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Contrataciones relativas a Bienes Inmuebles y Otras Compras / Comodatos · pdf · documento original ↗

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SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONACONTRATODE
COMODATO DE EQUIPOS SUSCRITO
ENTRE LA MUNICIPALIDADDE
HUECHURABA Y ELSERVICIODE
SALUD METROPOLITANO NORTE.
HUECHURABA, 21.03.2024
LA ALCALDÍA DECRETÓHOY:
VISTOS YTENIENDOPRESENTE:El
Contrato de ComodatodeEquipos de fecha 13.02.2023, suscrito entre la Municipalidadde
Huechuraba (“Municipalidad”) y el Servicio deSalud Metropolitano Norte(“Servicio”);las
Resoluciones Exentas N%s 2375 y 383 de fechas 31.10.2023 y 08.03.2024, respectivamente,del
Servicio de Salud Metropolitano Norte; el Oficio Ord. N*1177 de fecha20.03.2024,del
Departamento de Salud;lo dispuesto en la Ley N*19.378, que establece el Estatuto de Atención
Primaria de Salud Municipal y su Reglamento;lodispuestoen la Ley N*18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades y en uso de las facultades que ésta confiere.
DECRETO EXENTO N?* 03/ 939 12024
1”: SANCIONASE el Contrato de Comodato
de Equipos de fecha 13 defebrero de 2023, suscritocon:
NOMBRE O:SERVICIO DE SALUDMETROPOLITANO NORTE.
RAZON SOCIAL
RUT:N*61.608.000-8
REPRESENTANTE:FRANCISCO ASENJOGALARCE,Director (5).
C.L:II
COMODATO:(05) Equipos Dermatoscopios marcaDERMLITE,modelo HÚD2
HOME SKIN MONITOR númerosde serie N*6716; 6717; 6718;
6719 y 6720, en adelante e indistintamente denominado “los
equipos”.
OBJETO:Los equipos se entregan con la finalidad de serutilizados enla
atención dermatológicade la estrategia de Teledermatologia del
Programa Resolutividaden APS, para la capturade imágenesde
lesiones dermatológicasen pacientesde toda edad,en buen estado
de conservación.
VIGENCIA:El comodato se extenderá por el plazo de 24 mesescontados desde
la total tramitación delaúltima de lasresolucionesaprobatorias que
se dicten por parte delos comparecientes. Por razones de buen
servicio, se puede dartermino anticipado al contrato poralgunade
las partes mediante elenvió de cartacertificada cona losmenos60
días de anticipación.
Una vez expirado el periodo de vigencia del contrato decomodato,
los equipos referidosenel artículoprimero serándevueltos a “el
Servicio”, sin perjuiciode lo señalado en la cláusulacuarta del
contrato de comodatoque se sanciona.
2: Son parteintegrante delpresente Decreto
todas y cada una de las cláusulas contempladas en elContrato de Comodato que sesanciona.

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SECRETARIO
CCP/CTS/cnom
V*B* Control
TRANSCRITO
- S.S.M.N.
- Alcaldía
Control 00
- D.A.F.
- Jurídico
- Salud
- Interesados
- Central de Doc
D.E. N*03/839 d

Tabla 3 (página 3 (ocr) (texto) · 53 filas)

