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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Ordenanzas / Ordenanzas Vigentes · pdf · documento original ↗

Tabla 1 (página 3 · 1 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
Valor por sobre producción diaria por litro0,0007

Tabla 2 (página 3 · 4 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
Servicio de Succión de pozos negros y/o fosa séptica en recintos particulares de la comuna:
a. Por m3 en camión de 1 a 8 m3.0,64
b. Por m3 en camión de 10 a 12 m3.0,6
Estos servicios no se prestarán en el Centro de Montaña, sólo en recintos particulares fuera del radio urbano ubicados a partir del km 1 del Camino a Farellones hasta Corral Quemado.

Tabla 3 (página 3 · 11 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
a) Poda de mantención menor (DAP bajo 30 cm).1,9
b) Poda de mantención mayor (DAP sobre 30 cm).3,8
c) Poda de levante.0,8
d) Extracción menor (DAP menor a 30 cm).2,9
e) Extracción media (DAP entre 31 y 60 cm).4,3
f) Extracción mayor (DAP mayor a 61 cm).8,6
g) Tala menor (DAP menor a 30 cm).2,2
h) Tala media (DAP entre 31 y 60 cm).4,3
i) Tala mayor (DAP mayor a 61 cm).7,7
j) Examen tomográfico.2,0
k) Examen resistográfico.1,8

Tabla 4 (página 3 · 1 filas)

SERVICIOValor por M3, en UTMOBSERVACIONES
Retiro de escombros en sacos de máximo 25 kg c/u.0,01 por saco adicionalNo estará afecto el retiro de hasta 20 sacos de máximo 25 kg c/u, según frecuencia establecida en el programa de recolección de escombros que mantiene el municipio publicado en su sitio web institucional. Estará afecto a cobro al superar

Tabla 5 (página 4 · 3 filas)

cantidad indicada y/o al prestarse el servicio en días distintos a los establecidos a cada sector de la comuna, según el programa de retiro de escombros que mantiene el municipio publicado su sitio web institucional.
Retiro ramas, predios que no tengan destino habitacional. (estadios, clubes, centros comerciales).0,15 por M3 adicionalNo afecto a cobro hasta 20 m3 de despojos vegetales al mes. Aplica cobro cuando supera esta cantidad. El cobro por metro cúbico queda sujeto a la cubicación que realice el inspector de la unidad técnica.
Limpieza sitio eriazo, como desmalezado, retiro de basuras y otros similares9,51 por día (considera cuadrilla para cuadrilla de 300 m2)Aplica a sitios eriazos declarados en abandono o por solicitud del propietario. El costo considera un día de trabajo con una cuadrilla de trabajadores.
Retiro de bienes muebles voluminosos (considera enseres en desusos como muebles, colchones, sillones, sillas, sofás, etc. No incluye equipos eléctricos y electrónicos).0,36 UTM x M3 adicional.No estará afecto a cobro hasta 2 m3 según frecuencia del programa de recolección que mantiene el municipio publicado el sitio web institucional. El cobro aplica cuando el servicio supere la cantidad establecida o se realice fuera de la frecuencia del programa de recolección publicado en la página web municipal.

Tabla 6 (página 4 · 13 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
I) Desratización:
a. Desratización al interior y exterior de una vivienda. Por cada cebo raticida utilizado, incluyendo un recebaje. Cada vez.0,009
b. Desratización al interior y exterior de una vivienda. Por cada cebadera instalada. Cada vez.0,02
c. Desratización al interior y exterior de una vivienda. Por cada trampa pegajosa utilizada. Cada vez.0,011
II) Desinsectación
a. Desinsectación mediante aspersión al interior y exterior de una vivienda, por cada 50 m2 o su fracción. Cada vez.0,088
b. Desinsectación mediante gel-cebo al interior y exterior de una vivienda, por cada 10 metros lineales o su fracción. Cada vez.0,002
III) Sanitización
a. Sanitización mediante aspersión al interior y exterior de una vivienda por cada 50 m2 o fracción. Cada vez.0,036
V) Control de colonias de murciélagos:
a. Método disuasivo/exclusión. Por metro lineal.0,028
VI) Control de palomas:
a) Instalación de púas de acero o policarbonato. Por metro lineal.0,07

Tabla 7 (página 5 · 3 filas)

b) Instalación de tensor de nylon. Por 10 mts. lineales o su fracción.0,9
c) Instalación de red anti palomas. Por 10m2 o su fracción.0,9
d) Limpieza de muros (removedor de heces, retiro nidos y huevos). Por 10m2 o su fracción.0,018
e) Aplicación de geles o líquidos repelentes. Por 10 mts lineales o su fracción.0,072

Tabla 8 (página 5 · 8 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.- Retiro de vehículos de tracción humana o animal1,00
2.- Retiro de kioscos de cualquier tipo2,00
3.- Retiro de letreros, atriles y letreros de propagandas u otros similares, sin instalación eléctrica:
a) Retiro de letreros, atriles y letreros de propaganda u otros similares sin instalación eléctrica menores a un 1 m21,00
b) Retiro de letreros, atriles y letreros de propaganda sin instalación eléctrica mayores a 1 m21,00 UTM base + 0,50 UTM por m2 o fracción adicional
c) Retiro de lienzos, banderines, pendones y otros similares, por unidad0,80 UTM base + 0,20 UTM por m2 adicional.
d) Retiro por señal o letrero indicativo (semejante a los de Tránsito) sin autorización en la vía pública.1,50
4.- Retiro de vehículos, carros u otros destinados a comercio u otras actividades.1,00

Tabla 9 (página 6 · 1 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
Los servicios de bodegaje de señales o letreros, atriles, vehículos sin tracción, carros de vendedores ambulantes o demás especies encontradas en la vía pública, diario por m3 ocupado.0,01

