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Tabla 1 (página 6 · 1 filas)
| No OBSERVACIÓN | DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN | RESPUESTA DE LA ENTIDAD | ANÁLISIS DE LA . RESPUESTA Y VERIFICACIONES REALIZADAS | CONCLUSIÓN | ACCIÓN DERIVADA |
|---|---|---|---|---|---|
| Numeral1 Sobre incumplimiento de la evaluación ex-post indi'cada en el Estudio de Impacto de Sistema de Transporte Urbano (EISTU). 1 , | De conformidad con las Indagaciones efectuadas · y los antecedentes recopilados, se observó el incumplimiento a-lo dispuesto en el numeral 16, del punto 11, Medidas de Mitigación, del lri!orme de Factibilidad Técnica Medidas de Mitigación del Estudio de Impacto de Sistema de Transporte Urbano, EISTU, del Portjll li.luñoa V2, aprobado mediante el oficio ordinario SM/AGD W 6470, de 12 de octubre de 2007, de·. la Secretaría Regional Miñisterial de, Transportes· y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, SEREMITI-RM, que disponla la realización de una evaluación ~x -post, una vez transcurridos seis meses desde el inicio de operación del. proyecto, y que dicho análisis, debla ser coordinado con la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT), la MuniG.ipalidad de li.lul'\oa y esa Secretaria Regional, lo que no habría ocurrido en la especie. (MC)1 | El A1caide en ·su oficio respuesta, informa,' entre otras cosas, que el representante lega! del Centro Comercial Portal li.lul'\oa, con fecha, 23 de diciembre de 2015, ingresó a ese municipio la carta Folio N" 5928, en la . que señaló qúe efectuó la requerida evaluación ex post del proyecto "Portal li.luñoa V2"; ante la SEREMITI-RM; mediante el ingreso No 51724,' de fecha 21 de diciembre de 2015, hecho que a su vez le fue reportado por esa entidad al municipio, por el oficio cin;:ular No 1585, solicitándole un pronunciamiento sobre dicha evaluación. Seguidamente, agrega que la Direc¿lón de Ob¡as y la Dirección de Tránsito del múniclpio de esa comuna, rem,itieron a la SERE;MITI-RM, n¡ediante correo electrónico de fecha¡ 11 de enero de 2016, los alcances a dicho estudio, instancia que posteriormente evacuó una minuta con el consolidado de observaciones a través del oficio ordinario SM/AGD/W 1665, de fecha 8 de marzo de 2016, en el que el Secretario Regional Ministerial de dicha cartera solicita a Cencosud Shopping Center S.A., dar respuesta a las observaciones emanadas del estudio, la que, a su vez, fue remitida con copia a los aludidos órganos involucrados. Finalmente, consigna que.no ha recibido nuevo .pronunciamiento. | Con ocasión del · Si bien el presen~e seguimiento, se municipio tuvieron a la vista los documenta las documentos gestiones de pr~<viamente citados, los coordinación que dan cuenta de las e(ectuadas entre acciones efectuadas a la las entidades fecha. 'competentes, se Requerido al respecto, el mantiene la Sub Director de Obras, observación mediante correo formulada, toda electrónico de fecha 23 vez que aún no de noviembre de 2016, se obtiene la ratifica que el an.otado evaluación ex oficio r ordinario post en SM/AGD/W 1665 de comento. 2016, es el último étntecedente recibido por ese municipio sobre la materia. | La entidad comunal deberá continuar co.n las medidas tendientes a conseguir la evaluacién ex-post; indicada en el Estudiq de Impacto de Sis,tema de Transporte Urbano, lo que será corroborado. en futuras auditarlas. |