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Marco Normativo / Manuales y Protocolos Internos · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 1 (texto) · 50 filas)

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DIRECCIÓN DE ASESORíA JURíDICA
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SANTAGO,23 I)IC 2025
VISTOS:Antecedentes lD-4068245; Lo
dispuesto en el artículo32 No6 y N'35 del DecretoSupremo No100, de 2005,del Ministerio
Secretaría General de Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Constitución Política dela República;en la Ley N"18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, cuyo textorefundido,coordinado y sistematizado fue
fijado por el decreto confuerza de LeyNo1/19.653, de2000, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia; en la Ley N'18.833que aprueba elestatuto administrativo para funcionarios
municipales; en la Ley No20.000, quesustituye la leyN"19.366, que sanciona el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas; en la ley No19.913, que crea la Unidad de Análisis
Financiero y modifica diversas disposiciones en materiade lavadoy blanqueo de activos; en la ley
No20.502, que crea el Ministerio del lnterior y Seguridad Públicay el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales;
en la Ley No21.575, quemodifica diversos cuerpos legales con Bl objeto de mejorar la persecución
del narcotráfico y crimenorganizado, regular el destinode los $ienes incautados enesos delitos y
fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social; en el decreto confuerza de Ley
No2l2O.5O2, de 2011, delMinisterio dellnterior y Seguridad Pública,que fija planta de personal del
Servicio Nacional para laPrevención yRehabilitación del Conspmode Drogas y Alcohol; en la Ley
N"19.754 que autorizaa las municipalidades paraotorgar ,prestaciones de bienestar a sus
funcionarios, en la ley N"16.744, queestablece el Seguro SocialObligatorio contra Riesgos de
Accidentes delTrabajo yEnfermedadesProfesionales,y en lo dispuesto a través delMemorándum
N'2.408 de la Direcciónde Asesoría Jurídica del 10 de octubre de\2024, en el cual se firma la
actualización de la Política de Prevención del Consumode Drogasy Alcohol en el Trabajo y en la
Familia.
CONSIDERANDO:
1.- Que es deber de laAdministracióndel Estado, y
de esta Municipaliden ad particular, velar por el bienestar, la seguriday d la salud
integral de sus funcionarios y funcionarias, conforme a lo dispuesto en la LeyN"18.883 que
aprueba el Estatuto Administrativopara funcionarios Municipales, y en concordancia con
los principios de probidad y eficaciaadministrativade la LeyN'18.575. "LEYORGÁNICA
CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DELA ADMINISTRACION DEL ESTADO''
2.- Que la Ley N"16.74, "ESTABLECE NORMAS
SOBRE ACCIDENTESDEL TRABAJO Y ENFERMEDADESPROFESIONALES", impone
al la empleador obde ligaciónimplementary mantener medidas de prevenc¡ón
efectivas. Una políticaactualizada en materia de prevención del consumo desustancias es
una herramienta fundamental para mitigar riesgos psicosociales y de seguridad en el
ambiente laboral.
'3.- Que elEstado ha encomendado al Servicio
Nacional para la Pry evenciónRehabilitacióndel Consumo de Drogy as Alcohol
(SENDA), creado porla Ley No20.'CRE4 E 502,L M¡NISTERIO DEL INTERIOR Y EL
SERVICIO NACIONAL PARA LAPREVENCIONY REHAB¡LITACION DEL CONSUMO
DE DROGAS Y ALCOHOL, Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES'" IA MiSióN
de desarrollar políticasde prevención a nivel nacional. La Municipalidad, en el eje
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DIRECCIÓN DE ASESORh JURÍDICA
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sus facultades, debe alinear sus instrumentos internos con los lineamientos técnicos y las
estrategias nac¡onales promovidas por SENDA.
4.- Que la Política lnstitucional requiere una actualización yadecuaciónconstante para
incorporar las modificaciones susty ant¡vas los nuevos enfoques introducidos por la
legislación vigente, como las disposiciones de laLey No20.000, "SUSTITUYE LA LEY N.o
I9.366, QUE SANCEL IONATRÁFICOILíCITO DE ESTUPEFACIENTES Y
SUSTANCIAS SICOTROPICAS" y, especialL mente, laey No21.5.MODIFICA 75,
DIVERSOS CUERPOSLEGALESCON EL OBJETO DE MEJORAR LAPERSECUCIÓN
DEL NARCOTRÁFICOY CRIMENORGANIZADO, REGULAR EL DESTINO DE LOS
BIENES INCAUTADOSEN ESOSDELITOS Y FORTALECER LAS ¡NSTITUCIONES DE
REHABILITACIÓN Y REINSERCIÓN SOC|AL",reforzandoasí el compromiso municipal
con un ambiente libre dedrogas ilícitas y la prevención integral.
