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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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y EMUNICIPALIDADDE
ESHuechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA MODIFICACIÓN DE
CONVENIO SUSCRITA CON EL
GOBIERNO REGIONAL REGIÓN
METROPOLITANA.
HUECHURABA, 30.04.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS YTENIENDOPRESENTE: El
DecretoAlcaldicio Exento N*01/4150 defecha 31.12.2024; la modificaciónde convenio de
fecha 03.02.2026; la Resolución ExentaN*497 de fecha06.04.2026,del Gobierno Regional
Región Metropolitana;el Oficio Ord. N*309 de fecha 22.04.2026, dela Dirección de Aseo y
Ornato;el Oficio Ord.N*1426 de fecha29.04.2026, de Alcaldía; lo dispuesto en la Ley
N*18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades yenuso de las facultades que esta
me confiere.
DECRETO EXENTO NO1 1148512026
SANCIÓNASE lamodificación de fecha
03 de febrero de 2026, del Conveniode AdministraciónDirectade fecha 04.11.2024,
suscritocon el serviciopúblico que se individualiza a continuación:
NOMBRE O RAZÓN:GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA, en adelante
SOCIAL“Gobierno Regional”
REPRESENTANTE:Mauricio Fabry Otte
PROGRAMA:“Programa de Control de la PoblaciónCaninay Felina en la Región
-Metropolitana deSantiago”, código PR 3101621304.
MODIFICACION:Las partes acuerdan modificarclausula CUARTAen los parrafos
1 y 6 del convenio, quedando comosigue:
“CUARTA: El Gobierno Regional aportará aUnidadLocal la suma
de $107.100.000.- (ciento sietemillones cien milpesos), lo que
se hará efectivo mediante estados de pago mensuales, de
conformidad a loestablecido enel siguientecuadro:
ÍtemMontounitario | Cantidad total
ContrataciónEspecie por paciente de pacienteMonto total
Del Programa(máximo)(máximo)
Línea de
financiamientoCanino $40.460.-1500$60.690.0
control:00..
reproductivo
Esterilización +
implantación de
Felino $30.940.-1.500$46.410.000.-
microchip y
Registro
APORTE TOTAL$107.100.000.
Ma)
Una vez que quede totalmente tramitadoel último acto que
apruebe el presente conveniodirecto, elGobierno Regional
entregará a laUnidad Local3000 (tresmil)microchips de
identificación demascotas ysuscertificado, 1(un) lector de
microchip universal y 2 (dos) pendones alusivos alprograma”.
En todo lo demás, regirá el convenio
original suscrito con fecha 04 de noviembre de 2024,sancionadomediante el Decreto
Alcaldicio Exento N*01/4150 de fecha 31de diciembrede 2024.

Tabla 2 (página 2 (ocr) (texto) · 11 filas)

V* B* Control
TRANSCRITO
- Alcaldía
- Admun
- Jurídico
- Control
- Dideco
- Secplan
- D.A.F.
- Interesados
- Central de d
D.E. N*01/148

Tabla 3 (página 3 (ocr) (texto) · 46 filas)

