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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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E MUNICIPALIDADDE
Huechuraba.
SECRETARÍAMUNICIPAL
SANCIONA CONVENIO SUSCRITO CON
LA EMPRESA FLORES COMERCIAL S.A.
HUECHURABA, 25.05.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El
Convenio suscrito conFLORES COMERCIAL S.A., de fecha 20.04.2026; el Oficio Ord N*352
de fecha 28.04.2026,del Departamentode Relaciones Públicas; elOficio Ord. N*1733 de
fecha 20.05.2026, deAlcaldía; lo dispuesto en laLey N*18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades y en uso de las facultades que esta me confiere:
DECRETO EXENTO NO1 / 1780/ 2026
SANCIÓNASE elconvenio suscrito con
fecha 20 de abril de2026, entre la Municipalidad de Huechurabav la empresa aue se
individualiza a continuación:
NOMBRE O RAZÓN:FLORES COMERCIAL S.A.
SOCIAL
RUT:N%76.129.552-7
REPRESENTANTE:Aníbal Juan Flores Clarke
LEGAL
C. DEIDENTIDAD —:NM
REPRESENTANTE:Arnoldo Victorio Flores Crocco
LEGAL
C. DE IDENTIDAD —:NM
OBJETO:La empresa, otorgará alas personas residentes dela comuna de
Huechuraba y funcionarios municipales, debidamente inscritos y
acreditados en laTarjeta Vecino Huechuraba, y que mantengan
vigente dicha tarjeta, lossiguientes beneficios en los servicios que
presta, conforme alo detallado en la cláusulaprimeradel convenio:
e 20% de descuento en todas las tiendasFlores a nivel
nacional.
e 25% de descuentos exclusivo en la tienda Flores ubicada en
la comunade Huechuraba (Mall PlazaNorte)
BENEFICIARIOS:Para optar a losbeneficios establecidos enla cláusula primera del
Convenio que se sanciona, todos los beneficiarios queacrediten serlo,
]deberán exhibir laTarjetaVecino Huechuraba.
FINANCIAMIENTO - :Las partes declaran quela Municipalidad, notendráresponsabilidad
financiera algunaen el cumplimiento de lasprestaciones objeto del
convenio que seaprueba, ni existirá vínculo de subordinación y
dependencia entreellas.
PLAZOS Y:El convenio tendrá una duración de 1 año acontarde la fecha de
VIGENCIAsuscripción del convenio,el que se entenderárenovado automática y
sucesivamente por periodos iguales, a menos quealguna de las
partes manifiestea la otra su intención de ponerletermino, lo que
deberá ser comunicado mediante correo electrónico dirigido al correo
detallado en la cláusula octava del convenio.
CONTRAPARTE:Para los efectosdel convenio que se aprueba la municipalidad
TÉCNICAdesigna a doña Paula Godoy, funcionaria dependientede la Dirección
de Comunicaciones como contraparte técnica, quien velará por El
correcto y fiel cumplimiento de los compromisos adquiridos por
partes.se

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Por su parte, la empresa designa a doña AndreaFigueroa,
a lo detallado en la cláusula décimo delconvenioque se sa
Se entiendenformarparte del
Decreto Alcaldicio, todas las cláusulas contempladas en el convenio quese sancio
EDE
ECHURA
MLL/DDB/ebs.»
V* B* Control /
TRANSCRITO A:
- Alcaldía
- Admun
- Jurídico
- Control
- D.A.F.
- RR.PP.
- Interesados
- Central de documentación Ing. N*2738/
D.E. N*01/1780 de fecha 25.05.2026.

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En Santiago, a 20 de Abril de 2026 entre la MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA, RUT N*
69.255.400-0 representada por su Alcalde donMaximiliano Luksic Lederer, cédula de
identidad N” MNambosdomiciliados encalle Premio Nobel N* 5555, comuna de
Huechuraba, de esta ciudad, en adelante la “Municipalidad” poruna parte;y por la otra
FLORES COMERCIAL S.A, RUT N”76.129.552-7, representada por Don AníbalJuan Flores
Clarke, RUT MWy Don Arnaldo VictorioFlores Crocco,RUT MN ambos
domiciliados para estos efectos en Av. Del ValleSur 650, Oficina82, CiudadEmpresarial,
comuna de Huechuraba, en adelante la “Empresa” se acuerda celebrarel siguiente
convenio.
Antecedentes.
La Municipalidad de Huechurabaes una corporación autónomade derechopúblico, con
personalidad jurídica ypatrimoniopropio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la
comunidad local y asegurar su participación en elprogreso económico, socialy cultural de
la comuna.
En ese contexto, la Municipalidadde Huechuraba en el cumplimiento de sus funciones
privativas y compartidas, relacionadas con la promoción de la cultura, elturismo, el
deporte, la recreación,la salud, laeducación, la capacitación, y en general el desarrollo de
actividades de interéscomún en el ámbito local,suscribe el presente convenio, con el fin
de ofrecer a los vecinos y vecinas de la comuna, una mallade actividades, servicios,
productos y beneficios. Para estos efectos, estamunicipalidadgestiona y administra el
Programa Tarjeta Vecino Huechuraba.
Por su parte, FLORESCOMERCIAL S.A Flores esuna reconocida marca chilena de ropa
interior femenina, conmás de 70 años de trayectoria ofreciendo calidad, comodidad y
diseño. A lo largo de suhistoria, seha consolidadocomo una empresa líder en su rubro, con
presencia a nivel nacional y un fuerte compromiso con el bienestar y la confianza de las
mujeres chilenas.
PRIMERO: Por este instrumento ydurante la vigencia del presenteFLORES COMERCIAL S.A,
otorgará a las personasresidentesde la comuna deHuechuraba yfuncionariosmunicipales,
debidamente inscritosy acreditados en la TarjetaVecino Huechuraba, y quemantengan

