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Tabla 1 (página 4 · 5 filas)

Objetivo: Auditoría a la cuenta corriente N° 9503030 “I Munic Lo Prado Fondos
Transitorios”del Banco del Estado de Chile, administrada por la Municipalidad de Lo
Prado, durante el período comprendido entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
Preguntas de Auditoría:
• ¿Veló la Municipalidad de Lo Prado por el debido resguardo de los recursos
disponibles que administra?

Tabla 2 (página 4 · 1 filas)

• ¿Registró el municipio sus operaciones financieras en los sistemas contables
habilitados para tales efectos y de acuerdo con la normativa vigente?

Tabla 3 (página 4 · 15 filas)

• ¿Cumplió la municipalidad con los procedimientos para la apertura, cierre de
cuentas corrientes y autorización de giradores?
Principales resultados:
• Se verificó que esa entidad edilicia no ha transferido a la Corporación Municipal
de Lo Prado la suma de $35.939.656, recibidos por ese organismo comunal desde el
Servicio de Salud Metropolitano Occidente, SSMO, para la atención primaria de salud
municipal.
Esa municipalidad deberá acreditar el traspaso a la citada corporación de los recursos
recibidos por la entidad edilicia desde el SSMO por el anotado monto, ajustándose a
lo previsto en el artículo 49 de la ley N° 19.378, lo cual deberá ser acreditado
documentadamente a esta Entidad de Control a través del Sistema de Seguimiento
y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente
documento.
• Se comprobó que el municipio presenta una diferencia de $1.059.989.835,
entre los saldos contable y bancario en la conciliación de la cuenta corriente
N° 95030303.

Tabla 4 (página 4 · 8 filas)

• Se constató que la conciliación bancaria elaborada al 31 de diciembre de 2022,
de la cuenta corriente N° 9503030, incluyó operaciones no aclaradas que aumentan
el saldo de la cuenta bancaria en $514.326.411 y otras que la disminuyen en
$393.055.174, las que, además, no contaban con el respaldo documental que las
justificara.
Ese órgano comunal deberá analizar las partidas no aclaradas y efectuar las
regularizaciones contables que procedan al efecto, considerando las instrucciones
impartidas en la resolución N° 3, de 2020, de esta Entidad de Control, de
conformidad con la norma de errores contenida en la precitada resolución.

Tabla 5 (página 7 · 5 filas)

rtículo
6° de ese cuerpo normativo, se entiende por administración de fondos, para los
efectos del mencionado decreto ley, el proceso consistente en la obtención y manejo
de los recursos financieros del sector público y de su posterior distribución y control,
de acuerdo con las necesidades de las obligaciones públicas, determinadas en el
presupuesto.

Tabla 6 (página 8 · 3 filas)

Efectuar una auditoría a la cuenta corriente
N° 9503030 “I Munic Lo Prado Fondos Transitorios”del Banco del Estado de Chile,
administrada por la Municipalidad de Lo Prado, durante el período comprendido entre
1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Tabla 7 (página 8 · 9 filas)

La finalidad de la revisión fue comprobar que
por el debido resguardo de los recursos disponibles; verificar que el manejo de los
fondos que se administran en la cuenta corriente se realiza de acuerdo a la naturaleza
la Municipalidad de Lo Prado mantiene procedimientos de control que permitan velar
de los mismos; comprobar el correcto registro de sus operaciones financieras en el
sistema contable habilitado de conformidad a la normativa vigente; verificar si cumplen
con los procedimientos para la apertura y cierre de cuentas corrientes, y autorización
de giradores; y validar, a su vez, la integridad, existencia, exactitud y presentación de
los saldos al cierre del período en revisión, todo lo anterior, en concordancia con la ley
N° 10.336, ya aludida.

Tabla 8 (página 8 · 9 filas)

El examen se practicó de acuerdo con la
metodología de auditoría de este Organismo de Control, contenida en la resolución
N° 10, de 2021, que Establece Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por la
Contraloría General de la República, además, de los procedimientos de control
aprobados mediante resolución exenta N° 1.485, de 1996, que Aprueba Normas de
Control Interno de la Contraloría General, y la resolución exenta N° 1.962, de 2022,
que Aprueba Normas sobre Control Interno de la Contraloría General de la República,
en lo pertinente, considerando los resultados de la evaluación de control interno y
determinándosela realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron
necesarias.

