Informe Final Nº 0084 de 2010

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Tabla 1 (página 1 (texto) · 5 filas)

ORíA GENERAL DE LA
Informe Fin
Municipalidad
Santiago
Fecha
N° Informe:

Tabla 2 (página 2 (texto) · 24 filas)

CONTRALORíA GENERALDELA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíAE INSPECCiÓN
ÁREA AUDITORíA2
PMET N°: 16.054/10
REF N°: 249.286/10 REMITE INFORME FINALQUE INDICA
DMSAI N°: 1.150/10
SANTIAGO, .¡ 4. hilR 1 .,.~O15 !t J 9
Adjunto,remitoa Ud.,copia de Info
Final N° 84 de 2010, debidamente aprobado, sobre auditoría a losmacroprocesos
generación de recursos, dirección de desarrollo comunitarioy recursos
administración efectuada en la Municipalidad de Santiago.
Salud atenjmente a Ud.
¡
/
//
Por'Orden de! Con! alor General
PRISCILAJARA FUEI'lTES
Abog~ o
Subjefe División <J MUllicipalidades
L-------·---------· .,.---.---.- .--.-------.--
AL SEÑOR
ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
PRESENTE I

Tabla 3 (página 3 (texto) · 27 filas)

CONTRALORíA GENERAL DELA REBLICA
ODIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA EINSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
PMET N°: 16.054/10 REMITE INFORME FINAL QUEINDICA
REF N° 249.286/10
DMSAI N°: 1.150/10
SANTIAGO, 1 4. ;¡ÁR 1 1O ~151 O ti
Adjunto,sírvase encontrar copiadel
Informe Final N° 84 de 2010, de esta ContraloríaGeneral, conel fin de que, en la
primera sesión que celebre el concejo municipal,desde la fecha desu recepción,
se sirva ponerlo en conocimiento de ese órgano colegiado entregándole copiadel
mismo.
Al respecto, Ud. deberáacreditar anteesta
Contraloría General, en su calidad de Secretariodel concejo yministro de fe, el
cumplimiento de este trámite dentro del plazodtf5liez díasdeefectuadaesa
i
sesión."
//
I
Por Orden rj,}(Contralor General
PRISCILA /~ARAFUEI-.JTES
~l~tlOgadO
~ybjefe DiJiélllda Ml./Iicipalidades
C-.------.-.-----------.- .. "----------__
AL SEÑOR
SECRETARIO MUNICIPAL DE SANTIAGO
PRESENTE I

Tabla 4 (página 4 (texto) · 29 filas)

SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA EINSPECCiÓN
ÁREA AUDITORíA 2
PMET N°: 16.054/10REMITE INFORME FINALQUE INDICA
REF N°: 249.286/10
DMSAI N°: 1.150/10
1 4 \-" K '\ 1 j(O1 51 ti 1
SANTIAGO,. lA
Adjunto, remito a Ud.,copia de Info
Final N° 84 de 2010, debidamente aprobado, sobreauditoría a losmacroprocesos
generación de recursos, dirección de desarrollo comunitarioy recursos
administración efectuada en la Municipalidad de Santiago.
Salu atent mente a Ud.
I
/,
,
;'
-------- --
---+--- !
,
/
Por Orden .el Cont-a/ar General
PRlSCI JARAFUENTES
_ AbonucJo
Subjefe • lVislón de. Municipalidades
---_.__-~-._._--- ...--_ _----- ...
A LA SEÑORA
DIRECTORA DE CONTROL
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO--'-'--~Q'-..:.,-'''-
F "··'RTE.
PRESENTE /

Tabla 5 (página 5 (texto) · 39 filas)

DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
PMET N°: 16.054/2010INFORME FINAL N°84 DE 2010, SOBRE
REF : 249.286/2010AUDITORíA Al MACROPROCESODE
DMSAI N° : 1.150/2010GENERACiÓNDE RECURSOS,
DESARROLLO COMUNITARIOY
RECURSOS EN ADMINISTRACIÓN, ENLA
MUNICIPALIDADDE SANTIAGO.
1 4 MA SANTIAGO,R. 2D11
En cumplimiento delplan de fiscalizaciónde
esta ContraloríaGeneralpara el año 2010, Y de acuerdo con las facultades
establecidas enla ley N°10.336, Orgánica de esta Institución, se efectuó en la
Municipalidad deSantiago,una auditoría de transacciones, que comprendió la revisión
de los macroprocesos de generación de recursos, desarrollocomunitarioy recursos
en administración,relativosprincipalmente a los programasde ayudarelacionados
con la emergenciaderivadadel sismocon características deterremoto ocurridoel 27
de febrero de 2010, cuya ejecución fuematerializada por esa entidad comunal.
Objetivo
La auditoría tuvo por finalidadverificar la
correcta utilización e inversión de los recursos físicos y financieros transferidos por el
Ministerio del Interior, de acuerdo conlo dispuesto en la resolución exenta N° 1.789,
de 9 de marzo de 2010, Ymodificadapor la N° 2.284, de 26del mismomes, sobre
Fondos de Emergencia, y las circularesN°s 27, 42 Y 43 de 30de marzo, 12 de mayo y
24 de junio, respectivamente, todas del año 2010, de esa misma carteraministerial,
que impartieroninstrucciones a lasmunicipalidades parala implementacióndel
programa Manosa la Obra y Mejoresu Vivienda. Además, verificarla correcta
recepción y distribución deespecies remitidas por la Oficina Nacional deEmergencia,
ONEMI, para ayudar a lasfamilias damnificadas por el sismo del 27 de febrero de
2010.
Asimismo, comprobarla veracidad y fidelidad
de las cuentas, de acuerdocon la normativa emitida por estaContraloríaGeneral,y la
autenticidad de ladocumentación de respaldo, conforme lo dispuesto enel artículo 95
de la ley N° 10.336, asícomo verificar la correcta percepción delos recursos
provenientes de los permisos de circulación.
A LA SEÑORA
PRISCILA JARAFUENTES
SUBJEFE DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
PRESENTE
IFN/RPR

Tabla 6 (página 6 (texto) · 49 filas)

CONTRALORíA GENERALDE LAREPÚBLICA
DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA 2
-2 -
Metodología
El examen serealizó de acuerdo con las
normas y procedimientosde control aceptadaspor estaContraloría General, lo que
comprendió entrevistas, indagaciones,visitasa terreno,verificación delos registros
contables, análisisde los documentos derespaldo, y la aplicación de otras técnicas de
auditoría que se consideraron necesariasen lascircunstancias.
Universo
De acuerdocon losantecedentes
recopilados, durante el período comprendido entre el 1°de enero y el 30 de junio de
2010, el monto total de ingresos por conceptode permisos de circulación, fondos en
administración, yrecursostransferidos por el Ministeriodel Interior a laMunicipalidad
de Santiago paraatendersituaciones de emergencia, ascendió a $ 4.051.269.989.-,
mientras que losegresosdel período, respectode la materia examinada, totalizaron
$ 114.689.342.-. El detallese presenta acontinuación:
IngresosEgresos
$$
Permisos de circulación3.897.440.943
Desarrollo comunitario45.332.994
Recursos enadministración153.829.04669.356.348
(Fondos de Emergenciay Mejore
su Vivienda)
Totales $4.051.269.989114.689.342
Asimismo, esteOrganismo deControl validó
los bienes entregados porla Oficina Nacional deEmergencia, ONEMI.
Muestra
El examen de ingresos y gastos se efectuó
mediante un muestreo aleatorio simple,con unnivel deconfianza del 95% y una tasa
de error de 3%, parámetros estadísticosaprobados poresta Entidad Fiscalizadora, lo
que determinó una muestra por cada una de las partidas examinadas, cuyo desglose
se expone a continuación:
ConceptoIngresos%Gastos%
$$
Permisos de circulación2.840.705 0,07%
Desarrollo comunitario45.332.994.-100%
Recursosen153.829.046.-100%69.356.348.-100%
administración(Fondos
de Emergenciay Mejore
su Vivienda)
Con carácter deconfidencial, mediante oficio
N° 68.790, de 17de noviembre de 2010, fue puesto enconocimiento de la autoridad
comunal, el preinforme conteniendo lasobservacionesestablecidas altérmino de la
visita, con la finalidad que formularalos alcances yprecisiones que a su juicio
procedieran, lo que se concretó extemporáneamente, mediante oficio N° 2675/2010,
de 13 de diciembre de 2010, cuyo análisis, entodo caso, se incluye en el presente
informe.

