obra, quedebe efectuarse conforme a lo que
determinan lasBases Administrativas yTécnicas ylos planos siloshubiere, de una
licitación o deuna contratación o trato directo, estableciendo al tenordeellas, derechos y
obligaciones para la |. Municipalidad de Santiago y para el contratista.
Contrato de Suministrode Bienes Muebles: Aquelque tiene por objeto la compra o el
arrendamiento,inclusocon opción decompra, deproductos o bienes muebles, Un

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contrato será considerado igualmentede suministrosi el valor del servicio que pudiere
contener es inferioral cincuenta por ciento del valor tota! o estimado del contrato.
Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del
Estado encomiendan a una persona natural o jurídicala ejecución de tareas,actividades o
la elaboración deproductos intangibles. Un contrato seráconsiderado igualmente de
servicios cuando elvalor de los bienesque pudiesecontenersean inferiores al cincuenta
por ciento del valortotal o estimado delcontrato.
Dirección de Compras o Dirección: Dirección de Compras yContrataciónPública.
Ejecución de obra:Se entiende por tal, la construcción, reparación y/o mantención de un
inmueble, dispuestapor la Municipalidad.
Encargado del Proceso de Compras:Funcionariode la Municipalidad acargo de los
procedimientos internos de contratación administrativa (Administrador,Administrador
Suplente, Supervisores y Compradores)que determine el presente Manual.
Los procesos de licitación de monto superior a 100UTM serán de responsabilidad de la
Secplan y las menores a 100 UTMdel Departamento deAprovisionamiento de la
Dirección de Gestión Administrativa (ola unidad que cumplala función) ya las demás
unidades autorizadas, (Educación, Salud y otras)
Formulario: Formato o documentoselaboradospor laDirección deCompras y
Contratación Pública, los cuales deberán ser completados por las Entidades interesadas
en efectuar un Proceso de Compras,a través delSistemade Información y de otros
medios para la contratación electrónica.
Gasto Imprevisto:En la Administración, gastos con los queno se contaba y para los
cuales no hay crédito habilitado. Aquellos gastos inesperados para los cuales se deben
considerar recursoso modificar el presupuesto parasuplementar el item deimprevistos.
Guía de recepcióno Despacho: Documento que acredita laentrega del bien o servicio,
incluida la ejecución de obra menor, enfecha determinada, laque debe sersuscrita por la
Unidad generadoraque se establezcaal efecto en las BasesAdministrativas o Términos
de Referencia.
Inspector Técnicode Obras (ITO): Profesional dela Dirección de Obrasasignado para
fiscalizar el cumplimiento del contratode ejecuciónde obra.Entre sus funciones están
velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de lasespecificaciones técnicas,
impartir instrucciones relacionadas con la ejecución de la obra a travésdel Libro de
Obras, indicar al contratista los problemas que pudieren afectar al desarrollo del contrato,
visar estados de pago presentados porel contratistay efectuar la recepciónprovisoria de
las obras.
Inspector Técnicode Servicios (ITS):Funcionarioque asume el derechoy la obligación
de fiscalizar el cumplimiento de un Contrato de servicios.
Licitación o Propuesta Privada: Procedimiento administrativo excepcional de carácter
concursal para loscasos previstos porla ley, mediante el cual la Administración invita a
determinados proveedores para que, sujetándose a lasbases fijadas, formulen
propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará lamás conveniente para los
intereses municipales.
Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal
mediante el cual laAdministración realiza un llamado público,convocando aproveedores
para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales
seleccionará y aceptará la más conveniente para losinteresesmunicipales.

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Licitación declarada desierta: Aquellaasí declarada mediante resoluciónfundada
cuando mo sepresentanofertas o laspresentadas noresultan convenientes a los
intereses municipales.
Marco Presupuestario: Recursos financieros disponiblespara dar cumplimiento a los
compromisoseconómicos de la Institución.
Multa: Sanción pecuniariaque se aplicará al contratistapor el incumplimiento de las
condiciones establecidasen el contrato,debidamente certificado por la Unidad de
supervisión que corresponda. Su monto se determinará enla forma establecida en las
respectivas Bases Administrativas o Términos de Referencia.
Oferente: Proveedor que participa en unproceso de compra presentando unaoferta o
cotización.
Oferta: Promesa que se hace de dar, cumplir o ejecutar algo. Propuesta para contratar,
Oferta a Serie de PreciosUnitarios: Esla oferta entregada de valores unitarios fijos y
las cubicaciones o cantidades fijas o referenciales de laspartidas establecidas por la
entidad licitante. Los valores unitarios de esta oferta serán fijos a menos que lasbases de
la licitación estipulen algún tipo de reajuste de precios.Este tipo de ofertaserá de
adjudicación de carácter simple y/o multiplesegún lo indicado en las bases de lalicitación.
Oferta a Suma Alzada:Es la ofertaentregada quecontiene los valores y las
cubicaciones de las obras uobjeto de la licitación que se entienden como inamovibles. El
precio de estaoferta será fijo a menos que las bases de lalicitación estipulen algún tipo
de reajuste deprecios. Estetipo de oferta será de adjudicación de carácter simple.
Oferta inadmisible: Aquella que no cumple los requisitos establecidos por lasbases y/o
presentada fuera de plazo.
Plan Ánual de Compras:Corresponde ala lista de carácter referencial de bienes y/o
servicios quesean susceptibles de ser planificados para un año calendario, dentro del
municipio.
Plazo: Periodo que se fija para el cumplimiento de una obligación.
PresupuestoDisponible:Corresponde alvalor total del que dispone el Municipio para
desarrollar el objeto de la licitación.
PresupuestoEstimado: Es valor total estimado del objetode la licitación previsto por la
Unidad Técnica respectiva,a fin de determinar la asignaciónpresupuestaria respectiva
PresupuestoOficial: Es el resumen delestudio económico en donde se detallan las
cubicaciones,los preciosunitarios y el precio total del objeto de la licitación, el cual
representa la opinión oficialdel Municipio sobre el valor de loque se licita.
PresupuestoReferencial:Es el resumendel estudio económico en donde se detallan las
cantidades referenciales, los precios unitarios y el precio total del objeto de la licitación, el
cual representa la opinión oficial del Municipio sobre el valorreferencial de lo quese licita.
Proceso de compras: Corresponde al proceso de comprasy contratación de bienes y/o
servicios a través de algún mecanismoestablecido enla Ley de Compras y su
Reglamento incluyendo losconvenios marco, la licitación pública, la licitación privada, el
trato directo uotro.

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Las adquisiciones de bienes o contrataciones deservicios, incluidos losrelativos a la
ejecución de obras, seefectuarán en la Municipalidad o en las Direcciones de Salud,
Educación y todas aquellas que esténdebidamente autorizadas, a través de Licitación
Pública, Licitación Privada o Trato o Contratación Directa, o voluntariamente a través de
los ConveniosMarcosde conformidada lo establecido en la ley decompras, su
reglamento y elpresenteManual.
Para realizar estas adquisiciones y contrataciones seaplicará el proceso que corresponda
en cada caso,en el siguiente orden deprioridad: Licitación Pública, Licitación Privada y
en última instancia el trato directo y voluntariamentea través de Conveniosmarcos.
Propuesta a suma alzada: Aquella quecontemplaun precio fijo para la totalidad de las
obras que se ejecutarán,sin admitir sistema alguno de reajustabilidad.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupaciónde las mismas,
que puedan proporcionarbienes y/o servicios a las Entidades
Proveedor Inscrito: Proveedor que se encuentra inscrito en alguna de lascategorias del
Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección deCompras y Contratación Pública.
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores,a cargo de la
Dirección de Compras yContratación Pública, de conformidad a lo prescrito por la Ley de
N* 19.886, Leyde Bases sobre Contratos Administrativos, de Suministro yPrestación de
Servicios.
Resolución fundada: Acto administrativo que da cuenta de una orden escrita emanada
de Municipalidad que contiene, los motivos por los cuales se sustenta dichaorden,
Resolución de términode un procedimiento decontratación administrativa: Acto
administrativo que en laetapa final de una licitaciónpública, de una licitación privada o de
un trato directo, que seincorpora al portal de Chilecompra, resuelve adjudicar o declarar
desierta la licitación o trato directo, pronunciándose asimismo sobre laadmisibilidad o
inadmisibilidadde todaslas ofertas o cotizaciones recibidas.
Servicios Habituales:Aquellos que serequierenen forma permanentey que utilizan
personal de manera intensiva y directapara la prestación de lo requeridopor ta entidad
licitante, talescomo servicios de aseo, seguridad, alimentación, soporte telefónico,
mantención dejardines,extracción de residuos, entreotros.
Servicios Generales: Aquellos que no requieren undesarrollo intelectualintensivo en su
ejecución, de carácter estándar, rutinarioo de comúnconocimiento.
Servicios Personales:Son aquellosque en suejecución demandanun intensivo
desarrollo intelectual.
Sistema de Información: Sistema de Información de compras y contratación públicas y
de otros medios parala compra y contrataciónelectrónica de las Entidades de la
Administracióndel Estado, administrado y licitado por la Dirección de Compras y
compuesto porsoftware, hardware e infraestructura electrónica, de comunicaciones y
soporte que permite efectuar los Procesos de Compra. Plataforma www.chilecompra.cl o
la que haga susveces.
Solicitudes deMateriales: Correspondea la petición formal de adquisición de un bien o
contratación de un servicio de acuerdo al formato vigente, hecha por las distintas
Unidades Generadoras.
Solicitudes deMateriales Extraordinarias: Aquellas que obedecen arequerimientos
excepcionalesy que,fundadamente,son realizadas por las distintas Unidades
Generadoras.

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pervi. siCA» e ”27
ón administrativa:Funciónde control,
en losaspectosadministrativos de un
coo no u arden de compra, que debeefectuar la U
ni|dadGeneradorade la adquisición o
contratación deunbien, servicio 6 ejecuci
ón de obra.
> pto técnica: Funciónde control, en
los aspectostécnicosde un contrato u orden
pd mpra, que debe efectuarla
Unidad Generadora ó laque sea designadapara ello, de
a adquisición ocontratación deun bien,servici
o 6 ejecución de obra.|
pominos de Referencia: Conjunto dedisposiciones generales yespecialesaprobadas
por a Municipalidad
, en las cuales sedefinen las características y
objetivosparticulares
el bien o servicioque se desea o procede contratar por trato directo.
Trato o Contratación Directa:Procedimiento de contratación queporla naturaleza de la
ne e g g o o c c i i ación, debeefectuars
a ,esin la con currencia de losrequii ss i i tos señalado
Licitación Pública oPrivada.opa
Unidad de Compra:
Unidadencargada de realizar los procedimientosinternos de
contratación administrativa quedetermine el presente Manual.
L
a Unidad de compra encargada de losprocedimientos deadquisición y/o contratación de
bienes y serviciosy ejecución de obrasmayores a 100 UTM es la SecretaríaComunal de
Planificación, ytaencargada de las contrataciones de monto inferiora 100UTM es el
DepartamentoAprovisionamiento dela Dirección de Gestión Administrativa, Salud
Educación y otrasautorizadas.|
Urgencia: Cualidad de urgente.Necesidad o falta apremiante de loquees menester para
algún negocio.Inmediata obligación de cumplir una ley o unprecepto.
ARTÍCULO 4": De los rolesde losproveedores. Enatención aque elproceso de
compras contempla varias etapas, según sea cada una de ellas, el muntcipio define los
siguientes roles:
1. Antes de participar en un procesode compras:
Proveedores:Corresponden alas personas naturales o jurídicas,chilenas oextranjeras,
o agrupacióndelas mismas,que puedan proporcionar bienesy/o servicios a las
Entidades de laAdministracióndel Estado.
2. Dentro de un proceso de compras.
+Oferentes:Aquellosproveedores quehan presentado una oferta O
cotización.
o Adjudicatario:Aquela quien seacepta una
Oferente Adjudicadoo contrato.
oferta o cotización, pero aún no suscribeel respe ien noctiv seacepta la oferta
Oferente no adjudicado: Aquel a forma, en razóqu n de haberse adjudicado a otro
presentadaen tiempo y
oferente.
3. Una vez suscrito el contrato respectivo:
e celebra un contrato deobras, adquisición
ista:Oferente adjudicado qu s con la Municipalidad.
Ctro suministro debiey nes O prestación de servicio

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ARTÍCULO 5*: Plan Anual de Compras. Lasadquisicionesy/o contrataciones que se
realicen deberán formularse de conformidad y enla oportunidad determinada en el Plan
Anual de Compras.
Para estos efectos,las Direcciones Municipales y Aprovisionamientodeberán
confeccionar de acuerdo a las disposicionesvigentes, elPlan Anual deCompras
correspondiente al siguiente año calendario.
Para elaborar el Plan Anual de Compras la Dirección de Administración y Finanzas en
conjunto con la Secplanse basará en el presupuesto aprobadoen el mes de diciembre y
solicitará a las unidadesrespectivas la proyeccióndel año siguiente.

