Informe Final N° 1095 de 2015

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Tabla 1 (página 1 (texto) · 6 filas)

N DE MUNICIPALIDADE
ÁREAAUDITORÍA
RMEFINA
cación de la
de Santiago
Informe:1.095/2015
5 de febrero de 2016

Tabla 2 (página 2 (texto) · 32 filas)

DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
PMET. N° : 16.066/ 2015REMITE INFORMEFINAL QUE INDICA
DMSAI. N° : 2.645/2015
REF. N° : 245.238/2015
SANTIAGO,(cid:9) fi 5.*00158 FEB 1 6
Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y
fines pertinentes, Informe Final N° 1.095, de 2015, sobre Auditoría al Fondo deApoyo
a la Educación PúblicaMunic pal, en laDirección de Educación de la Municipalidad de
Santiago.
Sobre el particular, corresponde que esa
autoridad adopte lasmedidas pertinentes, e implementelas acciones que encada
caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectosque se
verificarán en el seguimiento respectivo o en una próximavisita que practiqueen esa
Entidad este Organismo de Untrol según corresponda.
Saluda atentamente a Ud.,
-W
)0 '92, 05
i5-
MUNICTALIDAD DE SANTIAGO
,)
110 1\
00 FEZ 7,
E NT-á E NI)
, 1::51.11..1 AD(cid:9)!: 19 N MI PAPA_POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL
MARIA ISABEL CARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de DiVisión de Municipalidades
A LA SEÑORA
ALCALDESA DE LA
MUNICIPALIDAD DESANTIAGO
PRESENTE

Tabla 3 (página 3 (texto) · 22 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DELAREPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORIA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA2
PMET. N°:16.066/ 2015REMITE INFORME FINAL QUE INDICA
DMSAI. N°:2.645/2015
REF. N°:245.238/2015
SANTIAGO,05. FEB 1 6 *O 09159
Adjunto, remitoa Ud., para su conocimiento y
fines pertinentes, Informe Final N°1.095, de 2015, sobre Auditoría al Fondo deApoyo
a la EducaciónPública Municipal,en la Dirección deEducación de la Municipalidad de
Santiago.
Saluda atentamente a Ud.,
POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL
MARI ISABELCARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de División deMunicipalidades
`."
CC '1: ALOR
ALA SEÑORA
RECTORADE CONTROL
MUNICIPALIDAD DESANTIAGO ,--
ESENTE

Tabla 4 (página 4 (texto) · 20 filas)

PMET. N° :16.066/ 2015REMITE INFORME FINAL QUE INDICA
DMSAI. N° :(cid:9)2.645/2015
REF.(cid:9) N° :245.238/2015
SANTIAGO,-FEB16*009160 05
Adjunto, remito a UD., Informe Final N°1.095,
de 2015, deeste Órgano deControl,con el fin deque, en la primera sesión que
celebre el concejo municipaldesde lafecha de surecepción, se sirva ponerlo en
conocimientode ese órgano colegiado entregándole copia del mismo.
Al respecto, Ud. deberá acreditar ante esta
ContraloríaGeneral, en su calidad desecretario del concejo y ministro defe, el
cumplimientode este trámite dentro del plazo de diezdías de efectuada esa sesión.
Saluda atentamente a Ud.,
POR ORDEN DEI CONTRALOR GENERAL
MARIA ISABEL CARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de División deMunicipalidades
AL SEÑOR
SECRETARIOMUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
RESENTE
RTE

Tabla 5 (página 5 (texto) · 23 filas)

SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
PMET. N° : 16.066/ 2015REMITE INFORME FINAL QUEINDICA
DMSAI. N° :(cid:9) 2.645/2015
REF.(cid:9) N° : 245.238/2015
SANTIAGO, 00 5.FE$ I 6 *O9161
Adjunto, remitoa Ud., para suconocimiento
fines pertinentes, Informe Final N° 1.095,de 2015, sobre Auditoría al Fondo de Apo
a la Educación Pública Municipal, en laDirección de Educación de la Municipalidad d
Santiago.
Saluda atentamente a Ud.,
POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL
MARIA ISABEL CARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de biviaión deMunicipalidades
RECIBIDO EN
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
0 8FEB 2016
ALA SEÑORA
JEFE UNIDAD DESEGUIMIENTOFISCALIA
CONTRALORIAGRAL. DE LA REPÚBLICA
FISCALÍA
PRESENTE
TE

Tabla 6 (página 6 (texto) · 16 filas)

PMET. N° :16.066/2015REMITE INFORME FINAL QUE INDICA
DMSAI. N° :(cid:9)2.645/2015
REF.(cid:9) N° :245.238/2015
SANTIAGO,O . FEB 16*089162
Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y
fines pertinentes, Informe Final N° 1.095, de 2015, sobre Auditoría al Fondo deApoyo
a la Educación Pública Municipal, en laDirección deEducación de la Municipalidad de
Santiago.
Saluda atentamente a Ud.,
POR ORDENDEL CONTRALOR GENERAL
MARÍA ISABEL CARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de División de Municipalidades
A LA SEÑORITA
JEFE DE LAUNIDAD TÉCNICA DE CONTROL EXTERNO
DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
PRESENTE

Tabla 7 (página 7 (texto) · 27 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DE LAREPÚBLICA
DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
PMET. N°:16.066/ 2015REMITE INFORME FINAL QUE INDICA
DMSAI. N°:2.645/2015
REF. N°: 245.238/2015
SANTIAGO,(cid:9)
5FEB 1 6*009163
Adjunto, remito aUd., para su conocimiento y
fines pertinentes, Informe FinI N° 1.095, de2015, sobreAuditoría al Fondo deApoyo
a la EducaciónPública Municipal, en laDirección de Educación de la Municipalidad de
Santiago.
Saluda atentamente a Ud.,
5z.
POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL
MARÍA ISABEL CARRIL CABALLERO
ABOGADO
Jefe de División de Municipalidades
CalnelORIA GENER-1L
(cid:9)
REPCSICI
CRIST JefeIAN CÓRDOVA MALVENDA Unidad
Divisde ióti cíe MuniSciepg uirnient0
AL SEÑOR
JEFE DE LAUNIDAD DE SEGUIMIENTO
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
PRESENTE

Tabla 8 (página 8 (texto) · 40 filas)

SUBDIVISIÓNDE AUDITORIA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORIA 2
PMET. N°: 16.066/2015INFORME FINAL N° 1.095, DE 2015,SOBRE
DMSAI. N°:(cid:9) 2.645/2015AUDITORÍA AL FONDO DE APOYO A LA
REF(cid:9) N°: 245.238/2015EDUCACIÓN PÚBLICAMUNICIPAL, EN LA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓNDE LA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.
SANTIAGO,(cid:9) 0 5 FEB,2016
ANTECEDENTESGENERALES
En cumplimiento del plananual de fiscalización
de esta Contraloría General parael año2015, y en conformidadcon lo establecido en
los artículos 95 y siguientes de laley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la
Contraloría General de la República, y el artículo 54 del decretoley N° 1.263,de 1975,
Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría a los
recursos transferidos por el Ministerio de Educación, en el marco del Fondo de Apoyo
a la Educación Pública Municipal,FAEP, en la Direcciónde Educación de la
Municipalidad de Santiago, DEM.El equipo que ejecutó la revisión fue integrado por los
señores Mauricio Martínez Loyolay Roberto Parada Ruiz y el señor Pablo Torres Moya,
auditores los dos primeros y supervisoreste último.
La Municipalidad de Santiagoes una
corporación autónoma de derecho público, con personalidadjurídica y patrimonio
propio, cuya misión según lo establece el artículo 1° de la leyN° 18.695,Orgánica
Constitucional deMunicipalidades, es satisfacer las necesidadesde la comunidad local
y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
Por su parte, la Dirección de Educación,
acorde lo determina el Reglamento Sobre Estructura, Funcionesy Coordinación Interna
N° 476, de 31 demayo de 2013,tienepor objetivo principal procurar las condiciones
óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza
a cargo de la Municipalidad. El referidodocumento establece que serán sus principales
funciones las siguientes:
a) Asumir la dirección de los establecimientos de educación municipal, en
conformidadcon las disposicioneslegales pertinentes.
b) Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios parael normal
desarrollo delas actividadeseducativas.
c) Velar por elcumplimientode los programas y normastécnico-pedagógicas
emanadas del Ministerio deEducación, en los establecimientos educacionales
municipales.
AL SEÑOR
JORGE BERMÚDEZ SOTOn ' neral
CONTRALOR GENERAL DE LAREpren • lica
PRESENTE

Tabla 9 (página 9 (texto) · 43 filas)

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORIA 2
d) Coordinar con organismos públicos y privados y en especialcon otras unidades
municipales la elaboracióny ejecuciónde programas extraescolares en la
comuna.
El fondo en revisión, FAEP, se encuentra
considerado en la ley N°20.713, dePresupuestos para el Sector Público del año 2014,
en la partida 09, capítulo01, programa 20, de laSubsecretaría deEducación, subtítulo
24, ítem 03, asignación717, cuyaglosa 12, indica en lo principal,que tales recursos
tendrán por finalidad elapoyo a laeducación pública municipal, sugestión, su calidad
y su mejora continua, yagrega, que deberán ser utilizados con fines educacionales y
considerados para todoslos efectos como ingresos propios del sostenedor.
Por suparte, el Ministerio de Educación,
mediante el oficio ordinario N° 2.393 de 11 deseptiembre de 2014, indicó que los
recursos otorgados através del citado fondo, deben ser utilizados en fines
educacionales, con especial foco en el procesode saneamiento financiero del servicio
educacional municipal ydel fortalecimiento de lacalidad de su educación, priorizando
la regulación financiera, legaly normativo-técnica de losestablecimientos
educacionales dependientes del municipio.
Finalmente, las resoluciones exentas
Nos 4.563, de 14 de julio de 2014,de la Subsecretaría de Educación y 4.915, de 5 de
agosto de ese mismo año, del citado Ministerio, establecen los montos a transferir a
cada entidad edilicia, einstruyensobre las áreas financiablesy procedimiento de
rendición de cuentas, respectivamente.
Cabe precisar que, con carácter confidencial, el
11 de noviembre de 2015, fue puesto en conocimiento de la Municipalidad de Santiago,
el preinforme de observaciones N° 1.095, delmismo año, conel propósito de que
formulara los alcancesy precisiones que, a su juicio, procedieran, lo que se concretó
extemporáneamente a través del oficio ordinarioN° 3.085, de 4 de diciembre de esta
anualidad.
OBJETIVO
La fiscalización tuvo por objeto practicar una
auditoría al Fondo de Apoyo a laEducación Pública Municipal, afin de examinar la
correcta percepción de los recursosrecibidos desde el Ministerio deEducación, para la
ejecución de éste, comoasimismo,constatar el debido uso de los recursos de las áreas
de financiamiento "Pagode indemnizaciones legales respecto a docentes y/o asistentes
de la educación quese desempeñen o se hubieren desempeñado en los
establecimientos del sostenedormunicipal", y"Administracióny normalización de
establecimientos educacionales del sostenedor municipal". Todo lo anterior para el
período comprendido entre el 1 de enero de 2014, y 30 de junio de 2015, en la Dirección
de Educación Municipalde Santiago.
La finalidad de la revisión fue determinar si las
transacciones cumplencon las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentran
debidamente documentadas, sus cálculos son exactos y están adecuadamente

