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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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> SHEuCReETcARhÍuArMUaNIbCIaPA.L
- Interesados
- Admun
- Control
- D.A.F.
SANCIONA CONVENIOS DE PAGO
SUSCRITOS CON LASPERSONAS Y/O
EMPRESAS QUE SE INDICAN.
HUECHURABA, 16.03.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDOPRESENTE: Las
Ordenes de IngresoMunicipal Folios N%s508, 527, 528, 897 y 912, de fechas 05.02.2026 y
12.02.2026; las solicitudes de los contribuyentes de fechas 03.02.2026, 04.02.2026, 10.02.2026
y 12.02.2026; los Convenios de Pago N*s07, 08,15 y 16 de fechas 05.02.2026 y 12.02.2026;
el Oficio Ord. N*1285de fecha 13.03.2026, de la Dirección de Administración y Finanzas; la
Ordenanza MunicipalN*%19 de fecha 19.01.2026, sobre cobranzas de deudores morosos; lo
dispuesto en la LeyN*18.695, OrgánicaConstitucional de Municipalidades; en uso de las
facultades que éstaconfiere y los Decretos Alcaldicios Exentos N%s 01/377 y 01/1455 de
fechas 14.02.2022 y16.05.2022, que delegan elejercicio de funciones exclusivas de Alcaldía
en el Administrador Municipal:
DECRETO EXENTO N*01/904/2026
SANCIÓNANSE los Convenios de Pago
adjuntos al presenteDecreto Alcaldicio,suscritos con las personas y/o empresas que se
individualizan a continuación:
MONTO DEL| Y4UTM
o | FECHA NOMBRE O N* RUTOC.ROL/N?
N” [CONVENIO|RAZÓN SOCIAL [DE IDENTIDADIEXPEDIENTE.. PERIODO A¡Hed NO ER
07 [05.02.2026 [Centro Médico 76.256.675-32502312” semestre de 2022 | 2.214.435.--—— 07
Doclaop S.P.A.,al 1” semestre de
Representada por2026
Luis OlivaPeña | 07.470.453-0
08 [05.02.2026 María Avilés Valle| 09.619.526-52101781” semestre de 2026| 61.006.-17.403.- 03
15 |12.02.2026 [Rosa Campos 09.499.225-7280972|2” semestre de 2025| 105.259.---- 05
Lavadosal 1? semestre de
2026
16 |12.02.2026 ¡Ruth Gutiérrez 09.901.132-7281405|1” semestre de 2026| 78.581—— 05
Aguilera
Son parte integrante de este Decreto todas
las cláusulas contempladas en los Convenios que se sancionan.
ANÓTESE,COMUNÍQUESE
ASE elpresente DecretoAlcaldicio a los departamentos m
TARCHIVESE.
GM/DDB/ebs
Control
TRANSCRITO A:
- Alcaldía
- Jurídico
- Central de documentación Ing. N*1225/

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En Huechuraba a05F EB 2626, entre la Municipalidad de
Huechuraba, Corporaciónde Derecho Público, R.U.T.N*69.255.400-0, representada por
su Directora (s) de Administración y Finanzas, JULIA TIHISTA SÁNCHEZ, chilena, casada,
Administrador Público, cédula nacional de identidad N*10.851.570-8, ambos con domicilio
en esta ciudad,comuna de Huechuraba,calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La
Municipalidad”, por una parte y por otra, laempresa CENTRO MEDICO DOCLAOP SPA,
RUT 76.256.675-3, Jepresentada por LUISOLIVA PEÑA, cédula nacional deidentidad N*
7.470.453-0,/Condomicilioen MONTRI N*7260, SANTAROSA, Huechuraba,convienen lo
siguiente:
PRIMERA:Que CENTRO MEDICO DOCLAOP SPA, declara adeudaral Municipio
por concepto dePatente comercial, rol N”250231 correspondiente desde 2?SEMESTRE
2022 AL 1”? SEMESTRE 2026, la suma de $2.214.435.- (Dos millones doscientos catorce
mil cuatrocientos treinta ycinco pesos).
SEGUNDA:En virtudde lo dispuestoen el art. 62D.L. N* 3063 en relación a los arts.
50 y 192 del Código Tributario, el compareciente se obliga a pagar la deuda señalada en la
cláusula primeraen 7 cuotas mensuales, laprimera delas cuales se pagará en el acto de
la firma de esteconvenio,por el valor de$442.893.-(Cuatrocientos cuarenta y dos mil
ochocientos noventa y trespesos), y las siguientes 6cuotas de $295.257.-(Doscientos
noventa y cinco mil doscientos cincuenta y siete pesos),que vencerán el últimodía hábil de
cada mes a contar del messiguiente a aquelen que sepague la primera cuota.
Las cuotasserán reajustadas al momento del pago según la variación del |.P.C.
e interés en conformidada las normas del artículo 53 del Código Tributario y multas
del Art. 17 Ord N* 19.

