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Tabla 1 (página 3 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma16/12/2022
Código validaciónybA7KRlZr
URL validaciónhttps://www.contraloria.cl/validardocumentos

Tabla 2 (página 4 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma16/12/2022
Código validaciónybA7KRmqC
URL validaciónhttps://www.contraloria.cl/validardocumentos

Tabla 3 (página 5 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreRENE MORALES ROJAS
CargoContralor Regional
Fecha firma16/12/2022
Código validaciónybA7KRkEO
URL validaciónhttps://www.contraloria.cl/validardocumentos

Tabla 4 (página 8 · 1 filas)

Informe Final N° 705, de 2022
Municipalidad de Lo Prado

Tabla 5 (página 8 · 6 filas)

horas extraordinarias
sin registro horario por $, respecto de los servidores señalados en la tabla
N° 4 de este informe; horas extraordinarias cuyo registro horario no acredita su
cumplimiento, y pago de horas extraordinarias en días sábado, domingo y festivos que
incluyen horas de colación, por las sumas de $1.997.296 y $824.068, correspondiente
a los funcionarios detallados en el anexo N° 5, y pago de horas extraordinarias en
exceso, por $11.100.

Tabla 6 (página 9 · 3 filas)

permisos
administrativos y licencias médicas sin acreditar; horas extraordinarias cuyo registro
horario no acredita su cumplimiento, y pago de horas extraordinarias en días sábado
domingo y festivos que incluyen horas de colación, y

Tabla 7 (página 15 · 2 filas)

Materia específicaUniversoMuestraTotal examinado
$N°(*)$N°(*)$N°(*)
Horas extraordinarias284.566.8641.80728.288.6568728.288.65687

Tabla 8 (página 17 · 5 filas)

tienen la
obligación de implementar, deben otorgar garantías respecto del cumplimiento cierto
de la correspondiente jornada de trabajo de cada funcionario, para efectos del correcto
cálculo de los descansos complementarios o los recargos que fueran procedentes, lo
que no resulta factible en el caso analizado dadas las falencias descritas (aplica criterio
contenido en el dictamen N° E39.754, de 2020, de esta Entidad de Control).

Tabla 9 (página 19 · 4 filas)

Al respecto, cabe anotar que si bien las horas
extraordinarias, se ajustan a la excepción al principio de irretroactividad de los actos
administrativos establecido en el artículo 52 de la ley N° 19.880, puesto que favorecen
a quienes afecten sus consecuencias y sin que ello lesione derechos de terceros, debe
prevenirse que tales actuaciones no pueden constituir el modo habitual de materializar

Tabla 10 (página 20 · 1 filas)

la autorización de las horas extras (aplica criterio contenido en el dictamen N° 59.383,
de 2015, de este Organismo de Control).

Tabla 11 (página 22 · 3 filas)

se establecieron los motivos que fundamentan su
realizaciónsituación que impide acreditar si con ello se cumplieron tareas
impostergables relacionadas con el quehacer municipal, según lo consigna el artículo
63, inciso primero, de la ley N° 18.883.

Tabla 12 (página 23 · 10 filas)

Decreto exento N°MemorándumCantidad de funcionarios con justificación
Cargo que requiere horas extraordinarias
541, de 2021Director de asesoría jurídica2
72, de 2021Jefe de recursos humanos6
1.399173, de 2021Director de asesoría jurídica2
1.71639, de 2021Jefe de recursos humanos6
259, de 2021Director de asesoría jurídica2
1.886286, de 2021Director de asesoría jurídica2
1.918190, de 2021Jefe de rentas municipales2
605, de 2021Directora de SECPLA (*)5
51840, de 2022Jefe de permisos de circulación42

Tabla 13 (página 23 · 7 filas)

En este tenor, la jurisprudencia administrativa
de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes Nos 5.921, de
2010 y 12.463, de 2013, ha precisado que las horas extraordinarias solo se configuran
y otorgan los derechos correlativos -compensación con descanso complementario o
pago-, cuando concurren tres requisitos copulativos esenciales, esto es, que hayan de
cumplirse tareas impostergables; luego, que exista orden de la máxima autoridad
edilicia; y, por último, que los trabajos respectivos se realicen a continuación de la
jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos o festivos.

Tabla 14 (página 23 · 9 filas)

Así, los decretos alcaldicios mediante los
cuales se dispongan horas extraordinarias, deberán ser fundados, debiendo, por tanto,
la autoridad que los dicta, expresar los motivos -esto es, las condiciones que posibilitan
y justifican su emisión-, los razonamientos y los antecedentes de hecho y de derecho
que le sirven de sustento y conforme a los cuales ha adoptado su decisión, pues de lo
contrario implicaría confundir la discrecionalidad que le concede el ordenamiento
jurídico con la arbitrariedad, sin que sea suficiente la mera referencia formal, de manera
que su sola lectura permita conocer cuál fue el raciocinio para la adopción de su
decisión (aplica criterio contendido en los dictámenes Nos 91.219, de 2014, y 1.342, de
2015, de este Organismo de Control).