5.- Que, através delMemorándumN'2.408 de la
Dirección de Asesoría Jurídica, de fecha 10 de octubre de\2024, se oficializó la "Política de
Prevención del Consumo de Drogasy Alcohol enel Trabajo yen la Familia", con el objeto
de dotar a la Municipalidad de uninstrumentoque permitaabordar laproblemática del
consumo.
6.- Que elenfoque de laPolítica no se limita al ámbito
laboral,sino que,en virtud de laLey N'19.754sobre prestacionesde bienestar a
funcionarios, busca extender sus efectos al ámbito familiar, reconociendoel impacto de la
prevención en la calidad de vida y enel entornosocial delos servidores
públicos, contribuyendoa la protección familiar.
DECRETO:
1.- APRUEBASE la "POLITICA DE
PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL EN ELTRABAJO YEN LA FAMILIA'
inserto a continuación:
POLITICA DEPREVENCIÓN DEL CONSUMO DEDROGAS YALCOHOL EN
ELTRABAJO YEN LA FAMILIA
I.. PRINCIPIOSGENERALES DE LA POLíflCA
La llustre Municipalidad deSantiago, posee comoprincipio primordial el ser un
Municipio paralas personas. Asimismoreconoce ensu declaración de principios
y valores, quesu principalcapital es elrecurso humano del cualdispone, siendo
esta una herramienta fundamental parael logro de laMisión del Municipio, que es
"impulsar y articular las tareas propiasde la capitalidad, mediante un modelo de
gestión que sea reconocidopor su grancapacidad de innovación,transversalidad
y eficiencia, sustentado enla valoraciónde sus funcionarios y colaboradores y que
tenga como foco un vínculo sano y abierto con lacomunidad,marcado por la
transparencia,la participación y la inclusión" .
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E MUNICIPAUOAD
La Municipalidad de Santiago y susfuncionarios/as están conscientes que el
consumo de droga y alcohol representauna amenaza para crearunambiente de
trabajo cálido yeficienteal interior desu lnstitución, porque impactaen la salud
delfuncionario,en su vidafamiliar, en la calidad del servicio entregadoy por ende
en la sociedad.
Ante el riesgo que implica la presencia de drogas en los lugaresde trabajo, la
Municipalidad deSantiagose ha comprometido a generar a travésdeuna Política
de Prevención del Consumo de Drogasen elTrabajo y en la Familia,condiciones
laborales que aseguren un ambiente de trabajo saludable, implementada con la
asesoría del Servicio Nacional para laPrevencióny Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol (SENDA).
La Política se implementará mediante la estructuración de un Plan de Acción en
Prevención, cuyoobjetivoserá preveniry disminuirel consumo abusivo de alcohol
y otras drogas lícitas, así como prevenirel uso de drogas ilícitas, promoviendo una
conducta responsable de los funcionarios/as y porende mejorar lacalidad de vida
del trabajador ysu familia.
La Política considerará aspectos preventivos a través de la educación, además
del acompañamiento para promover la rehabilitación y duranteelproceso de
reinserción, asícomo también aspectos normativos que regularánesta temática.
Para tal efecto, estará dirigido a todos/as los funcionarios/as de lalnstitución.
ALCANCE DE APLICACION
Esta Política aplica a todas y todos los funcionarios/as de la Municipalidad de
Santiago, de losSectoresMunicipal, Educación y Salud. Respectodecontratistas
que entreguen servicios anuestra lnstitución, se les pondrá en conocimiento de
nuestra política através de la unidad técnica responsable del contrato.
II.. MARCO DEAPL¡CACION - PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS
EQUIPO PREVENTIVO COORDINADOR
Para efectos dellevar a cabo el Programa de Prevención de la Política en forma
eficaz, se delegará esta responsabilidadal EquipoPreventivo Coordinador (EPC)
quienes se harán cargode la implementación de la Política. Senda Previene
Santiago, tendráuna especial participación y colaboración en esteequ
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E MUNEIPAUDM
El Equipo Preventivo Coordinadorserá liderado por la Dirección deGestión de
Personas, a través de sus Departamentos de Bienestar SocÍal, Prevención de
Riesgos, Capacitación y Administración dePersonas, quienes deberántener
responsabilidadesen la Política deacuerdo alrol que cumplen en laInstitución.
