Informe Seguimiento N° 176 21

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Tabla 1 (página 1 · 5 filas)

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NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma28/04/2021
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Tabla 2 (página 2 · 5 filas)

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NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma28/04/2021
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Tabla 3 (página 3 · 5 filas)

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NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
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Tabla 4 (página 6 (texto) · 33 filas)

ICONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDADDE INSPECCIÓNDE OBRAS
Resumen Ejecutivo Informe Final N°176, de 2021
Municipalidad de Santiago
Objetivo: La fiscalización tuvo por objetorealizar una auditoría alPrograma de
Revitalización de Barrios e Infraestructura Patrimonial Emblemática, PRBIPE,
financiado con recursosdel préstamo internacional N°3564/OC-CH, suscrito entre el
Banco Interamericano de Desarrollo,BID, yla República de Chile, ysubejecutado,
por la Municipalidadde Santiago, entre el 1de eneroy el 31 de diciembre de 2020.
La finalidad de la revisión fue verificar si los ingresos y gastos cumplen con las
disposiciones legales,reglamentarias y contractuales que resultan aplicables,
evaluando además las actividades decontrolinterno implementadas para la correcta
ejecución del préstamo.
En tal sentido, el trabajo se orientóa comprobar que los gastosefectuados se
encuentren debidamente documentados,sus cálculos sean exactos y estén
adecuadamente registrados y contabilizados.
Preguntas de la Auditoría:
 ¿Administró el municipio las cuentas corrientes bancarias empleadas para la
gestión de los recursosdel préstamoconforme a la normativa aplicable?
 ¿Llevó la entidadauditada la contabilidadde sus operaciones conforme dicta la
normativa atingente?
 ¿Contó la municipalidad con procedimientos de control que aseguren la correcta
ejecución del préstamo?
 ¿Dio cumplimientola entidad ediliciaa lascláusulasy términos establecidos en el
contrato de préstamo N° 3564/OC-CH, enel Reglamento Operativodel Programa
y en las normas que resulten aplicables?
Principales Resultados:
Se constató queel municipio noha concluido el procedimiento disciplinario
ordenado medianteeldecreto sección tercera N° 516, de 2018, dedicha entidad
edilicia, lo que no se ajusta a lo dispuesto en los artículos 124, incisotercero, y 133,
inciso segundo, ambos de la ley18.883,Estatuto Administrativo para
Funcionarios Municipales, que disponenque lasinvestigacionessumarias no
podrán exceder decinco días y la investigación delos hechos enlos sumarios
administrativos deberárealizarse enel plazo de veinte días.

Tabla 5 (página 7 (texto) · 36 filas)

Por lo anterior, esa entidadedilicia deberá acreditar en el plazode 15 días hábiles,
contado desde larecepcióndel presente informe, la finalización delprocedimiento
disciplinario encomento,lo cual formará parte de una próximaactividad de
seguimiento.
A su turno, esemunicipio deberá incoar un procedimiento disciplinario tendiente a
determinar las eventualesresponsabilidadesadministrativasde los funcionarios
que participaronen el hecho de la tardanza objetada, remitiendo ala Unidad de
Seguimiento deFiscalía deesta Entidad de Control copia delactoadministrativo
que lo ordene instruir en elplazo de 15 días hábiles, contadodesde la recepción
de este documento.
Por su parte, laentidad fiscalizada no acreditó la existenciade un decreto que
apruebe el pago realizado para el proyecto N° 1310119193,denominado
“Adquisición de inmueble Carmen 1320”, por un monto de $ 650.102.015, situación
que incumple la resoluciónN° 30, de 2015, quefija normas de procedimiento sobre
rendición de cuentas, y laresolución exentaN° 1.485, de1996,que Aprueba
Normas de Control Interno,ambas de este origen. Por lo tanto, esamunicipalidad
deberá acreditaren el plazo de 60 días hábiles, contado desde larecepción del
presente informe, la regularización del decretode pago que sanciona el señalado
desembolso.
Asimismo, se comprobó laexistencia de un saldo impago de$11.324.626, a raíz
del desembolsoparcial de la factura N° , de 25 de julio de2020,emitida por la
sociedad Luis Estay Valenzuela y CompañíaLtda., debido a trabajos efectuados
en el proyectoN° 13101180704 "Reposición Luminaria LED Sector Portales
Matucana Norte", situaciónque infringe el artículo 2º quáter, de la ley N° 19.983,
que Regula la Transferencia y Otorga MeritoEjecutivo a la Copiade la Factura,
que establece que “Respecto de los contratos de suministro yprestación de
servicios que secelebren por los organismospúblicos afectosa lasnormas de la
ley Nº 19.886, lospagos a sus proveedores deberán efectuarsedentro de los treinta
días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento
tributario de cobro, salvo enel caso de las excepciones legalesque establezcan un
plazo distinto. Sin perjuiciode lo anterior, dichas entidades podránestablecer un
plazo de hasta sesenta díascorridos (…)”
En consecuencia, esa entidad edilicia deberá acreditar el pagodel saldo adeudado
por la factura N°, emitida por la sociedadLuis Estay Valenzuela y Compañía
Ltda., en virtudde los trabajos efectivamente ejecutadosen el proyecto N°
13101180704 "ReposiciónLuminaria LED Sector Portales MatucanaNorte", en un
plazo de 60 díashábiles, contado desde la recepción del presente informe.