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DELOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE
CONTRATACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
ARTÍCULO6”: Lasadquisiciones de bienesylas contrataciones deservicios,
incluidos los de ejecución de obra, se efectuarán enla Municipalidad y en lasDirecciones
de Salud, Educacióny todas aquellas debidamente autorizadas, según elmonto de la
contratación de acuerdo a la siguiente estructura:
LicitacionesPúblicas
Licitación Pública Menor a 100 UTMCódigo L1
Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTMCódigo LE
Licitación Pública Mayor 1000 UTMCódigo LP
LicitacionesPrivadas
Licitación Privada porLicitación Pública anterior sinoferentesCódigo AÁ1
Licitación Privada porRemanente de Contrato anteriorCódigo B1
Licitación Privada porConvenios con Personas Jurídicas Extranjeras
Fuera del Territorio NacionalCódigo El
Licitación Privada porServicios de Naturaleza ConfidencialCódigo F1
Licitación Privada porotras causales, excluidas delaley de ComprasCódigo J1
Trato Directopor Adquisición menor a 100 UTM 10UTMCódigo CO
Trato Directopor Remanente de Contrato AnteriorCódigo B2
Trato Directopor Producto de Licitación Privada anteriorCódigo A2
Sin oferenteso desierta
Trato Directopor Proveedor ÚnicoCódigo D1
Trato Directopor Convenios con Personas JurídicasExtranjeras
fuera del Territorio NacionalCódigo E2
Trato Directo por Emergencia, Urgencia e Imprevisto
Trato Directopor Emergencia, Urgencia e Imprevisto(cotización)Código C2
Trato Directopor Emergencia, Urgencia e Imprevisto(OC)Código C1
Trato Directo por Servicios de Naturaleza Confidencial
Trato Directopor Servicios de Naturaleza Confidencial (cotización)Código F2
Trato Directopor Servicios de Naturaleza Confidencial
(Compra Directa (orden de compra))Código F3
Trato Directo por Naturaleza de la Negociación
Trato Directopor Naturaleza de la NegociaciónCódigo G2
(Trato Directo (cotización)
Trato Directopor Naturaleza de la NegociaciónCódigo G1
(Compra Directa (orden de compra))
Orden de Compra menor a tres UTM
Orden de Compra directa que podrá efectuarse fuera del sistema para las contrataciones
de bienes y servicioscuyos montos sean inferioresa3 UTM,
Orden de Compra sin Resolución
Este tipo deOC seUsa para emitir OC originadas en Convenios realizados por
Organismos Públicos,como por ejemplo Conveniosde la Subsecretaria del MOP para el
uso de todaslas direcciones, Licitaciones de suministros conjuntas, como porejemplo las

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de las FFAA. Engeneral para emitir OC originadasen Licitaciones deSuministros, en que
no es posible utilizar la OCtipo SE(por ejemplosi no seusó eltipo deadjudicación
Simple o Múltiple sin Emisión de OC). (De acuerdo con el artículo 3* letra b) estos
convenios no serigen por laley de Chilecompra)
Orden de Compra sin emisión automática deOC
Este tipo de Orden de Compra se usapara emitir OC directas generadas envirtud de un
convenio de suministro u otro licitadoen www.chilecompra.clPor launidad de compra en
la que se estegenerando opor cualquier otraUnidad del Organismo, enque se haya
usado el tipo de Adjudicación Simple sin emisiónautomática deOrden de Compra o
Múltiple sin emisión automática de Orden de Compra.
ARTÍCULO 7*:Forma deejecutary administrar las licitaciones
Las licitacionespúblicas y privadas deberán contarcon BasesAdministrativas y Técnicas
necesarias, lasque serán elaboradasen conjunto por la Secplan y laUnidadGeneradora
cualquiera que sea el montode la contratación.
Todas las etapas de los distintos procedimientosde contrataciónadministrativa deben
efectuarse a través de la plataforma www.chilecompra.cl o la que haga sus veces.
La informaciónque se proporcione através de lacitada plataforma ha deser Integra
siendo obligación la Secplan.,
1. Publicar correctamente los requerimientosexigidos parael bieno el servicio. Será
responsabilidadde la UnidadGeneradora entregaroportunay especificamente todas las
características del bien o Servicio, tanto a nivel técnico como económico.
2. Publicar los criterios de evaluación de ofertas
3, Fechas y Plazos
4. Datos adicionales que ayuden a aclarar la propuesta.
ARTÍCULO 8”:Circunstancia enque procede la licitaciónpública.Cuando no
se opte voluntariamente aplicar el procedimiento deconveniomarco,las adquisiciones de
bienes y la contratación deservicios,incluidoslosde ejecución deobra serealizarán a
través de licitación pública.Ésta serásiempre obligatoria, conlas excepciones la ley y el
reglamento establecen, cuando las contratacionessuperenlas 100unidades tributarias
mensuales (UTM).
Asimismo, podrá usarseeste procedimiento de contrataciónaún cuando sean
susceptibles deaplicación los de licitación privada o tratoo contratacióndirecta si la
Municipalidad asi lo dispone.
Este procedimiento de contratación serige porlasnormas deJa LeyN* 19.886 y por los
artículos 19 a 43 del Decreto Supremo N* 250de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus
modificaciones,

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1.Inicio del proceso; Unidad Generadora (DirecciónResponsable) revisa término de
contrato o petición de continuidad.
2.Envía a la Secplan la solicitud de la necesidadde licitar parasu visto bueno
Secplan realizaconsulta enel sistemaprevioa la confección de las bases
(precios, características de los bienes, tiempo de preparación de ofertas, etc.).
3.Revisa, apruebay envía a laDirección deAdministración y Finanzas para revisión
del presupuesto(en caso negativo vuelvea la Unidad Generadora)
4.Dirección de Administración yFinanzas revisa presupuesto
5.Sila Dirección deAdministración y Finanzas aprueba envia respuesta a Secplan y
Unidad Generadora (en casonegativo vuelve a la Secplan)
6.Secplan coordinala formulación de bases técnicas y especiales con la Unidad
Generadora y elaboran el documento conlas bases.
II,-REVISION DE BASES Y APROBACION
7.Las bases son enviadas a laDirección deAsesoríaJurídica para su visación
8.Una vez visadaslas bases por la Dirección de Asesoría Jurídica son enviadas a la
Secplan para que elabore laResoluciónde Aprobación, llamadoy publicación de
bases.(en casonegativo vuelven a laSecplan y Unidad Generadora para
reformulación)
9.La Secplan envíalas bases,la resoluciónde aprobación, llamadoy publicación de
las mismas a la Dirección deControl parasu aprobación.
10.La Dirección de Control recibe la documentación yla revisa
11.Una vez aprobada la Dirección de Control la envía a (él o la)Administradoría)
Municipal para sufirma.(en caso negativola devuelve a la Secplan)
12.Administrador(a)Municipal recibe la resolución junto con los antecedentes
13.Administrador(a)Municipal firma resolución y la envía a la Secretaria Municipal.
14.Secretaría Municipal recibe resolución y los antecedentes
15.Secretario(a) Municipal firmaresolución
16.Secretario(a) Municipal distribuye resolución a todos los involucrados (Unidad
Generadora, Secplan, Asesoría Jurídica, Administración y Finanzas, Control,
Administrador(a)Municipal)
11I.-PUBLICACIÓN
17.Secplan debe publicar en el portal Chilecompra elllamado a licitación (a través de
formulario de bases disponible en el sistema de Información)
18.Es publicada la licitación
19.Oferentes revisanantecedentes de la licitación
IV.-CONSULTAS
20.Oferentes realizan consultasa través del portal
21.Secplan, baja consultas y petición de aclaracioneshechas por los oferentes y las
envía a la UnidadGeneradora.
22,Unidad Generadora respondey aclara
23.Unidad Generadora envía respuestas yaclaraciones a la Dirección de Asesoria
Jurídica para su revisión y aprobación.
24.Asesoría Jurídicarevisa y envía las respuestasy aclaracionesa la Secretaria
Municipal para su protocolización.(En caso negativo las devuelve a la Unidad
Generadora)
25.Secretaría Municipal protocoliza las respuestas y aclaraciones
26.Secretaría Municipal las envíaa la Secplan

Tabla 16 (página 17 (ocr) (texto) · 47 filas)

28.Secplan publica respuestas y aclaraciones en el portal deChilecompra
29..Se cierra el plazopara recibir ofertas
Y.- APERTURA DE OFERTAS
30.Vencido el plazo de presentación sechequea que existanofertas
31.En caso de no existir ofertas se declara desierta la licitacióny se termina el
proceso
32,Si existen ofertas los oferentes debenentregargarantia deseriedad de la oferta en
ta oficina de partesde la Secretaria Municipal.
33.Secretaría Municipal recibe las garantias las envía a la Tesorería Municipal para su
custodia e informaa la Secplan de las garantias recibidas.
34.Tesoreria Municipal custodia las garantías
35.Secplan verificainforme de las garantías abre, desde el portal, las ofertas
administrativas y técnicas solicitadas a tos oferentes enla fecha indicada en el
calendario de lalicitación, verificando quetengantodos losantecedentes
solicitados en presencia del Secretario Municipal como ministro defe
36.Secretario(a) Municipal emite un actade apertura de la licitación respectiva
37.Secplan envía ofertas a la ComisiónEvaluadora (Unidad Generadora,Dirección de
Administración y Finanzas y Secplan)
VI.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
38.La Comisión Evaluadora (Secplan,Direcciónde Administracióny Finanzas y la
Unidad Generadora) revisa las ofertas (administrativasy técnicas) recibidas y
solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica emitir un Informe sobrelos oferentes
para definir los queson sujetos de evaluación en términoseconómicos.
39.La Dirección de Asesoría Jurídicaemite informe sobreoferentesevaluables e
informa a la Comisión Evaluadora. Paralelamente informaa la Tesorería Municipal
sobre los oferentesno evaluables,
40.Tesorería, con elinforme de oferentes no evaluables,procedeadevolver las
garantías de seriedad de la oferta deestos oferentes
41.La Comisión Evaluadora revisalas ofertas económicas delos oferentes
“evaluables” de acuerdo al informe de Asesoría Juridica y aplica pauta de
evaluación segúnlas bases, analiza y emiteinforme de Evaluación en el que
presenta una propuesta de adjudicación.
42.Envía propuesta aAdministrador(a) Municipal para su visación.
NOTA:En este punto se enlaza lacontratación deserviciospersonales
especializados cuando corresponda
43.El (o la) Administrador(a) Municipal,recibe elinforme ,evalúa losoferentes para
decidir y visa el informe
Vil.- ADJUDICACION
44.Se verifica el monto de la licitación yel informees enviadoa la Secplan
45.En los casos en que el monto de la licitación no supere las 500 UTM,la Secplan y
la Unidad Generadora confeccionanla resolución,
46.Para licitaciones cuyo monto sea igual o superior a 500UTM osetrate de una
concesión, la Secplan lo incorpora enel escritorio digital.
47.La Secretaria Municipal lo incorpora en la sesión de comisión que corresponda
48.La comisión de Concejo revisa los antecedentes.
49.La adjudicación dela licitación o contrato pasaa sesión ordinaria de Concejo
50.Al ser aprobado pasa a la Secplan para la confección de la resolución (se une con
el punto N* 45; encaso de ser negativo vuelveal punto N?42).

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51.Secplan y la UnidadGeneradora confeccionan resoluciónde adjudicación y la
envían a la Direcciónde Controljunto con todoel expediente parasu visación.
52.La Dirección de Control una vezvisado lo envía para la firma deAdministrador(a)
Municipal. (En caso de ser negativo lo devuelvea la Secplan).
53.Administrador(a) Municipal firmaresolución y laenvía a la Secretaría Municipal (en
caso de ser negativolo devuelvea la Direcciónde Control)
594.Secretaria Municipal firma la resolución
95.Secretaria Municipalenvía unacopia firmadaa la Secplany Unidad Generadora
para que sea publicada en el portal Chilecompra.
56.Secplan y Unidad Generadora reciben copia dela resolución
57,Secplan publica la adjudicaciónde la licitación en el portal
.- CONTRATO
58.El oferente adjudicado acepta (através del portal).
59.En caso que oferenteno aceptese procede según las bases.
60.Secplan y la UnidadGeneradora envían informe a AsesoríaJuridica para la
redacción del contrato.
61.La Dirección de Asesoria Jurídica redacta el contrato y loenvíapara la firma del
Administrador(a) Municipal
562.Administradoría) Municipal recibe y revisa el contrato
63.Administrador(a) Municipal firmay lo devuelve ala Direcciónde Asesoria Jurídica
64.La Dirección de Asesoría Juridica se contactacon oferenteadjudicado para firma
del contrato.
65.Oferente adjudicadorevisa el contrato
66.Oferente adjudicadofirma el contrato y lo entrega en laDirección de Asesoría
Jurídica junto con la garantía defiel cumplimiento de contrato.
67.La Dirección de Asesoría Jurídica envía lagarantia defiel cumplimiento del
contrato a la Tesorería Municipal, envía copiadel contratoy copia de la garantía
de fiel cumplimiento del contratoa la Secpian ya la UnidadGeneradora y envía el
contrato a la Secretaría Municipal
68.Tesorería recibe la garantía y seencarga de sucustodia
69.La Secptan y la Unidad Generadora reciben lacopia de lagarantia y del contrato
a la Secretaría Municipal.
70.Secretaría Municipalrecibe contrato
71.Secplan y Unidad Generadoraenvían informea la Tesorería Municipal para que
devuelva garantía deseriedad de la oferta a losoferentes no adjudicados
72.Tesorería devuelvegarantiasde seriedadde la oferta a los oferentes no
adjudicados
73,Oferentes no adjudicados reciben garantías porseriedad dela oferta
74,Secretaria Municipalredacta resolución de aprobación decontrato y envía a la
Secplan una copia de la Resolución a la Secplan y a la UnidadGeneradora. En
caso de tratarse decontratospor montos iguales o superioresa 500 UTM la
aprobación debe efectuarse pordecreto alcaldicio.
75.Secplan y la UnidadGeneradorareciben copiade la resolución de aprobación del
contrato
76.Secplan publica la resolución deaprobación delcontrato enel portal.

