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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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E MUNICIPALIDAD DE
ES Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA MODIFICACION DE
CONVENIO SUSCRITO CON LA
SUBSECRETARÍA DEPREVENCION
DEL DELITO.
HUECHURABA, 10.03.2026
LA ALCALDÍADECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDOPRESENTE: El
Decreto Alcaldicio Exento N*01/2361 de fecha 30.09.2020, que sanciona resolución
aprobatoria delconvenio, ysus posteriores resoluciones sancionadas mediante los
Decretos Alcaldicios Exentos N*s 01/1335, 01/2740, 01/80, 01/2692, 01/3624 y 01/3984 de
fechas 14.05.2021, 05.10.2021, 12.01.2022, 09.09.2022, 19.10.2023 y13.12.2024; la
Resolución Exenta N*2186 defecha 06.11.2025,de la Subsecretaría dePrevención del
Delito; el OficioOrd. N*207 de fecha 06.03.2026, de la Dirección de Seguridad Pública
Comunal; el Oficio Ord. N*767 de fecha 09.03.2026, de Administración Municipal; lo
dispuesto en la Ley N*”18.695,Orgánica Constitucional de Municipalidades y en uso de las
facultades que esta confiere.
DECRETO EXENTO noO 1182812026
SANCIÓNASE la modificación del
proyecto CódigoBP20-IL-0001 en el marco delconvenio de transferencia de recursos,
suscrito entre laSubsecretaríade Prevención delDelito y la Municipalidadde Huechuraba,
para la ejecución del componente “Comunidad”del Plan Nacional “Barrios Prioritarios”
año 2020, conforme a lo aprobado la ResoluciónExenta N*2186 de fecha 06.11.2025, de
acuerdo a lo siguiente:
NOMBREO: SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO.
RAZON SOCIAL
CONVENIO: Ejecucióndel componente “Comunidad” del Plan Nacional “Barrios
Prioritarios” año 2020, cuyaresolución aprobatoriafue sancionada
medianteel Decreto Alcaldicio Exento N*01/2361 de fecha
30.09.2020.
MATERIA: Autoriza modificación de proyecto código “BP20-IL-0001”, de la
Municipalidad de Huechuraba, aprobado por la Resolución Exenta
N*1313 del24 de agosto de 2022, de la Subsecretaría de Prevención
del Delito,en el sentido de aumentar el plazo de ejecución según lo
siguiente:
MesesMeses
aprobados inicialmente | totales solicitados
Plazo deejecución30 meses40 meses
Fecha detérmino24-02-202524.12.2025
Se entienden formar parte del presente
Decreto Alcaldicio, todas las cláusulas contempladas en la modificación que se sanciona.

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TRANSCRIBASE
- D.A.F.
- Seguridad
- Interesados
- Central de docu
D.E. N*01/828 de
hecho; ARCHIVES
- Alcaldía
- Admun
- Jurídico
- Control