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vigente dichatarjeta, los siguientes beneficios en losservicios que presta, conforme se
detalla a continuación:
e 20% dedescuento en todas lastiendas Flores anivelnacional.
e 25% de descuento exclusivoen la tiendaFloresubicada enla comuna de
Huechuraba (Mall Plaza Norte).
SEGUNDO: Para optar a los beneficios establecidosen la cláusula anterior todos los
beneficiarios que acrediten serlo, deberán exhibir la TarjetaVecino Huechuraba.
TERCERO: Losdescuentos y beneficios dispuestos precedentemente no son acumulables
con otros descuentos o promociones especiales que ofrezcala empresa.
CUARTO: La Municipalidad se compromete a difundir alos vecinos dela comuna, el
presente convenio una vez suscrito por los medios de comunicación institucional en forma
periódica, conla finalidad de informarlos beneficios acordados por las partes.
QUINTO: Las partes dejan constanciaque la suscripción delpresente convenio no autoriza
bajo ningunacircunstancia el usode logotipo, imágenes, fotografías,ni distintivos
institucionalessin el consentimiento expreso de la otraparte.
SEXTO: Las partes dejan expresa constancia que Municipalidad no tendráresponsabilidad
en el cumplimiento de las obligaciones de parte de la empresa, sin perjuicio de la facultad
de poner término en forma inmediataal presente convenio.
SEPTIMO: Laspartes declaran que laMunicipalidad, no tendrá responsabilidad financiera
alguna en el cumplimiento de las prestaciones objetodelpresente convenio, ni existirá
vínculo de subordinación y dependencia entre ellas.
OCTAVO: El presente convenio tendrá una duraciónde 1año a contarde la fecha de
suscripción del presente instrumento, el que se entenderá renovadoautomática y
sucesivamentepor periodos iguales, amenos que alguna delas partes manifieste a la otra
su intención de ponerle termino, loque deberá sercomunicado mediante un correo
electrónico dirigido a AFIGUEROA Cflorescorp.cl.
NOVENO: Laspartes no podrán hacer transferenciao cesión de los compromisos que
emanan del presente convenio.
DECIMO: Paralos efectos del presente convenio la Municipalidad designa a doña Paula
Godoy, correoelectrónico paula.godoyOhuechuraba.cl, funcionaria dependiente de la
Dirección de Comunicaciones como contraparte técnica, quien velará por el correcto y fiel
cumplimientode los compromisos adquiridos por las partes.

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Por su parte FLORES COMERCIALS.A, designa DoñaAndrea Figueroa, correo electrónico
AFIGUEROA O florescorp.cl.
DECIMO PRIMERO: Las modificaciones del presente convenio se realizarán mediante
anexos, que debidamentefirmados por los comparecientes, se entenderán formar parte
integrante del mismo.
DECIMO SEGUNDO: Cualquier duda o controversia respecto de lainterpretación,
aplicación, efectos, alcanceo cualquier otra cuestiónrelacionada con el presente convenio,
y que no pueda ser resueltapor laspartes, será entregada al conocimiento de los tribunales
de justicia.
Para todos los efectos legales emanados del presente convenio las partes fijan domicilio en
la ciudad de Santiago, y sesometena la jurisdicciónde sus tribunales ordinarios de justicia.
DECIMO TERCERO: El presente convenio se otorga ysuscribe en dos ejemplares del mismo
tenor y fecha, quedando uno en poder de la Municipalidad de Huechurabay uno en poder
de FLORES COMERCIAL S.A.
DECIMO CUARTO: La personería del Sr. Maximiliano Luksic Lederer paracomparecer en
representación de la Municipalidad de Huechuraba,consta en Sentencia de Calificación y
Escrutinio General de Elección deAlcalde y Concejales de la comuna de Huechuraba, de
fecha 27 de noviembre de2024 y Acta de Proclamación de Alcalde y Concejales, comuna de
Huechuraba de fecha 3 dediciembre de 2024, ambas del Primer TribunalElectoral de la
Región Metropolitana.
La personería de Don Aníbal Flores Clarke, yDon Arnaldo FloresCrocco, como
representantes legales deFLORESCOMERCIAL S.A,constan de un Certificado de vigencia
de poderes, emitido por elconservador de bienes raíces de Santiago, de fecha 06 de marzo
de 2026, código de verificación N*cvn-17f4d53-0.
(2%
MILIANO LUKSICLEDERER