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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos · pdf · documento original ↗

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Continuación 1
Reglamento N°914 /2025
REGLAMENTO Nº 914/
SANTIAGO, agosto 26 de2025.-
VISTOS: AntecedentesID - 4173896;
teniendo presente lodispuesto en laLey Nº19.880, de 2003, que establece Bases de los
Procedimientos Administrativos querigen actosde los Órganos de la Administración del
Estado;Ley N°18.883, de fecha 03 deseptiembrede 2007, sobreEstatuto Administrativo para
Funcionarios Municipales; Ley N°20.922, de fecha25 de mayo de2016; que regula la facultad
demidificar las plantas de funcionarios de las entidades edilicias;Informe N°110 de fecha 30
deagosto de 2019,de la Comisión de Hacienda;Propuesta deModificaciónde Reglamento
defecha 17 de juniode 2025 de la Alcaldía; Acuerdo N°176, defecha 18 de junio de 2025,
delH. Concejo Municipal de Santiago, Decreto Sección 2DA N°5111 del 4 dejulio de 2025, y
enejercicio de lasatribuciones que me confiere la Ley Nº18.695, de1988, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, vigente, díctese el siguiente:
CONSIDERANDO:
1.Que, mediante Reglamento N'914 de fecha 30 de agosto de 2019, se reglamentó
"Sobre Estructura, Funcionesy Coordinación interna dela llustre Municipalidad de
Santiago".
2.Que, en atención a la realidadde la IlustreMunicipalidad de Santiago,se ha estimado
pertinente modificar la estructura contenida en dicho reglamento por razones de buen
servicio y eficacia, así como las funcionespertinentes parala gestióneficaz dentro del
organismo Municipal.
3.Que segúnel Acuerdo N°176, de fecha 18 de juniode 2025, adoptado, por el
Honorable Concejo con fecha18 de juniode 2025, se modificó el Reglamento N°914.
4.Que, mediante Decreto Sección 2DA N°5111 del 4 de julio de 2025,se ordenó a la
Dirección deAsesoría Jurídica, la elaboración del texto completo, refundido y
actualizadodel ReglamentoN°914, sobre “Estructura,Funcionesy Coordinación
Interna de laMunicipalidad deSantiago”.
FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO YSISTEMATIZADO
DEL REGLAMENTO N°914
SOBRE ESTRUCTURA, FUNCIONES Y COORDINACIÓNINTERNA
DE LA
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO”
TÍTULOI
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1°. - El presente Reglamento Municipal establece la regulación de la estructura y
organización internade la Ilustre Municipalidad de Santiago, enadelante la“Municipalidad”,

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Continuación 2
Reglamento N°914 /2025
así comolasfunciones generalesy específicasasignadas a cada unidadmunicipal, la
necesariacoordinación entre ellas,y su subdivisión.
ARTÍCULO2°. - La Municipalidad,como corporación autónoma de derechopúblico, está
constituidapor el Alcalde,y por el Concejo, a los quecorresponden las obligaciones y
atribucionesque determinala LeyOrgánica. El Concejoestablecerá las normas necesarias
para su adecuado funcionamiento en un reglamentointerno.
ARTÍCULO. - El Alcalde,en su calidad de máxima autoridad de la Municipalidad ejerce su
direccióny administración superiory la supervigilancia desu funcionamiento.
ARTÍCULO. - Para efectos delacoordinación, gestióny funcionamiento permanente de la
Municipalidad,existirá una ounAdministrador Municipalque será el colaborador directo del
Alcalde endichas tareas, y ejercelas atribucionesque lanormativavigente establezca y las
que le delegue el Alcalde.
ARTÍCULO5°. - Para efectosdesu funcionamiento ydel ejercicio de lasatribuciones
establecidasen la Ley Orgánica,laMunicipalidad dispondrá de lasunidades que se definen
en el presenteReglamento.
TÍTULO II
DE LA ESTRUCTURA
ARTÍCULO. - La estructura funcional de la Municipalidad ordenará en cuatro niveles, de
acuerdo alascaracterísticasde lasfunciones de lasunidades municipales que los integren.
La estructuraorganizacionalde laMunicipalidad seconformará conel Gabinetede Alcaldía y
las siguientesunidades que,organizadas en los niveles funcionales, dependendirectamente
del Alcalde:
1.Nivel de Gestióny Coordinación.
1.1.Administrador/a Municipal.
1.2.Gabinete de Alcaldía
2.Nivel de AsesoríayControl.
2.1.Secretaría Comunalde Planificacióny Coordinación.
2.2.Dirección deAsesoría Jurídica.
2.3.Secretaría Municipal
2.4.Dirección deControl.
2.5.Dirección deComunicaciones.
3.Nivel de Operacióny Desarrollo.
3.1.Dirección deDesarrollo Comunitario.
3.2.Dirección deObras Municipales.
3.3.Dirección deTránsitoy Transporte Público.
3.4.Dirección deAdministración y Finanzas
3.5.Dirección deFiscalización y EspaciosPúblicos.
3.6.Dirección deOperaciones y ServiciosUrbanos.
3.7.Dirección deCultura,Patrimonio y Turismo.
3.8.Dirección dePrevención y SeguridadComunitaria.
3.9.Dirección deGestiónde Personas.
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Continuación 3
Reglamento N°914 /2025
4. Nivel deServiciosTraspasados.
4.1. Direcciónde Salud.
4.2. Direcciónde Educación.
ARTÍCULO 7°. -Lasunidades municipales establecidas precedentemente, estarán a cargo
de un directorodirectora quedependerá directamente del Alcalde, sin perjuicio de lo
establecido en elArtículo9° del presenteReglamento.
ARTÍCULO 8°.-Integrarán la organizaciónmunicipal, además, las siguientes instancias
administrativas de coordinación:
1. ComitéTécnico Administrativo.
2. ComitéTécnico Financiero.
3. ComitédePresupuesto.
4. ComisiónMunicipalde Comercio.
ARTÍCULO 9°. -El olaAdministradoraMunicipal podrá establecertodas lasinstancias de
coordinación, ejecución, seguimiento o evaluaciónque sean necesarias para cumplir con los
planes, programas yproyectos municipales, paralo cual, todas las unidadesmunicipales
deberán prestarla máxima colaboración.
ARTÍCULO 10°.-Integran, además, la Estructura de la Municipalidadlos Juzgados de Policía
Local, cuya organizacn yatribuciones se regulaprincipalmente en la Ley 15.231.
ARTÍCULO 11°.-Lasunidades municipales establecidas en el Artículo 6° precedente estarán
integradas por subunidades cuyadenominación,en orden jerárquico, será:subdirección;
departamento; seccióny oficina.
ARTÍCULO 12°.- Lasunidades ysubunidadesseintegrarán como se señala acontinuación
de acuerdo a losorganigramas decada Dirección,y que forman parteintegrantedel presente
Reglamento:
1.ADMINISTRADORMUNICIPAL
1.1.Oficinade Gestión, Modernización y Asesoría
2.GABINETEALCALDÍA
2.1.Oficinade Gestión Vecinal y Audiencias
3.SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
3.1.Subdirecciónde Asesoría Urbana
3.1.1 Departamento dePlanificación Urbana
3.1.2 Departamento de Inversión en Movilidad y Espacio Público
3.1.3 Departamento deGestión Urbana
3.1.4 Departamento deEstudios e Información Urbana
3.2.Subdirecciónde Planificación y Sustentabilidad
3.2.1. Oficinade Planificación Estratégica
3.3.Subdirecciónde Inversiones
3.3.1. Oficina de Diseñode Proyectos
3.3.2. Oficina de Formulación de Proyectos
3.3.4. Oficina de GestiónPatrimonial
3.4.Subdirecciónde Presupuestos y Licitaciones
3.4.1. DepartamentodePresupuesto
3.4.2. Oficina de Licitaciones
3.5.Subdirecciónde Tecnologías de la Información
3.5.1. DepartamentodeGestión y Proyectos
3.5.2. DepartamentodeSoporte Técnico yRedes
3.5.3. DepartamentodeAdministración
3.6.Subdirecciónde Movilidad
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Continuación 4
Reglamento N°914 /2025
3.7.Departamentode Innovación y Desarrollo
3.8.Oficina de ControldeGestión
4.DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
4.1. DepartamentoJurídico
4.2. Departamentode Cobranza
4.3. Departamentode Probidad y Sumarios Administrativos
4.4. Departamentode Transparencia y Lobby
5.SECRETARÍA MUNICIPAL
5.1. Departamentode Asuntos Municipales
5.1.1 OficinadePartes
5.1.2 Sección Resolutiva
5.1.3 Sección Gestión Interna
5.2. Departamentode Personas Jurídicas
5.3. Departamentode Asuntos del Concejo Municipal yCOSOC y
CCSP
5.3.1 Sección Consejo Comunal de Organización de laSociedad
Civil
5.3.2 Sección Concejo Municipal
6.DIRECCIÓN DE CONTROL
6.1. Departamentode Control y Revisión de Cumplimiento de
Contratos
6.2. Departamentode Auditoría Operativa
6.2.1 SecciónSubvenciones y Giros Globales
6.3. Departamentode Control de LegalidadPreventiva
7.DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES
7.1. Departamentode Prensa
7.3. Departamentode Relaciones Públicase Institucionales
7.4. Departamentode Comunicación Digital
7.5. Departamentode Administración
7.2. Oficina deDifusión
8.DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO (DIDECO)
8.1.Subdirecciónde Gestióny Administración Comunitaria
8.1.1. CentrosComunitarios
8.2.Subdirecciónde Servicios Sociales
8.2.1. Departamentode Protección Social
8.2.2. Departamentode Estratificación Social
8.2.3. Departamentode Subsidios Fiscales
8.2.4. Departamentode Atención Social
8.2.5. Departamentode Emergencia Social
8.3.Subdirecciónde Participación Ciudadana
8.3.1. Departamentode Gestión Comunitaria y Territorial
8.3.1.1. OficinadeGestión Territorial
8.3.1.2. OficinadeOrganizaciones Comunitarias
8.3.2. Departamentode Proyectos y Estudios
8.3.3. Departamentode Gestión Interna
8.4.Subdirecciónde Desarrollo EconómicoLocal
8.4.1. Oficina Municipal deIntermediaciónLaboral (OMIL)
8.4.2. Departamentode Emprendimiento eInnovación
8.4.3. Departamentode Formación y Capacitación
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Continuación 5
Reglamento N°914/2025
8.5.Subdirecciónde Desarrollo Social
8.5.1. Departamentode Infancia,Adolescencia y Familia
8.5.1.1. Oficina deInfancia
8.5.1.2. Oficina Local de Niñez
8.5.1.3. Oficina deJuventud
8.5.2. Departamentodel Adulto Mayor
8.5.2.1. Oficina deAtención Social Gerontológica
8.5.2.2. Oficina deExtensiónCultural y Comunitaria
8.6.Subdirecciónde Deportes y Recreación
8.6.1. Departamentode DeporteComunitario
8.6.2. Departamentode DesarrolloDeportivo Territorial
8.6.3. Departamentode Administración de Recintos Deportivos
8.7.Subdirecciónde Vivienda
8.7.1. Oficina de Entidad Patrocinantes
8.7.2 Oficina de Control de Gestión
8.7.3 Oficina de Vivienda
8.8.Subdirecciónde Asesoría Legal Comunitaria
8.8.1. Oficina de Asistencia Jurídica Vecinal
8.8.2. Oficina de Mediación Familiar
8.8.3. Oficina de Barrios y Convivencia
8.9.Oficina de Planificación y GestiónInterna
9.DIRECCIÓN DE OBRASMUNICIPALES
9.1.Subdirecciónde Documentación Técnica
9.1.1. Departamentode Catastroe Informaciones Técnicas
9.1.2. Departamentode Urbanismo
9.2.Subdirecciónde Permisos deObras e Inspección
9.2.1. Departamentode Permisosde Edificación
9.2.2. Departamentode Inspección Técnica
9.2.3. DepartamentoPermisos dePublicidad
9.2.4. Departamentode Patrimonio
9.3.Subdirecciónde Construcción
9.3.1. Departamentode Ejecuciónde Obras
9.4.Subdirecciónde Pavimentación
9.4.1. Departamentode Permisosde Pavimentación
9.4.2 Departamentode Conservación y Construcción
9.4.3. Departamentode Estudios
10.DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
10.1. Departamentode Ingeniería
10.2. Departamentode Licencias de Conducir y Permisos de
Circulación.
10.3. Departamentode Inspección
11.DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓNYFINANZAS
11.1. Subdirecciónde Gestión Administrativa
11.1.1. Departamento de Servicios Generales
11.1.2. Departamento de Consumos Básicos
11.1.3. Departamento de Propiedades
11.1.4. Departamento de Controlde Gestión y Contratos
11.2. Oficina de GestiónDocumental
11.2. Subdirecciónde Rentas y Finanzas
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Continuación 6
Reglamento N°914/2025
11.2.1.Departamentode Impuestos y Derechos
11.2.2.Departamentode Finanzas
11.2.2.1. Sección Información de Análisis Territorial
11.2.3.Departamentode Control de Contribuciones
11.2.3.1. Sección RenovaciónPatentes de Alcohol
11.2.4.Departamentode Cobranza Administrativa
11.2.4.1. Sección Fiscalizaciónde Rentas
11.2.5.Oficina de GestiónDocumental
. Subdirección de Contabilidady Finanzas
11.3.1.Departamentode Ejecución Presupuestaria de Gastos
11.3.2.Departamentode GestiónContable
11.3.3.Departamentode Control de Gestión
11.3.3.1. Sección seguimientoy auditoría de Control
11.3.3.2. Sección Fondos Externos
11.3.3.3. Sección de Análisis yRevisión
. Subdirección de Tesorería Municipal
11.4.1.Departamentode Ingresos
11.4.1.1. Sección Atención Presencial Santo Domingo
11.4.1.2. Sección Atención Presencial Amunategui
11.4.2.Departamentode Egresos
11.4.3.Departamentode Gestiónde Multas
11.4.4.Departamentode Custodiade Valores
. Subdirección de Atención a laCiudadanía
11.5.1.Departamentode AtenciónPresencial
11.5.1.1. Sección Anfitriones
11.5.2.Departamentode Atencióna Distancia
. Subdirección de Adquisiciones
11.5.1.Departamentode Compras
11.5.2.Departamentode Inventario
11.5.3.Departamentode Bodega
. Oficina de Análisis yAsesoría Técnica
ECCIÓNDE FISCALIZACIÓN
. Subdirección de Inspección
12.1.1.DepartamentoComercio Establecido y Estacionado
12.1.2.Departamentode Alcoholes
12.1.3.Departamentode ControlAcústico
12.1.4.Sección Administrativa
. Departamento de Espacios Públicos
12.2.1.Sección de Análisisy Proyectos
12.2.2.Sección de Eventosy Actividades Transitorias
12.2.3.Sección de Planificación yControl de Gestión
. Departamento de Actividades Comerciales en el BNUP
12.3.1.Sección de Factibilidad
12.3.2.Sección de Análisisy Control
12.3.3.Sección de Gestióny Registro
. Departamento de Controlde Gestión y Estrategia
12.4.1.Sección de Controlde Gestión
12.4.2.Sección de Innovación Digital y Modernización
. Departamento de Operaciones
. Oficina de AtenciónUsuario
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Continuación 7
Reglamento N°914 /2025
13. DIRECCIÓN DE OPERACIONESY SERVICIOS URBANOS
13.1. Subdirecciónde Aseo y Gestión Integral de Residuos
13.1.1. Departamento de Planificación y Control de Gestión
13.1.2. Departamento de Operaciones de Limpieza
13.1.3. Departamento de Fiscalización
13.1.4. Departamento Administrativo de Control de Contratos
13.1.5. Departamento de Valorización de Residuos
13.2. Subdirecciónde Protección Civil y Emergencia
13.2.1. Departamento de Protección Civil
13.2.2. Departamento Técnico
13.2.3. Departamento Operacional
13.2.4. Departamento Administrativo
13.3. Subdirecciónde Ornato, Parques y Jardines
13.3.1. Departamento de Conservación yFiscalización del Verde
Urbano
13.3.1.1. Sección de ObrasNuevas
13.3.2. Departamento de Gestión de Inversiones del Verde Urbano
13.3.3. Departamento de Parques y Arbolado Urbano
13.3.4. OficinadeControl y Gestión Administrativa
13.4. Subdirecciónde Higiene Ambiental
13.4.1. Departamento de Control de Plagas
13.4.2. Departamento de Control de Alimentos
13.4.3. Departamento de Zoonosis y Bienestar de Mascotas
13.5. Subdirecciónde Mantenimiento y Transporte Municipal
13.5.1. Departamento de Gestión Operativa
13.5.2. Departamento de Control Administrativo
13.5.2.1. Secciónde Prevención y Gestiónde Riesgos
13.5.2.2. Oficina de Transporte y Control de Flota
13.6. Subdirecciónde Alumbrado Público
13.7. Subdirecciónde Medio Ambiente
14. DIRECCIÓN DE CULTURA, PATRIMONIO Y TURISMO
14.1. Subdirecciónde Cultura
14.1.1. Departamento de Informaciones y Comunicaciones
14.1.2. Departamento de Gestión, programación y producción
14.1.3. OficinadeAdministración y Personal
14.2.SubdireccióndePatrimonio
14.2.1. Departamento de Museos y Galería
14.2.2. Departamento de Patrimonio y Ciudad
14.3. Subdirecciónde Turismo
14.2.1. OficinadeInformaciónTurística
14.2.2. OficinadeGestión deProyectos y Barrios
14.2.3. OficinadeTurismo Social
15. DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN YSEGURIDADCOMUNITARIA
15.1. Subdirección de Seguridad
15.2. Departamento de Administración y Control de Gestión
15.2.1. Oficinade Adquisiciones, licitación, contratos yrendición
15.2.2. Oficinade Calidadde Vida y Recursos Humanos
15.2.3. Oficinade Control de Inventarioy Abastecimiento
15.3. Departamento Operativo
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Tabla 8 (página 8 (texto) · 50 filas)

Continuación 8
Reglamento N°914/2025
15.3.1.OficinadeCoordinación e Inspección Técnica
15.3.2.OficinadePatrullaje Territorial y Focalizado
15.3.3.OficinadeGestión y Prevención Comunitaria
15.4. Departamentode Televigilanciay Comunicaciones
15.4.1.OficinadeMonitoreo y Vigilancia
15.4.2.OficinadeComunicaciones
15.4.3.OficinadeCoordinación deEntrega de Evidencias
15.4.4.Oficinacnica y de Soporte Operativo
15.5. Departamentode Asesoría Legal
15.5.1.OficinadeOrientación a Víctimas de Delitos
15.5.2.OficinadeConcejo Comunal de Seguridad
15.5.3.OficinadeMediación Comunitaria
15.5.4.OficinadeIntervención Psicosocial y Victimológica
15.6. Departamentode Seguridad Interna
15.7. Departamentode Proyectos e Inversiones
16.DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERSONAS
16.1.Departamentode Administración de Personas
16.2.Departamentode Remuneraciones
16.3.Departamentode Gestión de Licencias Médicas
16.4.Departamentode Prevención de Riesgos
16.5.Departamentode Capacitación
16.6.Departamentode Bienestar Social
17.JUZGADOS DE POLICÍALOCAL (1°, 2°,3°, 4° y 5°)
18.DIRECCIÓN DE SALUD
18.1.Oficina de Comunicaciones
18.2.SubdirecciónAdministrativa
18.2.1. Departamento de Finanzas
18.2.2. Departamento Jurídico
18.2.3. Departamento de Gestión deRecursos Humanos
18.2.4. Departamento Apoyo Logístico
18.2.5. Departamento de Infraestructura
18.2.6. Departamento de Informática
18.3.Subdirecciónde Gestión Sanitaria
18.3.1.Departamento de Modelo de Atención
18.3.2.Departamento de Promoción y Participación
18.3.3.Departamento de ServiciosFarmacéuticos
18.3.4.Departamento de RegistroClínico y Estadísticas
18.3.5.Departamento de Epidemiología
18.4.DepartamentodePlanificación y Control de Gestión
18.5Centros de Salud
19.DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
19.1.SubdirecciónPedagógica
19.2.Subdirecciónde Administración yFinanzas
19.3.DepartamentodeInfraestructura
19.4.DepartamentoAsesoría Jurídica
19.5.Subdirecciónde Gestión de Personas
19.6.Departamentode Convivencia Escolar
19.7.DepartamentoPsicosocial
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CAPÍTULO 1
ADMINISTRADOR MUNICIPAL

Tabla 10 (página 10 (texto) · 45 filas)

Continuación 10
Reglamento N°914 /2025
m)Colaborar enla planificación y coordinacióncon las unidades municipales pertinente,
medidas tendientes aprevenir riesgos ysolucionar problemas derivados de una
situación deemergencia;
n)Coordinar y controlar los planes y programas de fiscalización en materia de tránsito,
obras y patentes comerciales, industriales,profesionales yalcoholes;
o)Ejercer las atribucionesque le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad con
la Ley, y lasdemás funciones que le encomiende.
1.1.-OFICINA DE GESTIÓN, MODERNIZACIÓN YASESORÍA
ARTÍCULO 16°. - LaOficina deGestión, Modernización y Asesoríacumple las siguientes
funciones:
a)Diseñar, implementar ymonitorear planes,programas y proyectos de modernización
institucional,orientadosa optimizar los procesos internos.
b)Promover ycoordinarla adopción de tecnologías de la información y soluciones
digitales en las distintasunidades municipales, fomentandola transformación digital,
la interoperabilidad y eluso eficiente de plataformas y sistemas de gestión.
c)Asesorar alAdministrador Municipal en laelaboración y seguimiento de políticas y
estrategias de modernización, así comoen la identificación de oportunidades de
mejora organizacional,innovación y rediseño de procesos.
d)Coordinar procesos deanálisis y rediseño institucional, tales como laracionalización
de las estructuras organizacionales, flujosde trabajo y manuales deprocedimientos,
en colaboración con lasdirecciones competentes.
e)Fomentar una cultura de mejora continua,innovación y gestión delconocimiento al
interior del municipio.
f)Asesorar alAdministrador Municipal entodas las demás materias que este le
encomiende.
CAPÍTULO2
GABINETE DE ALCALDÍA
A.-DEPENDENCIA YESTRUCTURA
ARTÍCULO 17°. - ElGabinete de Alcaldía es una unidad dependiente directamente del
Alcalde.
B.-OBJETIVO
ARTÍCULO 18°. - ElGabinete de Alcaldía tiene porobjeto programar, coordinar y supervisar
las actividades del Alcalde, en materias vinculadas asu agenda y actividadesasociadas a las
funciones de la Alcaldía, así como apoyar el desarrollo de las actividadesadministrativas,
institucionales y protocolares del Alcalde y procurar se entregue respuestaoportuna a las
presentaciones, requerimientoso reclamos de la comunidad.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 19°. - ElGabinete de Alcaldía deberá cumplir las siguientes funciones:
a)Colaborar enla atención de situaciones que requieran el pronunciamiento o decisión
directa del Alcalde;
b)Elaborar la agenda delAlcalde en relacióna tres ámbitos:interno, externo y a nivel
nacional;
c)Programar ycoordinar las actividades administrativas y protocolaresdel Alcalde;
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Tabla 11 (página 11 (texto) · 38 filas)

Continuación 11
Reglamento N°914 /2025
d) Supervisar el desarrollo de las actividades edilicias,atenciónde público,
programación de audiencias y otras de apoyo directoa las funciones del Alcalde; y
e) Apoyardirectamente alAlcalde en su gestión y cumplir las funcionesque éste/a le
encomiende.
2.1 OFICINA DEGESTIÓN VECINAL Y AUDIENCIAS
ARTÍCULO 20°.- La Oficina deGestión Vecinaly Audienciastiene por objetivo fortalecer la
conexión directaentre la ciudadanía y la alcaldía, promoviendo unagestióntransparente,
inclusiva y eficiente que responda efectivamentea las necesidades de la comunidad. Para
esto tiene las siguientes funciones:
a) Recepcionar y canalizarsolicitudes ciudadanas dirigidas a alcaldía.
b) Atendera los vecinos yorganizacionessociales paraorientarlos en laresolución de
múltiples requerimientos.
c) Levantar requerimientosque tienen alcance en las distintas direccionesmunicipales.
d) Monitorear el estado delas solicitudes ciudadanas que se levantan a través de esta
oficina.
e) Coordinar y gestionar las solicitudes deaudiencias dela Alcaldía.
CAPÍTULO 3
SECRETARÍA COMUNALDE PLANIFICACIÓN
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 21°.- La SecretaríaComunal de Planificación (SECPLAN)dependedirectamente
del Alcalde a través del Administrador Municipal,y estará a cargo de un Secretario Comunal
de Planificación.
Dependerán dela SECPLANlas subdirecciones de: Asesoría Urbana; Planificación y
Sustentabilidad;Inversiones; Presupuesto y Licitaciones; Tecnologías de laInformación;
Movilidad y la Oficina de Controlde Gestión.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 22°.- EI objeto de laSECPLAN es apoyar al Alcalde y al Concejo en la definición
de las políticasy la elaboración, coordinacióny evaluaciónde losplanes,programas y
proyectos de desarrollo comunal.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 23°.- Las funcionesgenerales de laSECPLAN son:
a) Servir de secretaría técnica permanentedel Alcalde ydel Concejo en la formulación
de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas,planes,programas y
proyectos de desarrollode la comuna.
b) Asesorar al Alcalde en la elaboración delos proyectosde plancomunalde desarrollo
y de presupuesto municipal.
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Tabla 12 (página 12 (texto) · 43 filas)

Continuación 12
Reglamento N°914 /2025
c)Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos,inversiones y el
presupuesto municipal, e informar sobre estasmaterias al Alcaldey al Concejo.
d)Efectuar análisis y evaluaciones permanentesde la situación de desarrollo de la
comuna, con énfasisen los aspectossociales yterritoriales.
e)Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a
licitación, previo informe de la unidadcompetente, de conformidadcon los criterios e
instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
f)Fomentar vinculaciones de carácter técnico conlos servicios públicos ycon el sector
privado de la comuna.
g)Recopilar y mantenerla información comunal yregional atingentea susfunciones.
h)Optimizar los procedimientos y sistemas de información administrativos.
i)Asesorar al Alcalde, como al Concejo, en las políticas de desarrollo urbano.
OFICINA DE CONTROL DE GESTIÓN
ÍCULO 24°. - La Oficinade Control de Gestión está adscrita a la SECPLAN y tiene por
iones:
a)Evaluar el cumplimiento de planes, programas,proyectos, inversiones ypresupuesto
municipal, e informara la autoridad almenos semestralmente.
b)Preparar la cuenta pública de gestiónanual, recopilando la informaciónnecesaria de
las unidades municipales, conforme alos plazos establecidos en la ley.
c)Monitorear los nivelesde satisfacciónde usuarios y usuarias en laprestación de los
servicios municipales.
d)Colaborar con administración municipal en control de la gestión interna,participando
en las instancias de coordinación relacionadascon la modernización institucional, la
gestión del espacio público y el desarrollo social.
e)Elaborar el Plan Anual de Acción Municipal (PAM).
f)Evaluar e informar elcumplimiento del Plan deDesarrollo Comunal (PLADECO), en
coordinación con la Subdirección dePlanificación y Sustentabilidad.
g)Mantener actualizadoel Sistema Nacional de Indicadores Municipales (SINIM).
h)Proveer la información disponible que sea requerida por requerimientode la ley de
transparencia y acceso a la información pública.
SUBDIRECCIÓN DE ASESORÍA URBANA
ÍCULO 25°. - La Subdirección de Asesoría Urbanaestá adscrita a la SECPLAN y estará
rgode una o un AsesorUrbanista. Cuenta conlos Departamentos dePlanificación
na;Inversión en Movilidad y EspacioPúblico;Gestión Urbana;y deEstudios e
mación Urbana.
Subdirección tiene porobjeto la promoción deldesarrollo urbanode lacomuna de
iago. Para cumplir dicho objetivo, tendrá las siguientes funciones específicas:
a)Asesorar al Alcalde yal Concejo en lapromoción del desarrollo urbano de la comuna
de Santiago.
b)Elaborar y estudiarel Plan Regulador Urbano Comunal (PRC) ymantenerlo
actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias.
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Tabla 13 (página 13 (texto) · 54 filas)

Continuación 13
Reglamento N°914 /2025
c)Preparar el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público
(PIIMEP) y los planosde detalle y seccionales.
d)Informar técnicamente las proposiciones sobre Planificación UrbanaIntercomunal,
formuladas al Municipio por laSecretaría Regional Ministerial de Vivienda y
Urbanismo.
1 DEPARTAMENTO DEPLANIFICACN URBANA
TÍCULO 26°. - El Departamento de Planificación Urbana cumple las siguientes funciones:
a)Elaborar el PRC, mantenerlo actualizado y proponer sus modificaciones, enmiendas
y planos de detalle.
b)Estudiar y proponer ala Secretaría Regional Ministerial de Vivienday Urbanismo,
aquellas materias queafecten a lacomuna de Santiago y que requieran ajustes en
el Plan Regulador Metropolitano deSantiago (PRMS)y su Ordenanza.
c)Elaborar los informes técnicos alas proposiciones sobre planificación urbana
intercomunal, formuladas al Municipio por la Secretaría RegionalMinisterial de
Vivienda y Urbanismo.
d)Confeccionar los planos de detallepara las áreas afectas a declaración de utilidad
pública contenidas enel PRC, conforme a las disposiciones de la Ley General de
Urbanismo y Construcciones (LGUC) ysu OrdenanzaGeneral.
e)Elaborar los planos dedetalle de los espacios públicos del territorio.
f)Confeccionar los planos de detalle de los sectoresvinculados conmonumentos
nacionales, inmuebleso zonas deconservación histórica.
g)Informar sobre las modificaciones queexperimente laLGUC, Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones (OGUC)y el PRMS.
h)Elaborar y manteneractualizadalasordenanzas locales vinculadas a materias
urbanísticas.
i)Informar los Estudiosy Declaracionesde Impacto Ambiental (SEIA) delos proyectos
que se sometan a consideración.
j)Elaborar informes técnicos a propuestas que realiceel Consejo deMonumentos
Nacionales referidas adeclaratorias deMonumentosHistóricos y Zonas Típicas.
k)Elaborar catálogos de MonumentosHistóricos quesean declarados bajo la Ley
17.288.
l)Evaluar técnicamentey gestionarpropuesta de declaratoria y desafectación de
Inmuebles de Conservación Histórica.
m)Elaborar y mantener actualizado elcatálogo de Inmuebles de Conservación Histórica
y Zonas de Conservación Histórica, protegidas en elPRC, bajo el artículo 60 de la
LGUC.
2 DEPARTAMENTO DEINVERSIÓNENMOVILIDAD YESPACIO PÚBLICO
TÍCULO 27°. - El Departamento de Inversión en Movilidady Espacio Público cumple las
ientes funciones:
a)Preparar el PIIMEP, sus modificaciones y actualizaciones, y coordinarsu aprobación
conforme a las disposiciones contenidas en la LeyN° 20.958 que “Establece un
Sistema de Aportes alEspacio Público”.
b)Coordinar la ejecución de la carterade estudios,obras, proyectos y medidas
contenidas en el PIIMEP vigente.
c)Supervisar y certificarque el destino de los recursosrecaudados en el marco de la
Ley N° 20.958 sea destinado a losfines establecidosen ella.
d)Dar cuenta detalladadel uso, situación y movimiento de todos y cada uno de los
aportes recibidos para la ejecucióndel PIIMEP, la asignación de recursos a obras
específicas, las obrasejecutadas,losfondos disponibles en la cuenta especial, la
programación de obras para el añosiguiente y las medidas de mitigación directa por
concepto de aportes al espacio públicorecepcionadasy garantizadasy las incluidas
en permisos aprobados.
13

Tabla 14 (página 14 (texto) · 53 filas)

Continuación 14
Reglamento N°914 /2025
e)Consignar las garantías a las quealude el artículo 173° de la LGUC que obren en su
poder y la situación de los fondosobtenidos porel cobro de las mismas.
f)Representar al Municipio ante los organismoscompetentes en laelaboración y
aprobación del PIIMEP Intercomunal o Metropolitano.
3DEPARTAMENTO DE GESTIÓNURBANA
TÍCULO 28°. - El Departamento de Gestión Urbana cumple las siguientesfunciones:
a)Gestionar la elaboración de PlanesMaestros de Regeneración Urbana,a través de los
cuales se identifican iniciativas de inversión pública y privada; ypropuestas de
proyectos a ejecutar a corto, mediano y largo plazo, en barrios o distritos altamente
segregados o deteriorados.
b)Gestionar convenios de colaboración y programación con entidades públicas y/o
privadas, para implementar y establecer un marcode acción para los Planes Maestros
de Regeneración en la comuna.
c)Gestionar la conformación de mesas de trabajo,donde confluyan losrepresentantes
de los diversos grupos, comunidades, organizaciones e institucionespresentes en el
territorio objeto de intervención delPlan Maestro de Regeneración Urbana.
d)Gestionar ante el MINVU la declaratoria de interés o Zona de InterésPúblico (ZIP),
como unidad territorial de focalización, planificación y gestión de inversiones públicas.
e)Gestionar estrategias que permitan materializarlos objetivos específicos del Plan
Maestro de Regeneración Urbanaa desarrollar enla comuna.
f)Coordinar, articular y focalizar la ejecución en la comuna de los diversosplanes y oferta
programática del MINVU en materia de regeneración urbana.
4DEPARTAMENTO DE ESTUDIOSE INFORMACIÓN URBANA
TÍCULO 29°. - El Departamento de Estudios e Información Urbana cumplelas siguientes
ciones:
a)Administrar y mantener actualizadala plataformamunicipal Observatorio de Santiago
(www.observatoriosantiago.cl).
b)Mantener actualizadas las bases de datos e información urbana relevante del territorio
comunal, coordinar su sistematización con las unidadesmunicipales
correspondientes, y administrarlasen el Sistemade Información Geográfica (SIG).
c)Participar en la preparación de los diagnósticos y expedientes urbanos para los
proyectos de modificación al PRC;así como en lafase de diagnósticodel PIIMEP.
d)Participar en la elaboración del PLADECO, enlas instancias relacionadas con la
estrategia de desarrollo urbano dela comuna.
e)Realizar la calificación técnica, delas modificaciones al instrumento de planificación
comunal, según lo define el Reglamento de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).
f)Informar técnicamente, las iniciativas de inversiónvinculadas al desarrollo urbano, a
escala intercomunal o comunal, que sean sometidos a su consideración.
g)Actuar como contraparte técnica delos estudios einvestigaciones referidos a materias
de desarrollo urbano comunal, incluida la redacción de las basesadministrativas
especiales y técnicas para la contratación de losmismos.
h)Mantener actualizada toda la información sobre el PRC y el PIIMEP, dando
cumplimiento a las disposiciones legales sobre transparencia y accesoa la información
pública.
i)Estudiar y proponer las áreas de riesgo para los asentamientos humanos, conforme a
las disposiciones legales vigentesy que contribuyan adicionalmente al desarrollo de
los Planes de Prevención de Riesgos de Desastres.
j)Gestionar convenios de colaboración en materia de datos e información urbana.
k)Colaborar en las mesas de trabajo de la red de Infraestructura de DatosGeoespaciales
(IDE) del Ministerio de Bienes Nacionales; y deotras instancias de coordinación en
materia de datos espaciales.
14

Tabla 15 (página 15 · 3 filas)

Participar en las instancias de planificación y ordenamiento territorial a nivel comunal,
regional y nacional, entre las que destacan: Política Nacional de Desarrollo Urbano,
Política Nacional de ordenamiento Territorial, Plan, Regional de Ordenamiento
Territorial, entre otras solicitadas por la autoridad.

Tabla 16 (página 16 · 1 filas)

Participar en la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Regional y coordinar su
implementación a nivel local.

Tabla 17 (página 17 (texto) · 36 filas)

Continuación 17
Reglamento N°914 /2025
a)Controlar la ejecución del presupuesto informático.
b)Adquirir y llevar el control de laentrega de losinsumos computacionales.
c)Distribuir el gasto informático.
d)Tramitar facturas asociadas a la adquisición de servicios e insumoscomputacionales.
2 DEPARTAMENTO DE SOPORTE TÉCNICO YREDES
TÍCULO 35°. - EI Departamentode Soporte Técnico y Redes cumple las siguientes
ciones:
a)Entregar soporte técnico en terreno a usuarios.
b)Reparar y mantener los computadores e impresoras municipales.
c)Administrar ymantener operativos los servicios de redes, internet ycorreo.
d)Mantener el catastro del equipamiento informático municipal.
3 DEPARTAMENTO DE GESTIÓNY PROYECTOS
TÍCULO 36°. - ElDepartamento deGestión y Proyectos cumplelas siguientes funciones:
a)Implementary ejecutar proyectos de tecnología de información.
b)Controlar la explotación y mantención de lossistemas informáticos contratados.
c)Explotar y mantener los sistemas informáticos de propiedaddel municipio.
d)Investigar nuevas tecnologíasy proponer mejoras en lossistemas informáticos en
operación.
e)Proponer, gestionar, explotar yoperar la plataforma de servidores.
f)Dar soportey solución a losproblemas sistémicos, sean desarrollos propios o
contratos conterceros.
g)Desarrollar productos y servicios de gestión interna yhacia la comunidad de
innovación tecnológica.
SUBDIRECCIÓNDE PRESUPUESTO Y LICITACIONES
TÍCULO 37°. - La Subdirecciónde Presupuesto y Licitaciones, tiene como objetivo
ificar, asesorar,dirigir, organizar,coordinar yvelar por la correctaasignación y uso
iente de los recursos públicos. Gestionando ycontrolando laadquisición de bienes y
tratación de servicios demandadospor las distintas unidades municipales.
Subdirección de Presupuesto y Licitaciones cuenta con los Departamentos de Presupuesto
citaciones, y deberá cumplir las siguientes funciones:
1 DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
TÍCULO 38°. - ElDepartamento dePresupuestocumple las siguientes funciones:
a)Elaborar y formular el proyectode Presupuesto Municipal, con la participación de todas
las unidadesmunicipales.
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Tabla 18 (página 18 (texto) · 46 filas)

Continuación 18
Reglamento N°914 /2025
b)Controlar y evaluarla ejecución presupuestaria de los planes, programas y proyectos,
e informar de estasmateriasa la SECPLAN.
c)Mantener información actualizada del estadoPresupuestario Municipal, con el fin de
asesorar a la SECPLAN en latoma de decisiones, entregando un reporte a lo menos
semestralmente.
d)Gestionar las modificaciones que se requieran en función de la ejecución
presupuestaria correspondiente; y su posterior presentación al Concejo Municipal.
e)Gestionar la reasignación dedisponibilidadesa través de traspasospresupuestarios,
a petición de lasdistintasunidades municipales y de acuerdoa la ejecución
presupuestaria correspondiente.
f)Coordinar el proceso de subvenciones desdela postulación, presentación al Concejo
y la asignación alas entidades favorecidas,según lo dispuesto en el Manual de
Subvenciones vigente.
2 DEPARTAMENTO DE LICITACIONES
TÍCULO 39°. - El Departamento de Licitaciones cumple las siguientes funciones:
a)Gestionar los procesos licitatorios y cualquierotro mecanismo de compra de carácter
concursal superiora 500 U.T.M; y ejecutar losconvenios marco de grandes compras.
Además, conocerlos procesos de contratación excepcional directacon publicidad,
cuya cuantía sea mayor a 1.000 U.T.M. y quehayan sido requeridospor las unidades
municipales.
b)Elaborar las basesadministrativas generalesy especiales de las propuestas para la
contratación de obras, servicios y adquisiciones municipales.
c)Revisar y aprobarlas bases técnicas parala contratación de obras, servicios y
adquisiciones deiniciativasde gasto de inversión, previo informe de la unidad
municipal requirente.
d)Gestionar los procesos de consultas al mercado y de cotizaciones a través de la
plataforma electrónica de Mercado Público,previo informe de la unidad municipal
requirente.
e)Preparar el Plan Anual de Compras para montos superiores a 500 U.T.M. e informar a
la Dirección de Administración y Finanzas. Posterior a su decreto,comunicar en la
plataforma de Mercado Público en los plazoscorrespondientes.
f)Administrar la plataforma deMercado Públicoen lo referido a licitaciones públicas y
privadas de la Municipalidad, de más de500 U.T.M., conveniomarco grandes
compras; y contrataciones directas mayores a500 U.T.M, además de todas aquellas
contenidas en el artículo 74 del decreto 661 de12/12/2024 que aprueba el Reglamento
de la Ley 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación
de servicios del Ministerio deHacienda.
g)Coordinar con la unidad municipal correspondiente, la programación de licitaciones del
año siguiente.
h)Mantener un registro actualizado de lascontrataciones de obras, servicios y
adquisiciones realizadas a través de la SECPLAN.
i)Informar al Departamento de transparenciasobre las contrataciones de obras,
servicios y adquisiciones mensuales de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
- SUBDIRECCIÓN DEINVERSIONES
18

Tabla 19 (página 19 (texto) · 49 filas)

Continuación 19
Reglamento N°914 /2025
TÍCULO 40°. - La Subdirección de Inversiones con sus oficinas de Diseñode Proyectos;
mulación de Proyectos; yde Gestión Patrimonial, deberá cumplir las siguientes funciones:
a)Elaborar el Plan Anual de Inversiones (PAI) de infraestructura del municipio.
b)Informar de maneraperiódica al SECPLAN y a Alcaldía del avance del PAI de
infraestructura del municipio.
1 OFICINA DE DISEÑO DE PROYECTOS
TÍCULO 41°. - La Oficinade Diseño de Proyectos cumple con las siguientesfunciones:
a)Realizar el diseñoarquitectónico de proyectos, sus especificaciones técnicas,
cubicaciones y presupuesto para serincorporadosal proceso degestión de
financiamiento y/o deejecución.
b)Colaborar en procesos de diseño participativo con la comunidad.
c)Coordinar con otras unidades municipalesel diseño de proyectos.
d)Gestionar técnica y administrativamente contratos externos de proyectos de diseño.
2 OFICINA DE FORMULACIÓN DE PROYECTOS
TÍCULO 42°. - La Oficinade Formulación de Proyectos cumple con las siguientes
ciones:
a)Elaboración de perfiles de proyectos contenidos en elPAI de infraestructura en su
etapa de preinversión, para postularlosa fondos externos, de acuerdo a los
procedimientos establecidos por la entidad financistay obtener lasaprobaciones
técnicas respectivas.
b)Evaluar las iniciativas de inversión propuestas eidentificar lasfuentes de
financiamiento posible.
c)Coordinar con los organismos en convenioel desarrollode los proyectos, incluidas las
tramitaciones administrativas y rendiciones financieras,hasta la finalización o cierre
de ellos.
d)Cautelar que las unidades municipales ejecuten de manera íntegra los proyectos
adjudicados, según los procedimientos establecidos enel convenio celebrado con la
entidad respectiva.
3 OFICINA DE GESTIÓNPATRIMONIAL
TÍCULO 43°. - La Oficinade Gestión Patrimonial cumple conlas siguientes funciones:
a)Realizar y coordinarproyectos e iniciativas destinadas al registro, protección,
conservación y gestión del patrimonio comunal.
b)Cumplir con las demás funciones que el Subdirector de Inversiones o elSecretario (a)
Comunal de Planificación le encomiende en el ámbito desu competencia.
- DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO
TÍCULO 44°. - El Departamento de Innovacióny Desarrollodepende directamente del
ctor de la Secretaría de Planificación Comunal, y cumple con las siguientesfunciones:
a)Introducir el uso e implementación de tecnologías de última generaciónen el territorio
comunal, para mejorar la habitabilidad de los barrioshaciéndolos más inclusivos,
seguros y eficientes.
b)Promover la colaboración y transferencia de soluciones inteligentes y sustentables en
el territorio comunal, incluyendo el ámbitode la gestiónmunicipal y la relación con la
comunidad.
c)Fomentar la relaciónpúblico-privada en torno a promover solucionesinteligentes y
sustentables, que incluya pruebas operativas no vinculantes.
d)Desarrollar programasque contribuyan agenerar al interior del municipio una cultura
de innovación, desarrollo y sustentabilidad.
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Tabla 20 (página 20 (texto) · 42 filas)

Continuación 20
Reglamento N°914 /2025
e) Generar programas de desarrollo con la academia y estamentos públicos que se
dedican a la investigación de nuevas tecnologías aplicadas, enbeneficiode la comuna
y sus habitantes.
f) Estudiar, proponer y gestionar nuevas iniciativas de concesión de bienes municipales
o bienes nacionales de usopúblico.
CAPÍTULO4
DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 45°. -La Dirección de Asesoría Jurídica depende directamentedel Alcalde y
estará a cargo deuna o un DirectorJurídico. Dependerán de la Dirección de Asesoría Jurídica
los Departamentos de: Jurídico;Cobranza, Probidad y SumariosAdministrativos, y de
Transparencia Municipal.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 46°. -El objeto de laDirección de Asesoría Jurídica es asesorar y orientar al
Alcalde, al Concejo Municipal ya las unidadesmunicipales en todo lo relacionado con
materias legales afin de cumplir con el principio delegalidad al cualdebe someter su acción
y representar a laMunicipalidad enmaterias contenciosas. Para este efecto, laDirección de
Asesoría Jurídicacon su equipo deabogados, asumen las siguientesfunciones:
a) A requerimiento del Alcalde, iniciar y defender los juicios enlos que laMunicipalidad
sea parteo tenga interés;
b) Informaren derecho todos los asuntos legales que las unidades municipales le
planteen,manteniendo unarchivo actualizado;
c) Orientarperiódicamenterespecto delas nuevas disposiciones legales y
reglamentarias pertinentes;
d) Dar forma y mantener al día los títulos de los bienes raícesmunicipales;
e) Redactarlos Proyectosde Ordenanzas,Reglamentos, Instructivos, Convenios,
Contratosy Bases Administrativas Legales;
f) Actualizar las Ordenanzasy Reglamentos;
g) Efectuarla cobranza extrajudicial y judicial de impuestos,derechos,concesiones,
arriendose impuesto territorial, en este caso, cuando proceda y otros;
h) Realizar las gestiones necesarias para lasexpropiaciones de bienes inmuebles;
i) Velar porel cumplimientode la Ley 20.285; y
j) Otras funciones que laLey le señaleo que la Autoridad superior le asigne
relacionadas con las materias que le corresponde.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 47°.- La Direcciónde Asesoría Jurídica con su Departamentos Jurídico,
Departamento deCobranza, Departamento de Probidad y Sumarios Administrativos, y
Departamento deTransparencia, lecorresponden las siguientes funciones específicas:
.1.- DEPARTAMENTO JURÍDICO
ARTÍCULO 48°. -El DepartamentoJurídico, cumple las siguientes funciones:
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Tabla 21 (página 21 (texto) · 38 filas)

Continuación 21
Reglamento N°914 /2025
a)Resolver las consultas legalesquese le formulen;
b)Asumir la defensa extrajudicialy judicial de la Municipalidad; e
c)Informar en derecho sobre materiasmunicipales.
DEPARTAMENTODE COBRANZA
ÍCULO 49°. -El Departamentode Cobranza cumple las siguientes funciones:
a)Efectuar la cobranza extrajudicial yjudicial de impuestos, derechos, concesiones,
arriendos e impuesto territorial,en este caso, cuandoproceda y otros;y
b)Solicitar y tramitar la declaración deincobrabilidad de los créditos municipales.
DEPARTAMENTODE PROBIDADY SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
ÍCULO 50°. - El Departamento deProbidad y Sumarios Administrativos, cumple las
ientes funciones:
a)Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos que ordene elAlcalde;
b)Fortalecer la ética funcionaria mediante la realizaciónde acciones de prevención que
orienten el rectoactuar de los funcionarios; y
c)Efectuar capacitaciones ypromocióndel Principio deProbidad entre los funcionarios.
DEPARTAMENTODE TRANSPARENCIA Y LOBBY
ÍCULO 51°. - El Departamentode Transparencia yLobby, cumplelas siguientes
iones:
a)Recibir las solicitudes dela Ley deTransparencia,gestionando quese respondan
oportunamentepor lasdistintasreparticionesmunicipales, velando por el
cumplimiento de la Ley N°20.285 en términos de calidady oportunidad
(TransparenciaPasiva);
b)Recibir y verificar quela información remitidapor las distintas direcciones
municipales, cumpla con los estándares establecidosen el Art. 7 de laLey N° 20.285,
para su posterior publicación enel Portal de Transparencia Activa;
c)Aportar los antecedentesnecesariosy pertinentes a la Dirección de Asesoría Jurídica
para dar respuestas oportunasa losreclamos y amparos presentados al Alcalde y
emanados desde el Consejo para laTransparencia,velando por el cumplimiento de
los plazos y procesos establecidos en la Ley N° 20.285;
d)Representar a la Municipalidadcomo enlace ante elConsejo para laTransparencia
con la finalidadde participar activamente en las acciones conjuntas que garanticen
el correcto cumplimientode la Ley N° 20.285; y
e)Velar, orientar yejecutar las acciones e instrumentosadministrativos para la correcta
aplicación de laLey N° 20.730que Regula el Lobby.
CAPÍTULO 5
SECRETARÍA MUNICIPAL
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Tabla 22 (página 22 (texto) · 35 filas)

Continuación 22
Reglamento N°914 /2025
A.DEPENDENCIA YESTRUCTURA
ARTICULO 52°. - La Secretaría Municipal dependerá del Alcaldey estará acargo del
Secretario Municipal.
Dependerán de la Secretaría Municipalel Departamento de Asuntos Municipales, el
Departamento de Asuntos Concejo Y Consejo Comunal deOrganizaciones de laSociedad
Civil y el Departamento de Personas Jurídicas.
ARTICULO 53°. - LaSecretaria Municipaltendrá las siguientes funciones:
a)El SecretarioMunicipal deberá desempeñarse como ministrode fe en todas las
actuaciones municipales y otras que por ley le corresponda;
b)Dirigir las actividades de secretariaadministrativadel alcalde, del Concejo
Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
c)Elaborar el acta de todas las sesiones del ConcejoComunalde Seguridad
Publica;
d)Habilitar a losfuncionarios que deben realizar la Declaraciónde Intereses y
Patrimonio y autorizar su envío a laContraloría General de laRepública,de
acuerdo a lo dispuesto en la ley N°20.880 y su Reglamento;
e)Realizar todaslas gestiones que dispone la ley N°20.500, Sobre Asociaciones y
ParticipaciónCiudadana en la Gestión Pública y laLey N°19.418 SobreJuntas de
Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, asignadas ala Secretario
Municipal;
f)Desarrollar todas aquellas actividades específicasque le encomiende laLey
Orgánica de Municipalidades respecto de la constitución delConsejo Comunal de
las Organizaciones de la SociedadCivil;
g)Mantener el archivo de los actos administrativos emanados de la autoridad
municipal, y de en quienes ha delegado dicha atribución.
h)Mantener el Registro Único de Condominios Sociales, segúnlo dispuesto en la
Ley N 0 20.741; y
i)Realizar las gestiones que disponela ley N° 20.880, sobre Probidad en la
Función Pública y Prevención de los Conflictos deIntereses,a la Secretaría
municipal, respecto las Declaraciones de interesesy Patrimonio.
5.1.DEPARTAMENTODE ASUNTOS MUNICIPALES
ARTÍCULO54°. - El Departamento de AsuntosMunicipales con sus Secciones Resolutiva,
deGestiónInterna y Oficina de Partes, debe cumplir las siguientes funciones:
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Tabla 23 (página 23 (texto) · 51 filas)

Continuación 23
Reglamento N°914 /2025
a)Realizar la atención de público y recepción, registroy derivación de cartas,
documentos y diversos requerimientos que, en forma presencial, vía correo electrónico
o cartas realizan,al Alcalde, Secretario Municipal y otras direccionesmunicipales,
b)Retirar y distribuir la correspondencia recibida en la casilla 52-D de Correos de Chile,
contratada por lamunicipalidad.
c)Realizar el seguimiento y envío de informes periódicos al Administrador Municipal, del
estado de los requerimientos que ingresan dirigidos al alcalde(sa)y a las distintas
direcciones municipales;
d)Realizar y registrar el ingreso de la documentación correspondiente alos actos que de
acuerdo a la LeyN° 20.500 y LeyN° 19.418, deben presentar al Secretario Municipal,
las organizaciones comunitarias,fundaciones, Corporaciones y Asociaciones,
e)Revisar que este correcta la documentaciónque debeenviarsea través de la
plataforma correspondiente alRegistro Civil,relacionadacon losactos que las
organizaciones deben presentar al Secretario Municipal, de acuerdo ala Ley N° 20.500
y Ley N° 19.418;
f)Redactar los borradores de los decretos que elalcalde(sa)debe suscribir, respecto
materias aprobadas por el Concejo Municipal;
g)Mantener un archivo de todos losactos administrativos suscritos porel alcalde(sa), y
de en quienes hadelegado dichaatribución.
h)Mantener el Registro Único de Condominios Sociales, segúnlo dispuesto en la Ley N°
20.741;
i)Gestionar y responder los requerimientos que a través de Transparencia o del Sistema
de Reclamaciones de VentanillaÚnica se formulan a la Secretaría Municipal.
DEPARTAMENTODE PERSONASJURIDICAS
TICULO 55°. - El Departamento de Personas Jurídicas debe cumplir las siguientes
ciones:
a) Atender y ejecutar las distintas gestionesque solicitan representantes de la
comunidad organizada, que la ley N° 20.500, Sobre Asociaciones y Participación
Ciudadana en la Gestión Pública y la ley N° 19.418 Sobre Juntas de Vecinos y
demás Organizaciones Comunitarias, asignaa la Secretaría municipal;
b) Mantener unregistro actualizado de la constituciónde lasOrganizaciones,
Fundacionesy corporacionesque realicen;
c) Realizar lasgestiones relacionadas conel cumplimiento por parte de los
funcionariosmunicipales delas Declaraciones de Intereses yPatrimonio que
dispone la ley N° 20.880, sobre Probidad enla FunciónPúblicay Prevención de
los Conflictosde Intereses, que asigna a la Secretaría municipal;
d) Mantener y actualizar el Registro Municipalde Entidades Receptoras de Fondos
Públicos, deacuerdo a la leyN° 19.862 de 2003 y su reglamento;
e) Revisar losoficios que remite el Tribunal ElectoralRegional, y realizar las
actividades necesarias paradar cumplimiento a las instrucciones y sentencias
relacionadascon las organizaciones comunitarias y otras que corresponda a la
Secretaría Municipal.
f) Ejecutar las notificaciones sobre reclamos yrecursos deilegalidad presentados a
la municipalidad; y,
g) Revisar y actualizar permanentemente cuando correspondala información
contenida enla página web dela municipalidad, relacionada con las funciones que
realiza el Departamento de Personas Jurídicas;
h) Mantener y resguardar los documentos delarchivo dela Secretaría Municipal y
disponer y controlar el accesoa ellos cuandocorresponda.
23

Tabla 24 (página 24 (texto) · 37 filas)

Continuación 24
Reglamento N°914 /2025
5.3. DEPARTAMENTO DE ASUNTOSDEL CONCEJOMUNICIPAL Y COSOC Y CCSP
ARTICULO56°. - El Departamento deAsuntos delConcejo Municipal, COSOCy CCSP, tiene
comoobjetivo ejecutartodas lasactividadesdesecretaría administrativa para el
funcionamiento del Concejo Municipal,COSOC yCCSP para lo cual debecumplir con las
siguientesfunciones específicas:
a)Asistir, tomar nota y elaborar las actas delassesiones del ConcejoMunicipal y del
Consejo Comunal de Organización de laSociedad Civil;
b)Comunicar o transcribir losacuerdos adoptados por el ConcejoMunicipal y del
Consejo Comunal de Organización de laSociedad Civila las autoridades,
organizacioneso personasque corresponda;
c)Ejercer las tareas propiasde secretaría,conforme a loquedisponen sus
reglamentos internos;
d)Preparar los antecedentes de los temasde latabla que se trataráen las sesiones
del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciónde la Sociedad
Civil;
e)Elaborar y despachar las minutas para las Sesiones Ordinarias yExtraordinarias
del Concejo Municipal y delConsejo Comunalde Organizaciónde laSociedad Civil
con la debida antelación, adjuntando la tablacorrespondientey copia del acta de
la sesión anterior;
f)Disponer los antecedentesque correspondaen el escritorio digitalpara el trabajo
de las comisiones permanentes del ConcejoMunicipal;
g)Coordinar y citar, cuando corresponda,a lascomisiones de trabajo del Concejo
Municipal y delConsejo Comunal de Organización de la SociedadCivil, llevando
un registro de laasistencia de dichas o comisiones para los efectosde lo dispuesto
en la normativavigente;
h)Redactar y despachar lascitaciones afuncionarios municipaleso a personas
ajenas al municipio, que determine el ConcejoMunicipal;
i)Recibir, registrar y archivar,según corresponda, la documentación que reciba el
Concejo Municipal y el Consejo Comunal deOrganización de laSociedad Civil,
como también despachar lacorrespondenciaque se emane delosmismos;
j)Elaborar las actas de las sesiones del Consejo Comunal de Seguridad Pública y
distribuirlas según corresponda; y
k)Proveer los materiales necesarios para el trabajo de las concejalías.
CAPÍTULO6
DIRECCIÓN DE CONTROL
24

Tabla 25 (página 25 · 9 filas)

ARTÍCULO 57°. - La Dirección de Control depende directamente del Alcalde; y estará a
cargo de un Contralor Municipal.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 58°. - EI objeto de la Dirección de Control es apoyar la gestión del municipio y
procurar la máxima eficiencia administrativa interna de la Ilustre Municipalidad en el marco
de las normas legales vigentes.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 59°. - La Dirección de Control con sus Departamentos de: Control y Revisión de
Cumplimiento de Contratos, de Control de Legalidad Preventivo, y la Auditoría Operativa,
tendrá las siguientes funciones:

Tabla 26 (página 25 · 17 filas)

a) Realizar auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la
legalidad de su actuación;
b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal;
c) Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello
al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
d) Colaborar directamente con el Concejo en el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras;
e) Fiscalizar las corporaciones, fundaciones o asociaciones municipales, constituidas en
conformidad con los artículos 129º y 137°, de la Ley Nº18.695, respecto del uso y
destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la información que requiera para
este efecto, acorde lo dispuesto en los artículos 136º y 150º, de la aludida Ley
Nº18.695;
f) Revisar la legalidad de las rendiciones de cuentas de las subvenciones otorgadas por
el Concejo Municipal;
g) Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de auditorías externas que, en virtud
de una nueva atribución de la ley Nº 18.695 puede requerir y efectuar las demás
auditorías que el Alcalde le señale; y
h) Otras Funciones que el Alcalde le asigne, de conformidad con la legislación vigente, y
que no sean aquellas que la Ley asigna a otras unidades.

Tabla 27 (página 25 · 2 filas)

6.1 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS
ARTÍCULO 60°. - El Departamento de Control y Revisión de Cumplimiento de Contratos,
cumple con las siguientes funciones:

Tabla 28 (página 25 · 2 filas)

a) Revisar el cumplimiento de la legalidad de los decretos de pago correspondientes a
contratos administrativos por montos superiores a 300 UTM, a excepción de los que
digan relación con transacciones. extrajudiciales y judiciales, conciliaciones,

Tabla 29 (página 26 · 5 filas)

avenimientos y cumplimiento de sentencias, consumos básicos (luz, agua, gas,
combustibles y teléfono) y reconocimientos de deudas.
b) Revisar el cumplimiento de la legalidad de los decretos de pago por montos sobre 300
UTM de arriendos de inmuebles.
c) Revisión de informes de comisiones evaluadoras de licitaciones.
d) Otras Funciones que la Dirección de Control le asigne.

Tabla 30 (página 26 · 2 filas)

6.2 DEPARTAMENTO DE CONTROL DE LEGALIDAD PREVENTIVO
ARTÍCULO 61°. - El Departamento de Control de Legalidad Preventivo, cumple con las
siguientes funciones:

Tabla 31 (página 26 · 11 filas)

a) Realizar el control de legalidad preventivo de los documentos y actos que se emiten
en el desarrollo de los procesos de contratación pública de montos superiores a 300
UTM, a saber: bases administrativas de licitaciones públicas y privadas; términos de
referencia de tratos directos e intenciones de grandes compras vía convenio marco.
b) Realizar control de legalidad preventivo de los Decretos Secc. 2da que se emiten en
el desarrollo de los procesos de contratación pública superiores a 300 UTM, a saber:
Decretos de llamado a licitación pública, privada e invitación a proceso de gran
compra; de aprobación y modificación de bases administrativas; de adjudicación de
convenios marco, licitaciones y tratos directos; de aprobación y modificaciones de
contrato; y de término anticipado y liquidaciones de contrato, si correspondiese.
c) Prestar apoyo jurídico al resto de las Unidades de la Dirección de Control.
d) Otras funciones que la Dirección de Control le asigne.

Tabla 32 (página 26 · 2 filas)

6.3 DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA OPERATIVA
ARTÍCULO 62°. - El Departamento de Auditoria Operativa, del cual depende la Sección de
Subvenciones y Giros Globales, cumple las siguientes funciones:

Tabla 33 (página 26 · 20 filas)

a) Planificar, diseñar, ejecutar y evaluar las auditorías operativas internas y controles
deliberados de la Municipalidad y el posterior seguimiento de los resultados de las
mismas;
b) Asesorar a la Dirección en el estudio de aplicación de normas que regulan el
cumplimiento de funciones municipales;
c) Fiscalizar e informar sobre situaciones que le encomiende la Dirección, tales como:
informes de contratos de honorarios, pago de horas extras, arqueos de caja, especies
valoradas, y manuales de procedimientos;
d) Elaborar el informe de avance trimestral de los Programas de Mejoramiento a la
Gestión, para su informe o presentación en el Concejo Municipal;
e) Elaborar los decretos de eliminación de documentos en desuso, solicitado por las
unidades municipales;
f) Revisión muestral expost de los decretos de pagos correspondientes a las
remuneraciones, pagos honorarios, finiquitos, viáticos, desahucios, indemnizaciones
del personal y otras, emitidas por las Direcciones de Gestión de Personas, Educación
y Salud.
g) Revisión expost del decreto que dispone los ascensos y retiros voluntarios de la
Dirección de Gestión de Personas IMS.
h) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley N°19.913 referida a materia de lavado
y blanqueo de activos.
i) Otras funciones que la Dirección de Control le asigne.

Tabla 34 (página 26 · 2 filas)

6.3.1 SECCIÓN DE SUBVENCIONES Y GIROS GLOBALES
ARTÍCULO 63°. - La Sección de Subvenciones y Giros Globales, cumple las siguientes
funciones:

Tabla 35 (página 26 · 1 filas)

a) Revisar el cumplimiento de la legalidad de los decretos de pago de subvenciones, por
montos superiores a 300 UTM, y llevar un registro actualizado de estos fondos;

Tabla 36 (página 27 · 8 filas)

b) Asesorar a la Dirección en materias relativas al cumplimiento de la resolución Nº30,
de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimientos
sobre Rendición de Cuentas;
c) Revisar aleatoriamente las rendiciones de cuentas de las subvenciones conforme a lo
establecido en el manual de subvenciones vigentes.
d) Efectuar control de rendiciones de giros globales, de gastos menores y de
representación verificando el uso correcto de los recursos Municipales, Educación y
Salud.
e) Otras funciones que la Dirección de Control le asigne.

Tabla 37 (página 28 (texto) · 49 filas)

Continuación 28
Reglamento N°914 /2025
f)Realizar y apoyara todas las Direcciones en lo relacionado con labores de su
especialidad enlascircunstancias que el Alcalde losolicite o las Direcciones lo
precisen.
OFICINA DE DIFUSN
ÍCULO 67°. - LaOficina de Difusión, depende directamente delDirector de
unicaciones, y cumple las siguientes funciones:
a)Generar y/o coordinar estrategiasde difusión decampañas y actividades del
municipio con otrasunidades municipales u otras instituciones;
b)Creación y producción de los elementos técnicos de difusión; y
c)Planificación, producir y coordinar la instalación de material de difusión.
DEPARTAMENTODEPRENSA
ÍCULO 68°. - El Departamento de Prensacumple las siguientes funciones:
a)Informar a la comunidad a través de los medios de comunicación tradicionales, como
también de lasredes sociales y otros soportes, losprogramas y actividades del
municipio;
b)Organizar, coordinar y producir pautas de prensa,comunicados, móviles de TV,
material informativoen general, en soporte de papel odigital; entrevistas de Alcalde
o voceros técnicosmunicipales, entreotras acciones;y
c)Atender los requerimientos de la prensa.
DEPARTAMENTODERELACIONES PÚBLICAS E INSTITUCIONALES
ÍCULO 69°. - ElDepartamento Relaciones Públicase Institucionales cumple las
ientes funciones:
a)Producir y coordinar las ceremonias,eventos y actividades que realiza el municipio
con la comunidad ycon las diferentesorganizaciones sociales, culturales, deportivas,
así como también con instituciones públicas y privadas;
b)Asesorar al Alcaldey autoridades municipales en materias de ceremonia y protocolo;
y
c)Dar respuesta alasdiversas consultas, inquietudes ypeticiones solicitadas por los
vecinos y usuariosde Santiago, específicamente en materia de apoyologístico para
actividades comunitarias.
DEPARTAMENTODECOMUNICACIÓNDIGITAL
ÍCULO 70°. - El Departamento Comunicación Digital cumple las siguientesfunciones:
a)Administrar el portal web municipal,las redes sociales del municipio y el correo
corporativo;
b)Producir y/o coordinar productos o proyectos comunicacionales en formato digital:
páginas web, gráfica multimedia, piezas optimizadas para medios electrónicos, entre
otros;
c)Asesorar a las unidades municipalesrespecto a la difusión de sus actividades y de
proyectos específicos que tengan unperfil digital; y
d)Diseñar estrategiascomunicacionales para mejorary potenciar lacomunicación
interna del municipio, a través de canales como elcorreo corporativo, boletín de
funcionarios y distribución de materialinformativo general, entre otros.
DEPARTAMENTODEADMINISTRACIÓN
ÍCULO 71°. - El Departamento de Administración, cumplelas siguientes funciones:
a)Contratar a travésde Mercado Público bienes y servicios para la realización de
actividades y/oceremonias que realiza la Dirección;
b)Administrar contratos que ejecuta la Dirección para eldesarrollo de lasactividades;
28

Tabla 38 (página 29 (texto) · 34 filas)

Continuación 29
Reglamento N°914 /2025
c) Administrarlos recursosfinancierosde publicidady difusión y gastos de
representación de la ciudad,asignadosa la Dirección;
d) Diseñar, asesorar y supervisar la producción de soportesimpresos,en función de los
requerimientos de diversas direcciones,departamentos y/o unidades.
d) Apoyaren el proceso de tramitación depagos de facturas y/o boletas; y
e) Mantener registro de los gastos de los diferentes clasificadoresque maneja la
Dirección para la formulación del presupuesto anual.
CAPÍTULO 8
DIRECCIÓN DE DESARROLLOCOMUNITARIO(DIDECO)
A.- DEPENDENCIAY ESTRUCTURA
ARTÍCULO 72°.- LaDirección de Desarrollo Comunitario depende del Alcalde a través del
Administrador Municipal y estará a cargo de un Director de Desarrollo Comunitario.
Dependerán dela Dirección de Desarrollo Comunitario las Subdirecciones de: Gestión y
Administracióncomunitaria; Servicios Sociales; Mujeres, Inclusión eInterculturalidad;
Participación Ciudadana; DesarrolloEconómico Local; Desarrollo Social; y Deportes y
Recreación; Ademásde la Oficina de Proyectos y Gestión Interna, la Oficina de Asesoría
Jurídica Vecinaly elDepartamento de Vivienda.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 73°.- Elobjeto de la Dirección de Desarrollo Comunitario es asesorar al Alcalde
y al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo comunitario, en losámbitos social,
económico y deportivo, considerandoespecialmente la integración y participación de los
residentes y/o usuarios de la comuna.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 74°.- Ala Dirección deDesarrolloComunitario le corresponden las siguientes
funciones generales:
a) Asesorar alAlcalde y al Concejo Municipal en la formulación delos programas y
proyectos necesarios para promoción del desarrollo social y comunitario;
b) Prestarasesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentando su desarrollo
y legalización, y promoviendo su efectivaparticipación enel Municipio; y
c) Proponer yejecutar, cuando corresponda, medidastendientes a materializar
acciones relacionadas conasistenciasocial, capacitación laboral, deporte y
recreación,promoción del empleo y fomento productivo.
29

Tabla 39 (página 30 (texto) · 35 filas)

Continuación 30
Reglamento N°914 /2025
OFICINA DE PROYECTOS YGESTIÓNINTERNA
ÍCULO 75°. - A la Oficina de Proyectos yGestión Internale corresponden las siguientes
iones generales:
a)Apoyar a las subdirecciones en la planificación, diseño, formulacióny evaluación de
los programas yproyectossociales.
b)Monitorear la ejecución técnica y presupuestaria de los programas y proyectos de las
Subdireccionesde la DIDECO.
c)Aportar en la coordinacióncon otras Direcciones y/o departamentosmunicipales, así
como con otrasentidadespúblicas oprivadas, acciones para la correcta y oportuna
ejecución de losprogramas y proyectosrelacionadosa la DIDECO.
d)Colaborar en eldesarrollo e implementación de estrategias de modernización y
digitalización delos procesos internos.
e)Apoyar en el diseño e implementación de estrategiasde comunicación y difusión de
los programas sociales y proyectos de la Dideco.
f)Colaborar y gestionar otrasiniciativasde interés municipal y comunitario.
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN COMUNITARIA
ÍCULO 76°. - La Subdirección de Gestión y Administración Comunitaria, tiene las
ientes funciones:
a)Administrar adecuadamente la gestióny la oferta programática delos Centros de
Integración Comunitaria dirigida a usuarios, vecinasy vecinos dela comuna de
Santiago.
b)Promover la vinculación con el mediode los Centros de Integración Comunitaria
generando redes de colaboración que potencien el desarrollo socialy cultural de la
comunidad.
c)Coordinar el desarrollode accionessociales conjuntas conotros servicios
municipales e institucionespúblicas oprivadas en beneficio de la comunidad; y
d)Apoyar en la coordinacióny supervisióndel Programade Mejoramiento de la Gestión
de la DIDECO.
e)Colaborar en lagestión ysupervisiónde otras iniciativas de interés municipal y
comunitario.
SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES
ÍCULO 77°. - La Subdirecciónde ServiciosSociales compuesta por losDepartamentos
Protección Social; EstratificaciónSocial; Subsidios Fiscales; Atención Social y Emergencia
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Tabla 40 (página 31 (texto) · 52 filas)

Continuación 31
Reglamento N°914 /2025
Social yuna Oficina de Coordinación Técnica, tendrán como objetivo principalcontribuir a la
satisfacción de las necesidades básicasy urgentes de los residentes de la comuna de
Santiagoy administrar losprogramas sociales financiados por el Estado, cumpliendo para ello
las siguientes funciones:
a)Administrar y entregar de manera eficiente yoportuna laasistenciasocial a los
vecinos más vulnerables de la comuna;
b)Elaboración y mejoramiento deprogramas ypolíticasorientadasal logro del
desarrollo social de lacomuna; y
c)Planificar, coordinar yejecutar la intervención social de losdistintos programas de la
Subdirección.
8.3.1.- DEPARTAMENTODEPROTECCIÓN SOCIAL
ARTÍCULO 78°. - El Departamento de Protección Social, cumple lassiguientesfunciones:
a)Articular y coordinar la red de Protección Socialdel Estadoy de la Municipalidad de
Santiago, de formaeficiente y eficaz, para eldesarrollo social de las personas y
familias vulnerablesde la comuna, mediantela ejecución de los Programas del
Sistema de Promoción y Protección Social;
b)Administrar, coordinar y ejecutarlos Programas de prevención provenientes del
Servicio Nacionalpara la Prevención y Rehabilitación delConsumode Drogas y
Alcohol; y
C)Coordinar las Oficinas Municipalesque se implementen con presupuesto municipal
en el ámbito delosprogramasque formanparte del Sistema dePromoción y
Protección Social.
8.3.2.- DEPARTAMENTODEESTRATIFICACIÓN SOCIAL
ARTÍCULO 79°. - El Departamento de Estratificación Social, cumplelas siguientes funciones:
a)Inscribir y evaluarmediante los instrumentos defocalización, definidospor el Estado,
a todas las personasy familias conresidencia en la comuna;
b)Administrar, analizar, disponery manteneractualizadas las bases de datos
correspondientesalInstrumentode focalización vigente,conformea las normas
legales y metodológicas dispuestas por el Ministerio de Desarrollo Social;
c)Mantener sistemas computacionales que aseguren un eficiente control tanto del
proceso de demandaen la aplicación de Instrumentos deFocalización, como de la
oportuna ejecución de encuestas en terreno;
d)Efectuar estudiosmuéstrales tendientes a la formación dearchivose información
sectoriales y emitir informes estadísticos tanto representativos de la gestión interna,
como de apoyo ala gestión de otros departamentos y de las áreas quelo requieran;
y
e)Crear y mantener un banco comunal de datos, en basea información empírica
derivada de fuentes censales y/o muéstrales.
8.3.3.- DEPARTAMENTODESUBSIDIOSFISCALES
ARTÍCULO 80°. - El Departamento de Subsidios Fiscales, cumple las siguientes funciones:
a)Atender e inscribir alos postulantes a subsidios fiscales: subsidio maternal, recién
nacido, subsidiofamiliar, subsidio familiar ala madre,pensionesasistenciales,
subsidio de aguapotable / SAP;
b)Mantener los archivos físicos y computacionales correspondientes alos subsidios
fiscales;
c)Coordinar con losorganismos del Gobierno Central la cobertura dela población
objetivo de cada subsidio fiscal y el desarrollo de competencias del personal a cargo
de su implementación.
8.3.4.- DEPARTAMENTODEATENCIÓNSOCIAL
ARTÍCULO 81°. - El Departamento de Atención Social, cumple las siguientes funciones:
31

Tabla 41 (página 32 (texto) · 31 filas)

Continuación 32
Reglamento N°914 /2025
a)Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de asistencia o de protección básica
que afecten a personaso familias dela comuna;
b)Mantener estandarizados los procesos de atención alusuario en las distintas sedes
de Atención Social; y
c)Planificar, administrar ycontrolar demanera eficientey oportuna la entrega de los
recursos asignados alpresupuestodel Fondo Asistencial Social deEmergencia
(FASE).
8.3.5.- DEPARTAMENTO DE EMERGENCIASOCIAL
ARTÍCULO 82°. - El Departamento de Emergencia Social, cumple las siguientesfunciones:
a)Coordinar losdiferentes recursosinstitucionales, públicos y privados para dar
asistencia social en situaciones deemergencia quepuedan afectar apersonas y
familias residentes de lacomuna;
b)Coordinar al equipo deturno de emergencia, informando a las distintas unidades
involucradas;
c)Planificar, administrary otorgar demanera eficiente y oportunalos recursos
asignados al presupuesto del Departamento de Emergencia Social;
d)Crear, administrar y mantener actualizados las basesde datos de lasemergencias
ocurridas dentro de lacomuna yde los catastrostanto de familiasy personas
afectadas en cada unade ellas; y
e)Coordinar con las distintas unidadesmunicipales que intervienen en losprocesos de
desalojos, producto dedecretos deInhabilidad o Inhabitabilidad, efectuando la
Asistencia Social a las familias y personas afectadas.
8.4.- SUBDIRECCIÓNDE PARTICIPACIÓNCIUDADANA
ARTÍCULO 83°. - LaSubdirección deParticipación Ciudadana, conformado por el
Departamento de: Gestión Comunitaria y Territorial, con sus oficinas de Barrios yConvivencia
y de Gestión Territorial;Departamento de Proyectos y Estudios; y Departamento de Gestión
Interna,tendrán comoobjetivofomentar laparticipación delos ciudadanos en los temas
públicosde interés local, y apoyar a las organizaciones dela comunidad para su mejor,
integración al desarrollocomunal.
32

Tabla 42 (página 33 (texto) · 50 filas)

Continuación 33
Reglamento N°914 /2025
8.4.1.- DEPARTAMENTO DE GESTIÓN COMUNITARIA Y TERRITORIAL
ARTÍCULO 84°. - El Departamentode Gestión Comunitaria y Territorial, con sus oficinas de:
GestiónTerritorial y OrganizacionesComunitarias, cumple las siguientes funciones:
a)Apoyar la implementaciónde políticas de participación ciudadana relevando temas
de interés local, a través de programas y diversasactividades dirigidas a la
comunidad.
b)Promover la asociatividad,la corresponsabilidad, la autogestión y el predominio del
bien común al interior de lacomuna;
8.4.1.1.-OFCINA DE GESTIÓN TERRITORIAL
ARTÍCULO 85°. - La Oficina de Gestión de Territorial, cumple lassiguientes funciones:
a)Establecer canales efectivos de comunicación y coordinación entre laciudadanía y
las distintas unidades municipales.
b)Ser un ente canalizador delas diversassolicitudes, demandas y necesidades de los
dirigentes sociales, organizaciones territoriales y funcionales, con la Municipalidad.
c)Vincular y acercar los diversos serviciosde la municipalidad a la comunidad.
8.4.1.2.-OFICINA DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
ARTÍCULO 86°. - La Oficina deOrganizaciones Comunitarias, cumple las siguientes
funciones:
a)Velar por el funcionamiento de lasorganizacionescomunitarias,cumple las
siguientes funciones;
b)Revisar los documentos eleccionarios delas organizaciones comunitarias;
c)Asesorar legal y técnicamente a lasorganizaciones comunitarias en todas las
materias de la Ley N°19.418.- que permitan facilitar sus funcionamiento; ya sea para
su renovación de una directiva, la disolución de esta; o para la modificación de sus
estatutos;
d)Mantener actualizado elregistro comunal de las organizacionescomunitarias
existentes;
e)Asesorar en materias de laLey N°19.418.- a los vecinosque requieranorganizarse
y constituir nuevas organizaciones comunitarias (territoriales y funcionales);
f)Disponer de ministros defe para la constitución de organizacionescomunitarias
(territoriales y funcionales).
8.4.2.- DEPARTAMENTO DE PROYECTOS Y ESTUDIOS
ARTÍCULO 87°. - El Departamento de Proyectos y Estudios, con sus oficinasde: Fondos
Concursables y Participación Ciudadana, cumplelas siguientes funciones:
a)Coordinar con los organismos comunitarios en la ejecución de programas de
desarrollo comunal;
b)Identificar y elaborar, enconjunto conla comunidad,proyectos deapoyo a las
organizaciones comunitarias y de su gestión;
c)Realizar diagnósticos, planes de accióny agendas territoriales, con laparticipación
de los actores locales, a finde procurar lamejor focalización de los recursos y orientar
la acción hacia el mejor cumplimiento delos objetivos comunes; y
d)Identificar fondos concursables externosal municipio y postular iniciativas de interés
para el desarrollo comunitario.
8.4.3- DEPARTAMENTO DE GESTIÓN INTERNA
ARTÍCULO 88°. - El Departamentode Gestión Interna, cumple lassiguientes funciones:
a)Diseñar, implementar, monitorear y controlar un sistema de gestión de lainformación
y de evaluación de resultados de losproyectos programas y actividades de la
Subdirección;
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Tabla 43 (página 34 (texto) · 40 filas)

Continuación 34
Reglamento N°914 /2025
b)Elaboración delPlan Estratégicode la Subdirección yapoyar laelaboración y
ejecución del presupuesto; Monitorear la agenda programática delas diferentes
actividades;
c)Monitorear indicadores de gestióninterna; y
d)Monitorear los indicadores vinculados al presupuesto.
8.5.- SUBDIRECCIÓN DEDESARROLLOECONÓMICO LOCAL
ARTÍCULO 89°. - La Subdirección de Desarrollo Económico Local,con susDepartamentos
de Empleo, Emprendimiento e Innovacióny de Capacitación y Formación;y la Oficina de
Municipal de Intermediación Laboral (OMIL), tiene como objetivoel diseño,planificación y
desarrollo de actividadesy programasdirigidos apotenciar yfortalecer el desarrollo
económico de la comunaen concordancia con loslineamientosdefinidospor la máxima
autoridad municipal.
8.5.1.- DEPARTAMENTODE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN (OTEC IMS)
ARTÍCULO 90°. - El Departamento de Capacitacióny Formación(OTEC IMS), cumple las
siguientes funciones:
a)Diseñar e implementarplanes yprogramas de capacitación y formación para
emprendedores de la comuna.
b)Establecer alianzas estratégicascon organismos públicos y privados para la
generación deactividades colaborativasdirigidas aldesarrollo de talentos,
competencias y habilidades de losemprendedores.
8.5.2.- DEPARTAMENTODE EMPRENDIMIENTO EINNOVACIÓN
ARTÍCULO 91°. - El Departamento de Emprendimiento e Innovación, cumple las siguientes
funciones:
a)Liderar el diseñode unaestrategia de posicionamiento ydesarrollo de la imagen
ciudad vinculadaal desarrollo económico de la comuna.
b)Diseñar, planificary coordinar planes de intervención turísticos y comerciales para la
revitalización de los distintos barrios, plazas,sectores y otros espacios privados de
usos públicos y similares.
c)Identificar potencialidades comerciales de la comuna y oportunidadesde crecimiento
económico, coordinandola inversión públicay privada presente en el territorio.
d)Promover una cultura deinnovación abierta ycolaborativa,donde diferentes actores
del territorio (como emprendedores, empresas, universidades, centros de
investigación, instituciones públicas y comunidades locales) puedan compartir ideas,
experiencias yrecursos paraexplorar,aprender ymaterializar soluciones
innovadoras.
8.5.3.- OFICINA MUNICIPAL DEINTERMEDIACIÓNLABORAL (OMIL)
ARTÍCULO 92°. - La Oficina Municipalde Intermediación Laboral (OMIL), cumple las
siguientes funciones:
34

Tabla 44 (página 35 (texto) · 34 filas)

Continuación 35
Reglamento N°914 /2025
a)Elaborar y ejecutar planes de intermediación laboral para fomentar laempleabilidad
de las personas en situación de vulnerabilidad de la comuna.
b)Mejorar la competitividadlaboral, a través de la orientación y entrega deherramientas
prácticas parala búsqueda de trabajo de los vecinos de la comuna.
c)Establecer vínculos continuos y permanentes con elsector empresarial para el
levantamientocontinuo de ofertas laborales.
d)Articular y coordinar laoferta públicay privada presente en el territorio para la
promoción y eficiencia dela intermediación y colocación laboral.
8.6.- SUBDIRECCIÓNDE DESARROLLO SOCIAL
ARTÍCULO 93°. - La Subdirección de DesarrolloSocial con susDepartamentos de: Infancia,
Adolescencia y Familia; y AdultoMayor; tienen como finalidadmejorar la calidad de vida de
las personas y desarrollo de las organizaciones de la comuna, para lo cual deberá cumplir con
las siguientes funciones:
a)Diseñar e implementarpolíticas de protección y promoción socialpara grupos
vulnerables dela comuna.
b)Articular conotras direcciones y/o departamentosmunicipales, así como con
entidades públicas o privadas accionesque vayan enbeneficio de NNA, Personas
Mayores y susfamilias.
8.6.1.- DEPARTAMENTO DE INFANCIA, ADOLESCENCIA YFAMILIA
ARTÍCULO 94°. - El Departamento de Infancia,Adolescencia yFamilia con sus oficinas de:
Infancia;OLN; y de la Juventud, le correspondenlas siguientesfunciones:
a)Diseñar e implementarprogramas sociales dirigidosa beneficiara NNA y sus
familias.
b)Promover y fortalecer lazos colaborativos articulados eintegrados a nivel local, con
distintos actores vinculados al tema de infancia en la comuna.
8.6.1.1.-OFICINA DE INFANCIA
ARTÍCULO 95°. - La Oficina de Infancia, cumplela siguiente función:
a)Desarrollar una política local de infanciapara mejorar lacalidad de vida, el bienestar,
desarrollo integral y la protección de losderechos de niños, niñas y adolescentes de
la comuna.
b)Implementar iniciativasque fortalezcan el rol de las familias como principales
protectores y educadoresde la infancia.
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Tabla 45 (página 36 (texto) · 50 filas)

Continuación 36
Reglamento N°914 /2025
c)Implementar programas socialesdirigidos a fomentar la participación de NNA de la
comuna en actividades que promuevan su desarrollo físico, emocional, social y
educativo.
8.6.1.2.-OFICINA LOCAL DE LA NIÑEZ (OLN)
ARTÍCULO 96°. - La Oficinalocal de la Niñez, cumple la siguiente función:
a)Dar cumplimiento desde nuestrainstitucionalidad ala Ley N° 21.430 sobre los
Garantías y Protección Integralde los Derechos de los Niños, Niñas y
Adolescentes en Chile, la que establece un marco legal para garantizar el ejercicio
efectivo y la protección integral delos derechos de la niñez y adolescencia.
b)Detectar, preveniry abordar situaciones de vulneración de derechos de NNA
articulando respuestas del gobiernolocal y los actoresdel territorio, como garantes
de derechos de losNNA, en el espacio comunal;
c)Promover y difundir estrategiasde prevención deconductas violentas y de
vulneración de derechos, a travésde la participación activa de lasfamilias y la
sociedad en la protección de la infancia.
d)Fortalecer redes deapoyo interinstitucional para garantizar la restituciónde derechos
en casos críticos.
8.6.1.3.-OFICINA DE LA JUVENTUD
ARTÍCULO 97°. - La Oficinade la Juventud,cumple la siguientefunción:
a)Desarrollar programas sociales parafortalecer la participación de los jóvenes de la
comuna, a través deespacios seguros donde puedan recibir orientación y apoyo en
temas relacionadoscon su bienestarfísico y emocional.
b)Diseñar iniciativas que fomenten la innovación y el emprendimiento juvenil,
proporcionando herramientas parasu crecimiento personal y profesional.
c)Ofrecer espacios deorientación educacional y vocacional para preparar a los
jóvenes para el mundo laboral.
d)Establecer lazos decolaboraciónconotras instituciones públicas y privadas que
aborden temas como la salud mental, la prevención deadicciones, la salud sexual y
reproductiva, entre otros.
8.6.2.- DEPARTAMENTO DE ADULTO MAYOR
ARTÍCULO 98°. - El Departamento de AdultoMayor compuestopor las oficinasde: Atención
Social Gerontológica y de Extensión Culturaly Comunitaria, cumple las siguientes funciones:
a)Diseñar e implementar políticas que fomenten el envejecimiento activo,promoviendo
actividades de extensión cultural, recreación y participación comunitariaque permitan
el desarrollo integralde las personasmayores.
b)Establecer lazos decolaboracióncon otras instituciones públicas y privadas con el
propósito de favorecer el bienestar, desarrollo integral yla protección delos derechos
de las personas mayores de la comuna.
8.6.2.1.-OFICINA DE ATENCIÓN SOCIALGERONTOLÓGICA
ARTÍCULO 99°. - La Oficina de AtenciónSocial Gerontológica, cumple las siguientes
funciones:
a)Diseñar e implementar programasorientados a la promoción de los derechos y a la
atención de situaciones de riesgobrindando acompañamiento sociojurídico a las
personas mayoresde la comuna que se encuentran en condiciones de
vulnerabilidad.
b)Promover la participación y formacn continua de las personas mayores, a través de
actividades y laentrega deherramientas quepotencien sushabilidades,
conocimientos y capacidades.
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Tabla 46 (página 37 (texto) · 42 filas)

Continuación 37
Reglamento N°914 /2025
c)Fortalecer un envejecimiento activo de las personas mayores, a travésde la vida en
comunidad y organización social, favoreciendo lacreacióny fortalecimiento de las
redes de apoyo.
d)Acompañar a laspersonas mayores que nocuentancon redes de apoyo
permanentes a través de distintos servicios de atención psicosocial.
8.6.2.2.-OFICINA DE EXTENSIÓN CULTURAL Y COMUNITARIA
ARTÍCULO 100°. - La Oficina de Extensión Cultural y Comunitaria, cumple las siguientes
funciones:
a)Promover el bienestar integral de las personas mayores, através deprogramas y
actividades recreativas, culturales, educativas y desalud, fomentando su autonomía,
participación social ycalidad de vida.
b)Fomentar la transmisión desaberes implementandoofreciendoespacios y
desarrollando programas que permitan visualizar yvalorara las personas mayores
de la comuna.
c)Desarrollar iniciativas para fortalecer el tejido social, através dela conexión
intergeneracional.
8.7.- SUBDIRECCIÓN DE DEPORTES YRECREACIÓN.
ARTÍCULO 101°. - La Subdirección de Deportes y Recreación con laOficina deCoordinación
y Gestión y sus Departamentos de: Deporte Comunitario,Desarrollo DeportivoTerritorial; y
Administración de RecintosDeportivos,tiene como objetivo el promover estilos de vida
saludables en los vecinos de la comuna, mediante la entrega de unaoferta de actividad física,
deportivay recreativa, debiendo cumplir las siguientes funciones:
a)Facilitar la oportunaparticipación de vecinos, vecinas yusuarios,como de la
comunidad organizada, en lasactividades deportivasy recreativas que se
programen;
b)Generar una ofertade actividad física, deportiva y recreativa enlos barrios,
considerando las necesidades e intereses de los vecinos y usuarios, considerando la
identidad y la pertinencia barrial;
c)Asesorar a las organizacionesdeportivas de lacomunaen la elaboración de
iniciativas ciudadanas para la participación y articulación dela gestióndeportiva en
los territorios;
d)Respaldar el desarrollo deportivo, con miras al altorendimiento regional, nacional e
internacional, preferentemente enniños y jóvenesde la comuna; y
e)Administrar los Recintos Deportivos.
8.7.1.- DEPARTAMENTO DEDEPORTECOMUNITARIO
ARTÍCULO 102°. - El Departamento de Deporte Comunitariocumplelas siguientes funciones:
a)Promover la actividad física y deportiva en los residentes dela comuna;
b)Favorecer el mejoramiento de lacalidad de vida devecinosy usuarios de la comuna,
fomentando estilos de vida saludable; e
c)Implementar actividades recreativas masivas.
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Tabla 47 (página 38 (texto) · 37 filas)

Continuación 38
Reglamento N°914 /2025
8.7.2.- DEPARTAMENTODEDESARROLLO DEPORTIVO TERRITORIAL
ARTÍCULO 103°. - El Departamento deDesarrollo Deportivo Territorial cumple las siguientes
funciones:
a)Elaborar y desarrollarprogramas y eventos deportivos-recreativos en la comuna;
b)Proveer la asesoría técnica- deportiva a las distintasorganizacionescomunitarias,
territoriales y funcionales de lacomuna;
c)Articular y coordinarun trabajo permanente con las organizaciones deportivas
presentes en el territorio comunal; y
d)Favorecer a través de la práctica del deporte, la actividad física yrecreativa, la
inclusión (diversidad,migrantes, discapacidad, etc.) y la asociatividad de los vecinos
residentes y usuariosde la comuna.
8.7.3.- DEPARTAMENTODEADMINISTRACIÓN DE RECINTOS DEPORTIVOS
ARTÍCULO 104°. - El Departamento deAdministración de Recintos Deportivoscumple las
siguientes funciones:
a)Administrar y gestionar los recintos deportivos; e
b)Implementar y gestionar los recursos para la habilitación de la temporada de piscinas.
8.8.- SUBDIRECCIÓN DEMUJER, INCLUSIÓN E INTERCULTURALIDAD
ARTÍCULO 105°. - La Subdirección de Mujeres, Inclusión e Interculturalidad conla Oficina de
Asistencia Judicial y sus Departamentosde: la Mujer, de Inclusión y de Interculturalidad tiene
como objetivo:
a)Diseñar e implementar políticas públicas, a través del desarrollo yejecución de
programas sociales que promuevan la justicia, equidad de género, lainclusión y la
diversidad cultural.
b)Promover los derechos y laintegración social depersonas ensituación de
vulnerabilidad.
c)Fomentar la participación ciudadana de personas en situación de vulnerabilidad con
un enfoque de equidad de género, justicia, inclusión ydiversidad cultural.
d)Colaborar y gestionarotras iniciativas de interés municipal y comunitario.
8.8.1.- DEPARTAMENTODEMUJERES
ARTÍCULO 106°. - El Departamento deMujeres cumple las siguientes funciones:
a)Liderar la implementación de políticas, a través del diseño de programasy estrategias
que promuevan laequidad de género y la protección de los derechos de la mujer.
b)Articular con otrasdirecciones y/o departamentosmunicipales, así como con
entidades públicas oprivadas,actividades de fomentode la autonomía económica
de las mujeres.
38

Tabla 48 (página 39 (texto) · 49 filas)

Continuación 39
ReglamentoN°914 /2025
c)Ofrecer espaciosde contención y apoyo psicológico amujeres víctimas deviolencia.
8.8.1.1.-CENTRO DE ATENCIÓN FAMILIAR (CAF)
ARTÍCULO 107°. - El Centro de Atención Familiar cumple las siguientes funciones:
a)Brindar atención reparatoria psico-socio-jurídica a lasfamilias víctimas deviolencia
intrafamiliar y víctimas de violencia degénero en contexto de pareja.
b)Atender vulneraciones graves de derechos de mediana y alta complejidad, que
afecten a los vecinos/as de la comunade Santiago.
c)Promover la protección de los derechos de los NNA y sus familias.
d)Concientizar sobre laviolencia intrafamiliar, efectos psicológicos sobrevíctimas y
consecuencias penales para agresores.
e)Articular respuestas del gobierno localy los actores del territorio como garantes de
los derechos delosNNA y sus familias frente a situaciones de vulneración de
derechos.
8.8.2.- DEPARTAMENTODEINCLUSIÓN
ARTICULO 108°. - El Departamento de Inclusión con susoficinas de: Discapacidad; y
Neurodiversidad; y DiversidadSexual, cumple las siguientes funciones:
a)Desarrollar e implementar políticasde inclusión yaccesibilidad universal para
personas con discapacidad, neurodivergencia y sexualmente diversas dela comuna
de Santiago, a travésdel diseño e implementación de programas sociales.
b)Promover una cultura de igualdad de oportunidadesy no discriminación de las
personas en situación de discapacidad, diversidad sexual, dependencia o
neurodiversidad ysus familias desdeun enfoque de inclusión social, autonomía y
derechos.
8.8.2.1.-OFICINA DE DISCAPACIDAD Y NEURODIVERSIDAD
ARTICULO 109°. - La oficinade Discapacidad; y Neurodiversidad cumple lassiguientes
funciones:
a)Diseñar e implementar programas de intervención parapersonas neurodivergentes y
discapacidad y sus familias, que se encuentren en situación de vulnerabilidad de la
comuna.
b)Desarrollar programas de inclusión yaccesibilidad universal para personas con
discapacidad y neurodiversidad de la comuna.
c)Articular con otrasdirecciones y/odepartamentosmunicipales, asícomo con
entidades públicas oprivadas acciones que vayan en beneficio de personas en
situación de discapacidad, dependencia o neurodiversidad.
8.8.2.2.-OFICINA DE DIVERSIDAD SEXUAL
ARTICULO 110°. - La oficinade Diversidad Sexual, cumple lassiguientes funciones:
a)Ofrecer espaciosdecontención y apoyo psicológicoa personas LGBTIQ+, sus
familias y redes de apoyo.
b)Realizar acciones de promoción delos derechospara la poblaciónLGBTIQ+
potenciando el acceso a bienes y servicios públicos, através de espacios seguros
que reconozcan ladiversidad sexual.
c)Articular con otrasdirecciones y/odepartamentosmunicipales, asícomo con
entidades públicas oprivadas acciones de colaboración que permita darrespuesta
conjunta a las necesidades de la población LGBTIQ+.
8.8.3.- DEPARTAMENTODEINTERCULTURALIDAD
ARTICULO 111°. - El Departamento de Interculturalidad consus oficinas de: Migrantes y
PueblosOriginarios; y de Asuntos Religiosos, cumple las siguientes funciones:
39

Tabla 49 (página 40 (texto) · 38 filas)

Continuación 40
Reglamento N°914 /2025
a)Desarrollar e implementar políticas de inclusión de personas migrantes y de pueblos
originarios dela comuna de Santiago, a travésdel diseño e implementación de
programas sociales.
b)Promover unacultura deigualdad de oportunidades y nodiscriminación.
3.1.-OFICINA DE MIGRANTES Y PUEBLOS ORIGINARIOS
ICULO 112°. - LaOficinas de Migrantes y PueblosOriginarios, cumplelas siguientes
iones:
a)Promover losderechosde los pueblos originarios y migrantes de la comuna para
facilitar su integración social.
b)Diseñar e implementarprogramas que promuevan elrespeto por las culturas
originarias y migrantes.
c)Establecer alianzas conorganizaciones localesy nacionales de derecho público y
privado para coordinar esfuerzos y maximizar recursos en beneficio de las personas
migrantes y depueblos originarios.
3.2.-OFICINA DE ASUNTOSRELIGIOSOS MUNICIPAL (OMAR)
ICULO 113°. - La Oficinasde Asuntos Religiosos Municipal (OMAR), cumple las
ientes funciones:
a)Promover respeto y cumplimiento de los derechosde todas las confesiones
religiosas.
b)Articular acciones con las comunidades religiosas dela comunade Santiago,
fomentando lapaz, la libertad de culto y el diálogointerreligioso.
c)Asesorar e informar en materias especializadas que se vinculen con la Ley N°19.638
a la autoridad edilicia y alconcejo municipal, así como a los funcionarios municipales
en general.
SUBDIRECCIÓNDE VIVIENDA
ICULO 114°. - LaSubdirección de Vivienda, dependiente dela Dirección de Desarrollo
unitario, tiene porfinalidad coordinar y ejecutar lasaccionesmunicipales orientadas a
over soluciones habitacionales en la comuna, en concordancia con las políticas públicas
normativa vigente en la materia. Para ello, le corresponderá:
a)Asesorar técnicamentea la DIDECO y/o alcalde en lapromocióndel desarrollo
habitacional dela comuna.
b)Gestionar el desarrollo de planes de vivienda, coordinando con organismos públicos
y privados, enel marcode las políticas habitacionalesnacionales, regionales y
comunales.
c)Elaborar y postular proyectos habitacionales a distintasfuentes definanciamiento,
además de coordinar y supervisar su ejecución.
40

Tabla 50 (página 41 (texto) · 40 filas)

Continuación 41
Reglamento N°914 /2025
d)Desarrollar programas de construcción de viviendas económicas einfraestructura
sanitaria conformea la Ley Nº18.138y demás normativavigente.
1- OFICINA DE VIVIENDA
ICULO 115°. - La Oficinas de Vivienda, cumple las siguientesfunciones:
a)Asesorar y orientar a los vecinosy organizacionescomunitariasen materias
relacionadas con lasolución habitacional.
b)Organizar y acompañar comités habitacionales para la postulación a subsidios.
c)Efectuar inscripciones y postulaciones individuales ygrupales alos diversos
programas de subsidio habitacional disponibles.
2- OFICINA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN TÉCNICA
ICULO 116°. - La Oficinas de Prestadoresde Serviciosde Atención Técnica, cumple las
ientes funciones:
a)Elaborar diagnósticos técnicos y sociales para el diseño de proyectoshabitacionales
pertinentes.
b)Desarrollar proyectos técnicos de vivienda y urbanización.
c)Identificar y gestionar la adquisiciónde terrenospara el desarrollode proyectos
habitacionales.
d)Supervisar la correcta ejecución deproyectos conforme a las disposiciones del
Serviu.
e)Mantener una relación técnica y administrativa continuacon el Serviu, mediante
informes, comunicaciones y seguimiento de proyectos y PAS(Programa de
Asistencia Técnica).
3- OFICINA DE CONTROL DE GESTIÓN
ICULO 117°. - La Oficinas de Control de Gestión, cumple lassiguientes funciones:
a)A Definir y monitorear metas e indicadores del Departamento de Vivienda, tanto del
presupuesto municipal como del Convenio de DesempeñoColectivo yotras métricas
internas.
b)Elaborar informes de respaldo para elcobro de asesoríastécnicas ejecutadas por la
PSAT.
c)Apoyar la gestiónadministrativa y técnica del Departamento en su vínculo con
entidades públicasy privadas.
.- SUBDIRECCIÓN DEASESORÍA LEGAL COMUNITARIA
.1- OFICINA DE ASISTENCIA JURÍDICAVECINAL
ÍCULO 118°. - La Oficina de AsistenciaJurídica Vecinal,brinda asistencia legal a
onas afectadas por situaciones jurídicas,en las materias deDerecho deFamilia, Civil,
oral,y Policía Local. Sedirige a proveer orientación y acompañamiento en estas materias,
vecinos de la comuna,facilitando con ello, el acceso ala justicia. Esta oficina tiene las
ientes funciones:
41

Tabla 51 (página 42 (texto) · 41 filas)

Continuación 42
Reglamento N°914 /2025
a) Brindarasesoría jurídica, en materia civil, de familia, y policíalocal, alos vecinos de
la comuna.
b) Orientara los vecinos de lacomuna enla tramitación y acompañamiento de causas
en materiascivil, y familia,en única, primera y segunda instancia.
c) Asesorar alos vecinos de la comuna de Santiagoen la tramitación de gestiones
administrativas en materiade derechosucesorio.
8.10.2- OFICINADEMEDIACIÓN FAMILIAR
ARTÍCULO 119°. - La Oficina de Mediación Familiar tienepor funciónponera disposición de
los vecinos de lacomuna el serviciode mediación familiar, para facilitar conello el acceso a
la justicia. Sus funciones son las siguientes:
a) Realizarprocesos de mediación familiar para losvecinos dela comuna que así lo
requieran.
8.10.3.- OFICINADE BARRIOS Y CONVIVENCIA
ARTÍCULO 120°. - La Oficina de Barrios y Convivencia, cumple las siguientes funciones:
a) Generaracciones de mediación para laatención de conflictosentre vecinos acogidos
a la LeydeCopropiedad N°21.442.-
b) Promover iniciativas que fortalezcan ypotencienla buena convivencia de barrios y
condominios de la comuna,a través dedistintos programas y actividades impulsadas
por la municipalidad.
c) Diseñare implementar programas y actividadesdirigidas a comunidades en altura
que fomenten la buena convivencia y la coordinación de acciones enbeneficio de la
seguridad, la salud, el deporte, la cultura, entre otros.
d) Acercarlosdistintos servicios municipales a las comunidadesen altura presentes en
los diferentes sectores de la comuna.
CAPÍTULO 9
DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 121°. -La Dirección de Obras Municipalesdepende del Alcalde a través del
Administrador Municipal y estará acargo de unDirector de Obras Municipales. Sin perjuicio
que técnicamente,en lo referentea la aplicación dela Ley General de Urbanismo y
Construcciones ysuOrdenanza General, la actuación delDirector deObrasMunicipales se
supedita al Ministerio de Vivienda yUrbanismo.
Dependen de laDirección de Obras Municipales las Subdirecciones de:Documentación
Técnica; Permisos de Obras e Inspección: Pavimentación;y Construcción.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 122°. -La Dirección de Obras Municipalestendrá como objetivo procurar el
desarrollo urbanodela comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que
regulan las edificaciones en el territorio comunal.
C.- FUNCIONES
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Tabla 52 (página 43 · 4 filas)

ARTÍCULO 124°. - La Subdirección de Documentación Técnica con sus Departamentos de
Catastro e información Técnica y de Urbanismo, tiene por misión la interpretación de las
normas técnicas de carácter urbano que intervienen en los procesos de la Dirección de Obras
Municipales y que están establecidas en los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes.
Para ellos requiere cumplir las siguientes funciones:

Tabla 53 (página 43 · 3 filas)

a) Proveer de información técnico-urbanística a los contribuyentes y a las diferentes
unidades municipales que lo requieran; y
b) Mantener y organizar la información que registra la Dirección de Obras Municipales,
referida a la evolución, haber físico y desarrollo urbano.

Tabla 54 (página 44 · 2 filas)

e) Realizar tasaciones para efectos de expropiaciones y adquisición para el municipio o
venta de propiedades municipales; y para las que se acojan al Art. 121° de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones; y

Tabla 55 (página 45 (texto) · 42 filas)

Continuación 45
Reglamento N°914 /2025
ÍCULO 129°. - El Departamento de Inspección Técnica cumple las siguientes funciones:
a)Fiscalizar el cumplimiento de las exigenciaslegales y reglamentarias, en la ejecución
de las obras deedificación y/o demoliciones;
b)Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula lainstalación y
funcionamientode localescomerciales,playa de estacionamiento, centro de
enseñanza, hoteles, restaurantes, etc. actividades de carácter industrial y similar al
industrial; y
c)Definición de los requisitos yexigencias técnicas, en elámbito de sucompetencia,
susceptibles deser fiscalizadas por personal del departamento, informes de solicitud
de patentes comerciales, industriales, etc.
3.- DEPARTAMENTO DE PUBLICIDAD
ÍCULO 130°. - El Departamento de Publicidad cumple las siguientes funciones:
a)Revisar y otorgar autorizaciones, de acuerdo a la normativa legal vigente, a los
proyectos de publicidad y propaganda en lacomuna; como también alo referente a
los Permisos por Obras Menores por estructuras publicitarias;
b)Realizar evaluaciones de solicitudes de anulación y/o dereducción depropaganda;
y
c)Fiscalizar y controlar todas las publicidadesinstaladas en la comuna.
4 DEPARTAMENTODE PATRIMONIO
ÍCULO 131°. - El Departamento de Patrimonio cumple las siguientes funciones:
a)Promover la conservacióny el rescatedel Patrimonio Comunal,mediante la
evaluación conun criterio patrimonial de losproyectos que se consultan y solicitan;
b)Aprobar permisos de edificación y susmodificaciones, de obras menores,
preliminares enzona de conservación histórica, inmuebles de conservación, zonas
típicas y todos los inmueblesafectos al Art.27° de la Ordenanza Local;
c)Analizar y ver factibilidad desolicitudes dedemolición de inmuebles protegidos por
el Art. 27° de laOrdenanza Local.
d)Revisar, analizar y pronunciarse respecto de solicitudesde obras demantención y
pintura de inmuebles protegidos por el Art. 27° de la Ordenanza Local;
e)Otorgar certificados de regularización correspondientes aleyes especiales;
f)Aprobar entrega de certificados de edificios acogidosa la Ley deCopropiedad
Inmobiliaria;
g)Fiscalización deproyectos ingresados alConsejo deMonumentosNacionales y
SEREMI - MINVU; y
h)Atender consultas específicas de proyectosemplazadosen las zonase inmuebles
protegidos por el Art. 27° de la Ordenanza Local.
SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN
ÍCULO 132°. - La Subdirección de Construcción con su departamento deEjecución de
as, cumple la siguiente función:
a)Velar por la correcta ejecución de obras deresponsabilidad municipal.
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Tabla 56 (página 46 (texto) · 46 filas)

Continuación 46
Reglamento N°914 /2025
9.3.1.- DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS
ARTÍCULO 133°. - El Departamentode Ejecuciónde Obras cumplelas siguientes funciones:
a)Fiscalizar las obras encomendadas porla Municipalidad, conforme a las normas
legales, reglamentarias, técnicas y contractuales;
b)Inspeccionar las obras contratadas por laMunicipalidad, fiscalizando su ejecución y
construcción desdesu iniciohasta el momento de su recepción definitiva, efectuando
las visitas a terreno quesean necesarias y cumpliendo todasaquellas tareas
asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo;
c)Solicitar, analizare informar presupuestos o cotizaciones para la contratación de
obras o proyectos,cuandocorresponda; y
d)Mantener un archivo técnico clasificadoy actualizado con los expedientes de las
obras que se ordene ejecutar.
9.4.- SUBDIRECCIÓN DEPAVIMENTACIÓN
ARTÍCULO 134°.- La Subdirección de Pavimentación consus Departamentos de:
Permisos de Pavimentación; Conservación y Construcción; y Estudiosle corresponderá
elaborar,proponer y ejecutar, cuando corresponda,los proyectos municipales de construcción
y mantención de pavimentos de calzadas y espacios de circulaciónpeatonal en la comuna y
velar porel cumplimiento de normas legales y reglamentarias que regulan las rupturas de
bienes nacionales de uso público, en cumplimientode lo dispuestoen la Ley N°11.150. Para
ello deberá cumplir las siguientes funciones:
a)Fiscalizar y controlar todos los trabajos deruptura y reposición de pavimentos u obras
complementarias de acerasy calzadas yáreas duras de plazas, parques y jardines
de la comuna;
b)Elaboración de Bases Especiales, Especificaciones Técnicas, croquis, formularios de
oferta y otros paralicitaciones públicasde pavimentación, listadode precios para
ruptura y reposición de pavimentos de Compañías de Utilidad Pública y particulares;
y
c)Fiscalizar y controlar todoslos trabajos de ruptura y reposición depavimentos de la
Comuna, ocasionados porobras de Compañías de Utilidad Pública, particulares o
por edificacionesnuevas,aplicando laLey N° 11.150de Pavimentación y las
Ordenanzas respectivas.
9.4.1.- DEPARTAMENTO DE PERMISOS DE PAVIMENTACIÓN
ARTÍCULO 135°. - El Departamento de Permisosde Pavimentación cumple las siguientes
funciones:
a)Autorizar permisosde rotura y reposición de pavimentosa compañías de utilidad
pública, particulares, obrasde estacionamientos subterráneos,Costanera Norte,
nuevas extensiones de líneas de metro con sus estaciones, Autopista Central, obras
de SERVIU Metropolitano yde MOP;
b)Calcular, recibir, enviar acustodia y, cuando corresponda, devolver boletas de
garantías por reposición depavimentos aparticulares, obras nuevas de edificación y
Compañías de Utilidad Pública;
c)Controlar las obras deCompañías de Utilidad Pública enestacionamientos
subterráneos, Costanera Norte, nuevasextensiones delíneas de metro con sus
estaciones, Autopista Central y obras deSERVIU Metropolitano; y
46

Tabla 57 (página 47 (texto) · 49 filas)

Continuación 47
Reglamento N°914 /2025
d)Autorizar pagos por Ocupación de Bien Nacional de Uso Público y de Derechos
Municipales de acuerdo ala Ley N°11.150dePavimentación ylas Ordenanzas
correspondientes.
2.- DEPARTAMENTODE CONSERVACIÓN Y CONSTRUCCIÓN
ÍCULO 136°. - El Departamento de Conservacióny Construcción cumple las siguientes
iones:
a)Administrar los contratos deconservación de pavimentos y trabajoscomplementarios
que mantiene estaSubdirección y otros contratosque sean licitadospor el municipio,
considerando el control, programación y fiscalización de obras de pavimentación;
b)Coordinar y programar lasintervenciones de Compañías de Utilidad Pública en
proyectos a cargode este Departamento;
c)Coordinar, programar y fiscalizar la intervención de proyectos de Particulares y otras
Unidades municipales durante la ejecución de obras de pavimentación de Contrato
vigente;
d)Fiscalizar el estado de conservación de los pavimentos de aceras,calzadas y áreas
duras de plazas,parquesy jardines de lacomuna; trabajos depavimentación y
reparaciones de aceras, calzadas y trabajoscomplementarios encalles y espacios
públicos, ordenando, programando, controlandoy fiscalizandoreparaciones de
pavimentos de sernecesario;
e)Emisión de Certificados dePavimentación, deniveles y de franja afecta, emitidos a
Particulares y Empresas, previa inspección en terreno;
f)Cálculo de los derechos deinspección, segúnOrdenanza N°94, delos proyectos de
pavimentación y los indicados en la letra d);
g)Revisión de proyectos de playas de estacionamientos para uso particular y emisión
de certificado correspondiente;
h)Preparar bases de datos(catastro de pavimentos, tapas de cámaras, bajadas
universales, accesos vehiculares y otros),para formulación de proyectos de
reparaciones de pavimentos; y
i)Apoyar técnicamente en los procesos de revisiónde proyectos externos y de otras
unidades municipales, tanto en los planos, cubicaciones, presupuestos,
especificaciones técnicas, bases administrativas ytécnicas.
3.- DEPARTAMENTODE ESTUDIOS
ÍCULO 137°. - El Departamento de Estudio cumple las siguientes funciones:
a)Estudiar y proyectar obrasde pavimentaciónquese les encomiende por mandato o
de gestión municipal;
b)Revisar los proyectos que se planifique ejecutar;
c)Desarrollar, por sí mismoo mediante contratos, los estudios técnicos. Cuando
corresponda, deberá formular los términostécnicos de referencia y/o las bases
técnicas que corresponda;
d)Desarrollar bases especiales, especificaciones técnicas,croquis, planos,
monografías, itemizados, presupuestos estimativos, formularios deoferta, pautas de
evaluación y cualquier otrodocumento para las licitaciones de pavimentación;
e)Revisar y visar el pago de honorarios correspondientes a estudios otrabajos técnicos
encomendados aterceros, tales como levantamiento topográfico, mecánica de
suelos, etc.;
f)Obtener, cuandoproceda,las autorizaciones yrecepciones municipales y de los
servicios públicosque seannecesarias a lasobras que se ejecuten;
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Tabla 58 (página 48 (texto) · 40 filas)

Continuación 48
Reglamento N°914 /2025
g)Controlar el avancede las etapas asociadas a losproyectos y programas en las fases
previas a su ejecución; y
h)Administrar convenios (I.M.S y C.U.P) de reposición de pavimentos en paseos
peatonales, plazasy calles, ordenartrabajos, control de obras yde estados de pago.
CAPÍTULO 10
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
A.-DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 138°. - La Dirección de Tránsito yTransporte Público depende delAlcalde a través
delAdministrador Municipaly estará a cargode un Director de Tránsito.
Dependerán de la Dirección de Tránsitoy TransportePúblico losDepartamentos de:
Ingeniería, Licencias de Conducir y Permisosde Circulación; e Inspección.
B.-OBJETIVO
ARTÍCULO 139°. - La Dirección de Tránsitoy TransportePúblico, tendrácomo objetivo velar
porel cumplimiento de las normas legales que regulan el tránsito y transportepúblico y por el
mejoramiento de los sistemas de tránsito en la comuna.
C.-FUNCIONES
ARTÍCULO 140°. - La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tendrálas siguientes
funciones generales:
a)Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos y permisosde circulación;
b)Determinar el sentido de tránsitode los vehículos, en coordinación con los
organismos competentes de la Administración del Estado;
c)Señalizar adecuadamente las vías públicas;
d)Aplicar las normasgenerales sobre tránsito y transporte públicoen la comuna;
e)Otras funciones que la Ley le señale o que laautoridad superiorasigne las que
ejecutará en conjunto con las unidades que corresponda, y
f)Tramitar los convenios respecto ala obtención y renovación de permisos de
circulación requeridos por personasnaturales y jurídicas, por sío enrepresentación
de otro, tales comoempresas automotoras, entreotras.
10.2.- DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA
ARTÍCULO 141°. - El Departamento de Ingeniería, cumple las siguientesfunciones:
a)Estudiar y proponer medidas de regulación ymejoramientode los sistemas de
tránsito en la comuna;
b)Planificar y controlar los programasy contratos de mantenciónde los elementos de
señalización de tránsito de la comuna;
c)Coordinar la ejecución de proyectosviales con otras comunas;y
d)Controlar el cumplimiento de las disposiciones dela Ley N°18.290,Ley de Tránsito,
que digan relacióncon las materiaspropias de este Depto.
10.3.- DEPARTAMENTO DE LICENCIAS DECONDUCIRY PERMISOSDECIRCULACIÓN
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Tabla 59 (página 49 · 2 filas)

Administrar y ejecutar los convenios respecto a la obtención y renovación de
permisos de circulación requeridos por personas naturales y jurídicas, por sí o en
representación de otro, tales como empresas automotoras, entre otras, y

Tabla 60 (página 50 · 1 filas)

ARTÍCULO 147°. - La Oficina de Análisis y Asesoría Técnica depende directamente del
Director de Administración y Finanzas, y cumple las siguientes funciones:

Tabla 61 (página 51 (texto) · 33 filas)

Continuación 51
Reglamento N°914 /2025
adquisiciones, arriendos, contratos, giros globales, servicios básicos, sentencias
ejecutoriadas, devoluciones, transferencias, gastosmenores,planillas de
remuneraciones, finiquitos, viáticos, desahucios, indemnizaciones del personal y
otras que realicen lamunicipalidad con todas susdirecciones y/o unidades
administrativas.
h)Revisar el cumplimientodel procedimiento administrativoque respalda la confección
de los decretos de pagode subvencionesmenores a 300UTM.
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
ÍCULO 148°. - La Subdirección de GestiónAdministrativa con sus departamentos de:
iciosGenerales; ConsumosBásicos; Propiedades; y el Departamento deControl de
tióny Contratos; tiene comoobjetivo procurar una adecuaday eficiente mantención de
ienes inmuebles y sus servicios básicos donde se desarrollen labores gestionadas por
ionarios municipales.
Subdirección de Gestión Administrativa, tiene asignadaslas siguientes funciones
cíficas:
a)Administrar y controlar laprovisión de losconsumos básicos, necesariospara el buen
funcionamiento de las dependencias municipales;
b)Mantener los bienes yservicios necesarios para el funcionamientode todas las
dependencias municipales, cuyo valor nosupere las 100UTM.
c)Disponer, según los requerimientos, eluso de los sistemas de telefonía de la
Municipalidad;
d)Administrar los bienes inmuebles parael funcionamiento de la municipalidad de
acuerdo con las políticasgenerales entregadas por la autoridad superior;
e)Administrar los segurosde bienes municipales; y
f)Controlar y administrar los diferentes contratos que tienela Subdirección de Gestión
Administrativa para el cumplimiento de sus objetivos en coordinación con empresas
externas, relacionadas al buen funcionamiento de los bienes inmueblesmunicipales.
.1.-OFICINA DE GESTIÓNDOCUMENTAL
ÍCULO 149°. - La Oficina deGestión Documental cumple lassiguientes funciones:
a)Recepcionar todos los documentos quellegan a la Subdirección en elSistema de
Gestión Documental Municipal y derivar alos Departamentos que correspondan.
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Tabla 62 (página 52 (texto) · 50 filas)

Continuación 52
Reglamento N°914 /2025
b)Digitalizar y almacenar toda información que llegue a la Subdirección y sus
Departamentos.
c)Despachar toda la información quesale desde la Subdirección y sus Departamentos
a otras unidades municipales, vía Sistema de Gestión DocumentalMunicipal.
d)Mantener un control dela información que entra ysale de la Subdirección.
.2.-DEPARTAMENTO DESERVICIOSGENERALES
ÍCULO 150°. - El Departamento de Servicios Generalescumple las siguientes funciones:
a)Mantener y reparar lasdiferentes dependencias municipales para el buen desarrollo
de las actividades municipales y condiciones de trabajo de sus funcionarios;
b)Velar por el funcionamiento de los inmuebles de lamunicipalidad;
c)Coordinar y controlarel serviciode aseo ymantenciones contratadas para
dependencias municipales; y
d)Efectuar mantencionespreventivasy correctivas de las propiedades municipales o
de terceros, en lascuales se desarrollen funciones municipales por personal
municipal o personal externo que cumplan con la ejecución de estos objetivos
.3.-DEPARTAMENTO DECONSUMOSBÁSICOS
ÍCULO 151°. - El Departamento de Consumos Básicoscumple las siguientes funciones:
a)Efectuar la mantención, reparación, instalación,control y administración de los
servicios de consumos básicos de las propiedades municipales y propiedades
arrendadas para unidades municipales. Consideralos servicios de: gas natural, gas
licuado, telefonía móvil, telefonía fija, electricidad,agua, soporte técnico telefónico y
mantención de contratos telefónicos; y
b)Asistencia técnica para la mantención operativade los servicios de consumos
básicos y de telecomunicaciones.
.4.-DEPARTAMENTO DEPROPIEDADES
ÍCULO 152°. - El Departamento de Propiedades cumple las siguientesfunciones:
a)Arriendo de los bienesinmuebles para su uso con propósitos municipales y juntas de
vecinos; y
b)Mantener actualizadala ficha técnica y los antecedentes de cada bien raíz de
propiedad municipal con el fin de mantener actualizado el inventario de estos bienes
de acuerdo a la normativa vigente.
c)Mantener un catastroactualizadode las propiedades municipales entregadas en
arriendo o comodato,en virtud delo establecido en el ArtículoN°28 de la ley
N°18.695.
.5.-DEPARTAMENTO DECONTROL DE GESTIÓN YCONTRATOS
ÍCULO 153°. - El Departamento de Control de Gestióny Contratos cumple las
ientes funciones:
a)Elaboración de basestécnicas y sus respectivoscriterios de evaluación, informes
técnicos-económicospara licitaciones de servicios administrados por la
Subdirección.
b)Administrar contratos que tengan relación con franqueo y envío decorrespondencia,
y por servicios de impresiones.
c)Controlar el avance y cumplimientolos contratos de la Subdirección de acuerdo a la
información que provean los respectivos Inspectores Técnicos deServicio de cada
contratación y velar por el cumplimiento de lo estipulado en el Reglamento N°937
referente a la administración de estas materias.
d)Efectuar el control de las boletas degarantías y losprocesos de pago de los contratos
administrados por la Subdirección.
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Tabla 63 (página 53 (texto) · 42 filas)

Continuación 53
Reglamento N°914 /2025
SUBDIRECCIÓN DE RENTAS Y FINANZAS
ÍCULO 154°. - La Subdirección de Rentas yFinanzas consus Departamentos de:
uestos y Derechos; Finanzas;Control de Contribuciones; Cobranza Administrativa de
uestos y Derechos Municipales yGestión Documental, junto a sus respectivas unidades,
rá como objetivo procurar la máxima eficienciaen la recaudación y percepción de los
rsoseconómicos municipales ydeberá:
a)Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipode ingresos
municipales, relacionadoscon su ámbitode gestión: impuestosde patentes,
derechos contemplados enla ordenanza dederechos e impuesto territorial;
b)Colaborar con la Dirección de Administracióny Finanzas enpropuestasy elaboración
del presupuesto municipal yde planes financieros;
c)Representar al municipioante el Serviciode ImpuestosInternos en actividades
relacionadas con las contribuciones de bienes raíces, inspección de lospredios de la
comuna y rendimiento del impuesto territorial;
d)Gestionar la mantención dearchivos y cobros relacionadoscon la venta de activos
de mercados y ferias municipales;
e)Supervisar y dictar políticasrelacionadas con la suscripción de convenios de pago
por deudas de impuestos yderechos municipales morososque tengan relación con
la Subdirección; y
f)Velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Rentas
Municipales y otros cuerpos legales, relacionados conimpuestosy derechos
municipales, con excepciónde Permisos deCirculación.
.1 OFICINA DE GESTIÓN DOCUMENTAL
ÍCULO 155°. - La Oficina de Gestión Documental cumple las siguientes funciones:
a)Recepción, ingreso y asignación de documentación interna de la Subdirección de
Rentas y Finanzas y externa provenientede otras Direcciones Municipales, otros
organismos públicos, privados y/o particulares.
b)Despacho de documentos en respuesta a los Ordinarios,Providencias,
Resoluciones, Certificados,Cartas, etc., consus respectivos documentos adjuntos.
c)Informar por escrito a losdistintos Departamentos involucrados, loscambios de
procedimientos o destino dela documentación.
d)Facilitar oportunamente ladocumentaciónarchivada quesea requerida tanto por
algún Departamento de laSubdirección deRentas y Finanzas, por otra Dirección
municipal como por entidades públicas.
e)Remitir los expedientes ala empresa dedigitalización para su bodegaje, previa
realización de su inventario.
f)Confección de la Resolución de Autorización de Funcionamiento (RAF), y Decreto
correspondiente para cadapatente definitiva, y su posterior digitalización, dando
término al acto administrativo.
.2.-DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CONTRIBUCIONES
53

Tabla 64 (página 54 (texto) · 50 filas)

Continuación 54
Reglamento N°914 /2025
ÍCULO 156°. - El Departamento de Control de Contribucionescumple las siguientes
iones:
a)Mantener y actualizarlas bases dedatos de las patentes, eimpuestos y derechos
municipales de competencia de la Subdirección;
b)Entrega de serviciosanexos a lamantenciónde contribuyentes,tales como
certificados y similares;
c)Gestionar el proceso de renovación de patentes de alcohol, coordinando e
impartiendo instrucciones a las unidades involucradas; y
d)Elaborar y gestionar la tramitación delos actos administrativos que guarden relación
con la mantención yactualizaciónde la base de datos(maestro)de patentes
vigentes, como lo soncambios de dueño, eliminación de patentes, entre otros.
.2.1.- SECCIÓN RENOVACIÓN DE PATENTES DE ALCOHOL
ÍCULO 157°. - La Sección Renovaciónde Patentes de Alcohol cumple las siguientes
iones:
a)Planificar, coordinar yejecutar el proceso de renovación depatentesde alcohol, el
cual tiene naturalezasemestral, y se somete al cumplimiento de lasdisposiciones
determinadas por laLey N°19.925 Sobre Expendio yConsumode Bebidas
Alcohólicas.
b)Notificar a los titulares de patentes de alcohol de lacomuna;reparticiones
municipales involucradas, y al Concejo Municipal,tanto del inicio del proceso de
renovación, como deinformación relevante y relativa al avance del mismo.
c)Solicitar y sistematizar información atingente al proceso derenovación de patentes
de alcohol, la cual esaportada por las unidades involucradasen el proceso.
d)Proveer informes sobre el proceso derenovación de patentes de alcohol.
e)Presentar al ConcejoMunicipal para su pronunciamiento,la renovación de la
totalidad de las patentes de alcoholautorizadas enla comuna, agrupadas según
características relevantes, en conjunto con los antecedentes aportados por las
unidades involucradas en el proceso.
f)Habilitar a pago, el valor de las patentes de alcoholsegún suclase.
.3.-DEPARTAMENTO DEFINANZAS
ÍCULO 158°. - El Departamento de Finanzas cumple lassiguientes funciones:
a)Estudiar, coordinar modificaciones yelaborar propuestas referentes alos derechos
municipales incluidosen la Ordenanza de Derechos;
b)Elaborar y coordinar las instrucciones de patentes comerciales,industriales,
profesionales, de renovación de alcohol y Aseo, enbase a las actualizaciones de la
Ordenanza de Derechos y/u otras normativas relacionadas;
c)Enviar información correspondientea la Subdirección para la preparación del
proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos Municipales;
d)Proyectar el impuestoterritorial que le correspondeal municipio;
e)Calcular y girar las concesiones, arriendos y permisos otorgados porel municipio,
que le competen;
f)Calcular, girar, cobrar y elaborarpropuestasreferentes a losderechos de
propaganda establecidos en la Ordenanza de Derechos;
g)Proponer políticas y definir procesospara la mejoracontinuade la gestión de Rentas
y Finanzas impuestosy derechos municipales; y
h)Coordinar y revisarla informaciónproporcionadapor elServicio de Impuestos
Internos, para los respectivos cargos en los sistemas municipales, enmaterias de
competencia de la Subdirección.
54

Tabla 65 (página 55 (texto) · 52 filas)

Continuación 55
Reglamento N°914 /2025
.3.1.- SECCIÓN DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERRITORIAL
ÍCULO 159°. - Sección deInformación yAnálisisTerritorial cumple las siguientes
iones:
a)Suministrar informacióny apoyar al estudio, cálculo y regulacióndelos ingresos
municipales relacionadoscon el impuesto territorial.
b)Mantener y actualizar un catastro basado enla información contenida en las
diferentes bases de datos de cobros deimpuestosy derechos municipales.
c)Realizar ante el Serviciode impuestosInternos todas las actividadesrelacionadas
con las contribuciones de bienes raíces, inspección de prediosdela comuna y
rendimiento del impuestoterritorial.
d)Envío de información quese detecte para la revisión y mantenciónperiódica de las
bases de datos de los catastros de bienes raíces yavisos publicitarios alas entidades
correspondientes, conel objetivode realizar la proyección financiera
correspondiente.
.4- DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS Y DERECHOS
ÍCULO 160°. - El Departamento de Impuestos yDerechos cumple las siguientes
iones:
a)Calcular y gestionar el proceso de otorgamiento de patentes, además de generar los
respectivos cobros por patentes municipales y la realización deotras actividades
dentro de la Comuna previa autorizaciónde los organismos pertinentes,manteniendo
los registros actualizadosde ellos;
b)Analizar y girar los distintos impuestos yderechosmunicipales, asociados a patentes
y/o actividades comerciales que se realizan en lacomuna, que noestén dentro de
los derechos fijados en laordenanza N°94, sobrederechos por permisos y servicios
municipales vigentes;
c)Ordenar mediante Decreto alcaldicio, ladevolución total o parcial delmonto pagado
por concepto de impuestos y/o derechosmunicipales generados enlaSubdirección;
y
d)Generar en mayo de cada año, los procesos de certificaciones de inversiones, rebaja
de inversiones y certificados de distribución de capital propio, tododeacuerdo a lo
señalado en el Artículo 24° y 25° de la Ley de Rentas Municipales.
.5.-DEPARTAMENTO DE COBRANZA ADMINISTRATIVA DE IMPUESTOS Y
ECHOS MUNICIPALES
ÍCULO 161°. - El Departamento de Cobranza Administrativa de Impuestos y Derechos
icipales tendrá por objetivoel cobro y recaudación de los impuestosy derechos
icipales que se encuentrenmorosos, normalizandoel cumplimientotributario de los
ribuyentes. Deberá cumplir con:
a)Analizar regularmente elestado de la morosidad yrealizar accionesdecobranza que
estimulen la normalización de los montos morosos.
b)Preparar e informar regularmente reportes sobre el estado desituación de la
morosidad y las gestiones realizadas.
c)Planificar, coordinar y ordenar la ejecución de acciones de cobranzacon la Unidades
Giradoras, la Dirección de Fiscalizacióny con lasUnidades de Soporte.
d)Analizar y gestionar mejoras y/o ajustesprocedimentales a la gestióndelas Unidades
Giradoras y la cobranza de impuestos yderechosmunicipales.
e)Solicitar al Departamentode Cobranza Judicial elinicio de accionescoercitivas ante
los tribunales para la recuperación de los impuestos y derechosmunicipales
morosos.
f)Aplicación de lo establecido en el Artículo 66 de la ley de RentasMunicipales,
remitiendo los antecedentes a las unidades pertinentes.
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Tabla 66 (página 56 (texto) · 42 filas)