Tabla 10 (página 6 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Automóviles, Camionetas, Station Wagon, Furgones, con excepción de las siguientes calles: Avda. La Dehesa, Avda. El Rodeo, Avda. José Alcalde Délano, Avda. Lo Barnechea, Avda. Las Condes, Avda. Raúl Labbé, Avda. Padre Alfredo Arteaga, Comandante Malbec, Camino El Huinganal, San José de La Sierra, Camino Turístico, Contralmirante Fernández Vial, Santa Blanca, Avda. Camino Los Trapenses, Golf de Manquehue, Boulevard de los Pájaros, Pedro Lira Urquieta, Bernardo Larraín, Av. Paseo Pie Andino, Camino Juan Pablo II, Valle del Monasterio, y Cerro La Campana.1,00
2. Vehículos de carga, incluyendo el estacionamiento de camiones destinados a la carga y descarga de vehículos motorizados.12,00

Tabla 11 (página 7 · 3 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR $ POR TRAMO DE 10 MINUTOSVALOR $ TOPE DIARIO
Vehículos livianos$200$5.000
Minibuses$400$10.000
Buses$600$15.000

Tabla 12 (página 7 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
a) En local municipal.0,10
b) A domicilio.0,20

Tabla 13 (página 7 · 1 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Modificación de nombre u otro del comprobante de Permiso de Circulación, cuando sea por causas no imputables a la Municipalidad.0,05

Tabla 14 (página 8 · 24 filas)

2. Certificados de empadronamiento, por inscripción en registro de carros y remolques.0,30
3. Duplicado de certificados de empadronamientos, en “Remucar” (servicio de carros y remolques).0,10
4. Certificado de modificaciones en Registro de Carros y Remolques (no se cobrarán aquellos correspondientes a rectificaciones por error u omisión administrativa).0,10
5. Placa, duplicado de placa de carros y remolques.0,30
6. Control Taxímetros.0,10
7. Sellos otorgados en virtud del DS 211/91 y similares: Duplicados0,10
8. Otorgamiento de primera Licencia de conducir.0,56
9. Control para conductores con licencias B, C, CR, D, E y F, de acuerdo con el artículo N°19 de la Ley N°18.290.0,49
10. Control para conductores con licencias Clase a) Profesional A1, A2, A3, A4 y A5, según Ley N°19.710 b) A1, A2 según Ley N°18.2900,46
11. Extensión de otras clases adicionales a las autorizadas, por año o fracción.0,56
12. Duplicado de Licencia de Conductor, cualquiera sea su clase, en caso de extravío, robo, hurto o destrucción total o parcial.0,19
13. Levantamiento de restricción.0,21
14. Cambio de domicilio u otras modificaciones en Licencia de Conducir y otro dato que no signifique examinar al conductor.0,19
15. Recuperación de clase Ley N° 18.290 A1 y A2 otorgadas antes del 8 de marzo de 1997 y Profesional A1, A2, A3, A4 y A50,46
16. Recuperación de clases B, C, CR, D y F, de acuerdo con el artículo N°19 de la Ley N°18.290.0,49
17. Permisos para cuidadores de vehículos en la vía pública, semestral.0,125
18. Duplicado de permisos para cuidadores de vehículos en la vía pública.0,025
19. Pago de la demarcación y/o señalización vertical deteriorada por empresas que realicen obras en el espacio público: Costos de reparación:
a. Por cada m2 o fracción de demarcación.0,25
b. Por cada señal vertical.2,0
c. Por cada placa de señal informativa direccional.1,90
d. Por cada poste de señal informativa direccional.0,90
e. Por metro lineal de valla peatonal.2,0
f. Por metro lineal de defensa caminera.3,2
El valor indicado en este numeral deberá ser pagado en la Dirección de Tránsito y Transporte Público, previo a la recepción final de las obras por parte de la Dirección de Asesoría Urbana y Espacio Público.

Tabla 15 (página 9 · 1 filas)

20. Derecho semestral de uso de Señales Informativas Direccionales con identidad (no publicidad) de la entidad solicitante, el que incluye la instalación y su mantención semestral, conforme a las especificaciones técnicas del Departamento de Ingeniería.4,20
21. Certificados, en general, solicitados por particulares.0,050

Tabla 16 (página 9 · 8 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Eventos deportivos o recreativos, por día.3,0
2. Feria transitoria o puesto de venta de productos (máximo 1 mes). De instalarse en espacio público debe contar con la autorización previa de la Dirección de Espacio Público y pagar los derechos por ese concepto según corresponda:
a) Mensual0,40
b) Semanal o fracción0,15
3. Feria de las pulgas o venta de garage, solo se autoriza a personas naturales, únicamente para la venta de productos de segunda mano sin uso en sus hogares, prohibiéndose la venta de alimentos de todo tipo, productos comprados para revender o manufacturados (artesanía, reciclados u otros similares), máximo 3 veces al año por persona, diario0,10
4. Espectáculos públicos:
a) Circos o parques de entretenimiento, semanal o fracción3,00
b) Exposiciones con cobro de entrada (sin venta en el5,00

Tabla 17 (página 10 · 19 filas)

lugar), semanal o fracción
c) Obras de teatro, espectáculos musicales, charlas o similares, diario3,00
5. Vendedores ambulantes, sólo se renovarán a residentes en la comuna, con Informe Social e Informe del Departamento de Inspección que indique que no ha tenido infracciones. No se otorgan nuevos permisos.
a) Semestral.0,75
b) Trimestral.0,38
6. Instructores de Ski y/o de Snowboard, cada uno, temporada invernal0,50
7. Instalaciones para venta de seguro automotriz obligatorio, sin perjuicio de los derechos anuales correspondientes por ocupación de Bien Nacional, trimestral o fracción. (De ser permanente, debe tramitar patente comercial)0,25
8. Comercio en celebración de Fiestas Patrias, por período:
a) Fondas y ramadas (con espectáculo y/o baile)2,00
b) Stands de comida o similar1,00
c) Comerciantes (no se permite alimentos)0,50
d) Bandejeros o ambulantes0,10
e) Venta de volantines, artículos, atuendos y juegos típicos o tradicionales chilenos, previa autorización de ocupación de espacio público si lo requiere, semanal o fracción0,05
9. Otras actividades no especificadas por:
a) Semestre o fracción.1
b) Mensual o fracción0,25
c) Semanal o fracción0,08
Centro Montaña:
a) Mensual o fracción.1,5
b) Semestral o fracción0,5