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: | SubsecretaríaAPRUEBA MODIFICACIÓN DEPROYECTO
¡dePrevenciónCÓDIGO BP20-IL-0001EN ELMARCO DEL
delDelito
CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS SUSCRITO ENTRE LA
SUBSECRETARÍA DEPREVENCIÓN DEL
DELITO Y LAMUNICIPALIDAD — DE
HUECHURABA PARALA EJECUCIÓN DEL
| Gobiemo de Chile
COMPONENTE “COMUNIDAD”DEL PLAN
NACIONAL “BARRIOSPRIORITARIOS”, AÑO
MINISTERIO DE OFICINA DEHACIENDA PARTES2020.[EE
S9
3 Olcina do Partes$
RECIBIDORESOLUCIÓN EXENTAN* 2 18 6TOTALMENTE5!
TRAMITADO. ¿)!
4
SANTIAGO, 06 NOV 2025e
MINISTERIO DEHACIENDA
OFICINA DEPARTES
VISTOS: Los antecedentes adjuntosy lo dispuesto
RECEPCIÓNen el artículo 24 del D.F.L. N*1/19.653,del 2000, del
DEPART.Ministerio Secretaría General de laPresidencia, que
JURÍDICOfija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N*18.575, Orgánica Constitucional de Bases
DEP. T.R.
Generales de la Administración del Estado; la Ley
Y REGISTRO
N*21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública;
DEPART.
la Resolución Exenta N*686, de 31 de marzo de 2025,
CONTABIL.
que establece nuevo organigrama de laSubsecretaría
SUB. DEP
de Prevención del Delito;la Resolución Exenta N*1064
C. CENTRAL
del 18 de agosto de 2020, que aprueba convenio de
SUB. DEP.
transferencia de recursos que indica, modificado por
E, CUENTAS
Resolución Exenta N*386 de 06 demayo de 2021 y
SUB. DEP.Resolución Exenta N*1306 de 21denoviembre de
CP, Y2021; la Resolución Exenta N*1313del24 de agosto
BIENES NAC.del 2022, que aprueba proyecto queindica, modificado
DEPART.por Resolución Exenta N*2615 del13de octubre de
AUDITORIA2023 y Resolución Exenta N*2885 de 02de diciembre
DEPART.de 2024; todas estasde la Subsecretaría de
V:O:P..U. YT.Prevención del Delito; laResoluciónN*36 de 2024 de
SUB. DEP.la Contraloría General de la República,que trata del
MUNICIPtrámite de Toma de Razón, y,
CONSIDERANDO:
REFRENDACIÓN
1) Que, de conformidad alo previstoenel artículo 19
REF. POR $
de la Ley N*21.730,que creaelMinisterio de
IMPUTAC.
Seguridad Pública, corresponde a laSubsecretaría de
ANOT. POR $
Prevención del Delito serelórgano de
IMPUTAC.
colaboración inmediatadel Ministrode Seguridad
Pública en todas aquellasmaterias relacio
DEDUC. DTO.nadas con la
elaboración, coordinación, ejecuciónyevaluación de
ENEb:políticas públicas destinadas a promoverla seguridad,
/la prevención y reducción del delito, aldesarrollo de
DI/G STRIBUCIAcapacidades y al ejercicio delas facultades
1.Municipalidad de Huechuregulatorias respecto delas entidades públicas o
2. 3.División Jurídica y Legi División de Administracslativa. ión, Finprivadas que cumplanrolescoadyuvantes o
Personas.complementarios de la seguridad pública.
4. División de DesarrolloTerritorial.
5.Departamento de Auditoría Interna.
6. Partes y Archivo.

