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Contrataciones relativas a Bienes Inmuebles y Otras Compras / Comodatos · pdf · documento original ↗

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CONTRATODE COMODATO
INVERSIONES E INMOBILIARIAEL ROSALS.A.
A
ILUSTREMUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
En Santiago, a 8de noviembre de 2021,entre INVERSIONES EINMOBILIARIA L
ROSAL S.A., RUT N* 96.716.200-0, representada pordon AndrésCharme Silva, siet
de identidad N*MOy don Manfred Schwerter Frez, cédula de identidad N*
10.566.702-7, todos domiciliados para estos efectosen Avenida Américo Vespucio
Norte N* 1.155,Comunade Huechuraba, Santiago, en adelanteindistintamente
también la o el“Comodante” o “El Rosal”; y la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE
HUECHURABA,RUT N*69.255.400-0,representada por su Alcalde (S) don José
Enrique Rossi Giacosa, cédula de identidad No ambos domiciliados para
estos efectos en calle Premio Nobel N*5555, comuna de Huechuraba, en adelante e
indistintamente el “Comodatario” ; y ambos conjuntamente denominados como las
“Partes”, quienesexponenque vienenen celebrarun contratode comodato en los
términos y condiciones que constan a continuación:
PRIMERO: Antecedentes.
INVERSIONES EINMOBILIARIA ELROSAL S.A., es usufructuariade los locales
comerciales y demás bienesque conforman el “Centro ComercialMovicenter”, ubicado
en Avenida Américo Vespucio Norte N*1155, de laComuna deHuechuraba, Región
¿at
Metropolitana (enadelante eindistintamente denominado como el “Centro Comercial”
SS-0-Simplemente “Movicenter”), Centro Comercial cuya finalidad consiste en concentrar,
= DIRECTOS DECa|o||
3 RANSITO eep. mn mismo lugar, la mayor cantidad deactividadesy oferentesdel rubro automotriz
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ines, distribuyéndolos según las mejores técnicasdefinidas por El Rosal en orden a

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2 422 NOTARIA 2.
E SANTIAGO |
SAMA
facilitar la experiencia de compra delpúblico visitante y potenciar la marcaNoOTARIO€ s
Movicenter.
SEGUNDO: Comodato.
Por el presente acto e instrumento, El Rosal debidamente representada, entrega en
comodato gratuitoa laComodataria por y para quien acepta surepresentante
compareciente, ellocalcomercial “H24”, que cuentacon una superficie total
aproximada de 222,20 metros cuadradosque se divide 111,10 metroscuadrados en
primer piso y 111,10 metros cuadrados en altillo. El localcomercial antes indicado se
encuentra emplazado en eledificio 4H” del Centro Comercial, y su ubicación consta en
el Anexo N* 1, denominado “Plano De Ubicación GeneralDel Local”, elque firmado
por las Partes seentiende formar parteintegrante de este contrato para todos los
efectos legales y contractuales.
Se deja constanciaque el presente comodato se otorga deconformidad alo dispuesto
en los artículos 2.174 y siguientes del Código Civil. El Comodatario sólo podrá destinar
el bien objeto del comodato al funcionamiento de sus oficinas comerciales.
Las Partes convienen, deacuerdo a loestipulado en elpresente contrato, que el
comodato que poreste acto se acuerda es atítulo precario de acuerdo a lodispuesto en
l artículo 2.194 delCódigoCivil.
Se deja expresa constanciaque el suministro de electricidad y otros servicios básicos,
así como los gastosde conservación y cuidado que afectenal local comercial objeto del
comodato serán decuentay cargo exclusivo de la Comodataria.
El simple retardo en el pago de uno o más sumas o cantidades que corresponda pagar
ESal Comodatario será considerada una “Falta Grave” deaquellas reguladas en el
¿Qro
E Olamento referido en lacláusula Sexta.En caso de retardo en el pago por más de 10
=2z) días corridos, contados desde susrespectivos vencimientos, daráderecho a la¡Y