Tabla 9 (página 9 · 4 filas)

De acuerdo con los antecedentes
proporcionados por la Municipalidad de Lo Prado, para la aludida cuenta corriente
N° 9503030, durante el período comprendido entre 1 de enero y el 31 de diciembre de
2022, los abonos y cargos ascendieron a $25.974.562.718 y $24.461.188.601,
respectivamente.

Tabla 10 (página 9 · 5 filas)

Las partidas sujetas a examen se
determinaron mediante un muestreo analítico, estableciéndose, para tales efectos, un
nivel de riesgo alto, en razón del volumen y naturaleza de los movimientos bancarios
y determinándose una muestra compuesta por los montos más significativos de
depósitos y giros realizados durante el período examinado, conformada por 212
transacciones ascendentes a $46.146.592.751, lo que equivale al 91,5% del universo.

Tabla 11 (página 9 · 4 filas)

Materia específicaUniversoMuestraTotal examinado
$N° (1)$N° (1)$N° (1)
Abonos de la cuenta corriente25.974.562.7181.03323.036.754.65410123.036.754.654101
Cargos de la cuenta corriente24.461.188.60152323.109.838.09711123.109.838.097111
Total50.435.751.3191.55646.146.592.75121246.146.592.751212

Tabla 12 (página 11 · 12 filas)

N °ConceptoMonto $
1Saldo libro mayor al 31 de diciembre 20221.513.374.117
2Depósitos o abonos no identificados por la municipalidad371.809.845
3Giros de la municipalidad no registrados por el banco21.245.329
4Cheques girados y no cobrados46.509.170
5Subtotal (1+2+3+ 4 =5)1.952.938.461
6Giros o cargos del banco no contabilizados o no identificados por la
6municipalidad30.897.428
7Depósitos de la municipalidad no registrados por el banco483.428.983
8Subtotal (5 -6 - 7 = 8)1.438.612.050
9Saldo cartola bancaria al 31 de diciembre del 2022378.622.215
10Diferencia entre saldo según cartola bancaria y saldo según1.059.989.835
conciliación (8 – 9)

Tabla 13 (página 14 · 6 filas)

RUT N°NombreFuncionarioCalidad de girador
7.763.406-1Sylvia Norma Hernández TejosNoTitular
12.465.117-4Rita Paola Masbernat SepúlvedaSiTitular
13.229.611-1Paulo César Cruz OssesNoTitular
15.954.487-7Iván Andrés Vásquez MuñozNoTitular
12.858.261-4Cristina Alejandra Meza ArgandoñaSiSuplente
14.438.064-9Carlos Alberto Carrillo CabezasNoSuplente

Tabla 14 (página 17 · 9 filas)

Programa de saludInformación del SSMOCartola cuenta corriente N° 9503030Respuesta al preinforme
Monto transferido al municipio $FechaFecha de ingresoDecreto de pago municipal N°/fecha
Per cápita (Aplicación de leyes)105.341.29525/01/202224/01/2022637, 11-02-2022 3.028, 19-07-2022
15.376.81623/11/202223/11/2022577, 15-02-2023
Especial de Salud y Pueblos Indígenas (PESPI)18.331.69829/06/202230/06/20223.429, 11-08-2022
Capacitación y Formación de Atención Primaria en la RED Asistencial "Desarrollo RR. HH/PAC"14.332.22031/08/20223/08/2022-
Fortalecimiento de Recurso Humano en APS21.607.43631/08/20223/08/2022-
Per Cápita (Aplicación de leyes)743.935.16015/09/202215 y 30 - 9- 20224.012, 20-09-2022
Sin identificar como programa de salud (SENDA)35.801.304-24/08/20223.594, 25-08-2022
Total954.725.929

Tabla 15 (página 20 · 3 filas)

Firmado electrónicamente por:
Nombre:MANUEL ALVAREZ SAPUNAR
Cargo:Jefe de Unidad de Control Externo
Fecha:06/12/2023

Tabla 16 (página 21 · 40 filas)