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2) Que, asimismo, tiene a su cargo la gestión de la totalidad de losPlanes y Programas del
Ministerio de Seguridad Pública en relación con la promoción de la seguridad, la prevención
y reducción del delito,el desarrollo de capacidades yel ejercicio defacultadesregulatorias
respecto de las entidades públicas o privadasque cumplanroles coadyuvantes oO
complementarios de la seguridad pública, debiendovelar por la coherencia delos planes y
programas que los demás ministerios desarrollenen este ámbito, para lo cual podrá
establecer instanciasde coordinación interministeriale interinstitucional, en lasmaterias de
su competencia.
3) Que, de acuerdo con a lo establecido enel artículo segundo yséptimo transitorio de la
Ley N*21.730 el Ministerio de Seguridad Pública será el sucesor sinsolución de
continuidad, para todos los efectos legales,reglamentarios y contractuales, del Ministerio
del Interior y Seguridad Pública, respectode las atribuciones deeste último que fueren
asignadas en virtudde esta ley al primero. Lo anterior será aplicable también, a toda
mención que se haga en leyes, reglamentos u otras normas alMinisteriodel Interior y
Seguridad Pública,sus Subsecretaríasy reparticiones enmaterias,atribuciones,
competencias o facultades que de acuerdo con la ley se radiquen en elMinisterio de
Seguridad Pública, ysus Subsecretarías o reparticiones, se entenderán transferidas a éste
en su condición de sucesor legal.
4) Que, la Subsecretaría de Prevención del Delitoy la Municipalidad deHuechuraba
suscribieron un convenio en virtud del cual la primera comprometió la transferencia de
recursos presupuestarios a la segunda, para que-con cargo a los mismos- esta última
n= A“Barrios Prioritarios” año 2020, el que fue aprobado por Resolución
Exenta" N*1064 del18 de agosto de2020, de este origen.--Dicho conveni e
posteriormente modificado por ResoluExenta N*386 de 06 de mayode "2021 y
Resolución Exenta N*1306 de 12 de noviembre 88321, ambos de mismo origen.
Pe
5) Que, en ejecucióndel convenio antaes indicado,Resolución Exenta N*1313 del 24 de
agosto de 2022 se aprobó el proyecto BP20-IL-0001 presentadopor la Municipalidad. El
mencionado cdiMc lat jilnEE _Ocasiones por Resolución
Exenta-N"2615 de 13 de octubre de 2023"y porResolución Exenta N*2885>de 02-de
diciembre de 2024, que extendió su plazo de ejecución hasta-el24-de febrerode-2025.
6) Que, posteriormente, por medio de oficio N”2050/33/2025 de29 de enero de 2025,
ingresado en la Oficina de Partes de esta Subsecretaría en día 13de marzo de mismo año,
la Municipalidad deHuechuraba solicitó una modificación de proyecto paraextender el
plazo de ejecución del mismo por las razones contenidas en la Ficha de Modificación que
más adelante se inserta. La solicitud se justifica enla existencia de saldos restantes en la
ejecución de dos previas licitaciones para la ejecución del proyecto, siendonecesario un
tiempo adicional parautilizar los saldos existentes eincorporar nuevos proyectores LED al
proyecto, lo que a suvez requiere la realización deun nuevo proceso licitatorio.
7) Que, es necesarioindicar que la solicitud de proyecto fue ingresada porel municipio
fuera del plazo establecido en el conveniomarcopara ello y que los plazos solicitados
superan el 75% delprevisto inicialmente.Por estas razones, lasolicitud fue sometida a
evaluación por parte del Comité Especial establecidoen la cláusuladécimo tercera de dicho
convenio. Como consta en acta de mes dejulio delmencionado comité, esteha accedido
extraordinariamentey con efecto retroactivo a lasolicitud de laMunicipalidad, por ser
necesaria para la efectiva utilización de los recursosy permitir la ampliación del proyecto, y
teniendo en consideración que el proyecto cuenta actualmente conun 93,1%de ejecución
presupuestaria segúnSISRE, lo que demuestra unavance real yefectivo enla ejecución
del proyecto.
8) Que, conforme a loanterior, y como da cuenta elMemorándumN*384 de04 de agosto
de 2025 y los antecedentes adjuntos almismo,incluida el Acta de Comité Especial
mencionada y lo indicado por minuta de Unidad deSeguimientoy Control, la División de
Desarrollo Territorialde esta institución ha estimado pertinenteacceder ala solicitud
municipal, y en tal virtud ha solicitado su formalización.
9) Que, con todo, corresponde señalar queel convenio indicadoen la cláusula 5* de la
presente resolución regula en su cláusuladécimotercera una materia sobre la cual es