El Equipo Preventivo Coordinador deberá:
' Formarse ampliamente en el tema: en prevención, detección del consumo,
orientación y consejería de los problemas relacionados con elconsumo de alcohol
y drogas.
. Ejercer liderazgo en la Institución.
. Administrar recursos materialesy humanos.
' Tener accesoa todos los nivelesde la lnstitución para implementar la Política.
' Conocer la red de apoyo público y privadapara las personas con problemas
de consumo de drogas.
Las funciones deeste equipo serán:
. Asegurar que se informe a todos lostrabajadores sobre laPolítica de
Prevención del consumo de Drogasy Alcoholen el trabajo y en la familia y sobre
las característicasdel programa quese realizará;
. Diseñar y coordinar las actividades específicas de prevención delconsumo de
alcohol y drogas;
. Facilitar la ejecución de la Política y asegurar la participación de todos;
. Gestionar y realizar la evaluación del programa preventivo;
. Contemplar laayuda o asesoríade SendaPreviene Santiago quese requerirá
para implementareste programa;
. Tendrá la responsabilidad expresa de elaborar, revisar y actualizar la Política,
ejecutar los acuerdos, diseñar e implementarlas campañas de prevenciónpara
todo el personal;
A.. PROGRAMADE PREVENCIÓN
Para materializar los compromisos asumidospor la Municipalidad deSantiago en
esta temática, seestablecerán e impulsaránacciones para prevenirel consumo
de drogas y alcohol, las que se abordarán de acuerdo a las siguientesestrategias:
Actividad de Gapacitación: Capacitar a las Jefaturas y sus respectivos equipos,
para que obtenganconocimientos específicossobre consumo y tráfico de drogas
lícitas e ilícitas (ley 20.000), de manera queles permita actuar oportu
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Tabla 5 (página 5 (texto) · 37 filas)

DIRECCIÓN DEASESORh JURiDICA
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participando en la orientación sobreestas temáticas yen la coordinación con las
redes de apoyocorrespondientes.Será responsabilidad del Equipo Preventivo
Coordinador: Senda Previene Santiago (Capacitación) - Dpto.de Prevención
Riesgos (Reglamento de Higiene ySeguridad) - Dpto. de Capacitación (gestión
curso y apoyo logístico) - Dpto. de Bienestar (Coordinación).
Actividad Administrativa: En el Proceso delncorporación de nuevos
funcionarios, seles hará entrega de laPolítica de Prevención del consumo de
alcohol y drogas.A su vez, firmaránunatoma de conocimiento dedicha Política.
Será responsabilidad del Dpto. de Administraciónde Personas llevar a cabo
este proceso.
Actividades deDifusión: A todoslosestamentos de la nstituc Iión a través de
actividades informativas sobre efectosy consecuencias de las drogas licitas
(tabaco, alcohol,medicamentos) e ilícitas, campañasinformativassobre el tema
(distribución dematerial escrito, afiches,videos, etc.)Será ejecutado por equipo
Senda PrevieneSantiago en coordinación con Dpto. de Prevención de Riesgos y
Dpto. de Bienestar.
Proqrama de Desarrollo: Incentivar eimpulsar la incorporaciónde actividades
de capacitacióny fortalecimientode habilidades,destrezaspersonales y
desarrollo de competencias. Serácoordinado por dpto. de Bienestar- Senda
Previene Santiago.
B.. PROGRAMADE REHABILITACIÓN:
Respecto al consumo problemáticoy de alcoholuso de drogas en sus
funcionarios/as, se brindará acogiday orientación paratratamientoy rehabilitación
a quienes presenten el problema dedependencia a drogas ilícitas o alcohol. Se
asegurarán los principios de confidencialidad y éticaa aquellosfuncionarios/as
que soliciten apoyo profesional.
El Programa deRehabilitación deesta Política, será llevadoa cabo por el
Departamento deBienestar Social,a través de la Unidad de Servicio Social que
realizará las sig u ientes fu nciones :
1. Acoger y orientar al trabajador/aquemanifieste problemas deconsumo.
2. Deberá contar con un catastrodelos principales Centros de Diagnóstico,
tratamiento y rehabilitación disponibles -Comunidades Terapéuticas, Grupos de
autoayuda, AA, Consultorios, COSAM, etc.
3. Vinculacióncon el Centro deRehabilitaciónen , casodeq ue
funcionarios/as comiencen un tratamiento de internación.
