Trámites ante el órgano / Secretaría Municipal

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Valor Tramites en linea Lugar donde se realiza Descripcion del servicio Requisitos y antecedentes Informacion complementaria Tramites a realizar o etapas Nombre del tramite o servicio
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel CONSTITUCION DE PERSONAS JURIDICA SIN FINES DE LUCRO. 1.- Presentación de solicitud de Ministro de Fe, para la constitución, adjuntando borrador de estatutos, (modelos publicados en página web www.ministerio dejusticia.cl) 3.-Certificado de Similud de nombre, emitido por el Registro Civil, que indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente.4.- Certificado de Antecedentes del Directorio.La entidad en formación debe tener y fijar en sus estatutos domicilio en la comuna de Pudahuel. Asimismo, debe fijar en sus estatutos el nombre de la entidad, el cual debe hacer referencia a su naturaleza. Se debe realizar asamblea constitutiva, celebrada ante notario público, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, levantando acta que conste en escritura pública o privada autorizada por ministro de fe presente en la asamblea , en la que se exprese la voluntad de constituir una persona jurídica, se aprueben los estatutos, se designen las autoridades inicialmente encargadas de dirigirla y se otorgue poder para solicitar el registro de personalidad jurídica en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. No hay información complementaria 1.- Depositar en Secretaria Municipal dentro de los 30 días siguientes a la celebración de Constitución, acta, estatutos, certificado de similitud y certificado de antecedentes. 2.Plazo de Revisión 30 días 3.- Luego, salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso. 4.- Si no se tuviere objeciones a la constitución, o vencido el plazo para formularlas, de oficio y dentro de quinto día, el secretario municipal archivará copia de los antecedentes de la persona jurídica y los remitirá al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a menos que el interesado solicitare formalmente hacer la inscripción de manera directa. La asociación o fundación gozará de personalidad jurídica a partir de esta inscripción.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel INSCRIPCION REGISTRO COMUNAL RECEPTORES DE FONDOS PUBLICOS LEY 19.862 Dar Cumplimento a lo establecido en el Ordenanza de Subvenciones, que tiene como objetivo regular el procedimiento de postulación, evaluación, entrega y rendición de Subvenciones que la Municipalidad de Pudahuel entregue a personas jurídicas de carácter Público o Privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente con el cumplimiento de sus funciones. Secretaria Municipal Llevará un Registro en el que se inscribirán las personas jurídicas receptoras de tondos municipales con cargo al ítem transferencias. Dicho registro incluirá tanto a organizaciones comunitarias regidas por la ley reconocidas bajo las normas deportivas anteriores a la ley 19.712, y las regidas por la ley 21.442 art. 65, las regidas por la Ley de Cooperativas; como también a organismos del Estado, Corporaciones y Fundaciones y en general, todas aquellas que soliciten recursos municipales con cargo al ítem de transferencia. Enlace a) Certificado Vigencia de organización emanado de entidad que concede esta b) Certificado con indicación de Directiva y vigenci c) En caso de tratarse de Instituciones no regidas por la ley 19.418, fotoc. Estatutos o Resolución que ordena creación o escritura social de constitución y sus modificaciones d) Antecedentes financieros instrucciones de Dirección de Administración y Finanzas y SUBDERE, esto es a lo menos capital social, patrimonio y estado de resultado sobre la última aria o periodo tributario. Para las organizaciones comunitarias regidas por ley 19.418, 19.712 antigua ley de deportes se estará a lo dispuesto en art. 27 letra a) de esta Ordenanza; e) Fotocopia c. identidad representante legal, cuando proceda escritura pública, designación representante legal f) Entidades no regidas por leyes 19.418 0 19.712, fotocopia escritura Designación Directorio g) Fotocopia del RUT de la organización si correspondiere; h) Inscripción en el portal www.registros 19.862
