Mecanismos de participación ciudadana
10. Mecanismos de participación ciudadana · 13 filas · fuente html · portaltransparencia.cl
| Enlace a mayor informacion | Requisitos para participar | Breve descripcion de su objetivo | Nombre del mecanismo de participacion ciudadana |
|---|---|---|---|
| Enlace | Personas inscritas en el Centro de Salud, Represenante de organizaciones sociales, representantes de funcionarios de los establecimientos de salud, Equipo directivo del Establecimiento. | Los Consejos de Desarrollo, también conocidos como Comité Local de Salud, Consejo Consultivo o Consejo de Usuarios, son espacios de participación y diálogo entre los equipos de salud, los usuarios y la comunidad. Su principal objetivo es contribuir al mejoramiento continuo de la salud y la calidad de vida de la población. Estos consejos permiten que la comunidad se involucre activamente en temas relevantes para el funcionamiento de los servicios de salud, brindando opiniones, propuestas e iniciativas que enriquecen la gestión local | CONSEJO DE DESARROLLO LOCAL DE SALUD |
| Enlace | La solicitud de Audiencia Pública formulada por vecinos de la comuna deberá venir acompañada de a lo menos cien firmas con nombres y apellido, domicilio y número de carné de identidad de los ciudadanos que respaldan el requerimiento, conteniendo claramente el tema y los fundamentos de la materia que se someterá a conocimiento del Concejo Municipal e indicando el nombre de las personas que, en un número no superior a cinco, representarán a los requirentes en la Audiencia Pública que al efecto se determine celebrar. | Son el medio por el cual el Alcalde y el Concejo Municipal conocen acerca de las materias de interés comunal, como asimismo las que no menos de cien ciudadanos de la comuna les planteen. | AUDIENCIAS PÚBLICAS |
| Enlace | Compuesto por representantes de la comunidad local organizada, elegidos conforme a la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y al Reglamento aprobado por el Concejo Municipal. | El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, será un órgano de participación ciudadana en la gestión municipal, el cual tendrá por objetivo asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional, de interés público y de actividades relevantes, en el proceso económico, social y cultural de la comuna y de sus representados. Las normas sobre integración, organización, funcionamiento y competencia del Consejo está contenido en el Reglamento aprobado para tal fin por el Concejo Municipal. Cabe mencionar que el actual Concejo tiene como vigencia el siguiente Periodo (2022-2026) | CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL |
| Enlace | Compuesto por representantes de la comunidad, elegidos conforme a la Ley 20,965, Art. 104 B y realizarse, a lo menos, una vez al mes. | El Consejo Comunal de Seguridad Pública es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y será, además, una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. | CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD PÚBLICA. |
| Enlace | Compuesto por representantes de la comunidad, elegidos conforme al reglamento 24, art. 3° . | Los Consejos Escolares son órganos consultivos e informativos entre los estamentos de la comunidad educativa y otros actores que deseen contribuir a la mejora de la educación, convivencia escolar y en los aprendizajes. | CONSEJOS ESCOLARES |
| Enlace | Las organizaciones de interés público. Las organizaciones de voluntariado Asociaciones gremiales Organizaciones sindicales. | Es la forma de participación por la cual la comunidad local podrá emitir opiniones y formular propuestas de soluciones a problemas colectivos del lugar donde residen. La consulta ciudadana será convocada por el municipio, luego de ser informado el Concejo Municipal. La consulta ciudadana podrá realizarse por medio de consulta directa, de encuestas y de otros medios. | CONSULTA CIUDADANA |
| Enlace | Cualquier persona | Será misión de la Municipalidad de La Pintana, buscar el medio que considere más adecuado, para entregar la información documentada de asuntos públicos en forma completa, oportuna y clara a quien la solicite. La Municipalidad fomentará la generación de información hacia los vecinos a través de radios locales, radios comunitarias, talleres de video, canales locales de cable, boletines informativos, sitio web propios y asociados, etc.; sin perjuicio de aquella que puedan obtener los vecinos en las sesiones de Concejo Municipal y en las sesiones del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil. | INFORMACIÓN PÚBLICA LOCAL |
| Enlace | Ser parte de: el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones de la sociedad civil, los vecinos afectados y demás interesados que señale la ordenanza. | Instancia de participación los interesados podrán formular observaciones fundadas, por medios electrónicos o en soporte papel, hasta treinta días, prorrogables hasta cuarenta y cinco días después de publicado el resumen ejecutivo y sus respectivos planos. | LEY 21.078 CARTAS Y/O CORREOS |
| Enlace | Ser parte de: el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones de la sociedad civil, los vecinos afectados y demás interesados que señale la ley . | Instancia de participación donde se expondrá a la comunidad la Imagen Objetivo y sus planos. Dicha exposición deberá ser realizada en lugares visibles y de libre acceso al público. El lugar, plazo y lugar, así como la disponibilidad de los antecedentes en internet, deberán comunicarse previamente por medio de dos avisos publicados en semanas distintas, en algún diario de los de mayor circulación en la comuna o las comunas involucradas, mediante su exposición en lugares de afluencia de público como consultorios y colegios, a través de avisos radiales y en la forma de comunicación masiva más adecuada o habitual en la comuna o comunas objeto del plan. | LEY 21.078 EXPOSICIÓN AL PÚBLICO |
| Enlace | Cualquier persona | Además de las funciones propias establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, esta oficina tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía, ingresar los formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes que los habitantes de la comuna le planteen al Alcalde y las solicitudes de Audiencia Pública. | OFICINA DE PARTES, INFORMACIONES, RECLAMOS Y SUGERENCIAS |
| Enlace | Personas con derecho a voto en la comuna de La Pintana. | Aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía local, expresada en el voto libre, secreto e informado, mediante la cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal, que podrán ser consultadas. Podrán ser materia de plebiscito comunal todas aquellas, en el marco de la competencia municipal, que dicen relación con: 1. Programas o Proyectos de Inversión específicos, en las áreas de salud, educación, salud mental, seguridad ciudadana, urbanismo, desarrollo urbano, protección del medio ambiente y cualquier otro que tenga relación con el desarrollo económico, social y cultural de la comuna. 2. La aprobación o modificación del Plan de Desarrollo Comunal. 3. La aprobación o modificación del Plan Regulador Comunal. 4. Otras de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la competencia municipal. | PLEBISCITOS COMUNALES |
| Enlace | Organizaciones comunitarias territoriales y funcionales de la comuna de La Pintana. | En la Municipalidad de La Pintana, existe un fondo municipal destinado a brindar apoyo financiero a proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las organizaciones territoriales y funcionales de la comuna a la Municipalidad, denominado Programa de Mejoramiento Vecinal. | PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VECINAL |
| Enlace | Organizaciones con personalidad jurídica vigente. | Las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento municipal y/o compartido que no persigan fines de lucro. Para este efecto deberán postular a fondos concursables para obtener una subvención municipal. | SUBVENCIONES MUNICIPALES Y FINANCIAMIENTO COMPARTIDO |