Tabla 6 (página 8 (texto) · 33 filas)

PTMO. N° 24.019/2021INFORME FINAL N° 176,DE 2021,
SOBRE AUDITORÍA AL PROGRAMA DE
REVITALIZACIÓN DEBARRIOS E
INFRAESTRUCTURAPATRIMONIAL
EMBLEMÁTICA, FINANCIADO CON
RECURSOS DELPRÉSTAMO
INTERNACIONAL N°3564/OC-CH,
SUBEJECUTADOPOR LA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.
SANTIAGO,
En cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta Entidad de Controlpara el año 2021, y en conformidad con lo
establecido en los artículos95 y siguientes de la ley N° 10.336, deOrganización y
Atribuciones de la Contraloría General de la República, y 54 del decreto ley N°1.263,
de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuna auditoría
al Programa de Revitalización de Barrios e Infraestructura PatrimonialEmblemática,
PRBIPE, financiado con recursos delpréstamo internacional N°3564/OC-CH,
suscrito entre el Banco Interamericanode Desarrollo, BID, y la República de Chile,
y subejecutado, por la Municipalidad de Santiago, entre el 1 de enero y el 31 de
diciembre de 2020.
JUSTIFICACIÓN
En virtud de la coordinación existente entre
el BID y esta ContraloríaGeneral, seacordó que este Organismo de Control,
conforme a su disponibilidad, efectuaría las auditorías externas delos proyectos
financiados con recursosde esa entidad bancaria. En ese contexto, ambas
instituciones en conjunto determinaron la cartera de proyectos a fiscalizar durante el
período 2020, dentro de los cuales seencuentra el aludido contratode préstamo
N°3.564/OC-CH, PRBIPE, ejecutado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
Administrativo, SUBDERE,y como subejecutores del mismo, a losmunicipios de
AL SEÑOR
RENÉ MORALES ROJAS
CONTRALOR REGIONAL
I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
PRESENTE

Tabla 7 (página 9 (texto) · 34 filas)

Arica, Coquimbo, Cartagena,Lota, Ñuñoa,Providencia, Estación Central y Santiago.
Asimismo, a través de estaauditoría, esta
Contraloría Generalbusca contribuir a la implementación y cumplimiento de los 17
Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados por la Asamblea General de las
Naciones Unidas en su Agenda 2030, para laerradicación dela pobreza, la
protección del planeta y la prosperidad de toda lahumanidad.
Entalsentido, la revisión de esta
Contraloría Regional se enmarca en losODS Nos 11, Ciudadesy Comunidades
Sostenibles, y 16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
ANTECEDENTES GENERALES
Medianteel decreto N° 1.177, de 2015, del
Ministerio de Hacienda, se autorizó la contratación deun crédito externo con el BID
hasta por un montode US$ 90.000.000,destinadoa financiarparcialmente el
PRBIPE. Luego, a través del decreto N°2.037,de 18 de diciembre de la misma
anualidad, de la citada cartera de Estado,se aprobóel Contratode Préstamo N°
3.564/OC-CH, celebrado entre la Repúblicade Chile yel BID el 24 de noviembre de
2015, el cual quedó totalmente tramitado el9 de febrero de 2016.
El objetivogeneral del referido programa es
implementar nuevos modelos de gestión paralarevitalizaciónde barrios e
infraestructura patrimonialemblemática,con el propósito de:(i) mejorar las
condiciones de habitabilidady del entornode barriosde la población residente; (ii)
poner en valor sus inmuebles patrimoniales; (iii) incrementar su actividad comercial
y cultural; y (iv) fomentar la participación desus residentes en su revitalización.
Enarmonía con lo anterior, el Reglamento
Operativo del Programa, ROP, aprobado por medio dela resoluciónexenta N° 6.755,
de 10 de junio de 2016, dela SUBDERE,precisa que una de lascaracterísticas
generales del modelo del programa, es laejecucióncentrada enel municipio con
apoyo a nivel nacional y regional, lo cual buscafortalecer lainstitucionalidad
existente, con el objeto deinstalar capacidades,lograr apropiación y aprovechar
aprendizajes, para lo cualla realizaciónde losplanes de rehabilitación barrial
quedará en los municipios,específicamente ensuSecretaríade Planificación
Comunal, SECPLAN, definiéndolos como subejecutores del programa, a través del
equipo PRBIPE comunal que se crearáparaconcretar los fines del referido
programa.
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Tabla 8 (página 10 (texto) · 35 filas)