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TERCERA:Elincumplimiento delpago deuna de las cuotas, tendráncomo efecto la
CLAUSURA DELESTABLECIMIENTO,y se considerará la obligación totalcomo de plazo
vencido, pudiendo iniciar el Municipio las acciones legales pertinentes, segúncorresponda.
CUARTA: Lascuotas serán pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar delasegunda cuota se devengarán los reajustes eintereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de su pago efectivo y elno pago oportunode algunade las cuotas
devengará ademáslas multas establecidas en laOrdenanzaN*19.
QUINTA: Paratodos los efectos legales derivados delpresente convenio las partes
fijan domicilio enlaciudad y comuna de Santiago y se sometena la jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Parasu validez el presente instrumento serásancionado porel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA:Encomprobante y enseñal deaceptaciónfirman las partes el presente
convenio en cuatroejemplares de igual tenory fecha, tres quedarán enpoder de la
Municipalidad y unoen poder del contribuyente.
OCTAVA: Lapersonería de doñaJulia Tihista Sánchez, para subrogara don Danny
Herrera Laubscher,Director de Administracióny Finanzas,consta en Decreto Exento
N*01/362 de fecha 10 de febrero 2025.
NOVENA:Lapersonería de donLUIS OLIVA PEÑA,cédula nacionalde identidad
N*7.470.453-0, pararepresentar a la empresa CENTRO MEDICODOCLAOP SPA, R.U.T.
N*76.256.675-3,consta en registro de comerciode Santiagoemitido por elConservador
de Bienes Raíces de Santiago, con fecha 04 defebrero de2026.

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En Huechuraba a05 FEB 20264, entre la Municipalidad de
Huechuraba, Corporación deDerecho Público, R.U.T.N*69.255.400-0, representada por
su Directora (s) deAdministración y Finanzas,JULIA TIHISTA SÁNCHEZ,chilena, casada,
Administrador Público, cédulanacional deidentidad N*10.851.570-8, ambos con domicilio
en esta ciudad,comuna deHuechuraba,calle PremioNobel N*5555, en adelante “La
Municipalidad”, por unapartey por la otra la Sra. MARÍAAVILÉS VALLE,cédula nacional
de identidad 9.619.526-5 adomicilio en JORGEINOSTROZA N*5881, Huechuraba,
convienen lo siguiente:
PRIMERA:Que MARÍAAVILÉS VALLE, declara adeudar al Municipio por concepto
de Faena,rol N*210178 ón al1?SEMESTRE 2026, la suma de
$61.006.- (Sesenta y un milseis pesos).Además, cancela el Y de UTMcorrespondiente
al 1? SEMESTRE 2026porla suma de$17.403. (Diecisiete mil cuatrocientos tres
pesos).
SEGUNDA:En virtud de lo dispuestoenel art. 62D.L. N* 3063 en relación a los arts.
50 y 192 del Código Tributario, el compareciente se obligaa pagar la deuda señalada en la
cláusula primeraen 3 cuotas,la primera delas cualessepagará en el acto de la firma de
este convenio, por el valor de$20.338.4 (Veinte mil trescientos treintay ocho pesos),
y las siguientes2 cuotas de$20.334.- JPeinte mil trescientos treinta ycuatro pesos),
que vencerán el último día hábil de cada mesa contardelmes siguiente aaquel en que se
pague la primeracuota.
Las cuotasseránreajustadas al momento delpago según la variación del I.P.C.
e interés en conformidad alas normas delartículo53del Código Tributario y multas
del Art. 17 Ord N* 19,