Tabla 18 (página 19 (ocr) (texto) · 33 filas)

UNIDADSECRETARIAASESORIA —ADMINISTRACIÓNCONTROLADMINISTRADOR(A)'SECRETARIA (0)
GENERADORAPLANIFICACIÓNJURIDICAY FINANZASMUNICIPALMUNICIPAL
|REMSAR TERMO DEorormanDaO Y, |'
1CONTRATOMA MANCIAMIENTO $ ASESTHO
PETICIÓN COMUNIDAD |"LLAMADO B
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Tabla 19 (página 20 (ocr) (texto) · 44 filas)

LICITACIÓNPUBLICA
UNIDADASESORIA — SECRETARIA (O)PORTAL
GENERADORA5 ECPLANJURÍDICAMUNICIPALCHILECOMPRAOFERENTETESORERÍA
. po_
Y|pumucaR 1LOBASES 1;REVISA|
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YABRIR OFERTASo,
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ANato doAA O

Tabla 20 (página 21 (ocr) (texto) · 27 filas)

LICITACIÓN PUBLICA
Í- PRECCIÓN DE.l|7
: ADMESTRACIÓN YSEERADORASECPLAN [COMISIÓN
¿COMISIÓNEVALUADORA]ADMIMASTRADOR 4] MUNICIPAL| SECRETARIO (4) MUNICIPAL
Evan —UALLACORA;
REYRAR OFERTAS TECNICAS Y ECONOMICAS KR—KáÁa++
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E APLICARIPALTA.E EXALIACIONALASCFERTAS |.alOA.
|EJALUABLESSEGÚN LASASESúlA :
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—AÑh ads+al
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E a OEEIN

Tabla 21 (página 22 (ocr) (texto) · 43 filas)

OFERENTES
UNIDAD GENERADORA' SECRETARIA ¡PLANIFICACIÓNAGESOHIA JUFIDEEAPORTALADMI MNISTRADORA] UNICIPAL,OFERENTE ADJUDICADOSECRETARIA MUNICIPAL|TESORERIA —EVALUADOS NO ADJUDICADOS
AN----
3
I|
: o PROCEDERSEGUMBASES *-: ---NO
Loe
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LEINFORMEASURIDICO PARAE
|REDACCIÓN DE CONTRATOCONTRATO
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¡CONTRATO |..——q CONTRATO
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COPIA CONTRATO YGARANTÍA CONTRATO¡GARANTIA¡ SARANTÍA
CONTRATO *=>:MCONTRATO
NS-—167
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¡:CONTRATO
:!10h
| INFORMA A TESOR4 ERÍA PARA DEVOLUCIÓN¡ ¡o(| |EDsEVpUEL a VE ]. 1 DEDE SERIEDA > SARANTÍAS DELAS
- DE GARANTIAS DESERIEDAD LAS OFERTAS'| 1]" ilSERIEDAD DE LAS] OFEaRrTAS
RESOLUCION DElOFERTAS —w478]
] iAP |ROBACION DE: CONTRATO
1]
|lO RESOLUCIOMDEAPROBACION DE:
|| CONTRATOho ———i
¡
"PUBLICACIÓN:
o,eDELA
ERESOLUCION
IE3]
5mmsaaaAAAATco
I I, JA
l;:FIN
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!1

Tabla 22 (página 23 (ocr) (texto) · 36 filas)

ARTICULO 9*bis: Lasetapas de una licitación pública deContratación deServicios
Personales Especializados
En lo que respecta a lasetapas de:
1.- CONFECCIÓN DE BASES
H.-REVISIONDE BASES Y APROBACIÓN
11l.-PUBLICACION
W.-CONSULTAS
V.-APERTURA DE OFERTAS
Enlo que respecta al punto VI.-Evaluación delas ofertas serealiza un proceso distinto
quesevuelvea conectar conel proceso delicitación pública en el número 43 del
procedimientopara continuar normalmente en loque respectaa Adjudicación yContrato.
VI.-EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadoraverifica la idoneidad de losoferentes según diversos
aspectos establecidos enlas bases (antecedentes académicos, trayectoria laboral,
encuestas a clientes, etc.)
La Comisión Evaluadoraordena a losoferentes porpuntaje, de acuerdo a las
bases,informando a través del portal deChilecompra.
Los oferentes seleccionados presentan sus ofertas técnicas y económicas a través
del portal de Chilecompra.
La comisión evaluadora revisa las ofertas técnicas y económicas y lasenvía a la
Dirección de Asesoría Jurídica
enLa Dirección de Asesoría Jurídica emiteinforme para devolución de garantías
Envía copia delinforme ala Tesorería Municipal. En elcaso de los noevaluables
la Tesorería procede a devolver boletasde garantía deseriedad de la oferta
aLos Oferentes noevaluables retiran garantías en al Tesorería Municipal
La Comisión Evaluadoraaplica pauta de evaluacióna los oferentesevaluables
según las bases
La Comisión Evaluadora establece un ranking con los oferentes
10.La Comisión Evaluadora procede a negociar con el proveedor de más alto puntaje
en el ranking
11.Si el oferente noacepta sepuede negociar con los quesiguen
12.Se declara desierto si el primero o ningún oferente acepta
13.Secplanpublicainforme en el portal
14.En caso de quealgún oferente acepte se informa al Administradoría) Municipal y
se cumple con elpunto N*13
15.Administradora)Municipal aprueba yel proceso pasa a Adjudicación de la
licitación en forma normal

Tabla 23 (página 24 (ocr) (texto) · 33 filas)

| SELECCIONAR ALOS MEJORES PUNTAJESDE1PRESENTAN DERTAS
0 ACUERD DO A LAS BASES | o—ECONOMICAS|| |
A:a
Ñ[!
ñ AA|
, |o||DEVOLUCION|
|o=p!ValesGARANTIAS DE
|_ REVISAROFERTASTECNICAS Y ECONOMICAS —L— p.OFERENTES -MÁinte
EVALUABLES:OFERENTES NO
A ¡4AER 2018]EVALUABLES+
nr OS| GARANTÍA|!
APLICAR PAUTADE EVALUACIÓN ALASSERIEDAD DELA!|
| OFERTAS EXALUABLES SEGÚN LAS Bases *sl| OFERTA
|ESTABLECER RANKING
IA|
NEGOCIAR COR OFERENTE EX
a]
|
:
IDEGLARAR DESIERTO AEEa.: - —1. poPUBLICAR .1
||_RESULTADO y
||43
i4
o .—Epb-.AA
Y
- INFORME ADNINISTRADOR(A) MUNICIPAL Po
-——--—ve¡
AB,|
j—
¡!A A
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:LICMA CIÓN
|I
|

Tabla 24 (página 25 (ocr) (texto) · 38 filas)

ARTICULO 10”:De las basesadministrativas yespecificaciones técnicas.
Las Bases de la licitación deberán establecer las condiciones que permitanalcanzar la
combinación másventajosa entre todos los beneficios del bien o serviciorequerido,
incluidos los de ejecución de obray todos sus costosasociados, presentes yfuturos. En
la determinación de las condiciones de las Bases, laMunicipalidad, deberánpropender a
la eficacia, eficiencia, calidad de los bienes y servicios que se pretende contratar y ahorro
en sus contrataciones. Las Bases no podrán afectar el trato igualitarioque la |.
Municipalidad deSantiago debedar a todos los Oferentes, ni establecerdiferencias
arbitrarias entre éstos.
En la Municipalidad, las Bases Administrativas y técnicas serán elaboradas por la Secplan
junto con las Unidades Generadoras según corresponda, debiendo ajustarse en lo
sustancial, a lasBases Administrativas Tipo formatoChilecompra (formulario de bases
disponible en el sistema de información)
Las bases deberántener el siguiente contenido mínimo en concordancia con el articulo 22
del reglamento debases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de
servicios:
Las Bases podránser aclaradasy complementadas, las cuales deben sersubidas al
portal Chilecompra, quien posteriormente notifica a todos los proveedores.
ARTÍCULO 11”:De la publicación del llamadoa licitación en el sistema. Este
deberá publicarseen el Sistemade Información, plataforma www.chilecompra.cl o la que
haga sus veces,en la Municipalidad por la Secplan y deberá contener al menos la
siguiente información:
1. Descripción delbien y/o servicio a licitar.
2. Nombre de la Entidad Licitante.
3. Modalidades y fechas para lasaclaraciones a las Bases.
4. Fecha y horade la recepción y apertura deantecedentes legales,comerciales
garantías y otros yde las ofertas económicas y técnicas.
5. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.
6. Nombre completo y correo electrónico del Encargado del proceso de compras.
En la Municipalidad el Administrador Municipal, con el objeto de aumentar ladifusión del
llamado, si se cuenta con la autorización presupuestaria pertinente, podrá disponer que
éste se publiquepor medio deuno o más avisosen diarios o medios decirculación
internacional, nacional o regional,según sea el caso.
ARTÍCULO 12”:De la recepción de consultasde los proveedores.En el plazo
establecido al efecto en las respectivas Bases Administrativas, los proveedores realizarán
consultas a éstas,a través del Sistema de Información, plataforma www.chilecompra.cl o
la que haga sus veces.
Corresponderá a la Secplan bajarlas consultas de los oferentes en proceso el mismo día
de recepción e iniciar el proceso de respuesta, en losplazos fijados en las bases

Tabla 25 (página 26 (ocr) (texto) · 42 filas)

ARTÍCULO 13: De las respuestas a las consultas de los proveedores y su
publicación en elsistema.
Una vez que lasrespuestas yaclaracioneshayan sido enviadas por la Unidad
Generadora, para elvisto bueno deAsesoría Jurídica y la protocolización dela Secretaría
Municipal la Secplan las publicará,sobre la base de las preguntas formuladas por los
proveedores a través del Sistema de Información,plataforma www.chilecompra.cl o la que
haga sus veces.
Esta será la única instancia en quela |, Municipalidad de Santiago podrá tener contactos
con los proveedoresa excepción que las respectivas Bases Administrativascontemplen
las visitas a terrenoo cualquier otrocontacto, especificándolo.
Excepcionalmente,en caso de indisponibilidadtécnica de la plataforma,debidamente
certificada por la Dirección de Compras, las preguntas, respuestas y aclaraciones podrán
realizarse por escritofuera del citado Sistema.
ARTÍCULO 14”:Entrega demuestras ovisitas a terreno, encaso que
corresponda.
Si la naturaleza delbien o servicio,incluida la ejecución de obras lo requiere, las Bases
Administrativas contemplarán presentación demuestras o visitas a terreno, las que
deberán presentarseo efectuarse durante el periodo o fecha, horario, formay en el lugar
establecido al efectopor las citadasbases,
Las muestras de losbienes deberántraer individualizada en su parte exterioruna etigueta
adhesiva que contenga el nombreo razón social del oferente,el nombredel producto
ofrecido, de acuerdoa la denominación entregada por la |. Municipalidad deSantiago. Si
se ofrece más de una alternativa debe asignársele un N* correlativo a cada una de ellas e
indicarse el total dealternativas ofrecidas. Las muestras debenentregarsecon Guía de
Despacho debidamente detallada,que será recibida, con timbrey firma del funcionario
que indiquen las Bases.
En el caso de servicios que según las bases respectivas requieran visitas a terreno, éstas
no serán obligatorias, salvo que las bases asi lo determinen, para los proveedores que
desean participar ydeberán constar en un documento llamadocertificación de visita a
terreno, que deberáponerse a disposición de losinteresados.
ARTÍCULO 15”:De la apertura de losantecedentes administrativos y
técnicos
En el día, hora yforma que determinen lasBases Administrativas respectivas, se
efectuará el Ácto deapertura virtuala través de laplataforma informática Chilecompras de
requisitos administrativos (antecedentes legales,comerciales, garantías yotros). En el
caso de boletas de garantía que sedeban entregar, estás se harán en la oficina de partes
de la Secretaría Municipal, quien las enviará ala Tesorería municipal parasu custodia.
Una vez que la Secretaría Municipal haya informado a la Secplan de la recepción de las
garantías, la Secplan procederá aabrir las ofertas en presenciadel Secretario Municipal
como ministro de fe,quien levantaráun acta del proceso.
Al finalizar el actode apertura virtual, la Secplan ingresarádichos antecedentes al
expediente de la licitación, quedando a disposición de la comisión evaluadora para su
examen.

Tabla 26 (página 27 (ocr) (texto) · 24 filas)

ARTÍCULO16":De la revisión de antecedentesadministrativos, ytécnicos
La ComisiónEvaluadora (Unidad Generadora, Dirección de Administracióny Finanzas y
Secplan) estará facultada parasolicitara los oferentes fotocopias o copias legibles de
antecedentespresentados quehayan sido observadospor ella por ilegibles, o bien para
que se acompañecopia o fotocopia legalizada de antecedentes que se hayan presentado
en fotocopiasimple, cuando las bases así lo exijan. Asimismo se requerirápúblicamente
se entreguenaquellos antecedentes faltantesque en las bases permitancompletar o
presentar dentro del plazo en ellas establecidos.
La comisiónevaluadora, revisará losantecedentesde acuerdo con las exigencias
contenidas en las respectivasbasesy solicita uninforme sobre los oferentes a la
Dirección deAsesoría Jurídica.
La Direcciónde Asesoría Juridica emite un informepara que la Comisión Evaluadora
continúe el proceso con aquellos que cumplieroncon las bases.
ARTÍCULO17”:De la aceptación orechazo de los antecedentes
Para los casosen que cumplen conlas bases seprocederá su aceptación, si no
procederá surechazo.
En caso de rechazo deberá registrarse clara y especificamente el requisito incumplido,
El rechazo delosrequisitos implica descartar laofertadel proveedor, dejándola fuera del
proceso de licitación.
La aceptacióndelos requisitospermitirárevisar las ofertas económicas.
ARTÍCULO18:DevoluciónGarantía por Seriedad de las Ofertas
La municipalidaddevolverá las garantias por concepto de seriedad de laoferta a los
oferentes quela Dirección de AsesoríaJurídicadetermine no evaluables entérminos de
oferta económicapor no cumplir con lasbases.Para estos efectos, dicha Dirección debe
informar a laTesorería Municipal.