Tabla 18 (página 11 · 18 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Quioscos o carros para ventas menores, venta de flores, plantas y similares adheridos o no al suelo, por m2 o fracción ocupado. Monto semestral.0,30
2. Carros de comercio estacionado de venta de alimentos, ropa u otros.
a) Semestral.1,00
b) Trimestral.0,50
c) Mensual o fracción.0,25
d) Fiestas patrias.0,25
3. Vehículos usados para venta de alimentos, ropa u otros.
a) Semestral.2,00
b) Trimestral.1,00
c) Mensual o fracción.0,50
d) Fiestas patrias.0,50
4. Instalación de Food-Truck, vehículo acondicionado para la elaboración y ventas de comida callejera, por m² o fracción ocupado.
a) Semestral.2,00
b) Diario.0,14
5. Puestos en ferias libres de carácter ocasional o permanente por puesto, de productos del agro, del mar, persa y de chacareros, y sus derivados. Con fondo máximo de hasta 4 metros lineales, semestral.
a) Con frente de 3 hasta 6 metros lineales.0,50
b) Con frente de hasta 3 metros lineales.0,25
6. Ferias artesanales, navideñas, costumbristas u otras transitorias, por m² o fracción ocupada, hasta un tope de 9 m². Monto diario, con un máximo de 15 días. Se podrá autorizar un aumento de hasta un 10% sobre de la superficie total de la feria para la instalación de pendones, audio, generadores, escenarios, etc.0,03

Tabla 19 (página 12 · 23 filas)

7. Ocupación de bien nacional de uso público para venta de volantines con motivo de fiestas patrias, por m2 o fracción ocupado, previa autorización de la Dirección de Tránsito y Transporte Público. Monto semanal o fracción.0,03
8. Parques de entretenimiento, circos, espectáculos públicos, exposiciones u otros de similares características, que cuenten con autorización municipal para su funcionamiento por m² o fracción ocupado. Monto mes o fracción.0,30
9. Elementos que se instalen en Bienes Nacionales de Uso Público, con objetivos publicitarios, previa autorización municipal correspondiente, pagarán los siguientes valores por el uso de dicho espacio público, además de los derechos de publicidad correspondientes indicados en el artículo 14 de esta Ordenanza.
a) Por forma publicitaria auto sustentada que no preste utilidad o beneficio público por cada unidad, monto semestral.4,00
b) Por elemento que preste utilidad pública, tales como refugios peatonales, papeleros, relojes, avisadores de farmacia, recolectores de pilas, recolectores de productos de reciclaje, baños públicos, pilas de agua, y otros similares, con excepción de buzones, cada unidad, monto semestral. En el caso que el derecho por ocupación de bien nacional de uso público se encuentre incluido en el precio de la concesión, no se aplicará a este cobro.1,50
10. Instalación de carpas, toldos, techos o refugios previa autorización municipal, sin perjuicio de los derechos que correspondan por propaganda semestral, por m² o fracción ocupado, por mes o fracción, a excepción de aquellos que presten utilidad pública.0,30
11. Ocupación del espacio público para actividades de difusión, sampling, volanteo o reparto de productos en la vía pública, encuestadores, corpóreo, casa a casa o puerta a puerta por persona (por día).1,0
12. Ocupación de espacios públicos, áreas verdes o similares para filmaciones, eventos fotográficos u otras solicitudes previo informe de las unidades competentes, otorgada por día.
a) Filmaciones.12,0
b) Eventos Fotográficos u otras solicitudes.10,0
Los estudiantes que acrediten su calidad de tal, al momento de la solicitud, pagarán solo el 50% del valor por la actividad.
13. Estacionamiento de vehículos técnico-logísticos en la vía pública, para filmación en espacio público o propiedad privada (se prohíbe el servicio de catering en la vía pública), diario por vehículo, hasta un tope de 5 vehículos.
a) Autos, Camionetas y Station Wagons.1,00
b) Minibús y Micro Bus.1,50
c) Camiones y Buses.5,00
14. Instalaciones destinadas para usos propios de loteos, villas y poblaciones para su mejor administración, por m2, hasta un tope de 20 m2. Monto semestral.2,00
15. Ocupación de Bienes Nacionales de uso Público o Bienes Municipales por periodos superiores a un año, para actividades que el municipio considere apropiadas al lugar, según la siguiente tabla de valores (el valor mínimo a cobrar por este derecho es de 0,1 UTM semestral): Superficie de terreno a ocupar por m², monto semestral.
a) 0,50 a 5000,075
b) 501 a 1.0000,04
c) 1.001 a 50000,02
d) 5.001 a 10.0000,01
e) 10.001 a 50.0000,0035
f) 50.001 a más0,0025
16. Ocupación de Bienes Nacionales de Uso público o Municipales de difícil acceso, entregados a vecinos para su control y mantenimiento:

Tabla 20 (página 13 · 20 filas)

