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Solicitudes frecuentes / MAYO · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 13 · 2 filas)

Carga de trabajo (sobrecarga)
Falta de reconocimiento al esfuerzo
Inequidad en la distribución de las tareas

Tabla 2 (página 14 · 3 filas)

Comportamientos incívicos
Conductas sexistas
Conductas de acoso sexual
Violencia externa

Tabla 3 (página 15 · 5 filas)

MEDIDAS DE PREVENCIÓN MÍNIMAS A IMPLEMENTAR
Actualización del Programa de capacitación con temáticas del presente protocolo.
Actualización y/o creación del Código de conducta y /o Manual de buen trato.
Actualización de/los Reglamentos de Higiene y Seguridad existentes.
Crear un Programa de prevención del ACOSO LABORAL, SEXUAL O DE VIOLENCIA EN EL TRABAJO, que contengan las medidas de prevención que se implementarán cada año, su programación, seguimiento y evaluación de los resultados.
Incorporación de las políticas para prevenir el Acoso Sexual, Labora y Violencia en el Trabajo en la Política de Recursos Humanos de la Municipalidad diferenciando cada área del Municipio y dar cuenta de su implementación la cuenta pública del Alcalde.

Tabla 4 (página 16 · 2 filas)

Incorporar en los contratos de los prestadores de servicio a honorarios las normas de prevención y denuncia del presente protocolo.
Contar con profesionales del área Psico laboral que de apoyo a los y las funcionarias que sean víctimas de Acoso Laboral, Sexual o de Violencia en el Trabajo. Esto considerando una primera etapa de contención con derivación asistida a la Mutualidad correspondiente en coordinación con el prevencionista de riesgos del área respectiva y luego en caso de iniciarse o no el procedimiento de denuncia emitir Informe confidencial a la Comisión de Acoso Laboral o de Violencia en el Trabajo, y su posterior seguimiento, todo ello sin afectar la confidencialidad ni vulnerar la privacidad del afectado. Los profesionales, en caso de que la situación lo amerite, podrán emitir un informe al Comité sugiriendo medidas preventivas para ser incorporadas en el programa de prevención de riesgo.
Incorporar las adecuaciones que resulten necesarias en los procesos administrativos de toda clase incluyendo los procedimientos de compra y adquisición de bienes y servicios.

Tabla 5 (página 17 · 2 filas)

su eficacia, estableciendo de manera continua las mejoras que se deben implementar)riesgo ya identificados, procurando la eliminación de los mismos y, de no ser posible su control, implementar medidas ingenieriles, organizacionales, administrativas, entre otras.)
Se cumpleRevisión de proceso de gestión del riesgo psicosocial
No se cumpleReunión con trabajadores

Tabla 6 (página 30 · 4 filas)

N° 18.883, se debe de poner
en conocimiento de la Contraloría General por el Alcalde o Alcaldesa, en un plazo
de tres días hábiles, la situación de que la persona denunciada o denunciante por
conductas de acoso sexual o laboral, sea el alcalde o la alcaldesa, un concejal o
concejala o funcionarios o funcionarias que se desempeñen como jefaturas que

Tabla 7 (página 31 · 1 filas)

jerárquicamente dependan de forma directa del alcalde o alcaldesa, para efectos
que sea la Contraloría la que sustancie el sumario respectivo.

Tabla 8 (página 31 · 3 filas)

2. Al respecto, tal comunicación debe hacerse en el plazo señalado, sin que
corresponda que el Municipio realice algún tipo de examen o admisibilidad de la
pertinente denuncia, ya que solo ese Organismo Fiscalizador puede determinar,
mediante resolución fundada, no dar inicio al sumario administrativo.

Tabla 9 (página 31 · 3 filas)

, prevén que la medida disciplinaria
de destitución procederá, entre otras, por presentar denuncias falsas de infracciones
disciplinarias, faltas administrativas o delitos, a sabiendas o con el ánimo deliberado
de perjudicar al o a los sujetos denunciados.

Tabla 10 (página 31 · 3 filas)

Lo anterior, deberá tenerse presente ante la existencia de denuncias falsas sobre acoso
en las cuales se determine, a través del pertinente procedimiento disciplinario, que
fueron efectuadas a sabiendas o con el ánimo deliberado de perjudicar a la persona
denunciada, lo que será comunicado por el fiscal en su vista al Alcalde.

Tabla 11 (página 32 · 4 filas)

poner los
reclamos relacionados con la tramitación de las denuncias y procedimientos
disciplinarios relativos a acoso sexual o laboral y violencia en el trabajo, la
Contraloría General ha dispuesto el Portal de Atención de Reclamos Funcionarios,
el cual se encuentra en línea en www.contraloria.cl/upd.

Tabla 12 (página 45 · 5 filas)

*Nombre completo
4. *Cédula de Identidad N°
*Cargo o labor que desempeña
del AFECTA *Unidad donde trabaja 5.DO/A:
Teléfono de contacto
*Correo electrónico

Tabla 13 (página 45 · 14 filas)

*Nombre completo
*Cargo o labor que desempeña
*Unidad donde trabaja
Posición laboral respecto del afectado/aJefatura directa
(Marque con una “X”)Cargo superior al jefe directo
No es jefe ni cargo superior
Cargo inferior
Un Tercero, (identifique conUsuario
una X)ContribuyenteContribuyente
VecinoVecino
ApoderadoApoderado
TutorTutor
Dirigente socialDirigente social
Dirigente gremialDirigente gremial
Trabajador empresaTrabajador empresaexterna

Tabla 14 (página 46 · 6 filas)

*Nombre completo
*Cargo o labor que desempeña
*Unidad donde trabaja
Posición laboral respecto del afectado/aJefatura directa
(marque con una “X”)Cargo superior al jefe directo
No es jefe ni cargo superior
Cargo inferior

Tabla 15 (página 46 · 3 filas)

*Nombre completo
*Cargo o labor que desempeña
*Unidad donde trabaja
*Correo electrónico o teléfono contacto

Tabla 16 (página 47 · 1 filas)

Nombre CompletoFirmaFecha de la
denuncia