Tabla 15 (página 23 · 8 filas)

En este orden de ideas, los dictámenes
Nos 499, de 2012, y 4.567, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, han precisado que
la exigencia de fundamentación de los actos administrativos se vincula con el recto
ejercicio de las potestades otorgadas a la Administración activa, toda vez que permite
cautelar que éstas se ejerzan de acuerdo a los principios de juridicidad -el que lleva
implícito el de racionalidad-, evitando todo abuso o exceso, de acuerdo con los artículos
6° y 7° de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 2° de la
ley N° 18.575, y de igualdad y no discriminación arbitraria -contenido en el artículo 19,
N° 2, de la Carta Fundamental- como, asimismo, velar porque tales facultades se

Tabla 16 (página 24 · 1 filas)

ejerzan en concordancia con el objetivo considerado por el ordenamiento jurídico al
conferirlas.

Tabla 17 (página 24 · 9 filas)

La jefatura de la dirección de asesoría jurídica
en su respuesta manifiesta que se regularizará la observación conla dictación del
respectivo acto administrativo, y con la incorporación en el manual de horas
extraordinarias de los correspondientes formularios en los que quede constancia de
los fundamentos para realizar las tareas impostergables que den origen a la
realización de trabajos extraordinarios.
Dado que las medidas anunciadas se
concretarán en el futuro y, atendido que lo objetado se trata de una situación
consolidada que no es posible de corregir para el período auditado, se mantiene la
observación formulada.

Tabla 18 (página 24 · 3 filas)

Del examen efectuado a los reportes del
sistema de control horario municipal -tanto manual como biométrico-, se verificaron
ausencias y/o atrasos que no contaban con el respaldo pertinente, tal como se presenta
en los siguientes puntos.

Tabla 19 (página 24 · 6 filas)

En el preinforme se observó que los
funcionarios que se presentan en el anexo N° 4, no registraron sus ingresos y salidas
dentro de los horarios de funcionamiento de la entidad edilicia, y/o se consignan
atrasos, sin aquello cuente con la debida justificación, de conformidad a los
antecedentes proporcionados por el municipio, no obstante lo cual, se les pagó
íntegramente la remuneración, produciéndose en consecuencia un pago indebido por
$5.422.358.

Tabla 20 (página 24 · 9 filas)

La situación expuesta se contrapone a lo
previsto en el inciso primero del artículo 69 de la ley N° 18.883, el cual señala que, por
el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse
remuneraciones, salvo que se trate de feriados, licencias, permiso postnatal parental o
permisos con goce de remuneraciones, cuestión que no consta en la especie. Agrega
el citado artículo, que mensualmente deberá descontarse por los pagadores, a
requerimiento escrito del jefe inmediato, el tiempo no trabajado por los empleados,
considerando que la remuneración correspondiente a un día, medio día o una hora de
trabajo, será el cuociente que se obtenga de dividir la remuneración mensual por
treinta, sesenta y ciento noventa, respectivamente.

Tabla 21 (página 24 · 2 filas)

De igual forma el inciso tercero del referido
artículo 69 establece que los atrasos y ausencias reiterados, sin causa justificada,
serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria.

Tabla 22 (página 25 · 6 filas)

A su vez, es del caso señalar que la máxima
autoridad comunal y los funcionarios municipales, se encuentran obligados a
resguardar el patrimonio municipal, respetando el principio de probidad administrativa,
que, en lo pertinente, se expresa en la eficiente e idónea administración de los medios
públicos y en la integridad ética, profesional y control del manejo de los recursos que
se gestionan, según lo dispuesto en los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero,
y 52 y 53, de la ley N° 18.575 (aplica

Tabla 23 (página 25 · 3 filas)

en su respuesta señala que se encuentran recopilando los antecedentes referidos a la
materia, verificando si las justificaciones fueron presentadas por otros medios, de cuyo
resultado remitirá la documentación pertinente a esta Sede de Control, atendido lo cual
se mantiene la observación formulada, por el monto de $5.422.358.

Tabla 24 (página 25 · 2 filas)

Por lo precedentemente expuesto se observa
la anotada cifra, conforme a los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336. Ello, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116 de ese mismo cuerpo legal.

