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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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« MUNICIPALIDAD DE
ES Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA CONVENIOSDE PAGO
SUSCRITOS CON LAS PERSONAS Y/O
EMPRESAS QUESE INDICAN.
HUECHURABA,15.05.2026
LA ALCALDÍADECRETÓ HOY:
ISTOS” Y TENIENDO PRESENTE: Las
Ordenes de Ingreso Municipal Folios N%“s3948/3949; 4062/4826; 5120/y5121/de fechas
03.03.2026, 04.03.2026, 13.03.2026 y 18.03.2026; las solicitudes de los contribuyentes de
fechas 02.03.2026 y 12.03.2026; los Convenios de Pago N%s 20; 21, 26/y 28 de fechas
03.03.2026; 04.03.2026, 13.03.2026 y 18.03.2026; el Oficio Ord. N”2319'%e fecha 15.05.2026”
de la Direcciónde Administración y Finanzas; la OrdenanzaMunicipalN%19 de fecha
19.01.2026, sobre cobranzasdedeudoresmorosos; lo dispuesto enla Ley N*18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades; en usode las facultades queésta confiere y el Decreto
Alcaldicio Exento N*01/363de fecha 10.02.2025, que establece el orden desubrogancia del
Alcalde:
DECRETO EXENTO N*0 1/1717/2026
SANCIÓNANSElos Convenios de Pago
adjuntos al presente Decreto Alcaldicio,suscritos con las personas y/o empresas que se
individualizan acontinuación:
FECHANOMBREO |N*RUTOC.[po,yp>¡MONTO DEL]Y UTM
N” convenio, RA > REPZÓN SOCIALI RESENTANTDE EXPEDIENTE! PERIODOCONVENIO [CANCELADACCUOTA
20 [03.03.2026 lIrmE| a Alarcón ReyesÍADENTIDAD 82104577 |, 7 semestre 20267A EEN | 61.189($) 17.473 / | 03
21//04.03.2026LuisRojas // |WINS |280732/| 1" semestre 2026/|49.992 /sE 03
Escalonaá
26//13.03. ES María Vergara /[MMMM |281172/ 1* semestre 2026/|50.091 7SN 03
Delgado¿/
28/ 18.03. 2026 Cintya Donoso ,O211070/| 1” semestre 2026/|61.323 /|17.472 03
Madrid|
Son parte integrante de este Decreto todas
las cláusulas contempladasen los Convenios quese sancionan.
SECRETARIAMUNICIPAL(S)JUAN FRANCI co EMAC-VICAR
ALCALDE 15)DE HUECHURABA
VE ControlY
V* B* Control
TRANSCRITO A:
- Alcaldía
- Jurídico
- Admun
- Control
- D.A.F.
- Interesados
- Central de documentación Ing. N*2656/

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0 3 MAR 2026
En Huechuraba aentrela Municipalidad de
Huechuraba, Corporación de DerechoPúblico, R.U.T. N*69.255.400-0, representada por
su Director de Administración y Finanzas, DANNY HERRERALAUBSCHER,MN
MO cédula nacional deidentidadNYambos con domicilio en
esta ciudad, comunade Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La
Municipalidad”, por unaparte y por la otra la Sra. IRMA ALARCÓNREYES, cédulanacional
Huechuraba, convienenlo siguiente:
PRIMERA: QueIRMA ALARCÓN REYES, declara adeudar al Municipio por
concepto de Patente Feria, rol 210457correspondiente al 1? SEMESTRE 2026,la suma
de $61.189.- (Sesentay un mil cientoochentay nueve pesos).Además, cancela el Y
de UTM correspondiente al 1? SEMESTRE 2026por la suma de $17.473.- (Diecisiete mil
cuatrocientos setentay tres pesos).
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en el art. 62 D.L. N* 3063 en relación alos arts.
50 y 192 del Código Tributario, el comparecientese obliga a pagarla deuda señalada en la
cláusula primera en 3 cuotas, la primera de las cuales se pagará en el acto de lafirma de
este convenio, por el valor de $20.401.- (Veinte mil cuatrocientos un pesos), y las
siguientes 2 cuotas de$20.394.- (Veinte mil trescientos noventa y cuatro pesos), que
vencerán el último díahábil de cada mes a contar del mes siguiente a aquel enque se
pague la primera cuota.
Las cuotas seránreajustadas almomento del pago segúnla variación del |.P.C.
e interés en conformidad a las normas del artículo 53 del Código Tributario.