Tabla 27 (página 28 (ocr) (texto) · 45 filas)

ARTÍCULO 19”:De la aperturade ofertaseconómicas de los oferentes que
cumplieron conJos requisitos administrativos y técnicos.
En el día y hora señalada en el cronograma delas Bases, seprocederá a laapertura de
las ofertas económicas, ingresadas ala plataforma www.chilecompra.cl o ala que haga
sus veces, de los oferentes que hayan cumplido con los requisitos solicitados en las
bases y que, según informe de la Dirección de Asesoria Jurídica sean evaluables.
La apertura de ofertas económicas seefectuará por la Secplanen presencia de los demás
miembros de la Comisión Evaluadorasiendo obligación de la Secplan:
1. Revisar laplataforma www chilecompra.cl; bajar las ofertas económicas de los
oferentesque hayan cumplidocon los requerimientos administrativosy técnicos de
las bases.
2. Informar silos oferentes tieneno no servicios contratados con Chileproveedores.
Sin perjuicio delo anterior y porrazones técnicas debidamente certificadas por la
Dirección de Compras y Contrataciones, se podrán recibir lasofertas económicas y sus
antecedentes derespaldo, en soporte papel,en el domicilio indicadoen la Bases
Administrativas, hasta el último día del plazo establecido en las bases parapresentación
de las ofertas y en el horario de atención que lamunicipalidadfije al efecto.En este caso
corresponderá alEncargado del Proceso de Compras la custodia de las ofertas recibidas
en soporte papel, de los archivosdigitales materialmenterecibidos y de todos los
documentos acompañados, debiendodisponer las medidas queaseguren suinviolabilidad
y correcta conservación, hasta la fecha de apertura de las ofertas.
ARTÍCULO 20:De la evaluaciónde las ofertas.
Estará a cargo de la Comisión deEvaluaciónquien analizará los antecedentes que
constituyen las ofertas económicas, aceptadas enel sistema
Para funcionar válidamente esta Comisión requerirá de laasistencia de todos sus
miembros. Los Acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los miembros que asistan.
Los miembros dela Comisión Evaluación, no podrán tener conflictos de intereses con los
Oferentes, de conformidad con lanormativavigente al momento de laevaluación,
debiendo dejarseconstancia de aquello en el informe de evaluación.
Si alguno de los miembros de la Comisión de Evaluación tuviere conflicto de intereses con
al menos uno delos oferentes deberá marginarse de la citadaComisión. LaComisión se
integrará con quien designe.
Durante el periodo de evaluación, losOferentesno podrán mantener contacto alguno con
la 1. Municipalidadde Santiago, conexcepción de la solicitudde aclaraciones y pruebas
que pudiere requerir ésta a través dela Comisión de Evaluación, mediante el sistema de
información.
La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes quesalven erroresu omisiones
formales, siempre y cuando las rectificacionesde dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes unasituaciónde privilegiorespecto delos demás
competidores, esto es, en tanto nose afectenlos principiosde estricta sujeción a las
bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud alresto de las
oferentes a travésdel Sistema de Información,
La evaluación delas ofertas se efectuará a través de un análisis económicoy técnico de
los beneficios y los costos presentesy futuros del bien y servicio ofrecido encada una de
las ofertas, de acuerdo a los criteriosde evaluación, puntajesy ponderaciones definidos
en las respectivas Bases Administrativas, como por ejemploel precio dela oferta, la

Tabla 28 (página 29 (ocr) (texto) · 33 filas)

experiencia de losOferentes,la calidadtécnica de los bienes y/oserviciosofertados, la
asistencia técnicay soporte, los serviciosde post venta, el plazo de entrega,los recargos
por fletes y cualquier otro elemento relevante.
En aquellos casos que seanecesariocontar conopiniones especializadas estas se
requerirán a los funcionarios de la |. Municipalidad deSantiago oinstituciones externas,
en la forma que sedetermine en las Basesrespectivas.
El pronunciamiento de los funcionarios deberá emitirsedentro del plazo establecido en las
Bases, constituyendo obligación funcionaria a su respecto. En el caso deinstituciones
externas se regirán por el contrato respectivo.
La Comisión de Evaluación emitirá un informe dirigidoal ( o la) Administrador(a) Municipal
con la proposición de adjudicación suscrito por todos los miembros, gueconsidere el
pronunciamiento de la comisión.
ARTÍCULO 21*:De las Atribucionesdel Alcaldeen las Adjudicaciones:
Las atribucionesdel Señor Alcalde deSantiago seencuentrandelegadasen el (o la)
Administrador(a) Municipal deacuerdocon el Reglamento 339del 6 de Diciembre de
2008
Dado lo anterior el (o la) Administrador(a)Municipal,una vez emitido el informe de la
Comisión Evaluadora, podrá considerar la proposiciónpresentadapor ésta, yprocederá a
adjudicar o declarar desierta lalicitaciónenforma total o parcial,todo ello en resguardo
de los intereses del Municipio.
La decisión de adjudicar determinada oferta, no queda condicionada al precio de las
ofertas presentadas o sobre aspectos exclusivamenteeconómicos,sino que se evaluarán,
además, todos los factores establecidos en las respectivas Bases Administrativas que
permitan establecer las condiciones másventajosas para los intereses municipales dentro
de los parámetros razomables de labuena administración.En consecuencia, la
Municipalidad, sereserva elderecho arechazar algunas o todas las ofertas, que no
cumplan con lascondicionesy requisitosestablecidos en las Bases Administrativas y
demás antecedentes técnicos de lalicitación, aproponentes que seencuentren
inhabilitados paracontratar con ella o sínolas estimara convenientes para los intereses
Municipales, o bien aceptar cualquiera deellas, fundamentandopor escritosu decisión,
aunque no sea lade menor monto.
El (o la) Administrador(a) Municipal enviarásu decisión oficial, fundada en el informe de la
comisión de evaluación a la Secplan paralaconfección de la resolución
24

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ARTÍCULO 22”: De la dictaciónde Resolución deadjudicación, declaración
dedesierta o desestimación de las ofertas.
LaSecplan deberá redactar la resolución. EstaResolucióndeberá serdictada según las
siguientes reglas:
1.Procede declararinadmisibleuna o varias ofertascuando éstas no cumplen los
requisitos establecidos por lasbases. Este es un pronunciamiento obligatorio que
debe consignarse en la Resolución detérmino, esto es, enla que adjudica o
declara desiertauna licitación, toda vezque dicharesolución debe pronunciarse
respecto de todas las ofertas presentadas.
2.Procede adjudicar un procedimientode contratación administrativa, cuando
aplicados los criterios contenidos enel artículoanterior atodas las ofertas
válidamente presentadas unade ellas, resulta más convenientea los intereses de
la Municipalidad,indicando las razones que fundamentan ladecisión. Si de la
aplicación de los citados criterios varias ofertasobtienen igual calificación, la
decisión de determinar a cual de ellas se adjudica depende de la autoridad
señalada en el inciso primerode este articulo, quiendeberá fundamentar la opción
elegida.
Procede declarardesierta una licitacióncuando aella no sepresentan ofertas.
Deberá dictarseresolución fundada quedeclare desierta la licitación señalando tal
circunstancia y los antecedentes dondeésta consta(plataformawww.chilecompra.
cl).
4.Asimismo procede declarardesiertauna licitación cuandotodas las ofertas
presentadas noresultan convenientesa los intereses dela Institución. La
Resolución que asi lo declaredeberá serfundada.
Lasmaterias que deberá considerar la Resolución son los siguientes.
a)Numero de ofertas presentadas, número de ofertas que cumplieron con los
requisitos administrativos solicitados enlas bases ynúmero deofertas que ho los
cumplieron y señalar el motivo, declarando su inadmisibilidadfundada en tales
motivos.
b)Número de ofertas, que cumpliendo los requisitosde las bases de acuerdo al
procedimiento deevaluación objetivo contenido en ellas, no resultan convenientes
a los intereses dela institución, indicando las razones que lo fundamentan.
c)La adjudicacióna la oferta que, cumpliendo con los requisitosde las bases, de
acuerdo a un procedimientode evaluación objetivo contenido en ellas, haya
resultado la másconveniente.
d)El código que identifica la licitación enel sistema de información de contratación
pública.
e)El ítem presupuestario al que serán imputados los pagos
ARTÍCULO 23: De laadjudicación de lalicitación en el sistema Chilecompra
o declaración de desierta o inadmisibilidad, según corresponda.
Laresolución de adjudicación será publicadaen la plataforma www.chilecompra.cl o la
quehaga sus veces, enla fecha indicada en elcronogramacontenidoen las respectivas

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ARTÍCULO 24? Dela Aprobacióndel Concejo Municipal:
Conforme a lo establecido en elartículo65 letra 1) de la Ley N*18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidadesen el caso que las propuestas de adjudicación, se
refieran a contratosiguales o superiores a 500UTM, requieren para su contratación por el
Alcalde del acuerdofavorable del Concejo.
En el caso de propuestas de adjudicación queden originena contratos quecomprometan
al municipio por unperíodo que trasciendan del periodoalcaldicio vigente, se requerirá el
acuerdo de los dos tercios de los Concejales, previoa la dictación del Decreto o
Resolución de Adjudicación respectivo.
ARTÍCULO 25* Dela Notificación aOferenteAdjudicado:
La notificación del Decreto o Resolución de Adjudicación oDesestimación de la licitación,
se hará a través del portal Chilecompra unavez quelaSecretaría Municipal entregue
copia de la resolución de adjudicación a laSecplan.Noobstante lo anterior se podrá
además notificar aladjudicatario enforma personal en laSecretaría Municipal, o bien,
mediante el envio de carta certificada, en cuyo caso se letendrá por notificado al tercer
día de su recepciónpor la Oficina deCorreos.
Sin perjuicio de loanterior para los efectosdel artículo41 dei reglamento de la Ley
19.886, el adjudicatario se entenderá pornotificadotranscurridas 24 horas hábiles,
después de ser publicado el Decreto o Resolución de Adjudicación en el sistema de
compras y contrataciones públicas.
ARTÍCULO 26": De la suscripción del contrato.
Procederá siempresuscribir contratos porinstrumentopúblico o privado, según lo
establezcan las bases en las licitaciones superiores a 100 UTM, y una vez que el oferente
adjudicado haya reemplazado la boleta de seriedad de la oferta por la de cumplimiento de
contrato, solicitadaen las bases Administrativas. Este contrato será redactado por la
Dirección de Asesoría Jurídica del Municipio.
ARTÍCULO 27”: Del envío de laorden decompraalproveedor.
Una vez firmadoel contrato respectivo, por partedeladjudicado, sepublicará la
adjudicación en elsistema, éste entrega una orden de compra, que debe enviarse al
oferente adjudicadodentro de las 24 horas siguientesa lacitada publicación, en el caso
que sea con emisión de Orden de Compra automáticay si es un contratode suministro
que mo tiene dicho documentoautomáticamentelasemite el Departamento de
Aprovisionamiento cada vez que requiera del servicio omaterial.
La orden de compra se entenderánotificadaluego detranscurridas 24 horas desde su
publicación.
Corresponderá a laSecplan realizareste procedimiento, entiempo y forma.
ARTÍCULO 28*: Propuestas noaceptadas
Los oferentes cuyaspropuestas no fueren aceptadas oadjudicadas, no tendrán derecho a
indemnización deninguna especie,procediéndose adevolver sus garantías una vez
firmado el contratopor el oferente adjudicado.