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necesario referirseen el presente acto administrativo, enrelación con las modificaciones a
los proyectos:
“DÉCIMO TERCERO: Modificaciones a los proyectos: Los proyectos aprobados por la
Subsecretaría en virtud de este Convenio no admitiráncambiosde tipología ni de otros
aspectos esenciales y/o de aquelloscuya relevancia signifique, endefinitiva,un cambio de
proyecto.
Excepcionalmente,se permitirá -por una solavez- modificar elplazo deejecución del
Proyecto o realizarajustes a su presupuesto enlos términos queenseguida se indican y
previa solicitud formal del Municipio,quien deberá adjuntar al OficioPetitorioy debidamente
firmado un documento denominado“Ficha Modificatoria de Proyecto”, cuyo formato se
adjunta al final deeste instrumento. Lo anterior, sin perjuicio de lafacultad de la
Subsecretaría paracalificar la pertinencia de la peticiónde modificación, quedando a salvo
el derecho de éstaa negarse a tal solicitud por razonesfundadas.
Una vez validada lasolicitud, la Jefatura de la División de Gestión Territorial,actuando “Por
orden de la Subsecretaria” estampará su firma en la aludida“Ficha Modificatoria de
Proyecto”, la que deberá insertarseen el acto administrativo queapruebela modificación
respectiva y que será parte esencialdel mismo.
Toda solicitud de modificación deberá realizarsecon a lo menos un mes de anticipación
a la fecha de término de ejecucióndel proyecto y seajustará alo siguiente:
a) Modificación de plazo de Proyecto: Sólose aceptarán solicitudes demodificaciones
por un mínimo de 3 meses y como máximo un plazo que no represente un porcentaje
superior al75% del previstoinicialmentepara ejecutar el proyecto.
Con todo, en ningún caso se podrá extenderel plazo de un proyecto más allá
del plazo de duración de este Convenio de transferencia de recursos.
b) Modificación Presupuestaria: Sólo se aceptarán solicitudesde ajuste de
presupuesto que superen el10% del monto totaltransferido por la Subsecretaría.
En situacionesexcepcionalesse podráevaluarla factibilidad deuna segunda
modificación y/oconsiderar solicitudes de modificación que no se ajustena los referidos
plazos y ajustede presupuestoantes mencionados. En tal caso, deberá constituirse
previamente unComité Especiala cargo deevaluartales casos de excepción, los que,
en todo caso, deberán tener su origen en:
a) Casofortuito;
b) Fuerza mayor;
c) Situaciones extraordinarias debidamente calificadas, noimputables a
entidad y en los que se encuentreacreditada la diligencia deesta última y q
influyan en la ejecución normal del proyecto.
Cualquier solicitud que no se ajuste a lo señalado será rechazada de plano.”
10) Que, en relación con el considerando anterior, es necesario señalar que, como se ha
mencionado, el proyecto ya ha sidomodificadoen dosocasiones.Con todo, atendido: (1)
que, en virtud de lodispuesto en elconvenio, laSubsecretaría tiene la obligación de velar
por la correcta ejecución del mismo; (2) que,el proyecto ha continuadoen ejecución
efectiva (actualmente con un 93,1% de ejecución presupuestaria)atendidas las
modificaciones queextendían los plazos del mismo solicitadas en forma previa a la que
actualmente se presenta, en que participa la voluntadde ambaspartes; (3) que, el área
técnica de esta Subsecretaría, mediante minutade la Unidad de Seguimiento y Control y el
memorándum antedicho, ha validado técnicamente la solicitud demodificación, validación
que ha sido aprobada por el ComitéEspecial mencionado en la yacitada cláusula décimo
tercera del convenio; (4) que, conforme se expuso, lanueva solicitud de modificación se
hizo necesaria atendido el actual estado de ejecución del proyecto,y que setrataría de una
cuestión excepcional en que los principios de eficiencia,eficacia yeconomicidad - a fin de
posibilitar el total eíntegro cumplimiento de losobjetivos pactados-, priman por sobre la
literalidad del contenido de la cláusula cuyo incumplimiento se reprocha (aplica análisis del
dictamen N*E106405 de 2021, dela Contraloría General de laRepública), y a mayor

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abundamiento,que seha resguardado del correcto uso delos recursos públicos, es que
esta Subsecretaría considera pertinente accedera la solicitud de extensión.
11) Que, correspondehacer presente que mediante ResoluciónExenta N*686, de 31 de
marzo de 2025, de laSubsecretaría de Prevención delDelito, se estableció nuevo
organigrama de la Subsecretaría,creándose la nueva Divisiónde Desarrollo Territorial
quien tiene bajo su gestión los convenios de Barrios Prioritarios/Somos Barrio,que estaban
bajo la competencia dela ahora extinta Divisiónde Gestión Territorial.
12) Que, en tal virtudde todo loanterior y con el objetode formalizar lamodificación
requerida, en este actopor tanto:
RESUELVO:
l: Autorícesemodificación de proyecto código“BP20-IL-0001”,de la Municipalidad de
Huechuraba, aprobadopor Resolución ExentaN*1313 del 24 deagosto de 2022, de este
origen.
ll: La modificación a la que se refiere el resuelvoprecedente,se contiene en una Ficha en la
cual consta lafirma dela Jefaturade la División de GestiónTerritorial (ahora,División de
Desarrollo Territorial) dela Subsecretaría de Prevención del Delito yde la Autoridad Municipal
solicitante; la que en este acto se aprueba y cuyo contenido,en tanto esencial,se entiende
formar parte deeste instrumento y,por ende, seinserta a continuación:

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Subsecretaria|
|Resolución Exenta N*2885 02/12/2024
de Prevención:N* FICHA|
get Delito,
io.48-3
[ESSFECHA=S|
29-01-2025|
FICHA MODIFICACIÓN PROYECTOCÓDIGO: BP20-IL-0001
PROGRAMA SOMOS BARRIOPRIORITARIO 2020
1. REGIÓN:Metropolitana
ppa ” co-.
2. MUNICIPALIDAD: Huechuraba
¡ 1]y
3.ACTO ADMINISTRATIVO QUE APRUEBA CONVENIO MARCO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS |
|SUSCRITOENTRE LA SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y LAMUNICIPALIDAD,QUE
ESTABLECE LAS OBLIGACIONES DE CADAPARTE Y ESTABLECE EL MONTO TOTAL DELoS. |
RECURSOS QUE SE TRANSFIEREN Y TODASSUS MODIFICACIONES:
a) Aprobación de convenio marco: ResoluciónExenta N” 1064 de 18/08/2020
b) Modificaciones al convenio marco:
Resolución Exenta N*38606/05/2021
Resolución Exenta N*130612/11/2021
AsPe==A1
4.ACTO ADMINISTRATIVO QUE APRUEBA PROYECTO Y TODAS SUS MODIFICACIONES:
a) Aprobación proyecto: Resolución Exenta N*1313 de 24/08/2022
b) Modificaciones al proyecto:
|Resolución Exenta N*2615 de 13/10/2023
5. MODIFICACIONES SOLICITADAS: (marcar con una x)
a) Cambioen el plazo de ejecución del proyecto __X
b) Cambioen la Tabla Presupuestaria señalada enel proyecto
A AA A
e=ES==E|
6. FUNDAMENTO Y DESCRIPCIÓN DE MODIFICACIÓN SOLICITADA:
Requerimiento de modificación de plazos:
1) PROCEDENCIA PETICIÓN
A) Individualice el Oficio ordinario (para elcasode las municipalidades) o carta (para elcaso
de las entidades privadas) con la que hicieronllegar la presente solicitud de modificación;

Tabla 8 (página 8 (ocr) (texto) · 24 filas)

- Oficio Ordinario N” 2050/33/2025
2) JUSTIFICACION Y DESCRIPCIONDE LA MODIFICACIONSOLICITADA.
El proyecto fue licitado en MercadoPúblico a través deID N*2793-3-1P2 “Mejoramiento de
Alumbrado Público en Jorge Inostroza Norte-Orlente”y debido a que el monto ofertadoen el primer
proceso de licitación correspondía a $67.573.613, el cual eramenor al monto asociado al proyecto
($105.081.741), esque el municipio elaboró y solicitóuna modificación técnica parala utilización del
saldo disponiblecorrespondiente al ítem de infraestructura. Parala utilización de lo descrito
anteriormente sepropusieron nuevas zonas de intervenciónpara la instalación deluminarias, para
lo cual se realizó una nueva licitación utilizando el saldo disponible.
En esa oportunidad se realizó una segunda licitación para continuar con los puntosdeintervención,
el cual resultó adjudicado con un monto de $26.380.246, continuando por debajodelmonto total
asociado al proyecto. Por esta razón, se solicita nuevamente ampliación de plazo ymodificación
presupuestaria, para utilizar los saldos eincorporar 14 nuevosproyectores LED,
La situación descrita influyó directamente en los plazos de ejecucióndel proyectoy debido a esto y
acorde a los procesos administrativos, es que se solicitó unanueva ampliación deplazo de la fecha
de término de ejecución 24/05/2024 al04/02/2025 (ampliación de 9meses) de ejecución.
Este último proceso de solicitud demoró más de4 meses en ser tramitadaporparte de la
Subsecretaría dePrevención del Delito,ya que al seruna segunda modificación deproyecto debió
pasar por Comité Especial y tomó más del tiempo necesario. Debido aello, la ejecuciónde los nuevos
puntos a intervenir, no se logrará efectuar dentro delplazo esperado. Es por estoque, solicitamos
-una nueva ampliación, con el propósitode contar conun margen detiempo adecuadopara llevar a
'cabo todos los procesos administrativosrelacionadoscon unanueva licitación. Es crucial contar con
este periodo adicional para garantizar lacorrecta ejecución delas obras. Se solicita el plazo adicional
-de 10 meses, teniendo en consideraciónque la presente modificacióntambién irá aComité Especial,
'razón por la cual se aumenta el tiempode espera parapoderejecutarla obra.

Tabla 9 (página 9 (ocr) (texto) · 16 filas)

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"POR ORDEN DE LASUBSECRETARIA DE
DREVENCIÓNDEL DELITO”.
lll: Mandátase ala Oficina de Partes deesta Institución para que—unavez totalm
tramitado el presente acto administrativo- realice las diligencias pertinentespara que
copia de este seincorpore al legajo correspondiente a la por Resolución Exenta N*1 313
24 de agosto de2022, de este origen.
- ANÓTESE YCOMUNÍQUESE
ÁLVAREZ-SALAMANCA
EPREVENCIÓN DEL DELITO