a) Terrenos con pendiente inferior a 20%, según la siguiente tabla de valores UTM anual/m2
a1) 1 a 5000,02
a2) 501 a 10000,01
a3) 1001 a más0,005
b) Terrenos con pendiente mayor que 20%, cualquier superficie UTM anual/m20,005
17. Ocupación de Bien Nacional de Uso Público o bienes municipales para aquellas actividades o proyectos que entreguen beneficiosa los vecinos, o que sean sustentable y o que contribuyan al desarrollo de la comuna y sean certificadas por la unidad competente, m2 semestral.0,04
18. Apoyo en postes de alumbrado público de propiedad municipal, para la instalación de cámaras de vigilancia y otros equipos destinados a seguridad pública, previa autorización municipal. Monto anual por cada apoyo.0,70
19. Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público para:
a) La instalación de elementos de beneficio comunitario, para la seguridad de los vecinos y por lo tanto destinados a fines distintos que: publicitarios, de explotación comercial y/o de beneficio económico para el permisionario, por elemento, monto semestral.0,50
b) Instalación de casetas de guardias, previa autorización municipal m2 semestral.0,10
21. Ocupación del Bien Nacional de Uso Público o Bienes Municipales, para el estacionamiento de bicicletas o monopatines de uso compartido, por m2 . Monto semestral o fracción.0,50
22. Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público o Bienes Municipales para bicicletas, bicicletas eléctricas, scooters eléctricos o ciclos similares de uso compartido que funcionen a través de aplicaciones móviles o dispositivos tecnológicos y que permiten su estacionamiento en diversos puntos del espacio público comunal, por m2 ; y que funcionen bajo el modelo de Concesión Municipal. Monto Anual.0,08
23. Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público para el establecimiento y/u operación de instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos para los sistemas de gestión autorizados mediante la ley de Responsabilidad Extendida del Productor y que cuenten con un Permiso Ley REP, por /m2 semestral.0,02
24. Cualquier otra actividad no especificada, el m2 por:
a) Mes o fracción.0,50
b) Semestre o fracción.0,15
c) Diario.0,03
Centro Montaña:
a) Mes o fracción.1,00
b) Semestre o fracción.0,30
c) Diario.0,06

Tabla 21 (página 14 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Ocupación de subsuelo por m3 o fracción En el caso de obras de adelanto comunal que sean ejecutadas o mandatadas por el Municipio, se podrá rebajar en un 100% el pago de este derecho.0,05
2. Ocupación de espacio aéreo, por m2 o fracción construidos, no se aplicará a los volados corrientes autorizados por la Ordenanza correspondiente.0,30

Tabla 22 (página 15 · 26 filas)

ESTRUC TURA PUBLICITARIAVALOR UTM
1. ADOSADOS (por m2, semestral)1,5
2. TOLDOS (por m2, semestral)1
ESTRUCTURA PUBLICITARIAVALOR UTM
3. TÓTEM (por m2, semestral)10
4. BANDERAS Y PENDONES (por m2, diario)1,5
5. QUITASOL (por m2, diario)1,5
6. PRISMA O SUPERSITE (por m2, semestral)15
7. VALLA (por m2, semestral)10
8. TOP SITE (por m2, semestral)15
9. DE CIERROS (por m2, semestral)2
10. LIENZO (por m2, semestral)1
11. MALLAS (por m2, mensual)0.6
12. GLOBOS (por elemento, diario)5
13. LETREROS MÓVILES (por m2, diario)15
14. PROPAGANDA AMBULANTE (por elemento diario)3
15. PANTALLA DIGITAL Y/O PROYECCIÓN (por m2, semestral)15
16. UNIPOLE (por m2, semestral)30
17. PALETA PUBLICITARIA (por m2, semestral)2
18. PASARELA (por m2, semestral)15
19. ELEMENTOS PUBLICITARIOS OCASIONALES (por m2, mensual o fracción)5
20. OTROS ELEMENTOS PUBLICITARIOS (por m2, semestral)15
PUBLICIDAD EJERCIDA POR PERSONASVALOR UTM
1. Promotores, encuestadores o volanteo, por persona, diario2
2. Persona publicidad (corpóreo o similar), por persona, diario4
3. Sampling o reparto de productos, en la vía pública o puerta a puerta, por persona, diario2
4. CENTRO CORDILLERA: Sampling o reparto de productos, en la vía pública o puerta a puerta, por persona, diario5

Tabla 23 (página 17 · 7 filas)

DESCRIPCIONVALOR
1.-Subdivisiones, Loteos y Condominios Tipo B (Al ingreso del expediente se pagará anticipadamente el10% del valor del derecho).2% del avalúo fiscal del terreno
2.-Aprobación de anteproyecto de Loteo y de Condominio Tipo B: Este derecho se cancelará al ingreso de la solicitud. Dicho valor será descontado de los derechos correspondientes al permiso.0,2% del avalúo fiscal
3.-Fusiones prediales y rectificación de deslindes.1 cuota de ahorro (CORVI) (Valor Provisional MINVU)
4.-Subdivisión y fusión simultánea.2% del avalúo fiscal del lote que se subdivide más 1 cuota de ahorro (CORVI) (Valor Provisional MINVU)
5.-Modificación de deslindes.2% del avalúo fiscal de la parte modificada del terreno, equivalente a la superficie que sume o reste de este.
6.-Modificación de proyecto de loteo.2% del avalúo fiscal total, de la parte que se modifica con un mínimo de 1,00 UTM
7.-Otras modificaciones relativas al punto anterior, que afectan exclusivamente a las obras de urbanización trazados y servidumbres y/o al espacio público.1 UTM

Tabla 24 (página 18 · 2 filas)

8.-Permiso de ejecución de obras de Urbanización correspondiente a aquellas obras que procedan de ejecución de loteos, divisiones afectas a utilidad pública, permisos de edificación (que afecten la conformación del perfil público) y/o medidas de mitigación vial. (solicitados por las inmobiliarias propietarias de los permisos asociados).2 UTM
9.-Prórroga de Permiso de ejecución de obras de Urbanización que no se emplacen en el espacio público.2 UTM
10.-Prórroga de Permiso de ejecución de obras de Urbanización que se emplacen en el espacio público (por un plazo máximo de 30 días corridos).20 UTM

Tabla 25 (página 18 · 5 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR
1.Obras Nuevas y Ampliaciones (Al ingreso del expediente se cancelará anticipadamente el 10% del valor de este derecho asimilado a la clasificación C2, de las tablas de costos unitarios del MINVU). Dicho valor se descontará de los derechos correspondientes al permiso.1.5% del Presupuesto Oficial
2.Anteproyecto de Edificación Este derecho se cancelará al ingreso de la solicitud. Dicho valor será descontado de los derechos correspondientes al permiso.0,15% del Presupuesto Oficial asimilado a la clasificación C2 de la Tabla de Costos del MINVU
3.Obra Menor con aumento de superficie edificada1,5 % del Presupuesto Oficial
4.Alteraciones, Reparaciones, Remodelaciones, Obras Menores (sin aumento de superficie edificada), Reconstrucción, Piscinas, Permisos Provisorios contemplados en la LGUC, obras preliminares.1,00% del Presupuesto
5.Modificación de proyecto de edificación