Agrega, que el modeloen comento se basa
en un Plan de Rehabilitación Barrial, PRB,desarrollado por elmunicipio que busca
generar una estrategia integral de intervención, destinada a superar laobsolescencia
funcional del barrio en suconjunto de modo participativo, pormedio de acciones
planificadas de distinta naturaleza.
Asu vez, añade que encuanto al uso de los
recursos del préstamo, éstos sólo podrán ser utilizados para pagar gastos que
cumplan con los siguientesrequisitos: (i)que sean necesariosparael programa y
estén en concordancia conlos objetivosdel mismo; (ii) queseanefectuados de
acuerdo con las disposiciones del contrato y las políticas delbanco;(iii) que sean
adecuadamente registrados y sustentadosen los sistemas delorganismo ejecutor,
y (iv) que sean efectuadoscon posterioridad al 21 de octubrede 2015 y antes del
vencimiento del plazo original del desembolso o sus extensiones.
Sobre el particular, cabe precisar que a
través de los decretos exentos Nos. 3.378, de 2016, de la SUBDERE, y 1.161, de
2017, de la Municipalidadde Santiago,se aprobó el acuerdo desubejecución
suscrito entre ambas entidades, para efectos de la realizacióndel antedicho
programa.
Cabe indicar que, con carácter confidencial,
mediante el oficioN° E89.357, de 26 de marzo de 2021, de este origen, fue puesto
en conocimientodel Alcalde de la Municipalidad de Santiago elpreinforme de
observaciones N°176, delmismo año, conla finalidad de que formulara los alcances
y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo cual se concretó a través del oficio
N° 254/2021, de19 deabril de igualanualidad, cuyos antecedentes fueron
considerados parala elaboración del presente informe final.
OBJETIVO
Lafiscalización tuvo por objeto realizar una
auditoría al Programa deRevitalizaciónde Barrios e Infraestructura Patrimonial
Emblemática, PRBIPE, financiado conrecursos del préstamointernacional
N°3564/OC-CH, suscrito entre el BancoInteramericano de Desarrollo, BID, y la
República de Chile, y subejecutado, por laMunicipalidad de Santiago, entre el 1 de
enero y el 31 de diciembrede 2020.
Lafinalidad de la revisión fueverificar si los
ingresos y gastos cumplen con las disposiciones legales, reglamentarias y
contractuales queresultanaplicables, evaluando además las actividades de control
interno implementadas parala correcta ejecución del préstamo.

Tabla 9 (página 11 (texto) · 31 filas)

UNIDAD DEINSPECCIÓNDE OBRAS
En talsentido, el trabajo se orientó a
comprobar que losgastos efectuados se encuentren debidamente documentados,
sus cálculos sean exactos y esténadecuadamente registrados ycontabilizados.
METODOLOGÍA
El examen se realizó de acuerdo con la
metodología de auditoría de esteOrganismo Fiscalizador y con los procedimientos
sancionados mediante la resolución N° 20, de 2015, que Fija Normas que Regulan
las Auditorías Efectuadas por la Contraloría General de la República, considerando
además, la resolución exenta N°1.485, de 1996, que Aprueba Normas de Control
Interno, ambas deeste origen,determinándose la realización de pruebas de
auditoría en la medida que seestimaronpertinentes, tales como, análisis
documental, validaciones en terreno, entre otros. Asimismo, se practicó un examen
de las cuentas de ingresos y gastos relacionadas con la materia en revisión.
Las observaciones que la Contraloría
General formula con ocasión delas fiscalizaciones que realiza, se clasifican en
diversas categorías, según su grado de complejidad. En efecto, se entiende por
Altamente Complejas (AC) / Complejas (C), aquellas observaciones que, de acuerdo
a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventualesresponsabilidades
funcionarias, son consideradas deespecial relevancia por la Contraloría General; en
tanto, se clasificancomo Medianamente Complejas (MC) / Levemente Complejas
(LC), aquellas que tienen menor impacto en esos criterios.
UNIVERSO Y MUESTRA
De conformidad con los antecedentes
proporcionados por la Unidadde Auditoría3 de la II Contraloría Regional
Metropolitana de Santiago, se definió como universo el total de gastos rendidos por
la Municipalidad deSantiago y aprobados por laSUBDERE entreel 1 de enero y el
31 de diciembre de2020, los cuales asciendena $ 5.749.740.365, constituidos por
206 decretos de pago, cuyo detallese señala enel anexo N° 1 deeste informe.
La muestra se determinó analíticamente,
seleccionándose 10 decretos depago que ascienden a $ 5.235.222.528, cuyo
detalle se encuentraen el anexo N° 2 del presente informe.

