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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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y MUNICIPALIDADDE
Huechuraba
ED SECRETARÍA MUNICIPAL o
SANCIONACONVENIOSUSCRITO
CON DOÑAXANADU TARANO LEÓN.
HUECHURABA, 13.02.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOSYTENIENDO PRESENTE: El
Convenio de fecha 29.01.2026; el Oficio Ord N*”116 de fecha03.02.2026, delDepartamento
de Relaciones Públicas;el Oficio Ord.N*623 de fecha 13.02.2026, de Alcaldía; lo dispuesto
en la Ley N*”18.695,Orgánica Constitucional de Municipalidades y en uso delas facultades
que esta me confiere.
DECRETO EXENTO NO 1 /549] 2026
SANCIÓNASE el convenio suscrito con
fecha 29 de enerode2026, entre laMunicipalidad de Huechuraba y la persona que se
individualiza a continuación:
NOMBRE O RAZÓN :XANADU TARANO LEÓN, nombredefantasía “Clínica Veterinaria
SOCIALVitavet”
REPRESENTANTE:Xanadu Tarano León
LEGAL
C. DEIDENTIDAD:N?
OBJETO:Por este instrumento y durante la vigencia del presente la empresa,
otorgará a laspersonas residentesdela comuna deHuechuraba y
funcionarios municipales, debidamenteinscritos y acreditados en la
Tarjeta VecinoHuechuraba, y que mantengan vigente dicha tarjeta,
los siguientesbeneficios en los servicios que presta, conforme se
detalla a continuación:
e 20% dedescuento en Consultade medicina general.
20% dedescuento en Profilaxisdental.
20% dedescuento en Desparasitaciones.
15% dedescuento en Esterilizaciones.
15% dedescuento en Vacunasobligatorias.
e 10% dedescuento en Peluquería Canina.
BENEFICIARIOS:Para optar a los beneficios establecidos en la cláusula primera del
Convenio quese sanciona, todoslosbeneficiariosque acrediten
serlo, deberánexhibir la Tarjeta VecinoHuechuraba.
FINANCIAMIENTO:Las partes declaran que la Municipalidad, no tendráresponsabilidad
financiera alguna en el cumplimiento de las prestaciones objeto del
convenio quese aprueba, ni existirávínculo de subordinación y
dependencia entre ellas.
PLAZOSY :El convenio tendrá una duración de1año a contarde la fecha de
VIGENCIAsuscripción delpresente instrumento, el que se entenderá renovado
automática ysucesivamente por periodos iguales,a menos que
alguna de laspartes manifieste alaotra su intención de ponerle
termino, lo que deberá ser comunicado mediante un correo
electrónico, deacuerdo a la cláusula octava del convenio.
CONTRAPARTE:Para los efectos del convenio que se aprueba lamunicipalidad
TECNICAdesigna a doña Paula Godoy, funcionaria dependiente de la
Dirección deComunicaciones comocontrapartetécnica, quien
velará por elcorrecto y fiel cumplimiento de loscompromisos
adquiridos porlas partes.
Por su parte,la empresa designaadoña XanadúTarano Li
conforme a lodetallado en la cláusuladecima primera del conté
que se sanciona.A

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Se entienden formar parte del presente
Decreto Alcaldicio, todas las cláusulas contempladas en el convenio quese sanciona.
ANÓTESE,COMUNÍQUESE,
TRANSCRIBASE el presente Decreto Alcaldicio a los departamentos municipales y, hecho;
ARCHIVESE.
CIPALIC/AD DE
CHURABE
sDERER
E HUECHURABA
MLL/LDV/ebs.
V* B* Control DL)
TRANSCRITO A:
- Alcaldía
- Admun
- Jurídico
- Control
- D.A.F.
- RR.PP.
- Interesados
- Central de documentación Ing. N*701/
D.E. N*01/549 de fecha 13.02.2026.

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MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
Y
XANADU TARANO LEON
En Santiago, a 29de enerode 2026entre laMUNICIPALIDADDE HUECHURABA, RUT N*
69.255.400-0 representadapor su Alcalde don MaximilianoLuksicLederer,cédula de
identidad N* PA] ambos domiciliados en calle PremioNobel N* 5555,comuna de
Huechuraba, de esta ciudad, en adelante la “Municipalidad” por unaparte; ypor la otra
DOÑA XANADÚ TÁRANO LEÓN, cédula de identidad NMpersonanatural con
inicio de actividades ante elServicio de Impuestos Internos, domiciliadapara estos efectos
er MOcomuna deHuechuraba, quien desarrollasu actividad
comercial bajo elnombrede fantasía “Clínica VeterinariaVitavet”, enadelante la
“Beneficiaria”, seacuerda celebrar elsiguiente convenio:
Antecedentes.
La Municipalidadde Huechuraba esuna corporación autónoma de derecho público, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacerlas mecesidades de
la comunidad local y asegurar su participaciónen el progreso económico, social y cultural
de la comuna.
En ese contexto,la Municipalidad de Huechuraba en el cumplimiento de sus funciones
privativas y compartidas, relacionadas conla promoción dela cultura, elturismo, el
deporte, la recreación, la salud, la educación,la capacitación, yen general el desarrollo de
actividades de interés común en el ámbito local, suscribe el presenteconvenio, con el fin
de ofrecer a losvecinos yvecinasde la comuna, una mallade actividades, servicios,
productos y beneficios. Para estos efectos, esta municipalidad gestiona y administra el
Programa TarjetaVecino Huechuraba.
Por su parte, Doña Xanadú TáranoLeón,persona naturalcon inicio deactividades,
desarrolla actividades vinculadas albienestar integral de mascotasbajo elnombre de
fantasía “Clínica VeterinariaVitavet”,ofreciendo servicios talescomo atenciónveterinaria
general, venta dealimentosy accesorios paramascotas, adiestramiento canino, guardería,
peluquería canina,paseos ycuidadospersonalizados para mascotas.