Tabla 10 (página 10 (texto) · 42 filas)

ÁREA DE AUDITORIA 2
registradas. Todo lo anterior, enconcordanciacon la Leyde Organización y
Atribuciones de la Contraloría General de la República.
METODOLOGÍA
El examense practicóde acuerdo con la
metodología de auditoría de este Organismo Fiscalizador contenida en la resolución
N° 20, de 2015, que Fija Normas queRegulan las Auditorías Efectuadas por este Ente
de Control, y con los procedimientos de control dispuestos en la resolución exenta
N° 1.485, de 1996, que ApruebaNormas de Control Interno de esta Entidad
Fiscalizadora, ambas de este origen,considerandolos resultadosde evaluaciones de
control interno enrelación con las materias examinadas y,determinándose la
realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias.
Asimismo, se realizó un examen de las cuentas relacionadas con la materia en revisión.
Las observaciones que esta Institución
Contralora formula con ocasión delas fiscalizaciones que realiza se clasifican en
diversas categorías, de acuerdo consu grado de complejidad. En efecto, se entiende
por Altamente complejas/Complejas, aquellas observaciones que, de acuerdo a su
magnitud, reiteración, detrimento patrimonial,eventualesresponsabilidades
funcionarias, son consideradas de especial relevancia por la Contraloría General; en
tanto, se clasificancomo Medianamente complejas/Levemente complejas, aquellas que
tienen menor impacto en esos criterios.
UNIVERSO Y MUESTRA
Conforme los antecedentes proporcionados
por la entidad fiscalizada, al 30 de junio de 2015, elmonto total de ingresos percibidos
por concepto del FAEP, ascendió a$ 2.545.198.032.-, en tanto los egresos asociados
al mismo fondo, para las áreas de financiamiento específicamenteseleccionadas en la
presente auditoría,totalizaron $ 1.378.411.098,
La revisión de los ingresos se realizó
analíticamente sobre el total de los recursos transferidos por el Ministerio de Educación,
por concepto de este fondo.
Luego, laspartidas deegresos sujetas a
examen, relacionadas con el área definanciamiento "pago de indemnizaciones legales",
se determinaron analíticamente efectuándose una revisión de lospagos superiores al
promedio de los valores rendidosdel universo, esto es la suma de $ 4.025.814.-,
resultando de tal análisis la cantidadde 35 beneficiarios, cuyos egresos ascienden en
total a la suma de $359.736.934.-.
En tanto, para el áreade financiamiento
"administración ynormalización deestablecimientos educacionales", las partidas
sujetas a examen se determinaron mediante muestreo por númerode registros, con un
nivel de confianzadel 95% y una tasa de error de 3%, determinándose una muestra de
115 docentes y/oasistentes de la educación,cuyo pago sumó la cantidad de
$ 70.405.475.-.
3

Tabla 11 (página 11 (texto) · 60 filas)

SUBDIVISIÓN DEAUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREADE AUDITORÍA2
Elconjunto de egresosrevisados,
onsiderando ambas iniciativas, asciendea $ 430.142.409.-, que equivale a un 31,2%
el universo de gastos antes identificado.
NGRESOS
TOTAL
UNIVERSOMUESTRA
ÁREAS DE FINANCIAMIENTOEXAMINADO
$#$ #$
Pago de indemnizaciones legales
respecto a docentesy/o asistentes
de(cid:9) la(cid:9) educación(cid:9) que(cid:9) se
desempeñen(cid:9) o(cid:9)se(cid:9) hubieren 511.233.321 511.233.321511.233.321
desempeñado(cid:9)en(cid:9) los
establecimientos(cid:9) del(cid:9) sostenedor
municipal
Administración y normalización de
establecimientos(cid:9)educacionales 995.958.740 995.958.740995 958.740
11
del sostenedor municipal
Obras(cid:9) de(cid:9) infraestructura(cid:9) en
establecimientos educacionales y
552.500.032 552.500.032552.500.032
dependencias(cid:9) del(cid:9)sostenedor
municipal
Pago de deudas con proveedores,
correspondientes(cid:9)a(cid:9) servicios
485.505.939
485.505.939485.505.939
básicos, adquisiciónde materiales
e insumos, y otros
TOTAL 2.545.198.032 2.545.198.0322.545.198.032
uente de información: Elaboración propia sobre la base de la resolución N° 3.127, de la Secretaría Regional
Ministerial de Educación Región Metropolitana, de 17 deoctubre de 2014, que aprueba programa FAEP 2014, cuyo
etalle define montos para cada área de financiamiento.
EGRESOS
UNIVERSO DETOTAL
MUESTRA
ÁREAS DE FINANCIAMIENTO GASTOSEXAMINADO
.
$$$
Pago de indemnizaciones legales
respecto a docentesy/o asistentes
de(cid:9) la(cid:9) educación(cid:9) que(cid:9) se
desempeñen(cid:9) o(cid:9)se(cid:9) hubieren 382.452.358 95 359.736.934 35359.736.934
desempeñado(cid:9)en(cid:9) los
establecimientos(cid:9) del(cid:9) sostenedor
..m......u.....n....i. cipal (cid:9)_.........................(cid:9)......(cid:9). ......... .... .(cid:9) .. ..(cid:9).. . .. .......
Administración y normalización de
establecimientos(cid:9)educacionales 995.958.740 1.581 70.405.475 11570.405.475
del sostenedor municipal
TOTAL 1.378.411.098 430.142.409430.142.409
Fuente de información:Elaboración orooia. sobre la base de las rendicionesde cuenta nresentadas nnr le Direceiñr
de Educación Municipal de la Municipalidad de Santiagomediante Oficios N°5 243, 464 y 1.924, todos del año 2015.
El número de elementos de la muestra de egresos, estáexpresada en cantidad de funcionarios.
Lainformación utilizada, fue proporcionada por
a Encargada deControl Financiero del Departamento deContabilidad yFinanzas de la
Dirección de Educación Municipal deSantiago y puesta a disposición de esta
Contraloría General, mediante correo electrónico, de 27 de octubre de 2015.
4

Tabla 12 (página 12 (texto) · 41 filas)

SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍAE INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
RESULTADO DE LA AUDITORIA
Del examen practicado, yconsiderando los
argumentos y antecedentes aportados por la autoridaden su respuesta,respecto de las
situaciones observadas en este informe, se determinólo siguiente:
I. ASPECTOSDE CONTROL INTERNO
El estudiode la estructura de control interno y
sus factores deriesgo permitió obteneruna comprensión del entornoenque se ejecutan
las operaciones, del cual se desprendelo siguiente:
1.- La Municipalidad de Santiago dispone del
Reglamento Sobre Estructura, Funciones y CoordinaciónN° 476,de31 de mayo de
2013, el cual regula la distribución y organización interna, las funciones generales y
específicas asignadas a las distintas unidades, así comola coordinación entre ellas.
Este documentofue modificado mediante decretoalcaldicioN° 2.209, de 14 de julio de
2015, siendo aprobado por el ConcejoMunicipal en sesiónordinaria N° 19, y Acuerdo
N° 256, ambosde 8 de julio de 2015.
En el capítuloN° 17 delmencionado
instrumento, sedefine la dependencia,estructura,objetivoy funcióndela Dirección de
Educación Municipal, no presentándoseobservacionesqueformularsobre el particular.
2.- A suturno, seconstatóque el ente edilicio
mantiene publicado en su banner detransparencia,el organigramaactual de dicha
entidad, en concordancia con lo señalado en el artículo7°,letra a), de la ley N° 20.285,
Sobre Acceso ala Información Pública.
Dicha distribución organizacional, como
también la de la Dirección de Educación, se encuentraninsertasenel mencionado
reglamento, sinque existan objecionesque plantear alrespecto.
3.- La Municipalidad de Santiago cuenta con
una Direcciónde Control, cuya función se encuentracontenidaen el indicado
reglamento N° 476, específicamente ensu Capítulo VI,artículos Nos35, 36 y 37, en los
cuales se determinan las funciones de la referida dirección,en relacióncon lo dispuesto
en el artículo 29de la aludida ley N° 18.695, talescomo; efectuar laauditoría operativa
interna; controlar la ejecución financiera y presupuestaria de la entidad edilicia,
representando,trimestralmente, eventuales déficital concejo; y, señalar al Alcalde los
actos que estime ilegales, entre otras materias.
En este sentido,la Jefadeesa dirección,
manifestó que durante el año 2014, nose efectuaron auditorías al programa en estudio,
agregando queen la planificación correspondienteal año 2015,tampoco se tiene
considerada surevisión.
Acerca delamateria, es preciso indicar que
acorde lo haseñalado el dictamen N° 46.618,de2000, de este origen, es
responsabilidadde los municipios definir la forma comoacometer suproceso de control,

Tabla 13 (página 13 (texto) · 46 filas)

SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
obedeciendo aquella,esencialmente,a las necesidades propias de cada uno y a su
entorno de control interno.
Aun cuando laedil no se pronunció acerca de
este acápite, resultaoportuno manifestar que lo expresado no constituye una
observación propiamente tal, sin perjuicio de lo cual, es del todo recomendable que la
señalada Dirección deControl incluya en sus futuros planes y fiscalizaciones los temas
concernientes a los procesos revisados.
4.- En lo querespecta a lossumarios e
investigaciones sumarias instruidosen la Dirección de EducaciónMunicipal de
Santiago, durante los años 2014y 2015,se estableció la existencia de 49
procedimientos pendientes a la fechade la presente auditoría, conforme el siguiente
cuadro.
NÚMERO DEPROCESOS PENDIENTES
FISCAL
20142015TOTAL
101
20828
101
022
61117
TOTAL282149
Fuente de información: Elaboración propia sobrela base dela documentación proporcionada por el jefe del
Departamento de Asesoría Jurídica del DEM, mediante oficio ordinario N°51 de 10 de septiembrede 2015, referente
a los procedimientos disciplinarios pendientes.
Ahora bien, delos referidos procedimientos, se
verificó que en nueve de ellos, cuyodetallese consigna en AnexoN° 1, se ha
reasignado el fiscala cargo, y en los40 restantes,detallados en Anexo N° 2, se
mantiene el mismo fiscal desde su inicio, los cuales registran un promediode 140 y 161,
días hábiles, respectivamente, contados desde la fecha de la resolución que los
formaliza, hasta el 30de junio de 2015,todos los cuales se encontrabansin finalizar a
la fecha de la entregade la información, esto esal 10 de septiembre de 2015.
En estesentidoprocede indicar que, conforme
lo dispone el artículo 28 de la anotada ley N° 18.695, lecorresponde a la unidad jurídica
de cada entidad edilicia, velar por la oportuna tramitación de los procesosdisciplinarios
(aplica dictamen N° 685, de 2013, de este origen).
Por suparte,corresponde señalar que el
artículo 124 de la leyN° 18.883, sobre Estatuto Administrativo paraFuncionarios
Municipales, regula latramitación de las investigaciones sumarias, precepto legal que
en el inciso tercero establece que estasno podráexceder de cinco días.
A su vez, el artículo 133, incisosegundo, del
citado texto legal, ordena que tratándose de sumariosadministrativos, lainvestigación
de los hechos deberárealizarse en el plazo de veintedías, al término delos cuales se
declarará cerrada yse formularáncargos al o los afectados o sesolicitará el
sobreseimiento, para lo cual habrá un plazo de tres días.
6

Tabla 14 (página 14 (texto) · 50 filas)

CONTRALORÍAGENERALDELAREPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
Al respectoindicala entidad comunal que,
desde fines del año 2014 se ha ido incrementando laplanta de profesionales del Área
Jurídica de la Dirección, logrando conello disminuir sustancialmente los tiempos de
ejecución de losprocesos en comento. Señalaademás, que con tal acción se
compromete a que los plazos de instrucción de losprocedimientosdisciplinarios no
superaran lo establecido en la normativa legal.
En consecuencia,y dado aque las medidas
anunciadas por elente comunal no sehan concretado, semantiene lo observado, por
lo que corresponde que ese municipio agilice elrmino de losprocedimientos
disciplinarios observados, acreditando tal acción mediante los respectivos decretos
alcaldicios que losafinan, acciones que serán controladasen la etapa de seguimiento
del presente informe.
5.- Mediante certificadoS/N° de 10 de
septiembre de 2015, doñaJefadel Departamentode Contabilidad
y Finanzas del DEM, informó que esaentidad municipal mantiene abiertas 8 cuentas
corrientes paraesa dirección y 43para los establecimientoseducacionales
dependientes deella, las que se exponen en AnexoN° 3.En este contexto se verificó
que en la cuenta corriente N° 01-07146-7, denominada"Fondos Generales" del Banco
Santander, fuerondepositados los recursos provenientes del fondo enestudio.
Al respecto, secomprobó quela apertura de las
referidas cuentas, están debidamenteautorizadaspor este Órganode Fiscalización,
cumpliendo con lodispuesto en el artículo 54, de la citada ley N° 10.336.
6.- Asimismo,se constató que las
conciliaciones bancarias asociadas alas cuentascorrientes correspondientes a la
Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago, detalladas en cuadro adjunto,
son elaboradas por donfuncionariodel Departamento
de Contabilidad yFinanzas de esa Dirección, sin queal efecto cuenten con la revisión
por parte de un superior jerárquico delfuncionario quelasrealizó, situación que no se
ajusta al principiode control consagrado en el artículo3° de la ley N°18.575, Orgánica
Constitucional deBases Generales dela Administración del Estado,ni a lo previsto en
el numeral 57 de la letra e), sobre supervisión, de lasnormas específicas, del capítulo
III, de la ya nombrada resolución exenta N° 1.485,de 1996, de este Organismo de
Fiscalización, queaprueba Normas deControl Interno.
BANCONUMERO DECUENTADESTINO DE LA CUENTA
01071467Fondos Generales
01071475Remuneraciones
05936276 Aporte Suplementario Ley N° 19.532
62730420Liceos Tradicionales
Banco Santander 62964235Liceo Tradicional A-9
64594737Liceos Bicentenarios
65630141Subvención Escolar Preferencial
Fondo Apoyo Educación Pública de
67935225
calidad MINEDUC
Fuente de información:Elaboracion propia sobre labase de la información proporcionada mediante certificado S/N°
de 10 de septiembre de2015, de doñaJefa delDepartamento Contabilidad y Finanzas de la
Dirección de Educaciónde Santiago.

Tabla 15 (página 15 (texto) · 47 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
Sobrelo expuesto, manifiesta ese ente
comunal, que con elfin de mejorar el controlde las conciliaciones bancarias se ha
establecido queel encargado desu confección dependa de la Jefa delDepartamento
de Control Financiero; como asimismo,que dichos informesse elaboren
semanalmente,manteniendo unregistro electrónico deellos, los que se generarán en
formato impreso cuando correspondan al cierre delmes, todos loscuales serán
revisados por lajefa del aludidodepartamento.
No obstante las accionespropuestas por
la autoridad edilicia, semantienela observaciónplanteada, debiendo ese ente comunal
implementar lasmedidas comprometidas en esta oportunidad respecto de la revisión
por parte del superiorjerárquicoque indica, delas cuadraturas de los meses de enero
de 2014 a mayode 2015, lo queserá constatado en unapróxima visita de seguimiento.
7.- Enrelacióncon las pólizas de fianza, el
artículo 68, de la leyN° 10.336,indica que todo funcionario que tenga a su cargo la
recaudación, administración de recursos o custodia de fondos o bienesdel Estado, de
cualquier naturaleza,deberá rendir caución para asegurar el correcto cumplimiento de
sus deberes y obligaciones, cauciones que, conforme alartículo 73 y siguientes de ese
cuerpo normativo, están sujetosa la calificación y aprobación del Contralor.
Al respecto, se constató que losfuncionarios de
la Dirección deEducación de laMunicipalidadde Santiago, que se detallan en cuadro
adjunto, no registranen el Sistema de Informacióny Control delPersonal de la
Administracióndel Estado, SIAPER, antecedentes respecto a las cauciones con que
deberían contar, habida consideración que manejan fondos y bienesdel Estado, en
cada caso.
NOMBREMOTIVO
Manejo de fondos
Manejo de fondos
Manejo de fondos
Conducción
Conducción
Fuente de información: Elaboración propiasobre la base de los registrosdel Sistema de Información y Control del
Personal de la Administracióndel Estado-SIAPER-, consulta efectuada eldía 08 de septiembrede 2015.
Por suparte, lajurisprudenciaadministrativa,
de este origen,contenida, entreotros, en el dictamen N° 2.268, de 2014, ha señalado
que la finalidadde tales cauciones es resguardar eficientemente elpatrimonio del
Estado, precaviendo eventuales perjuicios que aquel pueda sufrir durante el
desempeño deun empleado aquien, en razón de suslabores, se leha asignado la
recaudación delos fondos que lo conforman, hecho queen la especie no ocurrió.
Acercade la materia, exponeese municipio
que la Subdirección del DEM instruyó no reponer fondosa rendir a los funcionarios doña
dony doña
mientras no seobtenga la fianzarespectiva. Igualmente, en relación a los conductores,
puntualiza quetambién ha dadoinicio al proceso de regularización y obtención de las
garantías pertinentes.

Tabla 16 (página 16 (texto) · 43 filas)

DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DEAUDITORIA EINSPECCIÓN
ÁREADE AUDITORIA2
Sin perjuicio delo instruido por esa entidad
edilicia —de locual noaporta antecedentealguno—, procede mantenerla observación,
hasta que eseente comunal remita a estaContraloría General las propuestas de fianza
de fidelidad funcionariapara manejo de fondos y las cauciones correspondientes, que
aseguren la debida proteccióndel patrimonio del Estado, lo cual será comprobado en
una próxima visita de seguimiento.
II.(cid:9) EXAMEN DE LAMATERIA AUDITADA
Elprograma FAEP, de acuerdocon la aludida
ley N° 20.713,contempló en lapartida 09,capítulo 01, programa 20, de laSubsecretaría
de Educación,subtítulo24, ítem03, asignación 717, glosa 12, un Fondode Apoyo para
la EducaciónPúblicaMunicipal, por unmonto total de$ 71.094.280.000.-, cifra que
dicha cartera distribuyóentre los municipios del país, de acuerdo a loseñalado en la
indicada resolución exenta N°4.563, de14 de julio de2014, de la Subsecretaría de
Educación.
Por su parte, el Ministerio de Educación,
mediante su resoluciónexentaN° 4.915,de 2014, instruye sobre áreasfinanciables en
el marco de laasignación presupuestaria "Fondo Apoyo Para la Educación Pública
Municipal".
Asu vez, a través del decreto N° 394, de 3 de
octubre de 2014, de la referida carteraministerial, que Transfiere Recursos a los
Sostenedoresque se Indican en el Marcodel Fondo Apoyo para la Educación Pública
Municipal, seestableció comoplazo de ejecución de los montos otorgados de que se
trata, de 12 meses contados desde la total tramitaciónde este acto administrativo, lo
que acontecióel 28 deoctubrede esa misma anualidad.
En este contexto, mediante resolución exenta
N° 3.127 de 17de octubre de 2014, de laSecretaría Regional Ministerial de Educación,
se aprobó el plan consolidado de iniciativas FAEP del año 2014 de la municipalidad, por
un monto total de $ 2.545.198.032.-, para cubrir las cuatro áreas definanciamiento
presentadas por esa entidadedilicia a través del oficio ordinario N°2.627, de 8 de
octubre de 2014.
Ahora bien, del análisis delprograma se
comprobaron las siguientes situaciones:
1.(cid:9) Falta deformalización del programa por parte delmunicipio.
De la revisión efectuada, se constató que el
municipio no formalizó mediante decreto alcaldicio lasuscripción del programa en
comento, omisión quese contrapone a lo estipulado enlos artículos 3° y 5°, de la ley
N° 19.880, deBases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado, y N° 12, incisos primeroy cuarto, de la
mencionada ley N° 18.695, encuanto aque las decisiones escritas que adopten los
municipios y que versen sobrecasos particulares, se expresarán por medio de decretos
alcaldicios.