Tabla 26 (página 19 · 4 filas)

5a.Modificación de su estructura y/o emplazamiento.0.75 % del presupuesto oficial de la superficie edificada, que hubiere modificados u estructura con mínimo de 1,00 UTM
5b.Aumento de superficie edificada.1.5% del presupuesto oficial de la superficie edificada que se aumenta, con un mínimo de 1,00 UTM
5c.Modificaciones menores (variaciones menores respecto al proyecto aprobado).1% del presupuesto con un mínimo de 1,00 UTM
6.Demoliciones, de acuerdo con presupuesto que analizará el Director de Obras Municipales.0,50% del Presupuesto total con un mínimo de acuerdo con lo establecido por el MINVU al fijar tabla de costos
7.Permisos de instalación de torre soporte de antenas.5% del presupuesto

Tabla 27 (página 19 · 5 filas)

Número de unidadesDisminución de Derechos
3 a 510%
6 a 1020%
11 a 2030%
21 a 4040%
41 o más50%

Tabla 28 (página 20 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR
1.-Aprobación de Copropiedad Inmobiliaria, Tipo A y B, por unidad a vender.2 cuotas de Ahorro (CORVI) (Valor Provisional MINVU)
2.-Certificado y autorización de planos de Copropiedad Inmobiliaria.1 cuota de Ahorro (CORVI) (Valor Provisional MINVU)

Tabla 29 (página 20 · 10 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR
1.Certificados de Informaciones Previas y Certificados Varios, no especificados (Los certificados varios no especificados, que sean solicitados por unidades internas del municipio, estarán exentos de pago).0,25 UTM
2.Certificado de Afectación a Utilidad Pública y de Urbanización.0,15 UTM
3.Certificado de Número, de Vivienda Social y DFL N°2, de Recepción de Edificación y de Urbanización.1 cuota de Ahorro CORVI (Valor Provisional MINVU)
4.Certificados de zonificación para SEREMI de Salud.0,05 UTM
5.Certificado de Informe de Usos de Suelo y Condiciones del Espacio Público. (Este certificado cuando sea solicitado por unidades internas del municipio, estará exento de pago).0,125 UTM
6.Autorización de instalaciones provisorias tales como carpas, (ferias itinerantes u otro tipo de instalaciones al interior de la propiedad privada para fines comerciales y/o eventos, según plazo otorgado por la D.O.M.; por semana o fracción.20,00 UTM
7.Resoluciones varias no especificadas (Las Resoluciones que rectifiquen eventuales errores u omisiones de la DOM se encontrarán exentas de pago).0,25 UTM
8.Resoluciones de cambio de propietario y/o profesionales patrocinantes, designación de constructor.1,00 UTM
9.Resolución de cambio de Destino.5,00 UTM
10.Habilitación Parcial de viviendas para otros fines.2,00 UTM

Tabla 30 (página 21 · 13 filas)

11.Informes Técnicos DOM (varios), solicitados por particulares.0,50 UTM sin visita 1,00 UTM con visita
12.Copias simples de certificados emitidos por la Dirección de Obras Municipales.0,02 UTM
13.Copia de certificados de Informaciones Previas.0,10 UTM
14.Copia de certificado de afectación a utilidad pública.0,05 UTM
15.Copia simple o digital de planos del Catastro de la DOM.0,10 UTM + Valor copia
16.Fotocopia tamaño oficio de planos de loteo y/o subdivisión. Valor por hoja, máximo 3 hojas por plano.0,03 UTM
17.Listado impreso o digital de Aprobaciones y Resoluciones emitidos por la Dirección de Obras, por período.1,00 UTM
18.Listado impreso o digital de Información de Catastro y/o Registros de la Dirección de Obras Municipales.1,00 UTM
19.Copia simple o imagen escaneada de plano de Expedientes del Archivo de la DOM.0,05 UTM + Valor copia
20.Copia simple o imagen escaneada de plano de Expedientes que correspondan a Vivienda Social del Archivo de la DOM.0,01 UTM + Valor copia
21.Autorización de copia de los planos y/o documentos señalados anteriormente.0,10 UTM
22.Fotocopia o copia digital tamaño oficio de planos Expedientes del Archivo de la DOM. Valor por hoja, máximo 2 hojas por plano.0,02 UTM
23.Toda petición de información o documentación que requiera ser solicitada a la empresa de bodegaje externa, deberá pagar el traslado, de cada carpeta o caja, para ser consultado.0,02 UTM
24.Informe complementario con desglose general de m2 por Afectación a Utilidad Pública y/o Restricciones del PRC; para presentación ante el SII. (Art.86° LGUC).0,25 UTM

Tabla 31 (página 22 · 7 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.1 Ocupación del espacio público y/o rotura en tierra.0,007 UTM x Nº de días x superficie en m2
1.2 Rotura en tierra o Pasto.0,007 UTM x Nº de días x superficie en m2
1.3 Rotura de pavimento en calzada, veredas y/o accesos vehiculares0,10 UTM x Nº de dias x superficie en m2
1.4 Estacionamiento de camión en calzada para instalación o retiro de grúas desde edificios en construcción, o izaje de elementos constructivos.10 UTM x Nº de Días x cada pista.
1.5 Estacionamiento de camiones betoneros que transporten hormigón (incluida la bomba).2 UTM x Nº Días por Cada Camión (Considera una ocupación de 30 m2, en caso de que la ocupación supere dicha superficie, se adicionarán 3 UTM a los derechos municipales a pagar.
1.6 Estacionamiento de camiones para faenas de carga, descarga de materiales y/o maquinaria u otros vehículos no detallados.0,10 UTM x Nº de días x superficie en m2. La cual no podrá ser inferior a 15 m2.
1.7 Instalación de armarios sobre aceras, bandejones y/o áreas verdes.20 UTM x Nº de Armarios