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PRIMERO: Poreste instrumento y durante la vigencia delpresente XANADU TARANO
LEON, otorgará a las personas residentes de la comuna de Huechurabay funcionarios
municipales, debidamenteinscritos y acreditados enla Tarjeta Vecino Huechuraba, y que
mantengan vigente dichatarjeta, los siguientes beneficios en los servicios que presta,
conforme se detalla a continuación:
- 20% deDescuentoen Consulta demedicina general
- 20% deDescuentoen Profilaxis dental
- 20% deDescuentoen Desparasitaciones
- 15% deDescuentoen Esterilizaciones
- 15% deDescuentoen Vacunas obligatorias
- 10% deDescuentoen Peluquería canina
SEGUNDO: Para optar alos beneficiosestablecidos en la cláusula anterior todos los
beneficiarios que acrediten serlo, deberánexhibir laTarjetaVecino Huechuraba.
TERCERO: Losdescuentosy beneficios dispuestos precedentemente no son acumulables
con otros descuentos o promociones especiales queofrezcala empresa.
CUARTO: La Municipalidad se compromete a difundir alos vecinos dela comuna, el
presente convenio una vezsuscrito por los medios de comunicación institucional en forma
periódica, conla finalidadde informar losbeneficiosacordados por las partes.
QUINTO: Las partes dejanconstancia quela suscripción delpresente convenio no autoriza
bajo ningunacircunstancia el uso delogotipo,imágenes, fotografías, ni distintivos
institucionalessin el consentimiento expreso de la otra parte.
SEXTO: Las partes dejan expresa constancia que Municipalidad no tendráresponsabilidad
en el cumplimiento de lasobligaciones departe de la empresa, sin perjuicio de la facultad
de poner término en forma inmediata al presente convenio.
SEPTIMO: Laspartes declaran que la Municipalidad,no tendrá responsabilidad financiera
alguna en el cumplimiento de las prestaciones objeto delpresente convenio, ni existirá
vínculo de subordinación ydependencia entre ellas.
OCTAVO: El presente convenio tendrá una duración de 1año a contarde la fecha de
suscripción del presenteinstrumento,el que seentenderá renovadoautomática y

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sucesivamente por periodos iguales, a menosque alguna de las partes manifieste a la otra
su intención de ponerle termino, lo que deberá sercomunicado mediante un correo
electrónico dirigido«MO
NOVENO: Cualquierade las partes podráproceder a poner término anticipado al presente
convenio, en caso deincumplimiento grave delas obligaciones establecidasen el mismo.
DECIMO: Las partesno podrán hacer transferencia ocesión de los compromisos que
emanan del presenteconvenio.
DECIMO PRIMERO:Para los efectos delpresente convenio la Municipalidad designa a
doña Paula Godoy, correo electrónicopaula.godoyGOhuechuraba.cl, funcionaria
dependiente del Departamento de RelacionesPúblicas, como contrapartetécnica, quien
velará por el correctoy fiel cumplimientode los compromisos adquiridos por las partes.
Por su parte, ClínicaVeterinaria Vitavet,es representada por doña Xanadú Tarano León,
DECIMO SEGUNDO:Las modificacionesdelpresenteconvenio se realizarán mediante
anexos, que debidamente firmados porlos comparecientes, se entenderán formar parte
integrante del mismo.
DECIMO TERCERO:Cualquier duda ocontroversiarespecto de lainterpretación,
aplicación, efectos,alcance o cualquier otra cuestión relacionada con el presente
convenio, y que no pueda ser resuelta por laspartes, será entregada al conocimiento de
los tribunales de justicia.
Para todos los efectos legales emanadosdelpresenteconvenio las partesfijan domicilio
en la ciudad de Santiago, y se sometena lajurisdicción de sus tribunalesordinarios de
justicia.
DECIMO CUARTO: Elpresente convenio se otorga y suscribe en dos ejemplares del mismo
tenor y fecha, quedando uno en poder dela Municipalidad de Huechurabay uno en poder
de Xanadu Tarano Leon.
DECIMO QUINTO: Lapersonería del Sr.Maximiliano Luksic Lederer paracomparecer en
representación de laMunicipalidad de Huechuraba, consta en Sentencia de Calificación y
Escrutinio General deElección de Alcalde y Concejalesde la comuna de Huechuraba, de
fecha 27 de noviembre de 2024 y Acta de Proclamación de Alcalde y Concejales, comuna

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de Huechuraba de fecha 3de diciembre de2024, ambas delPrimer TribunalElectoral de
la Región Metropolitana.
La comparecencia de DoñaXanadú Tárano León, persona natural con inicio deactividades,
consta enel Ceftificadode Verificaciónde Actividadesemitido por elServicio de
Impuestos Internos con fecha 10 de febrerode 2025.
eLlinLUKSIC LEDERER
ALCALDE
MUNICIPALIDADDE HUECHURABA
ra. Xanadú TáranoLeón