Tabla 10 (página 12 (texto) · 34 filas)

I CONTRALORÍAREGIONALMETROPOLITANADE SANTIAGO
UNIDAD DE INSPECCIÓN DE OBRAS
RESULTADODE LA AUDITORÍA
Del examen practicado, y considerando los
argumentos yantecedentesaportadospor la entidad en su respuestaacerca de las
circunstanciasobservadasen esteinforme, se determinaron las siguientes
situaciones:
I. ASPECTOSDE CONTROL INTERNO
El estudio de la estructura de control interno
y de sus factores de riesgo,permitió obtener una comprensión del entorno en que
se ejecutan lasoperaciones,del cual se desprende lo siguiente:
El Informe FinalN° 162, de2020, sobre
auditoría al programa de Revitalización de Barrios e Infraestructura Patrimonial
Emblemática,Financiado conRecursosdel Préstamo Internacional N°3564/OC-CH,
Subejecutadopor la Municipalidad deSantiago, ordenóal municipio concluir el
procedimientodisciplinario sancionadomediante el decreto sección tercera N° 516,
de 22 de mayode 2018, debiendo remitir copia del acto que lo afina aesta Entidad
de Control, situación que noocurrió enla especie.
A solicitud de esta Contraloría Regional, el
8 de marzo de 2021 -habiendo transcurrido 735 díasdesde su instrucción- el
municipio informó que el nombrado procedimiento se encuentra en etapa de vista
fiscal, esperando prontamente remitir el expediente al señor Alcalde.
Lo descrito constituye una vulneración a lo
dispuesto en los artículos 124, inciso tercero, y 133, incisosegundo, ambos de la ley
N° 18.883, Estatuto Administrativo paraFuncionarios Municipales, quedisponen que
las investigaciones sumariasno podránexceder de cincodías y la investigación de
los hechos enlos sumarios administrativos deberá realizarse en el plazo de veinte
días, respectivamente.
Asimismo, el artículo 141 de la mencionada
ley, estableceque vencidoslos plazosde instrucción deun sumarioy no estando
éste afinado,el alcalde quelo ordenó deberá revisarlo,adoptandolas medidas
tendientes a agilizarlo y determinar laresponsabilidad del fiscal, sinperjuicio que,
conforme lo dispone el artículo 28 de laanotada ley N° 18.695, le corresponda a la
unidad jurídicade cada entidad edilicia supervigilar los procesos disciplinarios en
tramitación (aplica dictamenN° 685, de2013, de este origen).

Tabla 11 (página 13 (texto) · 34 filas)