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4. Seguimiento del proceso detratamiento yrehabilitación.
5. Sensibilizacióna familiarey s colegascercanos (compañeros de trabajo)
respecto a la problemática del consumode drogas, de manerade evitar
y estigmatizaciónpara queapoyen alfuncionario/aen su proceso de
rehabilitación.
6. Al finalizar el tratamiento derehabilitación, se podrá evaluar en conjunto con
el/la Director/a delárea dondese desempeña el trabajadorla la posibilidad de
reubicar al funcionario/a en otradependencia,si fuese necesario.
Para llevar a cabo el Programa de Rehabilitación, la Unidadde ServicioSocial del
Dpto. de Bienestar, se coordinará con unasesor del equipo SendaPreviene
santiago, para laorientación,derivacióny gestión deapoyo para los /as
funcionario/as, en caso que corresponda.
III.. MARCO NORMATIVO.
La Política actualcomprendelo establecÍdo en la LeyN"20.000y Decreto
Supremo N"1.215,31.10.06, elcual establece normas queregulan las medidas
de prevención del consumode drogasy alcohol enlos órganos de la
Administración delEstado, asícomo el procedimiento decontrol deconsumo
aplicable a las personas que indica, conformea lo establecidoen la LeyN'18.575.
NORMAS Y LÍMITES:
TABACO.
De acuerdo a Ley de Tabaco N"20.105 dispuesto en el Reglamento lnterno de
Higiene y Seguridady la ley 19.419, sólo se permitiráfumaren lugaresabiertos y
al aire libre.
ALCOHOL.
No estará permitidoelconsumode alcohol enhorario y lugares de trabajo y no se
permitirá la comercialización debebidas alcohólicas al interior de la lnstitución.
En situaciones enque la jefatura detecteconsumo problemático con algún
funcionario/a, deberá derivar oportunamentea la unidad de ServicioSocial del
Departamento de Bienestar, paraevaluación yorientación.
Elconsumo de alcohol no autorizado en horario y lugares de trabajo o presentarse
en condiciones físicas y/o psicológicas incompatibles parala ejecución de sus
funciones, que podrían atribuirse a un estadode intemperancia, darálu
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Tabla 7 (página 7 (texto) · 32 filas)

aplicación de las siguientes medidas y/o sanciones, por parte de su jefatura
directa
o Primera vez: amonestación verbal y nota dedemerito
Segunda vez:. oamonestación verbal , nota de demeritoy sumario
administrativo
Será la jefatura quién presente los antecedentes, para que el/la Alcalde/sa
pondere iniciar
el sumario administrativo.
Las sanciones aplicarán tanto para casosen quefuncionarios se encuentran bajo
tratamiento por adicción, sin tratamiento osi hace abandono de éste.
En caso de reincidencia, la jefatura deberá remitir los nuevos antecedentes al
fiscal que lleva el sumario administrativo.
NORMAS Y LÍMITES
DROGAS ILíCITAS
No estará permitido elconsumo de drogasilícitasdurante la jornadade trabajo y/o
en el lugar de trabajo.
Si algún trabajador essorprendido consumiendo "marihuana, pasta base, cocaína,
éxtasis y otras drogasestipuladas por la Ley" enlugares y horarios de trabajo, se
aplicarán las mismasmedidas y/o sanciones establecidas para elconsumo de
alcohol.
Lo mismo aplicarácuando algunos delos funcionarios/as repa resente la
lnstitución en eventosexternos "visitas aotrasinstituciones, congresos, viajes,
etc." deberá cumplir con las normas de esta política.
CON RESPECTO ALTRAFICO DE DROGAS
Se deja especial constancia que el tráfico y comercialización dedrogas como
también inducir al consumo por cualquiermedio, "uso, posesión, distribución, y
venta de drogas ilícitas", en el lugar de trabajo, al igual que en cualquier espacio
de la sociedad, reviste características de delito yes sancionado penalmente por
la Ley N' 20.000, enconsideración a elloesta conducta estará prohibida y será
sancionado de acuerdo a la normativavigente, procediendo lalnstitución a
denunciar el hecho alas autoridades competentes y a realizar unainvestigación
sumaria en el caso delos funcionarios/as de planta y contrata
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Tabla 8 (página 8 (texto) · 32 filas)

En el caso delpersonal a honorarios,se procederá a denunciarel hecho a las
autoridades competentes ya la desvinculación laboral.