Tabla 17 (página 17 (texto) · 41 filas)

SUBDIVISIÓN DEAUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREADE AUDITORÍA 2
El ente comunal ensu respuesta, manifiesta
que ha solicitadola confección del decreto alcaldicio que normalicelo observado.
Considerando que la acción correctiva aún no
se concreta, se debe mantener laobjeción formulada en tanto aquella no se regularice,
debiendo, por lo tanto, la autoridad edilicia, dictar el acto administrativo aprobatorio del
programa en cuestión, lo que será constatado en la visita de seguimiento que efectúe
esta Institución deControl.
2. Ingresos.
Los recursos aportados por el Ministerio de
Educación, cuyaformalización se concretó por decreto N° 394,del 3 de octubre de
2014, de esa cartera ministerial, ascendentes a $ 2.545.198.032.-, fueron entregados al
municipio en unasola cuota, el día 30 deoctubre de esa anualidad, acorde lo define el
artículo 1 del mencionado acto administrativo, sin que se registrenobservaciones que
formular sobre elparticular.
3. Ejecución.
3.1(cid:9) Área de financiamiento deadministración y normalizaciónde establecimientos
educacionales del sostenedor municipal.
El programa Fondode Apoyo a la Educación
Pública Municipal 2014, consideró lasuma de $ 995.958.740.- para el área de
financiamiento administración y normalización de establecimientos educacionales del
sostenedor municipal, los que fueron utilizados en su totalidad parael pago de salarios
del mes de octubre de 2014,del personal docentey no docente de los 15
establecimientoseducacionales dependientes de la comuna.
Al respecto, de la revisión del libro de
remuneraciones yde las liquidaciones desueldo de los 115funcionarios seleccionados
en la muestra, se constató quelos gastos por componentesremuneracionales
presentados enla rendición delfondo,corresponden a aquellos que son de cargo
municipal, esto es, los que no cuentan confinanciamiento especificode alguna ley, tales
como sueldo base, asignación deresponsabilidad no docente, horas extras, asignación
de experiencia, asignación de responsabilidad directiva y técnico pedagógica; acorde lo
define el numeral13.4 del citadooficio ordinario N° 2.393,de 2014, de Planificación y
Presupuesto, del Ministerio deEducación, no advirtiéndose observaciones que
formular.
III. EXAMEN DE CUENTAS
1.(cid:9) Examen deingresos.
1.1(cid:9) Registro ydepósito de los recursos.
Los dineros comprometidos para el programa
Fondo de Apoyoa la Educación Pública Municipal, delaño 2014, ascendieron a
$ 2.545.198.032.-, los cuales fueron transferidos por el Ministerio de Educación, el día
30 de octubre de2014, a la cuenta corriente N° 01-07146-7, del Banco Santander, de

Tabla 18 (página 18 (texto) · 44 filas)

DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIAE INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORIA 2
ingreso N° 79.211, de igual fecha.
Del mismo modo, se constató que mediante
comprobante contable N° 18-528, de 30 de octubrede 2014, los recursos percibidos
por este concepto fueron contabilizados en la cuentacontable código 115-05-03-003-
002-022, denominada "Fondode Apoyo a la Educación Pública Municipal de Calidad"
del plan de cuentasutilizadopor ese departamento,lo anterior conforme lo indica el
oficio circular N° 36.640, de2007, de este origen, que contiene el Manual de
Procedimientos Contables para el Sector Municipal,no registrándose observaciones
que formular al efecto.
2.(cid:9) Examen de egresos.
2.1(cid:9) Registro contable.
En relacióna los egresos, para el área de
financiamiento administracióny normalización de establecimientoseducacionales del
sostenedor municipal, los desembolsos fueron contabilizados en lacuenta 215-21-02
denominada "Cuentas por Pagar Gastos en Personal" y en suscorrespondientes
subcuentas. Por suparte, parael pago de indemnizaciones legalespara docentes y/o
asistentes de la educación, seutilizó la cuenta 215-23-01-004, nombrada "Desahucios
e Indemnizaciones", de su plan contable, dando cumplimiento a los procedimientos
contables establecidos en el yaaludido oficio circular N° 36.640 de 2007, de este origen;
sin que sobre el particular se determinaran observaciones que formular.
2.2 Área de financiamiento pago de indemnizaciones legales respecto a docentes
y/o asistentesde la educación que se desempeñen o se hubieren desempeñado
en los establecimientosdel sostenedor.
a)(cid:9) Pago por concepto indemnizaciones a personal no docente o asistente de la
educación.
Esta área definanciamientoconsidera el pago
de indemnizacioneslegales respecto de docentes y/o asistentes dela educación que
se desempeñen o se hubierendesempeñado en losestablecimientos del sostenedor,
acorde lo señaladoen la resolución exenta N° 4.915, de 2014, de laSubsecretaría de
Educación. En talsentido,el DEM desembolsópor este concepto la suma de
$ 382.452.358.-, enel períodoauditado.
Ahora bien,de la revisióna esta materia se
constató que mediante comprobante N° 81-706, de 31 de marzo de 2015, el
departamento de educación desembolsó la suma de$ 7.089.710.-, en favor de doña
quien se desempeñó en el área municipal dela entidad edilicia,
en diversas actividades, conforme se detalla en elAnexo N° 4, no ejerciendo en el
período contratado, labores dedocente o asistente de educación, loque contraviene lo
preceptuado en la citada resolución exenta N° 4.915, de 2014, queen su literal b), del
artículo primero, dispone queel pago de indemnizaciones legalesserá para aquellos
docentes y/o asistentes dela educación que se desempeñen o se hubieren
desempeñado en losestablecimientos del sostenedormunicipal, lo que para el caso en
comento, no se cumple.

Tabla 19 (página 19 (texto) · 45 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
En su oficio derespuesta, laentidad edilicia
indica que se rectifica el error, modificando el cargo alo financiado con subvención
municipal y rebajándolo de la rendición del programaFAEP 2014, sin embargo no
adjunta antecedentes que avalen loinformado, motivo por el cual,se mantiene la
observación formulada, debiendo esaentidad comunal,en consecuencia, concretar la
rectificación de larendición de gastosrealizada por laDirección de Educación de la
Municipalidad de Santiago, ante la Secretaría Regional Ministerial de Educación Región
Metropolitana, SEREMI de Educación,descontando deesta, la suma de $ 7.089.710.-,
y restituyendo dicho valor al saldo contable de los recursos del fondo, todo lo cual será
verificado en la instancia de seguimiento del presente informe.
b) Pago de recargo legal.
Por otra parte,correspondeseñalar que el
monto pagado a laseñoraseñalado precedentemente, se originó
como consecuencia de una demandainterpuesta por lafuncionaria aludida en contra
de la Municipalidad de Santiago, la quederivó en la sentencia del Segundo Juzgado de
Letras del Trabajode Santiago, de dosde junio de 2014,causa RUC N°13-4-00-47949-
0, en la que se condena a esa municipalidad, a pagar el montoanteriormente
mencionado, quese compone por losconceptos de: diferencia de indemnización por
años de servicio,por $ 3.057.502.-; recargo legal del 30% conforme alo dispuesto en
la letra a) del artículo 168 del Códigodel Trabajo, por$ 3.210.377.-;y, cotizaciones
previsionales, por$ 821.831.-.
Atendido lo expuesto, es dable observar el
pago por conceptode recargo legal quedebió erogar esaentidad, en virtud de la referida
sentencia, la que,tal como lo exponeen su parte Resolutiva, numeral II, letra b), se
ocasiona por el despido improcedente de la funcionaria, acorde al artículo 161, del
Código del Trabajo lo que da origen al aumento del 30% de la indemnización, por la
suma de $ 3.210.377.-.
Respecto de este literal, el municipio manifiesta
que está recabando los antecedentes de estos hechos, los que unavez obtenidos,
serán aportados aesta Entidad Fiscalizadora.
En este sentidoy dado que nose acompañan
nuevos antecedentes que permitandesvirtuar lo objetado, debemantenerse la
observación anotada, ante lo cual esteEnte de Controlprocederá a formular un reparo
por la suma de $3.210.377.-, por constituir gastos improcedentes,en virtud de lo
prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336.
c) Pago en exceso por concepto de indemnizaciones.
Se estableció que la Dirección de Educación de
la Municipalidadde Santiago, pagó indemnizacionesa personal contratado bajo el
régimen del Código del Trabajo, cuyos finiquitos se realizaron conforme las causales
previstas en el artículo 161 de tal cuerpo normativo, sinque se haya efectuado sobre
estos desembolsos, el descuento de la parte del saldo de la cuenta individual por
cesantía, constituida por las cotizaciones efectuadas por el empleador más su

Tabla 20 (página 20 (texto) · 46 filas)

