Trámites ante el órgano / Secretaría Municipal

08. Trámites ante el organismo · 8 filas · fuente html · portaltransparencia.cl

Valor Tramites en linea Lugar donde se realiza Descripcion del servicio Requisitos y antecedentes Informacion complementaria Tramites a realizar o etapas Nombre del tramite o servicio
0 No tiene Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, ubicadas en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 6969, piso 8° Emitir certificado de adecuación de estatutos con la finalidad de que las organizaciones comunitarias y demás personas jurídicas sin fines de lucro puedan optar a los beneficios de la Ley N° 19.712 del Deporte para postular a proyectos del Instituto Nacional de Deportes de Chile Ser una organización debidamente constituida conforme a las normas legales correspondientes y contar con directorio vigente Enlace 1.- Citar a asamblea general extraordinaria especialmente convocada para modificar los estatutos de la organización 2.- Levantar el acta de asamblea general extraordinaria correspondiente 3.- Entrega en la Oficina de Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal el texto de los nuevos estatutos, en sus 3 ejemplares ya indicados, junto con el registro de socios de la organización 4.- Recepción de los documentos señalados en la Oficina de Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, donde se estamparán los timbres correspondientes en las dos copias de los estatutos 5.- Emisión del certificado de adecuación de estatutos, el que llevará la firma y timbre del Secretario Municipal 6.- Entrega del certificado de adecuación de estatutos al solicitante que presentó los antecedentes CERTIFICADO DE ADECUACIÓN DE ESTATUTOS DE DEPORTES
0 No tiene Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, ubicadas en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 6969, piso 8° Emitir certificado de depósito que acredita la constitución de una nueva organización, otorgándose por ello la personalidad jurídica. Constitución de una Junta de Vecinos (organización comunitaria territorial) u otra organización comunitaria funcional mediante el levantamiento de un acta por un Ministro de Fe designado para tal efecto (funcionario municipal designado por el Alcalde, Oficial de Registro Civil o Notario Público) en el que se indicará día, hora y lugar de la constitución; la aprobación de estatutos de la organización; la elección de su directorio provisional y de la comisión electoral, junto con la nómina de los asistentes a la asamblea debidamente individualizados Enlace 1.- Constitución de la organización comunitaria territorial o funcional 2.- Entrega y recepción de los antecedentes en la Oficina de Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, donde se estamparán los timbres correspondientes en los documentos originales 3.- Emisión del certificado de depósito 4.- Entrega del certificado de depósito al Presidente del directorio provisorio de la organización dentro del plazo establecido en la ley respectiva CERTIFICADO DE DEPÓSITO
0 No tiene Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, ubicadas en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 6969, piso 8° Emitir certificado de vigencia provisorio a Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. Ser una organización legalmente constituida y contar con un directorio vigente por el plazo de tres años contado desde la fecha de su última elección Enlace 1.- Recepción de los antecedentes en la Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal 2.- Revisión de los antecedentes presentados 3.- Completar formulario de solicitud de certificado de vigencia provisorio. Este trámite sólo lo puede realizar un integrante de la organización 4.- Emisión del certificado de vigencia, si es procedente de acuerdo a los antecedentes 5.- Entrega del certificado de vigencia CERTIFICADO DE VIGENCIA
0 No tiene Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal, ubicadas en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 6969, piso 8° Inscripción de las organizaciones comunitarias de la comuna en Registro interno Municipal de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos para la obtención del número de registro que les permita postular a fondos concursables, subvenciones u otros beneficios entregados por la Municipalidad de La Florida a) Certificado Inscripción en el Registro Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, obtenido de la página web https://www.registros19862.cl/ de Registro Central de Colaboradores del Estado y las Municipalidades, Ministerio de Hacienda b) Certificado de vigencia del directorio c) Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución d) Fotocopia simple, por ambos lados, de la cédula de identidad del representante legal de la institución Enlace 1.- Recepción de antecedentes del solicitante de la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas de la Secretaría Municipal 2.- Verificación de datos e inscripción en la página web https://www.registros19862.cl/ 3.- Verificación de datos en registro interno municipal 4.- Inscripción en libro de registro interno municipal 5.- Asignación de número de registro 6.- Entrega de comprobante INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS (Ley Nº 19.862)
SIN COSTO No tiene Oficina de Atención a Organizaciones de la Secretaría Municipal, ubicada en Avenida Américo Vespucio N°6886 CERTIFICADO DE DEPOSITO / Emitir certificado de depósito que acredita la constitución de una nueva organización, otorgándose por ello la personalidad jurídica. Constitución de una Junta de Vecinos u otra organización comunitaria acreditada mediante el levantamiento de una acta por un ministro de fe (funcionario municipal designado por el Alcalde, Oficial del Registro Civil o Notario Público) en el que se indicará día, hora y lugar de la constitución, la elección de su directorio provisional y de la comisión electoral, junto con la nómina de los asistentes a la asamblea, todos ellos debidamente individualizados. Enlace 1. Constitución de la organización comunitaria. 2. Entrega y recepción de los antecedentes en la Oficina de Atención a Organizaciones, estampando timbres en los documentos originales. 3. Emisión del certificado de depósito. 4. Entrega del certificado de depósito al Presidente del directorio provisorio.
