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Contrataciones relativas a Bienes Inmuebles y Otras Compras / Comodatos · pdf · documento original ↗

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SUSCRITO CON EL INSTITUTODE
PREVISIÓN SOCIAL.
HUECHURABA,25.07.2018
LA ALCALDIA DECRETOHOY:
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:La
Resolución Exenta N*287de fecha 12.06.2018 del Instituto dePrevisión Social; el Oficio
Ord. N*”4370-3 de fecha12.07.2018 del Instituto de Previsión Social; el Contratode
comodato de fecha 12.06.2018;la ProvidenciaN%001/269 de fecha 17.07.2018 de Alcaldía:
y en uso de las facultades que confiere laLey N*18.695, Orgánica Constitucionalde
Municipalidades.
DECRETO EXENTON* 01/2025,2018
1%: APRUEBASEel Contratode Comodato
de fecha 12 de Junio de 2018,del inmueble que se individualiza,suscrito con:
NOMBRE:INSTITUTO DEPREVISIÓN SOCIAL (1.P.S.)
RUT ::N*61.979.440-0
REPRESENTANTE:Patricio Alejandro Coronado Rojo(Director Nacional).
LEGAL
CEDULA DE IDENTIDAD
INMUEBLE:La Municipalidad de Huechuraba (el “COMODANTE”)es
dueña del inmueble ubicado en Población La Pincoya
sectores Dos A)y Cuatro A), comuna de Huechuraba, Región
Metropolitana, cuya superficie asciende aproximadamente a
949,24 metros cuadrados, cuyo título se encuentra inscrito a
Fojas 20.705, bajo el N*15.972, del Registro de Propiedaddel
Conservador deBienes Raíces deSantiago,correspondiente
al año 1993. El rol de avalúo para el pago del impuesto
territorial es el N*1540-3, de la comuna de Huechuraba
OBJETIVO:La Municipalidad (COMODANTE” entregaal Institutode
Previsión Social (COMODATARIO” parasu uso,una
superficie aproximada de 20.24 metros cuadrados,
correspondientea una parte delinmuebleseñalada en la
cláusula SEGUNDA del contrato de comodato quese
aprueba, para el funcionamientode un “Centro de Atención
Especial (CAE)de la Red presencial del IPSintegrante de la
Red Multiservicios del Estado en el marco del proyecto
“ChileAtiende”.
VIGENCIA, DURACIÓN Y:El Contrato entrará en vigencia a contar de latotal tramitación
TÉRMINO DELde la resoluciónque lo apruebe ytendrá unaduración dedos
COMODATOaños contadosdesde la Resolución Exentadel IPS que lo
apruebe, renovándose automática, tácita ysucesivamente,
por períodos iguales de un año,si ninguna de las partes
manifiesta su voluntad de ponerle términoanticipadode
acuerdo a la cláusula NOVENA delcontrato que se aprueba.
2% Son parte integrante de este
Decreto todas y cada unade las cláusulas contempladas en el contrato decomodato que
se aprueba.

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TRANSCRIBASE
hecho, ARQUVES
RÍO M
Alcaldía
e Control)
Jurídico
- Adm. Municipal
- D.A.F.
- Interesados
- Central de Docu
D.E.N*2025 de fe

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LA |. MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
Y EL
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
ea
En Santiago, a JUN. 2016de2018, entrela l. MUNICIPALIDAD DE
HUECHURABA, en adelante e indistintamente * la Municipalidad”, R.U.T N*69.255.400-0,
representada por su Alcalde don CARLOSCUADRADO PRATS,BW cédula nacional de
identidad NN, ambos domiciliados para estos efectosen Premio Nobel N* 5555,
comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante el "Comodante”, y el INSTITUTO
DE PREVISIÓN SOCIAL, en adelantee indistintamente “IPS”,R.U.T. N*61.979.440-0,
renresentado por su Director Nacional,don PATRICIO ALEJANDRO CORONADO ROJO,
A, cédulanacionalde identidad N'MMNO ambos
domiciliados para estos efectos en calleHuérfanosN* 886, piso 2, comunay ciudad de
Santiago, en adelante el “Comodatario”, seacuerda losiguiente:
PRIMERO: ANTECEDENTES.