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8444 Pudahuel OTORGAMIENTO PERSONALIDAD JURIDICA Y APROBACION DE ESTATUTOS DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES Y FUNCIONALES 1.- Acta de la asamblea constitutiva celebrada en presencia de ministro de fe (notario, oficial del registro civil o funcionario municipal designado por el Alcalde), en la que conste aprobación estatutos y elección de directorio provisional; 2.- Nómina de asistentes a la asamblea; 3.- Certificados de Antecedentes de los miembros de directorio provisorio. Certificado de Residencia (comprobante de pago de consumo básico o ficha Registro Social de Hogares, o de Junta de Vecinos). 4.- Fotocopia Cédula de Identidad de todos los miembros de la Organización. NOTA: Para Organizaciones Comunitarias Territoriales (Juntas de Vecinos): La asistencia a la asamblea constitutiva de a lo menos 200 vecinos que tengan a lo menos 14 años de edad y residencia en la unidad vecinal respectiva.- Para Organizaciones Comunitarias Funcionales: asistencia a la asamblea constitutiva de a lo menos 15 personas que tengan a lo menos 15 años de edad y domicilio en la comuna. Para integrar el Directorio Provisorio: Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias Funcionales tener 18 años de edad a lo menos (este requisito no será exigible respecto de los directores de las organizaciones juveniles); Ser chileno o extranjero avecindado en Chile por más de 3 años; no ser miembro de la Comisión Electoral y no estar cumpliendo condena por delito que merezca pena aflictiva. No hay información complementaria 1 Presentación Asamblea Constitutiva con estatutos, nómina e individualización asistentes y antecedentes, certificado residencia, fotocopia c. identidad de los socios, certificado antecedentes directorio titular y suplente, plazo 30 días 2 Efectuado depósito la Organización goza de personalidad jurídica 3 Otorgamiento certificado de Personalidad Jurídica, plazo de 3 días hábiles 4. Si hubiesen observaciones al acto de constitución plazo para formularlas 30 días desde fecha depósito 5 Notificación observaciones al Presidente directorio provisional personalmente o por carta certificada 6 Depósito acta Asamblea con observaciones subsanadas plazo 90 días notificadas las observaciones 7 Si no subsanan observaciones dentro de plazo caduca personalidad jurídica 8 Constancia registro de haberse subsanado observaciones a petición del Presidente Provisional 9 Secretario Municipal emite certificado de haberse subsanado observaciones dentro de 3 días hábiles siguientes a la petición
Gratuito No tiene Oficina de Partes dependiente de Secretaría Municipal oficinadepartes@mpudahuel.cl RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN DIRIGADAS A LA MUNICIPALIDAD, EN DIFERENTES SOPORTES. a.- Soporte papel: carta y oficios remitidas por correos (De Chile, o Particulares) b._ Soporte digital en correo electrónico oficinadepartes@mpudahuel.cl Deben incorporar nombre y apellidos, dirección, telefono , correo electrónico para respuestas y contenido completo y claro. No hay información complementaria Toda la correspondencia independiente del soporte en que se reciba es ingresada sistema de oficina de partes que es una intranet municipal, luego es derivada al Secretario Municipal quien la distribuye a las diferentes Direcciones Municipales con instrucciones, los que deben dar cumplimiento a lo solicitado y preparar Ordinarios de Respuesta cuando se requiere y con ello se cierra el circuito del documento en Intranet.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel RENOVACION DE DIRECTORIOS ORGANIZACIONES CONSTITUIDAS BAJO LA LEY 19.418, MODIFICADA POR LEY 21.146 Estar inscrito en los Registro de Organizaciones Territoriales y Funcionales de la Comuna, de acuerdo a la ley 19.418: 1.- Acta de la Elección transcrita en el libro de Actas 2.- Libro de Registro de Socios actualizado 3.- Registro de asistencia de socios que sufragaron en la elección (nombre, rut y firma) 4.- Acta de establecimiento de la Comisión Electoral, con respectiva asistencia (nombre, rut y firma) trasncrita en el Libro de Actas 5.- Certificados de Antecedentes de los socios electos (Titulares y Suplentes) emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el Artículo 20 de la Ley (indicando al reverso: domicilio, teléfono, estado civil y fecha de ingreso como socio). Enlace Elegir Comisión Electoral tres miembros, Constituirse levantando acta firmada, nombre, RUT; Comisión funcionará dos meses antes de elección hasta un mes después si no interpuso reclamo, Elección debe ser dos meses después de elegida comisión y comunicada a Secretario Municipal, indicando día, hora, lugar, sino informa no tendrá válidez, además deberá publicar página web Municipal al día siguiente efectuada la comunicación, lista elección se debe entregar Secreatría Municipal con siguientes documentos, Registro socios actualizados, Acta elección, Socios que sufragaron, Certificado antecedentes socios; Plazo para interponer reclamo ante Tribunales quince dias hábiles pudiendo hacerlo cualquier vecino afiliado; Al día siguienteSecretario Municipal emitirá certificado vigencia provisorio de 60 días. Sino hubiese reclamo no se pueden renovar certificados hasta fallo del Tribunal; Certificados vigencia definitivos serán entregados por Registro Civil
