Informe Seguimiento N° 775 21

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Tabla 1 (página 1 (texto) · 9 filas)

INSPECCIÓN
OBRA PÚBLIC
MUNICIPALIDAD
INFORME N° 775 / 2021
24 DE NOVIEMBRE DE 20
AL SEÑOR
RENÉ MORALES ROJAS
CONTRALOR REGIONAL
I CONTRALORÍA REGIONAL
PRESENTE

Tabla 2 (página 3 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma24/11/2021
Código validaciónXYiq4eNej
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NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma24/11/2021
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NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma24/11/2021
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Tabla 5 (página 6 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma24/11/2021
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Tabla 6 (página 7 (texto) · 31 filas)

I CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE INSPECCIÓN DE OBRAS
ResumenEjecutivo Informe Final de Ob raPública N° 775,de 2021
Municipalidad de Santiago.
Objetivo: Constatarque la Municipalidad de Santiago haya inspeccionado correctamente
las obras del contrato "Remodelación Calles Serrano– Alonso Ovalle – San Diego,
Comuna de Santiago”, respecto alcumplimiento dela empresa contratista de las
exigencias constructivas contenidasen los preceptosque regulan lamateria y en lo
concerniente a los requerimientos técnicos y administrativos -estos últimos en relación
con la ejecución delas obras-, establecidos en los antecedentes queforman parte del
respectivo contrato.
Preguntas de la Inspección:
• ¿Exigió el municipio que la empresa contratista diera cumplimientoa las exigencias
contempladas en elpliego de condiciones que regulanel contrato?
Principales Resultados:
 Se detectó que laMunicipalidad deSantiago no exigió a la empresa contratista que las
“Baldosas ColonialPiedra Rio Negro, de 40x60x4cm” instaladas, cumplieran con las
exigencias técnicasde resistencia a la compresión simple establecidas en las respectivas
especificaciones técnicas.
 Asimismo, se constató que esemunicipio autorizóla la colocación de pavimento
asfáltico, sin acreditar el cumplimiento de lo requeridoen las ya citadasespecificaciones
técnicas respecto alos parámetros de calidad.
 A su vez, se verificó que la entidadedilicia no habíaactualizado en el Sistema GEO-
CGR, de este Organismo de Control, la información del avance de los contratos
denominados: “Obras de Construcción y/o Mantenimiento Aceras y Calzadas”;
“Restauración CasaColorada 2° Etapa, Comuna Santiago”; “2do Llamado Conservación
Escuela Santiago Apóstol”; “Finalización de Obra Conservación Escuela República de
México”; “Reposición Terrazas CerroSanta Lucía” y“RemodelaciónCalles Serrano –
Alonso Ovalle – SanDiego, Comunade Santiago”.
 Respecto de todaslas acciones correctivas, el municipio deberá comunicar las medidas
adoptadas a esta Entidad de Controlen un plazo de 60 días hábiles, contado desde la
recepción del presente informe.

