Informe de Seguimiento al Informe Final N° 223/2017
Auditorias al Ejercicio Presupuestario · pdf · documento original ↗
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| No OBSERVACIÓN | DESCRIPCIÓN DE LA PB~ERVACIÓN | RESPUESTA DEL MUNICIPIO | -ANÁLISIS DE LA RESPUESTA Y VERIFICACI?NES REALIZADAS | CONCLUSIÓN |
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| l. Aspectos de contról interno. Nume.ral4. ' | En el p'reinforme de observaciones se comprobó que el municipio no contaba con un documento debidamente formali~do que contuviese la' descripción de los principales cursos de acción ·para la contratación y registro de contratqs a honorarios ·relacionados con programas comunitarios, que establezca los documentos que deben emitirse para su autorización, como tampoco. respecto de la autorización ·de horas extraordinarias, situación que dificulta la regulación y control de dichos procedimiento~. · ' · Por otra parte, se observó que el reglamento interno de capacitación para el personal municipal, sancionado m.ediante el decreto alcaldicio W 1.362, de 20 de julio de ·2015, no describía formalmente ·aspectos relevantes, tales como: la detección de necesidades de capacitación, elaboración de un plan anual, la adquisición y ejecución de los cursos a realizar y el proceso evaluativo de los mismos, mediante flujograma, indicadores de cumpli'miento, los ·responsables de cada proceso, entre otros. Lúego, lo argumentado por la autoridad comunal en su respuesta al preinforme, no logró' desvirtuar lo objetado, por lo que la observa.ción se y mantuvo se instruyó al municipio a materializar la elaboración de los manuales de procedimiento referidos a honorarios por programas comunitarios y horas extraordinarias, en conformidad con lo indiéado en el numeral 45, de la resolución exenta W 1.485, de 1996, de este Organismo de Control y· proceder 'a sancionarlos a través del decreto alcaldicio respectivo, en virtud del artículo 3o de la ley W 19.880, remitiendo copia de dichos actos administrativos, en el plazo de 60 días hábiles. · Observaciones calificadas en el Informe Final W 223, de 2017, como (MC): medianamente compleja. | Remitió copia .de los decretos N°5 1.622, 2.179, y ~.181, todos de '2017, a fin de acreditar la aprobación de los procedimientos objetados. | Analizada la , documentación proporcionada, se verificó que a través de los decretos alcaldicios N°5 1.622 y 2.18,1, ambos 2017, se procedió a confeccionar y formalizar los reglamentos relacionados con contratación a honorarios y regulación de horas extraordinarias. • Asimismo, se comprobó que por medio ·de decreto No 2.179, de 2017, se incluyeron los procedimientos relacionados con la detección de necesidades de ca'pacitación, elaboraCÍón de un plan anual, la adquisición Y. ejecución de cursos a reali?ar y el · proceso ·evaluativo de los mismos, indicadores de cumplimiento y. los responsables de cada proceso. - | Se subsana lo observado, por cuanto el municipio cumplió con lo requerido en el Informe Final W 223, de 2017. |
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| W OBSERVACIÓN | DESCRIPCIÓN DE lA OBSERVACIÓN | RESPUESTA DEL MUNICIPIO | ANALISIS DE lA RESPUESTA Y VERIFICACIONES REALIZADAS | . CONCLUSIÓN | |
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| 11. Examen de la materia auditada. Numeral 1.2. Omisión de registro de los decretos alcaldicios que aprueban los cqntratos en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administr.ación del · Estado, SIAPER. 1•· | En el preinforme se constató que la entidad edilicia,· para la muestra examinada, no registró electrónicamente 15 decreto§. alcaldicios que formalizaban los contratos a honorarios de 40 prestadores -situación que se detalla en Anexo N. . 2, del informe final W 223, de 2017-, incumpliendo las instrucciones impartidas por esta Entidad Fiscalizadora, a través del oficio circular No 33.701, de 2014, y de la resolución W 323, de 2013. El Alcalde en su respuesta al preinforme indicó que so.bre· algunos de los casos representados no fue posible efectuar el registro en la plataforma SIAPER, puesto que no contaban' con la totalidad de los antecedentes requeridos para tal efecto, hecho que, según fndicó, sería sypsanado mediante el ingreso al citado sistema de los respectivos decretos alcaldicios, según el detalle inserto -en el mencionado Anexo No 2. Luego, realizada nuevas validaciones por p·arte de esta Sede Regional en el sistema de registro SIAPER, se 1verificó la subsanación de 2 de los casos mencionados en · el aludido Anexo W 2, correspondientes a los de doña Ev:a XXXXX XXXXX,.y de doña l'amara XXXXX XXXXX .. No obstante, se instruyó a la municipalidad realizar los registros en cuestión y remitir los correspondientes certificados de di'cho acto, en el plazo de 60 días hábiles. Observación calificada en el aludido Informe Fin"al N" 223, de 2017, como·(C): compleja. •, | La autoridad comunal indica que sé ha -p.r_ocedido a registrar los respectivos contratos. 1 .. / | Efectuadas · las· comprobaciones pertinentes en el SIAPER, se evidenció que la entidad. comunal procedió a registrar electrónicamente' los decretos alcaldicios que formalizaban la contratación a honorarios para los prestadores ·en cuestión, a excepción de los casos individualizados con los RUT N°516.876.XXX-X, 13.268.XXX-X, 16.804.XXX-X, 13.959.XXX-X, 16.248.XXX-X y 16.419.XXX-X. ·_ | Se 'mantiene lo. observado, por cuanto lo realizado por el municipio no cumple en su totalidad con · lo requerido en el Informe Final W 223, de 2017, en·s eguimÍ~nto. | El municipio deberá registrar en la plataforma SIAPER los contratos a honorarios restantes, -a fin de dar cumplimiento con lo exigido en la normativa , precitada cuyo cumplimiento deberá ser verificado por el Óirector de Control Municipal, en un plazo de 60 días hábiles. |