Tabla 32 (página 23 · 2 filas)

DESCRIPCIÓN% INCREMENTO
2.1.Cuando corresponda a trabajos que se ejecuten desde el 15 de noviembre al 31 de diciembre de cada año.200 %
2.2.Cuando corresponda a trabajos en calzada o aceras en las siguientes vías: ▪ Av. El Rodeo. ▪ Av. El Tranque. ▪ Av. José Alcalde Délano. (Entre Camino Los Castores y Camino de La Ronda).. ▪ Av. La Dehesa. (Desde Autopista Costanera Norte al Norte). ▪ Av. Las Condes. (Entre San Francisco de Asís y Av. La Dehesa) (Desde Farellones Norte al Oriente) ▪ Av. Lo Barnechea. ▪ Av. Monseñor Adolfo Rodríguez. ▪ Av. Padre Alfredo Arteaga. ▪ Av. Panorámica Sur. ▪ Av. Paseo Pie Andino. (Desde Av. Camino Los Trapenses al Oriente) (Entre Av. La Dehesa y Camino del Chin). ▪ Av. Raúl Labbé. ▪ Av. Bernardo Larraín Cotapos. ▪ Camino Central. ▪ Camino El Huinganal. ▪ Av. Camino Real. ▪ Camino Turístico. ▪ Av. Contralmirante Fernández Vial.100%

Tabla 33 (página 24 · 1 filas)

▪ Av. El Golf de Manquehue. ▪ Pedro Lira Urquieta. ▪ San Francisco de Asís. ▪ Av. Santa Blanca. ▪ San José María Escrivá de Balaguer
2.3.Cuando el espacio corresponda a un área verde pública, según se establece en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.75 %

Tabla 34 (página 24 · 5 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
3.1.Los particulares que repongan a su costo su antejardín, vereda o acceso vehicular/peatonal que enfrenta a su propiedad, con el fin de mejorar la calidad de la infraestructura existente, previa a las autorizaciones respectivas de las entidades pertinentes y de las Direcciones Municipales involucradas en la materia.100 %
3.2.Solo en el caso cuando se ejecuten obras o trabajos de construcción, mantención o reposición de infraestructura sanitaria que no considere la rotura de pavimento de calzada o acera.100 %
3.3..A los trabajos realizados por empresas contratadas por la Municipalidad o que sean requeridos por ella, y que dicha exención haya sido establecida en las Bases Administrativas correspondientes, o bien previo Memorándum fundado de la Unidad Municipal competente, en el cual certifique que se trata de un contrato Municipal.100 %
3.4.Toda empresa o particular que traslade a tendido subterráneo, a su costo, las líneas aéreas que enfrentan su predio.100 %
3.5.La reposición de pavimentos (calzadas, veredas o accesos) y/o jardines con motivo de la recepción final de una obra de construcción, quedarán exentas del pago de derechos de ocupación de bien nacional de uso público. Asimismo, quedarán exentas del pago de derechos, los particulares o empresas que posean permisos de edificación, en cuyas exigencias se establezcan obras de mitigación de impacto vial y/o mejoramiento del espacio público, para efectos de la recepción final de las obras. La rebaja anterior no será aplicable cuando se trate de obras cuyo objetivo sea subsanar observaciones, ya sean instruidas por la Dirección de Obras Municipales, SERVIU, MOP u otra entidad.100 %

Tabla 35 (página 25 · 4 filas)

3.6.El Alcalde, a petición del interesado y previo informe del Departamento de Infraestructura de la Dirección de Asesoría Urbana y Espacio Público, podrá rebajar hasta el 100% (cien por ciento) del valor de los derechos establecidos en este artículo cuando se trate de obras que signifiquen un importante efecto sobre el desarrollo de la infraestructura comunal. En este caso el porcentaje de rebaja será determinado en función de los derechos preliminares calculados en base a los antecedentes proporcionados por el solicitante. (Superficies, tipos de ocupación, plazos, etc). La rebaja se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla: DERECHOS % REBAJA CALCULADOS 1.801 UTM o más 100% 1.501 UTM a 1.800 UTM 90% 1.201 UTM a 1.500 UTM 70% 901 UTM a 1.200 UTM 50% 601 UTM a 900 UTM 30% 0 a 600 UTM 0% Por otra parte, el Alcalde, a petición del interesado y previo informe del Departamento de Infraestructura de la Dirección de Espacio Público podrá rebajar en el 100% el valor de los derechos aplicables al uso de espacios públicos destinados a la instalación de faenas carga y descarga, acopio de materiales de una obra de infraestructura, cuando estos sean financiados por órganos de la Administración del Estado.Hasta el 100% del total de los derechos
3.7.En el caso de regularizar el bodegaje aéreo de cables, de escombros o de basura existente en todas sus formas según consta en la ordenanza sobre "Adecuado y ordenado uso del Espacio Público por parte de los concesionarios de las líneas de distribución eléctrica y de servicios de Telecomunicaciones y Otros instaladas en bienes nacionales de uso público en la comuna de Lo Barnechea".100 %
3.8.Cuando se ejecuten labores de Pintado de gabinetes y/o armarios ubicados en espacios públicos.100%
3.9.Los trabajos que realicen las empresas de distribución eléctrica Enel Distribución Chile S.A., Luz Andes Ltda., y las Empresas de Telecomunicaciones, que ejecuten podas para despejar el tendido aéreo, ya sea por requerimiento de la Municipalidad o que sean requeridos por las Eléctricas y Telecomunicaciones.100%
3.10.Cuando se trate de trabajos que se ejecuten entre los meses de enero y febrero.35%

Tabla 36 (página 25 · 6 filas)