La |. Municipalidad de Huechuraba, de acuerdo conlo dispuestoen el DFL 1de 2006, del
Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizadode la Ley N*
18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, es unacorporaciónautónoma de
derecho público, con personalidad jurídicay patrimonio propio, cuya finalidad essatisfacer las
necesidades de la comunidad local y asegurar su participaciónen el progreso económico,
social y cultural en la comuna, debiendodesarrollar en el ámbitode su territorio, entre otras
funciones, en forma directa o con otros órganosde la Administración delEstado, las
relacionadas con la asistencia social y jurídica, funciónque se relaciona con facilitar el acceso
de los ciudadanos a la atención de sus requerimientosen materiasprevisionalesy sociales.
Para el cumplimiento de sus funciones, el artículo 5”de la LeyOrgánica Constitucional de
Municipalidades otorga a éstas, entreotras atribuciones, lade administrar los bienes
municipales y de adquirir y enajenar bienes muebles einmuebles.
r su parte, el IPS, en virtud de lo dispuesto en laLey N* 20.255, es un servicio público
desce tralizado y, por tanto, con personalidad jurídica y patrimonio propio,que tiene por
objeto-especialmente la administración delsistema depensiones solidarias y delos regímenes
previsionales administrados por el ex Instituto de Normalización Previsional. Cuenta, además,
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con una infraestructuranacional de atención, a través de la cualla ciudadaníapuede acceder
a una red de multiservicios, cuyos estándares están orientados ala optimización de la calidad
de la atención a las personas y a garantizar su acceso alas diversas prestaciones del Estado.
En concordancia conlos objetivos expuestos, y de acuerdo con lo dispuesto enlos artículos 3”
y 5” del D.F.L. N* 1/19.653, de 2000,delMinisterio Secretaría General dela Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinadoy sistematizado de laLey N”18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generalesdela Administración delEstado, la Municipalidad ha
resuelto facilitar al IPSun punto o espacio de atención en susoficinas, conel objeto de
coordinar accionesdecooperaciónmutua en el cumplimiento de los fines de ambas
instituciones y, más especificamente,con el objeto demejorarlas condicionesde cobertura,
información y otorgamiento de los servicios que el Estado entrega a la ciudadanía, conforme a
sus respectivas competencias y en elmarco del proyecto “ChileAtiende”,lo que se formaliza
mediante la suscripcióndel presenteinstrumento, obteniéndosede esta formaun mejor uso
de la infraestructura deque disponenlosorganismos dela Administración del Estado.
SEGUNDO: INMUEBLESOBRE ELQUE RECAE EL PRESENTE CONTRATO.
El Comodante, es dueño del inmuebleubicado en Población La Pincoyasectores Dos A) y
Cuatro A), Comunade Huechuraba,Región Metropolitana, cuya superficie asciende
aproximadamente a949,24 metroscuadrados, cuyotítulo se encuentra inscrito a Fojas
20.705, bajo el N* 15.972, del Registrode Propiedaddel Conservador deBienes Raíces de
Santiago, correspondiente al año 1993. El rol de avalúopara el pago del impuesto territorial es
el N* 1540-3, de la comuna de Huechuraba.
TERCERO: OBJETODEL CONTRATODE COMODATO.
Por este acto, el Comodante entregaalComodatario para su uso, una superficie aproximada
de 20.24 metros cuadrados, correspondiente a una parte del inmueble señaladoen la cláusula
segunda precedente,para el funcionamiento de unaestaciónde trabajo, superficie que se
singulariza en planoocroquis que se acompaña, el que se entiende formar parte integrante
del presente Contratoen calidad de Anexo.
El Comodatario recibe la superficie entregada, en el estado actual en quese encuentra el que
es conocido por éste,yla recepcionaasu entera y total conformidad, noformulando reclamo
u observación algunaalComodante.