Tabla 25 (página 25 · 7 filas)

En el preinforme se señaló que los 6
funcionarios identificados en la tabla adjunta no registraron su ingreso o salida laboral
en un total de 28 días, en los que se consignó en sus registros de control horario las
leyendas “permiso administrativo” o “licencia médica”, no obstante lo cual, de los
antecedentes aportados no se acreditó tales circunstancias, advirtiéndose, además,
que no fueron emitidos los actos administrativos que autorizaran o concedieran dichas
ausencias, pese a lo cual, fueron pagadas íntegramente sus remuneraciones,
produciéndose en consecuencia un pago indebido por $

Tabla 26 (página 25 · 4 filas)

NombreDecreto de pagoAusenciaN° días ausenciaTotal Pagado sin justificar $
FechaFechaDetalle
Espoz Meller Odette3.78610-09-202112-08-2021Permiso administrativo138.858
Salazar Arancibia Marion4.72016-11-202112-10-2021 y 13-10- 2021 administrativoPermiso administrativo238.767
Acevedo Bernal Paulo Adrián4.72016-11-202118 al 28 de octubre de 2021Licencia médica11332.031

Tabla 27 (página 25 · 3 filas)

Total
Pagado sin
justificar
$

Tabla 28 (página 25 · 1 filas)

N° días
ausencia

Tabla 29 (página 25 · 1 filas)

Permiso
administrativo

Tabla 30 (página 25 · 1 filas)

Espoz Meller
Odette

Tabla 31 (página 25 · 1 filas)

Permiso
administrativo

Tabla 32 (página 25 · 1 filas)

Salazar
Arancibia Marion

Tabla 33 (página 25 · 1 filas)

12-10-2021 y 13-10-
2021 administrativo

Tabla 34 (página 25 · 1 filas)

Licencia
médica

Tabla 35 (página 25 · 1 filas)

Acevedo Bernal
Paulo Adrián

Tabla 36 (página 25 · 1 filas)

18 al 28 de octubre
de 2021

Tabla 37 (página 26 · 8 filas)

NombreDecreto de pagoAusenciaN° días ausenciaTotal Pagado sin justificar $
FechaFechaDetalle
Morales Navarrete Claudia1.46914-04-202110 al 19 de marzo de 2021Licencia médica10378.031
Contalva Heuser29418-01-202213-12-2021 y 14-12-Permiso242.186
Stella2021 administrativoadministrativo
Muñoz Monroy Daniela1.47613-04-20221 y 2 de marzo deLicencia médicaLicencia274.323
2022 licenciamédica
médica
Total904.196

Tabla 38 (página 26 · 3 filas)

Total
Pagado sin
justificar
$

Tabla 39 (página 26 · 1 filas)

N° días
ausencia

Tabla 40 (página 26 · 1 filas)

Licencia
médica

Tabla 41 (página 26 · 2 filas)

Morales
Navarrete
Claudia

Tabla 42 (página 26 · 1 filas)

10 al 19 de marzo
de 2021

Tabla 43 (página 26 · 1 filas)

Muñoz Monroy
Daniela

Tabla 44 (página 26 · 2 filas)

La situación expuesta incumple lo previsto en
los incisos primero y tercero del artículo 69 de la ley N° 18.883, así como la
jurisprudencia de esta Entidad de Control contenida, entre otros, en el dictamen

Tabla 45 (página 27 · 7 filas)

NombreMes EjecuciónAñoHoras diurnas pagadasHoras Nocturnas pagadas
#$#$
Ahumada Ardouin LessJulio20210053312.537
Donoso Pineda DianaNoviembre202140507.20900
Robles Aguilera AdriánFebrero202200956.310
Guerrero Contreras RodrigoMarzo20220030255.884
Castillo González LeopoldoMarzo2022002297.683
Total40507.209114722.414

Tabla 46 (página 28 · 7 filas)

Ahora bien, sobre el funcionario señor
Ahumada Ardouin, remite la “Planilla de Control de Horas Extraordinarias Previsibles”
y el registro de asistencia de julio de 2021, que dan cuenta de la ejecución de 45 horas
extraordinarias realizadas los días sábados de dicho mes, como también, acompañó
el decreto exento N° 1.287, de 17 de agosto de ese año, que autorizó el pago de 8
horas nocturnas realizadas durante junio de esa misma anualidad, que se
encontraban impagas; antecedentes todos que acreditan un total de 53 horas
extraordinarias nocturnas, por lo que se levanta lo observado.

Tabla 47 (página 30 · 1 filas)

CasosMonto pagado en exceso diurno $Monto pagado en exceso nocturno $Total pagado en exceso $
391.224.262773.0341.997.296

Tabla 48 (página 32 · 2 filas)

NombreHH EE diurnasHH EE nocturnasTotal
#$#$$
Patricia Mondaca Villalón40148.005417.761165.766

Tabla 49 (página 34 · 21 filas)