Continuación 56
Reglamento N°914 /2025
.5.1SECCIÓN DE FISCALIZACIÓNDE RENTAS
ÍCULO 162°. - LaSección de Fiscalización de Rentas, dependiente del Departamento de
ranza Administrativa de impuestosy derechos municipales cumplelas siguientes
iones:
a)Fiscalizar a los contribuyentes que no realizaron dentro de los plazos estipulados
por la Ley deRentas Municipalesy otras normativas que rigen la materia, los pagos
por permisoso patentes municipales.
b)Fiscalizar aquellos contribuyentes informados porel Servicio de Impuestos
Internos, queiniciaron actividades dentro de la Comuna y no cuentan con una
patente municipal que autoriceel ejercicio de su actividad lucrativadentro de la
comuna.
c)Realizar notificación de los procesos de renovación depatentes de alcohol.
d)Revisión, verificación e informe de solicitud de patentede Microempresa Familiar.
e)Colaborar enotras instancias defiscalización dentro del ámbito de los impuestos y
derechos municipales.
SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
ÍCULO 163°. - La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto con susDepartamentos
jecución Presupuestaria de Gastos; Gestión Contable; y Control de Gestión, tendrá como
tivoprocurar la máxima eficiencia en el registro, mantencióny utilización de la información
able, debiendo cumplir las siguientesfunciones:
a)Registrar todos los eventoscontables manteniendo siempreactualizada su
información,cumpliendo las normas de la Contraloría General de la República
imparta a este respecto
b)Elaborar estados financieros,presupuestos, balances e informes periódicos
requeridos por las unidades municipales, Concejo Municipal, Contraloría General de
la Repúblicay otros
c)Aplicar las modificaciones al presupuesto manteniendo actualizadala información
sobre las disponibilidades presupuestarias, con informes periódicospara la toma de
decisión
d)Efectuar lasconciliaciones bancarias de las cuentasde Remuneraciones, Fondos
Generales, Fondos Externos, Licencias Médicas y del PRBIPE;
e)Registrar y emitir informes periódicos de los Centros deCostos.
f)Mantener lavigencia de losprogramas computacionales de la Contabilidad,
Presupuestoy Centros de Costos, preocupándose constantementede perfeccionar
y mejorar el sistema
g)Mantener actualizada la información de acceso público, para dar cumplimiento a la
Ley de Transparencia y dar respuesta a solicitudesde información ingresadas a
través del Portal de Transparencia del Estado;
h)Recepción yseguimiento de las facturas por adquisición de bienes, servicios y
contratos; y
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Tabla 67 (página 57 (texto) · 52 filas)

Continuación 57
Reglamento N°914 /2025
i)Participar de la ejecución de proyectos con fondos externos, como contraparte
financiera, e informarmensualmente a los entes externos de la ejecución
.1.-DEPARTAMENTO DEEJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE GASTOS
ÍCULO 164°. - El Departamento deEjecución Presupuestaria de Gastos cumples las
ientes funciones:
a)Participar de la ejecución delpresupuesto municipal de gastosa nivel de
desagregación máxima en las instancias de pre-obligación, obligacióny devengado,
efectuando las modificaciones y suplementaciones cuando corresponda;
b)Obligar y devengar elPresupuesto, elaborando decretos de pago, conimputación de
acuerdo a la naturaleza del gasto;
c)Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional yAdministrativa delMinisterio del
Interior los informes de los pasivos trimestrales y gastos mensuales;
d)Efectuar análisis del comportamiento presupuestariode las cuentas que conforman
el presupuesto municipal de gastos
e)Contabilizar las rendiciones y gastos entregados aterceros sujetos arendición de
cuentas
f)Emisión de certificados de disponibilidad presupuestaria para gastos menores a 100
UTM
.2.-DEPARTAMENTO DEGESTIÓNCONTABLE
ÍCULO 165°. - El Departamento de Gestión Contable cumple las siguientes funciones:
a)Aplicar normativa contable impartida por la Contraloría General dela República,
registrando los hechos económicos, manteniendo actualizada lainformación
cumpliendo con las normas de lacontabilidad gubernamental;
b)Efectuar las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes que maneja el
Departamento de Tesorería; deLicencias Médicasy de la SecretaríaComunal de
Planificación y de losprogramasejecutados con fondos de otras entidades, con los
cuales la municipalidad mantieneconvenio.
c)Confeccionar estadosfinancieros y sus respectivas notas, balances e informes
requeridos por la Contraloría General de la República, la Subsecretaríade Desarrollo
Regional y para dar sucumplimiento a la Ley N°20.285 sobre acceso ala información
pública
d)Asesorar en materiacontable-presupuestaria alas Direccionesde Salud y
Educación;
e)Efectuar las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes correspondientes a
programas ejecutadoscon fondosde otras entidades, con las cuales laMunicipalidad
mantiene convenios;
.3.-DEPARTAMENTO DECONTROL DE GESTIÓN
ÍCULO 166°. - El Departamento deControl de Gestión, se compone delas siguientes
iones: seguimiento y auditoría de control; y fondos externos, cumpliendolas siguientes
iones:
a)Recibir y realizar seguimiento delas facturas y/o boletas, con el objetode cumplir la
normativa de pago antes de los 30 días de ingresada;
b)Apoyar contable y financieramente a las unidadesmunicipales en laejecución de
proyectos financiados con Fondos Externos, llevando a cabolas acciones
administrativas parasu correctaejecución y un adecuado control depresupuesto
autorizado;
c)Preparar mensualmente las rendiciones de fondos externos para dar cumplimiento a
la Circular N°30 de laContraloríaGeneral de la República;
d)Preparar informes para el Portalde Transparenciadel Estado y el sitio WEB de la
Municipalidad en cumplimiento ala Ley sobre Acceso a la informaciónPública.
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Tabla 68 (página 58 (texto) · 38 filas)

Continuación 58
Reglamento N°914 /2025
.3.1.- SECCIÓN SEGUIMIENTO Y AUDITORIA DECONTROL
ÍCULO 167°. - LaSección de Seguimiento y Auditoria de Control tiene las siguientes
iones:
a)Seguimiento delas facturas yboletas emitidas con el Rut municipal para dar
cumplimiento ala normativa dela ley 21131.
b)Recepción de las facturas y/oboletas y revisión de sus expedientes para inicio
proceso de pago.
c)Confección deindicadores decumplimientodel proceso de recepción y pago de
facturas y boletas y elaboraciónde informes.
d)Elaborar informes de materias atingentes a lasubdirección.
.3.2.- SECCIÓN DEFONDOS EXTERNOS
ÍCULO 168°. - La Sección de Fondos Externos tienelas siguientes funciones:
a)Apoyar contable y financieramente a las unidades municipales en laejecución de
proyectos financiados con Fondos Externos llevandoa cabolas acciones
administrativaspara su correcta ejecución yun adecuado control delpresupuesto
autorizado
b)Preparar mensualmente lasrendicionesdelos fondos externos para dar
cumplimiento ala Resolución 30de la CGR yatoda la normativa vigente.
SUBDIRECCIÓNDE TESORERÍA MUNICIPAL
ÍCULO 169°. - A laSubdirección de TesoreríaMunicipal consus departamentos de:
soríade gestión deingresos; Egresos; Custodiade Valores yGestión de Ingresos y
sosEspeciales, tendrá como objetivo optimizarla recaudación de losingresos y la
ución de los pagosmunicipales, velando porqueéstas cumplancon lasdisposiciones
rtidas sobre la materia por la Contraloría Generalde la República, y deberá cumplir las
ientes funciones específicas:
a)Recaudar y percibir los ingresos por distintosconceptos,tales como impuestos,
contribuciones,derechos municipales y otrosdesu competencia;
b)Mantener la custodia de valoresy garantías extendidas a favor de la Municipalidad:
c)Efectuar oportunamente los pagos municipalesque corresponda;
d)Revisar los formularios de ingresos y gastosy mantenerlos a disposición de la
Contraloría General de la República, como alaunidad de Auditoría Interna para su
rendición de cuentas, y;
e)Manejar las cuentas bancariasmunicipales,remitiendo informe a la Contraloría
General de la República.
.1.-DEPARTAMENTO GESTIÓN DE INGRESOS
ÍCULO 170°. - El Departamento Gestión de Ingresos cumple lassiguientesfunciones:
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Tabla 69 (página 59 (texto) · 46 filas)

Continuación 59
Reglamento N°914 /2025
a)Administrar la apertura ycierre de cajasmunicipales;
b)Recaudar y percibirlos dineros correspondientes a infracciones formuladas por los
Juzgados de PolicíaLocal;
c)Recaudar y percibirlos dineros correspondientes a losdistintos giros por impuestos
y/o derechos municipales;
d)Efectuar la cuadratura diaria de cajas yremitir a la Subdirección de Contabilidad y
Presupuesto para su contabilización; y
e)Entregar los dinerosde larecaudacióndiaria a la empresa de Transporte de Valores
(empresa contratada porla entidad financiera).
f)Regularización y conciliación de pagoscon tarjetas.
.2.-DEPARTAMENTO DE EGRESOS
ÍCULO 171°. - El Departamento de Egresoscumple las siguientes funciones:
a)Efectuar todos lospagos municipales a proveedores, contabilizar el egreso
respectivo y emitirelComprobantede Pago consu respectivocheque y/o
transferencia, de acuerdoa Decreto dePago visado.
b)Efectuar todos lospagos de Planillasde Remuneraciones, contabilizar el egreso
respectivo y emitirelComprobantede Pago consu respectivocheque y/o
transferencia, de acuerdoa Decreto dePago visado.
c)Tramitar la compradeMoneda Extranjera para losViáticos por Comisiones de
Servicio al Exterior.
d)Preparar informes de Transparencia, relacionados a losDecretos de Pago visados.
.3.-DEPARTAMENTO DE CUSTODIA DEVALORES
ÍCULO 172°. - El Departamento de Custodiade Valores cumple las siguientes funciones:
a)Custodia, control, contabilización y devolución de boletas de garantía, pólizas de
garantías, de seguros, ypólizas de fidelidad funcionaria.
b)Recepción, ordenamiento de legajos deingresos y egresos, rendiciones de cuentas
y subvenciones, para futuras revisionesde organismoscontralores.
c)Informar con anterioridadel vencimientode las garantías a las diferentes direcciones
municipales.
d)Timbrar ante el SII, las documentaciones pertinentes.
.4.-DEPARTAMENTO GESTIÓN DE MULTAS
ÍCULO 173°. -El Departamento Gestión demultas cumple las siguientes funciones:
a)Elaborar informes de multas pagadas enla comuna, para su eliminación del Registro
de Multas, gestionarlos pagos de arancel al servicio deRegistro Civil eIdentificación
y el 80% de las multascorrespondiente a otras comunas e ingresar en arcas
municipales las remesasrecibidas del 80% depositadas por el Registro.
b)Procesar cobro administrativo infracciones Tag y envíoa los juzgados de la comuna,
aquellos casos queno se acogieron aesta modalidadde pago, ingresar en arcas
municipales remesas recibidas de otrascomunas y gestionar los pagos de aquellas
infracciones Tag pagadas en Santiago yque corresponden a otros municipios.
c)Depositar los fondos deterceros, porPermisos de Circulación, recibidos de otras
comunas y remitir antecedentes a la Dirección de Tránsito y transportePúblico,
d)Regularizar abonospor la Tesorería General de la República u otras Instituciones.
SUBDIRECCIÓN DEATENCIÓN A LA CIUDADANÍA
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Tabla 70 (página 60 · 5 filas)

a) Verificar el cumplimiento en el orden de los espacios municipales destinados a la
espera de vecinos y contribuyentes para su atención.
b) Orientar al vecino y/contribuyente respecto de los trámites municipales, en virtud de
la información otorgada por las distintas unidades municipales, proporcionando toda
la información de los canales de atención destinados para cada tipo de gestión, tales
como: oficinas municipales, sitios web, canales de atención telefónica.

Tabla 71 (página 61 · 6 filas)

c) Gestionar las reservas de atención de manera presencial, y verificar el cumplimento
del orden de atención cuando corresponda.
d) Preparar y mantener óptimos los espacios para atención de usuarios, verificando la
correcta instalación de vallas, tótems informativos, señaléticas, y los implementos
que permitan mantener la correcta distribución de los espacios.
f) Realizar seguimiento para dar cumplimiento del aforo en el interior del espacio
destinado a la atención presencial de vecinos y contribuyentes.

Tabla 72 (página 62 (texto) · 36 filas)

Continuación 62
Reglamento N°914 /2025
g)Participar en Comité deComprasMenores, Comité Técnico Financiero, Comité
Técnico Administrativo.
.1. DEPARTAMENTODE COMPRAS
ÍCULO 179°. - El Departamento de Compras debe cumplir las siguientes funciones:
a)Recibir las solicitudes decompra detodas las dependencias municipales.
b)Adquirir los bienes, servicios e insumos solicitados por las unidades requirentes
necesarios para el funcionamientode todas lasdependencias municipales, en
conformidad a la Ley N°19.886 y suReglamento, menores a 500 UTM.
c)Participar en Comité deComprasMenores, Comité Técnico Financiero, Comité
Técnico Administrativo.
d)Consolidar y Publicar el Plan Anual de Compras.
e)Solicitar cotizaciones deproductosy/o servicios, através del portalde mercado
público.
f)Velar por las mejores condiciones comerciales de acuerdo a precio, calidad, plazos
de entrega.
.2.-DEPARTAMENTODE INVENTARIO
ÍCULO 180°. - El Departamento de Inventario debe cumplir las siguientes funciones:
a.Administrar los bienesmueblese inmuebles para el funcionamiento de la
municipalidad deacuerdo a las políticas generales entregadas porla autoridad
superior.
b.Registrar y mantener actualizado el inventario municipal de los bienesmuebles.
c.Retirar, almacenary dar de baja bienes municipalesen desuso, sin reparación o que
han finalizado su vida útil.
d.Gestionar la enajenaciónde bienesmuebles municipales, decomisos y vehículos
retirados de circulación susceptiblesde ser rematados.
.3.-DEPARTAMENTODE BODEGA
ÍCULO 181°. - Departamentode Bodegadebe cumplir las siguientes funciones:
a)Recepción, almacenamiento, despacho, registro y control de los stocksde artículos,
materiales e insumos, quese requiere para el normalfuncionamiento dela Institución.
b)Mantener en custodia, conun adecuado control y registro, las especiesdecomisadas
o abandonadas enla víapública.
c)Gestionar requerimientosde compras de material destock.
CAPÍTULO 12
DIRECCIÓNDE FISCALIZACIÓN Y ESPACIOS PÚBLICOS
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Tabla 73 (página 63 (texto) · 35 filas)

Continuación 63
Reglamento N°914 /2025
A.DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 182°. - La Dirección de Fiscalización yEspacio Público,depende del Alcalde a
través del Administrador Municipaly estará a cargode un Director deFiscalización y Espacio
Público.
Dependerán de la Dirección de Fiscalización y Espacio Público, la Subdirección de Inspección
y losDepartamentosde Espacios Públicos, Actividades Comercialesen el BienNacional de
UsoPúblico, Operaciones y Control de Gestión y Estrategia.
B.OBJETIVO
ARTÍCULO 183°. - La Dirección de Fiscalización yEspacio Público,tendrá como objetivos
planificar, coordinary ejecutar todas las accionesnecesarias parael cumplimiento de las
leyes, normas y requisitos vigentespara el desarrolloy ordenamiento territorial de la comuna,
liderandouna política pública local de gestión y administración delos espacios públicos,
correctofuncionamiento del comercio establecido,así como permisos de lasactividades
comerciales y eventos en el BNUP,cumplimiento enlas materias de laley de alcoholes de su
competencia, normativa vinculada a emisionesde ruidos, generando innovación y
promoviendo un adecuado orden yregularización.
C.FUNCIONES
ARTÍCULO 184°. - Ala Direcciónde Fiscalizacióny Espacio Públicole corresponderá las
siguientes funcionesgenerales:
a)Supervisar yfiscalizar el cumplimiento de las diversas normativas que rigen para el
desarrollo de actividadescomerciales establecidas, estacionadas,ambulantes,
transitorias,de expendio de alcohol, emisiones de ruidos, asícomo el correcto uso y
ejecución deactividades oeventos transitorios y comercialesen el espacio público.
b)Gestionar toda autorización de uso delBNUP relacionado a eventos masivos,
actividades,eventos y/oinstalacionestransitorias y ejercicio oactividades
comercialesen el mismo.
c)Generar cuerpos normativos y mejoras continuas de los mismos, para apoyar y
controlar lafiscalización de actuaciones transitorias, así como comerciales en el
BNUP, de problemas acústicos que se generen en el eje comunal.
d)Evaluar y gestionar solicitudes de permisos transitorios dealcohol, para aquellos
recintos queno cuenten con patentes de este tipo.
e)Formulaciónestratégica deplanes, programas y proyectos para dar cumplimiento a
las normativas municipales, así como alineamientos estratégicosde la visión
63

Tabla 74 (página 64 (texto) · 45 filas)

Continuación 64
Reglamento N°914 /2025
alcaldicia, impulsando eldesarrollo comercialy el ordenamiento de las actuaciones
en la comuna.
f)Potenciar áreas de recaudación mediante laregularización de pagode derechos,
patentes, autorizacionescomerciales y usos en el BNUP y similares.
OFICINA ATENCIÓN USUARIO
ÍCULO 185°. - A la Oficina de Atención Usuario ygestión documental, lecorresponderá
iguientes funciones específicas:
a)Realizar la atención de usuarios, gestionandorequerimientos ingresados sobre todas
las materias atingentes de la Dirección y susunidades, para su registro, derivación y
seguimiento correspondiente.
b)Recepcionar solicitudesy trámites de permisionarios en BNUP,asegurando el
almacenamiento virtual de los distintos archivos y/o expedientes.
c)Administrar el flujo dedocumentación institucional, involucrandola recepción,
registro, tramitación y archivo de documentos internos y externos, velando por su
trazabilidad y disponibilidad, asegurando su archivo digital.
d)Coordinar y gestionarla recepción y distribución de documentación sobre
requerimientos y reclamos de manera interna, así como deorganismos y
reparticiones externas sobre materias atingentes.
SUBDIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
ÍCULO 186°. - A la Subdirección de Inspeccióncon sus Departamentosde Control de
ercio Establecido y Estacionado; Alcoholes; Control Acústico y la SecciónAdministrativa,
rresponderá las siguientes funciones específicas:
a)Fiscalizar el cumplimiento de todas lasordenanzas referentesal comercio
establecido y estacionado, alcoholes y control acústico, efectuando las denuncias a
los Juzgados de PolicíaLocal, ejecutando las clausuras de los establecimientos o
locales en los casos queproceda, generandolos informes respectivosa la Dirección
de Fiscalización.
b)Controlar un ordenado funcionamiento mediante Hojas de Rutas, del comercio que
se ejerce en establecimientos, vía pública, mercados y propiedadesmunicipales o
nacionales de uso público, manteniendo informes actualizados.
c)Notificar Decretos a contribuyentes, patentados y permisionariosde actividades
comerciales en el BNUP, Clausuras referidas a la Ley de Rentas,así como los
vinculados a patentes dealcohol.
d)Verificar en terreno e informar a la Dirección,sobre reclamos de la Comunidad.
e)Emitir informes sobre recursos o solicitudes de los contribuyentes infraccionados por
vulneración de las normas a las que se encuentran sujetos y otrosque requiera la
Dirección de Fiscalización.
.1.-DEPARTAMENTO DE CONTROL DECOMERCIO ESTABLECIDO Y
ACIONADO
ÍCULO 187°. - El Departamento de Comercio Establecido y Estacionado cumple las
ientes funciones:
a)Fiscalizar mediante Hojas de Ruta, el cumplimiento de todas las normas y requisitos
vigentes en el desarrollo de cualquier actividad que deba ser fiscalizada por la
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Tabla 75 (página 65 (texto) · 50 filas)

Continuación 65
Reglamento N°914 /2025
municipalidad y queregulan elejercicio de lasactividades comerciales, productivas,
industriales, profesionales, expendio y consumo de bebidasalcohólicas. (Leyes,
Ordenanzas, Reglamentos yotras normas)y todas aquellas solicitadas por la
Dirección de Fiscalización.
b)Fiscalizar medianteHojas de Rutas e informar aquellas actividades nodeclaradas o
irregulares y que son ejercidasen establecimientos comerciales de laComuna.
c)Fiscalizar las autorizaciones demesas, sillas,quitasoles en elBien Nacional de Uso
Público.
d)Inspeccionar, verificar e informar sobre reclamos efectuados por la comunidad,
vinculados al área,generando informes de control y seguimiento.
e)Preparar y entregar los expedientes de Clausura a la Dirección deFiscalización,
levantando las actas correspondientes, segúnsea el caso.
.2.-DEPARTAMENTODE ALCOHOLES
ICULO 188°. - El Departamento deAlcoholes cumple las siguientes funciones:
a)Aplicar y gestionary fiscalizar el cumplimientode la normativaestablecida en la Ley
N°19.925 sobre Expendio y Consumo de bebidas alcohólicas.
b)Recepcionar, revisar y gestionar los expedientes relacionados con nuevas solicitudes
y/o traslados de patentes parael expendio debebidas alcohólicas.
c)Revisar, evaluar ygestionar losexpedientes que ingresan, enrelacióna las nuevas
solicitudes, traslados y/o renovaciones depatentes de expendiode bebidas
alcohólicas.
d)Notificar al contribuyente sobre la restricciónde expendio debebidas alcohólicas,
mientras esté en trámite la nueva solicitud y/otraslado.
e)Fiscalizar el cumplimiento delos decretos que ordena la No Renovación de las
Patentes de alcohol.
.3.-DEPARTAMENTODE CONTROL ACÚSTICO
ÍCULO 189°. - Al Departamento de Control Acústico, le corresponderá las siguientes
iones:
a)Fiscalizar el cumplimiento delas normas medioambientalesvigentes, incluyendo
ordenanzas municipales, sobre la emisiónde ruidos queincumplen medidas
sonométricas y todas aquellassolicitadas porla Dirección de Fiscalización.
b)Colaborar con laSuperintendencia de Medio Ambiente enmaterias que sean
requeridas por dicha institución.
c)Ejercer acciones deeducacióny sensibilización ambiental sobre la gestión de control
acústico, cursandolos denuncios al Juzgado de Policía local que correspondan.
.4.-SECCIÓN ADMINISTRATIVA
ICULO 190°. - A la Sección Administrativa le corresponderá las siguientesfunciones:
a)Administrar e informar sobreinsumos, materiales y herramientaso elementos
administrativos delárea, a la Subdirección y/ola Dirección deFiscalización.
b)Informar sobre centros de costos y presupuesto anual de funcionamiento de la
Subdirección de Inspección y ala Dirección de Fiscalización.
c)Registro y distribución a la Subdirección deInspección desellos yrótulos para
clausuras Comerciales, prohibiciones defuncionamiento yApart Hotel
proporcionados porla Direcciónde Fiscalización.
d)Gestión, mantención y distribución de toda ladocumentacióndel área, asegurando
el correcto almacenamiento delos distintos archivos tanto físicos comodigitales.
. DEPARTAMENTO DEACTIVIDADES COMERCIALES EN EL BIEN NACIONAL DE
BLICO
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Tabla 76 (página 66 (texto) · 43 filas)

Continuación 66
Reglamento N°914 /2025
ARTÍCULO 191º. - Al Departamento de Actividades Comerciales en el Bien Nacional de Uso
Público con sus secciones de Análisis y Control,Factibilidad asícomo Gestión yRegistro, les
corresponderán las siguientes funciones:
a)Analizar y proponer políticas, proyectos, normativas yestrategias municipales para
el correcto desarrollo de actividades comerciales en elBien Nacional deUso Público,
que promuevanel ordenamiento territorial, así como recaudación municipal y todas
aquellas solicitadas por laDirección deFiscalización.
b)Gestionar las solicitudes en relación a permisos municipales de su competencia.
c)Coordinar la Comisión Municipal de Comercio, ente colegiado que tienepor objetivo
analizar, visar ygestionarsolicitudes para realizar actividades comerciales en el Bien
Nacional de Uso Público,acorde a lo establecido en las Ordenanzas N°59, N˚ 114 y
124, y los actosadministrativos que la regulan.
d)Apoyar la coordinación deproyectos municipales que involucren el ámbito comercial
estacionado enel BNUP, tanto con entidades externaspúblicas o privadas.
12.3.1. SECCIÓN DE ANÁLISIS YCONTROL
ARTÍCULO 192°. - Ala Secciónde Análisisy Control lecorresponderá lassiguientes
funciones:
a)Gestionar, coordinar e impulsar acciones necesarias para un correcto uso y
ordenamientodel espacio público para actividadescomerciales, ajustadas a la
normativa vigente.
b)Confeccionar ygestionarinformes deControl de Gestión del áreay procesos
normativa ISO9001, generando indicadores de gestión, o las que determine la
Dirección.
c)Confeccionar matriz de registro de ingresos, proyecciones presupuestarias, así como
estadísticas vinculadas aluso del espacio público conactividades comerciales.
d)Coordinar propuestas ylineamientosestratégicos con todos aquellos gremios,
sindicatos, agrupacionesy similares vinculados al comercio estacionado y ferias
libres en la víapública, promoviendo elordenamientoterritorial y colaborando en la
economía local.
e)Generar las distintas bases de datos y/opadrón con lainformación sobresolicitantes
y/o contribuyentes de los trámites ejecutados en la unidad.
12.3.3 SECCIÓN DE FACTIBILIDAD
ARTÍCULO 193°. - A laSección deFactibilidad le corresponderá las siguientes funciones:
a)Generar informes técnicosque permitirán la evaluacióndel otorgamientoexcepcional
de nuevos permisos, modificacionesde los actuales permisos, oactividades
transitorias, conel fin de promover el ordenamiento territorial y el cumplimiento de las
Ordenanzas municipales.
b)Generar estudios que dencuenta, y evalúen, la carga espacial de los distintos BNUP
de la comuna,para actividades comerciales.
c)Analizar la pertinencia y factibilidad, enel Comité dePermisos Municipales, de las
actividades transitorias decompetenciadel Departamento.
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Tabla 77 (página 67 (texto) · 46 filas)

Continuación 67
Reglamento N°914 /2025
d)Evaluar el comportamiento de las organizaciones autorizadas en Feriastransitorias
en el BNUP u otras actividades transitorias de caráctercomercial en laVía Pública
en el espacio público.
.4. SECCIÓN DE GESTIÓN YREGISTRO
ÍCULO 194°. - A la Secciónde Gestión yRegistro le corresponderá las siguientes
iones:
a)Elaborar los actos administrativos, para las distintas solicitudes realizadas al
Departamento en virtud de lo indicado enlas distintas Ordenanzas Municipales.
b)Elaborar y efectuar los cobros asociadosa las distintas solicitudes, así como realizar
las gestiones necesariaspara el pago delos derechosmunicipales deactividades
comerciales en la vía pública, acorde a laOrdenanza N.º 94
c)Generar informes administrativos para solicitudes tantointernas comoexternas y
todos aquellos solicitadospor la Direcciónde Fiscalización.
. DEPARTAMENTO DE ESPACIOS PÚBLICOS
ICULO 195°. - El Departamento de EspaciosPúblicos consus secciones de Análisis y
ectos, Eventos y Actividades Transitorias;Planificacióny Control deGestión, le
esponderán las siguientes funciones:
a)Proponer políticas y programas para la adecuada gestión de los Espacios Públicos
velando por la correcta ejecución de los lineamientos estratégicos establecidos por
la Dirección de Fiscalización y/o Alcaldía, con énfasisen el posicionamiento de la
imagen ciudad, la condición de comunacapital, y elcarácter patrimonial de los
espacios públicos comunales.
b)Administrar estratégicamente el Espacio Público dela comuna, instalando la
corresponsabilidad de suuso, cogestióncon actores del sector público y privado,
impulsando acciones necesarias parael ordenamiento, promoviendo el uso
democrático mediante procesos transparentes, ajustados a la normativavigente.
c)Planificar y coordinar planes, programas, proyectos e iniciativas municipales para
mejorar, ordenar, regulary rentabilizarla ocupacióntransitoria de los espacios
públicos comunales.
d)Presidir y coordinar elComité de Permisos para larealización deEventos y
Actividades Transitoriascon el objetivo de analizar,visar, gestionar y hacer
seguimiento a las solicitudes para realizardiferentes eventos, actividadesy proyectos
en el Bien Nacional de Uso Público.
e)Coordinar a las Direcciones Municipales,cuando se programan o ejecuten eventos y
actividades, municipales oexternas, eventos masivos, marchas, actos públicos, entre
otros, que se desarrollenen los espaciospúblicos comunales.
f)Gestionar todos los actosadministrativosque respondana solicitudes de ocupación
de Bienes Nacionales deUso Públicopara Eventos,Actividades, Instalación de
Terrazas de Restaurantes, Publicidad, Artistas Urbanos,entre otras actuaciones que
le mandaten los reglamentos y Ordenanzas vigentes.
g)Calcular, girar y realizar seguimiento a larecaudación de los DerechosMunicipales
asociados a la ocupacióndel Bien Nacional de Uso Público y otros espacios de uso
público, que se le asignenmediante la Ordenanza N˚94 sobre Derechos por Permisos
y Servicios Municipales, uotros cuerpos legales.
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Tabla 78 (página 68 (texto) · 52 filas)

Continuación 68
Reglamento N°914 /2025
h)Efectuar laboresde inspección yfiscalización de los eventosy actividades transitorias
gestionadas porel departamento.
.1. SECCIÓN DE ANÁLISIS Y PROYECTOS
ÍCULO 196°. - A laSección de Análisis y Proyectos le corresponden las siguientes
iones:
a)Diseñar y articular planes, programas, proyectos e iniciativas municipales para
mejorar, ordenar, regular y rentabilizar la ocupación transitoria delos espacios
públicos comunales.
b)Efectuar levantamiento de información, análisisy reportes defactibilidadtécnica para
la ocupación delos bienes nacionales de uso público para eventos, actividades,
instalación demesas, sillasy quitasoles,publicidad, entre otrasactuaciones
transitorias que se le encarguen, manteniendoregistros actualizados.
c)Efectuar análisisde carga, distribución y saturación geográfica y espacial en conjunto
con propuestas de gestión e intervención de los espacios públicos comunales.
d)Gestionar y controlar administrativamente las autorizacionespara la ocupación de los
bienes Nacionales de Uso Público, con mobiliario de locales gastronómicos, la
instalación de publicidad transitoria, y otras autorizaciones que le seanencargadas.
e)Efectuar el giro,seguimiento ygestión de la recaudación de derechos municipales
por concepto deautorizacionesde ocupación de Bienes Nacionales deUso Público
de su competencia.
.2. SECCIÓN DE EVENTOS Y ACTIVIDADES TRANSITORIAS
ÍCULO 197°. - A laSección de Eventos y Actividades Transitorias le corresponderá las
ientes funciones:
a)Coordinar y gestionar el Comité de PermisosMunicipalespara la realización de
Eventos y Actividades Transitorias en los Bienes Nacionales de UsoPúblico y de
Administración Municipal.
b)Elaborar y dar seguimiento al calendario de eventos y actividades autorizadas, para
reportes internos que permitannormar y levantar alertastempranas a unidades
fiscalizadoras municipales.
c)Analizar, calcular, girar y gestionar autorizaciones de ocupación del Bien Nacional de
Uso Público poractividades y/o eventos transitorios enel mismo,exceptuando
actividades comerciales.
d)Mantener un catastro actualizado de las autorizaciones deocupacióntransitoria de
Bienes Nacionales de Uso Público, y las gestiones asociadas a dichasactuaciones.
.3. SECCIÓN DE PLANIFICACIÓNY CONTROL DE GESTIÓN
ÍCULO 198°. - A la Sección de Planificación y Control de Gestión le corresponderá las
ientes funciones:
a)Confeccionar ygestionar informes de gestión, resultados y proyección de los
procesos administrativos del departamento, generando estadísticase indicadores
para el análisis yplanificación.
b)Confeccionar una matriz de registro deingresos,efectuarproyecciones
presupuestariasy levantamiento de estadísticas vinculadas al usodel espacio
público.
c)Diseñar, coordinar y ejecutar planes para el mejoramiento integral dela gestión del
departamento, con especial énfasis en losprocesos administrativos y servicios
prestados a la ciudadanía, lamodernizacióny digitalización de losprocesos del
Departamento, aumentando la recaudación deingresos municipales.
d)Gestionar autorizaciones transitorias paraexpendio yconsumode bebidas
alcohólicas deacuerdo con la Ley N° 19.925, las Ordenanzas Municipales y
Reglamentos vigentes.
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Continuación 69
Reglamento N°914 /2025
e)Efectuar el giro, seguimiento ygestión de la recaudación de los derechos municipales
por concepto de autorizaciones transitorias paraexpendio y consumo de bebidas
alcohólicas, de acuerdo con las ordenanzas municipales vigentes.
.- DEPARTAMENTO DEOPERACIONES
ICULO 199°. - Al Departamento de Operaciones le corresponderá las siguientes
iones específicas:
a)Coordinar y ejecutar todos los operativos especiales para controlar actividades no
autorizadas o irregulares en espacios públicos y/oestablecimientos decomercio en
la comuna, gestionando acciones con unidades internas y externas para los fines,
generando los decretos de clausura correspondientes.
b)Coordinar, gestionary ejecutar el retiro de estructuras de los B.N.U.P,que cuenten
con decreto de retiroo se encuentren en manifiestoestado de abandono, llevando el
registro correspondiente.
c)Realizar monitoreo yseguimiento del cumplimientodel plan operativo yplanificación
periódica medianteHojas deRuta y programación de labores fiscalizadoras de la
Dirección.
d)Fiscalizar todas lasmaterias solicitadas por la Dirección de Fiscalización incluyendo
Foodtrucks, Plazasde Bolsillos y todas las actividades artísticas y/o musicales en el
BNUP, cursando denuncias aaquellas que no cumplan con el permiso municipal
respectivo.
e)Coordinar el plan deretiro demedicamentos y cigarros desde las ferias libres de la
Comuna y otras quesolicite laDirección de Fiscalización.
f)Apoyar todas las labores inspectivas en el Bien Nacional de Uso Público y todas
aquellas solicitadaspor la Dirección de Fiscalización, coordinadas y enapoyo de las
policías, cursando los denuncios necesarios.
g)Registro y distribución de sellos y rótulos para clausuras Comerciales yprohibiciones
de funcionamiento,proporcionados por la Direcciónde Fiscalización.
.- DEPARTAMENTO DECONTROL DE GESTIÓN Y ESTRATEGIA
ÍCULO 200°. - El Departamento de Control de Gestión y Estrategia con su sección de
trol de Gestión y Secciónde Modernización e Innovación, le corresponderá las siguientes
iones:
a)Diseñar y evaluar propuestasde gestión para la mejora continua de laplanificación
estratégica de la Dirección deFiscalización.
b)Controlar la gestiónde procesos y planificación delfuncionamiento transversal de la
Dirección de Fiscalización,a través dellevantamiento deinformación
interdepartamental.
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Tabla 80 (página 70 (texto) · 39 filas)