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TERCERA: El incumplimiento del pago de dos omáscuotas, o cuandoexista un
atraso superior a sesenta díascorridos en el pago de laúltima cuota vencida, implicará la
inmediata caducidaddel convenio, ytendrá comoefecto la CLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO, yse considerará la obligación totalcomo de plazo vencido,pudiendo
iniciar el Municipio las accioneslegales pertinentes, según corresponda.
CUARTA: Las cuotas serán pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar de la segunda cuota se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Para todos losefectos legales derivadosdelpresente conveniolas partes
fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y sesometen a la jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Para suvalidezel presenteinstrumento serásancionadopor elrespectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA: En comprobante y en señal de aceptaciónfirman las partes elpresente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenor y fecha,tres quedaránen poder de la
Municipalidad y uno enpoder del contribuyente.
OCTAVA: Personería de don Danny Herrera Laubscher, paracomparecer en
representación de laMunicipalidad deHuechuraba,consta en DecretoAlcaldicio
N*01/1455/2022 de fecha 16 demayo del 2022 y N*01fecha 14 defebrero de 2022.
LAANNNISTRIAS A,
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-LA LA dÑ
|DIRECTeOa S J
IRMA ALARCÓN REYESDANNY HERRERA LAUBSCHER — /5
RECTORyEs
a"Y,pa

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Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO 24/2026
En Huechuraba, a0 4 MAR 2026, entre laMunicipalidad de Huechuraba,Corporación
de Derecho Público,R.U.T. N*69.255.400-0, representada por suDirector de Administración y
Finanzas, don DANNYHERRERA LAUBSCHER,M3cédulanacional de
identidad Nambos con domicilio enesta ciudad, comuna de Huechuraba, calle
Premio Nobel N*5555,en adelante “La Municipalidad”, por un parte, ypor la otra,el Sr. LUIS
ROJAS ESCALONA,cédula nacional de identidad NMÑNNIYcon domicilio en PSJ. LAS
MNcomunade Huechuraba, convienen lo siguiente:
PRIMERA: Que, LUIS ROJAS ESCALONA declara adeudara la Municipalidad, por
concepto de PatenteMICROEMPRESA FAMILIAR, ROL N*280732correspondiente al 1?
SEMESTRE 2026, lasuma de $49.992.- (Cuarenta y nueve milnovecientos noventa y dos
pesos).
SEGUNDA: En virtud de lodispuesto en el artículo 62 del DecretoLey N*3.063,en relación
con los artículos 50 y192 del Código Tributario, el comparecienteseobliga a pagar la deuda
señalada en la cláusula primeraen 3 cuotas mensuales. La primera cuota se pagará en el acto
de la firma del presente convenio,por un monto de $16.666.- (Dieciséismil seiscientos sesenta
y seis pesos), y las siguientes 2cuotas por $16.663.- (Dieciséis mil seiscientos sesenta y tres
pesos), que venceránel últimodía hábil de cadames, comenzando desde el messiguiente a
aquel en que se hayaefectuadoel pago de la primera cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momentodel pago, de acuerdo con la variación del
|.P.C., y devengaráninteresesconforme a lasdisposicionesdelartículo 53del Código
Tributario.

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TERCERA: El incumplimiento del pago de dos o más cuotas, o cuando exista un atraso
superior a sesentadías corridosen el pago de la última cuotavencida, implicarála inmediata
caducidad del convenio, y tendrácomo efecto la CLAUSURADEL ESTABLECIMIENTO, y se
considerará la obligación total como de plazo vencido, pudiendoiniciar el Municipiolas acciones
legales pertinentes,según corresponda.
CUARTA: Lascuotas deberán ser pagadas en la TesoreríaMunicipal, en los plazos y fechas
indicados en la cláusula segundadel presente convenio.
A contar de la segunda cuota, se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta lafecha de su pago efectivo.
QUINTA: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes fijan
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a lajurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Parasu validez, elpresenteinstrumento será sancionado medianteel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SÉPTIMA: En comprobante y en señal de aceptación,firman las partes el presente
convenio en cuatroejemplares deigual tenor y fecha, tres quedarán en poder de laMunicipalidad
y uno en poder delcontribuyente.
OCTAVA: Lapersoneríade donDanny Herrera Laubscher, para comparecer en
representación dela Municipalidad deHuechuraba, consta en los Decretos Alcaldicios
N*01/1455/2022, de fecha 16 demayo del2022, y N*01/377/2022, de fecha 14de febrero de
2022.

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Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO_2J/£ /2026
13 MAR 2026Ei>
En Huechuraba, a, entre la Municipalidad deHuechuraba,Corporación
de Derecho Público, R.U.T. N*%69.255.400-0, representada por su Director de Administración y
Finanzas, don DANNYHERRERALAUBSCHERe ulanacional de
identidad NM ambos con domicilio en esta ciudad, comuna de Huechuraba, calle
Premio Nobel N*5555,en adelante“La Municipalidad”,por un parte,y por la otra, el Sr. MARÍA
VERGARA DELGADO, cédula nacionalde identidad N“MlI! con domicilio en EL
O comuna de Huechuraba,convienen losiguiente:
PRIMERA: Que,MARÍA VERGARADELGADOdeclara adeudar a la Municipalidad, por
concepto de PatenteMICROEMPRESAFAMILIAR,ROL N*281172 correspondiente al 1”
SEMESTRE 2026, la suma de $50.091.- (Cincuenta mil noventa y un pesos).
SEGUNDA: En virtud de lo dispuestoen el artículo62 del Decreto Ley N*3.063,en relación
con los artículos 50 y192 del Código Tributario, el compareciente se obliga a pagar la deuda
señalada en la cláusulaprimera en3 cuotas mensuales. La primera cuota se pagará en el acto
de la firma del presenteconvenio, por un monto de $16.699.- (Dieciséis mil seiscientos noventa
y nueve pesos), y lassiguientes 2cuotaspor $16.696.- (Dieciséis mil seiscientos noventa y
seis pesos), que vencerán el últimodía hábil de cada mes, comenzando desde el mes siguiente
a aquel en que se hayaefectuado elpago de la primeracuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento delpago, de acuerdo con la variación del
|.P.C., y devengaránintereses conformea las disposiciones del artículo 53del Código
Tributario.