SUBDIVISIÓN DEAUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREADE AUDITORÍA2
rentabilidad, deducidos los costos de administración que correspondan, conforme lo
preceptúa el artículo 13,de la ley N° 19.728, que Establece un Seguro de Desempleo.
En este sentido, el DEM debiódescontar lo
indicado en los respectivos "Certificados de Saldo Aporte Empleadoral Seguro de
Cesantía para imputar aindemnización",emitido por laAdministradorade Fondos de
Cesantía de Chile S.A., AFC Chile, por la suma de $ 1.771.778.-, de acuerdo al siguiente
detalle:
MONTOA DESCONTARSEGÚN
NOMBRECERTIFICADO DE AFCCHILE
$
1.099.369
658.801
C13.608
TOTAL1.771.778
Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base de certificado de saldo aporte empleador al seguro de
cesantía para imputar a indemnización (Art. 13 de la leyN° 19.728 de 2001).
Alrespecto, cabe agregar que, conforme a los
dictámenes Nos 30.057,de 2013, y 55.819 de 2014, de este origen, el legislador ha
consignado un derechoa favor del empleador, por elcual éste debeimputar de la
indemnización de perjuicios que corresponde al trabajador despedido por la citada
causal, los aportes que realizó en el fondode cesantía del respectivo trabajador, y el no
ejercicio de esta atribución, implica renunciar a las acciones y derechos que estos
poseen en esa materia, estando inhabilitados paraello, salvo queuna ley así lo
disponga en forma explícita, motivo por elcual las entidades públicas quese encuentren
en la situación en comento, deben hacer valer el derecho de imputación en análisis,
pues de lo contrario incurrirían en una infracción a la legislación vigente.
Sobre este punto, el ente comunal expone, en
síntesis, la composicióndel fondo de la cuenta individual de cesantía yel mecanismo
que aplica para deducirde la indemnización por añosde servicio y el monto que el
empleador aporta al fondo en cuestión, en virtud de los artículos que allíindica.
Luego, afirma su estrictoapego a lo
consignado en el artículo163, del Códigodel Trabajo, cuando ha debidoindemnizar por
despidos amparados enel artículo 161de esa mismanorma, exponiendo que, en el
caso de los municipios, los finiquitos no se pagan en el plazo establecido por el Código
Laboral, ya que los actos administrativos que aprueban la desvinculación y
consecuentemente el pago, deben ser firmados por laautoridad comunal, agregando
que no corresponde realizar a las indemnizaciones losdescuentos a que se refiere el
artículo 13 de la ley N° 19.728, ya que deactuar de manera contraria, searriesga a que
el trabajador emprenda una acción ante los tribunales dejusticia, lo queeventualmente
podría incrementar dichas prestaciones.
Asimismo, aduce que, sin perjuicio de lo
expuesto, se instruyó alDepartamento de Recursos Humanos, para que realice, en lo
sucesivo, las imputaciones contenidas en el referido artículo 13 de lacitada norma y
que se está generando con la Subdirección de Administración y Finanzas y la Dirección
13

Tabla 21 (página 21 (texto) · 40 filas)

de Control, un procedimiento que permita cumplir con elCódigo del Trabajo en cuanto
a la oportunidad del pagode los finiquitos.
Finalmente, manifiesta que para los tres casos
analizados, el certificadode la AFC Chile utilizado en laauditoría fueemitido el 9 de
octubre de 2015, lo que implica que el valor observado es mayor a aquél que
efectivamente correspondería descontar, de acuerdo a las fechas de desvinculación de
los empleados, demodoque no podrían haber considerado el aporte patronal del mes
del despido y la rentabilidad que éste generó. Agrega, que revisado elsitio en internet
de donde se adquieren tales documentos, estos no se pueden obtenera un término de
corte determinado, por loque oficiarána esa entidad para que remitalos certificados
correctos.
Al respecto, como cuestión previa, procede
advertir que el análisisrealizado porese ente municipal no desvirtúa la objeción
planteada, dadoque conforme a losdictámenes reseñados precedentemente, el
municipio debió hacer valer el derecho de imputaciónen análisis, ajustándose a la
normativa vigente,descuento que en laespecie no ocurrió.
Seguidamente, es preciso aclarar que el saldo
del aporte del empleador,considerado en los certificadosde 9 de octubre de la presente
anualidad, revelanla cifra aportada porel contratante, respecto de lasremuneraciones
devengadas parael período en que eldependiente prestó sus servicios en la entidad
edilicia, razón porlo cualsu denominación nominal no variará, independientemente de
la fecha en que seextraiga el reporte, excepto en la rentabilidad que generarían dichos
fondos entre la fecha dedesvinculacióny la de la obtención del referido documento.
En consecuencia y de conformidad a lo
expuesto, esteÓrgano de Controlformulará un reparo por lasuma total de
$ 1.771.778.-, acorde alo previsto enlos artículos 95y siguientes de la aludida ley
N° 10.336, por constituirun pago improcedente.
Por otra parte, la Municipalidad de Santiago
deberá rectificarlas rendiciones degastos relacionadas con los desembolsos
observados efectuadas ala SEREMI de Educación, procediendo a descontar de ésta,
el valor objetado y aumentar en lamisma cantidad el saldo contable de las
disponibilidadesdel programa en estudio, lo que seráverificado enla instancia de
seguimiento del presenteinforme.
3.(cid:9) Examen delas rendiciones.
El examen documental se enfocó en el análisis
de las rendicionespresentadas por elDEM a la Subsecretaría Regional Ministerial de
Educación, paralas dos áreas de financiamiento delprograma FAEP en estudio,
verificando el cumplimiento de las instrucciones impartidas porel Ministerio de
Educación, mediante laya citada resolución exenta N° 4.915, de2014, como así
también a lo establecido en la resolución N° 759, de 2003, de esteorigen, que Fija
Normas sobre Rendiciónde Cuentas, vigente a la fecha.

Tabla 22 (página 22 (texto) · 46 filas)

CONTRALORÍAGENERALDELA REPÚBLICA
DIVISIÓNDE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITOA 2
En relaciónacada una delas áreas de
financiamiento enestudio, se constató que los montos declarados hastaelmes de junio
de 2015, fueron los siguientes:
MONTOMONTOSALDO POR
ÁREA DEFINANCIAMIENTOASIGNADO RENDIDORENDIR
$$$
Pago de indemnizaciones legales respectoa
docentes y/o asistentes de laeducación quese
511.233.321 382.452.358128.780.963
desempeñen ose desempeñaron en los
establecimientos del sostenedor municipal
Administración y Normalizaciónde establecimientos
995.958.740 995.958.7400
educacionalesdel sostenedor municipal
TOTALES GENERALES1.507.192.061 1.378.411.098128.780.963
Fuente de información:Elaboraciónpropia, sobre labase de las rendiciones de cuentas presentadas por el DEM de
Santiago a la SecretaríaRegional Ministerial de Educación Región Metropolitana, SEREMI deEducación.
Ahora bien, delexamen de lasrendiciones, se
constató la siguiente situación:
a)(cid:9) Retraso enla rendición de los fondos.
La DireccióndeEducación Municipal, remitió
con hasta 121 días hábilesde retraso, los informes de rendición del período en estudio,
conforme al detalle que seconsigna encuadro adjunto,incumpliendo loestablecido en
el numeral 3, de la ya mencionada resolución N° 759,de 2003, de este origen, la que
determina que lasunidades operativasdeberán preparar mensualmente una rendición
de cuentas de sus operaciones, dentrode los cinco(5)días hábiles siguientes al mes
que corresponda.
A su vez, seconstató que envióelcomprobante
de ingreso conjuntamentecon la primera rendición de gastos, esto es,a los 57 días de
la percepción de los fondos, lo que no guarda armonía con lo dispuestoenel inciso final
del numeral 5.2,del mismo cuerpo normativo, queindica que el organismo público
receptor, estará obligado aenviar a la unidad otorganteun comprobante de ingreso por
los recursos percibidos y un informe mensual de su inversión, que deberáseñalar, a lo
menos, el montode los recursos recibidos en el mes,elmonto detallado de la inversión
realizada y el saldo disponible para el mes siguiente.
A mayor abundamiento, cabeagregar que el
Jefe del Departamento Provincial Santiago Centro,del Ministerio deEducación, por
oficio ordinario N°177, de 13 de julio de2015, dirigidoaese municipio, le informó acerca
del incumplimiento de la disposición legal de rendircuentas de la inversión realizada
con recursos públicos, porparte del DEM Santiago, porlos meses de febrero a junio de
2015; lo que derivó en queel municipiodespacharaa lacitada SEREMI de Educación,
mediante el oficioN° 1.924,de 30 de julio de la misma anualidad, las rendiciones de los
meses de enero ajunio deese año.

Tabla 23 (página 23 (texto) · 55 filas)

DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORIA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORIA 2
DIASÁREA DE
N° OFICIOFECHAMONTOFECHA EN HÁBILES FINANCIA-
DEDERENDIDOQUEDEBIÓ MES RENDIDODEMIENTO QUE
RENDICIÓNRENDICIÓN($)RENDIR RETRASO RINDE
Administración
29-01-2015995.958.74007-1Octubre de 1-201457y
243*2014
Normalización
Noviembre de
69.119.80005-12-2014
201456
46425-02-2015Diciembre de
009-01-201534
2014
006-02-2015 Enero de 2015121
Pago de
Febrero de
o06-03-2015 2015101Indemnizado-
nes legales
1.92430-07-201516.512.03708-04-2015 Marzo de 201579
74.334.18607-05-2015 Abril de 201559
61.088.22005-06-2015 Mayo de 201539
161.398.11507-07-2015 Junio de 201518
TOTAL(cid:9)1.378.411.098
Fuente de información: Elaboracionpropia, sobre labase de las rendiciones de cuentas presentadas por el DEM de
Santiago, a la SEREMI de Educación.
* Esta área de financiamiento quedóejecutada y rendida en un 100%, con el oficio N° 243,de 29 de enero de 2015,
de la Municipalidad de Santiago.
LaMunicipalidad de Santiago indica en su
oficio de respuesta, queel fondo de apoyo ala educación pública se entregó por primera
vez en el año2014, conuna normativadistinta a los fondos entregados con anterioridad,
tanto en su planificacióncomo en la regulación de la periodicidad pararendir, implicando
nuevas complejidadesadministrativas queproponen más lentituden los procesos.
Agrega, quese han realizado los esfuerzos administrativos e inversión de recursos,
necesarios para cumplir cabalmente con lasnormas pertinentes.
Losargumentos esgrimidospor ese ente
comunal no desvirtúanelalcance formulado, dado que no se cumplióoportunamente
con los plazos definidos en la citada resolución N° 759, de 2003, de esta Entidad de
Control; y considerando que se trata de una situación consolidadanosusceptible de
subsanar, semantieneel hecho representado, en razón de lo cual, la autoridad edilicia
deberá disponer las gestiones necesarias para evitar su reiteración,demanera que, las
rendiciones de cuentaspendientes delprograma en cuestión, cuya vigencia se extiende
hasta abril de 2016, denestricto acatamiento a las exigencias previstas en dicha
resolución, loque serácomprobado enfuturas auditorías.
4.(cid:9) Otras observaciones
Pagoen exceso por descuento demenor valor del segurode cesantía en
finiquito.
De los antecedentes puestosa disposición
relacionadoscon la demanda de doñase estableció que el 30
de octubre de 2013, laMunicipalidad de Santiago finiquitó a dichafuncionaria por los
servicios prestados desdeel 1 de abrilde 2009, hasta el 30 de octubrede 2013, fecha
sta última, detérmino de sus labores enla entidad por la causal señalada en el artículo
161, del Código del Trabajo, esto es, por necesidades del servicio.