Sobre lo observado en los puntos 7.a,
ausencias y atrasos sin justificación de la jefatura referidos a los funcionarios
identificados en el anexo N° 4, por $5.422.358; 7.b, permisos administrativos y
licencias médicas sin acreditar de las servidoras señoras Odette Espoz Meller, Marion
Salazar Arancibia y Stella Contalva Heuser, indicadas en la tabla N° 3, por la suma de
$119.811; numeral 8, horas extraordinarias sin registro horario por $917.086, respecto
de los trabajadores señalados en la tabla N° 4; puntos 9.a y 9.b, horas extraordinarias
cuyo registro horario no acredita su cumplimiento, y pago de horas extraordinarias en
sábado domingo y festivos que incluyen horas de colación, respectivamente, por las
sumas de $1.997.296 y $824.068, referido a los funcionarios consignados en el anexo
N° 5, y numeral 11, pago de horas extraordinarias en modalidad de teletrabajo, por
$11.100, efectuado a la funcionaria señora Patricia Mondaca Villalón (todas AC), la
Municipalidad de Lo Prado deberá adoptar las medidas que correspondan para iniciar
un proceso de regularización de lo observado y, si procediere, llevar a cabo las
acciones necesarias para obtener, previa audiencia del interesado, el reintegro de las
sumas respectivas, remitiendo los antecedentes pertinentes a esta Contraloría
Regional, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente
informe. De no acreditarse, dentro del referido plazo, la realización efectiva de tales
trabajos extraordinarios, o, en su defecto, la obtención del reintegro que proceda, se
formulará el reparo respectivo por el total de $9.291.719, en virtud de lo prescrito en
los artículos 95 y siguientes de la citada ley N° 10.336. Ello sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 116 de ese mismo cuerpo lega

Tabla 50 (página 36 · 3 filas)

Firmado electrónicamente por:
Nombre:MANUEL ALVAREZ SAPUNAR
Cargo:Jefe de Unidad de Control Externo
Fecha:16/12/2022

Tabla 51 (página 37 · 20 filas)

Nombre funcionarioAñoMes de asistenciaAñoDías enmendados
San Martín Abarzúa Juan Carlos2021Enero202123
Orellana Moya Gerardo Enrique2021Enero20218
Marín Millán Myriam Loreto2021Enero202122
Díaz Grandon Bryan David2021Enero20219, 11 y 16
Méndez Muñoz Angélica María2021Febrero20214 y5
Olivares Bustos Luis Benjamín2021Marzo202129
Méndez Muñoz Angélica María2021Marzo20214
Morales Navarrete Claudia Andrea2021Marzo20217
Gutiérrez González Claudia2021Mayo202110
Codocedo Ulloa David Bernabé2021Mayo202115 y 16
Fuentes Morales Isabel2021Junio20219
Jiménez Luco Patricio René2021Julio202118
Espoz Meller Odette Lizette2021Agosto202113 y 18
Martínez Mallia Karla Andrea2021Agosto20212 y 7
Olivares Bustos Luis Benjamín2021Octubre20211
Pávez Fuentes Domingo Ángel2021Noviembre202115,16, 17, 24
Riquelme Leiva Luis Enrique2022Marzo20223 y 4
Aburto Castañeda Marcela Fuentes Arancibia Jazna Paulet2022 2022Marzo Marzo2022 20221 y 21 9
Muñoz Monroy Daniela Guisselle2022Marzo20223, 4, 9, 12 y 29
Martínez Mallia Karla Andrea2022Marzo202226

Tabla 52 (página 38 · 32 filas)

DecretoPeríodo que autorizaFecha de ejecución trabajos extraordinarios
Fecha
24611-02-2021enero de 2021enero de 2021
55916-03-2021febrero de 2021febrero de 2021
53815-03-2021marzo de 2021marzo de 2021
74415-04-2021marzo de 2021marzo de 2021
82128-04-2021abril de 2021abril de 2021
82228-04-2021marzo de 2021marzo de 2021
90814-05-2021abril de 2021abril de 2021
96103-06-2021mayo de 2021mayo de 2021
1.02722-06-2021mayo de 2021mayo de 2021
1.02622-06-2021junio de 2021junio de 2021
1.10713-07-2021junio de 2021junio de 2021
1.13620-07-2021julio de 2021julio de 2021
1.30718-08-2021julio de 2021julio de 2021
137001-09-2021julio de 2021julio de 2021
1.39903-09-2021agosto de 2021agosto de 2021
1.44820-09-2021agosto de 2021agosto de 2021
146927-09-2021agosto de 2021agosto de 2021
1.58613-10-2021septiembre de 2021septiembre de 2021
1.65427-10-2021octubre de 2021octubre de 2021
167628-10-2021septiembre de 2021septiembre de 2021
1.91816-12-2021noviembre de 2021noviembre de 2021
6014-01-2022diciembre de 2021diciembre de 2021
23531-01-2022diciembre de 2021diciembre de 2021
36718-02-2022enero de 2022enero de 2022
41607-03-2022enero de 2022enero de 2022
50318-03-2022febrero de 2022febrero de 2022
50418-03-2022febrero de 2022febrero de 2022
51821-03-2022marzo de 2022marzo de 2022
62731-03-2022febrero de 2022febrero de 2022
73125-04-2022marzo de 2022marzo de 2022
72520-04-2022marzo de 2022marzo de 2022