Gratuito, con excepción de documentación que en Ordenanza de Derechos Municipales señale su cobro. Enlace Plataforma de Transparencia en en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Recepción de solicitudes de acceso a la información publica a través de Plataforma de Transparencia en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl debe incorporar nombrey apellidos, correo electrónico para la respuesta e indicar materia a solicitar, es conveniente incorporar N° de teléfono Enlace Etapa 1: Analisis En primer lugar se revisa si la solicitud corresponde a la institución o debe derivarse a otro organismo; se debe analisi si lo solicitado esta comprensible o tiene todos los datos necesarios de lo contrario se devuelve la solicitud al usuario para que subsane la solicitud y por último revisar si lo solicitado no vulnera derechos de terceros, en este caso debe oficiarse al tercero para que en plazo contemplado de cinco días autorice o rechace fundadamente la entrega de sus datos personales. Etapa 2: Derivación interna a la (s) unidad (es) que les compete preparar respuesta y por último etapa de revisión de la respuesta y remisión al solicitante de lo solicitado.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel CONSTITUCION DE PERSONAS JURIDICA SIN FINES DE LUCRO. 1.- Presentación de solicitud de Ministro de Fe, para la constitución, adjuntando borrador de estatutos, (modelos publicados en página web www.ministerio dejusticia.cl) 3.-Certificado de Similud de nombre, emitido por el Registro Civil, que indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente.4.- Certificado de Antecedentes del Directorio.La entidad en formación debe tener y fijar en sus estatutos domicilio en la comuna de Pudahuel. Asimismo, debe fijar en sus estatutos el nombre de la entidad, el cual debe hacer referencia a su naturaleza. Se debe realizar asamblea constitutiva, celebrada ante notario público, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, levantando acta que conste en escritura pública o privada autorizada por ministro de fe presente en la asamblea , en la que se exprese la voluntad de constituir una persona jurídica, se aprueben los estatutos, se designen las autoridades inicialmente encargadas de dirigirla y se otorgue poder para solicitar el registro de personalidad jurídica en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. No hay información complementaria 1.- Depositar en Secretaria Municipal dentro de los 30 días siguientes a la celebración de Constitución, acta, estatutos, certificado de similitud y certificado de antecedentes. 2.Plazo de Revisión 30 días 3.- Luego, salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso. 4.- Si no se tuviere objeciones a la constitución, o vencido el plazo para formularlas, de oficio y dentro de quinto día, el secretario municipal archivará copia de los antecedentes de la persona jurídica y los remitirá al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a menos que el interesado solicitare formalmente hacer la inscripción de manera directa. La asociación o fundación gozará de personalidad jurídica a partir de esta inscripción.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel INSCRIPCION REGISTRO COMUNAL RECEPTORES DE FONDOS PUBLICOS LEY 19.862 Dar Cumplimento a lo establecido en el Ordenanza de Subvenciones, que tiene como objetivo regular el procedimiento de postulación, evaluación, entrega y rendición de Subvenciones que la Municipalidad de Pudahuel entregue a personas jurídicas de carácter Público o Privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente con el cumplimiento de sus funciones. Secretaria Municipal Llevará un Registro en el que se inscribirán las personas jurídicas receptoras de tondos municipales con cargo al ítem transferencias. Dicho registro incluirá tanto a organizaciones comunitarias regidas por la ley reconocidas bajo las normas deportivas anteriores a la ley 19.712, y las regidas por la ley 21.442 art. 65, las regidas por la Ley de Cooperativas; como también a organismos del Estado, Corporaciones y Fundaciones y en general, todas aquellas que soliciten recursos municipales con cargo al ítem de transferencia. Enlace a) Certificado Vigencia de organización emanado de entidad que concede esta b) Certificado con indicación de Directiva y vigenci c) En caso de tratarse de Instituciones no regidas por la ley 19.418, fotoc. Estatutos o Resolución que ordena creación o escritura social de constitución y sus modificaciones d) Antecedentes financieros instrucciones de Dirección de Administración y Finanzas y SUBDERE, esto es a lo menos capital social, patrimonio y estado de resultado sobre la última aria o periodo tributario. Para las organizaciones comunitarias regidas por ley 19.418, 19.712 antigua ley de deportes se estará a lo dispuesto en art. 27 letra a) de esta Ordenanza; e) Fotocopia c. identidad representante legal, cuando proceda escritura pública, designación representante legal f) Entidades no regidas por leyes 19.418 0 19.712, fotocopia escritura Designación Directorio g) Fotocopia del RUT de la organización si correspondiere; h) Inscripción en el portal www.registros 19.862