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mmwe
Comodante ode la Administraciónde suspender en cualquier tiempo los suministros o
servicios domiciliarios de los locales comerciales en caso que estos seencuentren
impagos o biensuspender los mismos servicios,en cualquiertiempo, encaso que se
encuentre impaga cualquier suma de cargo de la Comodataria.
TERCERO: Plazo del contrato.
El plazo del contrato decomodatocomenzaráa regir a contardel día 8 de noviembre
de 2021 y se mantendrávigente hasta el día 7 de enero de 2022,inclusive,sin perjuicio
de renovarsecita y automáticamente por períodos iguales ysucesivos de dos meses
cada uno si ninguna delas Partesdiere avisodeno renovación con unaanticipación
mínima de 30as mediante comunicación escritaenviada al domicilio dela otra parte
señalado enlacomparecencia oa local entregado en comodato, encaso que la
comunicaciónlaenvíe ElRosal.
Sin perjuiciode lo anterior, las Partes pactan expresamenteque el Comodante se
reserva la facultad de poner término al mismo en cualquier tiempo, mediante aviso
escrito enviadoal domicilio del Comodatario salado en la comparecencia o al local
comercial entregado en comodato,a elección de El Rosal, con30 días deanticipación
mínima a la fecha en quese pondrátérmino al presente contrato.
EN producirsela terminación delcontrato decomodato por cualquier causa, la
Comodataria deberá restituir el bien entregadoencomodato enel mismo estado que lo
recibió el Comodatario,lo que será verificadopor el Comodante al momento de la
entrega. En caso que elComodatario no restituya en la forma antesindicada a
satisfacción delComodante, deberápagar el Comodatario al Comodante lasuma de 10
Unidades de Fomento por día o fracción de día de retardo enla restitución, según el
valor en pesosaque corresponda la unidad defomento del díade pago efectivo de la
multa, lo que seentiendesin perjuicio de los demásderechos delComodante.

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CUARTO: Entrega.
La entrega de los bienes objeto del contratose realiza, en este acto y conesta fecha, a
plena conformidadde la Comodataria.
El Comodatario declara conocer y aceptar el estado en que actualmente seencuentra el
local comercial, yse obligaa restituirlo en la fecha señalada en la cláusula Tercera
anterior, o dentro de los 5 días corridos siguientes alaviso del Comodante, de acuerdo
a lo señalado en lareferida cláusula segunda. El bien deberá restituirse en las mismas
condicionesen quele fue entregado al Comodatario,habida consideracióndel desgaste
natural porsu usolegítimo,poniéndolo adisposición del Comodante yentregándole
las llaves delmismo.
QUINTO: Responsabilidaddel Comodatario.
5.1. El Comodatario se obliga a emplear elmayor cuidado en la conservación de los
bienes objeto del presente contrato, respondiendo hasta de la culpa levísima, conforme
a lo establecido enel artículo2.178 del Código Civil.
5.2. Por suparte,el Comodante no responderá encaso alguno por los accidentes,
pérdidas, deterioros, hurtos,robos u otrossimilaresque puedan sufrir las personas o
libre e indemne detoda acción, reclamo o demanda,debiendo reembolsara ésta última
cualquier cantidadque debapagar por los referidosconceptos, expresadaen Unidades
de fomento,en suequivalente en pesos ala fechaefectiva del pago, más el interés

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grave del presente contrato, y habilitará a El Rosala exigir larestitución inmediata del
local comercial,sin necesidad de declaración judicial previa, de acuerdo a loestipulado
en la cláusula tercera anterior.
5,4, Responderpor todoslos perjuicios, daños,pérdidasy lesiones, personales y
materiales, quesufran el Comodante y/o cualesquier tercerovecino a éste, con motivo
o consecuencia,directa Oindirecta,de actosu omisiones del Comodatario, sus
dependientes y/o contratistas, durantela vigenciadel presente contrato, cualquiera que
sea su magnitud, clase Onaturaleza,debiendo proceder asu íntegra reparación y/o
restitución.
5.5. Mantener indemne ala Comodante por toda y cualquier obligaciónde pago,
responsabilidado contingencia, incluyendo todo costo, gasto, honorarios y costas
legales, a que se viere obligada a pagar comoresultado de un reclamo,demanda,
acción, iniciadao entablada en su contra por untercero, que tengan su origen en el
inadecuado cumplimiento del presente contrato. Para dichos efectos,El Rosal
comunicará al Comodatario, a la brevedad posible y por escrito, toda notificación y/o
comunicación relativa a un reclamo dentro de las 72 horassiguientes derecibida la
otificación deque se trate. En casoque El Rosal se viere obligada apagar una
demnización,podrá exigirle al Comodatario larestitucióninmediata de la cantidad
de dinero necesaria para cubrir el monto al que laComodantefuere condenada, la cual
se expresará enUnidadesde Fomentoconforme alvalor quehaya tenido dicha unidad
al momento del pagoefectuadopor la Comodante,más el interés máximo
convencional calculado entre la fechadel requerimiento y lafecha efectivade pago, y