ADirecciónAPRUEBA CONTRATO DE COMODATO DE
SaludAsesoría JurídicaEQUIPOS ENTRE EL SERVICIODE SALUD
Metropolitano
Norte'METROPOLITANONORTEY LA
degión Meropalta-FTEMUNICIPALIDAD DEHUECHURABA.
al:e ASRESOLUCIÓN EXENTA N? 2 5 /5 «3 1.
Salud
SANTIAGO,
VISTOS: Lo dispuestoen el Decreto con Fuerza de
Ley N*1 de 2005delMinisterio de Salud que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del
Decreto Ley N* 2.763 y de las LeyesN* 18.469 y N* 18,933; en el Decreto con Fuerza de Ley N?
1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la LeyN* 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en la Ley N* 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios; enla Ley N* 19.880 que establece Bases de los
Procedimientos Administrativos querigen los Actos de los Órganos de la Administracióndel Estado;
en el Decreto Supremo N* 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda,que aprueba elReglamento
de la Ley N* 19.886de Bases sobre Contratos Administrativos deSuministro y Prestación de
Servicios; en laLeyN* 21.516 dePresupuestos del Sector Público del año 2023; enel Decreto
Supremo N* 140de2004 del Ministerio de Salud que establece el Reglamento Orgánico de los
Servicios de Salud; en la; el Decreto Afecto N* 26, de 28 de septiembre de 2023, del Ministerio
de Salud, (en trámite de toma de razón) que designa en calidad detitular, a contar del 25 de
septiembre de 2023,a D. Luis Antonio InfanteBarros, en el cargo de Director del Servicio de Salud
Metropolitano Norte,en relación conel artículo16 del Decreto con Fuerza de Ley N* 29, de 2005,
del Ministerio deHacienda, que FijaTexto Refundido, Coordinado ySistematizado de la Ley N?
18.834, sobre Estatuto Administrativo; y Resoluciones N*7, de 2019 yN* 14, de 2023, ambas de
la Contraloría General de la República; y demás normativa vigente.
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Memorando N* 36,de fecha 23
de febrero de 2023,la Subdirección de Gestión Asistencial solicitóa esta AsesoríaJurídica la
aprobación delcontrato de comodato para la entrega de 05 equipos Dermatoscopios, marca
Demlit, modeloHUD2 HOME SKIN MONITOR,número de serie 6716;6717; 6718; 6719; y 6720,
a la Municipalidad deHuechuraba.
2. Que, con fecha 11 de octubre de2023, fue
reasignado el memoN*36 citadoprecedente, de forma interna enAsesoría Jurídica, para su
tramitación.
:3. Que, el objetodel comodatoseñalado
precedente, es destinar los equipospara su uso en la atención dermatológica de la estrategia de
Telemedicina delPrograma de Resolutividad, extendiéndose éste porun plazo de 24 meses.
4. Que, con fecha 13 de febrero de 2023, se
suscribió un contrato de comodato entreel Servicio de SaludMetropolitanoNorte y la
Municipalidad deHuechuraba.
5. Que, el articulo N*52 de la Ley N*19.880, que
Establece Basesde los Procedimientos Administrativos que rigen losActos de los Órganos de la
AdministraciónDelEstado, establece en atención a la Retroactividad de los actos de la
administración,lo siguiente: “Losactos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo
cuando produzcan consecuencias favorablespara los interesadosy no lesionen derechos de
terceros.”
6. Que el Articulo N%4 en relación alartículo N*8
de la Ley N*19.880, que Establece Bases de losProcedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de laAdministracióndel Estado, señala que “Todo el PREM RTECAVAR
está destinado aquela Administración dicte un acto decisorio que sepronun8lE-sdbreTFEUEEE¡ÓN
de fondo y en elcualexprese su voluntad.”
rn -