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Gratuito No tiene Oficina de Partes dependiente de Secretaría Municipal oficinadepartes@mpudahuel.cl RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN DIRIGADAS A LA MUNICIPALIDAD, EN DIFERENTES SOPORTES. a.- Soporte papel: carta y oficios remitidas por correos (De Chile, o Particulares) b._ Soporte digital en correo electrónico oficinadepartes@mpudahuel.cl Deben incorporar nombre y apellidos, dirección, telefono , correo electrónico para respuestas y contenido completo y claro. No hay información complementaria Toda la correspondencia independiente del soporte en que se reciba es ingresada sistema de oficina de partes que es una intranet municipal, luego es derivada al Secretario Municipal quien la distribuye a las diferentes Direcciones Municipales con instrucciones, los que deben dar cumplimiento a lo solicitado y preparar Ordinarios de Respuesta cuando se requiere y con ello se cierra el circuito del documento en Intranet.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel RENOVACION DE DIRECTORIOS ORGANIZACIONES CONSTITUIDAS BAJO LA LEY 19.418, MODIFICADA POR LEY 21.146 Estar inscrito en los Registro de Organizaciones Territoriales y Funcionales de la Comuna, de acuerdo a la ley 19.418: 1.- Acta de la Elección transcrita en el libro de Actas 2.- Libro de Registro de Socios actualizado 3.- Registro de asistencia de socios que sufragaron en la elección (nombre, rut y firma) 4.- Acta de establecimiento de la Comisión Electoral, con respectiva asistencia (nombre, rut y firma) trasncrita en el Libro de Actas 5.- Certificados de Antecedentes de los socios electos (Titulares y Suplentes) emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el Artículo 20 de la Ley (indicando al reverso: domicilio, teléfono, estado civil y fecha de ingreso como socio). Enlace Elegir Comisión Electoral tres miembros, Constituirse levantando acta firmada, nombre, RUT; Comisión funcionará dos meses antes de elección hasta un mes después si no interpuso reclamo, Elección debe ser dos meses después de elegida comisión y comunicada a Secretario Municipal, indicando día, hora, lugar, sino informa no tendrá válidez, además deberá publicar página web Municipal al día siguiente efectuada la comunicación, lista elección se debe entregar Secreatría Municipal con siguientes documentos, Registro socios actualizados, Acta elección, Socios que sufragaron, Certificado antecedentes socios; Plazo para interponer reclamo ante Tribunales quince dias hábiles pudiendo hacerlo cualquier vecino afiliado; Al día siguienteSecretario Municipal emitirá certificado vigencia provisorio de 60 días. Sino hubiese reclamo no se pueden renovar certificados hasta fallo del Tribunal; Certificados vigencia definitivos serán entregados por Registro Civil
Gratuito, con excepción de documentación que en Ordenanza de Derechos Municipales señale su cobro. Enlace Plataforma de Transparencia en en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Recepción de solicitudes de acceso a la información publica a través de Plataforma de Transparencia en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl debe incorporar nombrey apellidos, correo electrónico para la respuesta e indicar materia a solicitar, es conveniente incorporar N° de teléfono Enlace Etapa 1: Analisis En primer lugar se revisa si la solicitud corresponde a la institución o debe derivarse a otro organismo; se debe analisi si lo solicitado esta comprensible o tiene todos los datos necesarios de lo contrario se devuelve la solicitud al usuario para que subsane la solicitud y por último revisar si lo solicitado no vulnera derechos de terceros, en este caso debe oficiarse al tercero para que en plazo contemplado de cinco días autorice o rechace fundadamente la entrega de sus datos personales. Etapa 2: Derivación interna a la (s) unidad (es) que les compete preparar respuesta y por último etapa de revisión de la respuesta y remisión al solicitante de lo solicitado.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel CONSTITUCION DE PERSONAS JURIDICA SIN FINES DE LUCRO. 1.- Presentación de solicitud de Ministro de Fe, para la constitución, adjuntando borrador de estatutos, (modelos publicados en página web www.ministerio dejusticia.cl) 3.