Tabla 7 (página 7 (texto) · 48 filas)

CONTRALORíAGENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓNDE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
-3-
Lainformaciónutilizada fue proporcionada
por la dirección de administraciy ón finy anzas, puestaa disposición deeste
Organismo deControl, el14 de septiembrede 2010.
Elanálisis de lasobservaciones formuladas
en el citadoPreinforme, en conjunto con los antecedentes aportados por la
administradoramunicipal en su respuesta, determinaron losiguiente.
Antecedentesgenerales
ElMinisterio del Interior, con motivodel
terremoto ocurrido el 27 de febrerode 2010Y en conformidadcon lo establecidoen la
ley N° 16.282, que Fija DisposicionesPermanentespara casos de Sismos y
Catástrofes, transfirió recursos alas Intendencias, Gobernaciones, Municipalidades y
la Oficina Nacional de Emergencia, para atender,enprimera instancia,las
necesidadesmás urgentes dela población afectaday restablecer los servicios
públicos.
Los recursos físicos aportados poresa
cartera ministerial contemplaron tres modalidades, la primera,a través del Programa
Manos a la Obra, consistente enla asignación de un montopara la adquisición de
materiales deconstrucción a lasempresasdefinidas por elprecitado organismo, la
segunda, a través del ProgramaMejore suVivienda, consistente en la asignación de
recursos parala adquisición de materialespara dotar demejor manera las viviendas
de emergencia;y, la tercera, en elenvío deespecies desde laONEMI.
Los recursos financieros transferidospor
esa Secretaríade Estado tuvieronpor objeto el pago deloscompromisos originados
por la situación de emergenciay la satisfacción de necesidades urgentesde la
población afectada, además del restablecimiento de los servicios básicos.
Sinperjuicio de loanterior, el municipioutilizó
recursos propios para financiar laatención de situacionesde emergencia derivadas de
la catástrofe antes señalada.
Sobre el particular,es preciso señalarque
este Organismo de Control emitióel informefinal N° 34,de 2010, con el resultado de
la fiscalizacióna los recursos físicos y financieros transferidos por el Ministerio del
Interior, para el período comprendido entreel 27 de febrero yel 30 de abril de2010,
incluyendo losaspectos relativosa la distribución de los bienes proporcionadospor la
ONEMI en igual período. En consideracióna lo anterior,enla presente auditoría se
revisaron losgastos efectuados con los fondos señalados precedentemente entre el
30 de abril y el30 de junio de 2010.
Como resultadodelexamen practicado, se
informa lo siguiente:
1. EVALUACiÓN DE CONTROL INTERNO
LaMunicipalidaddeSantiago cuenta con el
reglamento interno N° 70, de 1992, sancionado por el decreto N° 4.660, de 1997 y,
modificado por el decreto N° 6.975, de2004, que fijayregula la estructura y
organización interna de esa entidad, asícomo las responsabilidades y funciones
inherentes a cada una de las direcciones involucradas enla gestión municipal.

Tabla 8 (página 8 (texto) · 47 filas)

-4-
Ladirección de tránsito ytransporte público
cuenta con un manual deprocedimientosaplicable atoda el área, que establece,
entre otras materias, el proceso para los permisos de circulación.
Sobre la materia, el señor César Valarezo
Hormazábal, director de tránsito y transportepúblico de la entidad,informa que dicho
manual no se ha formalizado, pero se encuentra en etapa de revisión yactualización
en esa dirección, desdedonde será enviado a contra loríamunicipal para su
aprobación.
Porotra parte,esa entidadedilicia dispone de
un manual de procedimientospara el proceso de adquisición de bienesy contratación
de servicios, formalizado por decreto alcaldicio N° 2.090, de 2009,que derogó el
reglamento N° 240, de 2004y el decreto sección 2da629, de 2008,que aprobó el
instructivo para ese año.
Severificó quea diciembrede 2004, el
municipio se ajustó a lo dispuesto en el artículo 1° transitorio de laleyN° 19.886, de
Bases sobre Contratos Administrativos deSuministroyPrestacióndeServicios, que
señala que las municipalidades que tuvieren vigentesreglamentaciones sobre sus
procesos de contratación debienes y servicios, debíanajustarlos aesecuerpo legal a
más tardar el 1 de enero de2004.
Asimismo, elrespectivoreglamento se
encuentra publicado en elSistema de Información deComprasPúblicas, como lo
prescribe el inciso final delartículo 4° del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que contiene el reglamento de lacitada ley.
Enotro aspecto,la municipalidad cuenta con
una dirección de control interno, conforme lo estipuladoen los artículos15 y 29 de la
ley N° 18.695, encargadade realizar laauditoría operativa internadel municipio,
controlar la ejecución financiera y presupuestariamunicipal,representando
trimestralmente eventualesdéficit al concejoy al Alcaldelos actos que estime ilegales.
Enrelación alamateria,se detectó que no
todos los riesgos se encuentran cubiertos, por cuanto la unidad decontrol confeccionó
su programa de trabajo 2010, considerandolos temaspendientesdelaño 2009, que
fueron seleccionados pormedio de una encuesta aplicada a todas las direcciones
municipales, sin establecerun método deevaluaciónderiesgosparacada proceso
interno.
Además, sedeterminóque,durante el
período sujeto a fiscalización, esa unidad no realiauditorías alos ingresos
municipales, al macroproceso de desarrollo comunitario y alosrecursos en
administración.
Al respecto, deacuerdo alo establecido en el
artículo 29 de la ley N° 18.695, Orgánicade Municipalidades,y lajurisprudencia
administrativa contenida enlos dictámenesN° 25.737,de1995, y N° 25.515, de 1997,
corresponde a cada municipio determinarcomo desarrollará elproceso de control
interno. No obstante, entrelas principalestareas delas contralorías internas se
encuentran la revisión y evaluación sistemática y permanente delsistema de control
interno de la entidad, así como la revisiónperiódicayselectivade las operaciones
económico-financieras del municipio, con elfin de determinar el cabal cumplimiento de
las normas legales y reglamentarias, yla aplicaciónsistemáticade controles

Tabla 9 (página 9 (texto) · 46 filas)

-5 -
específicos.
La administradoramunicipal reconoce que
durante el período en análisis,no se efectuaron auditorías a los ingresos ni al
macroprocesode desarrollo comunitario. Agrega, que dentro de los recursos en
administración,se practicaron arqueos de cajay de especies valoradas.
Por otra parte, informa que en el programa de
2011 auditorías, se procurará incluir revisionesde ingresos.
Sobreel particular,es preciso aclarar que los
arqueos de caja son controles aplicables al macroprocesode generación derecursos
o ingresos municipales y no a los recursosen administración, como entiende esa
jefatura.
En atención a loexpuesto y considerando
que la administradora reconocela falta de auditorías a los procesos revisados, se
mantiene la situación observada,mientras éstos no sean incluidos en la programación
de labores de fiscalización que competen a la dirección de control.
En cuanto a lossistemas informáticos, la
entidad ediliciaadjudicó, con fecha 23 de juliode 2009, la propuesta públicaID 2582-
38-LP09 a la sociedad SistemasModularesde Computación Limitada, SMC, por la
prestación deservicios computacionales asociados a lagestión municipal. Dicha
propuesta dioorigen al contratode fecha 30de julio de 2009, aprobado por acuerdo
N° 149, de 24de junio de 2009,del concejomunicipal ycuyo plazo de vigencia se
extiende desdeel 3 de agosto de2009 hasta el 30 de abrilde 2012.
Al respecto, el artículo 8°, numeral 8.3, de las
bases administrativas de la propuesta pública,mediante lacual se adjudicóel servicio
computacionala la empresa mencionada precedentemente, por un montode 15.623
UTM, señala que el contrato podrá ser renovado por períodos iguales, lo cual deberá
ser avisado porel administradormunicipal, previa evaluación, mediante carta enviada
con 90 días deanticipación, sinestablecersecausales fundadas para tales efectos,
situación que vulnera lo prescritoen el artículo12 del decreto N° 250, del Ministerio de
Hacienda, queaprueba el reglamento de la ley N° 19.886de Bases sobreContratos
Administrativosde Suministros yPrestación deServicios.
Sobrela materia,la jurisprudenciade este
Organismo deControl ha manifestado, además, que la práctica de acordarcontinuas
prórrogas de contratos, cuya vigencia se extiende, en consecuencia, indefinidamente,
no parece conciliable con el artículo 9° de la ley N° 18.575,Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la administración del Estado, ni con el sistema delicitación
pública establecido en la leyN° 19.886,cuya finalidad es asegurarla libre
concurrencia de una pluralidad de proponentes, con el objeto de seleccionarla oferta
más conveniente al interés del servicio licitante (aplica criterio contenido en
dictámenes N°48.524 de 2006 yN° 19.712 de2007, entreotros).
La administraciónmunicipal no sepronuncia
respecto a lasprórrogas sucesivas del contrato con SMCLtda., en consecuencia, se
mantiene la situación observadainicialmente.
Respecto al funcionamiento delsistema
informático, secomprobaron diversas deficiencias que impiden el normal desarrollo de
os macroprocesos de generaciónde recursosy recursos humanos, entre otros, y que