En Santiago de Chile, a 03 de febrero de2026, entre elGOBIERNO REGIONAL REGIÓN
METROPOLITANA,enadelante “Gobierno Regional”, persona jurídica de derecho público representado
por su Gobernador Regional (S), don MAURICIOFABRY OTTE, ambos domiciliados enBandera N“46,
de la comuna de Santiago, y la MUNICIPALIDADDE HUECHURABA en adelante denominada también
indistintamente “UnidadLocal”, representada por su Alcalde, donMAXIMILIANO LUKSIC LEDERER,
ambos domiciliados en Av. El bosque de SantiagoN* 506, de dicha comuna, han convenido lo siguiente:
PRIMERO: Los comparecientes celebraron un convenio bajo modalidad de administración directa con
fecha 04 de noviembre de 2024, para la ejecucióndel “PROGRAMADE CONTROL DE LA POBLACIÓN
CANINA Y FELINAENLA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO” CODIGOPR3101021304.
Dicho convenio fue aprobado por el Gobierno Regional mediante laResolución Exenta N* 4233 de fecha
11 de diciembre de 2024de este Gobierno Regional.
SEGUNDO: Con fecha14 de enerode 2026, el Departamento de Medio Ambiente solicitó la modificación
de dicho convenio,con el objeto de efectuaruna redistribución de recursos entre las comunas
beneficiarias, la cualnoimplica un aumento nialteración del presupuesto total del programa, sino la
reasignación de saldos disponibles,conforme al porcentaje de ejecución alcanzado para cada municipio.
TERCERO: Por esteacto, las partes acuerdanmodificar cláusulaCUARTA en los párrafos 1 y 6, del
convenio individualizadoen la cláusula PRIMEROde este instrumento, quedando comosigue:
“CUARTA: El GobiernoRegionalaportará a laUnidad Local la suma de $107.100.000.- (ciento siete
millones cien mil pesos),lo que sehará efectivomediante estadosde pago mensuales,de conformidad
a lo establecido en elsiguiente cuadro:
ITEMMONTOCANTIDAD
CONTRATACN DEL| EsPEcIE |UNITARIOAOtaL dsTAL
PROGRAMApor pacientepacientes
(máximo)(máximo)
Línea de financiamientoCanino$40.460.-1500 $60.690.000.-
Control reproductivo
Esterilización +ImplantaciónFelino$30.940.-1500 $46.410.000
de microchipy Registroeaa
APORTE TOTAL$107.100.000.-
[...]
Una vez que quedetotalmente tramitado el último acto que apruebe el presente convenio directo, el
Gobierno Regional entregará a laUnidad Local 3000 (tres mil) microchips de identificación de mascotas
y sus certificados, 1 (un)lector demicrochip universal y 2 (dos) pendones alusivos al Programa.”
CUARTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento,se entiende que siguen vigentes las
estipulaciones del convenio individualizado en lacláusula PRIMEROde este instrumento.
PERSONERÍAS: Lapersonería del GobernadorRegional Subrogante don MAURICIOFABRY OTTE,
para representar al GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO, consta en el artículo
23 septies de la LeyN*19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y AdministraciónRegional y sus
modificaciones, y elartículo 80 del Estatuto Administrativo, en relación a la subrogancia legal para el
cargo de GobernadorRegional.
La personería del alcalde para representar al municipio consta enActa de Proclamación de Alcalde y
concejales comuna deHuechuraba, de 03 de diciembre de 2024,del Primer TribunalElectoral Región
Metropolitana.
(Firmas: MaximilianoLuksic Lederer / Alcalde/Municipalidad deHuechuraba // Mauricio Fabry Otte
Gobernador Regional(S) / RegiónMetropolitanade Santiago).
Bandera N?* 46,3"Piso m Santiago de Chile 4Tel: (56-2) 250 94764 www.gobiernosantiago.cl
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Tabla 4 (página 4 (ocr) (texto) · 13 filas)

ANÓTESE,REGÍSTRESE, Y C
POR ORDENDEL GOBERNAD
Firmado
Manuel Gallardo S
Cargo :ADMINISTRADOR
Serie : 2199958535197
DEMA/DEJUR/pcu
S$(DISTRIBUCION)
- Unidad Local;
- Administración Regional;
- Departamento de Medio Ambiente, Biodiversidad y Acción Climática;
- Departamento Jurídico;
- Oficina de Partes.
Bandera N* 46, 3% Piso4 Santiagode Chile 4 Tel: (56-2)

Tabla 5 (página 5 (ocr) (texto) · 44 filas)

¿$ADMINISTRACIÓN REGIONAL
DEPARTAMENTO JURÍDICO
¡GOBIERNO DE SANTIAGO
Judlos. mejor renjón.
APRUEBA MODIFICACIÓN DECONVENIO, BAJO LA
MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA, ENTRE
EL GOBIERNOREGIONALMETROPOLITANO DE
SANTIAGO Y LAMUNICIPALIDAD DEHUECHURABA,
PARA LA EJECUCIÓN DE “PROGRAMA DE CONTROL
DE LA POBLACIÓN CANINA YFELINAEN LA REGIÓN
METROPOLITANADE SANTIAGO” CODIGO
PR3101021304
RESOLUCIÓN EXENTA N' 497
FACULTAD DELEGADA
SANTIAGO, 06-04-2026
VISTOS:
La Resolución TRA N* 815/12/2023, de10 de julio de
2023, que nombra a Manuel Gallardo Sotocomo Administrador Regional,en concordancia con la
Resolución ExentaN* 1420,de 11 de julio de2023, que complementa la Resolución Exenta N* 2287, de
2022, incorporando facultades delegadas adicionales en el Administrador Regional; lodispuesto en las
letras h) y ñ) del artículo 24 del Decreto con Fuerza de Ley N*1-19.175, de 2005,del Ministerio del Interior
y Seguridad Pública, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que fijó eltexto refundido,
coordinado, sistematizado yactualizado de laLey N* 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional y sus modificaciones; el Decreto con Fuerza de Ley N* 1-19.653, de 2011, del
Ministerio Secretaría Generalde la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado ysistematizado de
la Ley N* 18.575,OrgánicaConstitucional deBases Generalesde la Administración del Estado; la Ley
N* 21.796, de Presupuesto del Sector Público para el año 2026;el artículo 19bis, delD.L. N*1.263, de
1975, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado y su Reglamento, contenido en el Decreto
Supremo N* 814,de 2003,del Ministerio deHacienda; el Decreto SupremoN* 854,de 2004, sobre
Clasificación Presupuestaria,del referido Ministerio; el Acuerdo N*156-24, adoptado enSesión Ordinaria
N*8,de 17 de abrilde 2024,del Consejo Regional Metropolitano;la ResoluciónN* 73, de 24 de junio de
2024, de Asignación Presupuestaria, Tomadade Razón con fecha 08 de agosto de 2024 por Contraloría
General de la República; Memo N? 27, de 14de enero de 2026;de Departamento de Medio Ambiente y
Acción Climática de este Gobierno Regional;Resolución ExentaN*1798, de 16 de agosto de 2024 que
designa Unidad Técnica, deeste Gobierno Regional; las Resoluciones N* 7, de 2019 yN* 14, de 2022,
ambas de la Contraloría General de la República; y
CONSIDERANDO:
1.Que, en su calidad de ÓrganoEjecutivo del Gobierno
Regional Metropolitano, corresponde al Gobernador Regional lasuperior iniciativa y laresponsabilidad
en la ejecución y la coordinación de todas laspolíticas, planes y programas dedesarrollo de la Región.
2.Que, es función delGobierno Regional resolver la inversión
delos recursos que correspondan a la Región en la distribución del FondoNacional de Desarrollo
Regional, programa de inversiones públicasorientada al desarrollo regional ycompensación territorial,
Bandera N*46, 3? Piso4 Santiago de Chile 4 Tel: (56-2) 250 9476 m4 www.gobiernosantiago.cl
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Tabla 6 (página 6 (ocr) (texto) · 40 filas)