Tabla 53 (página 38 · 1 filas)

Fecha de ejecución trabajos
extraordinarios

Tabla 54 (página 39 · 9 filas)

NombreDecreto de pagoHH EE realizad as diurnasHH EE realizadas nocturnasHH EE pagadas diurnasHH EE pagadas nocturnasHH EE autoriza- das diurnasHH EE autoriza- das nocturnasHH EE pagadas mayor a las autorizadas diurnasHH EE pagadas mayor a las autorizadas nocturnasMonto observado diurnas $Monto observado nocturnas $Total observado $
Fecha
Guzmán Robles Rossana5.18114-12-202157295742406017040.910-40.910
Pávez Fuentes Domingo Ángel5.18114-12-202155455549305025050.236-50.236
Olivares Bustos Luis Benjamín4.72016-11-20213538354230505013.950-13.950
Orellana Moya Gerardo Enrique55817-02-202137336163006163107.753139.107246.860
Fuentes Morales Isabel1.87513-05-20213933282520358016.076-16.076
Diaz Grandón Bryan David55817-02-202120102010174366.02815.07121.099
Martínez Mallia Karla Andrea3.78610-09-2021201820901120042.648-42.648
Total431.779

Tabla 55 (página 40 · 19 filas)

Nombre funcionarioDecreto de pagoAsistenciaDía de ausenciaN° de díasHoras de atrasoMonto pagado $Total
FechaMesAñoausenciasAtrasos$
Riquelme Leiva Luis Enrique1.47613-04-2022marzo20222310111.126-111.126
Quiroz González Humberto66816-02-2022enero2022-03034.68134.681
Bozo Contreras Mario Alberto29418-01-2022diciembre202127,28,29,30 y 3150354.642-354.642
Guajardo Guajardo Jorge Guille66816-02-2022enero202210,11,12,13 y 1450121.273-121.273
Espoz Meller Odette Lizette4.22713-10-2021septiembre2021301037.283-37.283
Zúñiga Reyes Patricio Fernando29418-01-2022diciembre20212415060.241475.585535.826
Zúñiga Reyes Patricio Fernando66816-02-2022enero20226,11,18,20,24, 26 y 2870261.445-261.445
Rubio Calderón Ximena Susan3.36017-08-2021julio202112,14,15,26,27, 28 y 3070172.196-172.196
Briones Plata Vivian Cecilia3.78610-09-2021agosto202113,19,20,3140127.472-127.472
Salazar Arancibia Marion4.72016-11-2021octubre202127 y 282055.147-55.147
Briones Plata Vivian Cecilia4.22713-10-2021septiembre202116 y 202058.634-58.634
Méndez Muñoz Angélica María1.46914-04-2021marzo2021-02010.19310.193
Hernández Acosta Flor Elisa55817-02-2021enero20218,15,22 y 2940110.033-110.033
Latorre Rivas Cristian Mauricio1.46914-04-2021marzo2021-0650231.339231.339
Acevedo Bernal Paulo Adrián1.46914-04-2021marzo202115, 16, 17, 22, 23, 29, 30 y 3182327.77912.939340.718
Acevedo Bernal Paulo Adrián4.22713-10-2021septiembre2021-0106.1686.168
Acevedo Bernal Paulo Adrián4.72016-11-2021octubre202113, 14 y 293190.5544.76695.320
Acevedo Bernal Paulo Adrián29418-01-2022diciembre202113, 17 y 24,321134.485148.641283.126

Tabla 56 (página 41 · 18 filas)

Nombre funcionarioDecreto de pagoAsistenciaDía de ausenciaN° de díasHoras de atrasoMonto pagado $Total
FechaMesAñoausenciasAtrasos$
Contalva Heuser Stella Carolina1.46914-04-2021marzo202115, 16, 17, 18, 24, 25, 29 y 3080141.366-141.366
Cayún Painen Eduardo Arturo1.01615-03-2022febrero202221 y 222064.906-64.906
Cayun Painen Eduardo66816-02-2022enero20223 al 19 de enero de 202213406.445-406.445
Pozo Araneda Francisca Alejandra2.38915-06-2021mayo202110, 11, 12, 17, 24, 25, 26, 27 y 2894264.65118.572283.223
Cárdenas Colún Marisa Isabel3.78610-09-2021agosto202110, 11, 12, 13, 23 y 31,60237.954-237.954
Cárdenas Colún Marisa Isabel55817-02-2021enero20214, 5, 6, 7, 8, 19, 20, 21, 22 y 25100369.275-369.275
Fuentes Morales Isabel1.46914-04-2021marzo2021-04023.33523.335
Fuentes Morales Isabel2.82114-07-2021junio2021-04013.20013.200
Codocedo Ulloa David Bernabé2.38915-06-2021mayo2021141026.126-26.126
Fuentes Arancibia Jazna Paulet1.47613-04-2022marzo20222,7 y 1631105.9395.576111.515
Campillay Gajardo Nicolás1.87513-05-2021abril20215, 6, 7, 8, 9, 19, 20, 21, 22, 23103303.29714.367317.664
Campillay Gajardo Nicolás2.82114-07-2021junio20211, 2, 7, 14, 15, 16, 18, 29 y 3095304.55326.715331.268
Muñoz Monroy Daniela Guisselle1.47613-04-2022marzo2022-0105.8685.868
Méndez Muñoz Angélica María1.03617-03-2021febrero20218, 12, 19 y 224080.622-80.622
Martínez Mallia Karla Andrea3.78610-09-2021agosto2021171024.035-24.035
Martínez Mallia Karla Andrea1.47613-04-2022marzo202281038.934-38.934
Total4.390.4131.031.9455.422.358