UNIDADDE INSPECCIÓNDE OBRAS
En susdescargos, la Municipalidad de
Santiago confirmó el hechoobjetado, argumentando que los tiempos de la
instrucción del sumario fueronafectados por el número de funcionarios a que se le
formulan cargos, la inhabilidaddel fiscal primitivoy las condiciones de trabajo bajo
la pandemia porel Covid 19.
No obstante lo anterior, el municipio afirmó
que, durante elcurso del presente año, tendráafinado el señaladoprocedimiento
disciplinario.
Atendidoque el procedimiento disciplinario
iniciado por la Municipalidad de Santiago y ordenado concluir en el mencionado
Informe Final N° 162, de 2020 continua en proceso, correspondemantener la
observación formulada.
II. EXAMEN DELA MATERIAAUDITADA
1. Respecto de las rendicionesde cuentas.
Duranteel presente examen, el municipio
no acreditó la debida aprobación del desembolsopara el proyecto N°1310119193,
denominado “Adquisición deinmueble Carmen 1320”, porel monto de
$ 650.102.015, toda vez que el decreto de pagoproporcionado -N°3707, del 17 de
julio de 2020-carece de autorizaciones y consigna de formatransversal al
documento la leyenda “nulo”.
No obstante lo anterior, consta en los
registros de la entidad edilicia,la contabilizacióndel pago, así comosu cargo en la
cuenta corrientePRBIPE.
Atendidala ausencia de un decreto de pago
debidamente sancionado, surge una transgresióna la resolución N° 30, de 2015, de
este origen, quefija normas deprocedimiento sobre rendición de cuentas, que en su
artículo 2°, letrac), indica quetoda rendición decuentas estará constituida por los
comprobantes de egresos conla documentaciónauténtica o la relación y ubicación
de esta cuando proceda, que acrediten todos los desembolsos realizados.
Asimismo, el artículo 10 agrega que se entenderá por expediente de rendición de
cuentas, la serie ordenadade documentosque acrediten lasoperaciones
informadas, situación que no sucedió en la especie.
Asimismo, el párrafo N° 53de la citada
resolución exenta N° 1.485, de 1996, indica que, “La autorizaciónes la principal

Tabla 12 (página 14 (texto) · 36 filas)

CONTRALORÍA GENERALDE LA REPÚBLICA
I CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEINSPECCIÓN DE OBRAS
forma de asegurar que solo seefectúen transacciones y hechos validos de
conformidad con lo previsto por la dirección”.
En su respuesta, lamunicipalidad
fiscalizada confirmó laobservacióny argumentó, respectode la emisión del decreto
de pago y su posterior anulación,la existencia de dos posiciones en cuanto a la
oportunidad deemisión del mismoentre los directivos delas unidades que debían
concurrir su firma, hecho que no pudo ser solucionado, resultando laanulación del
documento.
Agregó, que luego, yatendido el
cumplimiento de las condiciones para elpagocomprometido, se procedió al endoso
del vale vista.
Finalmente, solicitó a estaEntidad de
Control instrucciones claras y precisas respecto de la necesidad y oportunidad de la
emisión del decreto de pago en relación conla toma deun vale vista y posterior
endoso del mismo.
Considerada la ratificación delo observado
por parte del municipio, corresponde mantenerla objeción.
En cuanto a la solicitud deinstrucciones
claras y precisas formulada por la entidadexaminada,cabe reiterar que tales
requerimientosdebenser presentadosen la forma que este Organismo de Control
a dispuesto ensu oficio N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la
atención de solicitudesde pronunciamiento jurídico.
2. Pago parcialde factura.
Se verificó que la Municipalidad de Santiago
mantiene, al 15de marzo de 2021, un saldoimpago de$11.324.626 a raíz del
desembolso parcial dela factura, de25 de juliode 2020,emitida por la
sociedad LuisEstayValenzuelay Compañía Ltda.,por un monto total de
$ 80.461.850,debidoa trabajosefectuados en el proyecto N°13101180704
"Reposición LuminariaLED SectorPortales Matucana Norte".
Luego, de los antecedentestenidos a la
vista, es posibleadvertir que la correctaejecución de lasmencionadas labores fue
ratificada en eldenominado “Certificadode Recepción deObras", de19 de agosto
de 2020, emitido por el respectivoInspector Técnico deObras y detalladas en su
estado de pagoN° 1.