Tabla 7 (página 8 (texto) · 40 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DE LA REPÚBLICA
I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDADDE INSPECCIÓN DEOBRAS
IOP N°: 19.031/2021INFORME FINAL N° 775, DE 2021, SOBRE
INSPECCIÓN ALASOBRAS DEL
CONTRATO DENOMINADO “REMODELA-
CIÓN CALLESSERRANO – ALONSO
OVALLE – SAN DIEGO”, ACARGO DELA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.
SANTIAGO,
Se efectuó una inspeccióna las obrasdel
contrato “Remodelación CallesSerrano– Alonso Ovalle –San Diego, comunade
Santiago”, a cargo de la Municipalidad deSantiago, la cual tuvo por finalidad constatar
que ese municipiohaya inspeccionadocorrectamente las obrasdel contratoen
cuestión respectoal cumplimiento dela empresa contratista delas exigencias
constructivas contenidas en lospreceptosque regulan la materia y en lo concerniente a
los requerimientos técnicos y administrativos -estos últimos en relacióncon la ejecución
de las obras-, establecidos en los antecedentes que forman parte del respectivo
contrato al momento de realizada la presente fiscalización.
JUSTIFICACIÓN
El presente examenfue incorporado enel
proceso de planificación anualde esta Entidad de Control, en consideración a que la
inversión en infraestructura vial ocasiona un alto impacto en lacomunidad,y
representa la cara visible y más cercanaa los habitantes dela comuna ya que tiene
como objeto el mejoramiento de la infraestructura que facilita una mejor calidad de
vida de las personas. Además,el montode la inversión asciende a $1.775.025.982,
IVA incluido, y la citada obra noha sido anteriormente objetode fiscalización por parte
de este Organismode Control.
Cabe hacer presente que, através de esta
fiscalización, estaContraloríaRegionalbusca contribuira la implementacióny
cumplimiento de los17 Objetivos de Desarrollo Sostenible,ODS, aprobados por la
Asamblea Generalde las Naciones Unidas, en su Agenda 2030, parala erradicación
de la pobreza, la protección delplaneta yla prosperidad de toda la humanidad.
En tal sentido, estarevisiónse enmarca en
los ODS Nos 16 "Paz, Justiciae Instituciones Sólidas", meta16.6, "Crear a todos los
niveles instituciones eficaces ytransparentes que rindan cuentas";y 9, "Industria,
AL SEÑOR
RENÉ MORALES ROJAS
CONTRALOR REGIONAL
I CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
PRESENTE

Tabla 8 (página 9 (texto) · 40 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
I CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE INSPECCIÓN DEOBRAS
Innovación e Infraestructura",meta 9.1, "Desarrollar infraestructuras fiables,
sostenibles, resilientes y decalidad, incluidasinfraestructuras regionales y
transfronterizas, para apoyar eldesarrollo económico yel bienestar humano,
haciendo especial hincapié en el acceso asequible yequitativo para todos".
ANTECEDENTES GENERALES
Se efectuó unconvenio mandato completo e
irrevocable entre el Servicio deVivienda y Urbanización Metropolitano y la
Municipalidad de Santiago, conelfin de proporcionar, por parte del primero, el
financiamiento necesario para la ejecución del proyecto“Remodelación Calles
Serrano – Alonso Ovalle – San Diego, Comuna de Santiago”, por un total disponible
de $1.795.02600.
En concordancia con lo anterior, con fecha
30 de diciembre de2020, se celebróun contrato deconstrucción entreel precitado
municipio y la empresa ConstructoraCOSAL S.A., para laejecución de la obra en
comento.
En ese contexto,dicho proyecto fue
adjudicado por decreto alcaldicio sección 2da N° 6.787, de 12 de noviembre de 2020,
por un monto de $ 1.775.025.982, IVA incluido, y unplazo de ejecuciónde 180 días
corridos, los cuales se iniciaron el1 de febrero de 2021.
Por su parte, elproyectoconsideró el
mejoramiento de aceras y calzadas de las callesSerrano entreAv. Alameda
Libertador BernardoO´Higgins yAlonso Ovalle, calleSan Diego, entreAv. Alameda
Libertador BernardoO´Higgins y Alonso Ovalle y calleAlonso Ovalle entre Zenteno y
Av. Santa Rosa.
Es dable señalar que, con carácter confidenci
el 29 de octubre de 2021 fue puesto en conocimiento de la Alcaldesa de la Municipalid
de Santiago el preinforme de observaciones N° 775, de 2021, con la finalidad q
formulara los alcances y precisiones que a su juicio procedieran, sin que se die
respuesta en el plazo establecido, por lo que corresponde mantener todas l
observaciones originalmente planteadas.
OBJETIVO
La finalidad de la revisión fue constatar que
la Municipalidad deSantiago hayainspeccionadocorrectamente las obras del
contrato "Remodelación Calles Serrano – Alonso Ovalle –San Diego,Comuna de
Santiago”, respectoal cumplimientode la empresacontratista de las exigencias
constructivas contenidas en los preceptos que regulanla materia y en loconcerniente
a los requerimientos técnicos yadministrativos -estos últimos en relación con la
ejecución de las obras-, establecidos en los antecedentes que forman parte del