Continuación 70
Reglamento N°914 /2025
c)Coordinar, ejecutar y apoyaren la gestiónde adquisición,compra ylicitaciones
requeridas por la Dirección deFiscalización ytodas sus unidades dependientes.
d)Administrar y distribuir a lasunidades inspectivas de la Dirección, sellos y rótulos
para clausuras Comerciales, prohibiciones defuncionamientoy Apart Hotel.
e)Revisar y proponermejoras enmaterias de actualización de ordenanzasmunicipales.
f)Proponer y coordinar lascapacitacionesque permitanel desarrollo de la
profesionalizaciónde la laborfiscalizadora delas unidades inspectivas.
g)Controlar y apoyaren el diseño y ejecución delos Programasde Mejoramiento de la
Gestión PMG de cada unidadde la Direccióny/o de la Dirección en general.
h)Administrar y controlar las plataformas digitales y bases de datos de laDirección de
Fiscalización y susunidades.
i)Diseñar e implementar estudios cuantitativos,cualitativos o mixtos, para la toma de
decisiones o para la planificación estratégica de la Dirección de Fiscalización.
.1.SECCIÓN DE CONTROL DEGESTIÓN
ICULO 201°. - A la Sección deControl de Gestión le corresponderá las siguientes
iones:
a)Controlar y apoyarel estadode avance de lasmejoras de lagestión de procesos y
sus indicadores degestión decada unidad, enel marco de laNorma ISO9001 u otra
que la Dirección determine.
b)Levantar y actualizar manuales y protocolos administrativos yde la labor inspectiva.
.2- SECCIÓN DE INNOVACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN
ICULO 202°. - A la Sección de Innovación Digitaly Modernización, le corresponderá las
ientes funciones:
a)Diseñar e implementar modelos y plataformasdigitales de gestión de datos para la
innovación y modernización.
b)Asesorar a las unidades de la Dirección de Fiscalización enmateria de matrices y
estandarización deregistro dedatos.
c)Levantar, procesardatos y registros para la planificación estratégica.
d)Asesorar en materia de diagnóstico, diseñoe implementación de laPolítica de
Fiscalización a la Dirección.
e)Apoyar, proponer yrealizar seguimiento a lamejora continuade la labor inspectiva
mediante el análisis de los informes inspectivos u otro que serelaciones.
CAPÍTULO 13
DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y SERVICIOS URBANOS
DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ÍCULO 203°. - La Dirección de Operaciones y Servicios Urbanosdependedel Alcalde a
és del Administrador(a)Municipal yestará a cargode un Director de Operaciones.
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Continuación 71
Reglamento N°914 /2025
Dependerán de la Dirección deOperacionesy Servicios Urbanos las Subdirecciones de:
GestiónIntegral de Residuos; Protección Civily Emergencia;Ornato, Parques y Jardines;
Mantenimiento y Transporte Municipal; de Alumbrado Público; yde Medio Ambiente.
B.-OBJETIVO
ARTÍCULO 204°. - LaDirecciónde Operaciones y Servicios Urbanos, tendrá como objetivo
el garantizar la eficiencia de los servicios, la gestión de la infraestructura y la coordinación de
los recursos, a travésde la Planificación, Organización, Dirección, Control y Coordinación de
las labores de las distintas Subdirecciones a su cargo, procurando la correctaejecución de
losservicios urbanos, promoviendo la mejora continua de los procesos, fomentando la
innovación y buenasprácticas,para que se adapten a las necesidades específicas de la
administración y se enfoquen enmejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
C.-FUNCIONES
ARTÍCULO 205°. - Ala Dirección de Operaciones y ServiciosUrbanos le corresponderá las
siguientes funciones generales:
a)Dirigir de manera coordinada con las distintas dependencias a su cargo, de manera
que se optimicen el usode los recursos, se mejoren laeficiencia de losservicios y se
propongan soluciones;
b)Alinear las operacionespara que se ajusten al Plan Comunal de Desarrollo y a las
políticas aprobadas porel Concejo Municipal;
c)Liderar los procesos de licitación de los serviciosconcesionados,además de
administrar los contratos de estos en conjunto con cada unidad técnica;
d)Velar por el cumplimiento, control de normativas y regulaciones vigentes ya sea para
personal de las unidades a su cargo, como también para los servicios contratados en
materia de servicios urbanos, asegurando una gestióntransparente y eficiente;
e)Implementarprocesosde mejora continua e innovación, fomentando el uso de
nuevas tecnologías, adopción de metodologías en lagestión operativa, promover
prácticas sustentablesy orientandola formación enel conocimiento al recurso
humano;
f)Programar, coordinar ydirigir reuniones de trabajo conlas subdirecciones definiendo
y orientandoel plan estratégico de la gestión municipal;
g)Fomentar a través de las distintas unidades la participación ciudadanaen la gestión
de los servicios urbanos, estableciendo canales de comunicación efectivos con la
comunidad;
h)Gestionar eficientemente los recursoshumanos, materiales y financieros destinados
a la prestación de los servicios urbanos en cada unidad;
i)Fomentar gestiones y acciones que seorienten hacia el ordenamiento,conservación
y sustentabilidad del espacio público;
j)Supervisar los mecanismos de atención a la ciudadanía para respondera demandas
relacionadascon los servicios urbanos;
k)Establecer alianzas estratégicas con entidades públicas, privadasy sociales,
orientada aun conjunto de relaciones establecidascon el entornoy de mutuo
veneficio, quepermitanresponder a sus necesidades yal desarrollo dela comuna;
l)Supervisar las accionespropias de lasubdirecciones,garantizando suoperatividad
y disponibilidad para laprestación delos servicios, laeficiencia y el cuidado de los
recursos municipales;
m)Supervisar laejecuciónde los planesde contingenciay emergencia para garantizar
la continuidadoperativaen caso de crisis o desastresnaturales.
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Tabla 82 (página 72 (texto) · 42 filas)

Continuación 72
Reglamento N°914 /2025
OFICINA OPERACIONAL DE CONTROLY FISCALIZACIÓN
ÍCULO 206°. - La oficinaOperacional deControl y Fiscalización tienecomo propósito
lecer la toma de decisiones estratégicasen la Dirección deOperaciones mediante la
rvisión, fiscalización y control de los procesos operativos y contractuales. Su principal
ión es garantizar la transparencia, eficiencia y cumplimiento normativo enla ejecución de
rsosy servicios municipales, minimizando riesgos y optimizando losprocedimientos
inistrativos y operacionales. Sus funcionesson:
a)Análisis y Supervisiónde Contratos, Analizar los términosy condiciones de bases y
contratos para garantizar su claridad, viabilidad y cumplimiento legal.
b)Revisar y aprobarbases técnicasde las distintas unidades,asegurando la
transparencia y equidad en los procesos de contratación.
c)Identificar y evaluar riesgos y/o amenazas asociadas a cada contrato, desarrollando
estrategias de mitigación.
d)Supervisar y fiscalizarel cumplimiento,la correcta implementación yejecución de los
contratos, velando por su adecuado desarrollo de todas las partes involucradas, en
coordinación con las subdirecciones.
e)Actuar como mediador en caso dedisputas contractuales entreproveedores y
subdirección correspondiente.
f)Control y Fiscalización Operacional, evaluar la calidad yeficienciade los servicios
contratados, aplicarmedidas correctivas en caso dedeficiencias, implementar
auditorías internas para garantizar la optimización de procesos y el cumplimiento de
normativas.
g)Coordinar acciones con otras subdirecciones para mejorarla operatividad y el control
de los servicios municipales.
h)Gestión de Recursosy TransparenciaAdministrativa, Monitorear eluso eficiente de
los recursos municipales, incluyendo materiales, financieros y humanos.
i)Mantener un registroactualizado de todos los contratos,borradores, protocolos y
procedimientos administrativos.
j)Implementación de Tecnología y Modernización del Control, que permita Monitorear
de forma digital entiempo real delos servicios y contratos.Implementando
herramientas de análisis de datos ygeorreferenciaciónpara mejorar la toma de
decisiones.
k)Sistematizar la recopilación de información para generarreportes de desempeño y
eficiencia operativa.
l)Presentar reportes defiscalización conpropuestas de mejora continua.
m)Desarrollar indicadores clave de gestión (KPIs) para evaluar el impacto y la eficiencia
de los servicios municipales.
SUBDIRECCIÓN DE ASEO Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
ÍCULO 207°. - La Subdirección de Aseo y Gestión Integral de Residuos, y sus
artamentos de: Planificación y Control deGestión Interna; Operaciones; Fiscalización;
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Tabla 83 (página 73 (texto) · 54 filas)

Continuación 73
Reglamento N°914 /2025
inistrativo y Controlde Contratos;Valoración deResiduos; tendrán como objetivo
ntizar un servicio deaseo urbano eficiente y sostenible, asegurando la limpieza de la
unamediante una gestión integral deresiduos, en estrecha coordinación con la Dirección
peraciones y ServiciosUrbanos.Estose logrará mediante el uso eficiente de los recursos
icipales, la supervisiónefectiva de los servicios, y laimplementación de estrategias que
uevan la aceptacióny valoraciónpositiva de lacomunidad, debiendo cumplir las
ientes funciones:
a)Coordinar con laDirecciónde Operaciones y Servicios Urbanos la planificación y
ejecución del retiro eficiente de los residuosdomiciliarios, optimizando rutas y
recursos.
b)Asegurar, bajo lasupervisión dela Dirección deOperaciones, la correcta limpieza y
mantención de calles y espaciospúblicos.
c)Realizar la limpieza y sanitización de las Ferias Libres en alineación con los
lineamientos operativos establecidos por la Dirección de Operaciones.
d)Supervisar y fiscalizar, encoordinación conla Dirección de Operaciones, el
cumplimiento delos contratosde aseo adjudicados a empresas privadas,
garantizando estándares decalidad.
e)Implementar y reportar a laDirección de Operaciones los mecanismos de control y
supervisión mediante inspectores, asegurando la correcta ejecución de las labores
de aseo comunal.
f)Desarrollar programas de gestión integral de residuos alineados con las estrategias
operativas definidas por laDirección de Operaciones, priorizandola reducción,
reutilización y reciclaje.
g)Presentar anualmente a laDirección de Operaciones planes de trabajo y mejora
continua, asegurando la optimización de los procesos y la eficiencia enla gestión.
h)Elaborar y entregar a la Dirección de Operaciones, con la debida anticipación, las
bases de licitación parala renovación decontratos de aseo,garantizando
transparencia y eficiencia enla administración derecursos.
i)Diseñar y proponer, bajo lasupervisión de la Dirección de Operaciones, actividades
y campañas de concientización ciudadana que fomenten la participación activa de la
comunidad en el cuidado del entorno.
.1 DEPARTAMENTODE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN INTERNA
ÍCULO 208°. - El Departamentode Planificación y Gestión Interna cumplelas siguientes
iones:
a)Elaborar y gestionar bases técnicas y nuevas iniciativas de contratos;
b)Representar a la Subdirección entodas las instancias formales de procesos
Licitatorios: Comité de Bases, Comisiones Evaluadoras y otros;
c)Liderar el procesode formulaciónde las definiciones estratégicas de laSubdirección,
coordinando lasáreas claves de la institución,en el marco de loslineamientos
Institucionales;
d)Identificar y definir los procesosde la Subdirección de acuerdo a su criticidad e
impacto, estableciendo mejoras continuas;
e)Mantener y fortalecer un sistemade informaciónpara la gestión que permita medir y
monitorear el cumplimientodecompromisosasociados con los programas de
mejoramiento de la gestión (PMG), y objetivos de la Subdirección; y
f)Dirigir la elaboración, ejecucióny seguimientode estudios, planesy programas,
atendiendo los requerimientos ydemandas delAdministrador(a) Municipal y de las
distintas unidadesde la Institución.
.2 DEPARTAMENTOOPERACIONES DE LIMPIEZA
ÍCULO 209°. - El Departamentode Operaciones cumple las siguientes funciones:
a)Elaborar y proponer planes de trabajo parael mejoramiento continuo de la
recolección y transporte de los residuos sólidos domiciliarios y la limpieza urbana;
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Tabla 84 (página 74 · 1 filas)

e) Coordinación de las líneas de trabajo emanadas de la ley N°20.920 que establece
responsabilidades sobre la gestión y manejo de residuos sólidos.

Tabla 85 (página 75 · 14 filas)

a) Asesorar al Alcalde en materias de planificación, organización, coordinación y control
de actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación
para situaciones de emergencias y desastres;
b) Mantener una coordinación técnica permanente con la Oficina Nacional de
Emergencia del Ministerio del Interior;
c) Promover y organizar actividades de integración, para la adecuada socialización,
entre los organismos e instituciones integrantes del sistema de Protección Civil y en
la Comunidad, de las acciones, estrategias y acciones de prevención;
d) Promover y ejecutar, con el sistema de Protección Civil y en la Comunidad, acciones
de extensión, educación y capacitación en prevención y capacitación;
e) Recopilar y mantener estadísticas por variables de eventos destructivos que ocurren
en su respectiva área jurisdiccional; y
f) Mantener un directorio de contactos institucionales con su respectivo Plan de
Ubicación y Llamado fuera de las horas de servicio, cuando corresponda, el que
deberá actualizarse continuamente.

Tabla 86 (página 76 (texto) · 35 filas)

Continuación 76
Reglamento N°914 /2025
ARTÍCULO 215°. - El Departamento Técnico cumple las siguientes funciones:
a)Disponer de implementación para eventos y ceremonias, sean estas solicitadas por
la comunidad opor el municipio, así como también, mantenerlas enbuen estado;
b)Realizar informes preliminares y medidas preventivas en casos de derrumbes de
propiedades;
c)Informar a la Dirección de Obras u otras entidades,sobre propiedades en mal estado
detectadas a través de visitasinspectivas y/o denuncios generadosa través de “Aló
Santiago”; y
d)Solicitar la instalación de señalización preventivacomo medida deemergencia en
propiedades con peligro de derrumbe.
13.3.3 DEPARTAMENTO OPERACIONAL
ARTÍCULO 216°. - ElDepartamentoOperacional cumplelas siguientes funciones:
a)Mantener un sistema eficientey capaz de responder oportunamentea las solicitudes
de la comunidad y otras Direcciones Municipales;y
b)Entregar una primera atenciónen una emergenciamenor productode la naturaleza
o provocada por la acción humana.
13.3.4 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 217°. - El Departamento Administrativo, cumplelas siguientes funciones:
a)Supervisar personal administrativo y aplicar lasnormas vigentes enasistencia,
informando lasnovedades delpersonal de la Subdirección;
b)Velar por elestado de conservación y mantención de la infraestructura y
equipamiento de las instalaciones que conformanla Subdirección;y
c)Aplicar las instrucciones impartidas por la Subdirección para el controlde salida de
materiales de labodega.
13.4 SUBDIRECCIÓN DE ORNATO, PARQUES Y JARDINES
ARTÍCULO 218°. - LaSubdirecciónde Ornato, Parquesy Jardines en conjunto con sus
unidadesde gestión, Conservación yproyecto dependedirectamente delaDirección de
Operaciones y ServiciosUrbanos, a lacual deberá rendir einformar periódicamente sobre la
implementación, programación y ejecución de planes operativos y de mejora. Se promoverá
una gestión activa, participativa y de alto impacto, basada en la eficiencia, elusoresponsable
de los recursos municipales y la integración de criterios de sostenibilidadambiental,
fomentando la innovación tecnológicay participación ciudadana. Teniendo como objeto
fundamental: Garantizar la planificación, fiscalización, gestión y conservacióneficiente del
76

Tabla 87 (página 77 (texto) · 50 filas)

Continuación 77
Reglamento N°914 /2025
verde urbano comunal (parques, jardines,plazas, plazoletas, bandejones, platabandas,
arbolados, techos verdes, jardines verticalesy riberas decursos de aguas),asegurando su
desarrollo sostenible, funcionalidad y aporte ala calidad de vida de la comunidad.
a)Gestionar, conservary desarrollarel verde urbano comunal, incluyendo parques,
jardines, plazas, plazoletas, bandejones, platabandas, asegurando su funcionalidad,
accesibilidad y sostenibilidad.
b)Presentar anualmentea la Direcciónde Operaciones un Plan Estratégico de Gestión
del Verde Urbano, alineado con elprogramademejora continuay los objetivos
estratégicos municipales, incluyendopropuestasdemodernización, eficiencia hídrica
y optimización de recursos.
c)Implementar estrategias de educación y participación ciudadana,fomentando la
corresponsabilidad de la comunidaden la conservación de los espacios verdes y
promoviendo la arborización responsable y laadopción de buenas prácticas
ambientales.
d)Presentar a la Dirección de Operaciones conladebida anticipación las bases
administrativas, técnicas y económicas paralacontratación orenovación de
adquisiciones y servicios con terceros, garantizando eficiencia, transparencia e
integración de criterios de innovacióny sostenibilidad.
e)Establecer alianzasestratégicas con entidadespúblicas, privadas y sociales,
orientada a un conjunto de relaciones establecidas con el entorno y de mutuo
beneficio, que permitan responder asus necesidades y al desarrollode la comuna.
13.4.1 OFICINA DE CONTROL Y GESTIÓNADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 219°. - La Oficina de Control yGestión Administrativa cumplelas siguientes
funciones:
a)Apoyar a la Subdirección comotambién alos otros Departamentos sobre
procedimientos de carácter administrativo, técnicos y jurídicos deacuerdo a las
normas vigentes.
b)Gestionar administrativamente losCertificadosde DisponibilidadPresupuestaria
para compras, contrataciones ylicitacionespreviamente definidas por los
Departamentos de laSubdirección.
c)Realizar funciones y/o actividades designadas por la subdirección que permitan una
mejora en los procesos internos.
d)Llevar adelante el control de consumo y pago deservicios de agua potable.
e)Realizar semanalmente reportes deasistencia ynovedades, como también tramitan
en conjunto con la Subdirección lagestión deritos, deméritos ysolicitudes de
investigaciones sumarias, comocualquier otragestión que cumpla con la
administración del personal de la Subdirección.
f)Velar por mantenerun stock de materiales de oficina que permitan el correcto
funcionamiento de losDepartamentos de la Subdirección y de sus funcionarios.
g)Realizar semanalmente reportes deasistencia ynovedades, como también tramitan
en conjunto con la Subdirección lagestión deritos, deméritos ysolicitudes de
investigaciones sumarias, comocualquier otragestión que cumpla con la
administración del personal de la Subdirección.
13.4.2 DEPARTAMENTO DECONSERVACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL VERDE URBANO
ARTÍCULO 220°. - El Departamento de ConservaciónyFiscalización delVerde Urbano
cumple las siguientes funciones:
a)Mantener, conservary recuperarel verdeurbano comuna, fomentando la
biodiversidad de los espacios verdes;
77

Tabla 88 (página 78 · 2 filas)

d) Administrar los parques de la comuna, velando por la correcta funcionalidad de las
áreas, promover la seguridad interna del personal y usuarios de este, como del
cumplimiento de la normativa asociada a ellos.

Tabla 89 (página 79 (texto) · 42 filas)

Continuación 79
Reglamento N°914 /2025
i)Fiscalizar el cumplimiento de la legislación y ordenanzas municipalesvigentes que
tengan injerenciasobreel arbolado urbanocomunal;
j)Fomentar el valordel Arbolado Urbano, comunicando su importancia ysu gestión;
k)Prevenir y mitigar situaciones que puedan afectar laseguridad de las personas,
especialmente enáreascon alta circulación de personas o de infraestructura crítica,
mediante la identificación y evaluación de riesgos del arbolado urbano,como la caída
de ramas o árboles completos.
l)Gestionar podaspreventivas para eliminar ramasdébiles, enfermas o que
representen un peligro.
m)Activar protocolosde emergencia en caso de caída de árboles o ramas debido a
tormentas, vientos fuertes u otros fenómenos naturales;
n)Administrar y mantenerel vivero municipal.
o)Mantener un catastro del arbolado urbanoque contengaentre otros unregistro de la
especie, tratamiento y registro de podas.
p)Realizar la autorizaciónpara la extracciónde un árbol.
q)Valorizar la extracción de un árbol aplicando la ordenanza de derechos municipales
cuando exista unaintervención urbana.
.4 DEPARTAMENTODE GESTIÓN DE INVERSIONES ENEL VERDE URBANO
ÍCULO 223°. - El Departamento de Gestión de Inversionesen el Verde Urbano cumple
iguientes funciones:
a)Elaborar bases técnicaspara contratos demantención yadquisición debienes;
b)Estudiar, diseñary evaluar nuevos espacios verdes, integrando criteriosde eficiencia
hídrica, biodiversidad,infraestructura verde y adaptación al cambio climático,
fomentando la conservación y el aumentode áreas verdes per cápita.
c)Diseñar, desarrollar y evaluar proyectos, tanto internos como externos,supervisando
su posterior ejecución;
d)Desarrollar programas para la eficiencia de recursos hídricos; y
e)Planificar integralmenteintervenciones enel verde urbano comunal.
SUBDIRECCIÓN DEHIGIENE AMBIENTAL
ÍCULO 224°. - La Subdirección de Higiene consus departamentos de: Control de Plagas;
trol de Alimentos; y Zoonosisy Bienestar de Mascotas, tendrá como función:
a)La protección y el fomento de la salud de los habitantes de la comuna y de los
animales de compañíamediante la tenencia responsable.
b)Diseñar e implementarestrategias de prevención y mitigación para colaborar con
centros de salud afin demejorar las condiciones higiénicas en la comuna, reduciendo
el impacto de enfermedades relacionadascon la falta de higiene.
c)Fomentar hábitosde higiene personal y comunitaria entre los ciudadanos mediante
campañas informativasy programas educativos.
d)Definir estrategiaspreventivas de riesgossanitarios y de control de plagas.
e)Presentar un plananualde gestión a la Dirección de Operaciones.
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Tabla 90 (página 80 (texto) · 51 filas)

Continuación 80
Reglamento N°914 /2025
13.5.1 DEPARTAMENTO DECONTROL DE PLAGAS
ARTÍCULO 225°. - El Departamento de Control de Plagas cumple lassiguientes funciones:
a)Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o
imparta el Ministerio de Salud, relacionado conla materia desu competencia;
b)Coordinar conotrasunidades municipales oministeriales,las actuaciones extra
programáticas que tengan relacióncon la saludpública dentro de las normas legales
vigentes;
c)Desarrollar programas de higieney protección del ambiente y mascotas, como
asimismo, otros programas quetiendan ala prevención y tratamiento de
enfermedadescontagiosas, transmitidas poralimentos, zoonosiso plagas de
importancia sanitaria,en coordinación con entidades privadas y con organismos del
Ministerio de Salud;
d)Ordenar de acuerdo aprioridades ycon criteriosepidemiológicos las áreas problema
con relación al ambiente;
e)Controlar los factorespatógenos ambientales de forma quepermita aplicar normas
de prevención epidemiológica; y
f)Fiscalizar el cumplimiento de la normativa asociada al controlde plagas.
13.5.2 DEPARTAMENTO DECONTROL DE ALIMENTOS
ARTÍCULO 226°. - El Departamento de Control de Alimentos cumple las siguientes funciones:
a)Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o
imparta el Ministerio de Salud, relacionado conla materia desu competencia;
b)Coordinar conotrasunidades municipales oministeriales,las actuaciones extra
programáticas que tengan relacióncon la saludpública dentro de las normas legales
vigentes;
c)Desarrollar programas de higiene yproteccióndel Medioambiente como asimismo,
otros programas que tiendan ala prevención, detección y tratamiento de
enfermedades transmisibles por losalimentos (ETAs), en coordinacióncon entidades
privadas y con organismos del Ministerio de Salud;
d)Ordenar de acuerdo aprioridades ycon criteriosepidemiológicos las áreas problema
con relación al control de elaboración y expendio de alimentos en recintos de tuición
municipal (ferias libres, establecimientos educacionales, centros abiertos, jardines
infantiles, salascunas, casinos, fondas y cualquier otro recinto que lamunicipalidad
habilite); y
e)Fiscalizar el cumplimiento de la normativa asociada al control de alimentos basados
en el Código Sanitario.
13.5.3 DEPARTAMENTO DEZOONOSIS YBIENESTAR DE MASCOTAS
ARTÍCULO 227°. - ElDepartamento deZoonosis yBienestar deMascotas cumple las
siguientes funciones:
a)Velar por el cumplimiento de normas, planesy programasque haya impartido o
imparta el Ministeriode Salud u otra entidadministerial que desarrolle programas
asociados a lamateria inherente ala salud y bienestar animal;
b)Coordinar conotrasunidades municipales oministeriales,las actuaciones extra
programáticas que tengan relacióncon la saludpública dentro de las normas legales
vigentes;
c)Desarrollar programas de higieneasociados acontrol de zoonosis ybienestar de
mascotas; y
d)Fiscalizar el cumplimiento de normativas asociadas a las competencias municipales
en la ley N°20.380 yN°21.020 sobre maltratoanimal y sobre tenencia responsable
de mascotas respectivamente.
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Tabla 91 (página 81 (texto) · 45 filas)

Continuación 81
Reglamento N°914 /2025
SUBDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y TRANSPORTE MUNICIPAL
ÍCULO 228°. - La Subdirección de Mantenimientoy Transporte Municipal tendrá como
tivogarantizar unservicio de mantenimiento ytransporte eficiente,mediante la
mización y gestión de procesos modernos, sostenibles y garantizando la operatividad de
otay el uso responsablede los recursos municipales. Para ello La Subdirección de
tenimiento y TransporteMunicipal implementará herramientas tecnológicas y
odologías de vanguardia para mejorar la gestión, planificación, el control yla supervisión
us operaciones. En permanente coordinación con laDirección de Operaciones y Servicios
nos, proporcionaráinformación clave de maneraproactiva, contribuyendo a la toma de
siones estratégicas yasegurando altos estándaresde calidad en el servicio.
a)Administrar y controlarlos gastos de insumos y recursos asociadosal transporte
municipal, asegurandosu uso eficiente y transparente.
b)Preservar la flota devehículos Municipales,velando por su correcto estado de
conservación atravésde planes de mantenimiento correctivo y preventivo para los
vehículos Municipales;
c)Mantener un stock óptimo de combustible para garantizar la continuidad de los
servicios municipales,optimizando su distribución y consumo.
d)Diseñar, programar, ejecutar y supervisar planes de mantenimientopreventivo y
correctivo mediante eluso de herramientas ymetodologías técnicas,priorizando la
operatividad, seguridady prolongación de la vida útil de los vehículosmunicipales.
e)Elaborar y presentar ala Dirección de Operaciones con la debida anticipación, las
bases administrativas,técnicas y económicaspara la contratación orenovación de
adquisiciones yservicios con terceros, asegurando su eficiencia ytransparencia,
integrando criterios deeficiencia, innovación ysostenibilidad.
f)Supervisar y fiscalizarrigurosamente el cumplimiento de los contratos de servicios
adjudicados a terceros,empleando sistemas de control medibles y cuantificables que
garanticen estándaresde calidad y eficiencia operativa.
g)Elaborar y controlar elpresupuesto, realizar su administración, control de costos y
gastos que conllevanmantener la disponibilidad y confiabilidadde los de los
vehículos municipales;
h)Gestionar, planificar,coordinar y supervisarlos distintos serviciosde transporte
municipal, reportandode forma cualitativa ycuantitativamente a laDirección de
Operaciones.
i)Desarrollar y manteneractualizado el inventario de los distintos departamentos de la
Subdirección, asegurando un control rigurosode los activos municipales, mediante
sistemas que permitanun monitoreo eficientey en tiempo real.
j)Mantener una comunicación mensual con la Dirección de Operaciones, presentando
informes de gestióncon indicadores claves de desempeño, detallados sobre
avances, cumplimientode objetivos y propuestas de mejora.
k)Presentar anualmentea la dirección un plande trabajo alineado con los objetivos
operacionales einstitucionales, enfocado enla mejora continua, laeficiencia y la
modernización de la gestión de mantenimientoy transporte municipal.
.1 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN OPERATIVA
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Tabla 92 (página 82 (texto) · 56 filas)

Continuación 82
Reglamento N°914 /2025
ÍCULO 229°. - El Departamento de Gestión Operativa cumple las siguientes funciones:
a)Planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades dediagnósticoy reparación de
los vehículos y maquinarias municipales,asegurando la disponibilidad de la flota
municipal;
b)Informar oportunamente las necesidades para la renovación de la flota de vehículos
de acuerdo al ciclo devida de los activos municipales, para lo que deberá mantener
actualizado el historialde mantenciones yreparacionesde cada vehículo municipal
dependiente de la Subdirección;
c)Elaborar las Bases oEspecificaciones Técnicas, realizar las actividades derivadas
de procesos licitatorios, apoyar los procesos relacionados con la Gestión Operativa,
tales como compra decombustible, aditivos, insumos, bienes o servicios esenciales
para el funcionamientode la flota municipal;
d)Realizar la administración y el control de loscontratos demantenimiento de vehículos
municipales (camiones recolectores, buses, automóviles, etc.), como también de
cualquier contrato debien o servicio que permita elfuncionamiento de la flota
municipal, tal como la disponibilidad decombustible, aditivo uotros insumos
indispensables para laOperación;
e)Proporcionar información de las necesidades de costosy gastos delDepartamento
para la elaboración del Presupuesto de lasubdireccióno modificaciones de este,
como también mantener control delpresupuestario de loscontratos de
mantenimiento, incluyendo informar de manera oportunala necesidad de ampliación
de sus contratos, como también y gestionar toda la información necesaria para los
procesos de pagos desus contratos;
f)Informar diariamente ala Subdirección como también al Departamento de Transporte
y Control de Flota (Departamento PROPUESTO) la disponibilidad diaria de la flota de
vehículos dependientes de la Subdirección;
g)Caucionar, almacenar y disponer adecuadamente de todos los vehículos y
maquinaria municipal, además de piezas y partes,proporcionando toda la
información necesariapara su baja y/o remate, como también deberá informar a la
Subdirección y si procede, tramitar ante el área municipal responsable, la baja de
vehículos, piezas o partes cuando hubierenconcluido suvida útil o sudeterioro haga
imposible su reparación y reutilización, gestionando de manera administrativa todo lo
necesario por parte dela Subdirección el cumplimiento de este fin;
h)Gestionar en conjuntocon otros departamentos de la Subdirección laadquisición de
repuestos e insumos oservicios especiales, además demantener elregistro y stock
de bodega sobre piezas, insumos u otros necesarios parael correctofuncionamiento
de los vehículos y maquinaria municipal y;
i)Programar, gestionar ymantener al día lasrevisiones técnicas de losvehículos de la
planta municipal, asícomo los respectivos permisos de circulacióny los seguros
necesarios para el correcto funcionamiento de camiones, maquinaria y vehículos
menores municipalesy realizar la tramitación paradejarlos vigentes cuando
corresponda Proporcionar a la Subdirección cualquier información necesaria frente a
una emergencia o siniestro que se relacione con un vehículo o maquinaria de la flota
de la Subdirección.
.2 DEPARTAMENTO DE CONTROL ADMINISTRATIVO
ÍCULO 230°. - El Departamento de Control Administrativo cumplelas siguientes
iones:
a)Recibir y coordinar las solicitudes de incorporación depersonal einiciar con la
Subdirección las gestiones para resguardar la dotación necesaria para el
cumplimiento de losservicios de conducción y/o mantención de vehículos y
maquinarias municipales;
b)Realizar procesos de inducción y capacitación de funcionarios;
c)Realizar semanalmente reportes de asistencia y novedades, como también tramitan
en conjunto con la Subdirección la gestión de méritos,deméritos ysolicitudes de
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Tabla 93 (página 83 (texto) · 51 filas)