Tabla 10 (página 10 (texto) · 43 filas)

DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA 2
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inciden directamente enel sistema financiero contable, situacióncorroborada en
sesión ordinaria de concejo N° 13, de 12de mayo de 2010, memorándum N°247, de
28 de octubredel presente y certificación por operación de sistemas contratados a
SMC, de 5 denoviembre de 2010, entre las que destacan las siguientes:
- Inconsistencias en todoslos haberes de remuneraciones, producto de la migración
de datos desde las bases de la empresa Proexsi Ltda. a la de SMC, en razón de lo
cual no se pueden otorgar constanciasde sueldos de manera sistémica, debiendo
en estos casos recurrir aarchivos exceloperados enforma manual.
- Informaciónincompletaen los sistemas de tránsito,patentes, juzgados depolicía
local, etc., situación quese explica porla causal indicada en el párrafo anterior.
Ensu respuesta, la municipalidad señala que
este Organismo de Controlse encuentradesarrollandouna auditoríaa la ejecución del
contrato suscrito entre esaentidad y la empresa SMCLtda., razónpor la cualsólo se
dará respuestaen el marco de dicha investigación.
Sibien es efectivo queeste Organismo
Contralor se encuentra realizando unafiscalización sobre la materia, ello enmodo
alguno resultaser un impedimento para que esa entidad comunal se pronuncie
respecto de las observaciones inicialmente formuladas.
Por consiguiente, se mantienen loshechos
cuestionados.
11. EXAMEN DE INGRESOS POR PERMISOS DECIRCULACIÓN
1.- Sobre variación enrecaudación
Los ingresospor permisos de circulación
durante el período comprendido entre enero y junio de2010, ascendieron a la suma
de $ 7.283.158.680.-, representando unaumento deun 43,7 %, con respecto a los
ingresos de igual períodoobtenidos durante el primersemestre delaño 2009,por un
total de $ 5.068.367.046.-,los que, en todo caso, no fueron destinados a enfrentar las
consecuenciasdel terremoto. El detalle es el siguiente:
ConceptoMonto primer Monto primerVariación
semestre 2009 semestre 2010porcentual
$$(2010/2009)
Permiso de circulación5.068.367.046.- 7.283.158.680.-43,7%
El mayor ingreso antes indicado se debió a la
incorporaciónde automóviles nuevosy de mayor valor, yfue destinado a
transferenciascorrientes durante el primer semestre de2010.
Sobre la materia, cabe precisar que elartículo
12 del decretoley N° 3.063 de 1979, Ley de RentasMunicipales,estableceque los
vehículos quetransitan por las calles,caminos y vías públicas engeneral,estarán
gravados conun impuestoanual por permiso de circulación, a beneficio exclusivo de
la municipalidad respectiva, conforme lastasas que enél se indican.

Tabla 11 (página 11 (texto) · 51 filas)

CONTRALORíA GENERALDE LA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
-7 -
2.- Cobros erróneos de permisos de circulación.
El examen de los permisos decirculación
otorgados evidencióla existencia de diferenciasen el cálculode su valor,en relación
con la valorizaciónconsignadaen la factura ola tasación señalada por elServicio de
Impuestos Internoso el cálculodeterminado por esta auditoría. El detallese observa
en anexo N° 1.
En relación a la materia, la administración
municipal señala que de los 36 casos observados por este Organismo deControl, 9
fueron otorgados alas Fuerzasy Armadas deOrden, que se encuentran liberadas del
pago; 7 corresponden a lisiados, con una franquicia del 25%del montode tasación
fiscal; y 2 se confirieron a empleados de las Fuerzas Armadas, conun 50% de
descuento.
Analizados los antecedentes aportados por
esa entidad, corresponde levantar la observación inicialmenteformuladapara los 18
permisos de circulación detallados precedentemente.
Además, esa jefaturainformó que6 permisos
del total observadose entregaron bajo la categoría de retornados, correspondiéndoles
el 50% de descuento.
Sobrela materia, espreciso recordar que el
artículo 1° de la ley N° 19.128, que otorga franquicias aduaneras a personas que
señala y modificaarancel aduanero, faculta aaquellas personas que tengan o hayan
tenido la nacionalidad chilenay que se encuentren calificadascomo exiliados políticos
por la Oficina Nacional de Retorno, para que a su regreso al país, importen un
vehículo motorizado, libre dederechos, impuestos y demásgravámenesaduaneros
incluida la tasa dedespacho,así como cualquier otro impuesto interno que grave la
importación. El artículo 5° del mismo cuerpo legal señala que lasmercancías
importadas bajo este beneficio,quedarán afectas a una prohibición de enajenar por el
lapso de tres añoscontados desde su ingreso al país.
Por otra parte, el artículo 13 deldecreto ley
N° 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, establece que "... Ios vehículos que
ingresen al paíscon liberación aduanera total o parcialy que estánsujetos a
prohibición de enajenar o ceder su uso o goce,a cualquier título, pagaránel impuesto
municipal mientrasdure dichaprohibición, sobre el cincuenta por cientodel precio
corriente en plazaque se fije para los vehículosde la misma marca, tipo,modelo, año
y origen en la listade precios que señala el artículo 12."
Al respecto, cabeseñalarque la
administración noaportó losantecedentes necesarios queacrediten lacalidad de
retornados de losdueños delos automóvilesbeneficiados, yla fecha deinternación
de éstos al país, pese a habersido solicitadospor este Organismo de Control, como
complemento a larespuestade esa jefatura, mediante correo electrónico de 20
diciembre de 2010.
No obstante lo anterior, y considerando que
luego de la internación del vehículo corresponde su incorporación en elRegistro de
Vehículos Motorizados, se analizó la nómina emitida por el Servicio de Registro Civil e
Identificación, advirtiéndose que el período devigencia de la franquicia para las placas
patentes detalladasa continuación, expiró, superando largamente los tres años de
antigüedad.

Tabla 12 (página 12 (texto) · 62 filas)

CONTRALORíAGENERALDE LA REBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
-8-
Fecha deFechaCobro
InscripciónPermiso deAntigüedad
en RegistroCirculaciónFranquiciaCálculoCálculo
PlacaCivilMunicipio$CGR $
PH243907/06/200523/03/2010 4años y 9 meses43.293129.878
SD417226/02/199805/04/2010 12 años y 1 mes18.34021.600
SU275831/01/200231/03/2010 8años y 2 meses18.34025.993
TE877816/07/199925/03/2010 10años y 8 meses18.34032.993
UU866031/12/200104/03/2010 8años y 2 meses18.34027.193
Enatención a loexpuesto, se mantienelo
advertido inicialmente,mientrasese municipiono solicite la devoluciónde lassumas
observadasy efectúe las acciones de cobrode las diferencias de años anteriores,
según lo consigna la normativa legal.
En cuanto a los casosrestantes, reconoceel
error en el cobro, razónporla seelaboró lasrespectivas resoluciones de devolucióny
cartas de reintegro por los montos cobradosincorrectamente, asaber:
a) Devoluciones porexcederel monto contemplado en tasación deS.1.1.
Cálculo
MunicipioCálculo
Placa$CGR$MedidaAdoptada
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
BRWC68231.080 200.978
oficio ordinarioN° 9465, de9de diciembre de2010.
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
BZZC6457.82850.793
oficio ordinarioN° 8390, de3de diciembre de2010.
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
CCRZ64118.94384.878
oficio ordinarioN° 8393, de3de diciembre de2010.
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
LE683230.83228.193
oficio ordinarioN° 8392, de3de diciembre de2010
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
PW328631.83229.393
oficio ordinarioN° 8394, de3de diciembre de2010
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
SH647422.63221.100
oficio ordinarioN° 8389, de3de diciembre de2010
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
TF5389100.77820.500
oficio ordinarioN° 8391, de3de diciembre de2010
Resolucióndedevoluciónenasesoríajurídicabajoel
TS718923.19318.340
oficio ordinarioN° 8395, de3de diciembre de2010
b) Cartas por conceptode reintegro.
Cálculo
MunicipioCálculo
Placa$CGR$MedidaAdoptada
Carta de reintegro N° 750/2010, de 7 de diciembrede
BZDP5959.19392.9782010.
Carta de reintegro N° 759/2010, de 7 de diciembrede
CGFH31110.872133.1782010.
Carta de reintegro N° 751/2010, de 7 de diciembrede
SE504740.99343.993
2010.
Carta de reintegro N° 752/2010, de 7 de diciembrede
UN997118.34027.593
2010.