ADMINISTRACIÓN REGIONAL
DEPARTAMENTO JURÍDICO
para el financiamiento de acciones en los distintosámbitos de desarrollo social, económico y cultural de
la región, con el objeto de obtener un desarrollo territorial armónico yequitativo.
3. Que,mediante elAcuerdo N*156-24,tomado en Sesión
Ordinaria N*8 defecha 17 de abril de 2024, del Consejo Regional Metropolitano seaprobó el programa
denominado “CONTROL DE LA POBLACIÓN CANINA Y FELINA EN LA REGIÓNMETROPOLITANA
DE SANTIAGO”,CÓDIGOPR3101021304.
4. Que,mediante Resolución N%73 de fecha 24 de junio de
2024, tomada derazón con fecha 08 de agosto de 2024 porContraloría General de la República,
autorizada por laDirecciónde Presupuestos delMinisterio de Hacienda, se aprobóla modificación del
presupuesto de inversión del Gobierno RegionalMetropolitanode Santiago, incrementándose para el
Subtítulo 24.03,un montototal de M$276.000,para el financiamiento del programa denominado
“CONTROL DELA POBLACIÓN CANINA YFELINA ENLAREGIÓN METROPOLITANA DE
SANTIAGO”, CÓDIGO PR3101021304.
5. Que,mediante Resolución Exenta N*1798 de 16 de agosto
de 2024, se como UnidadTécnica, para la ejecución del programadenominado“CONTROL DE LA
POBLACIÓN CANINA YFELINA EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO”, CÓDIGO
PR3101021304, al Departamento de Medio Ambiente, Biodiversidad yAcción Climática de este Gobierno
Regional.
6. Que,mediante Memo N* 27 de fecha 14 de enero de 2026,
de la jefa (S) delDepartamento de Medio Ambiente, se solicitó lamodificación de dicho convenio, con el
objeto de efectuaruna redistribución de recursos entre las comunas beneficiadas.
7” Que, en virtudde lo expuesto, elGobierno Regional
Metropolitano deSantiagoy la Municipalidad deHuechuraba, procedieron a suscribir con fecha 03 de
febrero de 2026,la modificación de convenio, bajo modalidad de Administración Directa, que por este
acto se aprueba.
RESUELVO:
1.-APRUÉBASElamodificación de convenio, bajo
modalidad de Administración Directa, celebradoel 03 de febrero de2026, entre elGobierno Regional
Metropolitano deSantiagoy la Municipalidad deHuechuraba, parala ejecución de“PROGRAMA DE
CONTROL DELA POBLACIÓN CANINA YFELINA ENLAREGIÓN METROPOLITANA DE
SANTIAGO” CODIGO PR3101021304, cuyo textose transcribea continuación:
MODIFICACIÓN DE CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA
“PROGRAMA DE CONTROL DE LA POBLACIÓN CANINAY FELINA ENLA REGIÓN
METROPOLITANA DE SANTIAGO” CODIGO PR3101021304
GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO
Y
MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
Bandera N*46, 3% Piso4 Santiago de Chile ú%Tel: (56-2) 250 9476mu www.gobiernosantiago.cl
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