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TERCERA: El incumplimiento del pago de dos o más cuotas, o cuando exista un atraso
superior a sesentadías corridosen el pago de la última cuotavencida, implicarála inmediata
caducidad del convenio, y tendrácomo efecto la CLAUSURADEL ESTABLECIMIENTO, y se
considerará la obligación total como de plazo vencido, pudiendoiniciar el Municipiolas acciones
legales pertinentes,según corresponda.
CUARTA: Lascuotas deberán ser pagadas en la TesoreríaMunicipal, en los plazos y fechas
indicados en la cláusula segundadel presente convenio.
A contar de la segunda cuota, se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta lafecha de su pago efectivo.
QUINTA: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes fijan
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a lajurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Parasu validez, elpresenteinstrumento será sancionado medianteel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SÉPTIMA: En comprobante y en señal de aceptación,firman las partes el presente
convenio en cuatroejemplares deigual tenor y fecha, tres quedarán en poder de laMunicipalidad
y uno en poder delcontribuyente.
OCTAVA: Lapersoneríade donDanny Herrera Laubscher, para comparecer en
representación dela Municipalidad deHuechuraba, consta en los Decretos Alcaldicios
N*01/1455/2022, de fecha 16 demayo del2022, y N*01/377/2022, de fecha 14de febrero de
2022.
ARÍA VERGARA DELGADANNY HERRERÁSAUBSCHER /s,

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DIRECCIÓN
ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS
Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO_23 /2026
En Huechuraba a1 8 MAR 2026, entrela Municipalidad de
Huechuraba, Corporación de DerechoPúblico, R.U.T. N*69.255.400-0, representada por
su Director deAdministración y Finanzas, DANNY HERRERALAUBSCHER,chileno,
casado, Ingeniero, cédula nacional deidentidad N”PMambos con domicilio en
esta ciudad, comunade Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La
Municipalidad”,por unaparte y por laotra la Sra.CINTYA DONOSO MADRID,cédula
nacional de identidadMN con domicilioen BAQUEDANO N*5671 DPTO 23,
Huechuraba, convienenlo siguiente:
PRIMERA: QueCINTYA DONOSO MADRID, declara adeudar al Municipio por
concepto de Patente Feria, rol N*211070correspondiente al 1? SEMESTRE 2026,la suma
de $61.323.- (Sesentay un mil trescientos veintitrés pesos). Además, cancelael Y. de
UTM correspondiente al1? SEMESTRE2026 por lasuma de $17.472.- (Sesenta yun mil
trescientos veintitréspesos).
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en el art.62 D.L. N* 3063 en relación alos arts.
50 y 192 del Código Tributario, el compareciente seobliga a pagarla deuda señalada en la
cláusula primera en 3 cuotas mensuales, la primerade las cualesse pagará en elacto de
lafirma de esteconvenio, por el valor de $20.445.-(Veinte mil cuatrocientos cuarenta y
cinco pesos), ylas siguientes 2 cuotasde $20.439.- (Veinte milcuatrocientos treinta y
nueve pesos),que vencerán el últimodía hábil decada mes a contar del mes siguiente a
aquel en que sepaguela primera cuota.
Las cuotas seránreajustadas almomento del pago según la variación del 1.P.C.
einterés en conformidad a las normas del artículo 53 del Código Tributario.

Tabla 9 (página 9 (ocr) (texto) · 23 filas)

TERCERA: El incumplimiento delpago de dos o más cuotas, o cuandoexista un
atraso superior a sesenta díascorridosen el pago de la última cuota vencida, implicará la
inmediata caducidaddel convenio,y tendrácomoefecto la CLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO, yse considerará la obligacióntotal como de plazo vencido,pudiendo
iniciar el Municipio las accioneslegalespertinentes,segúncorresponda.
CUARTA: Las cuotas serán pagadas en la TesoreríaMunicipal, en los plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar de la segunda cuota se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Para todos losefectos legales derivados del presente conveniolas partes
fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiagoy se someten a la jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Para suvalidezel presente instrumento será sancionado por elrespectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA: En comprobante y enseñal de aceptación firman las partes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenor y fecha,tres quedarán en poder de la
Municipalidad y uno enpoder del contribuyente.
OCTAVA: Personería de don Danny Herrera Laubscher, para comparecer en
representación de laMunicipalidadde Huechuraba,consta en DecretoAlcaldicio
N*01/1455/2022 de fecha 16 demayo del 2022 y N*01/377de fecha 14 de febrero de 2022.
SY,
07P
CINTYA DONOSO MADRIDZA
DANNYHERRERA As