Tabla 13 (página 15 (texto) · 36 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
I CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE INSPECCIÓN DE OBRAS
Del mismomodo, se acreditó que con fecha
11 de noviembre de igual anualidad, elmunicipiosancionó mediante el decreto de
pago N° 6.934, un único abono de $69.137.224 imputable a la factura en comento.
Debido a lo anterior, laentidad edilicia ha
mantenido durante 149 días un saldo pendiente de pago, sin que conste la
suscripción de algúnacuerdo con elproveedorque estipule un plazo de pago
excepcional en los términos que establece la ley.
Lo anteriorcontraviene elartículo 2º quáter,
de la ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Merito Ejecutivo a la Copia
de la Factura y queestablece que “Respecto de los contratos de suministro y
prestación de servicios que se celebrenpor los organismos públicos afectos a las
normas de la ley Nº 19.886, los pagos asus proveedores deberánefectuarse dentro
de los treinta días corridos siguientes ala recepción de la factura o del respectivo
instrumento tributariode cobro, salvo en el casode las excepciones legales que
establezcan un plazodistinto. Sin perjuicio de lo anterior, dichasentidades podrán
establecer un plazo dehasta sesenta días corridos(…)”.
Sobre lamateria, la municipalidad en su
contestación reconociólos hechos observados, añadiendo queel 11 de marzo de
2021 fueron remitidos los antecedentes a la Subdirección de Contabilidad y
Finanzas, solicitando el pago del saldo de la facturaNº , la cual emitió el decreto
de pago N° 1.314, de15 de marzo de 2021, por lacantidad de $11.324.626, y que
al día de hoy según señala, se encuentra en revisión en la Dirección de Control.
Atendido que el municipio no proporcionó
antecedentes adicionales que permitan acreditarel pago delsaldo adeudado,
corresponde mantenerla observación.
CONCLUSIONES
Atendidaslas argumentaciones expuestas
durante el desarrollo del presente informe, la entidad edilicia aportó antecedentes
que no permitieron subsanar lo objetadoen el presente informe.
A su turno,ese municipiodeberá incoar un
procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventualesresponsabilidades
administrativas de losfuncionarios que participaron en el hecho objetado en el
acápite I “Aspectos deControl Interno”,remitiendoa la Unidad de Seguimiento de
Fiscalía de esta Entidad de Control copia del acto administrativo que lo ordene

Tabla 14 (página 16 (texto) · 36 filas)

UNIDAD DE INSPECCIÓN DEOBRAS
instruir en elplazo de15 días hábiles, contadodesde la recepción de este
documento (C).
Ahora bien,en relación conlas objeciones
que se mantienen, la entidad deberá adoptar las medidas con el finde dar estricto
cumplimiento alas normas legales y reglamentariasque las rigen, entre las cuales
se estima necesario considerar a lo menos las siguientes:
1. Acreditaren el plazo de 15 días hábiles,
contado desdela recepción de esteinforme, lafinalización delprocedimiento
disciplinario ordenado mediante el decreto sección tercera N° 516, de2018, indicado
en el acápite I“Aspectosde Control Interno”, lo cual formará parte de una próxima
actividad de seguimiento(C).
2. Acreditaren un plazo de 60 días hábiles,
contado desdela recepción del presente informe, la regularizacióndel decreto de
pago que sanciona el desembolso para el proyecto N°1310119193, denominado
“Adquisición deInmueble Carmen 1320”, señaladoen el numeral 1, del acápite II
“Examen de laMateria Auditada”, respecto de las rendiciones de cuentas (MC).
3. Acreditarel pago del saldoadeudado de
la factura N°, emitida por la sociedad Luis Estay Valenzuela y Compañía Ltda.
en virtud de lostrabajosefectivamenteejecutados en el proyecto N°13101180704
"Reposición Luminaria LED Sector Portales Matucana Norte", mencionado en el
numeral 2, delacápite II“Examen de laMateria Auditada”, en un plazo de 60 días
hábiles, contado desde larecepción deeste documento (MC).
Finalmente,para aquellasobservaciones
que se mantienen, quefueron catalogadas comoAC y/o C, identificadas en el
“Informe de Estado de Observaciones”,de acuerdoal formato adjunto en el Anexo
N° 3, las medidas queal efecto implemente el municipio, deberánacreditarse y
documentarseen el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, que esta Entidad de
Control puso adisposición de las entidades públicas, según lo dispuesto en el oficio
N° 14.100, de6 de juniode 2018, de este origen enun plazo de 60días hábiles, o
aquel menor que se hayaindicado, contado desde larecepción del presente informe.
Respecto deaquellas observaciones que se
mantienen y que fueroncategorizadascomo MC y/o LC, en el citado “Informe de
Estado de Observaciones”, el cumplimiento de las acciones correctivas requeridas
deberá ser informadopor las unidades responsables al Encargado de
Control/AuditorInterno, através del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el
plazo de 60 días hábiles,quien a su vezdeberá acreditar y validar enlos siguientes

Tabla 15 (página 17 · 3 filas)

Firmado electrónicamente por:
Nombre:CRISTIAN MARAMBIO LIZAMA
Cargo:Jefe de Unidad de Control Externo
Fecha:28/04/2021