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SEXTO: Reglamento, y otras obligaciones con ocasión del contrato de comodato.
La Comodatariadeclara expresamenteconocer y aceptar el “Reglamento de Uso
Común de Bienes y Servicios del CentroComercial Movicenter” (el “Reglamento””), el
cual se encuentra protocolizado en laNotaría de Santiago de don Hernán Cuadra
Gazmuri, con fecha 18 de junio de 2013,obligándose a darcumplimiento al mismo.
Un ejemplar dedicho Reglamento, debidamente firmado por las Partes, forma parte
del “Set de Antecedentes delContrato” aludido en el artículo 1? del Reglamento, el que
se declara conocido y aceptado por el Comodatario conforme lo dispuesto en la
cláusula Séptimade este instrumento.
Las Partes acuerdan dejar expresa constancia que el Reglamento antes aludido, y los
documentos y antecedentesque lo conforman, se entienden formar parte integrante de
este contrato para todos los efectos legales y contractualesa que hubiere lugar.
Conforme lo dispone el Reglamento, laComodante o quien legalmente le sucediere o
reemplazare enel dominiodel inmueble en donde se emplaza el CentroComercial,
podrá, en cualquier tiempo, modificar, reemplazar ocomplementar las normas
contenidas en dicho Reglamento, en todas aquellas materias que a su exclusivo juicio,
sean necesariaspara elcorrecto funcionamiento del Centro Comercial y el
cumplimiento de sus propósitos, locual será informado y será oponible a la
Comodataria enlos términosy plazos indicados en el señalado Reglamento.
La Comodante declara queha encargado la Administración del Centro Comercial a la
sociedad “Inersa Administradora y Desarrolladora deProyectos Limitada”, la que
también se denominadapara estosefectos comola “Administración”. La
Administracióndel CentroComercial podrá ser encargada a otra personanatural o

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SÉPTIMO: Documentos y antecedentes que forman parte del contrato.
Las Partes declaranque el presente contrato de comodato seentiendeformar parte
integrante del “Set de Antecedentes del Contrato” referido en el Reglamento aludido
en la cláusula Sexta,para todos los efectos, Set de Antecedentes que elComodatario
declara conocer yaceptar para todoslos efectos legalesy contractualesque hubiere
lugar. Asimismo,las Partes declaranque se entiendenformar parte integrante del
presente contratodel Reglamento ya mencionado, sus documentos,los Anexos
aludidos en esteinstrumento, así como todos losdemásdocumentos, actas O
instrumentos queelComodante o lasPartes en conjuntohan declaradocomo formar
parte integrante del presente contrato.
OCTAVO: Cesión de contrato.
Queda prohibidoalComodatario ceder en todo o parteel presente contrato o el bien
objeto del comodato,salvo autorizaciónprevia y por escrito de El Rosal.
NOVENO: Domicilio y Tribunales.
Para todos los efectos derivados del presente contrato, las Partes fijan sudomicilio en
la comuna de Santiago y se someten ala jurisdicción desus Tribunales Ordinarios de
Justicia.
Todos los gastos,derechos e impuestos que se originencon motivo delotorgamiento
de este instrumentoy de las estipulaciones que en élse contienen,son de cargo
exclusivo del Comodatario.
PERSONERÍAS:Lapersonería de losrepresentantes deInversiones e Inmobiliaria El
¿osal S.A. constadeescritura pública de fecha 20 de diciembrede 2017, otorgada en la

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subrogante se otorga en virtud del artículo 52 de l
N?18.695.
Autorizo las firmasde don
ANDRES CHARME SILVA, C.l.
N” MN — yde don
MANFRED SCHWERTER FREZ,
C.1.N? MN. ambos en
A
representación de INVERSIONES Andrés Charme Sil
E INMOBILIARIA EL ROSAL SPA p.p. Inversiones eInmobiliaria
RUT.N*96.716.200-0.-Santiago
06 de Junio de 2022.-
Manfiéú Schwejter F
p.p. Inversiones eInmobiliaria