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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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MUNICIPALIDADDE
Q Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA CONVENIOS DE PAGO
SUSCRITOS CON LAS PERSONAS Y/O
EMPRESAS QUE SE INDICAN.
HUECHURABA,01.06.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
e VISTOS Y TENIENDOPRESENTE: Las
Ordenes de ISO Municipal Folios N*%s 7432; 76547697%e fechas 13.04.2026, 15.04.2026
y0 6.0146..20042.62/01265;. 04.r2e0s2p6ecyt iSvEamelnotse C; onvleasn iossoldieci tPuadgesoNd%es 37l,o s4 0cyo n4t2r idbeuy feencthesa s 1d3e. 04f.e2c0h2a6s,
15.04.2026 y 16.04.2026; el Oficio Ord. N*2605/de fecha 29.05.2026/de la Dirección de
Administración y Finanzas; laOrdenanza MunicipalN%19 de fecha19.01.2026, sobre cobranzas
de deudores morosos; lodispuesto enla LeyN*18.695,OrgánicaConstitucional de
Municipalidades; en uso de las facultades que éstaconfiere y los DecretosAlcaldicios Exentos
N%s 01/377 y 01/1455defechas 14.02.2022 y16.05.2022, que delegan el ejercicio de
funciones exclusivas deAlcaldía en el AdministradorMunicipal:
DECRETOEXENTON*01/1895/2026
SANCIÓNANSElos Convenios de Pago
adjuntos al presente Decreto Alcaldicio, suscritos con las personas y/o empresas que se
individualizan a continuación:
FECHA NOMBREON* RUTOC. ROL N*IMONTODEL] Y. UTM
N? CONVENIO RAZÓN SOCIAL/DE EXPEDIENTEPERIODOCONVENIO [CANCELADACCUOTA
REPRESENTANTE!IDENTIDAD($)($)
37 |13.04.2026 Del Valle Gestión77.026.943-1/| Sinpatente| 1”semestre 2019y | 2.221.666 .--- 09
Y ¿2/7 Inmobiliaria S.P.A,/comercial| 1” semestre 2026,sd md
) Andrea RojasPeñaOESActividad comercial
|ejercida sin patente
comercial
40 /15.04.2026 Fabio Ferri./MO sinpatente| 2*semestre 2021y | 1.105.681 = 05
/ A HenríquezA comercial”| 1” semestre 2026,
Actividad comercial
ejercida sin patente
//comercial
42 16.04.2026 Sociedad Zeny77.913.860-7'Exp.1”semestre 2020 al | 11.138.228 ---- 04
“— Limitada/ y// N*310/18 -| 1” semestre 2026
Jorge Andrés/,
Vaccaro Martin
Sonparte integrante deeste Decreto todas
las cláusulas contempladas en los Convenios quesesancionan.
ATESE,COMUNÍQUESE,
elpresente Decreto Alcaldicioa los departamentos , munici =
ÍVESE.n
¿DAD Ll
ÍSE
3]ADMINISTI
>MUrnrye
el, : ES É Í (O:; 2 —Y
ec RÁN BUSTAMANTEJANCARCÍA MAC-VICAR
SECRETIPAL(S)ORMUNICIPAL
JFGM/DDB/ebs.
V” B* Control 7
TRANSCRITO A:
- Alcaldía - Jurídico
- Admun - Control
- D.A.F. - Interesados;
- Central de documentación Ing. N*2895/ (/ Ye

Tabla 2 (página 2 (ocr) (texto) · 25 filas)

Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO 2Y_/2026
13ABR 2026
En Huechuraba,a, entre laMunicipalidad deHuechuraba,
Corporación de Derecho Público,R.U.T. N*69.255.400-0, representada por suDirector de
Administración y Finanzas, don DANNY HERRERALAUBSCHER,
cédula nacional de identidad NM ambos con domicilio en esta ciudad, comuna de
Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La Municipalidad”, por unparte, y por la
otra, la empresa DEL VALLEGESTION INMOBILIARIASPA, “R.U.T. N*77.026.943-1,
representada por doñaANDREA ROJAS PEÑA, cédula nacional de identidadA
con domicilio en AV. GUANACO NORTE N*1379, comuna de Huechuraba, convienenlo siguiente:
PRIMERA: Que,DEL VALLEGESTION INBORIGARIA SPA, declara adeudar al Municipio
desde 1? SEMESTRE2019 AL 1?SEMESTRE 2026, la sumade $2.221.66(6.- Dos millones
doscientos veintiúnmil seiscientos sesenta yseis pesos.), por conceptode actividad
comercial ejercida en la comuna deHuechuraba, sinla patentecomercial correspondiente.
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 delDecreto Ley N*3.063, en relación
con los artículos 50 y192 del Código Tributario, elcompareciente se obliga a pagar la deuda
señalada en la cláusula primera en9 cuotas mensuales. La primera cuota se pagará en el acto
de la firma del presente convenio, por un monto de$444.338.-(Cuatrocientos cuarenta y cuatro
mil trescientos treintay ocho pesos), y las siguientes 8 cuotas por $222.166.-(Doscientos
veintidós mil ciento sesenta y seis pesos), que vencerán elúltimo día hábil de cada mes,
comenzando desde elmes siguiente a aquel en que se hayaefectuado el pagode la primera
cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momentodel pago, de acuerdo con lavariación del
|.P.C., y devengaránintereses conforme a las disposiciones del artículo 53del Código
Tributario.

