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Solicitudes frecuentes · pdf · documento original ↗
Tabla 1 (página 1 · 10 filas)
| Tipo Norma :Decreto 218 | |
|---|---|
| Fecha Publicación :27-12-1985 | |
| Fecha Promulgación :12-12-1985 | |
| Organismo :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO | |
| Título :MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA CISTERNA EN SECTOR CEMENTERIO METROPOLITANO | |
| Tipo Versión :Única De : 27-12-1985 | |
| Inicio Vigencia :27-12-1985 | |
| Id Norma :166587 | |
| URL :https://www.leychile.cl/N?i=166587&f=1985-12-27&p= | |
| MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA CISTERNA EN SECTOR CEMENTERIO METROPOLITANO Santiago, 12 de Diciembre de 1985.- Hoy se decretó lo siguiente: Núm. 218.- Visto: Lo dispuesto en les artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12° letra i) del DL. No. 1.305 de 1976; los artículos 44° y 45° del DFL No. 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Decreto Alcaldicio No. 00888, de 24 de Septiembre de 1985, de la I. Municipalidad de La Cisterna; el Ordinario No. 1900/3935, de 25 de Noviembre de 1985, del Sr. Intendente Región Metropolitana; el Ordinario No. 2389, de 02 de Diciembre de 1985, del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo; el Ordinario No. 449, de 06 de Diciembre de 1985, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan, Decreto: Artículo 1°.- Modifícase el Plan Regulador Comunal de La Cisterna, aprobado por DS. No. 110 (V. y U.), de 29 de Julio de 1983, publicado en el Diario Oficial de 18 de Octubre de 1983, en el sentido de cambiar el deslinde Sur de la Zona M y de destinar a Area Verde la franja de 35 m de profundidad, medida a partir de la actual línea oficial Norte de la Avenida Américo Vespucio, en el tramo comprendido entre Avenida José Joaquín Prieto y Avenida La Feria, de conformidad a lo graficado en el Plano No. PRLC - 02, denominado "Modificación al Plan Regulador Comunal de La Cisterna en sector Cementerio Metropolitano", confeccionado a escala 1:2.000, por la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de La Cisterna, que por el presente decreto se aprueba. Artículo 2°.- Modifícase asimismo, la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Cisterna en la siguiente forma: A. Agrégase a continuación del artículo 16°, el siguiente nuevo artículo: "Artículo 16-A.- En las áreas de uso público, como son las vías y las áreas verdes existentes o las que se formen en el futuro, dentro del límite urbano, no podrán realizarse construcciones de ningún tipo, salvo aquellas que sean necesariamente complementarias a su uso especifico, tales como kioscos, fuentes de agua, juegos infantiles, estacionamientos y otros, similares, según corresponda. Las condiciones de edificación para estas construcciones complementarias serán determinadas en los proyectos específicos, los cuales serán aprobados por el Director de Obras Municipales.". B. Reemplázase en el artículo 17°, la definición de la Zona M, por la siguiente: "Zona M.- Corresponde al Cementerio Metropolitano, ubicado entre la Avenida La Feria, calle Chihuahua, Avenida José Joaquín Prieto y la línea paralela trazada a 35 m al Norte de la Línea oficial Norte de la Avenida Américo Vespucio.". Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo. | |
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