Tabla 13 (página 13 (texto) · 44 filas)

CONTRALORíA GENERALDE LA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
-9 -
De la revisionde losantecedentes
proporcionados porla municipalidad, se constató que las resolucionesde restitución
se encuentran en el departamento de asesoríajurídica de laentidad,a la espera de
un pronunciamientosobre estamateria. Asimismo, se confirmó el envíode las cartas
de reintegro.
En virtud de loexpuesto,corresponde
subsanar la situación advertidainicialmente,sin perjuicio de la verificación que se
haga en futuras fiscalizaciones.
111. RECURSOSEN ADMINISTRACiÓN
1.- Fondos parasituacionesde emergencia.
Mediante resolución exenta N°1.789, de 9 de
marzo de 2010, modificada por la N° 2.284, de igual mes,ambas delMinisterio del
Interior, se aprobóla transferencia de recursos a las municipalidadesde la Región
Metropolitana, entreellas, la deSantiago, por la suma de $ 69.356.348.-, para gastos
de emergencia ocasionados por el sismo acontecido el 27 de febrero de2010.
1.1.-Fondosrecepcionados al 30 de juniode 2010.
FONDOS$
RECEPCIONADOS GASTADOSRENDIDOSSALDO
69.356.348.-69.356.348.-69.356.348.-O
1.2.- Registro de los fondos.
Esamunicipalidadregistrólos fondos
transferidos y la correspondienterendición deestos recursos,en la cuenta 214.09.33,
"Otras obligacionesfinancieras", denominada"Ap. paraatender situaciones de
emergencia", según constaen el libro mayor de la mencionadacuenta, en
circunstancias quedebió contabilizarse en la214.05, administraciónde fondos, tal
como lo dispone elprocedimiento H-01 del oficio circular N°36.640, de 2007, sobre
procedimientos contables parael sector municipal.
En suoficio respuesta, laadministradora
municipal informaque esaentidad registró el ingreso enuna cuenta
extrapresupuestariade fondosde terceros, en cumplimientode lo dispuesto en el
punto 1, de la resolución N° 1.789, de 2010, delMinisterio delInterior.
En relación a la materia, es pertinente indicar
que, conforme lo señalado enel Oficio C.G.R.N° 60.820, de2005, capítulo segundo,
los fondos que encalidad deadministraciónperciban los organismospúblicos para
cumplir determinadas finalidades, que por disposición legal no seincorporan al
presupuesto del organismo receptor, deben contabilizarse como depósito de terceros,
en la cuenta 214.05,fondos enadministración.
En atención a loexpuesto,corresponde
mantener lo observado, mientras esa entidad no regularice contablemente la situación
advertida inicialmente.

Tabla 14 (página 14 (texto) · 48 filas)

DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA2
-10-
1.3.-Uso de los recursos.
Sobre el particular, se constató que durante el
período en estudio, esaentidad municipal desembolsó el saldoque seencontraba
pendiente al30 de abril de 2010, ascendente a $ 59.241.348.-, según seindicó en el
ya citado Informe Final N°34, de 2010.
Dichos recursos fueronutilizados para el
pago de diversos servicios, con el fin de cubrir lasnecesidades contempladas en la
resolución exenta N° 1.789, de 2010, según se informa en anexo N° 2.
Practicadoel examen documental de los
gastos, se verificó que latotalidad de las compras se efectuaron bajo la modalidad de
trato directo,de acuerdo alo establecidoen el artículo 8°, letra e),de la leyN° 19.886,
de Bases sobre ContratosAdministrativos de Suministro y Prestación deServicios, la
que autorizala contratación directa encasos de emergencia, urgencia oimprevisto,
calificados mediante resolución fundadadel jefe superior de la entidadcontratante,
resolucionesque, en estos casos, fueronemitidas por la autoridadmunicipal mediante
decreto N° 309, de 27 de febrero de2010, Y publicadas en elportalde compras
públicas, conforme lo establecido en losartículos 49y 50 del decreto supremo N° 250,
de 2004, delMinisterio deHacienda, Reglamento dela ley antes aludida.
1.4.-Rendición decuentas.
En cuanto alos fondos percibidos,durante el
primer semestre de 2010, período sujeto a fiscalización, esa entidad comunal había
rendido cuenta documentada de la totalidad de los desembolsos efectuados, conforme
lo estipuladoen el resuelvo N° 1, párrafo cuarto, dela resolución exentaN° 1.789, ya
citada, que obliga a cumplir tal obligación conformelo establecidopor laContraloría
General de laRepública en la resoluciónN° 759, de2003.
En efecto,dicha obligación fuecumplida a
través de losoficios ordinarios N°s 272,de 4 de junio, 315, de 7 dejulio, 375, de 4 de
agosto; y, 459, de 6 de septiembre, todos de 2010,mediante loscualesel municipio
rindió a la Subsecretaríadel Interior losgastos efectuados para financiarsituaciones
derivadas como consecuencia del terremoto, con cargo a los recursos asignados para
fondos de emergencia.
1.5.-Visita a terreno.
El examenpracticado advirtió quelos egresos
efectuadospor el arriendo de camiones, mini cargadores y retroexcavadora, no
contaban condocumentación que justifique debidamente el retiro de escombros desde
las calles dela comuna.
Al respecto,a través de oficio N°10, de 15 de
octubre de 2010, este Organismo de Control solicitó el detalle delos viajes, carga y
direcciones en las que loscamiones, mini cargadores y retroexcavadorascontratadas
habrían efectuado los servicios facturados, con el finde poder validar su ejecución, sin
embargo, esta información no fue proporcionadapese a habersereiterado el
requerimientomediante correo electrónico de 19 deoctubre de 2010, dirigido al señor
Víctor ArratiaManríquez,subdirector decontrol.
En su respuesta, la jefaturaadjunta los
antecedentessolicitadosen la aludida fiscalización.

Tabla 15 (página 15 (texto) · 46 filas)

CONTRALORíAGENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓNDE AUDITORíA EINSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA2
-11 -
Validados los documentos aportados por la
entidad, se dapor subsanado lo advertidoinicialmente.
2.- Programa Manos a la Obra.
2.1.-RecursosInvolucrados.
El MinisteriodelInterior, pormedio de la
circular N° 27,de 30 de marzo de 2010, asignó ala Municipalidad deSantiago un
monto ascendente a$ 150.173.686.-, enel marcodel programa Manosa laObra, el
que fue gastado ensu totalidadal 30 de abril de2010, según constaen el informe
final N° 34, de2010,de este EnteFiscalizador.
2.2.- Cumplimiento de lasinstrucciones impartidas por el Ministerio del Interior
a travésde la circularN° 27 de 2010.
En el citadoInforme Final N° 34, de2010, se
observó que la entidad comunalno había realizado la rendición delprograma, de
acuerdo a lo establecido en el numeral 8de la citadacircular.
Al respecto, efectuado elseguimiento
respectivo, seconstató al término de lavisita quela entidad ediliciaregistró en la
página del SistemaNacional deInformación Municipal, SINIM, las fichas de entrega
de los materiales de construccióndistribuidos a los damnificados porel terremoto,
dando cumplimientoa lo requeridopor elMinisterio del Interior.
2.3.- Distribución de los bienes.
En relación conla distribuciónde los
materiales deconstrucción, el mencionado informedeterminó la entregaoportuna de
bienes, en la cantidad especificaday calidad adecuada.
No obstante, al término de esafiscalización,
se advirtió que aúnquedabanbienespor distribuir guardados en bodegas de la
Corporación para elDesarrollo deSantiago, CORDESAN.
Sobre elparticular, de losantecedentes
proporcionadosporla municipalidad, seobtuvo eldetallede bienes adquiridos con
cargo al ProgramaManos a laObra, que aún nohansido distribuidos,conforme
consta en anexo N°3.
En su respuesta, la administraciónmunicipal
señala que laentidad implementó un "Plan de Reparación de Viviendas",PRE, en
atención a la realidad de los vecinos afectados, mayoritariamente adultos mayores y
mujeres jefasde hogar, el cualincorporó al citado Programa Manosa laObra la
ejecución de obrasde reparación,lo que ha generado laprolongaciónen los plazos
de distribuciónde los bienes adquiridos en el marcodel programa fiscalizado.
Agrega quelos bienes que se encuentran sin
istribuir, son para las obras queactualmente estánsiendoejecutadas.
IAl respecto,es preciso recordarqueal 30 de
\abril de 2010, elmonto asignado aesa municipalidadpara la adquisición de
\materiales deconstrucción, habíasido consumidocompletamente, según consta en
Informe Final N° 34,de 2010, emitido poreste Organismo de Control.