-Certificado de Similud de nombre, emitido por el Registro Civil, que indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente.4.- Certificado de Antecedentes del Directorio.La entidad en formación debe tener y fijar en sus estatutos domicilio en la comuna de Pudahuel. Asimismo, debe fijar en sus estatutos el nombre de la entidad, el cual debe hacer referencia a su naturaleza. Se debe realizar asamblea constitutiva, celebrada ante notario público, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, levantando acta que conste en escritura pública o privada autorizada por ministro de fe presente en la asamblea , en la que se exprese la voluntad de constituir una persona jurídica, se aprueben los estatutos, se designen las autoridades inicialmente encargadas de dirigirla y se otorgue poder para solicitar el registro de personalidad jurídica en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. No hay información complementaria 1.- Depositar en Secretaria Municipal dentro de los 30 días siguientes a la celebración de Constitución, acta, estatutos, certificado de similitud y certificado de antecedentes. 2.Plazo de Revisión 30 días 3.- Luego, salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso. 4.- Si no se tuviere objeciones a la constitución, o vencido el plazo para formularlas, de oficio y dentro de quinto día, el secretario municipal archivará copia de los antecedentes de la persona jurídica y los remitirá al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a menos que el interesado solicitare formalmente hacer la inscripción de manera directa. La asociación o fundación gozará de personalidad jurídica a partir de esta inscripción.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel INSCRIPCION REGISTRO COMUNAL RECEPTORES DE FONDOS PUBLICOS LEY 19.862 Dar Cumplimento a lo establecido en el Ordenanza de Subvenciones, que tiene como objetivo regular el procedimiento de postulación, evaluación, entrega y rendición de Subvenciones que la Municipalidad de Pudahuel entregue a personas jurídicas de carácter Público o Privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente con el cumplimiento de sus funciones. Secretaria Municipal Llevará un Registro en el que se inscribirán las personas jurídicas receptoras de tondos municipales con cargo al ítem transferencias. Dicho registro incluirá tanto a organizaciones comunitarias regidas por la ley reconocidas bajo las normas deportivas anteriores a la ley 19.712, y las regidas por la ley 21.442 art. 65, las regidas por la Ley de Cooperativas; como también a organismos del Estado, Corporaciones y Fundaciones y en general, todas aquellas que soliciten recursos municipales con cargo al ítem de transferencia. Enlace a) Certificado Vigencia de organización emanado de entidad que concede esta b) Certificado con indicación de Directiva y vigenci c) En caso de tratarse de Instituciones no regidas por la ley 19.418, fotoc. Estatutos o Resolución que ordena creación o escritura social de constitución y sus modificaciones d) Antecedentes financieros instrucciones de Dirección de Administración y Finanzas y SUBDERE, esto es a lo menos capital social, patrimonio y estado de resultado sobre la última aria o periodo tributario. Para las organizaciones comunitarias regidas por ley 19.418, 19.712 antigua ley de deportes se estará a lo dispuesto en art. 27 letra a) de esta Ordenanza; e) Fotocopia c. identidad representante legal, cuando proceda escritura pública, designación representante legal f) Entidades no regidas por leyes 19.418 0 19.712, fotocopia escritura Designación Directorio g) Fotocopia del RUT de la organización si correspondiere; h) Inscripción en el portal www.registros 19.862
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Gratuito No tiene Oficina de Partes dependiente de Secretaría Municipal oficinadepartes@mpudahuel.cl RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN DIRIGADAS A LA MUNICIPALIDAD, EN DIFERENTES SOPORTES. a.- Soporte papel: carta y oficios remitidas por correos (De Chile, o Particulares) b._ Soporte digital en correo electrónico oficinadepartes@mpudahuel.cl Deben incorporar nombre y apellidos, dirección, telefono , correo electrónico para respuestas y contenido completo y claro. No hay información complementaria Toda la correspondencia independiente del soporte en que se reciba es ingresada sistema de oficina de partes que es una intranet municipal, luego es derivada al Secretario Municipal quien la distribuye a las diferentes Direcciones Municipales con instrucciones, los que deben dar cumplimiento a lo solicitado y preparar Ordinarios de Respuesta cuando se requiere y con ello se cierra el circuito del documento en Intranet.