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ULO 29": Delas Bases Administrativas Tipo ysu contenido.
cipalidad dispondrá de Bases Administrativas Tipo,elaboradas por la Secplan. A
eberán ajustarse las Bases Administrativas de losprocedimientosde licitación
o privada.
ses Administrativas Tipo y las queajustadas a ellas se elaboren, deberán contener,
uaje preciso ydirecto las siguientes materias:
Los requisitosy condiciones quedeben cumplir los Oferentes para que sus ofertas
sean aceptadas.
Las especificaciones de los bienes y/o servicios que se quieren contratar, las
cuales deberán ser genéricas, sin hacer referenciaa marcas específicas. En el
caso que seanecesario hacer referencia a marcasespecíficas, deben admitirse,
en todo caso, bienes o servicios equivalentes de otras marcaso genéricos
agregándosea la marca sugeridala frase "o equivalente”.
Las etapas yplazos de la licitación, los plazos y modalidades de aclaración de las
bases, la entrega y la aperturade las ofertas, laevaluación de las ofertas, la
adjudicacióny la firma del Contrato de Suministro yServicio respectivo y el plazo
de duración de dicho contrato.
La modalidadde pago del Contrato de Suministro y Servicio.
El plazo de entrega del bien y/o servicio adjudicado.
La naturalezay el monto de las garantías que la Institución estime necesarias para
asegurar la seriedad de las ofertas presentadas y el fiel y oportunocumplimento
del contrato definitivo, así como la forma y oportunidad en que se devolverán a los
oferentes dichas garantias. Losmontos de las garantías deberán ser suficientes,
de manera de asegurar la seriedad de las ofertas yel cumplimientodel contrato
definitivo, según lo dispone el artículo 38 de la ley 18.695
Los criteriosobjetivos que, sobre la base de puntaje y ponderación, serán
consideradospara decidir la adjudicación, atendidola naturaleza delos bienes y
servicios quese licitan, la idoneidad y calificación delos Oferentes y cualquier otro
antecedenteque sea relevantepara efectos de laAdjudicación. Son factores a
evaluar, entreotros, el precio delas ofertas, la experiencia de losoferentes, la
calidad técnica de los bienes y/o servicios ofertados, la asistencia técnica y
soporte, los servicios de post venta, el plazo de entrega, los recargos por flete.
El nombre completo del funcionario de la Municipalidad o Dirección de Educación
o Salud y lasotras autorizadas, encargado del Proceso de Compras yel medio de
contacto, si fuese procedente.
El mecanismode designación dela comisión encargada de la evaluación de las
ofertas.
Los miembrosde la comisión evaluadora, si existiera,no podrán tenerconflictos de
intereses conlos Oferentes, de conformidad con la normativa vigenteal momento
de la evaluación. En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista
gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán
ser evaluadaspor una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o
externos al organismo respectivo, de manera degarantizar la imparcialidad y
competenciaentre los oferentes.Excepcionalmente,y de manera fundada, podrán
integrar estacomisión personasajenas a la administración y siempre en un
número inferior a los funcionarios públicos que laintegran. La entidad licitante
podrá proveera la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido
prestigio enlas materias técnicas a revisar en los procesos delicitación. La
integración de la comisión evaluadora se publicaráen el Sistema deInformación
de Compras yContratación Pública.”.
so de estimarse pertinente podrá establecerseen ellas la prohibición de
ratar impuesta al proponente adjudicado y las circunstancias y alcances de tal

Tabla 32 (página 33 (ocr) (texto) · 13 filas)

Asimismo, podrán contemplarse puntajes o ponderaciones derivadosdel cumplimiento de
normas queprivilegien elmedioambiente, contratación de discapacitadosy demás
materias dealto impacto social. Estos puntajes o ponderacionesno podrán,en caso
alguno, ser los únicos que se consideren para determinar la adjudicación de laoferta más
conveniente,
Las Bases de la licitación deberán establecer las condiciones quepermitan alcanzar la
combinaciónmás ventajosaentre todos los beneficiosdel bien o servicio requerido.
En la determinación de las condiciones de las Bases,la Municipalidad, deberápropender
a la eficacia,eficiencia, calidad de los bienes y servicios que sepretende contratar y
ahorro en suscontrataciones.
Las Bases nopodrán afectar el trato igualitario que laMunicipalidaddebe dar atodos los
Oferentes, niestablecer diferencias arbitrarias entre éstos.
Las Bases podrán ser aclaradas y/o complementadaspor la Municipalidad, lasque serán
notificadas alos proveedores en conjunto con las respuestas y aclaraciones.

Tabla 33 (página 34 (ocr) (texto) · 16 filas)

ARTÍCULO 30”: Circunstancias en queprocede la licitación privada.
Este procedimiento de contratación administrativa es excepcional, aplicándose en las
siguientes circunstancias:
1. Sien laslicitacionespúblicas respectivas no se hubieren presentadointeresados,
aplicándose como primer procedimiento de contratación administrativa,
2. Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un
contratoque haya debido resolverseo terminarseanticipadamentepor falta de
cumplimiento del contratista u otrascausales, y cuyo remanente nosupere las
1000 UTM.
En estos casosel Procesode Compras y Contratación deberá efectuarsea través del
Sistema de Información, plataforma www.chilecompra.clo el que hagasus veces,
aplicándose losprocedimientos relativos a lalicitación pública establecidos enel presente
Manual, según corresponda.
En estos casosla Secplan deberá publicar en la plataforma www.chilecompra.cl o en la
que haga sus veces la Resolución fundadaque autoriza la procedencia dela licitación
privada, dentrode 24 horas contadas desde su fecha de dictación. Además deberá
individualizar a los oferentesque sena invitados a participaren ésta.

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V. PARTE
DE LA CONTRATACIÓN PORTRATO DIRECTO.
La contratación o trato directo procederá únicamenteprevio DecretoAÁlcaldicio o
Resolución dictada por el Administrador Municipal, debidamente fundados y que autoricen
en razón de las circunstancias que enumera el articulo 8%de la Ley19.886.-y artículo 10
del decreto 250 de 2004del Ministeriode Hacienda :
ARTÍCULO 31”: Contratación directa por falta deinteresados enllamado a
licitación.
Si enuna licitación privada llamadacon ocasiónde haberse declarado desierta una
licitación pública no sehubieren presentado interesados,se podráefectuarcontratación
directaefectuando mínimo tres cotizaciones.
Procedimiento:
1.Dictar la Resolución que autorice el procedimientode contratación o trato directo y
apruebe sus términos de referencia.
NPublicar en el sistema Chilecompra la Resolución ylos términos de referencia.
3.Apertura antecedentes administrativos, técnicosy económicos en caso de
proceder.
a +Se hace la apertura económicade ofertas y se imprime el cuadro comparativo.
Se entregan losantecedentesa la comisiónde Evaluaciónpara queanalice las
ofertas y deje constancia dela propuestadeadjudicación en elinforme de
evaluación.
6.Debe haber autorización delConcejo paracontratar si el montoes igual o
superior a 500 UTM.
7.Se dicta la Resolución de adjudicación, declara desierta o inadmisibilidad de las
ofertas.
8.Se debe suscribircontrato, si procede.
9.Se envía la ordende compra alproveedor, encasode proceder.
ARTÍCULO 32”: En caso de resolución o terminación anticipada decontrato.
Si setratara de contratos que correspondieran ala realización oterminación de un
contrato que haya debido resolverse oO terminarseanticipadamente por falta de
cumplimiento del contratante u otrascausales, y cuyo remanenteno supere las 1.000
UTM.
Procedimiento:
1.Dictar la Resolución que autorice el procedimientode contratación o trato directo y
apruebe sus términos de referencia.
2.Publicar en elsistema www.chilecompra.cllaResolucióny los términos de
referencia.
3.Apertura antecedentes administrativos, técnicosy económicos en caso de
proceder.
aSe hace la apertura económicade ofertas y se imprime el cuadro comparativo.
Se entregan losantecedentesa la comisiónde Evaluaciónpara queanalice las
ofertas y deje constancia dela propuestadeadjudicación en elinforme de
evaluación.
6.Debe haber acuerdo favorabledel Concejopara contratar siel monto es igual o
superior a 500 UTM.
AResolución de adjudicación enlas condiciones y montos que proceda.
8.Suscribir contrato, si procede.

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9,Se envía la orden de compra al proveedor, en caso de proceder.
ARTÍCULO 33": En casosde emergencia, urgencia o imprevisto.
Éstasserán calificadas mediante DecretoAlcaldicio o Resolución del Administrador
Municipal o de quien ejerzaesta facultad en virtud de delegación expresa debidamente
fundadas, sin perjuiciode las disposiciones especiales paraloscasos de sismo y
catástrofe contenida enla legislación pertinente. Se requiere una cotización.
Procedimiento:
1.Autorización previa dela Municipalidad para la contratación por procedimiento de
excepción de unproveedor para resolver una situación deemergencia, quien dará
su visto bueno,en caso de proceder.
NSolicitar cotización al proveedor.
3.Recibir la cotización del proveedor.Si la cotización es aceptada se autoriza la
entrega del bien oservicio sin contar con la Resolución que lo autorice
previamente. Sila cotización es rechazada por no resultarconveniente se busca a
otros proveedores.
4,Dictar Resolución de “Téngase por autorizada la contratación”si el monto del bien
o servicio contratadoes inferior a 10UTM, ó de "Eximese del procedimiento de
licitación públicay privada y autorizase la contratación directa”si el monto del bien
o servicio contratadoes igual o superior a 10 UTMLaResolución deberá
publicarse dentro de las 24 horas siguientes en la plataformawww.chilecompra.cl,
o ta que haga sus veces.
5.Emisión de orden decompra. Se emite orden de compraal proveedor en el
sistema chilecompra bajo el procedimiento de “excepción” correspondiente.
ARTÍCULO 34”: Si sólo existe un proveedor del bien o servicio.
Tal circunstancia deberá acreditarse y consignarse en la Resolución previa que autorice el
empleode este procedimiento de contratación, sobre la base delasargumentaciones y
antecedentes acompañadospor la unidadgeneradora, en susolicitud de pedido, de
acuerdo a lo señalado en este Manual. Se requiere una cotización.
Procedimiento:
1.Se pide autorizaciónprevia a la autoridad competente parala contratación por
procedimiento de excepción del únicoproveedor existente delbien o servicio.
2.Pedir cotizaciónal proveedor.
3.Dictar Resolución de“Autorizase lacontratación directa”siel monto del bien o
servicio contratado esinferior a 10UTM, ó de “Eximasedel procedimiento de
licitación públicay privada y autorizase la contratación directa”si el monto del bien
o servicio contratadoes igual o superior a 10 UTM,LaResolución deberá
publicarse dentro de las 24 horas siguientes en la plataformawww.chilecompra. cl,
O la que haga sus veces.
4.Emisión de orden decompra. Se emite orden de compraal proveedor en el
sistema chilecompra bajo el procedimiento de “excepción” correspondiente.
5.Emitir orden decompraen el sistemawww.chilecompra.cl bajoel procedimiento de
“Excepción” correspondiente.
ARTÍCULO 35": Sise tratara de convenios de prestación de servicios a
celebrar con personas jurídicas extranjeras.
Estassólo procederánen el evento quetales servicios deban ejecutarse fuera del

Tabla 36 (página 37 (ocr) (texto) · 53 filas)

ULO 36": Si se trata de servicios de naturaleza confidencial.
asoque su difusión pudiere afectar laseguridad o el interés nacional, los que serán
inados por Decreto Supremo. Se requierede una cotización y no está sujeto a
ciónen la plataforma www.chilecompra.cl
ULO 37”: En razón de la naturaleza dela negociación.
, cuando en virtud de ella existan circunstancias o características delcontrato que
deltodo indispensable adquirir un bien, unservicio o de encargar laejecución de
ra através de la contratación o trato directo, fundamentándolo en conformidad a
delos criterios contenidos en el N*7 del artículo 10 del Decreto Supremo 250 de
el Ministerio de Hacienda, que a continuación se reproducen, requiriéndose una
ión:
a.Si se requiere contratar la prórroga de un Contrato de Suministro oServicios, o
contratar servicios conexos, respecto deun contrato suscrito conanterioridad,
por considerarse indispensable para lasnecesidades de la Entidad y sólo por
el tiempo en que seprocede a un nuevo Proceso de Compras, siempre que el
monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM.
b,Cuando la contratación se financiecon gastos de representación en
conformidad a las instrucciones presupuestarias correspondientes.
c.Cuando pueda afectarse la seguridad eintegridad personal de lasautoridades
siendo necesario contratar directamente con un proveedor probado que
asegure discreción yconfianza.
d.Si se requiere contratar consultoríascuyas materias se encomiendan en
consideración especial de las facuitadesdel Proveedor que otorgará el servicio
o ellas se refierana aspectosclavesy estratégicos fundamentales para el
cumplimiento de lasfunciones,por locual no pueden ser sometidas a un
Proceso de Compraspúblico.
e.Cuando la contratación de que setrate sólo pueda realizarse con los
proveedores que sean titularesde los respectivos derechos de propiedad
intelectual, industrial,licencias, patentesy otros.
fCuando por la magnitud e importanciaque implica la contratación se hace
indispensable recurrir a un proveedor determinado en razón de la confianza y
seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en la provisión de los
bienes o servicios requeridos, ysiempre que se estime fundadamente que no
existen otros proveedores que otorguenesa seguridad y confianza.
g.Cuando se trate de la reposición ocomplementación de equipamiento o
servicios accesorios, que deben necesariamente ser compatibles con los
modelos, sistemaso infraestructura previamente adquirida porla respectiva
Entidad.
h.Cuando el conocimiento públicoque generaría el proceso licitatorio previo a la
contratación pudieraponer enserioriesgo el objeto y la eficacia de la
contratación de quese trata.
,Cuando se trate deadquisiciones de bienes muebles a oferentes extranjeros
para ser utilizadoso consumidos fuera de Chile en el cumplimiento de las
funciones propias dela entidad adquirente, y en las que por razones de idioma,
de sistema jurídico,de sistemaeconómico o culturales, u otra de similar
naturaleza, sea deltodo indispensable acudir a este tipo decontratación,
según lo dispone el Decreto 620de 2007.
j.Cuando el costo de evaluación de las ofertas, desde el punto de vista
financiero o de utilización de recursoshumanos, resulta desproporcionado en
relación al montode la contratación y ésta no supera las 100
UnidadesTributariasMensuales.
k.Cuando se trate dela compra de bienes y/o contratación de servicios que se
encuentren destinados a la ejecución deproyectos específicos o singulares, de
docencia, investigación o extensión, enque la utilización del procedimiento de