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7. Que, en razóndelo anterior, la presente
Resolución, comenzara a regirdesde la fechade suscripción del comodato, estoes, desde el 13
de febrero de 2023, en conformidad a lo dispuesto enel artículo N*52 de la LevN*19.880. citada
precedentemente.
8. Que, atendidos los fundamentos expuestos, se
hace necesario elaborar el correspondiente acto administrativo:
RESUELVO:
1. APRUEBASE elcontratodeComodato
suscrito con fecha13de febrero de 2023, entre el Servicio de Salud MetropolitanoNorte y la
Municipalidad de Huechuraba, del siguientetenory data:
CONTRATO DE COMODATO DE EQUIPOS
SERVICIO DE SALUDMETROPOLITANO NORTE
Y
MUNICIPALIDAD DEHUCHURABA
En Santiago, a 13defebrero de2023, entre elSERVICIO DE SALUDMETROPOLITANO NORTE,
Rut N0 61.608.000-8, representado por su Director(S), D. FranciscoAsenjoGalarce, cédula
nacional.de identidadnúmeroMWambosdomiciliados en Maruri N*272,comuna de
Independencia, Santiago, en adelante también e indistintamente denominado *el Servicio”, o el
“comodante”, poruna parte,y por la otra,la MUNICIPALIDADDEHUECHURABA, Rut NO
60.910.000-1, representada por su Alcalde, D. Carlos Cuadrado Prats, cédulade identidad N*
amboscon domicilio en PremioNobel N* 5555, comunade Huechuraba, Santiago,
en adelante tambiéne indistintamente “el Municipio” o “el comodatario”, hanconvenido en lo
siguiente:
PRIMERO: El Servicio deSalud MetropolitanoNorte es dueñode cinco (05) equipos
Dermatoscopios marca DERMLITE, modelo HÚUD 2 HOME SKIN MONITORnúmerosde serie: 6716;
6717: 6718: 6719. v6720. enadelante e indistintamente denominados"las eaninos”
SEGUNDO: Porelpresenteinstrumento “el Servicio” representado comose indica en la
comparecencia, entrega en comodato a "el Municipio”, quien aceptapara sí, por medio de su
representante compareciente,los equipos individualizados en la cláusula anterior.
Los equipos se entregan conla finalidad deser utilizados en la atención dermatológica de la
estrategia de Teledermatologíadel ProgramaResolutividad en APS,para la captura de imágenes
de lesiones dermatológicas enpacientes de toda edad, en buen estadode conservación.
TERCERO: El contrato de comodato se extenderá por el plazo de24meses contados desde la
total tramitacióndela últimade las resoluciones aprobatorias que se dictenpor parte de los
comparecientes. Porrazonesde buen servicio, se puede dar términoanticipadoal contrato por
alauna de las partesmedianteel envío de carta certificada con a la menas 60 díasde anticinación
Una vez expiradoelperíodo de vigencia delcontrato de comodato, los equipos referidos en el
artículo primeroserán devueltos a “el Servicio”. sin periuicio deloseñaladoenla Cláusula
siquiente.
CUARTO: El Comodante podráponer términoanticipado al presente.contrato encualquiera de los
siguientes casos:a) Si el Comodatario destinael equipo o alguna parte de él a cualquierfin distinto
al uso para el quefuefabricado; y b) Si el Comodatario causa deterioros o perjuicios al equipo.
Si por motivos ajenos y noimputables ala responsabilidad delcomodatario, los equipos
dermatológicos quedan imposibilitados para servir alos fines paraloscuales fueronentregados
en comodato, se pondrá término al comodatosin cargo alguno paralaspartes.

Tabla 5 (página 5 (ocr) (texto) · 38 filas)

QUINTO: El Comodatario empleará en suuso el debido cuidado, respondiendo dela culpa leve,
asumiendo la obligación demantener yreparar los equipos dermatológicos referidos, en las
condiciones de hacerlo operativo para eltrabajo requerido,efectuándose éstas enlos servicios
técnicos autorizados; debiendo informar de cualquier daño odesperfecto que sufraa la Dirección
de Servicio de Salud Metropolitano Norte.
En caso de términodel presente contrato, la Municipalidad,se obliga a restituiral Servicio los
equipos dermatológicos objeto del comodato en el mismo estado en que lo ha recibido, habida
consideración del desgaste producido porel tiempo y uso legítimo del mismo.
SEXTO: Para todos los efectos legalesderivados de estecontrato, las partesseñalan como
domicilio la ciudadde Santiago, sometiéndose a la competencia de sus TribunalesOrdinarios de
Justicia.
SÉPTIMO: La personería de D. FranciscoAsenjo Galarce, para representar en este acto al Servicio
de Salud Metropolitano Norteconsta en Decreto Exento N* 1,de 03 de enero de 2023del Ministerio
de Salud, que pone términoy establecenuevo orden de subrogancia al cargo de Director del
Servicio de Salud Metropolitano Norte, enrelación con la Resolución RA 447/463/2022, de 23 de
diciembre de 2022,del Servicio de SaludMetropolitano Norte.
La personería de D. CarlosCuadrado Prats, para actuaren representación delMunicipio de
Huechuraba, constaen Actade Proclamación del Tribunal Electoral de fecha 24 de junio de 2021.
Los documentos antes mencionados no seinsertan por ser conocidos de las partessuscribientes.
El presente contrato se firmaen dos (02)copias de idénticotenor literal, quedandouna de ellas
en poder de cada una de laspartes.
HAY FIRMAS.
2. DÉJESEESTABLECIDO, que elcontrato que
por este acto se aprueba, noimplica gasto para este Serviciode Salud.
3. DÉJESEESTABLECIDO, que cualquier
modificación a lapresenteresolución deberá realizarse yaprobarse por el respectivo acto
administrativo.
4. PUBLÍQUESE la presenteResolución,
conforme a lo prevenido en elartículo 7 letra g) de la Ley N*20.285 sobre Acceso a la Información
Pública, en el sitioweb del Servicio de Salud MetropolitanoNorte www.ssmn.cl,link “gobierno
transparente”, a finde cumplir con el Principio de Transparencia Activa dispuesto en la norma ya
enunciada.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.
INFANTEUD
I
DIRECIOR
Municipalidad de HuechurabaE
Dirección SSMN
Subdirección de Recursos Físicos y Financieros SSMN