DERECHOS CALCULADOS% REBAJA
1.801 UTM o más100%
1.501 UTM a 1.800 UTM90%
1.201 UTM a 1.500 UTM70%
901 UTM a 1.200 UTM50%
601 UTM a 900 UTM30%
0 a 600 UTM0%

Tabla 37 (página 27 · 42 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.Consulta médica0,219
2.Consulta especialidades0,268
3.Consultas otros profesionales0,219
4.Ecografía obstétrica y ginecológica0,391
5.Evaluación Kinesiológica0,219
6.Manipulación Osteopática0,023
7.Masoterapia por sesión0,041
8.Entrenamiento cardiorrespiratorio0,047
9.Drenaje postural0,016
10.Psicoterapia individual niño0,181
11.Psicoterapia individual adulto0,67
12.Extracción de Cuerpo extraño en cuerpo adulto0,67
13.Extracción de Cuerpo extraño en cuerpo niño0,21
14.Taponamiento anterior0,07
15.Extracción de Cuerpo extraño en fosa nasal adulto0,1
16.Extracción de Cuerpo extraño en fosa nasal en niño0,213
17.Extracción de Cuerpo extraño en oído adulto0,071
18.Extracción de cuerpo extraño en oído niño0,213
19.Sutura de Herida cortante o contusa complicada1,214
20.Sutura de Herida cortante o contusa no complicada0,425
21.Onisectomía0,425
22.Electrocardiograma de reposo0,192
23.Aerosolterapia (nebulización)0,18
24.Intubación Traqueal0,165
25.Sondeo gástrico0,099
26.Instalación vesical0,137
27.Sondeo vesical0,137
28.Procedimiento de inserción o retiro D.I.U0,29
29.Traslados urbanos en ambulancia0,379
30.Traslados en ambulancia desde el Centro Cordillera0,681
31.Control de peso0,04
32.Drenaje de Abscesos0,20
33.Toma de muestra de P.A.P.0,18
34.Aspiración de secreciones0,18
35.Instalación flebóclisis0,20
36.Lavado de oído0,06
37.Lavado gástrico0,12
38.Procedimientos inyectables0,18
39.Curación simple0,18
40.Curación complicada y quemados0,18
41.Control presión arterial0,032
42.Atención médica de Urgencias de particulares o ISAPRES0,379

Tabla 38 (página 28 · 29 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.Ajuste prótesis Removible0,4
2.Cementación prótesis fija0,4
3.Control / retiro sutura0,2
4.Eliminación caries con obturación temporal0,4
5.Eliminación caries con obturación temporal estética0,45
6.Endodoncia premolar1,48
7.Endodoncia anterior1,3
8.Endodoncia molar2,3
9.Examen bucal0,3
10.Exodoncia a colgajo0,8
11.Exodoncia piezas semi incluidas0,8
12.Exodoncia simple pieza definitiva0,6
13.Exodoncia simple pieza temporal0,45
14.Fluoración tópica0,2
15.Obturación con resina compuesta de fotocurado compuesta0,65
16.Obturación con Resina Compuesta de fotocurado simple0,65
17.Obturación con amalgama compuesta0,55
18.Pulpotomía0,3
19.Radiografía dental retroalveolar0,15
20.Regularización de reborde/ espículas óseas0,6
21.Sellante pieza temporal0,2
22.Tratamiento absceso/flegmón0,8
23.Tratamiento alveolitis0,45
24.Tratamiento pericoronaritis0,4
25.Tratamiento Traumatismo tejido blando0,75
26.Tratamiento Traumatología dento alveolar0,75
27.Trepanación con pulpectomía0,45
28.Ajuste prótesis Removible0,4
29.Cementación prótesis fija0,4

Tabla 39 (página 28 · 13 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Grupo y RH0,06
2Hematocrito (HTO)0,02
3Hemoglobina (HB)0,02
4Hemoglobina Glicosilada (HBA1C)0,11
5Hemograma (HGMA)0,08
6Tiempo de Protrombina (T.P.)0,04
7Recuento Eosinófilos0,03
8Recuento Leucocitos0,02
9Recuento Plaquetas0,03
10Recuento Reticulocitos0,03
11TTPK (APTT)0,06
12Velocidad de Sedimentación (VHS)0,01
13Perfil hematológico0,05

Tabla 40 (página 29 · 28 filas)

N ºDESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.Ácido Úrico0,04
2.Bilirrubina Total0,04
3.Bilirrubina Total y Directa0,04
4.Calcio0,04
5.Colesterol Total0,03
6.Creatinina0,03
7.Deshidrogenasa Láctica (LDH)0,03
8.Electrolitos Plasmáticos (NA-K-CL) c/u0,03
9.Fosfatasa Alcalina0,03
10.Fósforo0,04
11.Gamaglutamiltranspeptidasa (GGT)0,05
12.Glicemia0,03
13.Glucosa post carga0,14
14.Hemoglucotest0,03
15.Nitrógeno Ureico (BUN)0,03
16.Proteína0,03
17.Albumina0,03
18.Transaminasa Oxálica (GOT)0,04
19.CK Total0,08
20.Transaminasa Pirúvica (GPT)0,04
21.Triglicéridos0,04
22.Amilasa0,03
23.Lipasa0,06
24.Vitamina D0,4
25.Vitamina B120,18
26.HOMA0,32
27.Curva de Insulina0,32
28.Insulina0,12

Tabla 41 (página 29 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Punción Venosa0,02
2Punción Niños y Lactantes0,02

Tabla 42 (página 30 · 7 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Proteína C Reactiva (PCR)0,14
2BHCG Sanguínea0,13
3BHCG en Orina0,06
4Factor Reumatoideo0,06
5TSH0,11
6T4 libre0,12
7PSA total0,21

Tabla 43 (página 30 · 6 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Pesquisa Streptococus Grupo B0,23
2Graham0,05
3Parasitológico Seriado de Deposiciones (PSD)0,09
4Rotavirus0,12
5Cultivo corriente0,08
6Coprocultivo0,09

Tabla 44 (página 30 · 2 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Hemorragia oculta0,03
2Leucocitos Fecales0,03