Tabla 37 (página 38 (ocr) (texto) · 43 filas)

licitación públicapueda poner en riesgo el objeto yla eficacia del proyecto de
que se trata. Enestos casos,las entidades determinarán pormedio de una
resolución,disponible en elSistema de Información, losprocedimientos
internos que permitan resguardarla eficiencia,transparencia, publicidad,
igualdad yno discriminación arbitrariaen esta clasede adquisiciones.
|, Cuando habiendorealizado unalicitación pública previa para el suministro de
bienes o contratación de servicios no se recibieranofertas o éstas resultaran
inadmisibles porno ajustarse alosrequisitos esenciales establecidos en las
bases y lacontratación es indispensable para el organismo.
m. Cuando setratede la contrataciónde serviciosespecializados inferiores a
1.000 UTM,de conformidad con lo establecido enel artículo 107 del Decreto
2507 2004 del ministerio de Hacienda
ARTÍCULO 38”: Contrataciones inferioresa 10 UTM
En estos casos el fundamento de la Resolución que autorizala contratación se referirá
sólo al monto de la misma ysu publicación seentenderá efectuada al completar y cursar
el formulario electrónicode la respectivacotización,por el Departamento de
Aprovisionamiento (o launidad quehaga sus funciones) enla plataforma
www.chilecompra.cl ola quehaga sus veces.
Se requiere contar con trescotizaciones,salvoque concurran las causales de las letras
c), d), f) y g) del artículo 8* de la Ley N” 19.886.u otra norma legal que asílo establezca.
El plazo mínimo quedebe mediar entre la publicación de lasolicitud decotización y la
recepción de las ofertasse fijará porla municipalidad atendiendoel monto y la
complejidad de la adquisición considerando particularmente eltiempo requerido para que
los proveedores preparen sus ofertas, contodoel plazo mínimo que debemediar entre la
publicación de la solicitud de cotizacióny larecepción delas ofertas será de 5 días
corridos anteriores ala fecha de recepción de las ofertas. Noobstante, elplazo señalado
anteriormente podrá rebajarse a 48 horasen elevento de quese trate dela contratación
de bienes y serviciosde simple y objetivaespecificación y que razonablemente conlleve
un esfuerzo menor enla preparación de las ofertas. En estecaso este plazo no vencerá
en días sábados, domingoso festivos, nien undía lunes antes de mediodía cuando la
adquisición se ha publicadoel día viernesanterior, según lodispone el Decreto 1562 de
2006.
Las cotizaciones querealicela Municipalidad,y las Direcciones de Educación y Salud y
las otras autorizadas,a través del Sistemade Información serán siempre abiertas a todos
los Proveedores.
Excepcionalmente, sepodráinvitar a un mínimode tres Proveedores del rubro de manera
selectiva. Dichos Proveedores, deberánestardirectamenteinvolucrados en negocios
relacionados con losbienesy servicios objetode los Términos de Referencia. Procede
elegir a aquellos respectode los cuales setenga una cierta expectativa de recibir
respuestas a las cotizacionessolicitadas.
La Municipalidad, podráefectuar lacontratación, cuando habiéndose solicitado
cotizaciones abiertassólo recibe a lo menosuna oferta y el resto de los invitados se
excusa o no muestra interésen participar.
33

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TÍCULO 39*: De la materialización delas contrataciones inferiores a 10
M
Resolución que autoriceel procedimiento de contratación o trato directo y apruebe
sus términos de referencia.
Publicar en el sistemaChilecompra laResolución del llamado ylos términos de
referencia.
Apertura antecedentes administrativos, técnicos y económicos encaso de que sus
términos de referencia así lo establezcan. En caso de no habersesolicitado se dan
por cumplidos los requerimientos.
Se hace la apertura económica de ofertas y se imprime el cuadrocomparativo por
el encargado del proceso de compras, quien tiene las obligacionesseñaladas en el
presente Manual.
Se entregan los antecedentes ala Comisión de Evaluación,quetendrá la misma
composición de la establecida para licitaciones públicas mayoresde 10 UTM para
que analice las ofertasy deje constancia de la propuestade adjudicación en el
informe de evaluación.
Resolución de adjudicación, o quedeclara desiertas o inadmisibleslas ofertas.
Se envía la orden de compra al proveedor, en caso de corresponder a través de la
plataforma www.chilecompra.cl ola quehaga sus veces.
En todos los casos señalados anteriormente, deberá efectuarse el Proceso de
Compras y Contratacióna travésdel Sistema de Información, salvo en los casos
señalados en el artículo62 del decreto 250/ 2004 del ministerio deHaciendadel en
los que podrá utilizarse voluntariamente.
cedimiento:
1.Autorización previa a laMunicipalidad para la contrataciónpor procedimiento de
excepción de proveedorindicadoen razón de la naturaleza de la negociación.
2.Solicitar cotización al proveedor.
3.Dictar Resolución queAutorizala contratación directa siel monto del bien o
servicio contratado esinferior a10 UTM, ó la que Eximedel procedimiento de
licitación pública y privada y autoriza lacontratación directasi elmonto del bien o
servicio contratado esigual o superiora 100 UTM. Las señaladas resoluciones
deberán publicarse dentro delas24 horas siguientes enla plataforma
www.chilecompra.cl, o la que haga sus veces.
Emisión de orden de compra.Se emite orden de compraalproveedor en el
sistema www'.chilecompra.cl bajoel procedimiento de “excepción”correspondiente.
fundamentos deben incluirse en la Resolución e indicar claramente las circunstancias
configuran alguna de lascausalesprecedentemente reproducidasy no limitarse a
tuar una mera transcripciónde ellas.
estos casos el fundamento de laresolución previa que autorizael empleo del
cedimiento de contratación administrativa denominado trato directo indicará el monto a

Tabla 39 (página 40 (ocr) (texto) · 30 filas)

DELINFORME DEEVALUACIÓN.
ARTÍCULO 40": Informe de Evaluación.
Documento emitido porla Comisiónde Evaluación correspondiente en los procesos de
licitación pública, licitación privada otrato directo, en caso de corresponder,que da cuenta
del examen y evaluaciónde lasofertas técnicas y económicas aceptadas por la
Municipalidad de Santiago, presentadas por losoferentes.
En laslicitaciones públicas,licitaciones privadas y contratación o trato directo que
requieran más de unacotización este informeserá obligatorio y contendrá al menos lo
siguiente:
1.Fecha de emisión.
Individualizaciónde los integrantes de laComisión de Evaluación ydel documento
del cual emanasu designación.
Identificación delas ofertasevaluadas.Bastará para estos efectos la que conste
en el cuadro comparativo deofertas queentregue el sistema www.chilecompra.cl,
o de los formularios de oferta económica que el Municipio haya entregado en e!
proceso de licitación.
Informe técnicode laUnidadespecializada. Que contendrá un análisis técnico de
tos beneficios ylos costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido en cada
una de las ofertas,de acuerdo alos criterios de evaluación, puntajes y
ponderacionesdefinidos enlas respectivas Bases Administrativas, como por
ejemplo el precio de laoferta,la experiencia de los Oferentes, la calidad técnica de
los bienes y/o servicios ofertados, la asistencia técnica y soporte,los servicios de
post venta, el plazo de entrega, los recargos por fletes y cualquier otro elemento
relevante.
Evaluación de las ofertas enrelación precio, calidad, condiciones anexas, historial
de los oferentesen la Municipalidad, etc. de cada una de las ofertas, con sus
respectivos puntajesy fundamentos,en caso de proceder ytodas aquellas
condiciones quese hayan incorporado en las Bases Administrativasy técnicas.
Propuesta de adjudicación,indicando las opciones en orden decreciente que se
consideren convenientes alos intereses institucionales, esto, en caso que no
cumpla el oferente adjudicado.

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Vil.PARTE
DE LASGARANTÍAS.
ARTÍCULO 41”: De la garantía de seriedad de la oferta.
Los oferentes en unalicitación pública o privada superior a 100 U'TM deberán entregar por
concepto de garantía de seriedad de laoferta dinero en efectivo, BoletaBancaria de
Garantía, vale vista,tomadospor el propiooferente a nombredel Tesorero Municipal o de
la |. Municipalidad de Santiago. El montode esta garantía ysu vigencia seestablecerán
en las Bases Administrativasrespectivas,teniendo en consideración el valorneto del bien
a adquirir, del servicio a prestar o de laobra a ejecutar yel perjuicio que una oferta
carente de seriedadocasionaría a la Municipalidad.
Esta garantia deberátener elcarácter de irrevocable. Se entregará por el oferente el día y
hora fijada en la agenda como cierre dela licitación en lasdependenciasde la Unidad
Generadora de la licitación ysu devolución se efectuará unavez suscritoel contrato de
que se trate (incluidala nuevagarantía por el contrato) o unavez notificadala Resolución
que declare desiertata licitación.
ARTÍCULO 42": De la garantía de fiely oportuno cumplimiento.
El adjudicatario deberá garantizar elfiel y oportunocumplimientodel contrato
coetáneamente a su suscripción, en conformidad a loestablecido por las Bases
respectivas, entregando paraestos efectos una Boleta Bancaria de Garantía, vale vista o
Póliza de Seguro de Ejecución inmediatatomada por el propio oferentea nombre del
Tesorero Municipalo de la|. Municipalidad de Santiago. Esta garantíase exigirá de
conformidad con elartículo 38 de ja ley 18.695 cuando a juicio de Municipalidad, se den
las condiciones paraello.
Su vigencia y montose determinará en las respectivas Bases Administrativas, Términos
de Referencia, segúnse trate.
Esta garantía deberátener elcarácter deirrevocable. 5e entregará al tiempo de suscribir
el contrato cuyo fie! yoportuno cumplimiento garantiza.
ARTÍCULO 43": De la custodia de lasgarantías.
Corresponderá custodiar las garantías quese reciban con ocasión de algúnprocedimiento
de contratación administrativaa la Tesorería Municipal (Unidad de Custodiade Valores).
Para ello los Departamentoso Unidades que las reciban deberán remitirlasa la brevedad,
individualizándolas,con expresa indicación del plazo de vigencia, a fin deque se tomen
las medidas necesarias parasu oportuna renovación o ejecución, en caso deproceder.
ARTÍCULO 44*: Devolución de lasgarantías de seriedad de laoferta a los
oferentes evaluados.
Una vez recibida laboleta degarantía delcontrato por partedel oferente adjudicado, se
procederá a devolver las boletas de garantía de los oferentes cuyas propuestas fueron
declaradas evaluables por laDirección deAsesoría Jurídica.Para tal efecto la Dirección
de Asesoría Jurídicaenvía lagarantía delcontrato a la Tesorería y ésta unidad procede a
la devolución.
36

Tabla 41 (página 42 (ocr) (texto) · 25 filas)

La garantíadeseriedad de la oferta se podrá hacer efectiva en lossiguientescasos:
a)Si el oferente sedesiste desu ofertadurante el periodo devalidez de la
garantía. Se entenderá pordesistida una oferta, cuando el oferente haga
presente a Municipalidad su decisiónde no seguir participando en el
proceso de compra. Tal presentacióndeberá informarse por la vía más
expedita al Encargado delProceso deCompras afin de excluir la o las
ofertas desistidas de la etapa siguiente y solicitar se informe por la
Dirección de Asesoría Jurídica acercade la procedencia de hacer efectiva
la citada boleta.
b)Si el adjudicatario no haceentregade la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, en lafecha estipulada enlas bases
administrativas otérminos dereferencia.
c)Si el adjudicatario no proporciona ala, Municipalidad losantecedentes
exigidos en la Bases Administrativasrespectivaspara la elaboración del
contrato.
d)Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo establecido por la
Municipalidad.
En los casosde las letras b),c) y d) laDirecciónde AsesoríaJurídica,solicitará a la
Tesorería Municipal hacer efectiva la citadaboleta.
La garantía defiel y oportunocumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, entre
otros, en los siguientes casos:
ajEn caso de incumplimiento gravepor parte del contratista de las
obligaciones establecidas enel contrato.
bjEn caso de notoria insolvencia del contratista.
c)Cuando concurraalguna de las causales de terminacióndel contrato,
establecidas en las respectivas bases administrativas.

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VIII. PARTE
DE LAS SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO.
ARTÍCULO46": De la determinación de lasmultas.
En las Bases Administrativas o enlos Términosde Referencia según corresponda se
establecerá el montode las multas aaplicar en caso de incumplimiento de lascondiciones
establecidaspara laentrega de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de las
obras.
Su monto se determinará en lasrespectivasBases Administrativas, Términos de
Referencia, según se trate.
ARTÍCULO47”: De la tramitación de las multas.
La Unidad Generadora encargada de la administración del contrato emite informe a la
Dirección deAsesoría Jurídica, con el detalle y cálculo de multas a aplicar a un contrato y
solicita su informe favorable.
Recibido el informefavorable, la Unidad Generadora confecciona la Resoluciónde Multa y
la envía, sin númeroni fecha, al Administrador Municipal para su firma.
La Unidad Generadora informa a laDirección deAdministración y Finanzas,en el oficio
conductor del expediente de pagorespectivo,de la aplicación de la multa para su
descuento delpagocorrespondientey en la formaque lo determinen las bases.