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TERCERA:Elincumplimiento delpago de una de las cuotas,tendrán como efecto la
CLAUSURADELESTABLECIMIENTO,y se considerarála obligación total como de plazo
vencido, pudiendo iniciar el Municipio lasacciones legalespertinentes, segúncorresponda.
CUARTA: Lascuotas serán pagadas en la TesoreríaMunicipal,en los plazos y fechas
señaladas enla cláusula segunda de este convenio.
A contar delasegunda cuota se devengarán los reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de su pago efectivo y el no pagooportuno de algunade las cuotas
devengará ademáslas multas establecidas en la Ordenanza N*19.
QUINTA: Paratodos los efectos legales derivadosdel presente convenio las partes
fijan domicilio enlaciudad y comuna de Santiago y sesometen ala jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Parasu validez el presente instrumento será sancionado porel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA:Encomprobante y enseñal de aceptación firmanlas partes el presente
convenio encuatroejemplares de igual tenor y fecha,tres quedarán enpoder de la
Municipalidad y unoen poder del contribuyente.
OCTAVA: Lapersonería de doñaJulia Tihista Sánchez, parasubrogara don Danny
Herrera Laubscher,Director de Administración y Finanzas, consta en Decreto Exento
N*01/362 defecha 10 de febrero 2025.
MARÍAAVILÉS VALLE
9.619.526-5
CONTRIBUYENTEADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

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DIRECCIÓN
ei
Huechuraba.
CONVENIODEPAGO/S /2026
En Huechuraba a12FEB 2026/, entrela Municipalidad de
Huechuraba, Corporación de Derecho Público,R.U.T.N*69.255.400-0,representada por
su Directora (s) de Administración yFinanzas, JULIA TIHISTA SÁNCHEZ,chilena, casada,
Administrador Público,cédula nacional de identidad N*10.851.570-8, ambos condomicilio
en esta ciudad, comuna de Huechuraba, callePremio Nobel N*5555,en adelante, “La
Municipalidad”, por una parte y por la otra la Sra. ROSA CAMPOS LAVADOS, ¿édula
nacional de identidadN*9.499.225-7/ con domicilioen LASPETUNIASN*5971-4,
Huechuraba, convienenlo siguiente:
PRIMERA: QueROSA CAMPOS LAVADOS,declara adeudaral Municipio por
concepto de Patente MICROEMPRESA FAMILIAR, rol N*280972 correspondiente al 2?
SEMESTRE 2025 AL1? SEMESTRE 2026, lasumade $105.259, (Cientocinco mil
doscientos cincuentay nueve pesos).
SEGUNDA: En virtud de lo dispuesto en elart. 62D.L. N* 3063 en relacióna los arts.
50 y 192 del Código Tributario, el comparecientese obliga a pagarla deuda señalada en la
cláusula primera en 5 cuotas mensuales, la pelmerydslas cualesse pagará enel acto de
lafirma de este convenio, por el valor de $21.063.- (Veintiún mil sesenta ytres pesos), y las
siguientes 4 cuotas de$21.049. Veintin mil cuarentay nuevepesos),que vencerán el
último día hábil de cadames a contar del mes siguientea aquel enque sepaguela primera
cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento del pago según la variacióndel I.P.C.
einterés en conformidad a las normas del artículo 53 del Código Tributario.