Continuación 83
Reglamento N°914 /2025
investigacionessumarias, como cualquierotra gestiónque cumpla con la
administración del personal de la Subdirección;
d)Apoyar a laSubdirección como tambiéna los otrosDepartamentos sobre
procedimientosde carácter administrativo, técnicos y jurídicos deacuerdo a las
normas vigentes;
e)Gestionar administrativamente los Certificados de DisponibilidadPresupuestaria
para compras,contrataciones y licitaciones previamente definidas por los
Departamentosde la Subdirección;
f)Gestionar capacitacionespara el personal que permitan mejorar procesos internos
de la Subdirección;
g)Coordinar la elaboracióndel proyecto de presupuesto de la Subdirección con la
información proporcionadapor los otros Departamentos de laSubdirección;
h)Gestionar a solicitud de laSubdirección, las pólizas de fidelidad funcionaria para los
conductores;
i)Velar por el cumplimientode los plazos por solicitudes de información consideradas
en la Ley N°20.285;
j)Realizar funciones y/o actividades designadaspor la subdirección que permitan una
mejora en los procesos internos;
k)Velar por mantener un stock de materialesde oficina quepermitan el correcto
funcionamientode los Departamentos de la Subdirección y desus funcionarios.
l)Colaborar en laconfección y/o ejecución deplanes o programas de autocuidado,
seguridad y desarrollo laboral;
m)Colaborar en las actividades o planes de trabajo que ayudenal cumplimiento de la
normativa en materia de gestión de personas yseguridad; y
n)Preparar el plananual de compras de la Subdirección de acuerdo a las necesidades
informadas por los otros Departamentos.
.2.1OFICINA DE TRANSPORTE Y CONTROL DEFLOTA
ÍCULO 231°. - LaOficina deTransporte y Control de Flotacumplelas siguientes
iones:
a)Realizar diariamente la asignación de los vehículos y maquinaria municipal de
acuerdo a la disponibilidadinformada por partedel Departamento deOperaciones, a
su vez, realizarel registrode estas asignaciones dentro de los sistemas de control
designados para esto;
b)Recibir y programar las solicitudes de serviciode las Direcciones ySubdirecciones
Municipales, gestionandolas acciones necesarias para cumplir conlos cometidos,
esto en consideración de laadministración y disponibilidad devehículos, maquinarias
y conductores disponibles;
c)Controlar mediante el sistema de GPS la circulación de losvehículos municipales
para posteriormente informar periódicamente ala Subdirección;
d)Planificar los turnos de trabajo e informardiariamente ala Subdirección y al
Departamento de ControlAdministrativo los reportes de asistencia,asignación de
servicios, ausencias, entreotros;
e)Recibir los reportes de siniestros por parte delos conductores y a su vez, iniciar la
tramitación delos documentos necesariospara la gestión conlas respectivas
aseguradoras;
f)Mantener registro diario deuso de flota
.2.2Sección de Gestión y Prevención de Riesgos
ÍCULO 232°. - LaSección de Gestión y Prevención de Riesgos cumplirá con las
ientes funciones:
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Tabla 94 (página 84 (texto) · 50 filas)

Continuación 84
Reglamento N°914 /2025
a)Apoyar al Departamento de ControlAdministrativoen la aplicación deinstructivos,
protocolos o lineamientos institucionales en materia de prevencióny gestión de
riesgos;
b)Realizar y coordinarcharlas de inducción en materia de prevenciónde riesgos a
nuevos integrantes dela Subdirección en consideración de sus funciones y cargos;
c)Mantener al día certificaciones deherramientasy mecanismos deprevención y
mitigación de riesgosal interior de lasubdirección;
d)Periódicamente la Sección realizará un catastro delas necesidades deElementos de
Protección Personalpara los funcionarios y sicorresponde, deberá gestionar
directamente con el Departamento dePrevención de Riesgos actividades de entrega
de estos elementos;
e)Proponer y planificar la ejecuciónde actividades en materia de uso de EPP,
protocolos de emergencia o cualquier materia quesea requerido en este ámbito por
parte del Departamento y de la Subdirección;
f)Elaborar trimestralmente informesy medidaspreventivas de acuerdo a las
necesidades de la Subdirección y sus actividades críticas;
g)Mantener estadísticasrespecto de latasa de accidentabilidad de funcionarios de la
Subdirección;
h)Coordinar periódicamente simulacrosde emergencia; y
i)Coordinar y registrarla entrega deElementos deProtección Personal y cualquier
herramienta de trabajo que sea establecida comonecesaria para el resguardo de la
salud y bienestar de los funcionariosde la Subdirección.
SUBDIRECCIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO
ÍCULO 233°. - La Subdirección de Alumbrado Público, dependiente de laDirección de
raciones y Servicios Urbanos es la unidad administrativa y operativa quetiene como
tivogarantizar el servicio de alumbrado público de la comuna, el cual se preste de manera
uada. Esto incluye el mantenimiento, reparación y supervisión de la red de alumbrado
ico,velando siempre por el consumo eficiente de la energía por medio de lautilización de
ología digital, elemento y herramientas deplanificacióny control reportandodirectamente
dirección sobre planes detrabajo, fiscalización y mejoras, cumpliendo con las siguientes
iones:
a)Analizar e informar ala dirección, presupuestos ocotizaciones para lacontratación
de obras o proyectos,cuando corresponda;
b)Mantener un archivotécnico clasificado y actualizado con los expedientes de las
obras que se ordeneejecutar;
c)Efectuar el control dela ejecución de los contratos relativos a alumbrado público y
fuentes de agua, salvo las materiasque digan relación con la ejecución de obras
civiles derivadas de las mismas.
d)Estudiar, proponer y ejecutar, cuando corresponda, proyectos de alumbrado público
en la comuna;
e)Reparar y reponer el alumbrado público dañado de la comuna, a través del contratista
respectivo.
f)Presentar a la Dirección de Operaciones con la debida anticipación las bases
administrativas, técnicas y económicas para lacontratación o renovación de
adquisiciones y servicios con terceros, garantizando eficiencia, transparencia e
integración de criterios de innovacióny sostenibilidad; y
g)Presentar anualmenteplan de trabajo enmarcado en plan estratégico de la dirección
y de la autoridad.
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Tabla 95 (página 85 (texto) · 39 filas)

Continuación 85
Reglamento N°914 /2025
13.8SUBDIRECCIÓN DE MEDIOAMBIENTE
ARTÍCULO 234°. - Liderar yoperativizar laGestión Ambiental Local enel territorio comunal,
sensibilizando, dotando y generando habilidades ycompetencias de Buenas Prácticas
Ambientales a través de laeducación ambiental y su vínculo con lagestiónintegral de
residuos, infraestructura verde, cambio climático y participación ciudadana entreotros temas
relacionados con el Medio Ambiente, cumpliendo con las siguientes funciones:
a)Proponer y gestionar, planes, programas, proyectos y/o acciones que incorporen la
dimensión ambientalen el Plan deDesarrollo Comunal (Políticade Medioambiente y
otros instrumentos de gestión ambiental);
b)Elaborar las consultas de pertinencia ambiental de proyectos municipales.
c)Implementar un sistema de gestión ambiental integrado quepermitamantener la
Certificación Ambiental del municipio.
d)Desarrollar planes yprogramas que mejorenla calidad ambiental del territorio y
permitan avanzar enmaterias de mitigación y adaptación al cambio climático.
e)Implementar monitorear y evaluar la concreción de las iniciativasambientales
contenidas en el Plan de DesarrolloComunal;
f)Elaborar planes y programas de educación ambiental enfocados a lacomunidad,
establecimientos educacionales y funcionariosmunicipales;
g)Participar activamente en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y coordinar
los pronunciamientos de las unidades municipales vinculadas;
h)Coordinar la participación de la municipalidad en el SEIA.
i)Generar mecanismos que promuevan la participación de la comunidaden materias
ambientales;
j)Crear planes de difusión ambiental con el fin de generar sensibilidad frente a
situaciones ambientales complejaso de importancia para la comuna;
k)Implementar un sistema de gestión ambientalintegrado, quepermitamantener la
Certificación Ambiental del Municipio;
l)Implementar programas que promuevan la eficiencia energéticaen la comuna;
m)Desarrollar un plan de mitigación yadaptaciónal cambio climático;
n)Gestionar programas de minimización de residuos sólidos;
o)Generar normativa ambiental municipal acordea la reglamentación vigente;
p)Estudiar y proponerproyectos de innovación ambiental en gestión municipal, y
q)Ejecutar adecuadamente en el territorio comunal las políticas públicas que en materia
de cuidado del Medioambiente dicte el Ministerio de Medio Ambiente u otras
instancias institucionales vinculadas.
CAPÍTULO 14
DIRECCIÓN DE CULTURA, PATRIMONIO Y TURISMO
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Tabla 96 (página 86 (texto) · 36 filas)

Continuación 86
Reglamento N°914 /2025
ÍCULO 235°. - La Dirección de Cultura, Patrimonio y Turismo depende directamente del
lde através del Administrador Municipal. Sus Subdirecciones son: Cultura;Patrimonio; y
smo.Tiene por finalidad apoyar, promover, difundir y satisfacer demaneraeficiente los
erimientos de los vecinosy organizaciones de Santiago en materia Cultural, Extensión
tica,Patrimonial y Turismo, debiendo cumplir lassiguientes funciones específicas:
a)Incentivar el acceso ala cultura y patrimonioen Santiago;
b)Activar y generar vínculos con organizaciones vecinales e instituciones culturales
públicas y privadas.
SUBDIRECCIÓN DE CULTURA
ÍCULO 236°. - La Subdirección de Cultura con sus departamentosde: Informaciones y
unicaciones; Gestión, Programación y Producción; y su oficinade Administración y
onal, tiene por objetivocanalizar acciones enmateria cultural ydeberácumplir las
ientes funciones específicas:
a)Incentivar el acceso ala cultura en Santiago;
b)Planificar programasy actividades en el espacio público, en recintos municipales y
en otros, que posibiliten el acceso a la culturay a la creación artística; y
c)Implementar planes asociativos.
.1 DEPARTAMENTO DEINFORMACIONES Y COMUNICACIONES
ÍCULO 237°. - Este Departamento tiene comoprincipal objetivoinvestigar, registrar,
ar laprotección legal y difundir el patrimonio de lacomuna. Las principales funciones de
departamento son:
a)Gestión, administración y organización de laBiblioteca Municipal conel objeto de
proporcionar, a losvecinos y vecinas dela Comuna, el acceso gratuito a la
información, la lecturay el conocimiento.
b)Preservación, conservación y difusión del patrimonio bibliográfico y documental de la
Ilustre Municipalidadde Santiago.
c)Organización y gestión Archivo Fotográfico de la Ilustre Municipalidad de Santiago.
d)Gestión de los Premios literarios y Artísticosde la Ilustre Municipalidadde Santiago.
e)Difusión de las distintas actividades de laSubdirección deCulturaa través de
distintos medios de información, diseño y gráfica, con el objetode que éstas lleguen
a toda la comunidad, utilizando diversoscanales y herramientastecnológicas
disponibles.
f)Administración y gestión de las redes sociales de la Subdirecciónde Cultura y
Patrimonio.
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Tabla 97 (página 87 (texto) · 44 filas)

Continuación 87
Reglamento N°914 /2025
g)Coordinación de lasactividadesde difusión con laDirección de Comunicaciones de
la Ilustre Municipalidad de Santiago.
.2.-DEPARTAMENTO DE GESTIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRODUCCIÓN
ÍCULO 238°. - El Departamento deGestión, Programación y Producción cumple las
ientes funciones:
a)Definir e implementar la Políticade Cultura, asegurando el acceso dela comunidad
a bienes y serviciosculturales.
b)Gestión, evaluacióny seguimiento de los programas y proyectos culturales.
c)Promoción de la creatividad, ladiversidad, las tradiciones, las costumbres y las
distintas expresiones artísticas, culturales y patrimoniales.
d)Difusión de las artes, las culturasy el patrimonio, ypromoción de lasArtes Visuales
y la creación contemporánea.
e)Apoyo de la creaciónartística y eldesarrollo de las industrias creativasde la Comuna
f)Colaboración conotros actores culturales, a través de alianzas con otras
organizaciones culturales y barriales, municipales,púbicos y privados
g)Gestión y producción de eventosculturales.
.3.-OFICINA DE ADMINISTRACIÓNY PERSONAL
ÍCULO 239°. - La Oficina de Administración y Personalcumple las siguientes funciones:
a)Gestión administrativa del personal de la Subdirección.
b)Gestión del inmueble e infraestructura de la Subdirección.
c)Adquisición, almacenamiento y gestión de insumosnecesarios para elmantenimiento
del espacio ocupadopor la Subdirección.
d)Conocimiento y optimización de los recursos materiales y financieros necesarios para
las operaciones administrativas.
e)Gestión de contratos, y expedientes administrativos municipales requeridos para la
Producción de los Eventos y Actividades organizadas por la Subdirección.
f)Conocimiento y difusión de la normativa municipal y de ContraloríaGeneral de la
República.
g)Coordinación con AdministraciónCentral.
SUBDIRECCIÓN DE PATRIMONIO
ÍCULO 240°. - La Subdirección dePatrimonio con sus departamentosde: Museos y
rías, y Patrimonio tiene las siguientesfunciones:
a)Elaborar y manteneractualizadoel catastro y estado de conservacióndel patrimonio
material e inmaterialde la comuna, impulsando la coordinación con otras direcciones
y unidades municipales que históricamente hantenido una relación con temas
patrimoniales.
b)Relevar y difundirde maneracoordinada con la comunidad y otras entidades
públicas-privadas, los medios para la identificacióny protección legaldel patrimonio.
c)Diseñar y proponerplanes, programas y políticaspatrimoniales quefavorezcan el
desarrollo e identidad de losbarrios con la participación de lascomunidades
explorando y desarrollando vínculos con entidadespúblicas y privadas, nacionales e
internacionales, relacionadas conel cuidado y gestión del patrimonio.
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Tabla 98 (página 88 (texto) · 56 filas)

Continuación 88
Reglamento N°914 /2025
d)Explorar y desarrollar vínculos con entidades públicas y privadas,nacionales e
internacionales, relacionadas con el cuidado y gestióndel patrimonio.
e)Apoyar a la comunidad en la formulación de proyectos y acciones de gestión
patrimonial.
f)Promover la educación patrimonial yambiental en los barrios y en el sistema
educativo formal e informal.
g)Proponer y difundir instrumentos de gestión y fuentes de financiamiento en favor del
patrimonio.
h)Administrar los museos de la municipalidad, potenciarsus espacios patrimoniales y
relacionarse con aquellas entidades de carácterpatrimonialque reciben
subvenciones del municipio o en los cuales éste es parte de su directorio.
.1.-DEPARTAMENTO DEMUSEOS Y GALERÍAS
ÍCULO 241°. - El Departamento de Museosy Galerías cumple las siguientes funciones:
a)Administrar los museos y espacios patrimoniales bajosu dependencia, tales como
Museo de Santiago- Casa Colorada,Palacio Cousiño, Posada del Corregidor,
Palacio Álamos, y losque en el futuro laautoridad municipal destine.
b)Administrar y apoyarla gestión de lasbibliotecas municipales, en que el acervo
patrimonial inmaterialse recrea, difunde y produce, generando diversas iniciativas
orientas al fomento lector, la investigación y difusiónde obras quecomponen el
patrimonio bibliográfico de la comuna.
c)Diseñar exposicionestemporales queden a conocerla historia de Santiago y los
barrios en toda su diversidad.
d)Generar proyectospara conservare incrementarlas colecciones, mejorar
infraestructura, incorporar equipamientoy mejoramiento de los museos y espacios
patrimoniales.
e)Diseñar exposicionesitinerantes que den a conocer la historia de Santiago y los
barrios en toda su diversidad.
f)Promover y apoyar alas comunidadesen la creacióny mantención de los museos
de barrios.
g)lmpulsar iniciativas yacciones que promuevan la participación de lascomunidades
en la gestión de los museos.
h)Incrementar el acervo patrimonial bibliográfico a través de la adquisición, la
generación de convenios con instituciones afines yla participaciónen diversos
proyectos y programas que permitan incorporar nuevomaterial a las bibliotecas.
.2.-DEPARTAMENTO DEPATRIMONIO YCIUDAD
ÍCULO 242°. - El Departamento de Patrimonio y Ciudad cumple las siguientes funciones:
a)Realizar y coordinarproyectos e iniciativas destinadas al registro, protección,
conservación y mantención de los bienes del patrimonio de la comuna,llámense los
muebles, inmuebles,infraestructura patrimonial municipal y aquellosdel espacio
público como monumentos, estatuas yfuentes patrimoniales y objetos escultóricos
establecidos en el espacio público, como lo indica la Ley 17.288 sobreMonumentos
Nacionales
b)La protección y resguardo legal de todoel patrimonio que se encuentreen las zonas
típicas, zonas de conservación historiae inmuebles deconservación histórica.
c)Gestionar el vínculo con los órganos deprotección patrimonial como elCMN, CNCR,
SNPC del ministerio de las culturas, el PRBIPE.
d)En el marco del resguardo patrimonial, nuestro departamento debeinspeccionar,
fiscalizar y denunciaral CMN, las intervenciones públicas y privadas enedificaciones
ubicadas en las zonas típicas, inmuebles de conservación histórica, y zonas de
conservación historia,que no están bajoreglamentación vigente.
e)Implementar un Sistema de información Geográfica Patrimonialde todos los
Monumentos Públicosde la comuna.
f)Proponer y gestionarpolíticas públicasen defensa delpatrimonio de carácter local,
regional y nacional.
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Tabla 99 (página 89 (texto) · 43 filas)

Continuación 89
Reglamento N°914 /2025
g)Crear y administrar el archivo fotográfico históricode los barriosde lacomuna y del
municipio donde seconservendocumentos, fotografías, filmaciones ytodo tipo de
información digital sobre su historia, tradiciones,saberes, artesanías,personajes y
festividades.
h)Estudiar y proponerincentivospúblicos y privados para la mejor conservación y
gestión del patrimonio en la comuna a través de convenios o aporte coninstituciones.
i)Promover la memoria históricacomo Ciudad Capital, a través de iniciativas con los
barrios de la comuna, lo que permita aportar a la Identidad de los barrios.
SUBDIRECCIÓN DE TURISMO
ÍCULO 243°. - La Subdirección deTurismo con susoficinas de: Información Turística;
tiónde Proyectos y Barrios; y Turismo Social, cumple el objetivo de potenciarel desarrollo
ticode Santiago como comuna capital, de acuerdo alos lineamientos propuestos en el
deDesarrollo Comunal,mediante lacoordinación y laasociación público-privado.
.1.-OFICINA DE INFORMACIÓN TURÍSTICA
ÍCULO 244.- Son funciones de estaoficina:
a)Atender a los visitantes de la comuna, entregandoinformación turísticaen las
Oficinas de Plaza deArmas y Cerro Santa Lucía;
b)Implementar oferta de circuitos turísticos por el centro histórico,barrios
patrimoniales, museos y otros, considerando recorridos gratuitos permanentes para
los visitantes y especiales paraestablecimientos educacionalesy organizaciones
sociales de la comuna;
c)Mantener vínculos con el Servicio Nacional de Turismo y la Corporación Regional
de Turismo de Santiago; y
d)Fortalecer el conocimiento del sector de serviciosy profesionales del ámbito de
turismo respecto delpatrimonioy atractivos de Santiago.
.2.-OFICINA DE GESTIÓN DE PROYECTOS Y BARRIOS
ÍCULO 245.- Son funciones de estaoficina:
a)Promover los atractivos de la comuna a través dela generaciónde contenidos,
plataformas digitales, portal de turismo municipaly otros mediosde difusión;
b)Desarrollar e implementar el Plan de Desarrollo Estratégico de Turismode la
Comuna de Santiagoy otros instrumentos de gestión que se leasignen;
c)Formular y postular proyectos alíneas de financiamiento públicoy/o privado
destinados al fomento y promoción del turismo sustentable e inclusivo,
especialmente hacialos barriospatrimoniales; y
d)Orientar y apoyar a los emprendedores y empresarios del sector de turismo de la
comuna en materiaspropias deldesarrollo del sector.
.3.-OFICINA DE TURISMO SOCIAL
ÍCULO 246.- Son funciones de estaoficina:
a)Informar y orientar alos vecinosy organizacionescomunitarias respecto de los
beneficios y oferta existente deorganismos públicos o empresas privadas en torno
al turismo social y recreativo; y
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Tabla 100 (página 90 (texto) · 30 filas)

Continuación 90
Reglamento N°914 /2025
b) Generarprogramas ygestionar convenios con prestadores turísticos,
municipalidades y destinos para haceraccesible el turismo a los sectores más
vulnerables de la población comunal, en conjunto con laDirección de Desarrollo
Comunal(DIDECO).
CAPÍTULO 15
DIRECCIÓN DEPREVENCIÓN YSEGURIDAD COMUNITARIA
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 247°.- La Dirección de Prevención y SeguridadComunitariaes una unidad
dependiente directamente delAlcalde a travésdel AdministradorMunicipal,y estará a cargo
de un/a Director/ade Prevención y SeguridadComunitaria. Dependerán dela Dirección de
Prevención y Seguridad, la Subdirección deSeguridad y lossiguientesDepartamentos:
Administración yControl de Gestión, Proyectos e Inversiones,Operativo,Televigilancia y
Comunicaciones,Seguridad Interna, Asesoría Legal.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 248°.- La Direcciónde Prevención ySeguridad Comunitaria, tendrá como objetivo
mejorar la calidadde vida de losvecinos, contribuyentes y usuarios de la comuna, por medio
de servicios orientados a la prevención y resolución de problemasgeneradospor la ocurrencia
de incivilidades ydelitos, comode la coordinación con los organismos centrales encargados
del orden público,del control ysanción del delito para entregarrespuestasadaptadas a las
características y necesidades comunales.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 249°.- La Direcciónde Prevención ySeguridad Comunitaria cumple las siguientes
funciones específicas:
a) Participaren el apoyoy fomento delas medidas deprevenciónen materias de
seguridad ciudadana ycolaborar en suimplementaciónsin perjuiciode lo dispuesto
en el inciso tercero delArtículo 90°, dela Constitución Política del Estado;
b) Proveeruna oferta deservicios preventivos de tipo operativo, a través de patrullaje,
atenciónde estacionesvecinales, sistema de televigilancia, servicios especiales, y
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Continuación 91
ReglamentoN°914 /2025
social por medio de intervenciones preventivassituacionalesy sociales en los
territorios;
c)Participar en instancias intersectoriales con losorganismos competentes para el
diseño y aplicación de políticasde control ysanción penal adaptadas a los
requerimientosde seguridad en lacomuna;
d)Organizar, ejecutar y supervisar las labores relativas a la mantención de laseguridad
de las dependencias municipales;y
e)Brindar una oferta de asesoría legal para la atención y reparación a los vecinos que
han sido víctimas de delitos. Asícomo tambiénde proveer servicios demediación
comunitaria.
SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD
ÍCULO 250°. - LaSubdirección de Seguridad tienela responsabilidad de coordinar y
rvisar el cumplimiento de los lineamientos estratégicos de la Dirección y los
artamentos de sudependencia, paragarantizar laeficiencia enla ejecución de las
icasde seguridad comunal.
a)Asesorar en laimplementación deestrategias deseguridad.
b)Supervisar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales.
c)Apoyar en la toma de decisiones estratégicas de la Dirección.
DEPARTAMENTODE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
ÍCULO 251°. - ElDepartamento deAdministracióny Control deGestión tiene como
tivogarantizar elfuncionamiento eficiente, eficazy transparente de losprocesos
inistrativos y operativos de la Direcciónde Prevencióny Seguridad Comunitaria, mediante
ministración de losrecursos humanos,financieros y materiales. Estedepartamento actúa
o soporte transversal para la operatividad institucional, promoviendoel cumplimiento de
bjetivos estratégicos, la optimizaciónde los recursosy la mejora continua enla gestión
na.
ÍCULO 252°. - Lasfunciones de este este departamento son las siguientes:
a)Administrar losrecursos financieros y materiales.
b)Supervisar la gestión de personaly procesos administrativos.
c)Evaluar el desempeño institucional y el cumplimiento de objetivos.
d)Implementar herramientas de control interno y auditoría.
e)Supervigilar losdepartamentos enrazón del cumplimiento de lamisión institucional.
f)Realizar y gestionar las adquisiciones de la Dirección.
2.1 OFICINA DE ADQUISICIONES, LICITACIÓN, CONTRATOS Y RENDICIÓN
ÍCULO 253°. - Lasfunciones de esta oficina son:
a)Planificar y ejecutar los procesos de comprapública, rendición de cuentas de
proyectos y fondos, y seguimientode licitaciones.
b)Administrar loscontratos vigentes, asegurar su cumplimiento y resguardar los
antecedentes legales y técnicos de cada vínculo contractual.
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Continuación 92
Reglamento N°914 /2025
15.2.2 OFICINA DE CALIDADDE VIDAY RECURSOS HUMANOS
ARTÍCULO 254°. - La funciónde esta oficina es:
a) Gestionar el personal, incluyendo la planificación de dotación, bienestar laboral,
desarrollo profesionaly procesos administrativos asociados al recurso humano.
15.2.3 OFICINADE CONTROL DE INVENTARIO YABASTECIMIENTO
ARTÍCULO 255°. - La funciónde esta oficina es:
a) Supervisa el inventario de activos, materiales y suministros, asegurando el
abastecimiento oportuno y el registro adecuado de los bienes institucionales.
15.3 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS E INVERSIONES
ARTÍCULO 256°. - El Departamento deProyectos eInversiones diseña y gestionainiciativas
para mejorar laseguridad comunal, buscando financiamiento y alianzas estratégicas. Su
función principal es desarrollar proyectos que fortalezcan las capacidades de prevención y
respuesta en materia de seguridad comunal.
ARTÍCULO 257°. - Las funciones de este este departamento son las siguientes:
a) Elaborar, gestionar ycoordinarproyectos de inversión y transferencias derecursos
en materias de prevención y seguridad comunitaria.
b) Postular a fondos municipales,además de fondos externos públicos y privados.
c) Supervisar la ejecución de proyectos y su impacto en la comunidad.
15.4 DEPARTAMENTO OPERATIVO
ARTÍCULO 258°. - El Departamento Operativo desarrolla e implementa estrategias para la
prevención deldelito, articulando acciones con distintos organismos públicos y privados. Su
función principal es fortalecerla seguridad comunitaria y generar mecanismos efectivos de
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Continuación 93
Reglamento N°914 /2025
control del delito, para el cumplimientode loslineamientos dela Dirección dePrevención y
Seguridad Comunitaria.
ARTÍCULO 259°. - Las funciones de este estedepartamento son las siguientes:
a)Coordinar programas deprevención ycontrol del delito.
b)Implementar operativosde patrullaje yfiscalización.
c)Desarrollar planes de intervención focalizada en zonas de riesgo.
d)Articular la cooperacióncon Carabineros y Policía deInvestigaciones.
e)Gestionar, coordinar e implementar convenios suscritos con diferentesMunicipios,
Organizaciones e Instituciones.
15.4.1OFICINA DE COORDINACIÓNE INSPECCIÓN TÉCNICA
ARTÍCULO 260°. - Es la encargada de articular las distintasáreas del departamento para
maximizar la eficacia de las acciones preventivas y de controldel delito, sus funciones son:
a)Planificar y supervisar las estrategiasoperativas de seguridad.
b)Analizar y evaluar la efectividad de laspolíticas de seguridad pública.
c)Coordinar con distintas instituciones las intervenciones estratégicas en la comuna.
d)Supervisar el cumplimiento denormativas y regulaciones en materia de seguridad
dentro de la comuna.
15.4.2 OFICINA DE PATRULLAJE TERRITORIAL Y FOCALIZADO
ARTÍCULO 261°. - Las funciones de esta oficina son:
a)Dar respuesta inmediataa situacionesde inseguridad.
b)Organizar y ejecutar operativos de patrullaje preventivo.
c)Coordinar con otras instituciones la optimización del recurso humano enseguridad.
d)Ejecutar estrategias de intervención en zonas críticas.
e)Ejecutar operativos especialesde respuesta rápida.
15.4.3 OFICINA DE GESTIÓN YPREVENCIÓN COMUNITARIA
ARTÍCULO 262°. - Las funciones de esta oficina son:
a)Coordinación de la promoción, apoyo y orientaciónpreventiva con las unidades
operativas de la Dirección dePrevención y Seguridad Comunitarias eInstituciones
Públicas.
b)Promover la participación activa dela comunidaden acciones deprevención,
mediante campañas informativas, encuentros barriales y accionesde difusión
territorial.
c)Fomentar el desarrollode accionespreventivasy formativas enmaterias de
prevención comunitarias.
15.5 DEPARTAMENTO DE TELEVIGILANCIAY COMUNICACIONES
ARTÍCULO 263°. - El Departamento deTelevigilancia y Comunicaciones tiene como propósito
central operar, supervisar y fortalecerel sistema de televigilancia comunal y los canales de
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Continuación 94
Reglamento N°914 /2025
comunicación internos y externosde la Dirección de Prevencióny SeguridadComunitaria.
Sus funciones son las siguientes:
a)Monitorear en tiemporeal el sistemade cámaras de vigilancia distribuidas en el
territorio comunal, identificando hechosrelevantes para su derivación inmediata.
b)Operar y mantener el sistema de radiocomunicacionesinstitucional,facilitando la
coordinación entre losmóviles de seguridad municipal, los operadoresde cámaras,
las unidades territorialesy las policías.
c)Canalizar y registrar llamados o alertasciudadanos recibidas mediante la central de
emergencias o medios digitales, derivando a las unidadescorrespondientes.
d)Gestionar y resguardarlas imágenesy registros audiovisuales generados por el
sistema de televigilancia,para su uso enprocedimientosadministrativos o judiciales.
e)Elaborar informes técnicos, estadísticasde incidentes y reportes periódicos sobre el
comportamiento delictualy la efectividadde lasaccionespreventivas.
f)Velar por la continuidadoperativa, actualización tecnológica y seguridad de los
sistemas de comunicación y videovigilancia.
15.5.1 OFICINA DE MONITOREOY VIGILANCIA
ARTÍCULO 264°. - La funcióndeesta oficina es:
a)La operación del sistema de cámaras,controlde zonasestratégicasy reporte de
eventos relevantes.
15.5.2 OFICINA DE COMUNICACIONES
ARTÍCULO 265°. - La funcióndeesta oficina es:
a)Administrar el sistemaradial institucional yla central de atención ciudadana,
asegurando una coordinación oportunay eficaz.
15.5.3 OFICINA TÉCNICA Y DESOPORTE OPERATIVO
ARTÍCULO 266°. - La funcióndeesta oficina es:
a)El mantenimiento preventivo y correctivode losequipos tecnológicos, así como de la
gestión de mejoras del sistema de vigilancia y comunicación.
15.5.4 OFICINA DE COORDINACIÓN DE ENTREGA DE EVIDENCIA
ARTÍCULO 267°. - La funcióndeesta oficina es:
a)Coordinar con MinisterioPúblico y Policías, laentrega de evidenciasde hechos de
interés con garantía ycustodia.
15.6 DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD INTERNA
ARTÍCULO 268°. - El Departamento de Seguridad Interna tienela función degarantizar la
protección de los bienes municipales, velando porla integridad de lasinstalaciones,
cumplimiento de los contratos con empresasexternas y la seguridad delpersonal. Su
propósitoes implementar estrategias preventivas y correctivas que permitan reducir riesgos
internosy fortalecer un ambiente seguro dentro de las instalaciones municipales, para el
cumplimiento de los lineamientosde la Direcciónde Prevención ySeguridad Comunitaria.
ARTÍCULO 269°. - Las funcionesque cumple son las siguientes:
a)Garantizar la protecciónde las dependencias municipales.
b)Implementar medidasdeseguridad parael personal municipal.
c)Desarrollar protocolosdeemergencia yplanesde evacuación.
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Continuación 95
Reglamento N°914 /2025
d)Coordinar conotras unidades la gestión de riesgos y amenazas.
e)Controlar el acceso y permanencia en recintos municipales.
f)Ejecutar auditorías de seguridad para la identificación demejoras preventivas.
DEPARTAMENTODE ASESORÍA LEGAL
ÍCULO 270°. - El Departamentode AsesoríaLegal brinda orientación legal a personas
tadas por situaciones jurídicas vinculadas a laseguridad. Sus funciones son:
a)Brindar asesoramiento jurídico a vecinosvíctimas de delitos.
b)Asesorar al personal municipal en normativas y procedimientos legales.
c)Desarrollar capacitacionesen normativasde seguridad.
d)Gestionar acciones de defensa y acompañamiento a víctimas de delitos.
.1.-OFICINA DE DEFENSA DEVÍCTIMAS DE DELITOS
ÍCULO 271°. - LaOficina de Defensa de Víctimas de Delitosbrinda asistencia legal a
onas afectadas por situaciones jurídicas, en el ámbito penal. Se dedica a proveer
ntación y acompañamiento enél procesopenal, desde la investigación hasta la
ialización de las mismas, facilitando con ello,el acceso a la justicia. Esta oficina tiene las
ientes funciones:
a)Brindar asesoría jurídica, en materia de Derecho Penal, de familia, laboral y Policía
Local, a los vecinos de lacomuna, quehayan sido víctimas de delito, según los
criterios y directrices que sedispongan.
b)Orientar y acompañar a losvecinos de lacomuna en la tramitación dela
investigación penal, y en eldesarrollo delas instancias judiciales quecorrespondan.
c)Desarrollar capacitacionesen normativasde seguridad, desde un aspecto legal.
d)Recibir y gestionar de forma oportuna, y con el resguardonecesario, la recepción
de denuncias anónimas dedelitos ocurridos dentro del territorio comunal.
.2.-OFICINA DE INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL VICTIMOLÓGICA.
ÍCULO 272°. - El Departamentode Intervención Psicosocial victimológica,se encarga de
ntary acompañara las personas víctimas de delitos, realizandointervenciones
ratorias breves. Tiene las siguientes funciones:
a)Realización dediagnósticoespecializadoen profundidad yatención de casos con
enfoque psicosociojurídicoa personas víctimas de delitos.
b)Actividades psicoeducativas con enfoquepreventivo parala disminución de factores
de riesgo y aumento de factores protectores para enfrentarse a procesos de
victimización.
c)Articulación conredes intramunicipales einterinstitucionalde asistencia a personas
víctimas de delitos.
d)Elaboración deinformes deproceso de intervención.
e)Preparación y orientación frente a instancias propias del proceso judicial en sede
penal y sede defamilia.
.3 OFICINA DE CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD
ÍCULO 273°. - La función de esta oficina es:
a)Organizar las sesiones delConsejo Comunal de Seguridad.
b)Registrar las actas de las sesiones del Consejo Comunalde Seguridad.
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Tabla 106 (página 96 (texto) · 33 filas)