Tabla 43 (página 44 (ocr) (texto) · 43 filas)

IX.PARTE
DE LA FORMALIZACIÓNDE LASCONTRATACIONES.
ARTÍCULO 48": De laformalizaciónde las contrataciones.
Las contrataciones seformalizarán através dela suscripción delcorrespondiente
instrumento u órdenes de compras según el caso,de conformidad a las normas que a
continuación se establecen.
Procederá la suscripción de instrumento Público oOPrivado, cualquiera sea el
procedimiento de contratación empleado,cuando elmontodela adquisición o prestación
de servicio, sea superior a 100 UTM.Sin perjuicio deloanterior, se suscribirá un
documento respecto demontos inferiores cuando lanaturaleza de las adquisiciones de
bienes, las prestaciones de servicios,incluida laejecución de obras, se requiera
resguardar los interesesinstitucionales. Para tal efecto ladecisión será del Administrador
Municipal.
Para el caso de ejecución de obras mayores procederásiempre lasuscripción de
instrumento Público o Privado.
En el caso de los convenios marcos no se requerirásuscripción de documento público o
privado, debiéndose previamente dictar laresoluciónrespectiva.
Procederá la suscripciónde órdenes decompra y/oserviciosrespecto de adquisiciones
de bienes y/o contrataciones de prestaciones de serviciospormontos iguales o inferiores
a 100 UTM, incluidas lascontrataciones anuales o semestralesrenovables. Estás órdenes
de compra y/o serviciosserán las que entrega la plataforma www.chilecompra.cl o la que
haga sus veces y debencontener lo siguiente:
a) Individualización del contratista.
b) Precio.
c) Descripción del bien o servicio.
d) Forma de pago.
e) Garantías exigidas en casos de corresponder.
f) Condiciones de contratación (plazo y lugarde entrega, modalidad de entrega,
etc.).
g) Otra informaciónrelevante no contemplada enel modelo de dichaplataforma.
Respecto de las adquisiciones o contrataciones inferioresa3 ¡TM y que no se hayan
efectuado a través de lacitada plataforma, debidoa queelproveedorno se encuentre
inscrito en dicho sistemade información,se emitiránlos formatos de órdenes de compra
y/o servicio de la Municipalidad de Santiago.
El Decreto Alcaldicio oResolución de Adjudicacióndarálugar a la celebración de un
contrato, el que deberáser firmado porlas partes,el cual deberá reducirse a escritura
pública cuando el montocontractual seasuperior alas 500UTM. En caso contrario, se
procederá a la suscripción de un instrumento privado.Loscontratossuscritos por la
Municipalidad serán redactado y confeccionados por laDirección de Asesoría Jurídica
Municipal, de conformidad con el plazo que al efectoseestablezcaen las Bases
Administrativas correspondientes.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de AsesoríaJuridica estaráfacultada para
determinar la celebración de uncontratodecarácter público Oo privado
independientemente delmonto a contratar, según lascaracterísticas, condiciones y grado

Tabla 44 (página 45 (ocr) (texto) · 51 filas)

de complejidaddel objetode!
contrato.Lo anterior,con el propósito de salvaguardar los
intereses Municipales.
ARTÍCULO 49". Requisitos para suscribir elcontrato
Tratándose depers
onasjurídicas, será requisito para la suscripción del respectivo
contrato que eladjudicatario realice laentregaen la Dirección de Ase
soría Jurídica
Municipal, de los siguientes antecedenteslegales:
a) Copia autoriz
ada ante notario dela escritura de constitución de la sociedad y sus
modificaciones, si las hubiere:
b) Copia de la publicación en elDiario Oficial del extracto de laescritura de
constitución y de sus modificaciones, si las hubiere;
c) Copia dela inscripción social vigente con todas las anotacionesmarginales,
otorgadapor el Conservador de Bienes Raíces en conformidad con el Registro de
Comercio, con unaantigúedad nosuperior a30 días:
d) Copia delrol único tributario
e) Copía autoriza
da de la escritura pública enque conste larepresentación legal, si
fuere distinto al señalado en el pacto social oen el acta desesión deDirectorio, en
su caso,
f Tratándose de Sociedades Anónimas se deberá acompañar copia autorizada ante
notario del acta desesión de la Junta de Accionistas o del acta delDirectorio o
mandato,reducidaa escritura pública, en la cual conste la personería del
representante legalde la sociedad.
Las Bases Administrativasde la licitación respectiva podrán definir formasalternativas
para la entrega de los antecedentes legales, así como también establecer lapresentación
total o parcial delos documentos exigidosa través del sistema electrónico del Registro de
Proveedores delEstado.
Sí el adjudicatario no entrega los antecedentes ogarantias solicitadas ono firmare el
contrato dentro del plazo estipulado paraello, se lehará efectivala garantíade seriedad
de la oferta, entendiéndosedesistido de ella.
ARTÍCULO 50%
Si por causa noimputablea la Municipalidad de Santiago, el contrato no seperfecciona
en el plazo estipulado, quedará facultada paraadjudicar la licitación ala segunda
proposición de adjudicaciónen la lista deprecedencia, y si ésta no la acepta,a la tercera
y así sucesivamente, o rechazará todas las propuestas sí ello resulta conveniente para los
intereses Municipales, sinperjuicio dehacer efectivas las boletas degarantía por
concepto de seriedad de laoferta y ejercerlas acciones legales que procedan.
ARTÍCULO 51"
El contrato suscrito entreel adjudicatario y laMunicipalidaddeberá ser aprobado
mediante la dictación de la Resoluciónde aprobación de contrato respectivo, de cuyo
trámite estará acargo laSecretaría Municipal. En caso de tratarse de contratos por
montos igualeso superiores a 500 UTM la aprobación debeefectuarsepor decreto
alcaldicio.
ARTÍCULO 52*o|Lacontrato
El adjudicatariono podrádar inicio a susobligaciones, sino unavez suscrito el e
por las partes, salvo que las bases hayanestablecido una fecha distinta. Para el caso que
e! contrato se inicie conjuntamente con laentrega del terreno, esta última deberá constar
en un acta firmada por elcontratista y elDirector de la Unidad encargadao en quien lo
delegue, docume que da inicio alnto que f contrato dormará parte d eberá ser entel expedie regada a lante administra Secretaría Ctivo Una c omunal deopia del acta Planificación.

Tabla 45 (página 46 (ocr) (texto) · 10 filas)

ARTÍCULO 53%
Una vez firmado el contrato y aprobado mediante Resoluciónde aprobación decontrato
respectivo, será publicadoen elsistema decompras y contrataciones públicas en un
plazo no superior a las 24horashábiles. Encaso de tratarse de contratos pormontos
iguales o superiores a 500UTM laaprobacióndebe efectuarsepor decreto alcaldicio.
Además, se procederá ala devolución delas boletas degarantia por concepto de
seriedad de laoferta, tanto al adjudicatario como a los oferentes de la licitaciónque se
encuentren dentro de la lista de precedencia dela licitación.
ARTÍCULO 542
Todos los gastos notariales, derechos e impuestos correspondientes al contrato y sus
modificaciones,serán de cargo delcontratista,salvo que las Bases estipulen lo contrario.

Tabla 46 (página 47 (ocr) (texto) · 26 filas)

DE LAS GARANTÍAS DEL CONTRATO
ARTÍCULO 55
Todo adjudicatario, previo a la firma de! contrato, deberá hacer entrega de lagarantía por
concepto de fielcumplimiento del contratoen la forma,por el monto, vigenciay glosa que
al efecto señalenlas Bases Administrativasde la licitación respectiva.
ARTÍCULO 56
El contratista, en el caso deampliarse el plazo delcontrato, tendrá la obligación de
mantener la vigencia de las garantías exigidas por elmandante para lacautela del fiel
cumplimiento del contrato, debidamenteactualizadasen conformidada la ampliación
acordada.
La Unidad Municipal generadora procederá a solicitar ala Dirección de Administración y
Finanzas, el cobro de las garantias al menos 5 días hábiles antes del vencimiento de las
mismas, cuandoéstas no han sido renovadas.
ARTÍCULO 57”
La devolución dela boleta de garantía porconcepto defiel cumplimientodelcontrato, se
realizará una vez efectuada laliquidacióndel contratoy entregada la boletade garantía
de buena ejecución o calidad, cuando corresponda.
ARTÍCULO 58*
En el caso quela oferta adjudicada fuese inferior enun 15% respectoalPresupuesto
Oficial, o se encuentre dentrode las causales del artículo 42 del Reglamento de la Ley
19,886 de Chilecompra, o dentro de lo indicado en elDecreto supremoN*75, de 2004,
del Ministerio deObras Públicas, se exigiráuna garantía adicional, consistente en un vale
vista o boleta debancaria, tomada por eladjudicatarioo a su nombrey extendida a la
orden del Tesorero Municipal deSantiago por un montocorrespondiente acada caso.
El documento deberá tener unplazo de validez y glosaigual a la entregada por concepto
de fiel cumplimiento del contrato y deberá ser pagadero a la vistay de cobro sin
requerimiento deaviso previo, expresada en el valor indicado en las bases.

Tabla 47 (página 48 (ocr) (texto) · 43 filas)

ARTÍCULO 59": Delpago.
La Il, Municipalidadpagará alcontratista por losbienes entregados o los servicios
prestados en elplazoy formasestablecidas en lasrespectivasBases Administrativas o
términos de referencia, contra presentación dela ordende compray factura
correspondiente,
El expediente depago confeccionado con los antecedentes deberán remitirsea la unidad
responsable deemitir la Ordende compra cuandocorresponda,y posteriormente a la
Dirección de Controlpara su revisión en los términos del Reglamento Municipal N” 169
del año 2001
Para tales efectos elcontratista deberá entregar enla OficinadePartes de la Unidad
Generadora la respectiva factura, correspondiendo adicha Oficinatimbrar la constancia
de ingreso.
La Unidad Generadora, encargada de la ejecución de un contratodeberá cumplir con el
siguiente procedimiento de pago:
a)Recepcióny revisión del estado de pagoysu documentación de
respaldo,cuando corresponda.
b)Recepciónde la factura o boletade honorariosdel contratista, solo si
el estado de pago ha sido aprobado previamente
c)Revisión yvisto bueno de la factura o boletade honorarios.
d)Confecciónde oficio conductor.
e)Confección del expediente de pago conla documentación de
respaldo exigida en las Basesy contratoscorrespondientes. Debe
incluir, entre otros:
Factura
Estado de Pago
Y VWvovinforme de Evaluación de ofertas recibidas (sólo en
primer estado de pago).
Certificado de la Dirección delTrabajo queacredite el
monto y estado decumplimientode lasobligaciones
laborales y previsionales de lasempresas contratistas y
subcontratistas paracon sus trabajadores.
Fotocopia de los documentos deGarantía (sólo en primer
estado de pago y cuando deban ser actualizadas).
Resolución de aplicaciónde multas (cuando
v vv Y Ycorresponda).
Resolución y escritura de modificaciónde contrato
(cuando corresponda).
Decreto Álcaldicio de aprobacióndel contrato (cuando
corresponda)
f)Envío de expediente de pago alDepartamentode Contabilidad
g)Indicacióndel número de la Orden de Compra presentada en el
Portal de Internet y resolución de pago.
Estos antecedentes deben serremitos a la ala brevedad posible al Departamento de
Contabilidad

Tabla 48 (página 49 (ocr) (texto) · 14 filas)

Además corresponde al Departamento de Contabilidad:
a)Recepción delexpediente enviado por las Unidades Ejecutoras.
b)Validación dela factura o boletade honorarios.
c)Revisión delpago, y que corresponda a un proyecto incluidoen el
programa delpresupuesto.
d)Imputacióndel gasto al clasificador presupuestarioque
corresponda.
e)Confección del Comprobante deEgreso
f)Confección deCheque respectivo
9)Remisión a laDirección de Control del Comprobante de Egreso
En caso que las basesadministrativas o términos de referencia asi lo dispongan, sepodrá
pagar en formaparcializada, estableciéndose unafórmula quepermita evaluar el
cumplimiento parcial de lo convenido.
Las eventuales multas no puedenser descontadasde las facturas, las quesi se
descontarán de lospagos respectivos

Tabla 49 (página 50 (ocr) (texto) · 26 filas)

DE LOS PLAZOS EN LASCONTRATACIONES POR
ADQUISICIONES DE BIENES, PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y
EJECUCIÓNDE OBRAS.
ARTÍCULO60*: De losplazos en lascontrataciones por adquisiciones de
bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.
El plazo para la entregade los bienes adquiridos, para la prestación del servicio
contratado opara la ejecución de las obras,será aquel establecido expresamente en las
bases o la oferta del contratista según corresponda.
ARTÍCULO61”: De la prórroga de plazos.
No obstantelo establecido en el articulo anterior, por causa constitutiva decaso fortuito o
fuerza mayor,el contratistapodrá solicitar ala Municipalidad, por escrito,acompañando
los antecedentes que fundamenten, antesdel vencimiento del plazo convenido, una
prórroga delplazo de entrega de los bieneso para la prestación del servicio, quién a su
juicio exclusivo podrá rechazar o aceptar la solicitud en forma total o parcial, mediante la
dictación deuna resolución fundada.
Si la solicitudde prórroga noacompaña antecedentes de respaldo, o los acompañados se
consideren insuficientes para adoptar una resolución, se solicitará al interesado — por
correo electrónico- subsanela falta de ellos dentro de tercer día hábil. Si nose cumple lo
anterior, se resolverá su petición con los antecedentes que se hayan tenido ala vista.
El director dela Unidad Generadora decidiráacerca de lo solicitado en unplazo de cinco
días hábiles,contados desdela recepción dela solicitud, o desde el vencimiento del plazo
dado para acompañar o completar los antecedentes solicitados.
Tal decisiónse comunicaráal interesado por carta certificada dirigida aidomicilio que
registre en laMunicipalidad.
Si se aceptala solicitud deprórroga se dictará Resolución correspondiente, con expresa
indicación delplazo que seconcede, remitiendo copia de la resolución a la Dirección de
Asesoría Jurídica para los efectos de modificar el contrato