FechaDetalleCheque N°Monto $
14/03/2017I. Municipalidad De Puente Alto533533094.405
14/03/2017I. Municipalidad De Santa Cruz533534336.592
25/04/2017I. Municipalidad De Puente Alto5335457817.847
25/04/2017I. Municipalidad De Lampa533547874.884
15/11/2017I. Municipalidad De Puente Alto5335952309.597
19/12/2017I. Municipalidad De Cauquenes5336032119.357
19/12/2017I. Municipalidad De Puente Alto533603960.606
18/01/2018I. Municipalidad De Lampa533611166.124
20/02/2018I. Municipalidad De Coyhaique533618373.852
12/04/2018I. Municipalidad De Puchuncaví533635177.016
14/06/2018I. Municipalidad De Marchigüe5336522112.974
14/06/2018I. Municipalidad De Pedro Aguirre Cerda5336538395.520
27/08/2018I. Municipalidad De Huasco533669525.021
07/01/2019I. Municipalidad De Coquimbo533697527.008
28/02/2019I. Municipalidad De San Miguel5337064151.033
16/04/2019I. Municipalidad De La Granja5337139145.151
16/04/2019I. Municipalidad De Lampa5337141222.391
16/04/2019I. Municipalidad De Puchuncaví5337152509.010
16/04/2019I. Municipalidad De Puente Alto5337154532.791
20/05/2019I. Municipalidad De Puchuncaví533726799.674
12/06/2019I. Municipalidad De Coquimbo533729195.298
12/06/2019I. Municipalidad De Macul5337293146.158
12/06/2019I. Municipalidad De Ñuñoa533729562.952
12/06/2019I. Municipalidad De Las Condes533730325.316
12/06/2019I. Municipalidad De San Nicolas533731913.719
17/07/2019I. Municipalidad De Cerro Navia533736093.524
17/07/2019I. Municipalidad De Pirque533737030.282
17/07/2019I. Municipalidad De Quintero533737229.663
08/08/2019I. Municipalidad De Cerro Navia5337390148.498
08/08/2019I. Municipalidad De Conchalí533739624.523
08/08/2019I. Municipalidad De La Serena533740040.354
05/09/2019Tesorería General De La República53374213.709.170
13/09/2019I. Municipalidad De Coronel533744669.826
13/09/2019I. Municipalidad De El Bosque533744765.757
13/09/2019I. Municipalidad De El Tabo5337448149.527
13/09/2019I. Municipalidad De Renca533745496.354
13/09/2019I. Municipalidad De Ñuñoa5337464123.335
13/09/2019I. Municipalidad De Quinta Normal533747223.215
09/10/2019I. Municipalidad De Pirque5337516162.653
09/10/2019I. Municipalidad De Zapallar533752281.964

Tabla 17 (página 22 · 31 filas)

FechaDetalleCheque N°Monto $
15/11/2019I. Municipalidad De Temuco5337553319.642
19/12/2019I. Municipalidad De Quilicura5337600202.964
07/01/2020I. Municipalidad De Coquimbo533764169.541
07/01/2020I. Municipalidad De Puente Alto5337645262.878
07/01/2020I. Municipalidad De Concón5337654109.778
07/01/2020I. Municipalidad De Estación Central533765543.365
27/02/2020I. Municipalidad De Lampa5337701109.710
27/02/2020I. Municipalidad De San Bernardo5337704250.455
27/02/2020I. Municipalidad De Calama5337707114.514
27/02/2020I. Municipalidad De Chillan533770952.546
27/02/2020I. Municipalidad De Loncoche533771455.401
27/02/2020I. Municipalidad De Quilicura533771532.863
27/02/2020I. Municipalidad De Romeral533771630.974
20/03/2020I. Municipalidad De Maipú533773186.729
20/03/2020I. Municipalidad De Cerro Navia533773914.522
20/03/2020I. Municipalidad De Pudahuel533775097.345
20/03/2020I. Municipalidad De San Miguel533775259.205
20/03/2020I. Municipalidad De Temuco533775347.937
30/04/2020I. Municipalidad De Putaendo533777329.527
30/04/2020I. Municipalidad De San Bernardo533777575.655
30/04/2020I. Municipalidad De Calera De Tango533778193.153
30/04/2020I. Municipalidad De Cerro Navia5337782170.778
30/04/2020I. Municipalidad De Huechuraba533778448.484
30/04/2020I. Municipalidad De Lo Barnechea5337786156.412
30/04/2020I. Municipalidad De Alhué533779252.146
30/04/2020I. Municipalidad De Cerrillos533779329.527
30/04/2020I. Municipalidad De Conchalí533779514.071
24/09/2020H Seguros S.A.533792248.163
31/12/2020I. Municipalidad De Coquimbo533809215.261
31/12/2020I. Municipalidad De María Pinto533809932.404
Total11.868.891