Continuación 96
Reglamento N°914 /2025
c)Vigilar el cumplimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública.
.4 OFICINA DE MEDIACIÓNCOMUNITARIA
ÍCULO 274°. - La función deesta oficina es:
a)Llevar a cabo las gestiones preparatorias para alcanzar acuerdos enmaterias de
convivencia vecinal.
CAPÍTULO 16
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERSONAS
ÍCULO 275°. - LaDirecciónde Gestión de Personasdepende del Alcalde a través del
inistrador Municipal y estará acargo de un Director de Gestión de Personas
enderán de la Direcciónde Gestión de Personas losDepartamentos: deAdministración
ersonas; de Remuneraciones; de Licencias Médicas; de Prevención de Riesgos; de
acitación; y de Bienestar.
ICULO 276°. - Ala Dirección de Gestión de Personas con sus Departamentos de
inistración de Personas, Remuneraciones, LicenciasMédicas, Prevención de Riesgos,
acitación y Bienestar, tendrácomo objetivo realizar una eficiente administración de
onal, realizar accionesdecapacitación, prevención de accidentesdel trabajo y
rmedades profesionales,y deberá cumplir las siguientes funciones.
a)Asesorar al Alcaldeen laadministración del personal de la Municipalidad;
b)Proponer las políticas generales de administración de gestión de personas, teniendo
en consideraciónlasnormar estatutarias pertinentes y losprincipios de
administraciónde personal;
c)Proveer oportunamente el personal a las unidades que los requieran, habilitando y
seleccionandoal personal y aplicando las normasrelativas a la carrera funcionaria;
d)Ejecutar y tramitarla incorporación, promoción,destinación o desvinculación del
personal e igualmente lorelativo a las licenciasmédicas, permisos, asignaciones
familiares y todo lo relacionado con las necesidades que implique el desarrollo de las
personas;
e)Actuar como SecretaríaEjecutiva en la JuntaCalificadora y en el Programa de
Mejoramiento de laGestión (PMG) en sus versiones Institucional y Colectiva;
f)Mantener actualizados los reglamentos que consideran a las personas que prestan
servicios directos eindirectos a la Municipalidad de Santiago, y
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Tabla 107 (página 97 (texto) · 43 filas)

Continuación 97
Reglamento N°914 /2025
g)Supervisar el cumplimiento de laLey N° 17.379 ysu respectivoReglamento, que crea
el Bienestar Socialen la I.M.S.
.- DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAS
ÍCULO 277°. - El Departamento deAdministraciónde Personascumple las siguientes
iones:
a)Mantener actualizados los registros con toda lainformaciónreferida alsistema de
personal y sus antecedentes, en materias como: asistencia yhorario del personal,
permisos y feriados legales; como también, almovimientode las personas y su
desvinculación.
b)Ejecutar y tramitar la incorporación, promoción, destinación y/odesvinculación de las
personas que prestan servicio almunicipio;
c)Aplicar el sistemade calificaciones del personal, entregando los antecedentes y
asesoría a la JuntaCalificadora;
d)Proveer del personal a las unidades municipalesque lo requieran, participando en el
proceso de reclutamiento y selección del personal, aplicando las normaspertinentes;
y
e)Actualizar y aplicarefectiva de los reglamentosque consideran a las personas que
prestan servicios ala Municipalidad de Santiago
.- DEPARTAMENTO DE REMUNERACIONES
ÍCULO 278°. - El Departamento de Remuneracionescumple las siguientes funciones:
a)Calcular, registrar yliquidar las remuneracionesdel personal;
b)Asesorar al personal sobre los distintos aspectos que considera la remuneración fija
y variable, como también bonosy asignacionesque en ella seconsideran; y
c)Confeccionar certificados de sueldos, de rentas para el Servicio deImpuestos
Internos, así comodiversos certificados atingentes a las materias de rentas de los
funcionarios, paralas ISAPRES, administradoras de fondos depensiones
y otras instituciones.
.- DEPARTAMENTO DE GESTIÓNDE LICENCIASMÉDICAS
ÍCULO 279°. - El Departamento de Licencias Médicas cumple lassiguientesfunciones:
a)Recibir las licenciasmédicas delÁrea Municipal,registrarlas enel sistema y enviarlas
a las distintas instituciones de salud, dentro delplazo legal;
b)Cobrar y recibir elpago de laslicencias médicas de todaslas áreas(Municipal,
Educación y Salud)a las distintas instituciones de salud;
c)Ingresar el pagode las licencias médicas aTesorería Municipal einformar la
distribución de los dineros a lasdistintas Áreas (Municipal, Educación ySalud);
d)Realizar cobranzaa las distintasinstituciones de salud en caso de no pago o pago
incompleto;
e)Informar a las distintas unidadesde remuneraciones (Municipal, Educación y Salud)
las licencias médicas reducidaso rechazadas para que procedan los descuentos y
verificar su cumplimiento.
.- DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
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Tabla 108 (página 98 · 1 filas)

c) Mantener informados a los afiliados sobre las normativas, beneficios, convenios,
actividades, presupuesto y en general, del quehacer del Bienestar Social;

Tabla 109 (página 99 (texto) · 34 filas)

Continuación 99
Reglamento N°914 /2025
CAPÍTULO 18
DIRECCIÓN DE SALUD
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 283°.- La Direcciónde Saluddepende del Alcaldea través delAdministrador/a
Municipal y estaráa cargo de un Directorde Salud. Dependende la Dirección de Salud el
Departamento Planificación yControl de Gestión,la Oficina de Comunicaciones, la
Subdirección Administrativa, laSubdirección de Gestión Sanitaria y los Centros de Salud.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 284°.- La Dirección de Saludtendrá como objetivoasegurar laentrega de una
atención de saludequitativa y de calidad, centrada enlas personas y sus familias, enfocada
en lo preventivoy promocional, anticipándose a la enfermedad, bajo el modelo de Salud
Integral con Enfoque Familiar Comunitario.
C.- FUNCIONES
ARTICULO 285°.- La Direcciónde Salud cumple las siguientesfunciones:
a) Administrar el trabajo de la Red de Salud deacuerdo con los lineamientos técnicos
entregados por el Ministerio de Salud u otrosorganismos rectores; y
b) Asegurarla continuidaddel servicio de los Centros de Salud.
18.1 DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DEGESTIÓN
ARTICULO 286°.- El Departamento dePlanificación y Control de Gestión cumple las
siguientes funciones:
a) ldentificary definir procesos de lainstitución de acuerdocon su criticidad e impacto,
estableciendo mejorascontinuas,controlandola matrizde riesgo y generando mayor
eficienciaen la gestión.
b) Evaluar ymedir el desempeño organizacionala través de indicadores de gestión.
c) Realizarmonitoreo cumplimiento de losCompromisos de Gestión Y Metas
sanitarias/IAAPs de laDirección de Salud.
d) Monitorear y auditar elcumplimiento de los plazos, enlos procesosadministrativos
dependientes del Departamento de Salud.
e) Entregarinformación oportuna yconfiable sobre el estado de cumplimiento de los
convenios y procesosadministrativos, sus posibles riesgos, integrando medidas
preventivas de ajustesque aporten a la tomade decisiones y la consecución de los
objetivosestratégicos de la DISAL.
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Tabla 110 (página 100 (texto) · 41 filas)

Continuación 100
Reglamento N°914 /2025
f)Formular propuestas al Director/a de Saludnecesariaspara asegurar el efectivo
funcionamiento de la dirección, realizando recomendacionesyparticipando
oportunamente enla definición e implementación de medidas correctivasy planes de
mejora según seaPertinente.
g)Sensibilizar y capacitar a los integrantes de la dirección para desarrollar una cultura
de medición de resultados,mejora continua,proactividadyeficaciaen lagestión.
h)Otras labores deasesoríaque le asigneel director deSalud,en el campo de
competencias de este departamento.
i)Sensibilizar y capacitar a los integrantes de la dirección para desarrollar una cultura
de medición de resultados,mejora continua,proactividadyeficaciaen lagestión.
j)Otras labores deasesoríaque le asigneel director deSalud,en el campo de
competencias de este departamento
OFICINA DE COMUNICACIONES
TICULO 287°. - La Oficina de Comunicaciones cumple las siguientes funciones:
a)Diseñar e implementar estrategia comunicacional para laDirecciónde Salud
b)Mantener oportunamente informada a la comunidad sobrelas actividades de la Red
de Salud, a travésde distintos soportes y plataformas;
c)Asesorar al Director deSalud en los aspectos relacionadosconmedios de
comunicación de carácter nacional, efectuando promociónde temasde relevancia en
los medios de comunicación.
d)Gestionar apariciones del Director de Saludy del equipodirectivode laRed en los
medios de prensade circulación nacional.
e)Asesorar en la emisión de comunicados,gestión demedios yorganización de
actividades comunicacionales.
f)Gestionar publicaciones dela Dirección de Salud en redessocialesquetiendan a la
prevención, promoción e información de estrategias parala saludy elbienestar de
los vecinos y vecinas de lacomuna de Santiago.
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
TÍCULO 288°. - La SubdirecciónAdministrativa cumple las siguientes funciones: Proveer
oporte logístico, financiero, y depersonas que permita la continuidad delservicio de la
de salud.
.1.-DEPARTAMENTODE FINANZAS
TÍCULO 289°. - El Departamentode Finanzas, cumple las siguientes funciones:
a)Formular el presupuesto anual y sus ajustes;y
b)Asegurar el equilibrio financiero de la Dirección.
c)Mantener al día registro dehechos económicos.
d)Asegurar que exista disponibilidad necesariapara dar continuidad ala operación de
los centros de salud y programas.
.2.-DEPARTAMENTOJURÍDICO
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Tabla 111 (página 101 (texto) · 54 filas)

Continuación 101
ReglamentoN°914 /2025
ÍCULO 290°. - El Departamento Jurídico, cumple las siguientesfunciones:
a)Resolver las consultas legales que se le formulen.
b)Velar por el cumplimiento dela Ley 19.378 Estatutode Atención Primariade Salud
Municipal.
c)Actuar de manera coordinada con la Dirección de AsesoríaJurídica en materias
contenciosas y queafecten ala Dirección de Salud.
.3.-DEPARTAMENTODE GESTIÓN RECURSOS HUMANOS
ÍCULO 291°. - El Departamento de Recursos Humanoscumplelas siguientesfunciones:
a)Reclutamiento y selección detrabajadores idóneos,que cumplan con el perfil del
cargo según sus competencias, capacitaciones y habilidades para desempeñarse
en los distintos dispositivos de salud pertenecientesa la DISAL.
b)Asegurar la correcta contratación, pago, y otorgamiento dederechos a lostrabajad
ores contratados.
c)Gestionar la capacitación delos trabajadores, implementando distintas estrategias
de formación continua.
d)Asegurar que los Centros deSalud cuenten con la dotaciónnecesaria para otorgar
las prestaciones descritas enla canasta de salud.
e)Asegurar el cumplimiento delos procesos administrativos para un correcto
encasillamiento y continuidadde la carrera funcionaria de los trabajadoresde
acuerdo a la Ley 19.378.
f)Asegurar el correcto pago deremuneraciones y otros estipendios a los cuales tenga
derecho el trabajador o trabajadora.
g)Gestionar las licencias médicas.
h)Liderar proceso deevaluación de desempeño.
.4.-DEPARTAMENTODE APOYO LOGÍSTICO
ÍCULO 292°. - El Departamentode Apoyo Logístico cumple lassiguientes funciones:
a)Gestionar el ciclo logístico yservicios generales.
b)Gestionar el aprovisionamiento de insumos y servicios necesarios (excluye
elementos clínicosy medicamentos).
c)Custodiar, controlar y distribuir materiales y — productos aprovisionados y
solicitados por los centros desalud.
d)Asegurar la concreción, seguimiento y control administrativo de los contratos que
sean necesarios, cautelandoque el proceso y respaldo se encuentren dentro de la
legalidad.
e)Proporcionar los servicios que requieran los centrosde salud en materia de:
conectividad, transporte, correspondencia, vigilancia; y
f) Realizar mantenimiento preventivo y correctivo al mobiliario yequipo de oficina.
.5.-DEPARTAMENTODE INFRAESTRUCTURA
ÍCULO 293°. - El Departamentode Infraestructura, cumple las siguientes funciones:
a)Planificar, organizar, dirigir ycontrolar los recursosy procesos relacionados con la
infraestructura conel objetode contribuir a mejorar las condiciones físicas de los
espacios de atención de público y de funcionarios.
b)Mantener, habilitary adecuarlos bienes inmuebles que dependen de la Dirección de
Salud.
c)Elaborar y proponer anualmente un presupuesto, que considere las necesidades en
construcciones, remodelaciones, ampliaciones, habilitaciones y reparaciones de los
establecimientos de la Red.
d)Definir orientaciones de mantenimiento preventivoy correctivo de la estructura e
instalaciones.
e)Ser la contraparte técnica enproyectos de inversiónante laSECPLAN
f)Gestionar los procesos denormalización de la infraestructura dentrodel marco
normativo asociadoa construcción y urbanismo conla Dirección de Obras.
101

Tabla 112 (página 102 · 4 filas)

a) Fomentar estilos de vida saludables
b) Crear entornos saludables, como áreas verdes, gimnasios al aire libre y espacios
seguros.
c) Liderar campañas de salud y educación para promover la toma de conciencia sobre
la salud y las enfermedades.

Tabla 113 (página 103 · 23 filas)

d) Desarrollar programas de promoción de la salud en colaboración con otros sectores
y la comunidad.
e) Asegurar que los ciudadanos tengan acceso a información clara y accesible sobre
salud.
f) Facilitar la participación de la ciudadanía en la planificación, gestión y evaluación
de las políticas públicas de salud.
g) Apoyar el desarrollo de mecanismos de control social y toma de decisiones en
salud.
h) Contribuir a la descentralización y la adecuación territorial y cultural de los servicios
de salud.
i) Fomentar la colaboración entre los equipos de salud y la comunidad.
j) Adaptar los servicios de salud a las necesidades específicas de la población.
k) Promover la atención integral y la continuidad en la atención.
l) Coordinar equipos multidisciplinarios y programas de salud, según ciclos de vida,
para materializar actividades de promoción de salud.
m) Ejecutar planes estratégicos de participación social y gestión de usuarios.
n) Generar orientaciones para el desarrollo de estrategias, planes y programas
definidos por el Ministerio de Salud.
o) Apoyar el desarrollo de voluntariados en salud.
p) Actualizar normas de participación considerando las diversas formas de
participación social.
q) Establecer alianzas con otros sectores de la política pública para la protección y
promoción de derechos y garantías en salud.
r) Promover la elaboración de proyectos innovadores.

Tabla 114 (página 103 · 19 filas)

a) Gestión de Medicamentos y Dispositivos Médicos en cuanto a Almacenamiento y
Distribución, Dispensación, Control de Inventario y Control de Indicadores de
procesos críticos y de la cadena de valor del servicio como son existencias,
vencimientos, sobre stock, satisfacción usuaria, entre otros.
b) Atención Farmacéutica en cuanto a Atención Clínica, Tele farmacia, Entrega de
medicamentos a Domicilio, Educación e Información al Paciente, Asesoramiento
Farmacéutico, Colaboración Interdisciplinaria y Gestión de Problemas Relacionados
con Medicamentos.
c) Gestión Administrativa y Logística como son Supervisión del Personal, Gestión de
Reclamos, Cumplimiento Normativo, Preparación de Reportes, Gestión de
Presupuestos, Nivel de Abastecimiento, Cumplimiento de Proveedores y sus políticas
de calidad.
d) Participación en Comités: Participar en todos los comités relacionados a
medicamentos y otros atingentes al área (Comité de Farmacia, Farmacovigilancia,
ECICEP, PROA, entre otros).
e) Promoción de la Salud: Realizar actividades de promoción y prevención de la salud,
incluyendo la educación sobre el uso adecuado de medicamentos.
f) Atención a Grupos de Riesgo y de Atención Preferencial: Brindar atención
farmacéutica especializada a grupos de riesgo, procurando también el cumplimiento
de la atención preferencial.

Tabla 115 (página 104 (texto) · 47 filas)

Continuación 104
Reglamento N°914 /2025
a)Estudiar determinantes de salud de la comuna para prevenir y controlar problemas
de salud de lapoblación a cargo, promoviendo intervenciones paramodificarlas
b)Integrar y validar la información generadaen la red de salud
c)Supervisar la calidad de lainformación proveniente delpersonalasistencial y del
laboratorio de su establecimiento
d)Informar de situaciones anormales en losestablecimientos.
e)Supervisar y ejecutar acciones iniciales deinvestigación ybloqueo epidemiológico en
enfermedadesbajo vigilancia que puedanincluir visita epidemiológica, entrevista a
casos, contactos y expuestos, toma demuestras, aplicación dequimioprofilaxis,
búsqueda activa de casos yeducación a grupos de riesgo, entre otros.
f)Detectar oportunamente eventos que supongan nivelesde morbilidad o mortalidad
superiores a los previstos para un tiempoy un lugar determinado.
g)Difundir a los equipos de salud de la redboletines, normativas, alertas e informes
generados enel ámbito dela vigilanciaen salud publica provenientes del nivel
regional y nacional.
CAPÍTULO19
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
A.-DEPENDENCIAY ESTRUCTURA
ARTÍCULO 301°. - LaDirección de Educacióndepende delAlcalde através del o la
Administración Municipal y estar a cargo de un o una Director deEducación.Dependerán de
la Dirección de Educación, la Subdirección deGestión Pedagógica, laSubdirección de
Administración y Finanzas, la Subdirección de Asesoría Jurídica,la Subdirección de Gestión
de Personas; así como los Departamentos de Convivencia escolar y de infraestructura.
B.-OBJETIVO
ARTÍCULO 302°. - LaDirecciónde Educación tendrá como objetivo procurar las
condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativoen los establecimientos de
enseñanza a cargo de la Municipalidad.
C.-FUNCIONES
ARTÍCULO 303°. - La Dirección de Educación cumple las siguientes funciones:
a)Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación del proyecto educativo comunal;
b)PADEM y en otras materiasrelacionadascon la educación;
c)Liderar el proyecto educativo estratégicocomunal deSantiago focalizado en su
objetivo institucional, así como potenciarel liderazgo de los proyectos educativos
institucionalesde cada unode los establecimientos bajosu responsabilidad con un
fuerte componente de participación ciudadana;
d)Potenciar y fomentar el desarrollo de todos los equipos de trabajo de la Dirección de
Educación, asícomo de lascomunidadeseducativas delos establecimientos, con el
fin de avanzaren mayorescapacidadespara la construcción deuna educación
integral;
e)Gestionar eficiente y pertinentemente la gestión de personas, recursos financieros,
materiales, tecnológicos, equipamiento einfraestructura a fin deimplementar el
proyecto educativo comunal;
f)Apoyar, dirigir ymonitorear los procesos yresultados deaprendizajes;
g)Generar redes, alianzas ycomunicaciones efectivascon instituciones sociales,
académicas, culturales y deportivas, autoridades superiores, organismos públicos y
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ReglamentoN°914 /2025
privados, otras comunas,y actores clavesdesu entornocon el fin deaportar al
desarrollo de capacidadesdel sistema educativo comunal;
h)Gestionar, planificar, darseguimiento, dirigiry evaluarel desempeño de los
Directores de los establecimientos educacionales municipales y de los equipos
directivos cuando sea necesario;
i)Representar al municipio, en materias educacionales eninstanciaspúblicas y
privadas, ante la comunidad y resolver los requerimientos y necesidades de la
comunidad escolar que seencuentren dentro desu ámbito de responsabilidad; y
j)Velar por el cumplimiento de las normativas vigentesen cada uno de los
establecimientos educativos y departamento.
.- SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
ÍCULO 304°. - La Subdirecciónde Gestión Pedagógica cumple las siguientesfunciones:
a)Planificación, organización y coordinar losproyectospedagógicospara los
establecimientos de la comuna;
b)Monitoreo de Planes y Programas;
c)Asesoramiento y monitoreo Planes de Mejoramiento dela Subvención Escolar
Preferencial;
d)Coordinar proyectos propios y del MinisteriodeEducación;
e)Coordinar Proyectos de Extensión Educativaanivel comunal (Artística, Deportiva y
Científica);
f)Coordinación de Matrícula;
g)Proponer políticas, planesy programas del áreade informática educativa;
.- SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ÍCULO 305°. - La Subdirección de Administracióny Finanzas cumple lassiguientes
iones:
a)Gestionar y optimizar el uso de los recursos financieros y físicos requeridos por la
Dirección de EducaciónMunicipal, para la realización de susfunciones,
desarrollando sus actividades en formaeficiente, observando lasnormas y
procedimientos pertinentes;
b)Formular el Presupuesto Anual de la Dirección de Educacióne informar suejecución;
c)Visar las Resoluciones dePago;
d)Supervisar el proceso contable de la Dirección de Educación, en conformidad con las
normas e instrucciones sobre el Sistema deContabilidad Gubernamentalimpartidas
por la Contraloría Generalde la República;
e)Velar por la entrega oportuna de informes contables y/opresupuestarios a los
organismos tanto internos como externosque lo requieran, de acuerdo con la
normativa vigente;
f)Poner a disposición delos Establecimientos Educacionales dependientes los
recursos para gastos operacionales, gastosmenores y otrosgastos de inversión, en
virtud de las normas sobreAdministración Delegada;
g)Supervisar el proceso decompras de laDirección de acuerdo a lasnormas y
reglamentos pertinentes;
h)Visar las resoluciones de Adjudicación;
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i)Efectuar, el proceso de registro, controle inventario de Bienes;
j)Supervisar el proceso de declaración y registro de las subvenciones educacionales.
.- SUBDIRECCIÓN DE ASESORÍAJURÍDICA
ÍCULO 306°. - La Subdirección deAsesoríaJurídica cumple las siguientes funciones:
a)Prestar apoyo legal a la Dirección,Subdirecciones, departamentos y a los
establecimientoseducacionales dependientes;
b)Visar los actos ycontratos celebrados por la Dirección de Educación;
c)Informar sobre lalegalidad delas contrataciones, licitaciones y adquisiciones de la
Dirección;
d)Supervisar y dirigir sumarios administrativos e investigaciones sumarias; y
e)Prestar defensa jurídica y representar judicial y extrajudicialmente ala Dirección.
.- DEPARTAMENTODE INFRAESTRUCTURA
ÍCULO 307°. - El Departamento deInfraestructura cumple las siguientes funciones:
a)Velar porque la infraestructurade losestablecimientos funcione bajo la normativa
vigente; resolveremergenciasy gestionar proyectos;
b)Generar postulaciones a fondos paradiversos proyectos financiados con fondos
externos:
c)Desarrollar proyectos demejoramiento continuo en losestablecimientos
educacionales;
d)Desarrollar proyectos de ampliacióny mantenimiento de losestablecimientos
educacionales;
e)Supervisar y controlar la ejecución de obras en establecimientos educacionales en
coordinación conla Dirección de ObrasMunicipales;
f)Realizar reparaciones menoresen establecimientos educacionales;y
g)Supervisar ycontrolar elprocesoadministrativo para proyectos según
documentación correspondiente (estadode pago, contratos, permisos de edificación,
entre otros).
.- SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓNDE PERSONAS
ÍCULO 308°. - La Subdirección deGestión de Personas cumple las siguientes funciones:
a)Apoyar al Director de Educación, en laadministración del personal dependiente de
la Dirección de Educación;
b)Dar cumplimiento en forma efectiva alos procedimientos de administración de
personal, conforme a las políticas establecidas por la Dirección de Educación
Municipal y las disposiciones legales vigentes;
c)Ejecutar y monitorear el correcto pago de remuneraciones, de acuerdo a los distintos
regímenes estatutarios y normas laborales;
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d)Establecer las necesidadesde dotación de personalque requiere laorganización
e)Asesorar a los establecimientos educacionales en gestión de personas; y
f)Coordinar con Municipio laplanificación y desarrollode planes asociados a calidad
de vida laboral, seguridad yprevención de riesgos.
.- DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
ÍCULO 309°.- El Departamentode Convivencia Escolarcumple las siguientes funciones:
a)Promover el desarrollo detodos los actores de lacomunidad escolar de Liceos y
Escuelas de la comuna deSantiago, garantizando laparticipación,bienestar social y
estudiantil, derecho a la educación, y apoyo en la dirección de equipos psicosociales,
promocionando y velando por el marco de una sanaconvivencia escolar;
b)Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de derechos estudiantiles y su
relación con los distintos actores de la comunidad escolar;
c)Apoyar a los establecimientos en la búsqueda de soluciones justasy efectivas a los
conflictos que se presentenen la comunidad escolar;
d)Potenciar y promover la Convivencia Escolar;
e)Colaborar con los Centrosde Estudiantes y Centrosde Apoderados, estableciendo
un nexo de comunicación permanente entre estos yla Dirección deEducación;
f)Promover instancias departicipación y capacitación, quefortalezcan las
organizaciones de estudiantiles y de apoderados;
g)Implementar, ejecutar ysupervisar programas socialesde organismos
gubernamentales;
h)Fomentar y potenciar untrabajo interdisciplinarioentre Orientadores, Asistentes
Sociales y Psicólogos de los establecimientos educacionales, conel propósito de
desarrollar líneas de acción tendientes a optimizar el proceso Enseñanza-
Aprendizaje de los alumnos.
.- DEPARTAMENTO PSICOSOCIAL
ÍCULO 310°. - El DepartamentoPsicosocial cumple las siguientes funciones:
a)Coordinar a los equipospsicosocioeducativos (Orientados/as,Psicólogos/as y
Trabajadores Sociales) de los Establecimientos Educacionales, entregando
asesorías técnicas en casos de mayor complejidad,capacitacionesy/u orientaciones
de trabajo para la comunidad educativa; tambiénpromoviendo la articulación de
redes comunales y gubernamentales.
b)Implementar Programa Sexualidad y Afectividad (PROCES), según Ley N° 20.418,
desde un enfoque de prevención y promoción a través de la ejecución de sus 7 pilares
fundamentales en las comunidades educativas, los cuales estánorientados a la
formación de estudiantes capaces de vivir íntegramente su sexualidad responsable
y sana.
c)Coordinar a nivel comunal la adecuada implementación de los Programas y acceso
de los estudiantes a beneficios JUNAEB (Programade Alimentación Escolar (PAE),
Programa de Salud Escolar(PSE), Programa Habilidades para la Vida (HPV), Becas
de Mantención, Índice deVulnerabilidad Escolar(IVE), Programa YEMP y Me
Conecto para Aprender) y otros.
d)Diseñar e implementarel Programa Migrantes en losestablecimientos
educacionales, definiendo lineamientos comunales para la inclusióneducativa de los
estudiantes extranjeros, a través de la entrega de orientaciones sobre regularización
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Reglamento N°914 /2025
migratoria, desarrollo de capacitaciones a actores claves y promoción de prácticas
inclusivas en las comunidadeseducativas.
e) Velar por el cumplimiento de la Ley y su regulaciónen materia de alimentación al
interior de los establecimientoseducaciones.
f) Generarconvenios de colaboración para la atención psicosocial delos estudiantes y
sus familias y para el desarrollo de iniciativasen temáticas de sexualidad, salud
mental,alimentación saludable e interculturalidad en losestablecimientos
educacionales.
19.8.- UNIDAD DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 311°.- La Unidad de Gestión Institucional cumple las siguientesfunciones:
a) Asesoraral Director o Directora de Educación, facilitar la coordinación entre
Subdirecciones, departamentos, equipo profesional, técnicoy administrativo
requerido por Dirección.
b) Articularacciones inter-sectorial, dar respuesta ocanalizar requerimientos de
gabinete.
c) Realizarseguimiento a objetivos, acciones, lineamientos y metasinstitucionales, y
levantaralertas ante posiblesproblemas, además de colaborar en la solución de
estos.
d) Colaborar en la atención de situaciones que requieranel pronunciamiento o decisión
directa del Director o Directorade Educación.
e) Cumplirfunciones de secretaría privada del Directoro Directorade Educación y
coordinar.
f) Programar y coordinar las actividades administrativasy protocolares del Director o
Directorade Educación.
g) Dar respuesta a las diversasconsultas, inquietudes y peticiones solicitadas por
autoridades, vecinos y usuariosde Santiago enmateria de Educación.
h) Generary/o coordinar estrategias de difusiónde campañas y actividades de la
Direcciónde Educación.
TÍTULO IV
DELA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA INTERNA
ARTÍCULO 312°. - Para el adecuadocumplimiento delas funciones decoordinación, sin
perjuicio de lo señalado en el Artículo N°9 del presente Reglamento, los Comités indicados en
el Artículo N°8 se integrarán y cumplirán las funcionesasesoras como se señala en los
artículos siguientes.
ARTÍCULO 313°.- Se establecerá un Comité Técnico Administrativo, que será presidido por
el AdministradorMunicipal y cuyos integrantes y funcionesespecíficasse determinarán
mediante el reglamento correspondiente dictado por resolución de la oel Administrador
Municipal.
ARTÍCULO 314°. - Se establecerá un Comité Técnico Financiero, cuyos integrantes y
funciones específicas se determinaránmediante Reglamento dictado por resolución del
Administrador Municipal.
ARTÍCULO 315°.- Se establecerá un Comité de Presupuestos, que será presidido por la o el
Administrador Municipal y cuyos integrantes y funcionesespecíficasse determinarán
mediante Reglamento dictado por resolución del AdministradorMunicipal.
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Reglamento N°914 /2025
ARTÍCULO 316°. -Se establecerá una Comisión Municipal de Comercio, Comisión Asesora
del Alcalde integrada por el Subdirector de RentasMunicipales, Subdirector deInspección, el
Director de la Dirección de DesarrolloComunitario yun funcionario designadopor la autoridad
alcaldicia, quien la presidirá y tendrálas funcionesseñaladas en la Ordenanza N° 59 para el
Comercio Estacionado y Ambulante en Bienes Nacionales de Uso Público.
ARTÍCULO 317°. -El Alcalde, así como el Administrador Municipal, podrán, para efectos de
coordinación o gestión temporal, constituir comisiones de trabajo conformadaspor Directores
y/o Subdirectores,los cuales se deberán sancionar mediante Reglamento dictado por
resolución del Administrador Municipal.
ARTÍCULO TRANSITORIO.-
Sustitúyase el Reglamento Nº914, defecha 30 de agosto de 2019 y todas susmodificaciones
por el presente texto aprobado mediante AcuerdoN176, de fecha 18 de junio de 2025, del
Concejo de Santiago.
ANÓTESE,PUBLÍQUESE y transcríbase a la
Dirección de Comunicaciones parasu publicación en la Intranet, Departamento de
Transparencia, parasu publicación en la Página Web, y pase a la Direcciónde Gestión de
Personas, para suconocimiento yfines procedentes.
FIRMADOS:
PATRICIO OSSAMARIO GUILLERMO DESBORDES JIMÉNEZ
SECRETARIO MUNICIPALALCALDE DE SANTIAGO
GVN//JAV/
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