Tabla 57 (página 42 · 27 filas)

NombreDecreto de pagoHoras extraordinarias diurnasHoras extraordinarias nocturnasHoras extraordinarias nocturnasTotal observado $
Fechaejecutadaspagadaspagadas en excesoMonto pagado en exceso $EjecutadasPagadaspagadas en exceso nocturnasHoras de colación
pagadas
agadas
#$#$
Riquelme Leiva Luis1.47613-04-2022777700111117654.299654.299108.598
Quiroz González Humberto1.87513-05-2021454000343400321.16921.169
Quiroz González Humberto29418-01-2022534000404000436.19936.199
Quiroz González Humberto66816-02-2022393000393900436.19936.199
Quiroz González Humberto1.47613-04-2022504000393900436.19936.199
Espoz Meller Odette Lizette3.78610-09-2021363826.975755300006.975
Guzmán Robles Rossana5.18114-12-202157570032421036.097310.82946.926
Bozo Contreras Mario29418-01-2022134229151.2021301421275.08000226.282
Alberto
Pávez Fuentes Domingo5.18114-12-2021555500494900412.05712.057
Ángel
Cajales Maureira Christian1.46914-04-2021786500848400856.45256.452
San Martín Abarzua Juan55817-02-2021383100484700314.78814.788
Carlos
San Martín Abarzua Juan1.47613-04-2022574000535200315.69015.690
Carlos
Fuentealba Jara Víctor55817-02-202188002331828.8780028.878
Funke Mondaca Julio5.18114-12-20212727003335211.794317.69129.485
Eduardo
Rebolledo Martínez1.46914-04-2021707000717214.185625.10929.294
Francisco
Olivares Bustos Luis1.46914-04-2021594000464600416.73916.739
Benjamín

Tabla 58 (página 42 · 1 filas)

pagadas
en exces

Tabla 59 (página 42 · 2 filas)

Monto
agado e
exceso

Tabla 60 (página 42 · 2 filas)

Total
observado
$

Tabla 61 (página 43 · 34 filas)

NombreDecreto de pagoHoras extraordinarias diurnasHoras extraordinarias nocturnasHoras extraordinarias nocturnasTotal observado $
Fechaejecutadaspagadaspagadas en excesoMonto pagado en exceso $EjecutadasPagadaspagadas en exceso nocturnasHoras de colación
pagadas
agadas
#$#$
Olivares Bustos Luis3.36017-08-2021272926.975535528.370520.92436.269
Benjamín
Olivares Bustos Luis4.72016-11-2021353500424200416.73916.739
Benjamín
Olivares Bustos Luis29418-01-2022424000454400313.32013.320
Benjamín
Núñez Fernández Jaime29418-01-2022105141222.6221451370000222.622
Christian
Jiménez Norambuena Juan4.72016-11-2021181600333413.014412.05715.071
Carlos
Huenufil Melivilu Patricio1.47613-04-20228181001231190028.8808.880
Pávez Fuentes Jaime4.22713-10-2021272600212213.01426.0289.043
Andrés
Zúñiga Reyes Patricio29418-01-20224250829.6011591771879.923731.081140.605
Fernando
Zúñiga Reyes Patricio66816-02-2022181800494900626.64126.641
Fernando
Rubio Calderón Ximena3.36017-08-20210000474926.028006.028
Susan
Donoso Pineda Diana1.47613-04-2022174023291.645000000291.645
Patricia
Briones Plata Vivian Cecilia3.78610-09-2021293013.4870000003.487
Arteaga Ríos Magdalena2.38915-06-20213540524.5711715000024.571
Jiménez Luco Patricio Rene3.36017-08-2021131525.33154681444.780515.99366.104
Salazar Arancibia Marion4.72016-11-20211915000000000
Orellana Moya Gerardo55817/2/202137612452.99334632976.84012.650132.483
Enrique
Pozo Esparza Luis Marcelo1.03617-03-202125240026250013.1993.199
Méndez Muñoz Angelica1.46914-04-2021777700747400618.08518.085
María