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TERCERA: El incumplimiento del pago dedos o máscuotas, o cuandoexista un
atraso superior a sesenta díascorridos en el pago de la última cuota vencida, implicará la
inmediata caducidad del convenio, y tendrá como efecto la CLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO, y se considerará la obligación total como de plazo vencido,pudiendo
iniciar el Municipio las accioneslegales pertinentes, según corresponda.
CUARTA: Las cuotas serán pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar de la segunda cuota se devengaránlos reajustes e intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Para todos losefectos legales derivados delpresente conveniolas partes
fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Para su validezel presente instrumento serásancionado por elrespectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA: En comprobante y en señal deaceptaciónfirman las partes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenory fecha, tres quedarán en poder de la
Municipalidad y uno en poder del contribuyente.
OCTAVA: La personeríade doña Julia Tihista Sánchez, para subrogar a don Danny
Herrera Laubscher, Director de Administracióny Finanzas,consta en Decreto Exento
N*01/362 de fecha 10 de febrero 2025.
ROSA CAMPOSaA
DIREC”C 7
SÁNCHEZ
9.499.225-7
CONTRIBUYENTEADMINIS

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En Huechuraba a12 FEB20267 , entre la Municipalidad de
Huechuraba, Corporación deDerecho Público, R.U.T. N*69.255.400-0, representada por
su Directora (s)de Administración y Finanzas, JULIATIHISTA SÁNCHEZ, chilena, casada,
Administrador Público,cédulanacional deidentidadN*10.851.570-8, amboscon domicilio
en esta ciudad,comuna deHuechuraba,calle Premio Nobel N*5555, enadelante “La
Municipalidad”,por una partey por la otrala Sra. RUTH GUTIÉRREZ AGUILERA /cédula
nacional de identidad N*9.901.132-7 _g6n domicilio enLOS POMELOS N*766,Huechuraba,
convienen lo siguiente:
PRIMERA: QueRUTHGUTIÉRREZAGUILERA, declara adeudar al Municipio por
concepto de PatenteMICROEMPRESA FAMILIAR,rol N*281405 correspondiente al 1?
SEMESTRE 2026, lasuma de $78.581.- (Setenta yocho mil quinientos ochenta y un
pesos), /JE
SEGUNDA: En virtud delo dispuestoen el art.62 D.L. N* 3063 en relación a los arts.
50 y 192 del Código Tributario, el compareciente se obliga a pagar la deuda señalada en la
cláusula primera en 5cuotasmensuales, la primerade las cuales se pagaráen el acto de
la firma de esteconvenio, porel valor de $15.721.1 (Quince mil setecientos veintiún pesos),
y las siguientes4 cuotas de$15.715.- (Quince milsetecientos quince)/Quevencerán el
último día hábilde cada mes acontar del mes siguiente a aquel en que se pague la primera
cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento del pago según la variación del |.P.C.
e interés en conformidad alas normas del artículo 53 del Código Tributario.

Tabla 9 (página 9 (ocr) (texto) · 19 filas)

TERCERA: El incumplimiento delpago de dos o más cuotas, o cuandoexista un
atraso superior a sesenta díascorridosen el pago de la últimacuota vencida, implicará la
inmediata caducidad del convenio,y tendrácomo efecto la CLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO, y se considerará la obligacióntotal comode plazo vencido,pudiendo
iniciar el Municipio las accioneslegalespertinentes,según corresponda.
CUARTA: Las cuotas serán pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar de la segunda cuota se devengarán los reajustese intereses sobre el capital
adeudado hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Para todos losefectos legales derivados del presente conveniolas partes
fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiagoy se someten a la jurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Para su validezel presente instrumento será sancionado por elrespectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA: En comprobante y enseñal de aceptación firman las partes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenor y fecha, tresquedarán en poder de la
Municipalidad y uno en poder del contribuyente.
OCTAVA: La personeríade doñaJulia TihistaSánchez, para subrogar a don Danny
Herrera Laubscher, Director de Administración yFinanzas, consta en Decreto Exento
N*01/362 de fecha 10 de febrero 2025.