Lo anterior, también será aplicable al personal externo de empresas contratistas,
denunciando elhecho a la justicia ordinaria ynotificando a la empresa. Se sugiere
que las empresas contratistas cuentencon políticas sobre este tema.
Si un funcionariola es descubierto comprando o vendiendo drogas ilegales
durante la jornada laboral, deberá informarsede la situacióna laJefatura, quien
solicitará un sumario administrativo. Noobstante, lo anterior,podrán aplicarse las
normativas y sanciones queestablece el Estatuto Administrativo.
IV.. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVY OS RESPONSABILIDADES DE
LOS DIFERENTES NIVELES DE LA ORGANIZACIÓN.
ROL DEL ALCALDE/SA (OrrnÁXlmO D|RECT|VO DE LA |NST|TUC|ÓN).
Le correspondeliderar la Política aprobada yvelar por el cumplimiento de ella en
todas las áreasdeltrabajo de la lnstitución. Deberá incorporarla presente política
al Reglamento lnterno de Higiene y Seguridad de la lnstitución ya la Política de
Gestión de Personas para que sea sustentable en el tiempo.
Deberá definir los recursosnecesariosparaimplementar la Política y el Plan de
actividades.
ROL DE LAS JEFATURAS
Corresponde a las Jefaturassupervisary velar por el cumplimientode la Política,
así como también apoyarlas actividades programadasporel Equipo de
Prevención y las acciones sugeridas, en loque dice relacióna sus respectivos
objetivos y funciones.
Derivar e informar oportunamente respecto asituaciones de consumos de drogas
y/o alcohol, que se presenten dentrode sus respectivas unidades, según lo
d ispuesto anteriormente.
Las jefaturas deberán estaren conocimiento del tratamientoy/oprescripciones
médicas de susfuncionarios.
Si un funcionario/a/ se presentase en condiciones físicas ylo psicológicas
incompatibles para la ejecución desusfunciones, la jefatura directa, en
conocimiento dela situación,procederáa dejar alllalfuncionariolalen un espacio
seguro, notificando a su contacto de emergencia para el abordajede la situación
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En caso de no cumplimiento delas responsabilidades por parte de las
jefaturas, será cada Director/a, quien solicitará aalcalde/sa, disponer del
inicio de un sumario administrativo.
REINSERCIÓN LABORAL
Una vez terminadoel proceso de tratamiento y rehabilitación el funcionario/a se
reintegrará altrabajo en condicionesque no impliquenmenoscabo laboral, a sola
condición de que sesometa y cumplala terapia recomendada por elespecialista.
ROL DE LOS FUNCIONARIOS/AS
Para que esta Política sea realmenteefectiva, todas las personas que laboran en
la Municipalidad deSantiago, debenasumir el compromiso de respetar, apoyar y
difundir la Política de Prevención deAlcohol y Drogas, así como elcompromiso
con el desarrollo deespacios de trabajos saludables yseguros.
Será responsabilidad del funcionario, informar oportunamente a sujefatura, en
caso de inicio de tratamiento, ya sea ambulatorio ode internación, en ambos
casos, deberá presentar la documentación de la institución en dondese llevará a
cabo eltratamiento,donde se indiqueclaramentelos días y horarios,para facilitar
la adherencia a la atención.
En caso de internación, el funcionariola o su apoderado, deberápresentar la
respectiva licenciamédica ante el Departamento de Gestión de Licencias
Médicas, lo anterior,dentro de un plazo de 3 díashábiles desde su emisión.
DIFUSION DE LA POLITICA
La presente Política será publicaday difundidaporescrito a todos las y los
trabajadores de la Municipalidad deSantiago, independiente del lugar donde se
desempeñen y seráincorporada al Reglamento lnterno de Higieney Seguridad
de la lnstitución. Asímismo será dada a conocera todo el personalque realiza
prestación de servicios en la Municipalidad, talescomocontratistas yotros.
DOCUMENTACIONRELACIONADA
Reglamento lnterno de Higiene ySeguridad,Estatutos Administrativo, Ley
N'20.105 - Tabaco, Ley N"20.000,Ley Traficode Drogas, Decreto Supremo
N"1.215.