Tabla 16 (página 16 (texto) · 46 filas)

SUBDIVISiÓN DEAUDITORíAE INSPECCiÓN
ÁREADE AUDITORíA 2
-12 -
En mérito delo expuesto, corresponde
mantener laobservación inicialmenteformulada, considerandola data quemantienen
de los bienesacopiados en las bodegas municipales, debiendoel municipioagilizar su
distribución ouso.
3.- Programa Mejore Su Vivienda.
Mediantecircular N° 42, complementada por
la N° 43, de12demayo y 24 de junio de 2010,respectivamente, el Ministerio del
Interior comunicóalas municipalidades, sobre lainiciación delasegundaetapa del
programa deayudade los damnificados del terremotoy maremotodel 27de febrero
de 2010 Y sus posteriores réplicas,denominado"Mejore su Vivienda", con el fin de
entregar alas familias damnificadas y que habitaran viviendas de emergencia,
materiales de construcción, para afrontar de mejormanera el invierno.
3.1.-Recursos Involucradosal 30 de juniode 2010.
El programa consistíaenque losmateriales
de construcción eranadquiridos directamente porla entidad ediliciay, posteriormente,
ésta rendíaal Ministerio del Interiorel total de las adquisiciones,con la finalidad de
obtener el reembolsode los recursosinvolucrados.
El montoasignado alaMunicipalidad de
Santiago para estosfines ascendió ala suma de $84.472.698.-
Sobre elparticular, seobservó que, al 30 de
junio de 2010, lamunicipalidad había utilizado la suma de $32.708.361.-del total
establecido,segúnse detalla en anexo N° 4. Al31 de agosto de 2010,si bien los
recursos asignadosse encontraban completamenteconsumidos, lasfacturas
asociadas estabanimpagas, a la espera de queel MinisteriodelInterior realizara la
transferenciade fondos al municipio.
3.2.-Incumplimiento de lasinstruccionesimpartidasporel Ministerio del
Interiora través de la circular N° 42 YN° 43 de 2010.
a) Incumplimiento en el plazo de término del programa.
Al 30 dejuniode 2010, la utilización de los
recursos enel programa en comento,alcanzó un38,72% del totalasignadopara esa
entidad, tal comosedetalla en anexoN° 4. Asimismo, la visitaen terreno yel examen
practicado alos antecedentes proporcionados permitieron advertirque, a igual fecha,
se habían distribuidomateriales de construcción sólo a63 beneficiarios, porun monto
de $ 3.500.648.-.
La situacióndescritaprecedentemente
vulnera lo contemplado en el numeral10 de la circularN° 42, en elcual secontempla
que "... El programaMejore su Vivienda tendrá comofecha de término eldía 30 de
junio de 2010".
En su respuesta, la administraciónmunicipal
informa queesa entidad edilicia aplicóla ampliación deplazo consignada enla circular
N° 43, que establececomo fecha final del programa fiscalizado, el día 30de julio de
2010.
Por otra parte,agrega,queal igualque en el
caso de Manos alaObra, el programa Mejore suVivienda, seenmarcó enel "Plan de

Tabla 17 (página 17 (texto) · 42 filas)

CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DEAUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREADEAUDITORíA2
-13 -
Reparación de Emergencia", lo que ha generado el incumplimiento de los plazos, por
los motivos expuestos en respuesta alaobservacióncontemplada en elnumeral 2.3,
situación que indica, fue informadaalMinisteriodel Interior a travésde correo
electrónico de 30de juliode 2010, sinobtener respuesta.
Asimismo, en respaldo a su oficio, anexa la
nómina de beneficiariosa diciembrede2010 Y un listadode vecinos susceptibles de
ser favorecidos con las reparaciones.
Sobre la materia,es preciso señalar que al 3
de agosto de 2010, laMunicipalidaddeSantiago, habíautilizado el total del monto
asignado en el programa validado, equivalente a $84.472.698.-. Sin embargo, al 13
de diciembre de2010 sólo había distribuido materiales deconstrucción por un monto
de $ 8.637.847.-,segúnla nómina queadjunta en suoficiorespuesta.
En atencióna lo expuesto precedentemente,
y considerandoque elpropio municipio, reconocequeel plazo finalfijado por el
Ministerio del Interior seencuentra vencido, y que laalteración que de propia iniciativa
ha efectuado ala forma de operardel programa, mediante el citado Plan de
Recuperación deEmergencia, no hasido expresamenteautorizado porel Ministerio
del Interior, correspondemantener laobservación inicialmente formulada.
b) Incumplimiento en elplazo final pararendir la totalidad de los fondos
del programa.
En relación aestamateria, el párrafo 4° de la
circular N° 43, de 24 de junio 2010,dispuso que elplazofinal para rendir todos los
fondos del Programa Manos a la Obra yMejore suVivienda vencía el 30 de julio de
2010.
No obstante,laMunicipalidadde Santiago
rindió en una fecha posterior a la establecida en la mencionada circular.
En efecto,a través de oficio ordinario
N° 128/10 N° 2090825/2010, de 2 deseptiembre de2010,la entidad edilicia presentó
al comité de emergencia del Ministerio del Interior, larendición decompras de
materiales de construcción correspondiente el programaMejore su Vivienda, por la
suma de $ 84.088.866.-, de la cual,un total ascendente a $ 31.062.225.- se
encontraba sinfacturade respaldo,motivo porel cual la mencionada cartera
ministerial efectuó latransferenciade dinero sólo por el saldodebidamente
respaldado, ascendentea $ 53.026.641.-, según consta en comprobantede ingreso
N° 5493075, de13 de octubre de 2010.
Al respecto,cabeseñalar que, ala fecha de
término de la visita, lamunicipalidadseencontrabaen proceso de liquidación de los
proveedores, según consta en los decretos de pago detallados a continuación:

Tabla 18 (página 18 (texto) · 45 filas)

CONTRALORíA GENERALDE LA REPÚBLICA
DIVISiÓNDE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DEAUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREADE AUDITORíA 2
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FacturaN° decretoMonto
Proveedorde pagoFecha$
Frindt y Cia. Ltda.28789997.44813-10-2010 32.948.107
2879000
2879001
2911041
Lazo Muñoz Elena Elizabeth166477.44313-10-2010 890.715
RPMR S.A.967.44413-10-2010 408.777
Comercial Sandovale Hijos Ltda697307.44513-10-2010 18.779.033
Total53.026.632
En suoficio de respuesta, laadministración
municipal señalaque, de acuerdo a lo establecido por la entidad mandante, el proceso
de transferenciadefondos, sólo serealizará contra facturarendida al Ministerio del
Interior.
Por otraparte, agrega, que al 13 diciembre de
2010, se rindió la totalidad delas facturas recepcionadas, efectuandoel pago a los
proveedores de acuerdo a lasresoluciones detransferenciade fondosadjuntas a su
respuesta, permaneciendo pendiente de pago sólo la factura N° 5396798, de la
empresa ImperialS.A., por $ 442.678.-.
Atendido lo anteriory considerando que el
retraso en la rendición de los fondosno es imputable a la entidad edilicia, se levanta la
observación formulada inicialmente.
3.3.- Registrodel aporte.
El examen practicado determinó que esa
municipalidad registró los fondos transferidos por el Ministeriodel Interior en la cuenta
214.05.13.001,administracióndefondos.Asimismo, contabilizólos egresos
generados porlautilizaciónde dichos recursos, en lacuenta114.05.13.001,
aplicación de fondosen administración, tal como lo dispone el procedimiento H-02 del
oficio circular N°36.640, de2007,sobre procedimientos contablespara el sector
municipal.
No obstante lo anterior, se observó que el
municipio no registróla rendición efectuada alMinisterio delInterior, de acuerdo a lo
contemplado en el procedimiento H-02, citado anteriormente.
Al respecto, la administradora municipal
señala que la rendición no seha registrado, dado que no sehan ejecutado todos los
gastos asociadosalproyectoy, agrega queactualmente la entidadse encuentra
liquidando el pago del último proveedor para regularizar la situación.
Considerando las medidas enunciadas por la
administración, corresponde subsanar la situación advertida inicialmente, sin perjuicio
de las verificacionesque se efectuarán en futuras fiscalizaciones de este Organismo
de Control.