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DirecciónAPRUEBAMODIFICACIÓN DECONTRATO
Aseserta: JuridicaDE COMODATO ENTREEL SERVICIO DE
INT. N9: 250SALUD METROPOLITANO NORTEY LA
PROV. N*: No hayMUNICIPALIDAD DE HUECHURABAJURAB
REF.
N*: 250OF. DE
PARTES
13 MAR2024
O
RECIBIDO
VISTOS:Lo dispuestoen elDecreto con
Fuerza de Ley N9 1, de 2005 del Ministerio de Salud, quefija texto refundido,coordinado
y sistematizado delDecreto Ley NO 2.763 de 1979, yde las LeyesNO 18.469 y NO
18.933; en el Decreto con Fuerza de Ley N* 1/19.653 de2000, del MinisterioSecretaría
General de la Presidencia, que fija textorefundido, coordinado y sistematizado de la Ley
NO 18.575, OrgánicaConstitucionalde Bases Generalesde la AdministracióndelEstado;
en la Ley NO 19.880que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Organos de la Administración delEstado; en elDecreto Supremo
NO 140, de 2004, del Ministerio deSalud, que apruebael Reglamento Orgánico de los
Servicios de Salud;Resolución ExentaNO 7, de 2019,y Resolución N*14,de 2023,
ambas de la Contraloría Generaldela República; Decreto AfectoN*26,de28 de
septiembre de 2023,del Ministerio de Salud, (en trámitede toma de razón)quedesigna
en calidad de titular,a contar del 25 deseptiembre de2023, a D. Luis AntonioInfante
Barros, en el cargo de Director delServicio de Salud Metropolitano Norte; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, elartículo 1 del DecretoN*140,
que contiene el Reglamento Orgánicode los Serviciosde Salud, estableceque es un
organismo estatal,funcionalmentedescentralizado,al cual lecorresponde la
articulación, gestióny desarrollo dela red asistencial, para la ejecución delasacciones
integradas de fomento, protección yrecuperación de la salud,comotambién la
rehabilitación y cuidados paliativosde las personas enfermas.
2. Que, el13 de febrerode 2023,Servicio
de Salud Metropolitano Norte suscribiócontrato de comodato con la Municipalidad de
Huechuraba, mediante el cualestarepartición pública entregó cincoequipos
dermatoscopias, marca Demlit, modeloHUD 2 HOME SKIN MONITOR, númerode serie
6716, 6/17, 6718, 6719; y 6720, alaMunicipalidad deHuechuraba.Dichocontrato fue
sancionado por Resolución Exenta N*%2375, de 31de octubrede 2023,de esta
procedencia.
3. Que, mediante Ordinario N*423,de 25 de
enero de 2024, la Municipalidad deHuechuraba informa a este Servicio queexiste un
error en el Rol únicoTributario (RUT) consignado en laconvención que unealas partes
contratantes.
4. Que,en virtudde loexpuesto
precedentemente, las partes han consensuado la modificación del contrato suscrito el 13
de febrero de 2023, suscribiendo elServicio de Salud MetropolitanoNorte y la
Municipalidad de Huechuraba, la modificación de contrato el 22 de febrero de2024.
5. Que, envirtud de loestablecido en el
artículo 3 de la leyN*19.880 lasdecisiones escritas que adopte laAdministración se
expresarán por medio de actos administrativos, dicto losiguiente:
JAG
Este documento ha sidofirmado electrónicamente de acuerdo con la ley N* 19.799
Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingreseal siguiente link:

Tabla 7 (página 7 (ocr) (texto) · 44 filas)