Tabla 62 (página 43 · 1 filas)

pagadas
en exces

Tabla 63 (página 43 · 2 filas)

Monto
agado e
exceso

Tabla 64 (página 43 · 2 filas)

Total
observado
$

Tabla 65 (página 44 · 34 filas)

NombreDecreto de pagoHoras extraordinarias diurnasHoras extraordinarias nocturnasHoras extraordinarias nocturnasTotal observado $
Adrián
Fechaejecutadaspagadaspagadas en excesoMonto pagado en exceso $EjecutadasPagadaspagadas en exceso nocturnasHoras de colación
pagadas
agadas
#$#$
Cáceres Valdés Pamela29418-01-202204424.95603322.4610047.417
Andrea
Latorre Rivas Cristian1.46914-04-20210000313213.19926.3979.596
Marín Millán Myriam Loreto55817-02-2021584000242400321.16921.169
Acevedo Bernal Paulo1.46914-04-20212734724.412848514.185520.92449.521
Adrián
Acevedo Bernal Paulo4.22713/10/20210000828314.185416.73920.924
Adrián
Acevedo Bernal Paulo4.72016-11-20214626.97531310028.37015.345
Acevedo Bernal Paulo29418-01-202229391037.001899014.44028.88050.322
Adrián
Quinteros Ordoña Graciela3.78610-09-20210262678.21100000078.211
Ivón
Morales Navarrete Claudia1.46914-04-202139491034.874464500312.55547.428
Contalva Heuser Stella1.46914-04-2021212212.2080000002.208
Carolina
Contalva Heuser Stella4.22713-10-20214440007925.299005.299
Carolina
Mondaca Fuentes Fabiola2.82114-07-202160400060600013.1993.199
Inés
Cayun Painen Eduardo66816-02-2022400020321253.28228.88062.162
Arturo
Cayun Painen Eduardo1.01615-03-20228800373700417.76117.761
Arturo
Pozo Araneda Francisca2.38915-06-2021917817.66481951437.095615.89870.657
Cárdenas Colún Marisa3.78610-09-20212026618.04911111100828.87846.926
Isabel
Cárdenas Colún Marisa55817-02-20212029927.07310810700725.26852.341
Isabel

Tabla 66 (página 44 · 1 filas)

pagadas
en exces

Tabla 67 (página 44 · 2 filas)

Monto
agado e
exceso

Tabla 68 (página 44 · 2 filas)

Total
observado
$

Tabla 69 (página 45 · 18 filas)

NombreDecreto de pagoHoras extraordinarias diurnasHoras extraordinarias nocturnasHoras extraordinarias nocturnasTotal observado $
Fechaejecutadaspagadaspagadas en excesoMonto pagado en exceso $EjecutadasPagadaspagadas en exceso nocturnasHoras de colación
pagadas
agadas
#$#$
Reyes Andaur Sebastián2.82114-07-2021464000545739.596515.99325.589
Antonio
Fuentes Morales Isabel1.46914-04-2021777925.024757500618.08523.109
Fuentes Morales Isabel2.82114-07-2021182025.024191000005.024
Codocedo Ulloa David2.38915-06-202128618.0494221000018.049
Bernabé
Campillay Gajardo Nicolás1.87513-05-202112221030.08146581243.317310.82984.227
Campillay Gajardo Nicolás2.82114-07-2021815721.05783931036.097725.26882.422
Candia Soto José Fernando55817/2/2021192125.024333639.0430014.067
Navarrete Clerici Catalina1.01615-03-20220191947.7250272781.38300129.108
Paz
Muñoz Monroy Daniela1.47613-04-202274740093910039.5969.596
Martínez Mallia Karla Andrea1.47613/4/20226170925.453102110827.150620.36272.965
Total1.9742.0962771.224.2623.1873.317204773.034180824.0682.821.364

Tabla 70 (página 45 · 1 filas)

pagadas
en exces

Tabla 71 (página 45 · 2 filas)

Monto
agado e
exceso

Tabla 72 (página 45 · 2 filas)

Total
observado
$

Tabla 73 (página 46 · 24 filas)