SIN COSTO No tiene Oficina de Atención a Organizaciones de la Secretaría Municipal, ubicada en Avenida Américo Vespucio N°6886 CERTIFICADO DE VIGENCIA PROVISORIO / Emitir certificado de vigencia Provisorio de 30 días corridos contados desde su emisión a petición de las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. Ser una organización constituida y vigente con un tiempo de duración de su directiva de tres años contados desde su última elección. Enlace 1. Recepción de los antecedentes en la Oficina de Atención a Organizaciones de la Secretaría Municipal. 2. Revisión de los antecedentes presentados. 3. Completar formulario de solicitud. Este trámite sólo lo puede realizar un dirigente de la organización. 4. Emisión del certificado de vigencia, si es procedente de acuerdo a los antecedentes. 5. Entrega del certificado de vigencia.
SIN COSTO No tiene Oficina de Atención de a Organizaciones de la Secretaría Municipal, ubicada en Avenida Américo Vespucio N°6886 CERTIFICADO DE ADECUACION DE ESTATUTOS / Emitir certificado de adecuación de los estatutos, pudiendo así la organización optar a los beneficios de la Ley N°19.712 del Deporte para postular a proyectos de CHILEDEPORTES. Ser una organización constituida y vigente. Enlace 1. Citar a Asamblea General Extraordinaria, especialmente convocada para modificar los estatutos de la organización. 2. Levantar Acta de la Asamblea General Extraordinaria. 3. Entregar en la Secretaría Municipal, Oficina de Atención a Organizaciones, el texto de los nuevos estatutos, original junto con dos copias y el registro de socios de la organización. 4. Recepción de los documentos señalados en la Oficina de Atención a Organizaciones donde se estampará timbre de copia fiel del original en las dos copias de los estatutos. 5. Emisión del certificado de adecuación de estatutos, el que llevará la firma y timbre del Secretario Municipal. 6. Entrega del certificado de adecuación de estatutos al solicitante que entregó los antecedentes en secretaría.
SIN COSTO No tiene Oficina de Atención a Organizaciones de la Secretaría Municipal, ubicada en Avenida Américo Vespucio N°6886 INSCRIPCION EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS (Ley Nº 19.862) / Inscripción de las organizaciones de la comuna en Registro interno Municipal de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, para la obtención del Nº de registro, que les permite postular a fondos concursables, subvenciones u otros, entregados por la Municipalidad de La Florida. 1-Certificado Inscripción en el Registro Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos del Ministerio de Hacienda página web www.registros19862.cl, registro Central de Colaboradores del Estado y las Municipalidades. 2- Certificado de vigencia del directorio. 3- Fotocopia simple del Rut de la organización. 4- Fotocopia simple del Rut del representante legal Enlace Etapas del trámite: 1- Recepción de antecedentes del solicitante de la inscripción en la Oficia de Atención a Organizaciones, Secretaria Municipal. 2- Verificación de datos e inscripción en la página web www.registrosl9862.cl. 3- Verificación de datos en registro interno municipal. 4- Inscripción en libro de registro interno municipal. 5- Asignación de Nº de registro. 6-Entrega de comprobante de inscripción, de forma inmediata.