Tabla 50 (página 51 (ocr) (texto) · 34 filas)

LA MODIFICACIÓN Y TÉRMINO DE CONTRATO, ÓRDENES DE
COMPRA, SERVICIO Y/O TRABAJOS.
TÍCULO 62*:Causales de modificación y terminación de contrato.
contrato que la |. Municipalidad de Santiago suscriba con el adjudicatario, podrá
ificarse o terminarseanticipadamente, por lascausales que a continuación se
lan, debidamente fundadas yacreditadas, previaResolución de laMunicipalidad,
iendo remitirsecopia de la modificación o término anticipado de contratoa ia Dirección
sesoría Jurídica a fínde elaborar el contrato correspondiente.
sales de término decontrato:
1,Mutuo acuerdo delas partescontratantes.
2.Estado denotoriainsolvencia del contratante, a menos que semejoren las
caucionesentregadas o las existentes sean suficientes paragarantizar el
cumplimiento del contrato.
0dPor exigirloel interés públicoo la seguridad nacional.
Si el contratista incurriera enatraso en la entrega de los bienes o enla prestación
del serviciode acuerdo a lo establecido en las respectivas Bases Administrativas.
Cuando elbien presente fallas como consecuencia de los materiales empleados
y/o no cumpla conlas especificaciones técnicasentregadas por la Municipalidad.
Por interrupción oparalización total o parcial, sincausa justificada, de los trabajos,
por un periodo igual o superior a diez días corridos.
Por incumplimiento por partedel contratista delas instrucciones impartidas por el
Inspector Técnicode Obras (ITO) o Servicios (ISO).
Incumplimiento grave de lasobligaciones contraídas por el contratante y calificado
como tal por la municipalidady en los demás casos que autoriza la ley.
sales de modificación de contrato:
1.Prórrogas de plazootorgadasal contratista.
2.Aumento odisminución de lacantidad de bieneso servicios adquiridos.
3.Aumentos,disminuciones y obras extraordinarias.
4.Otras situaciones autorizadaspor la Municipalidad.
TÍCULO 63%:Causales demodificación otérmino de lasórdenes de
pra y/o servicio:
1.Mutuo acuerdo delas partes.
2.Incumplimiento grave de lasobligaciones contraidas por el suscriptor de la orden
de compra y/o servicio.
En los demás casos que autorice la ley.

Tabla 51 (página 52 (ocr) (texto) · 15 filas)

DE LAS RECLAMACIONES.
ARTÍCULO 64”:De lasreclamaciones.
Todas las presentaciones o solicitudes quetuvieren lugar con ocasión de algún
procedimiento decontratación administrativadeberán dirigirse a la Secplan para su
conocimiento y resolución, previo informe delas unidadesque correspondieren, en el
plazo indicado en el siguiente inciso.
El jefe de Servicio, unavez recibida una reclamación, solicitud o presentación, ésta
deberá remitirse en original a la Secplan concopia a las Unidades quedeban emitir el
informe establecido en el inciso anterior, disponiendo perentoriamente de dos días hábiles
para hacerlo llegaral citado Departamento,
Si las presentaciones, solicitudes o reclamos noacompañan antecedentesrespaldatorios,
o los acompañados se consideren insuficientespara adoptaruna resolución, se solicitará
al interesado - porcorreoelectrónico- subsanela falta de ellos dentro de tercer dia hábil.
Si no se cumple loanterior, se resolverá su petición con losantecedentesque se hayan
tenido a la vista,siendode su exclusiva responsabilidad las acciones posteriores que
pudiera recibir el municipio.

Tabla 52 (página 53 (ocr) (texto) · 35 filas)

NORMAS RELATIVAS AL A ADMINISTRACIÓN INTERNA DEL
SISTEMA DE COMPRAS
ARTÍCULO 65*Definición de actoresdel sistema:
Esquema de organización interna parala administraciónde claves y definición de
responsables del sistema en cada Unidad y portipo de Adquisición; mayor y
menor a 100 UTM
ACMIBETRADOR PORTAL Y
AONNISTRADCA SUPLENTE
SUPEROSUPERASOR
LECTTACIONESLICITACIONES
MENORES UTM 100MAYORES UTM 100
UNIDAD DECOPRA LADAD CE COMPRAUNDADCECOMPRA] — [UNOADIECOAPRA voca]UNIDA E OOALNDADDE PDRACOMPRA buczon| UNDADDE COMPRA
AREA LEMA,HERSICAL OPERACIONES parc!
¡
-
COMRACORES | | COMPRADORES | |COBRADO| | OOAPRADORESSEPACAEETpl
COLESMEORBATIA| | CAPACTIACION Monta RELACIONES —P | PAAMENTACION| | GESTOR RENTAS, | COMUNAKSCOM
PUBLICAS PREMSA | JLARDMES. TRANETIO! | CONTABAMAYOR
ARTÍCULO 66”:Delusode lasclavesde accesoal Sistema de Información de
Compras y Contrataciones.
Corresponderá elusode estas claves a los funcionarios designados al efecto por el Jefe
deServicio, en los niveles ycon losprivilegios que el determine, a fin de darcumplimiento
a los procedimientosestablecidosen laLey N” 19.886, sureglamento yel presente
Manual.
Son obligaciones del Administrador de dicho Sistemalas siguientes:
1. Definir losdistintosperfilesa asignar a cada uno de los usuarios del sistema, de
acuerdoa lasfuncionesque acada uno compete dentro delproceso de
contratación.
2. Supervisarla acción de losdistintos usuariosdentrodel sistema,verificando el
cumplimiento de losplazosy formalidades establecidas.
3. Comunicar a laMunicipalidad lasdeficiencias,anomalías oerrores que en su
función desupervisor, conozca en cada uno de los procedimientos decontratación
administrativa que se efectúen a través del Sistema.
4, Servir denexo entrela Dirección deCompras y Contratacionesy el Municipio.
5. Generaralas ordenes de compra resultantes deun proceso delicitación
48

Tabla 53 (página 54 (ocr) (texto) · 46 filas)

DefinicióndeUsuarios:
Perfil Administrador:
Nombradoporel Jefe de Servicio y tiene responsabilidades de:
Creación ydesactivaciónde usuarios(según indicacióndel Jefe de
servicio)
Creación de Supervisores ycompradores
Creación y desactivación deUnidades decompra
Modificaciónde perfiles comprador y supervisor
Perfil Auditor:
Nombradoporel Jefe de servicio y tiene responsabilidades de:
Supervisar la acción delos distintosusuarios dentrodel sistema,
verificando elcumplimientode los plazos yformalidades establecidas.
Comunicar ala Municipalidad las deficiencias, anomalíaso errores que en
su función desupervisor, conozca en cada uno de los procedimientos de
contratación administrativa que se efectúen a través del Sistema.
Consultar por procesos deadquisición,órdenes de compra, usuarios,
documentos tributarios electrónicos, que se realizan a través del sistema de
toda la organización.
Perfil Supervisor Licitaciones menores aUTM 100
1. El responsable de:
Creación ydesactivaciónde usuarios(según indicacióndel Jefe de
servicio)
Creación de Supervisores ycompradores
Creación y desactivación deUnidades de compra
Modificación de perfiles comprador y supervisor
2. PerfilSupervisor: Responsable de:
Crear, editar,publicar y adjudicar procesosde compra
Crear, editar,enviar órdenes de compra,solicitar cancelación y aceptar
cancelación solicitada por elproveedor deórdenes de compra.
3. Perfil Comprador: Responsable de:
Crear y editar procesos decompra (Licitación pública,privada o tratos
directos)
Crear y editarórdenes de compra al proveedor
Perfil Supervisor Licitaciones mayores a UTM 100.
4. Elresponsable de:
Supervisar laacción de losdistintos usuarios y unidadesdecompra de su
dependencia,verificando elcumplimientode dos plazos yformalidades
establecidas.(según indicación del Jefe deservicio)
Creación y desactivación deusuarios
Creación de Supervisores, Unidades de Compra y Compradores
Activación y desactivación de Unidades decompra
Modificación de perfils comprador y supervisor
5. Perfil Supervisor, responsable de:
Supervisar laacción de las unidades de compra desudependencia,
verificando elcumplimientode los plazos yformalidades establecidas.
Publicar y adjudicar procesos de compra
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Tabla 54 (página 55 (ocr) (texto) · 16 filas)

-Aprobar ydar V”B” a incorporación de documentos aclaratorios o de
respuestas alas consultasdelas licitaciones.
-Enviar órdenes de compra,solicitar cancelación yaceptarcancelación
solicitada por el proveedordeórdenes de compra.
filComprador,responsablede:
-Crear y editar procesosdecompra (Licitación pública, privada o tratos
directos)
—Crear y editar órdenes decompra
LO 67”: Del Control.
derá a la Dirección de Controlcautelar el debido y correctocumplimiento de los
entos de contratación administrativa, practicando loscontroles previos,
os oposterioresque se requieran, de conformidad con losrespectivos
s deauditoría y revisión , de conformidad con el articulo 29 de la ley 18.695.
iónde AsesoríaJurídica enconjunto con la Direcciónde Administración y
procederá a elaborar modelos de resoluciones, de contratos yórdenes de
/o servicio, quecumplan con los requisitos señaladosen lasnormas de
entocontenidas en el presenteManual.

Tabla 55 (página 56 (ocr) (texto) · 42 filas)

ARTÍCULO 68”: Circunstanciasen que procede la utilización de un Convenio
Marco.
Las adquisiciones de bienes, lascontratacionesde servicios, incluida laejecución de
obras, seránefectuadasen primera instanciaa travésde Licitación Pública y
opcionalmentemedianteConvenioMarco. Para ello las Unidades de Compra, deben
revisar el Catálogo de ConveniosMarco del Sistema de Información de Compras y
Contratacionesde la Dirección deCompras (plataforma www.chitecompra.cl) y verificar si
existen o no Convenios Marco quese ajusten a losrequerimientos de la |.Municipalidad
de Santiago.
En las adquisiciones vía convenio marco superioresa 1.000 UTM, se deberácomunicar, a
través del Sistema, la intenciónde compra atodos losproveedoresque tengan
adjudicado enConvenioMarco eltipo de producto requerido. Esta comunicación será
realizada con la debida antelación,considerando los tiempos estándares necesarios para
la entrega de lacantidad de bieneso servicios solicitados, plazo que en ningún caso será
inferior a los 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra. En ella se
indicará, al menos, la fecha de decisión de compra, el producto o serviciorequerido, la
cantidad y lascondiciones de entrega. La entidad deberáseleccionar la oferta más
conveniente según resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la
base de los criterios de evaluacióny ponderaciones definidasen las bases de licitación
del convenio marco respectivo, enlo que les seanaplicables,cuadro que será adjuntado
a la orden de compra quese emitay servirá de fundamento dela resoluciónque apruebe
la adquisición.
Si el citado Catálogo contiene elbien y/o servicio requerido y éste cumple con los
requisitos antes señalados laUnidad de Compra, deberá adquirirlo emitiendo
directamente al contratista respectivo una ordende compra, previa dictación de la
resolución exenta que asílo disponga, a través dela plataforma www. chilecompra.cl o la
que haga sus veces, salvoque obtenga directamente condiciones más ventajosas, en los
términos referidos en el artículo 15del Decreto Supremo N* 250 de 2004,del Ministerio
de Hacienda.
Las condiciones más ventajosas deberán referirse asituaciones objetivas, demostrables y
sustanciales para la |. Municipalidad de Santiago, talescomo plazosde entrega,
condiciones degarantía, calidad delos bienes y servicios o mejor relación costo beneficio
del bien o servicio a adquirir.
Si la respectivaUnidad deCompraen el procedimiento de contratación administrativa que
aplique subsidiariamenteal Convenio Marco, obtiene condiciones más ventajosas
respecto de unbien o servicio contenido en elcitado Catálogo, deberáinformar tal
circunstancia ala Secciónde Administración quienla remitirá ala autoridadcompetente a
fin de poner talcircunstancia en conocimiento de laDirección de Compras.
Asimismo, lasUnidades de Compra deberán incluir los antecedentes queacrediten la
existencia de las condiciones más ventajosas en larespectiva resolución, para su revisión
y control posterior por la entidad defiscalización competente.
Este procedimiento de contrataciónse rige por lasnormas dela Ley N* 19.886 y por los
artículos 14 a 18 del Decreto Supremo N* 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.

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TÍCULO 69”: Dela materialización del convenio marco.Será obligación del
argado de Comprallevar a cabo las siguientes acciones:
1.Revisar el catálogo electrónico contenido en laplataforma www.chilecompra.cl o la
que haga sus veces, e imprimir lapágina en laque aparece elprecio delproducto.
2.En caso que requiera confirmar la calidad delos elementosque aparecen en el
catalogo, puedesolicitarentregade muestrasal proveedor. Asimismo,se deberá
consultar si elprecio delflete está o no incluido. En caso de no estar incluido,
deberá solicitarse una cotización por el servicio.
3.Si la compra supera las3 UTMse debe dictar una Resolución que autoriza la
compra.
4.Una vez tramitada laResolución, esto es,una vez queya seencuentra
refrendada, firmada por la autoridad competente y foliada en Oficina dePartes, se
emite la orden de compraen el sistema chilecompra y se envíaal proveedor.
5.Sila compra esinferior a3 UTM corresponde emitir una ordende compraen el
sistema. Ántes de enviarla ordende compra alproveedor, éstadebe ser
previamente refrendada yfirmadapor la autoridad competente.