Tabla 9 (página 10 · 7 filas)

Las observaciones que la Contraloría General
formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en diversas
categorías, según su grado de complejidad. En efecto, se entiende por Altamente
Complejas (AC) / Complejas (C), aquellas observaciones que, de acuerdo a su
magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventuales, responsabilidades
funcionarias, son consideradas de especial relevancia por la Contraloría General; en
tanto, se clasifican como Medianamente Complejas (MC) / Levemente Complejas (LC),
aquellas que tienen menor impacto en esos criterios.

Tabla 10 (página 10 · 15 filas)

Nombre del contratoRemodelación Calles Serrano – Alonso Ovalle – San Diego, Comuna de Santiago.
Unidad FinancieraServicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano.
Unidad TécnicaMunicipalidad de Santiago
UbicaciónCalles Alonso Ovalle, San Diego y Serrano.
Tipo de propuestaLicitación Pública.
N° ID2582-5-LR20
ContratistaConstructora COSAL S.A.
Resolución que adjudicó el contratoDecreto alcaldicio sección 2da N°6787, de 12 de noviembre de 2020 de la Municipalidad de Santiago.
Tipo de contrataciónSuma alzada.
Monto contratado$ 1.775.025.982, IVA incluido.
Plazo de ejecución180 días corridos.
Fecha de inicio del plazo1 de febrero de 2021.
Inspector fiscal de la obra
Fecha de fin del plazo original30 de julio de 2021.
Aumentos de plazo62 días corridos, mediante folio 28 de libro de obras, de fecha 27 de julio de 2021.
Fecha de fin del plazo total30 de septiembre de 2021.

Tabla 11 (página 11 · 2 filas)

Fecha de visitas a terreno30 de septiembre de 2021.
Porcentaje de avance físico, a la fecha de las visita a terreno60%
Porcentaje de avance financiero.60% según estado de pago N°5, de 13 de agosto de 2021.

Tabla 12 (página 12 · 2 filas)

MATERIADETALLEHALLAZGONORMA VULNERADARESPALDO
1De la acreditación de calidad de baldosas.Incumplimiento de las exigencias de calidad de las “Baldosas Colonial Piedra Rio Negro, de 40x60x4cm”.De la revisión de los antecedentes tenidos a la vistas, se identificó que las baldosas denominadas “Baldosa Colonial Piedra Rio Negro 40x60x4 cm”, no dieron cumplimiento a las exigencias técnicas de resistencia a la compresión simple establecidas en las especificaciones técnicas. En efecto, se advirtió que el promedio de las resistencias de 5 baldosas, informado en certificado de calidad N° 1.578.290/3, de IDIEM, de 22 de junio de 2021, arrojó un valor de 240 kg/cm2, en circunstancias que la referida exigencia establece un mínimo de 280 kg/cm2. Pese a lo anterior, la entidad edilicia procedió a pagar el 92% del costo total de la partida, lo que al Estado de Pago N° 5, de julio de 2021, asciende a la monto neto de $ 40.985.793, mediante el ítem 6.1c, “Suministro y colocación baldosa Colonial Piedra Rio Negro 40x60x4 cm, sobre mortero de 4 cm de espesor y base estabilizada de 5 cm”.Numeral 6.1, “Aceras de Baldosa”, acápite 6.1c, “Baldosa colonial Piedra Rio Negro 40x60x4 cm”, párrafo de “Controles”, que prescribe que “La evaluación de la calidad de las baldosas y su consiguiente aceptación o rechazo, se efectuará por lotes, correspondiendo esto a un proyecto. Los ensayes exigidos son los siguientes: (…) e) Resistencia a la compresión: Aplica para baldosas coloniales o lavadas. 1) mínimo individual 160 kg/cm2, 2) Promedio 5 baldosas 280 kg/cm2.Prescripciones establecidas en las especificaciones técnicas del contrato y certificación de calidad proporcionada por el municipio.
RESPUESTA DEL SERVICIOAl respecto, el municipio no entregó respuesta.

Tabla 13 (página 13 · 2 filas)

MATERIADETALLEHALLAZGONORMA VULNERADARESPALDO
CONCLUSIÓNPor ende, se mantiene la observación, debiendo esa entidad edilicia en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción de este informe, acreditar el cumplimiento de las exigencias técnicas de resistencia a la compresión simple de las baldosas denominadas “Baldosa Colonial Piedra Rio Negro 40x60x4 cm”, establecidas en las respectivas especificaciones técnicas, lo que será verificado en un futuro seguimiento (C).
2De la acreditación de calidad del pavimento asfáltico.Inexistencia de certificación de calidad.No obstante haber sido solicitado en reiteradas oportunidades, la entidad edilicia no acreditó el cumplimiento de las exigencias técnicas impuestas por la contratación a los pavimentos asfálticos. En efecto, y a pesar de existir una exigencia expresa en las respectivas especificaciones técnicas, el municipio no aportó antecedente alguno que permita acreditar el cumplimiento de las referidas exigencias. Lo anterior fue ratificado por el Inspector Técnico, mediante acta de fiscalización de 14 de octubre de 2021. Con todo, la entidad edilicia procedió a autorizar el pago de las partidas contenidas en el numeral 4.0, “Pavimentos asfálticos”. Específicamente ítem 4.1, “Carpeta asfáltica de espesor variable, incluye imprimación y/o riego de adherencia y sellado (reparación de calzada y bacheo)”, en un 57%, por un monto neto igual a $ 470.143; ítem 4.2, “Suministro y colocación mezcla asfáltica con asfalto modificado. No incluye riego de liga ni imprimación”, en un 57%, por un monto neto igual a $ 85.456.762; e ítem 4.3, “Concreto asfáltico de graduación gruesa (BINDER) (Estabilidad Marshall 8.000 N), incluye imprimación o riego de preparación y compactación de la superficie (relleno según cortes transversales), en un 57% y por un monto neto igual a $ 34.497.543.Numeral 8, “De las obligaciones del contratista”, acápite 8.1, “Control de Calidad”, de las Bases de la contratación, que prescribe que “Para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Especificaciones Técnicas y/o la normativa vigente, deberán efectuarse informes y controles de calidad y entrega de certificados (si corresponde), los que serán solicitados directamente por el Fiscalizador Municipal en el libro de obras y emitidos por organismo competente. El número y tipos de ensayos de calidad será el estipulado por las e s p e c i f ic a c iones técnicas o, en su defecto, por los que solicite el fiscalizador municipal en cumplimiento con las normativas vigentes para las distintas partidas y/o trabajos a ejecutar (…)”.Prescripciones establecidas en las bases administrativas del contrato.

Tabla 14 (página 14 · 2 filas)

MATERIADETALLEHALLAZGONORMA VULNERADARESPALDO
RESPUESTA DEL SERVICIOSobre la materia, la entidad edilicia no entregó contestación.
CONCLUSIÓNPor lo expuesto, se mantiene la observación, debiendo el municipio acreditar en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción del presente informe, el cumplimiento de las exigencias técnicas en el legajo de condiciones del contrato a los pavimentos asfálticos, todo lo cual será parte de un futuro seguimiento (C).

Tabla 15 (página 15 · 3 filas)

RESPUESTA DEL SERVICIOEn lo concerniente a lo objetado, la Municipalidad de Santiago no dio respuesta.
CONCLUSIÓNAl respecto, se mantiene la observación, debiendo ese municipio acreditar en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción del presente oficio, en lo sucesivo, la dictación del respectivo acto administrativo que formalice el aumento de plazo (MC).
2Del cobro de multas.Falta de cobro de multas.En visita realizada a terreno, se identificó que al 30 de septiembre de 2021, las faenas no habían concluido, lo anterior a pesar de haberse cumplido el lapso convenido contractualmente incluyendo el aumento de plazo otorgado -62 días corridos-. No obstante lo anterior, la entidad edilicia no ha sancionado dicho incumplimiento en los términos establecidos en las bases técnicas de la contratación. En efecto, se verificó que no se ha aplicado la multa correspondiente al dos por mil del valor del contrato por cada día de atraso.Numeral 5, “Multas”, de las Bases Técnicas, que prescribe que “La I. Municipalidad de Santiago estará facultada para aplicar administrativamente las multas que se indiquen em el cuadro a continuación: (…) En caso de atraso en la ejecución de la obra, se aplicará una multa de dos por mil del valor del contrato, por día”.Prescripciones establecidas en las bases técnicas del contrato.
RESPUESTA DEL SERVICIOEl municipio no entregó respuesta sobre este punto.

Tabla 16 (página 16 · 3 filas)

CONCLUSIÓNSobre la materia, se mantiene la observación, debiendo esa municipalidad en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción de este informe, acreditar el efectivo cobro de la multa por el atraso en la entrega de las obras, todo lo cual formara parte de una futura acción de seguimiento (C).
3De la falta de procedimientos que dicta la normativa.Falta de actualización en sistema GEO-CGR.La entidad edilicia no ha actualizado en el Sistema de Gestión de Obras, SISGEOB, de la Contraloría General de la República, la información del avance de las obras públicas que ha ejecutado o que mantiene en ejecución, lo que conlleva a que el avance de estas no se visualice en el portal GEO- CGR. A modo de ejemplo, se puede identificar dicha situación en los contratos denominados: “Obras de Construcción y/o Mantenimiento Aceras y Calzadas”; “Restauración Casa Colorada 2° Etapa, Comuna Santiago”; “2do Llamado Conservación Escuela Santiago Apóstol”; “Finalización de Obra Conservación Escuela República de México”; “Reposición Terrazas Cerro Santa Lucía” y “Remodelación Calles Serrano – Alonso Ovalle – San Diego, Comuna de Santiago”.Resoluciones exentas Nos. 6.826 de 2014 y 1.992 de 2021, ambas de este origen, que imparten instrucciones en materia de información de contratos de obra pública en orden a la publicación en esta plataforma y la actualización mensual del estado de avance, modificaciones y otros aspectos relevantes. Imperativa que rige tanto para las licitaciones públicas y privadas como para los tratos directos.Resoluciones exentas Nos. 6.826, de 2014 y 1.992, de 2021 y anexo N° 2.
RESPUESTA DEL SERVICIOLa Municipalidad de Santiago no entregó contestación sobre la materia.
CONCLUSIÓNSobre lo expuesto, se mantiene la observación, debiendo esa entidad edilicia acreditar en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, la actualización del avance de las obras de los contratos de obra mencionados (MC).

Tabla 17 (página 17 · 3 filas)

Firmado electrónicamente por:
Nombre:CRISTIAN MARAMBIO LIZAMA
Cargo:Jefe de Unidad de Control Externo
Fecha:24/11/2021

Tabla 18 (página 18 · 21 filas)