CUARTO: DESTINACIÓN DE LA SUPERFICIE DELINMUEBLE QUESEENTREGA EN
COMODATO.
La superficie entregadaen comodato,lo podrá ser destinada por el Comodatario para el uso
y-funcionamiento deun“Centro de Atención Especial” (CAE)de la Redpresencial del IPS
intégrante de la RedMultiserviciosdelEstado en el marcodel Proyecto“ChileAtiende”,
obteriéndose de estamanera unmejor uso de lainfraestructura dequedisponen los
organismos del Estado,de acuerdoconlo establecido en losartículos tercero y quo

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Decreto con Fuerza de LeyN* 1/19.653,de 2000, del MinisterioSecretaríaGeneral de la
Presidencia, que fijael texto refundido,coordinadoy sistematizado de laLey N* 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
QUINTO: PROHIBICIÓN.
Se prohíbe expresamente alComodatario ceder, acualquier título, el presente contrato y
consecuencialmente la superficie del inmueble que por el presenteinstrumento se le entrega
en comodato. La infracciónde esta obligación daráderecho al Comodantepara solicitar la
restitución inmediata del inmueble
SEXTO: OBLIGACIONES.
A) Del Comodatario:
1) El Comodatario deberáemplear lasuperficie del inmuebleentregadaen comodato,
solamente para el objeto referido en la cláusula cuartade este instrumento.
2) El Comodatario tiene laobligación de mantenerel debido control y resguardo de la
superficie dada en comodato.
3) El Comodatario seobligaa mantener en perfecto estado de conservación yfuncionamiento
la superficie del inmueble que se le entrega en comodato durantetodo el periodo que dure
éste, reparando a sucostocualquier desperfecto que experimenteen sus instalaciones y/o
construcciones, seanéstas instalacionesde agua potable, luz eléctrica u otras habilitaciones
que efectúe el Comodatariopara el desarrollo de susactividadespropias enel contexto del
presente contrato.
4) El Comodatario seobligaa permitir el acceso al Comodante, o aquien éste designe, para
inspeccionar en cualquier momento el porcentaje desuperficie del inmuebleentregado en
comodato y facilitar lainformación que enese ámbito se le requiera.
5) Todas las mejorasque elComodatariointroduzcaen la superficie del inmueble entregado
en comodato quedarán a beneficio de éste, pudiendo el Comodatario sóloretirar aquellos
elementos o mejorasque noestén permanentementeadheridos a!piso, cieloo muros y cuya
separación no cause detrimento o daño alinmueble.
6) El Comodatario seobligaa restituir la superficieentregada encomodato, en el mismo
estado en que la recibió, sinperjuicio deldeterioro que provenga de la naturaleza o del uso
legítimo del inmueble,sin derecho a indemnizaciónni reembolsoalguno, de acuerdo a lo
convenido en el presente Contrato.
, El Comodatario deberádar cumplimiento a todas las normaslegales,reglamentarias,
mubi pales y administrativas que diganrelación con el funcionamiento de la superficie
entregada en comodato, sinperjuicio de la responsabilidad del Comodante en su calidad de
propistario del inmueble.
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8) El Comodatario asumirá por cuenta propia las pérdidas encaso de apropiación, robo,
B) Del Comodante:
incendio u otro siniestro, respecto de sus muebles, equipos, redes, información yotras, habida
consideración que ellos no seencuentran amparadospor las pólizas de seguro contratadas
por el Comodante.
9) El Comodatario quedará liberado del pago de cargos por consumos y servicios básicos
necesarios parael funcionamiento de la superficie del inmuebleentregada en comodato, tales
como, agua, energía eléctrica, gas, y otros, durante todo el período de vigencia del contrato.
10) El Comodatario se compromete a respetar la imagen institucional del Comodante, sin
perjuicio de lo cual queda desde ya autorizado paraexhibir sus propios logose imágenes
institucionales, dentro del espacio del inmueble afecto al comodato.