Tabla 24 (página 24 (texto) · 47 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓNDE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓNDE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA2
Por el mencionado finiquito, laDirección de
Educación Municipal de Santiagopagó con recursos propios,la suma de
$ 8.808.006.-, mediante comprobantede pago N° 81-3.099, de 31 dediciembre de
2013, el que incluye un descuento por seguro de cesantía de $ 1.523.803.-. Ahora bien,
según consta en elcertificado de saldodel aporte del empleador al seguro de cesantía,
se debió haber rebajado por dichoconcepto el monto total de $1.832.798.-,
produciéndose enconsecuencia un pago en excesoen el finiquito por la suma de
$ 308.995.-.
En este sentido,cabe reiterar lo consignado en
la letra c), del numeral 2.2 del presentedocumento, en el sentido de quelas entidades
públicas deben hacer valer el derechoque prevé el artículo 13, inciso segundo, de la
mencionada ley N°19.728, esto es, deducir de la indemnización por años de servicio,
aquellas sumas que la institución aportó para el segurode cesantía, respecto de los
dependientes, cuyovínculo laboral finalizó por la causaldispuesta en el artículo 161 del
Código del Trabajo, según consta enel "Certificado de Saldo AporteEmpleador al
Seguro de Cesantía para Imputar aIndemnización", emitido porla Sociedad
Administradora deFondos de Cesantíade Chile S.A., información que no fue utilizada
por el municipio para efectuar el correspondiente descuento.
La respuesta del municipio, reproduce los
argumentos señalados en la letra c) del numeral 2.2, capítulo III examen de cuentas,
pago en exceso por concepto de indemnizaciones, por lo cual se concluye en los
mismos términos,en el sentido de que le asistía la obligación de descontar de la
indemnización poraños de servicio de la señorael montototal del saldo
del aporte del empleador al seguro de cesantía, consignado en el certificado emitido por
la AFC Chile.
En consecuencia esta Institución de Control
procederá a reparar el monto de $ 308.995.-, conforme lo previsto en losartículos 95 y
siguientes de la aludida ley N° 10.336.
CONCLUSIONES
Atendidas lasconsideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo, y que la Municipalidad de Santiago, si bien
dio respuesta al Preinforme de Observaciones N° 1.095, de 2015, de esta Contraloría
General, ésta no incluye antecedentesni da cuenta deacciones que permitan corregir
las situaciones advertidas, se mantienela totalidad de las objeciones formuladas a ese
ente comunal.
Luego, acerca de lo mencionadoen el capítulo
I, aspectos de control interno, número 3, sobre auditoríasal programa FAEP, resulta del
todo recomendable que ese entemunicipal incluya en sus futuros planes de
fiscalizaciones la materia en comento,considerando lasobservacionesdetectadas en
la presente auditoría.
AC: Altamente compleja
C:(cid:9) Compleja
MC: Medianamente compleja
LC:(cid:9) Levemente compleja

Tabla 25 (página 25 (texto) · 49 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DEAUDITORÍA2
1.Acerca de lo consignadoen el capítulo III,
examen de cuentas,numerales2.2, área definanciamiento pago deindemnizaciones
legales respecto a docentes y/oasistentes de la educación, letra b),pago de recargo
legal, (AC), por la suma de $ 3.210.377.-; letra c), pago en excesopor concepto de
indemnizaciones, (AC), por elmonto totalde $ 1.771.778.-; y, numeral 4, pago en
exceso por descuento de menor valor del seguro de cesantía en finiquito, (AC), por la
cifra de $ 308.995.-, esta Contraloría General formulará un reparo, en virtud de lo
prescrito en los artículos 95 ysiguientesde la ley N° 10.336, deOrganización y
Atribuciones de esteOrganismodeControl.
2.En relacióna lo observado en el numeral
4, del acápite aspectos de control interno, (C) el municipio deberá agilizar los
procedimientos disciplinarios pendientes, de los años2014 y 2015, remitiendo a la
Unidad de Seguimiento de Fiscalía de este Ente deFiscalización, los decretos
alcaldicios que afinan tales procesos, lo cualserá comprobado en lapróxima visita de
seguimiento.
3.Acerca dela falta derevisión de las
conciliaciones bancarias, señaladaen el numeral 6, delapartado aspectos de control
interno, (MC), procede que esaentidad municipal, revise y apruebe las conciliaciones
bancarias de las cuentas corrientes consignadas en laobservación, para el período
enero de 2014 a mayo de 2015, estampando en talesdocumentoslas firmas de los
responsables de laaprobacióndedichos reportes, todo lo cual seráverificado en las
acciones de seguimiento del presente informe.
4.Sobre loobjetado en el capítulo I,
aspectos de control interno, numeral 7, referido a la inexistencia de póliza de fidelidad
funcionaria, (MC), la autoridadcomunal, deberá tramitar la propuesta de fianza de
fidelidad funcionariapara manejo de fondosde los funcionarios:
y lacaución respectiva para los
conductoreslo cualserá corroborado
en una ulterior visitade seguimiento.
5.Luego, en lo que concierne a la
observación contenida en el capítulo II, examen de lamateria auditada, numeral 1,
relativa a la falta deformalizacióndel programa, (MC), el municipiodeberá dictar el
decreto alcaldicio que autoriceelprogramaen estudio, lo que serávalidado en una
futura acción de seguimiento.
6.Respecto de lo objetadoen el capítulo III
examen de cuentas, numeral2.2, literales: a), sobre pago por concepto de
indemnizaciones a personal nodocente o asistente de laeducación (AC); y, c) pago en
exceso por concepto de indemnizaciones, (AC), el municipio deberá acreditar la
rectificación de las rendicionesdegastos realizadas enel año 2014,a la SEREMI de
Educación, por losmontos de$7.089.710.-, y $ 1.771.778.- respectivamente, y
restituyendo dichosvalores alsaldo contable de los recursos del fondo, lo cual será
comprobado en la instancia de seguimiento.
AC: Altamente compleja
C:(cid:9) Compleja
MC: Medianamente compleja
LC: Levemente compleja

Tabla 26 (página 26 (texto) · 23 filas)

7.(cid:9) Sobre loobservadoenel acápite III,
examen de cuentas, numeral 3 examende rendiciones,letra a), retrasoen la rendición
de fondos, (MC),el ente comunal deberápresentar laspróximas rendiciones de cuenta
del programa enrevisión, en los plazosprevisto para aquello en laresolución N° 759,
de 2003, de esta Contraloría General, queFija Norma de Procedimientos sobre
Rendición de Cuentas, materia que seráobjetode revisión en próximasauditorías.
Finalmente, para aquellas conclusiones que se
mantienen NOS 2, 3, 4, 5, y 6, se deberáremitirel "Informe de EstadodeObservaciones"
de acuerdo al formato adjunto en AnexoN° 5,en un plazo máximode60 días hábiles,
o el que se hayaestablecido en cada caso, contadosa partir deldíasiguiente de la
recepción del presente oficio, informando lasmedidasadoptadas yacompañando los
antecedentes derespaldo que correspondan.
Transcríbase ala Alcaldesa, ala Dirección de
Control y al Concejo Municipal de Santiago, ala Unidad de Seguimiento de Fiscalía, y
a las Unidades, Técnica de Control Externo, yde Seguimiento, todas de la División de
Municipalidades,de esta Contraloría General.
Saludaatentamente a Ud.,
nI GENNA PÉREZ VALENCIA
JEFA ItREA AUDITO (cid:9) E IRIA NSPECCIÓN
SUB DIVID SIÓN DE MUNICIPALIDADES
AC: Altamente compleja
C:(cid:9) Compleja
MC: Medianamente compleja
LC: Levemente compleja

Tabla 27 (página 27 (texto) · 52 filas)

SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
ANEXO N° 1
Detalle de sumarios e investigaciones sumarias, pendientes enla Dirección de EducaciónMunicipal deSantiago —Entre 1de enero 2014 y
30 junio de 2015. (Información proporcionada el 10de septiembre de 2015), que registran cambio de fiscal.
DIASCAMBIO DE FISCALDIASTOTAL DIAS
ROLTRANSCU-OBSERVACIONESTRANSCURRI-
INTERNOFECHAESTADO FISCALTRANSCU-ROL
FISCALRRIDOSDOS
RRIDOSINTERNO
Decreto(cid:9)ordena(cid:9)sumario
SECC. 3RA
Res. N°administrativoen contradel docente226
04-08-2014Vigente189EX N° 26737(cid:9) con
1.688
07-05-15
desempeño enla EscuelaE-66.
Decreto(cid:9)ordena(cid:9)sumario
SECC. 3RAadministrativoen contradel docente
Res. N°152
20-11-2014Vigente115EX N° 26837condesempeño
2755
07-05-15
en la EscuelaD-101.
Decreto(cid:9) ordena(cid:9) investigación(cid:9) en
SECC 3RAcontra de don
Secc.3era.VigenteEX N° 27337con(cid:9) desempeño(cid:9) en(cid:9)el(cid:9) Colegio197
15-09-2014160
Ex N°675
07-05-15Polivalente(cid:9) Libertador(cid:9)Gral.(cid:9) San
Martín, por hechos que indica.
Decreto(cid:9)ordena(cid:9)sumario
SECC 3RAadministrativo,en contrade aquellos
Secc.3era.25-09-2014Vigente154EX N° 25837que(cid:9) resulten(cid:9)responsables(cid:9) en(cid:9) el191
Ex N°686
07-05-14sobregiro de$ 12.768.348.-, en el
Colegio INBA.
Decreto(cid:9)ordena(cid:9)sumario
SECC 3RAadministrativo,(cid:9)en(cid:9) contra(cid:9) de(cid:9) la
Secc.3era.EX N° 26437171
23-10-2014Vigente134asistentepor los
EX N°742
07-05-15
hechos que indica.
Decreto(cid:9)ordena(cid:9)sumario
administrativo,en contrade quienes
SECC 3RAresulten(cid:9) responsables(cid:9)frente(cid:9) al
Secc.3era.37147
27-11-2014Vigente110EX N° 256procedimiento(cid:9)utilizado(cid:9)con(cid:9) los
EX N°859
07-05-15
alumnos que fueron sorprendido con
bombas molotov en el INBA.

Tabla 28 (página 28 (texto) · 35 filas)

ÁREA DE AUDITORÍA 2
DIASCAMBIO DE FISCALDIASTOTAL DIAS
ROLOBSERVACIONESTRANSCURRI-
INTERNOFECHAESTADOFISCALTRANSCU-ROLTRANSCU-
FISCALRRIDOSDOS
RRIDOS INTERNO
Decreto(cid:9) ordena(cid:9)sumario
administrativo, en contrade aquellos
SECC 3RAque(cid:9) resulten(cid:9) responsables(cid:9) por
Secc.3era.26-01-201537denuncia realizada por el Jefe del108
EX N° 71Vigente71 EXN° 263
07-05-15Depto. de Recursos Humanos, por
los documentos extraviados de la
señora
Decreto(cid:9) ordena(cid:9) instruir(cid:9) sumario
Secc. 3eraadministrativo en contrade quienes
Secc.3era..resulten responsables en relación a47
22-04-2015Vigente21 EXN° 28826
EX N°199
25-05-15lo formulado por CGR,en oficio N°
21.795 de 2015.
Decreto(cid:9) ordena(cid:9) reapertura(cid:9) de
sumario administrativoN° 23-d de
3era.
Secc.20122, en contra de losfuncionarios
Secc.3era.
Ex08-06-2015Vigente24EX N°Oque(cid:9) resulten(cid:9) responsables(cid:9) ara24
1.3501.715 13-determinar la responsabilidad en los
07-15
hechos denunciados por la CGR en
informe final N° 51 de 20121.
Promedio dePromedio de
Promedio de días140
10932
díasdías
fuentede información: Elaboraciónpropia sobrela base de la informaciónproporcionada por elDepartamento de Educación Municipal de Santiago, mediante Ord. N° 51 de 10 de septiembre de 2015, del Abogado Je

Tabla 29 (página 29 (texto) · 42 filas)

ANEXO N° 2
etalle de sumarios einvestigaciones sumarias, pendientes en laDirección de Educación Municipalde Santiago — Entre1 de enero 2014y
juniode 2015. (Información proporcionada el 10 de septiembre de 2015), en lo quese registra elmismo fiscala cargodel procedimiento.
DIAS
OBSERVACIÓN
ROL INTERNO FECHA ESTADO FISCAL
TRANSCURRIDOS
Decreto ordena sumario administrativo, en contra de
Res. N° 66 24-01-2014 Vigente358
de la EscuelaE-87.
Decretoordenasumario administrativo,encontra deDirectoresyequipo
Res. N° 371 19-03-2014 Vigente320
docentes directivos EscuelasD-45, D-88y E-70.
Decretoordenainvestigación en contrade don
Res. N° 808 30-04-2014 Vigente291
docente EscuelaD-101.
Decretoordenasumario administrativo,en contra dela docente
Res. N°953 09-05-2014 Vigente285
de la EscuelaA-14.
Decretoordenasumario administrativoencontra deDirectoresyequipo
Res.1.136 09-06-2014 Vigente265
docentesdirectivos delaEscuela A-20.
Decreto ordena investigación en contrade la docente
Res.1.101 03-06-2014 Vigente269
H, de la Escuela D-88.
Decretoordenasumario administrativoencontra deDirectoresyequipo
Res.1.227 20-06-2014 Vigente256
docentesdirectivos delaEscuela D-45.
Decretoordenasumario administrativoencontra deDirectoresyequipo
Res.1.369 02-07-2014 Vigente248
docentesdirectivos delaEscuela A-2.
Decreto ordena investigaciónen contra del docente
Res.1.441 07-07-2014 Vigente245
del Nivel Central.
Decretoordenasumario administrativoencontra deDirectoresyequipo
Res.1.498 14-07-2014 Vigente240
docentesdirectivos delaEscuela A-14.
Decreto ordena sumario administrativo encontra deldocente
Res.2.869 03-12-2014 Vigente143
z con desempeñoen el Liceo Municipal Metropolitano deAdulto
Decreto ordena sumario administrativo encontra del docente
Res.3.321 15-12-2014 Vigente136
, con desempeñoen el LiceoA-2.

Tabla 30 (página 30 (texto) · 46 filas)

DIAS
ROL INTERNOFECHAESTADO FISCAL
OBSERVACIÓN
TRANSCURRIDOS
Secc.3era.Ex
31-01-2014Vigente353Decreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
N° 83responsables en adulteración de boletas de rendición que indica.
Secc.3era.ExDecreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
31-01-2014Vigente
353
N° 76responsables por robo sufrido enla Escuela D-88.
Secc.3era.ExDecreto ordenainvestigación en contrade doncon
09-04-2014Vigente
305
N° 310desempeño en la Escuela Santiago Apóstol.
Decreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
Secc.3era.Ex
N° 36330-04-2014Vigente291responsables en la pérdida de un teclado Yamaha DGX-230y otros, en el
Departamento de Administración.
Secc.3era.ExDecreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
02-06-2014Vigente270
N° 467responsables enla pérdida de implementos tecnológicos, enel Liceo A-16.
Decreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
Secc.3era.Ex
46602-06-2014Vigente270responsables en la pérdida de materiales adquiridos conrecursos
provenientes dela ley SEP.
Decreto ordena investigación sumaria encontra deco
Secc.3era.Ex17-06-2014
509Vigente259desempeño a nivel central de la dirección deeducación, paradeterminar la
responsabilidad que lepueda corresponderen los hechos denunciados.
Decreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
Secc.3era.Ex
08-07-2014
550Vigente244responsablesen la pérdida de un computador en la biblioteca del Liceo
Javiera Carrera.
Secc.3era.ExDecreto ordenasumarioadministrativo,en contra de aquellos queresulten
30-10-2014Vigente166
698responsables enla contratación delservicio de guardias.
Secc.3era.EXDecreto ordena sumario administrativo, encontra de quienes resulten
19-11-2014Vigente
153
815responsables frente a los hechos denunciados en elINBA.
Decreto ordena sumario administrativo, en contra de
Res.N° 39603-03-2015Vigente82ypara determinarsu responsabilidaden loshechos
denunciados.
Decreto ordena sumario administrativo, encontra del docente Patricio
Res.N° 68509-04-2015Vigente56Paredes Sáez, paradeterminar su responsabilidad en los hechos

Tabla 31 (página 31 (texto) · 49 filas)

ÁREA DE AUDITORÍA2
DIAS
ROL INTERNOFECHAESTADO FISCALOBSERVACIÓN
TRANSCURRIDOS
Decreto ordena sumario administrativo, encontradel docente
Res.1.03712-06-2015Vigente12a
determinar suresponsabilidad en loshechosdenunciados.
Decreto ordena sumario administrativo, encontradel docente
Res.1.01309-06-2015Vigente15afin de determinar su responsabilidad en los he
denunciados.
Decreto ordena sumario administrativo, encontrade quienes resu
Res.1.04323-06-2015Vigente5responsables delas acusacionesrealizadas por la señora
, docente del colegio D-101.
Decreto ordena sumario administrativo, en contra dela docente Alej
Res.1.08023-06-2015Vigente5Picardo Carrasco, del liceo D-101, por incumplimientodel plan de estu
la docente.
Secc.3era.EXDecreto ordena sumario administrativo, en contra deaquellos que re
26-01-2015Vigente108
N° 72responsables por denuncia en la unidad de remuneraciones.
Secc.3era.EXDecreto ordena sumario administrativo, encontra de la asistente
26-01-2015Vigente108
N° 70por las denuncias realizadas en su contra.
Secc.3era.EXDecreto ordena sumario administrativo, en contra detodos los que re
20-03-2015Vigente69
N° 152responsablesen el robo ocurrido enel establecimiento.
Decreto ordena sumario administrativo, en contra detodos los que re
Secc.3era.EXresponsables en el retraso en el pago de las facturasde la empresa
N° 18208-04-2015Vigente57
integración tecnológica.
Decreto ordena instrúyase breve investigación en contra de la asiste
Secc.3era.EXVigente37educaciónpara determinar suresponsabilidad
N° 27007-05-2015
hechosdenunciados, inasistencia reiteradas.
Secc.3era.EXDecreto ordenainstruirsumarioadministrativoen contra de quienes r
07-05-2015Vigente37
N° 259responsablesen el robo ocurrido enel establecimiento.
Decreto ordenainstruirsumarioadministrativoen contra de quienes r
Secc.3era.EXresponsables en el robode las tarjetas de navidad delos profesores d
07-05-2015Vigente37
N° 260
de extraescolar del establecimientoD-88.
Decreto ordenainstruirsumarioadministrativoen contra de quienes r
Secc.3era.EX37responsables enel robode material didáctico ypersonales del
07-05-2015Vigente
N° 261
establecimiento
Secc.3era.EXDecreto ordenainstruirsumarioadministrativoen contra de quienes r
31
15-05-2015Vigente
N° 281responsables por la pérdida deuna caja de útiles escolares de la JUN

Tabla 32 (página 32 (texto) · 17 filas)

DIAS
ROL INTERNOFECHAESTADO FISCALOBSERVACIÓN
TRANSCURRIDOS
Secc.3era.EXDecreto ordena instruir sumario administrativoencontra de quiene
18-05-2015Vigente30
N° 283responsables por el robo ocurrido enelestablecimiento.
Decreto ordena instruir unabreve investigaciónencontra de don
Secc.3era.Ex24-06-20154nochero de ladirección deeducación, para determina
Vigente
362
responsabilidad en loshechos denunciados, insistencias reiter
Decreto ordena instrucción de sumario administrativo en contra
Secc.3era.Exfuncionarios que resultenresponsables en pagode finiquito de l
24-06-2015Vigente4
363ex funcionaria de laDirección de educa
alos hechosdenunciados.
Promedio de días161
ente deinformación: Elaboración propia sobre la base de la información proporcionada por el Departamento de Educación Municipalde Santiago, mediante Ord. N° 51de 10 deseptiembre de 2015, del