Tabla 45 (página 30 · 9 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1.Creatinina0,04
2.Microalbuminuria0,07
3.Proteinuria0,04
4.Orina completa (Incluye Físico Químico y Sedimento)0,05
5.Fisicoquímico de Orina0,03
6.Sedimento Urinario0,03
7.Urocultivo0,04
8.Electrólitos Urinarios c/u0,10
9.Antibiograma0,06

Tabla 46 (página 31 · 8 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1Perfil Bioquímico0,22
2Perfil Lipídico0,15
3Perfil Hepático0,25
4Niveles Plasmáticos Drogas0,06
5Índice Albúmina/Globulina0,06
6Índice MAU/Creatinina0,04
7Índice Proteinuria/Creatinina0,07
8Clearence de Creatinina0,15

Tabla 47 (página 31 · 14 filas)

DESCRIPCIÓNPRESENTACIÓ N (UNIDAD)UTM
1.Agua bidestilada 5 mlampolla0,0002
2.Amoxicilina 500 mg/5 mlfrasco0,0015
3.Atropina 1 mg/1 mlampolla0,0013
4.Atropina/papaverina 0.5 mg/40 mgampolla0,0002
5.Betametasona 4 mg/1 mlampolla0,001
6.Cianocobalamina 100 mcg/1mlampolla0,0009
7.Claritromicina 250 mg/5 mlfrasco0,052
8.Cloranfenicol oftálmico gotas5 mg/1 mlfrasco0,0109
9.Clorfenamina maleato 10mg/1 mlampolla0,005
10.Clorpromazina 25 mg /2mlampolla0,0004
11.Colutorio de Clorhexidina0,12% (100 a 120 ml)frasco0,0243
12.Diazepam 10 mg/2 mlampolla0,0013
13.Diclofenaco 75 mg/3 mlampolla0,0011
14.Epinefrina clorhidrato 1 mg/1mlampolla0,0008

Tabla 48 (página 32 · 19 filas)

DESCRIPCIÓNPRESENTACIÓN (UNIDAD)UTM
15.Etomidato 20 mg/10 mlampolla0,0799
16.Flumazenil 0.5 mg/5 mlampolla0,0126
17.Gluconato de calcio 10 %/10mlampolla0,006
18.Haloperidol 5 mg/1 mlampolla0,004
19.Hidrocortisona 100 mgfrasco-ampolla0,0054
20.Ibuprofeno 100 mg/5 mlfrasco0,0035
21.Lidocaina clorhidrato 2 %/5mlampolla0,002
22.Midazolam 15 mg/3 mlampolla0,0021
23.Morfina 10 mg/1 mlampolla0,005
24.Papaverina 4 % /2 mlampolla0,0013
25.Paracetamol 100 mg/1 ml gotasfrasco0,0034
26.Pargeverina/metamizol 5mg/2000 mgampolla0,0055
27.Piridoxina 100 mg/1 mlampolla0,003
28.Deltametrina 0,002 gr/ml.frasco0,0758
29.Propanolol 1 mg/1 mlampolla0,0005
30.Ranitidina 50 mg/2 mlampolla0,0012
31.Suero fisiológico 0.9 %/5 mlampolla0,0004
32.Tiamina 30 mg/1 mlampolla0,0009
33.Vaselina líquida 5 mlampolla0,0011

Tabla 49 (página 33 · 4 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Autorización especial transitoria para expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, según artículo 19 de la Ley N° 19.925, por un máximo de 3 días corridos.
a) Diario.2,00
b) Fiestas Patrias, por el período de celebración.2,00
2. Cartel o afiche de alcoholes, según artículo 40 inciso 4, de la Ley N° 19.925.0,05

Tabla 50 (página 33 · 5 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR
NIÑOS PEQUEÑOS (0 a 5 años): Entrada por díaGratuito
NIÑOS Y JOVENES (6 hasta los 17 años): Entrada por día$2500
ADULTOS (18 – 59 años): Entrada por día$3500
TERCERA EDAD (60 años o más): Entrada por día$2500
VECINOS LO BARNECHEA: Entrada por día, Presentando Tarjeta Club Preferente LB$2500

Tabla 51 (página 34 · 10 filas)

DESCRIPCIÓNVALOR UTM
1. Certificado de cualquier naturaleza emitido por alguna Unidad Municipal.0,05
2. Duplicado de patente comercial, profesional, de alcoholes y otras.0,02
3. Fotocopia simple o imagen escaneada, valor por hoja/imagen.0,001
4. Ortofoto año 2014, escala 1:1.000. Área urbana comunal Lo Barnechea a. (bajo cota 1.000 m.s.n.m.) y área urbana Centro Cordillera. Valor por imagen.0,40
5. Ortofoto año 2019, escala 1:1.000. Área urbana comunal Lo Barnechea (bajo cota 1.000 m.s.n.m.). Valor por imagen. a. (150 en total).0,40
6. Ortofoto año 2019, escala 1:1.000. Valor por el total del área urbana comunal Lo Barnechea (bajo cota 1.000 m.s.n.m.).30
7. Levantamiento aerofogramétrico, año 2014, escala 1:1.000, formato digital (*.dwg), WGS-84. Área urbana comunal Lo Barnechea (bajo cota 1.000 m.s.n.m.) y área urbana Centro Cordillera. Valor por lámina.0,40
8. Levantamiento aerofotogramétrico, año 2014, escala 1:10.000, formato digital (*.dwg), Datum WGS-84 de la totalidad del territorio comunal. Valor por lámina.0,40
9. Vuelo LIDAR año 2019, escala 1:1.000, formato digital (*.dwg), Datum WGS-84 – H19S. Área urbana Lo Barnechea (bajo cota 1.000 m.s.n.m.). Valor por lámina.0,40
10. Vuelo LIDAR año 2019, escala 1:1.000, formato digital (*.dwg), Datum WGS-84 – H19S. Valor por el total del área urbana comunal Lo Barnechea (bajo cota 1.000 m.s.n.m.).30