1) El Comodantese obliga a liberar al Comodatario detoda turbación en el usolegítimo de la
superficie del inmueble entregada en comodato.
2) El Comodante asume su obligación demanteneren perfecto estado depresentación,
mantención y funcionamiento, tanto del inmueble comolas instalaciones de acceso y salida de
éste, de agua,energía eléctrica, gas, y otras que permitan la más completay adecuada
utilización de lasdependenciasdurante todo el períodode vigencia del Contrato.
SÉPTIMO: TRABAJOS EN ELINMUEBLE.
Los trabajos deremodelación,mejoras, reparaciones y/o adecuaciones que sean necesarios
ejecutar en la superficie del inmueble que seentrega en comodato, serán de cargo exclusivo
del Comodatario,el que no tendrá derechoa reembolso, conforme lo que se expresó en el
numeral 5%, letra“A”, de la cláusula sexta precedente. El Comodante, autorizadesde ya al
Comodatario para efectuar lashabilitacionese introducir las mejoras que sean necesarias
ejecutar en el inmueble objeto de este contrato.
OCTAVO: ADMINISTRADORES DEL CONTRATO.
Para los efectosde la correctaejecución delpresentecontrato,las partes designarán a dos
funcionarios de su dependenciaen calidad deAdministrador Titular y Administrador Suplente,
designación queserá notificadaa la otra entidad en el plazo de 5días hábiles contados desde
la fecha de la suscripción de este instrumento. Lo mismo se observará en casode cualquier
modificación. Para ello, las comunicacionesy notificacionesde buen funcionamiento del
ontrato, se realizarán al domicilio señaladoen la comparecencia de este instrumento o a
aquelque se encuentre vigente.
os
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NOVENO: VIGENCIA Y DURACIÓN TERMINO DEL COMODATO.
El presente contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la resolución que lo
apruebe y tendrá una duración dedos años contados desde laResolución Exenta del IPS que
lo apruebe, renovándose automática, tácita ysucesivamente,por periodos iguales de un año,
si ninguna delas partes manifiesta su voluntad de ponerle término anticipado, mediante
notificación escrita dirigida al otrocontratante,con a lo menostres meses de anticipación a la
fecha de término del periodo que estuviera encurso.
Para los efectos de lo dispuesto en el párrafoprecedente, lascomunicaciones onotificaciones
se realizaránpor carta certificada dirigida al respectivo domicilio señalado en la
comparecenciade este instrumento o a aquelque se encuentre vigente.
Sin perjuicio delo anterior, los comparecientes acuerdan que extraordinariamente y cuando
sus respectivasnecesidades de funcionamiento institucional así lo aconsejen odisposiciones
emanadas delas autoridades competentesasí lo dispongan, podrán poner término en
cualquier momento al presente Contrato, debiendo notificar ala otra parte con, a lo menos,
tres (3) mesesde anticipación a lafecha que se establezca para el término.
Asimismo, se establece que seráncausales determinación deeste contrato, elincumplimiento
de las obligaciones estipuladas ensu cláusulasexta o en la ley.
A! término del contrato, el Comodatario deberá restituir la superficie del inmueble que se le ha
entregado en comodato libre de todo ocupante y de elementos que se hayanocupado en su
habilitación.
DÉCIMO: ANEXOS.
Las partes acuerdan que los aspectos operativos derivados del presente Contrato constarán e
anexos suscritos por los administradores deeste instrumento y, para todoslos efectos, s
entenderán formar parte integrantede este Contrato.
UNDÉCIMO: DOMICILIOS.
Para todos losefectos legales deeste Contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna y
ciudad de Santiago, y se sometena la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
DUODÉCIMO:EJEMPLARES.
El presente Contrato se firma encuatro (4)ejemplares delmismo tenor, fecha y validez,

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DECIMOTERCERO:PERSONERÍAS.
La personería de don Carlos Cuadrado Prats,
Huechuraba, constaen Acta de Proclamación
Metropolitana, de fecha 23 de noviembre de2016.
¡
h
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LIDAD DE HUECHURABA! e
É
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