Tabla 19 (página 19 (texto) · 48 filas)

CONTRALORíA GENERAL DE LAREPÚBLICA
DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA 2
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3.4.- Visita a terreno
a) Distribución a los damnificados.
Este Organismode Control, enconjunto con
personal municipal, visitó en terrenoalgunos damnificados de lacomuna, que
recibieron beneficios de parte del municipio con cargo al programaen análisis,
verificándose que el total de materialesdistribuidos, señalado en el numeral 3.2, letra
a), del presenteinforme, fue entregadooportunamentea personas necesitadas de
ayuda a consecuenciadel terremoto, sinobservacionesque anotar.
b) Inventario de bodega municipal.
La Municipalidad de Santiago posee 3
bodegas, dondealmacena las especiesy enseres adquiridos con cargo al fondo de
emergencia, ProgramaManos a laObra, Mejore su Vivienda, ONEMI y otros
programas comunitarios y sociales, las que son utilizadas conjuntamente por el
departamento de protección civil yemergencias yla direcciónde desarrollo
comunitario, esta última encargadade la distribución de los materiales de
construcción, adquiridoscon los fondosaportados por elprograma en estudio.
Al respecto, envalidación efectuada el 20 de
octubre de 2010a labodega municipalubicada en calle Aldunate N°841, se pudo
advertir que lasespecies adquiridas nose encontrabanseparadas pordepartamento
ni programa, demanera que son ocupadas según losrequerimientosgenerales del
municipio, sin atender al objetivo del fondo en análisis.
Asimismo, seobservó queesa entidad
edilicia no ha implementado un sistemade control, que permita determinar el stock
existente a unafechadeterminada, según da cuentainventario practicado en igual
fecha, en conjunto conla encargada dedistribuir los bienes, señora Carola Codoceo
Ortiz, funcionariade ladirección de desarrollo comunitario.
En efecto, la visita inspectiva a la mencionada
bodega determinó laexistencia de diferencias entreel stock establecido por el
municipio y el saldo corroborado en inventario efectuado por este EnteFiscalizador,
según se detallaen anexo N° 5.
En su respuesta, la administración municipal
ratifica el uso común delas bodegas e informa que se ha implementadoun control de
existencias computacional, permitiendoobtener el saldode materialespor programa.
Asimismo, adjunta a su oficio el flujograma del sistema, los formatostipo de ficha
técnica, ficha social, ficha de recepciónde materiales,y la base de datos de bienes
correspondientesa losprogramas Manos a la Obra y Mejore su Vivienda.
En virtud de losantecedentes aportados y la
medida adoptada porla Municipalidadde Santiago,se dan por subsanadas las
observaciones formuladas inicialmente,cuya regularización efectiva severificará en
una próxima auditoría.
Sin embargo,respecto de las diferencias
detalladas en elanexoN° 5, advertidasen inventario efectuado en la bodega ubicada
en calle AldunateN° 841, Y atendido que esa jefaturano se pronunció,corresponde
mantener la observaciónrelativa a estamateria.

Tabla 20 (página 20 (texto) · 45 filas)

SUBDIVISiÓNDE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA 2
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4.- Bienes dela Oficina Nacional deEmergencia.
4.1.- Bienes distribuidos al30 dejunio de 2010.
El informe final34, de 2010, deeste Ente
Fiscalizador, determinóque, al 30 deabril de 2010,quedaban por distribuir 215
frazadas, 70 colchonetasy 16 carpas, del total enviado por la ONEMI.
Al respecto, delos antecedentesaportados
por esa entidadediliciay la visitaa las bodegas municipales, ubicadas en Avenida
Carlos ValdovinosN° 2.949, se constató que esa municipalidad no recibió enseres
adicionales desdela ONEMI, entreel 30de abril y el 30de junio de 2010.
Asimismo, severificó que delos bienes
pendientes de distribuirobservados enel informe citado anteriormente, quedaba en
bodega un saldode 10carpas tipo iglú, de un total de 20 donadas porla ONEMI,
según se detallaa continuación:
DescripciónRecibidosEntregados SaldoObservación
Colchonetas200200O
Frazadas400400O
Carpas tipo iglú201010 Salida deBodega
N°s 5206 y5225, de
8 y 9 demarzo de
2010,
respectivamente.
En su respuesta, la administraciónmunicipal
no se manifiestasobre este punto,por consiguiente, la observación es confirmada.
4.2.- Validación en terreno
a) Distribución a los damnificados.
Esta ContraloríaGeneral, juntocon la
funcionaria CindySantander Alcaíno, asistente social dependiente de la dirección de
desarrollo comunitario, visitó en terrenoa algunos damnificados, verificándose que los
bienes fueron, en general, entregadosoportunamenteenla cantidad especificada y
calidad adecuada, conforme al detalle que se indica en anexo N° 6.
b) Inventario de bodega municipal.
Los bienes enviados por la ONEMI son
almacenados enlos 3centros de acopio que poseelaentidad edilicia,utilizados
conjuntamente por ladirecciónde desarrollo comunitario y el departamento de
protección civil yemergencias, esteúltimo encargado deladistribución de los enseres
entregados por lamencionada instituciónpública.
Sobre el particular,en inventario practicado el
19 de octubre de2010,en la bodega municipal ubicadaenAvenida CarlosValdovinos
N° 2.949, se advirtió la situación yaobservada en el numeral 3.4, letra b), del presente
informe, respectoal control de existencias y uso indiferenciado de losmateriales
almacenados.
En cuanto a lafaltade un sistemade control
de inventario, situaciónindicada en elpunto 3.4, letrab)del presente preinforme y,

Tabla 21 (página 21 (texto) · 43 filas)

CONTRALORíA GENERAL DE LAREPÚBLICA
DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA 2
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atendidos losnuevos antecedentes aportados por laadministradora municipal ya
expuestos enel mencionado numeral, es posible subsanar laobservado inicialmente,
cuya regularización efectiva será verificada en futuras fiscalizaciones.
IV. DESARROLLO COMUNITARIO
Este Organismo de Controlverificó la
ejecución dealgunos programas comunitarios y sociales,respecto delos cuales,
durante el período en revisión, enero a junio de 2010,se examinaron egresos por un
total de $ 45.332.994.-.
En atención aque elenfoque dela presente
fiscalizaciónabarcó aquellos programas asociadosa laentrega deayuda post
terremoto, enesta oportunidad sólose revisaronlos denominadosFondos de
Emergencia yEmergencia Social, segúnel siguiente detalle:
CuentaProgramaTotal alRevisión%
30 dejunio$
$
24-01-001Fondos de Emerqencia8.830.696.-8.830.696.- 100%
24-01-007.002Emergencia Social36.502.298.-36.502.298.- 100%
Total45.332 I.994.-45.332.994.- 100%
En el examenpracticado se verificó que los
desembolsoscumplen con la normativavigente, cuentan con la documentación de
respaldo pertinente y se ajustan a las finalidades para los quefueron entregados.
Validaciones en terreno.
a) Distribución a los damnificados.
Esta Contraloría General, junto con personal
municipal, visitó en terreno a algunosdamnificadosde lacomuna, que recibieron
beneficios departe del municipio, verificándose quelos bienes adquiridos fueron
entregados oportunamente a personasnecesitadasde ayuda a consecuencia del
terremoto, sinadvertir observaciones que anotar
b) Inventario de bodega municipal.
El departamento dedesarrollocomunitario,
almacena losmateriales y enseres adquiridos confondosmunicipales, en las 3
bodegas de laentidad, utilizadas simultáneamente conel departamento de protección
civil y emergencias.
Asimismo, en relación alcontrol de
existencias yel uso de los bienes almacenados, lavisitaa los centrosde acopio
detectó la misma situación advertida enel numeral 3.4, letrab), del presente informe,
según da cuenta validación efectuada eldía 20 de octubre de2010, en conjunto con la
encargada dedistribuir los bienes, señora Carola CodoceoOrtiz, dependiente de la
dirección de desarrollo comunitario.

Tabla 22 (página 22 (texto) · 45 filas)

DIVISiÓNDE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DEAUDITORíAE INSPECCiÓN
ÁREADE AUDITORíA 2
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En efecto, la visitainspectiva ala bodega
ubicada en Avenida Santa Isabel N°128, determinó la existencia de diferencias entre
el stock establecido por el municipioy el saldocorroborado en inventarioefectuado
por este Organismo Fiscalizador, según se detallaa continuación:
Según
Cantidad Cantidad Saldoinventario
ProductoComprada EntregadaCGRDiferencia
Mediaguas 3 x 6 metros.251213310
Colchones o colchonetas 1
plaza.45098352O352
Frazada 1 plaza.900232668O668
Camarote 1 plaza.125O1253194
Cocinilla a gas50O502921
Consultada la señoraCodoceo Ortiz, sobre
las especies faltantesdel inventario,informó no tener explicación, tal comoconsta en
acta de validación de fecha 20 también de octubrede 2010.
En su respuesta, la administraciónmunicipal
señala que los saldosde stock de labodega ubicada en Avenida Santa Isabel N° 128,
se encuentran en regla, adjuntandoinforme de inventarioremitido por elencargado,
señor Miguel FigueroaBustos.
Asimismo,agregaque sólo existe una
diferencia en las mediaguas, a consecuencia delincendioocurrido el día28 de junio
de 2010, oportunidaden la cual se registró su entrega,quedando pendiente su
formalización, situaciónque informaregularizadael 30 denoviembre de 2010, según
guía de entrega N° 40.136 adjunta.
Sobre elparticular, cabe señalar que, la
información proporcionada por laentidad como respaldo ala respuesta, no se
corresponde con la nómina de beneficiarios entregada en su oportunidad por ese
municipio y revisadadurante la auditoría, porlo cual no es factible subsanar la
observación inicialmente formulada.
V. OTRAS OBSERVACIONES
Incremento previsional contemplado en elartículo 2°del decreto ley N° 3.501,
de 1980.
Sobre lamateria,debe precisarseque este
Organismo Fiscalizador, por mediodel dictamenN° 50.142, de 9 de septiembre de
2009, concluyó que los municipiosque habíancalculadoelincrementode que se
trata, sobre la remuneraciones afectas a cotizacionesprevisionales,creadas o
establecidas con posterioridad al 28de febrero de1981, debíancorregir dicho cálculo,
considerando sólo losemolumentosafectos con anterioridada esa data.
Además,señaló que las municipalidades que
no pagaron el aludidoincremento aplicando el erróneo procedimiento decálculo ya
descrito, debían abstenerse de actuaren ese sentido.

Tabla 23 (página 23 (texto) · 42 filas)

De los antecedentes aportadospor la entidad
y el reproceso practicado al incrementoprevisional, paralos meses de agosto 2008 y
2009, detalladosa continuación, se determinó que laMunicipalidadde Santiago,
utilizó como basede cálculo para determinar la bonificación en análisis, el sueldo base
más la protecciónartículo 15 y se constató que aplicó sobre ésta, un porcentaje del
20%, tal como lo dispone la normativa legal y reglamentaria vigente, enunciada
anteriormente, sinobservaciones que formular al respecto.
Mes Eqreso FechaMontoAclaración
Acostó 20085440 27-08-2008 50.018.964
Diferencia pagada por incremento
de sueldo base estipulado en el
artículo N° 4 de la leyN° 20.198, d
2007(aplica dictamenN° 6.105, de
Acosto 20086843 05-11-20088.798.480 2009).
Aqosto 20094444 17-08-2009 66.740.899
VI. CONCLUSIONES
Atendidas lasconsideracionesexpuestas,
durante el desarrollo del presente trabajo, correspondeconcluir que laMunicipalidad
de Santiago, haregularizado diversasobservaciones incluidas en el preinforme, no
obstante deberá abocarse a resolver lassubsistentes, a saber:
1.- En relación alcapítulo 1, sobre la ausencia
de programas decontrol a los ingresosmunicipales, almacroprocesode desarrollo
comunitario y a los recursos en administración, la autoridad edilicia deberá instruir a la
dirección de control para que incluya dentro de su planificación anual, auditorías a los
mencionados procesos, situación que será verificada enpróximas visitas, conforme a
las políticas de este Organismo sobre seguimiento de losprogramas de fiscalización.
Sobre la renovación automáticadel contrato
suscrito con laempresa SMC, el Alcalde deberáabstenerse dedisponer su
renovación, en contravención al artículo12 del decreto N° 250, de 2004,del Ministerio
de Hacienda.
Respecto a las deficiencias de funcionamiento
que presenta elsistema informático,esa autoridad deberá exigir ala empresa
proveedora, el traspaso íntegro de la base de datos histórica de todoslos procesos
municipales y lahabilitación de los módulos de remuneraciones, tránsito, patentes,
juzgados de policía local, entre otros, loque será comprobado en las próximas visitas
que se realicena la entidad, conforme a las políticasde este Organismo sobre
seguimiento de los programas de fiscalización.
2.- En cuanto alcapítulo 11, numeral 2, sobre
vencimiento de lafranquicia a retornados en los permisosde circulación,la autoridad
comunal deberá disponer el reintegro delas sumas advertidas, y efectuarlas acciones
de cobro de las diferencias de años anteriores, según loconsigna la normativa legal
vigente, informando documentadamenteal respecto a esta Entidad Fiscalizadora en el
término de 30 días.

Tabla 24 (página 24 (texto) · 29 filas)

SUBDIVISiÓNDE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DEAUDITORíA2
-20-
3.- Respectode la observación formuladaen
el capítulo 111n,umeral 1, fondos para situaciones deemergencia, el municipio deberá
contabilizar los recursos transferidospor este concepto,en la cuenta 214.05,
administración defondos, ajustándose a la normativacontable,informando
documentadamenteal respecto enel término de 30 días a esteOrganismode Control.
Acerca de latardanzaen la distribución delos
bienes adquiridos en el marco delprograma Manosa la Obra,advertida en el numeral
2; el incumplimiento en el plazodetérmino delprograma Mejoresu Vivienda,
observado en el numeral 3; y los bienessin distribuir de la ONEMI, contempladosen
el numeral 4, corresponde a esa entidadarbitrar lasmedidastendientesa asegurar la
entrega de la totalidad de los materiales, acreditando en un plazo de30 días,su
distribución a esta Contraloría General.
En cuantoal uso común delas bodegas
municipales, situación observadaen elnumeral 3.4, reiteradas en elpunto 4.2, y
capítulo IV, letrab), correspondeque esa municipalidaddispongaordenarlos
materiales dentro del recinto, por departamento o programa,a objeto deevitar suuso
en fines distintosde los que corresponde, locual seráverificadoen futuras
fiscalizaciones, conforme las políticasinstitucionales sobre seguimiento delos
programas de auditoría.
Asimismo,respectoa lo señalado enel
numeral 3.4, y reiterado en el capítulo IV, letra b), sobre bienes faltantesen bodegas,
esa autoridad deberá instruir unsumario administrativo afin de establecerlas
responsabilidadesadministrativaspertinentes, debiendo remitir el decreto quelo
ordene en el términode 10 días.
Transcríbaseal Alcalde, al concejo municipal
y a la directora de control de la Municipalidad de Santiago.
Saluda atentamente aUd.,

Tabla 25 (página 26 (texto) · 49 filas)

DIVISiÓNDE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
ÁREA DE AUDITORíA 2
REF. : 206.562/2011SOBRE RESPUESTA A INFORMEFINAL
208.374/2011N° 84 DE 2010, DE AUDITORIA ALOS
DMSAI. 619/2011MACROPROCESOS DE GENERACiÓN
DERECURSOS, DESARROLLO
COMUNITARIOY RECURSOSEN
ADMINISTRACIÓN, ENLA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.
_______________,1.
SANTIAGO,, 9. JUl Z = 1l. n 45 5 ~ 3
Mediante oficioN° 820, de 13 deabril de
2011, la administradora municipal de la Municipalidadde Santiago, informasobre el
cumplimiento de lo instruido por este Organismo de Control, en el informe final N° 84,
de 2010.
Posteriormente,a través de oficio N° 1.028,
de 12 de mayode 2011, solicitaampliaciónde plazo para hacer entregade los
antecedentes requeridospor oficioN° 1, de11 de mayo de 2011, de esteorigen,
relacionados conel informe encomento,otorgándose le cuatrodíashábiles
adicionales, a contar del plazo original, vencidoel 13 demayo del presente año.
Respecto a loadvertido enel capítulo 1,
sobre la falta de auditoríasa los ingresos municipales,al macroprocesode desarrollo
comunitario y a los recursos en administración,se acredita la ejecución de auditorías a
programas sociales durante el año2010, antecedentesque, en todo caso, no fueron
proporcionados aeste Organismo de Control en el transcurso de la fiscalización, pese
a haber sido solicitados en su oportunidad. Asimismo,informa que seincluyódentro
de la planificaciónpara elaño 2011, una fiscalizacióna los ingresos por licencias de
conducir y patentes comerciales.
Atendido loexpuesto, selevantan las
observaciones inicialmenteadvertidas, excepto, en lo que concierne almacroproceso
de recursos en administración, sobreel cual laautoridadcomunal no sepronunció.
En relación a loadvertido sobrela confección
del programa deauditoría, año 2010, sin considerarun método deevaluación de
riesgo, informa que durante el año2011, la direcciónde control estáadaptando de
manera gradual la metodología deevaluaciónde riesgos que planteael Consejo de
Auditoría Internade Gobierno, confeccionandode manera experimental matrices de
riesgo para los departamentos decontrol financiero,control de contratos,sección
subvenciones y de girosglobales.Al respecto, debeprecisarse quecontarcon tal
herramienta debeestimarse una recomendación y nouna observaciónpropiamente
tal.
Porotra parte, sobre larenovación
automática del contrato suscrito conla empresa Sistemas Modulares deComputación
Ltda., SMC, la administradora municipal informa que,al término de suvigencia, se
tendrá presente laobservación formulada por este Organismo de Control.
AL SEÑOR
ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDADDE SANTIAGO
PRESENTE
IFN

Tabla 26 (página 27 (texto) · 53 filas)

CONTRALORíA GENERAL DELAREPÚBLICA
DIVISiÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DEAUDITORíA EINSPECCiÓN
AUDITORíA 2
- 2-
En consecuencia, es factible subsanar la
obseNa~!ón for~ulada, en el entendido que esa entidadse abstendrá dedisponer la
renovacron delCitado contrato, dandocumplimientoal artículo 12, del decreto N° 250,
de 2004, delMinisterio de Hacienda,situación que será verificada poreste Ente
Fiscalizador enfuturas visitas.
En cuanto a las deficiencias de funcionamiento
del sistema informático, sostiene queen relación aloshaberes de remuneraciones,
éste cuenta con la información histórica hasta el año2008, y agrega quela empresa
SMC Ltda., seencuentra trabajandopara ingresarlosaños anteriores.Asimismo,
sobre los módulos de tránsito, patentesy juzgados de policía local, acreditaque éstos
cuentan con latotalidad de los datos cargados.
Atendido queno se acompañaron los
antecedentes sobre los haberes de remuneraciones,sesolicitó medianteoficio N° 1,
de 11 de mayode 2011, las liquidaciones de sueldodejulio y diciembrede 2008, y
agosto y diciembre de 2009, para unamuestra de funcionarios, constatándose que la
información histórica se encuentra efectivamente en el sistema.
Conforme a lo anterior, es posiblelevantar la
observación advertida previamente.
Por otra parte, sobre la carencia demanuales
de procedimientos aplicables a la dirección de tránsito y transportepúblico, la
administradoramunicipal informa queel manual fue actualizado y se encuentra en
proceso de aprobación formal.
Al respecto,conel fin de complementar la
información proporcionada por la entidad en su respuesta,se solicitó en oficio N° 1, de
11 de mayo de2011, los antecedentesque confirmanlafinalización de este proceso,
corroborándoseque mediante decretoalcaldicio N°658,de 5 de abril de 2011, se
aprobó el manual de procedimientos,siendo factiblesubsanar lo observado en
informe de la referencia.
A su vez, enrelación a lo advertido en el
capítulo 11, sobre improcedencia de descuento en elcobrode permisos decirculación
a retornados,indica que se remitieron las cartasde cobranza alos cinco
contribuyentesinvolucrados.
Considerandoquela administraciónmunicipal
no aportó los antecedentes que permitieran corroborar loanterior, se solicitó a través
del antes citado oficio N° 1, las cartas de cobranzanumeradas, fechadas y la
constancia de su envío, así como los permisos de circulación pagados en elaño 2011,
para las placaspatentes observadas.
El análisisdelos documentospermitió
corroborar la cobranza de los cinco casos identificadosy, constatar quelas placas
patentes PH-2439 y UU-8660 pagaronla diferencia almunicipio en abril de2011.
No obstante,corresponde advertirque en el
cobro del permiso de circulación 2011se comprobóuna subvaluación de$ 5.792.-
para la placa UU-8660, de acuerdo a latasación delServício de ImpuestosInternos.
Asimismo, cabeseñalar que eldueño del
automóvil placapatente SD-4172, acreditó ser funcionariode las FuerzasArmadas; y
que el propietario del vehículo patente SU-2758demostró su calidad de
discapacitado,aplicándoseles, en cada caso, elporcentaje de descuento que
contempla la normativa, situación quela entidad edilicia no informó a esteOrganismo
de Control en su oportunidad.

Tabla 27 (página 28 (texto) · 52 filas)

DIVISiÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISiÓN DE AUDITORíA E INSPECCiÓN
AUDITORíA 2
- 3 -
Precisado lo anterior, selevantala
observación formuladapara las patentes PH-2439, SD-4172,SU-2758 yTE-8778.No
obstante, se mantienela situación advertida para la placaUU-8660,en tantoese
municipio no efectúe correctamente lacobranza del permisode circulación que se
indica. Además,en losucesivo, ese municipio deberá respaldar los descuentosque
efectúe, cuandoprocedan.
En relación a lo advertido enel capítulo111,
numeral 1.2, sobre error en la imputación contable de los fondos enadministración
para situacionesdeemergencias,informa que no esposibleregularizarla
contabilización,dado que el período 2010 se encuentra cerrado y conlos informes
correspondientesremitidos a esta Contraloría General.
Al respecto, ser dará porsalvadala
observación, enel entendido que esaentidad, en el futuro,imputarálos fondosen
administración,de acuerdo a lo estipulado en la normativa contable vigente, situación
que será verificada poreste Organismode Control en futuras fiscalizaciones.
Por otra parte, en relación a loobservadoen
el Capítulo 111, numeral2.3 y 3.2, acerca de los bienes sin distribuir, adquiridos en al
marco de los programas Manos a laObra y Mejore su Vivienda, se informa que la
dirección de desarrollocomunitario enconjunto con la Corporación deDesarrollode
Santiago, han adoptadolas medidas para que en un plazo no mayor de 30 días, se
asignen en su totalidaddichos materiales.
Atendido que nose acompañaronlos
antecedentes que acrediten lo señalado" se requirió a travésde oficioN°1, de 11 de
mayo de 2011, las fichas de entrega delos materiales adquiridos con cargo a ambos
programas, correspondiente al mes deabril de 2011 y, la nómina de beneficiarioscon
el detalle de losbienesdistribuidos enel período comprendidoentre el1 de enero al
30 de abril del presenteaño.
La revisión de la documentación determinó
que esa entidaddistribuyó, al 30 de abril de 2011, bienes adquiridos con cargo alos
programas Manos a laObra y Mejoresu Vivienda, por un monto de $7.849.675.- Y
$ 7.708.481.-, respectivamente, quedando pendiente de entrega el saldo detallado a
continuación:
ProgramaSaldo al Monto BienesSaldo al
31/12/2010 distribuido Inventariables 30/04/2011
al
30/04/2011
Manos a la Obra27.130.485 7.849.675 1.554.34117.726.469
Mejore su75.451.019 7.708.481 2.735.31565.007.223
Vivienda
Total102.581.504 15.558.156 4.289.65682.733.692
En mérito de loexpuesto,corresponde
mantener la observación, mientras esaentidad edilicia no distribuya completamente
los materiales alos beneficiarios que corresponda.
En cuanto a la situación advertida en el
capítulo 111, numeral 4.1, referente a losenseres pendientes deentrega,aportadospor
la Oficina Nacional deEmergencia, ONEMI, se informa que através deoficio N°147,
ingreso 363, de29 demarzo de 2011,esa entidad devolvió aldirector regional deesa
entidad las 10carpastipo iglú que no fueron distribuidas,lo cual permite darpor
subsanada la observación.

Tabla 28 (página 29 (texto) · 48 filas)

SUBDIVISiÓN DEAUDITORíA EINSPECCiÓN
AUDITORíA 2
-4-
Respecto aluso comúndelas bodegas
municipales, situación advertida en elcapítulo 111n,umeral 3.4, y reiteradaen el punto
4.2, y el capítuloIV, número1, letrab), indica queel centro deacopioubicado en
Avenida Santa Isabel deberáser trasladado en su totalidad a la propiedad ubicada en
Avenida CarlosValdovinosN° 2.949, con motivode la ejecucióndel proyecto
comunitario a desarrollarse enese terreno.
En relacióna la materia,confecha 30 de
mayo de 2011, se practicó una visita inspectiva a la citada bodegade Avenida Carlos
Valdovinos, pudiendo corroborar quese encuentradisponible elespacio donde se
almacenarán losbienes del departamento social, quedando los enseresdebidamente
separados por unidad, lo cualpermite levantar la observación.
Asimismo, respecto a loadvertido en el
capítulo IV, numeral 1, referente a lasdiferencias deinventario enla bodega ubicada
en Avenida Santa Isabel N°128, indica que los saldos se encuentranen regla, y
aclara que la dirección de protección civil y emergencias, tambiénadquirió frazadas y
colchones, los que fueron almacenados en el centro de acopiode Avenida Carlos
Valdovinos.
Considerandoque los bienes con diferencias
no solo fueron almacenadosen las bodegas de Avenida Santa Isabel,se solicitó a
través de oficioN° 1, de 11de mayo de 2011, elmovimientode existencias del
aludido centro deacopio.
El examen delos antecedentes aportados por
la entidad, permitió corroborarque no existen discrepancias en el stock demediaguas,
colchones, frazadas, camarotes y cocinillas a gas, de las aludidas bodegas, siendo
factible subsanarlo observadoinicialmente.
Finalmente,en relación alas diferencias de
stock, detalladasen el capítulo 111n,umeral 3.4, reiterado en el capítulo IV, número 1,
letra b), informa que a travésde decreto alcaldicio N°1.559, de 30de marzo de 2011,
la autoridad edilicia instruyósumarioadministrativo,a fin de determinareventuales
responsabilidadesadministrativas enlos hechos,no obstante, elmencionado
documento no se encuentraformalizado con la firma del Alcalde yel secretario
municipal.
Conforme loanterior, no es factible subsanar
la situación advertida, mientras no se formalice tal decreto, relativoal sumario por las
diferencias de existencias detectadaspor este Organismo de Control enlas bodegas
de calle AldunateN° 841, quese detallan en documento anexo.
Remítase copia al concejomunicipal y a la
dirección de control de la Municipalidadde Santiago.
Saluda ~tfu:~~nte a Ud.,
/
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POR ORDEN DEL CONTRALORGENERAL