Tabla 33 (página 33 (texto) · 49 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓN DEMUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DEAUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA2
ANEXO N° 3
etalle de cuentas corrientesvigentes en la Dirección de EducaciónMunicipalde
antiago.
Dirección de Educción Municipal.
NÚMERODETALLEESTADO
01-07146-7Fondos GeneralesAutorizada
01-07147-5RemuneracionesAutorizada
05-93627-5Aporte Supl.Ley 19.532Autorizada
62-73042-0Liceo TradicionalesAutorizada
62-96423-5Líceo Tradicional A-9Autorizada
64-59473-7Liceos BicentenariosAutorizada
65-63014-1Sub.EscolarPreferencialAutorizada
67-93522-5 Fondo. Apoyo Educación Pública de Calidad MINEDUCAutorizada
ente de informacion: Elaboración propia sobre la basede la informaciónproporcionada mediante certificadoS/N
10 de septiembre de 2015, de doñaJefa Departamento Contabilidady Finanzas de la
rección de Educación de Santiago.
) Establecimientos Educacionales
NÚMERODETALLEESTADO
01-12638-5LiceoA-0Autorizada
01-12625-0LiceoA-1Autorizada
00-14566-1LiceoA-2Autorizada
00-14567-0LiceoA-4Autorizada
00-14378-2LiceoA-7Autorizada
00-14568-8LiceoA-9Autorizada
00-14569-6Liceo A-10Autorizada
00-14570-0Liceo A-13Autorizada
00-14573-4Liceo A-14Autorizada
00-14574-2Liceo A-16Autorizada
00-12822-8Liceo A-17Autorizada
00-14572-6Liceo A-18Autorizada
00-14575-0Liceo A-20Autorizada
00-12626-8Liceo A-24Autorizada
00-12880-5Liceo A-26Autorizada
00-14576-9Liceo D-101Autorizada
00-14585-8 LiceoRepública de BrasilAutorizada
00-14577-7EscuelaE-10Autorizada
00-14578-5EscuelaD-11Autorizada
00-14579-3EscuelaE-12Autorizada
00-14379-0EscuelaE-17Autorizada
00-14581-5EscuelaE-19Autorizada
00-14580-7EscuelaD-18Autorizada
00-14582-3EscuelaE-25Autorizada
00-14583-1EscuelaF-38Autorizada
00-14586-6EscuelaD-45Autorizada
00-14587-4EscuelaF-46Autorizada
00-14588-2EscuelaE-50Autorizada

Tabla 34 (página 34 (texto) · 22 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DEAUDITORÍA EINSPECCIÓN
ÁREADE AUDITORÍA2
NÚMERO DETALLEESTADO
00-14591-2 EscuelaE-66Autorizada
00-14594-7 EscuelaD-69Autorizada
00-14589-0 EscuelaD-63Autorizada
00-14590-4 EscuelaF-64Autorizada
00-14593-9 EscuelaD-67Autorizada
00-14595-5 EscuelaE-70Autorizada
01-12938-4 EscuelaE-71Autorizada
00-14596-3 EscuelaD-73Autorizada
00-14601-3 EscuelaD-84Autorizada
01-12636-9 EscuelaF-86Autorizada
01-12637-7 EscuelaE-87Autorizada
00-14602-1 EscuelaD-88Autorizada
00-13901-7 Escuela1712Autorizada
62-73600-3 Liceo H.VargasAutorizada
64-31639-7 EscuelaE-106Autorizada
Fuente de información: Elaboración propia sobre la basede la informaciónproporcionada mediante certificado
de10 de septiembre de 2015, de doñaJefa Departamento Contabilidady Finanzas
Dirección de Educación de Santiago.

Tabla 35 (página 35 (texto) · 55 filas)

etalle de lascontratacionesa honorarios de la señoraentre los año
006 y 2009.
FECHA DELLUGAR DE
CONTRATODESEMPEÑOFUNCIÓNDESDEHASTA
Diseño,(cid:9) ejecución(cid:9)y(cid:9) análisis(cid:9) de
estudios, monitoreo yevaluaciones de
los distintos programas y servicios del
Municipalidadárea social,(cid:9)como de la población
30-12-2005
01-01-200630-06-2006
de Santiagousuaria de sus prestaciones, donde
deberá rendir cuentaa la unidad de
estudios sociales dependiente de la
dirección de Desarrollo Comunitario.
Municipalidad
30-06-2005de SantiagoModifica contrato en cuanto al plazo01-07-200631-12-2006
Elaboración(cid:9)de(cid:9) indicadores(cid:9) y(cid:9) de
desempeño, respectode 28 proyectos
Municipalidadque se desarrollan enla Dirección de
30-12-2006
de Santiagoeducación(cid:9)01-01-200731-12-2007
Municipal,(cid:9)el(cid:9) que(cid:9) será
supervisado por la secretaria comunal
de planificación.
Elaboraciónde un diagnostico que
revele las condiciones sociales del
proceso de envejecimiento y vincule
Municipalidadlineamientos(cid:9)de(cid:9)intervención
31-07-2006
de Santiago,1-08-200731-12-2007
focalizado enla población de adultos
mayores de lacomunade Santiago, el
que será supervisadopor la secretaria
comunal de planificación.
Elaboración de un diagnóstico de las
estrategias degestióndefinidas por la
dirección(cid:9) de(cid:9)Educación(cid:9) municipal,
Municipalidad
30-12-2007
de Santiagovinculadas(cid:9) a(cid:9) los(cid:9)proyectos(cid:9) de01-01-200831-12-2008
inversión(cid:9) 2008.,(cid:9)el(cid:9) que(cid:9) será
supervisado por la secretaria comunal
de planificación.
Desarrollo deuna síntesis diagnóstico
para(cid:9) cada(cid:9)establecimiento
educacional(cid:9)municipal,(cid:9) donde
visualice los datos e información más
relevante que caracteriza de forma
Municipalidad
30-12-2008de Santiagoparticular a cada unidad educativa,01-01-200930-06-2009
vinculada y evaluadarespecto de los
lineamientos de trabajo propuestos en
el Plan Anualde Desarrollo Educativo
PADEN el queserá supervisado por la
secretaria comunal deplanificación.
uente de información: Elaboración propia sobre la base de loscontratos a honorarios de la señora

Tabla 36 (página 36 (texto) · 45 filas)

CONTRALORÍAGENERALDE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN
ÁREA DE AUDITORÍA 2
ANEXON° 5
stado deObservaciones de Informe Final N° 1.095,de 2015.
MEDIDA
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LAIMPLEMENTADA Y
N° DEMATERIA DE LANIVEL DEOBSERVACIÓN SOLICITADAPORSU
OBSERVACIÓNOBSERVACIÓNCOMPLEJIDADCONTRALORÍAGENERALEN INFORME
DOCUMENTACIÓN
FINAL
DE RESPALDO
Esa municipalidaddeberá remitir aeste Ente
CapítuloI,Sumariosde Control los actos administrativos que
Aspectosdeadministrativos,afinan(cid:9) los(cid:9) procedimientos(cid:9)disciplinarios
C: Compleja
controlinterno,pendientesdeobservados, en elplazo de 60 díashábiles,
numeral 4.término.contados desde el día hábilsiguiente a la
recepción del presente informe.
La(cid:9) entidad(cid:9) edilicia(cid:9) deberá(cid:9)acreditar(cid:9) la
revisión y aprobación de lasconciliaciones
CapítuloI,bancarias para elperíodo enero de 2014 a
InexistenciadeMC:
mayo de 2015, de las cuentas corrientes
Aspectosderevisión(cid:9) delasMedianamente
consignadas en elcuadro de la observación,
controlinterno,conciliaciones.
Compleja
numeral 6remitiendo tales documentosa esteEnte de
Control,(cid:9) en(cid:9) idéntico(cid:9) plazo(cid:9)al(cid:9)señalado
precedentemente.
Ese(cid:9) municipio(cid:9)deberá(cid:9) remitir(cid:9)a(cid:9) esta
Contraloría General, los antecedentes de la
propuesta de fianza de fidelidad funcionaria
para manejo de fondos de doña
I,
CapítuloMC:
AspectosdeSin(cid:9) pólizadeMedianamenteAsimismo,(cid:9) respecto(cid:9)de(cid:9) las
controlinterno,fianza.cauciones de los conductores
compleja
numeral 7
en el
plazo de 60 días hábiles, contadosdesde el
día(cid:9) hábil(cid:9) siguiente(cid:9) a(cid:9) la(cid:9)recepción(cid:9) del
presente informe.

Tabla 37 (página 37 (texto) · 36 filas)

ÁREADE AUDITORÍA 2
MEDIDA
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA
IMPLEMENTADA Y
N° DEMATERIA DE LANIVEL DEOBSERVACIÓN SOLICITADA PORSU
OBSERVACIÓNOBSERVACIÓNCOMPLEJIDADCONTRALORÍAGENERAL ENINFORMEDOCUMENTACIÓN
FINAL
DE RESPALDO
La entidad deberá dictarel decreto alcaldicio
Capítulo(cid:9)II,Falta(cid:9) deque autoricela suscripción del programa en
MC:
delremitiendo(cid:9)tal(cid:9) acto(cid:9) a(cid:9) esta
examen(cid:9) de(cid:9)laformalización(cid:9)comento,(cid:9)
materia auditada,programa por parteMedianamenteContraloría General, enel plazode 60 días
compleja
numeral 1.del municipiohábiles contadosdesdeel día hábil siguiente
a la recepción del presente informe.
El municipiodeberá rectificar la rendición del
IIIPago por conceptoprograma FAEP2014,(cid:9)por lasuma de
Capítulo
(cid:9)'indemnizaciones a$ 7 089 710 -' restituyendo(cid:9) dicha(cid:9) cifra(cid:9) al
examendepersonal(cid:9) noAC:(cid:9) Altamente'(cid:9) '(cid:9) '(cid:9)
cuentas(cid:9) numeraldocente(cid:9) oComplejasaldo contable del programa, documentando
2. Punto 2.2 letraasistente(cid:9) de(cid:9) latal acción enelplazode 60 días hábiles,
contados desdeel díahábil siguiente a la
a)educación.
recepción delpresente informe.
El(cid:9) ente(cid:9) comunal,(cid:9) deberá(cid:9) realizar(cid:9) la
Capítulo(cid:9)III,rectificacióndela rendición delprograma
examen(cid:9)depago(cid:9) en(cid:9) excesoFAEP 2014,porla suma de $ 1.771.778.-,
AC: Altamente
restituyendodicha cifraal saldo contable del
cuentas(cid:9) numeralpor(cid:9) concepto(cid:9) de
Compleja
2. Punto 2.2 letraindemnizacionesprograma, acreditandodocumentadamente
c)tales(cid:9) acciones,(cid:9)en(cid:9)análogo(cid:9)plazo(cid:9) al
consideradoen el cuadro precedente.