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Tabla 10 (página 10 (texto) · 33 filas)

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STGODIRECCIÓNDE ASESORíA JURiDICA
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ILUSTRE ilINlclPAT¡DAD
2.. APRUÉBASE EI "PROTOCOLO DE
ACTUACION FRENTE ASITUACIONES RELACIONADASCON EL CONSUMO DEALCOHOL Y
DROGASEN EL TRABAJO", inserto a continuación:
PROTOCOLO DE ACTUACIÓru TNEruTE ASITUACIONES RELACIONADAS
coN
EL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS EN EL LUGARDE TRABAJO
1. Obietivo del Protocolo
Establecer unprocedimiento claro y estandarizado que permitaa losfuncionarios
municipales actuar de maneraoportuna, responsable y conforme a derecho frente
a situacionesde consumo, venta, distribución o sospecha deusode drogas o
alcohol en el lugar de trabajo,resguardandoel bienestar del equipo,la legalidad
y los derechosde todas las personas involucradas.
2. Ámbito deAplicación
Este protocolose aplica a todos los funcionarios y funcionarias de planta, contrata
y honorariosque desempeñen funcionesen la Municipalidad de Santiago,
cualquiera seasu jerarquía o unidad de desempeño.
3. SituacionesCubiertas porel Protocolo
- Consumo dealcohol o drogasen horario y lugar de trabajo.
- Venta, distribución o tenenciade drogas ilegales.
- Omisión del deber de denuncia por parte deun funcionario.
- Solicitud voluntaria de ayudapor consumo problemático.
4. Pasos a Sequir Ante GadaSituación
4.1. Si un funcionario es sorprendido consumiendo alcohol o drogas en el
trabajo:
1. La jefatura deberá informar de inmediato alsuperior jerárquico directo.
2. Retirar alfuncionario de susfunciones de forma temporal y segura.
3. Registrar el hecho por escrito con fecha, hora, testigosy circunstan
Df
observadas
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Tabla 11 (página 11 (texto) · 32 filas)

4. Entregar amonestación verbal o escritaalfuncionario.
5. Solicitar anotación de demérito
*Si es segunda
vez en la cualse le sorprende, se procederáadicionalmente
a presentar losantecedentesa Alcaldía, para ponderar la instrucción de un
sumar¡o.
4.2. S¡ se detecta o sospechala venta odistribuciónde drogas:
1. Quien fue testigo del ilícito, deberáinformar inmediatamente al superio
jerárquico
2. La persona que presenció los hechos,y/o su jefatura, deberá presentar una
denuncia formalal Ministerio Público o ante la policía.
3. El superior jerárquico deberá presentar los antecedentesa Alcaldía, para
ponderar la instrucción de un sumario.
4.3. s¡ un funcionario no denuncia un delito de tráficodel quetiene
conocimiento:
Todo funcionariotiene la obligación legal dedenunciar todos los delitos de drogas
de los que tomen conocimiento duranteel ejercicio de sus funciones, según
establece el artículo 175 del Código Procesal Penal chileno. En caso de guardar
silencio sobre esta situación:
1 . La jefatura deberá registrar laomisión einformar al superior jerárquico.
2. El superior jerárquico deberá cursar un procedimiento disciplinario, por
conductas asociadas a faltaa la probidad, segúnlo indica el Estatuto
Administrativo Municipal.
3. Aplicar las sanciones correspondientes.
4.4.En caso de consumo problemático ysolicitud deayuda:
1. En caso de que el funcionario solicite apoyo voluntariamente, la jefatura
informará al equipo de AtenciónSocial delDepartamentode Bienestar Social.
2. Se le brindará orientación yse le entregará información relacionadas con
procesos de rehabilitación.
* Se evaluará enconjunto consu jefaturala reasignación funciones
desi es
necesario.
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5. Responsabilidades Claves
Rol - Responsabilidad Principal
Funcionariola - Actuar de acuerdo con la normativa, denunciar hechosirregutares
y solicitar ayuda.
Jefatura Directa -Supervisar, contener,registrar y activar el protocolo.
Departamento deBienestar Social - Ofrecer contención, orientación yacceso a
programas de tratamiento.
Alcaldía: lnstruir sumarios administrativos en casos de situaciones de consumo y
tráfico de alcoholy/o drogas en el lugarde trabajo.
6. Consideraciones Eticas v Leqales
- Respetar el principio de confidencialidad y dÍgnidad delfuncionario.
- Evitar la estigmatización, fomentandoel apoyo.
- Actuar conformeal Estatuto Administrativo, el Estatuto Municipal yel Código
Procesal Penal chileno.
ANÓTESE,cÚMPLASE, TRANscRíBASEY
NOTIFÍQUESE a todas lasReparticiones Municipalér, y p"r" el expediente a laDirección
de Gestión de Personas, para conocimiento y fines proóedentes.
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MUNICIPALDESANTTAGO (S)
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