Tabla 16 (página 18 · 32 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
1705301-09-2017$ 3.261.248INFRAESTRUCTURA
2705401-09-2017$ 6.543.600INFRAESTRUCTURA
3722808-09-2017$ 10.094.578INFRAESTRUCTURA
4722808-09-2017$ 9.189.512INFRAESTRUCTURA
535812-01-2018$ 6.668.102INFRAESTRUCTURA
698407-02-2018$ 740.900INFRAESTRUCTURA
7430603-06-2019$ 227.800INFRAESTRUCTURA
8430703-06-2019$ 227.800INFRAESTRUCTURA
9459810-06-2019$ 272.200INFRAESTRUCTURA
10459910-06-2019$ 272.200INFRAESTRUCTURA
11523128-06-2019$ 160.000.000INFRAESTRUCTURA
12523228-06-2019$ 240.000.000INFRAESTRUCTURA
13825310-10-2019$ 3.150.000.000INFRAESTRUCTURA
14858722-10-2019$ 3.522.509GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
15887411-11-2019$ 125.136GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
16889311-11-2019$ 9.597.083GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
17910319-11-2019$ 324.593GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
18910719-11-2019$ 233.977GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
19946928-11-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
20946928-11-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
21946928-11-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
22946928-11-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
23946928-11-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
24946928-11-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
25946928-11-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
26946928-11-2019$ 129.629FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
27946928-11-2019$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
28979909-12-2019$ 232.189GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
291002116-12-2019$ 1.857.519INFRAESTRUCTURA
301006217-12-2019$ 543.292GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
311010818-12-2019$ 2.032.834GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
321020619-12-2019$ 1.243.944GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Tabla 17 (página 19 · 39 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
331036523-12-2019$ 900.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
341036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
351036523-12-2019$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
361036523-12-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
371036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
381036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
391036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
401036523-12-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
411036523-12-2019$ 2.222.223FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
421036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
431036523-12-2019$ 1.500.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
441036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
451036523-12-2019$ 1.944.445FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
461036523-12-2019$ 733.333FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
471052631-12-2019$ 410.000INFRAESTRUCTURA
484708-01-2020$ 272.800INFRAESTRUCTURA
4947328-01-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5047328-01-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5147328-01-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5247328-01-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5347328-01-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5447328-01-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5547328-01-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5647328-01-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5747328-01-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5847328-01-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5947328-01-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
6047328-01-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
6147328-01-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
6247328-01-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
6347828-01-2020$ 24.000.000GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
6449329-01-2020$ 219.295.931INFRAESTRUCTURA
6549429-01-2020$ 219.229.444INFRAESTRUCTURA
6662205-02-2020$ 253.322GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
6763205-02-2020$ 299.880GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
6863405-02-2020$ 129.798GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
6963505-02-2020$ 38.170GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7063705-02-2020$ 43.963GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7182112-02-2020$ 1.557.900GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Tabla 18 (página 20 · 34 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
7283313-02-2020$ 47.600GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7384213-02-2020$ 105.000GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7491517-02-2020$ 392.462GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7591617-02-2020$ 2.323.268GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7691717-02-2020$ 1.400.148GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7791817-02-2020$ 839.396GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7892518-02-2020$ 796.396GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
7992618-02-2020$ 535.595GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
80102920-02-2020$ 275.000.000INFRAESTRUCTURA
81110124-02-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
82110124-02-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
83110124-02-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
84110124-02-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
85110124-02-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
86110124-02-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
87110124-02-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
88110124-02-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
89110124-02-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
90110124-02-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
91110124-02-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
92110124-02-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
93110124-02-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
94110124-02-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
95110324-02-2020$ 30.138.315GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
96133503-03-2020$ 30.000.000DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y CULTURAL
97164319-03-2020$ 13.382.000DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y CULTURAL
98164419-03-2020$ 27.098.531GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
99168824-03-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
100168824-03-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
101168824-03-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
102168824-03-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
103168824-03-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
104168824-03-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
105168824-03-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Tabla 19 (página 21 · 41 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
106168824-03-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
107168824-03-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
108168824-03-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
109168824-03-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
110168824-03-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
111168824-03-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
112168824-03-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
113196415-04-2020$ 2.636.159GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
114196515-04-2020$ 202.919GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
115207922-04-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
116207922-04-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
117207922-04-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
118207922-04-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
119207922-04-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
120207922-04-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
121207922-04-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
122207922-04-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
123207922-04-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
124207922-04-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
125207922-04-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
126207922-04-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
127207922-04-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
128207922-04-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
129224105-05-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
130247020-05-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
131252425-05-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
132252425-05-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
133252425-05-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
134252425-05-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
135252425-05-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
136252425-05-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
137252425-05-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
138252425-05-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
139252425-05-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
140252425-05-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
141252425-05-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
142252425-05-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
143252425-05-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
144252425-05-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
145293119-06-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
146306026-06-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Tabla 20 (página 22 · 40 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
147306026-06-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
148306026-06-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
149306026-06-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
150306026-06-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
151306026-06-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
152306026-06-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
153306026-06-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
154306026-06-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
155306026-06-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
156306026-06-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
157306026-06-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
158306026-06-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
159306026-06-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
160367415-07-2020$ 30.138.315GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
161376520-07-2020$ 4.071.368INFRAESTRUCTURA
162388923-07-2020$ 2.377.124GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
163390324-07-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
164407228-07-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
165407228-07-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
166407228-07-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
167407228-07-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
168407228-07-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
169407228-07-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
170407228-07-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
171407228-07-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
172407228-07-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
173407228-07-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
174407228-07-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
175407228-07-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
176407228-07-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
177407228-07-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
178419131-07-2020$ 180.496GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
1793707 (*)31-07-2020$ 650.102.015INFRAESTRUCTURA
180436910-08-2020$ 333.796GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
181452217-08-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
182466324-08-2020$ 183.320.690INFRAESTRUCTURA
183473026-08-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
184473026-08-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
185473026-08-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
186473026-08-2020$ 2.800.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Tabla 21 (página 23 · 21 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO (APROBADO POR LA SUBDERE)COMPONENTE
187473026-08-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
188473026-08-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
189473026-08-2020$ 2.300.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
190473026-08-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
191473026-08-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
192473026-08-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
193473026-08-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
194473026-08-2020$ 2.012.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
195473026-08-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
196473026-08-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
197480328-08-2020$ 69.137.224INFRAESTRUCTURA
198578025-09-2020$ 1.000.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
199578025-09-2020$ 931.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
200578025-09-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
201578025-09-2020$ 1.552.501FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
202578025-09-2020$ 2.012.500FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
203578025-09-2020$ 2.200.000FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
204609305-10-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
205628819-10-2020$ 1.476.552GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
206693411-11-2020$ 69.137.224INFRAESTRUCTURA
TOTAL$ 5.749.740.365

Tabla 22 (página 24 · 11 filas)

#N° DECRETO DE PAGOFECHA DECRETO DE PAGOMONTO APROBADO POR LA SUBDERECOMPONENTE
1523128-06-2019$ 160.000.000INFRAESTRUCTURA
2523228-06-2019$ 240.000.000INFRAESTRUCTURA
3825310-10-2019$ 3.150.000.000INFRAESTRUCTURA
449329-01-2020$ 219.295.931INFRAESTRUCTURA
549429-01-2020$ 219.229.444INFRAESTRUCTURA
6102920-02-2020$ 275.000.000INFRAESTRUCTURA
73707 (*)31-07-2020$ 650.102.015INFRAESTRUCTURA
8466324-08-2020$ 183.320.690INFRAESTRUCTURA
9480328-08-2020$ 69.137.224INFRAESTRUCTURA
10693411-11-2020$ 69.137.224INFRAESTRUCTURA
TOTAL$ 5.235.222.528

Tabla 23 (página 25 · 3 filas)

N° OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR EL CONTRALOR REGIONAL EN EL INFORME FINALNIVEL DE COMPLEJIDADMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOOBSERVACIÓN Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
Acápite I, "Aspectos de Control Interno".Sobre procedimiento disciplinario.Acreditar en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este informe, la finalización del procedimiento disciplinario sancionado mediante decreto sección tercera N° 516, de 2018.Compleja (C)
Acápite I, "Aspectos de Control Interno".Sobre procedimiento disciplinario.Remitir copia, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este documento, a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Entidad de Control, del acto administrativo que disponga el inicio el procedimiento disciplinario que deberá incoar la Municipalidad de Santiago.Compleja (C)
Numeral 1, del acápite II "Examen de la Materia Auditada".Respecto de las rendiciones de cuentas.Acreditar en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, la regularización del decreto de pago que sanciona el desembolso para el proyecto N°1310119193, denominado “Adquisición de Inmueble Carmen 1320”.Medianamente Compleja (MC)

Tabla 24 (página 26 · 1 filas)

N° OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR EL CONTRALOR REGIONAL EN EL INFORME FINALNIVEL DE COMPLEJIDADMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOOBSERVACIÓN Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
Numeral 2, del acápite II "Examen de la Materia Auditada".Pago parcial de factura.Acreditar el pago del saldo adeudado de la factura N° , emitida por la sociedad Luis Estay Valenzuela y Compañía Ltda. en virtud de los trabajos ejecutados en el proyecto N° 13101180704 "Reposición Luminaria LED Sector Portales Matucana Norte", en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe.Medianamente Compleja (MC)