1.APRUÉBASE la modificación de
contrato suscrito el 22de febrero de 2024, entre el Servicio de Salud Metropolitano
Norte y la Municipalidadde Huechuraba; cuyotenor es el siguiente:
MODIFICACIÓN CONTRATO DE COMODATO
ENTRE
SERVICIO DESALUD METROPOLITANO NORTE
Y
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
EnSantiago, a 22de febrero de 2024, entre el SERVICIO DE SALUD
METROPOLITANO NORTE, persona jurídicade derecho público, RUT61.608.000-8,
representada por su Director (S)Dr. Juan Esteban Maas Vivanco, cédula nacional de
identidad NM;ambos domiciliadospara estos efectos enMaruri N*%272,
comuna de Independencia, región Metropolitana, en adelante el “Servicio”, o el
“comodante”, por unaparte, ypor la otra, laMUNICIPALIDAD DEHUECHURABA,
RUT N*69.255.400-0, representada por su Alcalde, D. Carlos Cuadrado Prats, cédula
nacionald e identidadNM, ambosdomiciliados en PremioNobel N*5555,
comuna de Huechuraba, regiónMetropolitana,en adelante también eindistintamente
“elMunicipio” o “el comodatario”,han convenido lo siguiente:
PRIMERO: Con fecha 13 de febrero de 2023,se suscribió un contratode comodato de
equipos entre la Municipalidad deHuechuraba yel Servicio de Salud Metropolitano Norte,
elque fue aprobado mediante Resolución Exenta N*2375, de 31 de octubre de 2023.
SEGUNDO: Que, existiendo lanecesidad decorregir un error de transcripción en la
individualización del RolÚnico Tributario (Rut),se suscribe la presentemodificación, en
elsiguiente sentido:
Donde dice: Municipalidad de Huechuraba, RutN*60.910.000-1
Debe decir: Municipalidad de Huechuraba, RutN*69.255.400-0
TERCERO: En todo lo demás, semantiene plenamente vigente el contrato de comodato
deequipos suscrito el 13 de febrero de 2023.
CUARTO: La personeríadel Dr.Juan EstebanMaass Vivanco, en su calidad de Director
(S) del Servicio de Salud Metropolitano Norte,consta en el Decreto Exento N*01, de 3
deenero de 2023 dela Subsecretaría de Redes Asistenciales, quepone término y
establece nuevo ordende subrogancia al cargo de Director del Servicio de Salud
Metropolitano Norte, enrelacióncon la Resolución TRA 447/127/2017, de 10 de octubre
de2017 que nombra encargo deAlta DirecciónPública al titular del Instituto Psiquiátrico
Dr. José Horwitz Baraky su renovación por Resolución Exenta RA 447/427/2023, de 8
deagosto de 2023, delServicio de Salud Metropolitano Norte.
Lapersonería de D. Carlos Cuadrado Prats,para actuar en representación de la
Municipalidad de Huechuraba, consta en Acta de Proclamación del Tribunal Electoral de
fecha 24 de junio de 2021.
QUINTO: La presentemodificación se firmaen dos (2) copias deidéntico tenor,
quedando una de ellasen poderdel Servicioy una en poder de la Municipalidad de
Huechuraba.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N* 19.799
Para verificar la integridad yautenticidad de este documento ingrese al siguiente link:
https://doc.digital.gob.cl/validador/FRIRLJ-714

Tabla 8 (página 8 (ocr) (texto) · 28 filas)

HAY FIRMA DE LAS PARTES
2. ESTABLÉZCASE que, en todo lo no
modificado,se mantiene plenamente vigente el contrato de comodato de equipos
suscrito el 13de febrero de 2023.
3. TÉNGASE PRESENTE, quecualquier
modificacióna la presente resolución deberá realizarsey aprobarse por elrespectivo
acto administrativo.
4. PUBLÍQUESE la presenteresolución,
conforme a lo prevenido en el artículo 7, letra g) de la ley N*20.285 sobre Acceso a la
AOPública, en el sitio web delServicio de Salud Metropolitano Norte
wen ssran,.cl,link “gobierno transparente”.
ANÓTESE YNOTIFÍQUESE
Firmado por:
Luis Antonio Infante Barros
Director
Fecha: 08-03-2024 12:01CLT
Servicio de Salud Metropolitano
Norte
Distribución:
- — Dirección de Atención primaria de Salud SSMN
> Subdirección de Recursos Físicos yFinancieros SSMN
= Dirección SSMN
- Asesoría Jurídica SSMN
- Oficina de Partes SSMN
MMRSM FJAG
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po ESEste documento ha sido firmado electrónicamente deacuerdo con laley N* 19.799
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¡Er :Para verificarla integridad y autenticidad de este documento ingreseal siguiente link: