Mecanismos de participación ciudadana
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| Enlace a mayor informacion | Requisitos para participar | Breve descripcion de su objetivo | Nombre del mecanismo de participacion ciudadana |
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| Enlace | Las audiencias públicas serán concebidas cuando lo pidan mínimo de 100 ciudadanos de la comuna en este caso el Alcalde someterá la solicitud respectiva al conocimiento del Concejo en la sesión mas inmediata despues de su recepción. Además, cuando el Concejo Municipal estime que la materia a plantear es de interés comunal o afecta a un numero considerable de vecinos | Se trata de una sesión del Concejo Municipal legalmente constituida, en el cual se ha destinado todo o parte de la tabla para escuchar y atender directamente a las personas naturales o jurídicas de la comunidad que tengan interés en dar a conocer al Alcalde y al Concejo materias o inquietudes de interes comunal | Audiencias Públicas |
| Enlace | a) tener a lo menos 18 años de edad, con ecepción de representantes de Organizaciones Comunitarias indicadas en la Ley Nº19,418, b) tener como mínimo un año de afiliación a la Organización del estamento que representa en el momento de la elección, c) Ser chileno o extranjero avecinado en el país y d) No haber sido condenado por delito que merezca pena afectiva. | Se trata de un Organo Asesor del municipio que tiene por objeto asegurar la participación de las Organizaciones Comunitarias, de Organizaciones que representan actividades relevantes, y de Organizaciones de interés público, Organizaciones Gremiales y Sindicales. | Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil |
| Enlace | Ser residente en la comuna | La Municipalidad requerirá la opinión de los ciudadanos de la comuna en las siguientes materias: a) Cambio de nombres de calles, pasajes, plazas, parques u otros bienes nacionales de uso público. b) Cambio de sentido del tránsito en calles y pasajes. c) Horarios de atención de los locales de expendio de bebidas alcohólicas. d) Intervenciones urbanas. e) Evaluación de los servicios municipales. | Consejos Consultivos (Opinion Ciudadana) |
| Enlace | Esta acción se cumple mediante la publicación en la página Web municipal de un extracto de la misma y por la mantenición del texto integro a disposición de los ciudadanos para su consulta. Además, se informará la cuenta a las Organizaciones comunitarias de caracter territorial y funcional, a las Asociaciones sin fines de lucro y demás instituciones relevantes en el desarrollo Social y Cultural, envíandoles un texto de la cuenta dentro de los 10 días hábiles siguientes a la rendición. | El Alcalde debe dar cuenta Pública al Concejo Municipal, al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y a la ciudadanía, a más tardar durante el mes de abril de cada año, acerca de la gestión anual y de la marcha general de la Corporación Municipal. | Cuenta Pública |
| Enlace | Las presentaciones, reclamos y sugerencias podrán efectuarse directamente en la OIRS o a través de la página Web, debrán adjuntar los documentos sustentantes cuando corresponda y suscribirlas con su cédula de identidad o la del representante legal en su caso | El municipio habilitará y mantendrá en funcionamiento una Oficia de Informaciones reclamos y Sugerencias (OIRS). La que tendrá por finalidad informar, atender, buscar solución a las presentaciones o reclamos que efectúe la comunidad | Oficina de Información Ciudadana |
| Enlace | Ser residente en la comuna | Es la consulta que el Municipio realiza a la Ciudadanía Local a fin que manifiesten su opinión sobre materias determinadas de interés comunal. Estas materias dicen relación con: 1) inversiones especificas de Desarrollo Comunal, 2) Aprobación o Modificación del Plan de desarrollo Comunal, 3) Aprobación modificación del Plan Regulador Comunal, 4) Otras de interés para la comunidad siempre que sean propias de la competencia municipal. | Plebiscito Comunal |
| Enlace | La presentación o reclamo deberá ser ingresada a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias de la Municipalidad (OIRS), ya sea utilizando el formulario que esta Oficina tiene a disposición de los usuarios o mediante otro documento, y deberá contener obligatoriamente los siguientes datos: a) Nombre completo, número de RUT y domicilio d notificará la respuesta. Adicionalmente podrá indicar un número telefónico o correo electrónico. b) Exposición clara y concisa de lo que solicita, con letra legible si fuera manuscrito. c) Si el peticionario representa a otra notarial que así lo acredite. Si representa a una persona jurídica, deberá adjuntar original o fotocopia autorizada del documento que acredite su representación. | Todo vecino podrá hacer presentaciones o reclamos a la Municipalidad, los cuales se tramitarán de acuerdo al procedimiento y dentro de los plazos que establece la ley Nº 19.880, sobre Procedimiento Administrativo. | Reclamos y Prestaciones |