Nombre funcionarioDecreto de pagoFechaHH EE realizada s diurnasHH EEHH EE pagadas diurnasHH EE pagadas nocturnasHH EE autorizadas diurnasHH EE autorizadas nocturnasHH EEnHH EEsMonto observado diurnasMonto observado nocturnasTotal observado
realizadadiurnasocturna
snono
nocturnaspagadaspagadas
Espoz Meller Odette Lizette3.78610-09-2021367138534075018-75.32875.328
Cajales Maureira Christian Mau1.46914-04-2021787665848210913076.445-76.445
San Martin Abarzua Juan Carlos55817-02-20213844314740757028.754-28.754
Núñez Fernández Jaime29418-01-202210141511374018004-26.06326.063
Jiménez Norambuena Juan4.72016-11-2021182916344060205.024-5.024
Pávez Fuentes Jaime Andrés4.22713-10-2021271926223050102.512-2.512
Espoz Meller Odette Lizette4.22713-10-2021396938604075193.48737.66441.151
Gutiérrez González Claudia2.38915-06-202118014-3004013.950-13.950
Arteaga Ríos Magdalena2.38915-06-202135164015404401-5.8975.897
Salazar Arancibia Marion4.72016-11-202119015-30304013.950-13.950
Briones Plata Vivian Cecilia4.22713-10-202140030040010034.874-34.874
Pozo Esparza Luis Marcelo1.03617-03-20212524242530110102.665-2.665
Grandon Espinoza Néstor29418-01-20224113409403904-29.94829.948
Beiza Guzmán Carlos Eduardo5.18114-12-2021112010204060102.665-2.665
Acevedo Bernal Paulo4.22713-10-20212978208337939031.386-31.386
Contalva Heuser Stella Carolina29418-01-202245143994039102.343-2.343
Cayun Painen Eduardo Arturo1.03617-03-2021636-3225556020.924-20.924
Fuentes Morales Isabel Del Car1.87513-05-202139332825203508-24.11324.113
Fuentes Morales Isabel2.82114-07-202118162010201505-15.07115.071
Martínez Mallia Karla Andrea3.78610-09-2021201820901102-6.3976.397
Total459.461

Tabla 74 (página 46 · 2 filas)

HH EE
realizada
s diurnas

Tabla 75 (página 46 · 2 filas)

HH EE
pagadas
diurnas

Tabla 76 (página 46 · 2 filas)

HH EE
pagadas
octurnas

Tabla 77 (página 46 · 2 filas)

HH EE
autorizadas
diurnas

Tabla 78 (página 46 · 2 filas)

HH EE
utorizadas
nocturnas

Tabla 79 (página 46 · 2 filas)

Monto
bservad
diurnas

Tabla 80 (página 46 · 2 filas)

Monto
observado
nocturnas

Tabla 81 (página 46 · 1 filas)

ecreto
e pago

Tabla 82 (página 46 · 1 filas)

Total
observado

Tabla 83 (página 47 · 1 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR MEDIDAS ADOPTADASMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DEL SERVICIO
Capítulo III, examen de cuentas, puntos 7.a, 7.b; numeral 8; puntos 9.a, 9.b; y numeral 11.Ausencias y atrasos sin justificación de la jefatura, por $5.422.358; permisos administrativos y licencias médicas sin acreditar, por $119.811; horas extraordinarias sin registro horario, por $917086; horas extraordinarias cuyo registro horario no acredita su cumplimiento, por $1.997.296; pago de horas extraordinarias en sábado domingo y festivos que incluyen horas de colación, por $824.068 y, pago de horas extraordinarias en modalidad de teletrabajo, por $11.100.AC: Observaciones altamente complejasLa Municipalidad de Lo Prado deberá adoptar las medidas que correspondan para iniciar un proceso de regularización de lo observado y, si procediere, llevar a cabo las acciones necesarias para obtener, previa audiencia del interesado, el reintegro de las sumas respectivas, remitiendo los antecedentes pertinentes a esta Contraloría Regional, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. De no acreditarse, dentro del referido plazo, la realización efectiva de tales trabajos extraordinarios, o, en su defecto, la obtención del reintegro que proceda, se formulará el reparo respectivo por el total de $9.291.719, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la citada ley N° 10.336. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116 de ese mismo cuerpo legal.

Tabla 84 (página 48 · 2 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR MEDIDAS ADOPTADASMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DEL SERVICIO
Capítulo III, examen de cuentas, puntos 7.b; 9.a, 9.b; y numeral 10.Permisos administrativos y licencias médicas sin acreditar; horas extraordinarias cuyo registro horario no acredita su cumplimiento; pago de horas extraordinarias en sábado domingo y festivos que incluyen horas de colación y, diferencia en el pago de horas extraordinarias a favor de los servidores municipales.AC: Observaciones altamente complejasLa autoridad comunal deberá incorporar las aludidas materias al sumario administrativo instruido realizar mediante el decreto alcaldicio N° 691, de 2022, para determinar eventuales responsabilidades sobre los hechos representados, enviando la modificación al acto administrativo que así lo disponga a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de la Contraloría General, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
Capítulo III, examen de cuentas, numeral 10.Diferencia en el pago de horas extraordinarias a favor de los servidores municipalesAC: Observación altamente complejaEsa entidad comunal deberá verificar la menor erogación efectuada a los 19 funcionarios que se detallan en el anexo N° 6, y, de proceder, efectuar el pago por las horas extraordinarias correspondiente, por la cifra de $459.461 debiendo remitir los documentos y comprobantes contables que lo acrediten, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.