Gratuito No tiene Secretaría Municipal San Pablo 8,444 Pudahuel RENOVACION DE DIRECTORIOS ORGANIZACIONES CONSTITUIDAS BAJO LA LEY 19.418, MODIFICADA POR LEY 21.146 Estar inscrito en los Registro de Organizaciones Territoriales y Funcionales de la Comuna, de acuerdo a la ley 19.418: 1.- Acta de la Elección transcrita en el libro de Actas 2.- Libro de Registro de Socios actualizado 3.- Registro de asistencia de socios que sufragaron en la elección (nombre, rut y firma) 4.- Acta de establecimiento de la Comisión Electoral, con respectiva asistencia (nombre, rut y firma) trasncrita en el Libro de Actas 5.- Certificados de Antecedentes de los socios electos (Titulares y Suplentes) emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el Artículo 20 de la Ley (indicando al reverso: domicilio, teléfono, estado civil y fecha de ingreso como socio). Enlace Elegir Comisión Electoral tres miembros, Constituirse levantando acta firmada, nombre, RUT; Comisión funcionará dos meses antes de elección hasta un mes después si no interpuso reclamo, Elección debe ser dos meses después de elegida comisión y comunicada a Secretario Municipal, indicando día, hora, lugar, sino informa no tendrá válidez, además deberá publicar página web Municipal al día siguiente efectuada la comunicación, lista elección se debe entregar Secreatría Municipal con siguientes documentos, Registro socios actualizados, Acta elección, Socios que sufragaron, Certificado antecedentes socios; Plazo para interponer reclamo ante Tribunales quince dias hábiles pudiendo hacerlo cualquier vecino afiliado; Al día siguienteSecretario Municipal emitirá certificado vigencia provisorio de 60 días. Sino hubiese reclamo no se pueden renovar certificados hasta fallo del Tribunal; Certificados vigencia definitivos serán entregados por Registro Civil
Gratuito, con excepción de documentación que en Ordenanza de Derechos Municipales señale su cobro. Enlace Plataforma de Transparencia en en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Recepción de solicitudes de acceso a la información publica a través de Plataforma de Transparencia en página web mpudahuel.cl banner Solicitud de Información Ley de Transparencia o al correo electrónico transparencia@mpudahuel.cl debe incorporar nombrey apellidos, correo electrónico para la respuesta e indicar materia a solicitar, es conveniente incorporar N° de teléfono Enlace Etapa 1: Analisis En primer lugar se revisa si la solicitud corresponde a la institución o debe derivarse a otro organismo; se debe analisi si lo solicitado esta comprensible o tiene todos los datos necesarios de lo contrario se devuelve la solicitud al usuario para que subsane la solicitud y por último revisar si lo solicitado no vulnera derechos de terceros, en este caso debe oficiarse al tercero para que en plazo contemplado de cinco días autorice o rechace fundadamente la entrega de sus datos personales. Etapa 2: Derivación interna a la (s) unidad (es) que les compete preparar respuesta y por último etapa de revisión de la respuesta y remisión al solicitante de lo solicitado.