ÍtemUnid.CantidadTotal ($)Avance F í s i c o EP N° 5 (%)Total Pagado EP N° 5 ($)
3.0Bases estabilizadas y rellenos
3.1.1Base estabilizada de espesor variable. CBR >= 80%. Para acceso vehicular265$ 4,527,79095%$ 4,301,401
3.1.2Base estabilizada de espesor variable. CBR >= 80%. Serrano52$ 888,472100%$ 888,472
3.1.3Base estabilizada de espesor variable. CBR >= 80%. Cambio acera a calzada3$ 51,25895%$ 48,695
4.0Pavimentos asfálticos
4.1Carpeta asfáltica de espesor variable4$ 824,81257%$ 470,143
4.2Suministro y colocación mezcla asfáltica con asfalto modificado718$149,924,14457%$ 85,456,762
4.3Concreto asfáltico de graduación gruesa347$ 60,522,00557%$ 34,497,543
5.0Pavimentos de hormigón
5.1Pavimento de hormigón de tráfico rápido488$ 95,520,14493%$ 88,833,734
6.0Pavimentos de aceras
6.1aSuministro y colocación baldosa rústica 40x40x4cm2746$ 74,089,82692%$ 68,162,640
6.1bSuministro y colocación baldosa rústica 40x40x7cm775$ 25,999,70090%$ 23,399,730
6.1cSuministro y colocación baldosa Colonial Piedra Río Negra 40x60x4cm1615$ 44,549,77592%$ 40,985,793
6.1dSuministro y colocación baldosa Colonial Piedra Río Negra 40x60x7cm633$ 21,694,80990%$ 19,525,328
6.1eSuministro y colocación baldosa para circuito de No Videntes tipo MINVU 1 40x40x4cm103$ 3,003,17182%$ 2,462,600
6.1fSuministro y colocación baldosa para circuito de No Videntes tipo MINVU 0 40x40x4cm157$ 4,577,64984%$ 3,845,225
7.0Soleras
7.1Suministro y colocación de soleras HCV, tipo A rectas y curvasml2293$ 34,725,19292%$ 31,947,177
7.2Recolocación de solera de piedraml220$ 2,416,700100%$ 2,416,700
7.3Suministro y colocación solerillasml20$ 205,200100%$ 205,200

Tabla 19 (página 20 (texto) · 3 filas)

ERAL DE LA R
METROPOLITANA
PECCIÓN DE OBR
ontenida en el portal GEO-

Tabla 20 (página 21 · 5 filas)

N° OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN EL INFORME FINALNIVEL DE COMPLEJIDADMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIÓN Y/O COMENTARIO DE LA ENTIDAD
Numeral 1, acápite I “Sobre Aspectos Constructivos”.Incumplimiento de las exigencias de calidad de las “Baldosas Colonial Piedra Rio Negro, de 40x60x4cm”.Esa entidad edilicia deberá en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción de este informe, acreditar el cumplimiento de las exigencias técnicas de resistencia a la compresión simple de las baldosas denominadas “Baldosa Colonial Piedra Rio Negro 40x60x4 cm”, establecidas en las respectivas especificaciones técnicas.Compleja (C)
Numeral 1, acápite I “Sobre Aspectos Constructivos”.Inexistencia de certificación de calidad.Ese municipio deberá acreditar en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción del presente informe, el cumplimiento de las exigencias técnicas en el legajo de condiciones del contrato a los pavimentos asfálticos.Compleja (C)
Numeral 1, acápite II “Sobre Aspectos Administrativos”.Ausencia de formalización de aumento de plazo.Esa municipalidad deberá acreditar en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción del presente oficio, en lo sucesivo, la dictación del respectivo acto administrativo que formalice el aumento de plazo.Medianamente Compleja (MC)
Numeral 2, acápite II “Sobre Aspectos Administrativos”.Falta de cobro de multas.Esa entidad edilicia deberá en el plazo de 60 días hábiles, a partir de la recepción de este informe, acreditar el efectivo cobro de la multa por el atraso en la entrega de las obrasCompleja (C)
Numeral 3, acápite II “Sobre Aspectos Administrativos”.Falta de actualización en sistema GEO-CGR.Ese municipio deberá acreditar en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, la actualización del avance de las obras de los contratos de obra denominados: “Obras de Construcción y/o Mantenimiento Aceras y Calzadas”; “Restauración Casa Colorada 2° Etapa, Comuna Santiago”; “2do Llamado Conservación Escuela Santiago Apóstol”; “Finalización de Obra Conservación Escuela República de México”; “Reposición Terrazas Cerro Santa Lucía” y “Remodelación Calles Serrano – Alonso Ovalle – San Diego, Comuna de Santiago”.Medianamente Compleja (MC)