Tabla 18 (página 23 · 2 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR MEDIDAS ADOPTADASMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DEL SERVICIO
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 2.Sobre diferencia entre los saldos contables y bancarios en las conciliaciones de la cuenta corriente N° 9503030AC: Observación altamente complejaEsa entidad edilicia deberá aclarar la diferencia de $1.059.989.835, determinada en la conciliación bancaria de diciembre de 2022, de la aludida cuenta corriente N° 9503030, en concordancia a lo establecido en los citados oficios circulares Nos E324.651, de 2023, y 20.101, de 2016, de este Organismo de Control. Ahora bien, considerando los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de fiscalización y la respuesta emanada por la entidad, se advierte que la acción correctiva de regularización requiere la implementación de medidas de mediano plazo, motivo por el cual la entidad edilicia deberá establecer un plan de trabajo tipo cronograma/carta Gantt que describa las actividades, plazos y documentos de respaldos, el cual deberá remitir a esta Contraloría Regional en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la emisión del presente documento en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 3.Sobre partidas sin aclarar.AC: Observación altamente complejaEsa municipalidad deberá analizar las partidas no aclaradas y efectuar las regularizaciones contables que procedan al efecto, considerando las instrucciones impartidas en la resolución N° 3, de 2020, sobre Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación para el Sector Municipal, de esta Entidad de Control, de conformidad con la norma de errores contenida en la precitada resolución. Sin perjuicio de lo anterior, dado que los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de fiscalización y la respuesta emanada por la entidad, se advierte que la acción correctiva de regularización requiere la implementación de medidas de mediano plazo, la entidad edilicia deberá establecer un plan de trabajo tipo cronograma/carta Gantt que describa las actividades, plazos y documentos de respaldos, el cual deberá remitir a esta Contraloría Regional en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la emisión del presente documento en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.

Tabla 19 (página 24 · 3 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR MEDIDAS ADOPTADASMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DEL SERVICIO
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 4.Sobre cheques caducados incluidos en la conciliación bancaria como girados y no cobradoC: Observación complejaEsa entidad comunal deberá acreditar la realización de los ajustes contables por la caducidad de los cheques observados en el anexo N° 1, restituyendo la suma de $11.868.891 a la cuenta de disponibilidades, asociada a la cuenta corriente N° 9503030, de acuerdo con lo previsto en la norma de Ajustes a Disponibilidades, contenida en la aludida resolución N° 3, de 2020, de la Contraloría General, informando de ello a esta Sede Regional a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este documento.
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 6.Sobre conciliaciones efectuadas en planilla ExcelAC: Observación altamente complejaLa Municipalidad de Lo Prado deberá habilitar en su sistema de información financiera el módulo de conciliaciones bancarias y ejecutar los reportes bancario – contables, al menos, para la cuenta corriente y N°9503030, en armonía con los principios de control y eficiencia contemplados en los artículos 3° y 5° de la aludida ley N° 18.575, lo cual deberá ser acreditado documentadamente a esta Entidad Fiscalizadora a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 7.Sobre recursos sin transferir a la Corporación Municipal de Lo PradoAC: Observación altamente complejaEsa municipalidad deberá acreditar el traspaso a la citada corporación de los recursos recibidos por la entidad edilicia desde el SSMO por el total de $35.939.656, correspondientes a los programas Capacitación y Formación de Atención Primaria en la RED Asistencial “Desarrollo RR. HH/PAC" y Fortalecimiento de Recurso Humano en APS, ajustándose a lo previsto en el artículo 49 de la aludida ley N° 19.378, lo cual deberá ser acreditado documentadamente a esta Entidad de Control a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente documento.

Tabla 20 (página 25 · 2 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN
Capítulo I, aspectos de control interno, punto 1.1.Manual desactualizadoMC: Observación medianamente complejaEsa entidad edilicia deberá concretar la actualización del mencionado manual interno, considerando para tales efectos las instrucciones contenidas en el oficio circular Nº E324.651, de 2023, de esta Entidad Fiscalizadora, y proceder a su aprobación mediante el correspondiente acto administrativo, lo que deberá acreditar a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente documento.
Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 5.Sobre giradores de cuenta corriente.MC: Observación medianamente complejaEsa municipalidad deberá regularizar ante esta Contraloría General la revocación de la calidad de giradoras de las señoras Rita Masbernat Sepúlveda y Cristina Meza Argandoña para su debido registro en SIAPER, de acuerdo con lo preceptuado en el numeral 4 del capítulo III del citado oficio Nº E324.651, de 2023, referido a la revocación de firmas de giradores/as, lo que deberá acreditar documentadamente a esta Entidad de Control a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.