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TERCERA:El incumplimientodel pago dedos o más cuotas, o cuando exista un atraso
superior a sesenta días corridos enelpago dela última cuotavencida, implicarála inmediata
caducidad del convenio, ytendrá como efectola CLAUSURADEL ESTABLECIMIENTO, y se
considerará la obligación total comodeplazo vencido, pudiendo iniciar el Municipio las acciones
legales pertinentes, según corresponda.
CUARTA: Las cuotasdeberán serpagadasen la TesoreríaMunicipal, en los plazos y fechas
indicados en la cláusula segunda delpresente convenio.
A contar dela segunda cuota,se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha desu pagoefectivo.
QUINTA: Para todoslos efectoslegales derivados del presente convenio, las partes fijan
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y sesometen a lajurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Para su validez, el presente instrumento será sancionado medianteel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SÉPTIMA:En comprobante yen señalde aceptación,firman las partes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igualtenor y fecha, tres quedarán en poder de laMunicipalidad
y uno en poder del contribuyente.
OCTAVA:La personería dedon Danny Herrera Laubscher, para comparecer en
representación de la Municipalidadde Huechuraba, consta en los Decretos Alcaldicios
N*01/1455/2022,de fecha16 de mayodel 2022, y N*01/377/2022, de fecha 14de febrero de
2022.
NOVENA: La personería de da ANDREA ROJAS PEÑA, cédula nacionalde identidad
NMpara representar alaempresaDEL VALLEGESTION INMOBILIARIA SPA,
R.U.T. N”77.026.943-1, consta en certificado deestatuto actualizado emitido por el Registro de
Empresas y Sociedades del Ministeriode Economía Fomentoy Turismo, con 30de marzo del
2026.
e,
ADEI RECITOO)R JEd
PS
ANDREAHSPEÑADANNYHERRERAe
PODIRECTOR
REPRESENTANTELEGALADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Tabla 4 (página 4 (ocr) (texto) · 23 filas)

Huechuraba.
CONVENIODEPAGOYO /2026
En Huechuraba, a15 ABR 20206/, entre la Municipalidad de Huechuraba,
Corporación de Derecho Público, R.U.T. N*%69.255.400-0, representada por su Director de
Administración y Finanzas, don DANNY HERRERALAUBSCHER,MAA
cédula nacional de identidad NM ambos con domicilioen esta ciudad, comuna de
Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La Municipalidad”, por un parte, y por la
otra, la Don/Doña FABIO FERRI HENRIQUEZ, cédula nacional deidentidad INM
con domicilio enMIcomuna deHuechuraba, convienen lo
siguiente:
PRIMERA: Que,FABIO FERRI HENRIQUEZ, declara adeudar al Municipio desde
2"SEMESTRE 2021 AL1"SEMESTRE 2026, la suma de $1.105.681.- (un millón ciento cinco
mil seiscientos ochentay un pesos),por concepto de actividad comercial ejercida en la comuna
de Huechuraba, sin la patente comercial correspondiente.
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto Ley N*3.063, en relación
con los artículos 50 y 192 del CódigoTributario,elcomparecientese obliga a pagar la deuda
señalada en la cláusulaprimera en 5cuotas mensuales. La primeracuota se pagará en el acto
de la firma del presenteconvenio, por un montode$221.141.- (doscientos veintiún mil ciento
cuarenta y un pesos), ylas siguientes 4 cuotas por$221.135.- (doscientos veintiún mil ciento
treinta y cinco pesos), que vencerán el último día hábil de cada mes,comenzando desde el mes
siguiente a aquel en quese haya efectuado el pago de la primera cuota.
Las cuotas seránreajustadasal momentodel pago, de acuerdo con la variación del
|.P.C., y devengarán intereses conforme a lasdisposiciones del artículo 53 del Código
Tributario.

Tabla 5 (página 5 (ocr) (texto) · 24 filas)

TERCERA:Elincumplimiento del pago de dos o máscuotas, o cuando exista un atraso
Decreto Alcaldicio.
superior a sesenta días corridos en el pago de la última cuota vencida, implicarála inmediata
caducidad del convenio, y tendrá como efecto la CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO, y se
considerará la obligación total como de plazo vencido, pudiendo iniciar el Municipiolas acciones
legales pertinentes,según corresponda.
CUARTA: Lascuotas deberán ser pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
indicados en la cláusula segunda del presente convenio.
A contar delasegunda cuota, se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de su pago efectivo.
QUINTA: Paratodos los efectos legales derivados delpresente convenio, las partes fijan
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten ala jurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Parasu validez, el presenteinstrumento serásancionado medianteel respectivo
SÉPTIMA:Encomprobante y en señal de aceptación, firman las partes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenor y fecha, tres quedarán en poder de laMunicipalidad
y uno en poder del contribuyente.
OCTAVA:Lapersonería de donDanny HerreraLaubscher, para comparecer en
representación dela Municipalidad deHuechuraba, consta en los Decretos Alcaldicios
N*01/1455/2022,defecha 16 de mayo del2022, y N*01/377/2022, de fecha 14de febrero de
2022.
Cy
FABIO FERRI HENRIQUEZDANNY HERRERA LA IBSCHER
ODIRECTOR
CONTRIBUYENTEMINISTRACIÓN Y FINANZAS

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Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO ql /2026
16 ABR 2026 /
En Huechuraba,a, entre la Municipalidad de Huechuraba,
Corporación de Derecho Público, R.U.T.N*69.255.400-0, representada por su Director de
Administración y Finanzas, don DANNY HERRERA LAUBSCHER,ME
cédula nacional de identidad N'MNambos con domicilioen esta ciudad, comuna de
Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, enadelante “La Municipalidad”, por un parte, y por la
otra, la empresa SOCIEDAD ZEN LIMITADA/ R.U.T. N*77.913.860-7, representada por don
JORGE ANDRÉS VACCARO MARTÍN, cédula nacional de identidad A Con
domicilio en AV. LIBERTAD N*821, comunade Chillán, convienen losiguiente:
PRIMERA: Que,SOCIEDAD ZEN LIMITADA, declara adeudar al Municipio por concepto
de tributo de patentecomercial, amparada bajo el expediente N*310/18 correspondiente al
/
1” SEMESTRE 2020 AL1” SEMESTRE 2026, la suma de $11.138.228., (once millones ciento
treinta y ocho mil doscientos veintiochopesos).
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto Ley N*3.063, en relación
con los artículos 50 y192 del Código Tributario, el comparecientese obliga a pagar la deuda
señalada en la cláusulaprimera en 4 cuotasmensuales. La primeracuota se pagará en el acto
de la firma del presente convenio, por unmonto de $2.784.560.-(dos millones setecientos
ochenta y cuatro mil quinientos sesenta pesos), y las siguientes 3 cuotas por $2.784.556.- (dos
millones setecientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis pesos), que vencerán el
último día hábil de cada mes, comenzando desde el mes siguiente a aquel en que se haya
efectuado el pago de laprimera cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento del pago, de acuerdo con la variación del
|.P.C., y devengaránintereses conformea las disposiciones del artículo 53 del Código
Tributario.

Tabla 7 (página 7 (ocr) (texto) · 24 filas)

TERCERA: El incumplimiento del pago de dos o máscuotas, o cuando exista un atraso
superior a sesentadías corridosen el pago de la última cuota vencida,implicarála inmediata
caducidad del convenio, y tendrácomo efecto la CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO, y se
considerará la obligación total como de plazo vencido, pudiendo iniciar elMunicipiolas acciones
legales pertinentes,según corresponda.
CUARTA: Lascuotas deberán ser pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
indicados en la cláusula segundadel presente convenio.
A contar de la segunda cuota, se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta lafecha de su pago efectivo.
QUINTA: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes fijan
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten ala jurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Parasu validez, elpresenteinstrumento serásancionadomedianteel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SÉPTIMA: En comprobante y en señal de aceptación, firmanlas partes el presente
convenio en cuatroejemplares deigual tenor y fecha, tres quedarán en poder de laMunicipalidad
y uno en poder delcontribuyente.
OCTAVA: Lapersoneríade donDanny HerreraLaubscher,para comparecer en
representación dela Municipalidad deHuechuraba, consta en losDecretos Alcaldicios
N*01/1455/2022, de fecha 16 demayo del2022, y N*01/377/2022, defecha 14de febrero de
2022.
NOVENA: Lapersonería dedon JORGE ANDRÉS VACCARO MARTÍN, cédula nacional de
identidad NM para representar a la empresaSOCIEDADZEN LIMITADA, R.U.T.
N*77.913.860-7, consta en certificado de vigencia de poderes emitidopor el Conservador de
Bienes Raíces y Archivero Judicialde Chillán, con fecha 27de marzo de2026.