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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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SS Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA CONVENIOS DE PAGO
SUSCRITOS CON LAS PERSONAS Y/O
EMPRESAS QUE SE INDICAN.
HUECHURABA, 25.05.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDOPRESENTE: Las
Ordenes de Ingreso Municipal Folios N*%s4398 y5170, de fechas 06.03.2026 y 19.03.2026; las
solicitudes de los contribuyentes de fechas 06.03.2026 y 18.03.2026; losConvenios de Pago
N*%s 23 y 29 de fechas 06.03.2026 y 19.03.2026;el Oficio Ord. N*2410 de fecha 20.05.2026,
de la Dirección de Administración y Finanzas; la Ordenanza Municipal N*%19 de fecha
19.01.2026, sobre cobranzasde deudores morosos; lo dispuesto en la LeyN*18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades; en uso de lasfacultades que ésta confiere y los Decretos
Alcaldicios Exentos N%s 01/377 y 01/1455 de fechas 14.02.2022 y 16.05.2022, que delegan el
ejercicio de funciones exclusivas de Alcaldía en el Administrador Municipal:
DECRETO EXENTO N*01/1804/2026
SANCIÓNANSE los Convenios de Pago
adjuntos al presente Decreto Alcaldicio,suscritos con las personas y/o empresas que se
individualizan a continuación:
FECHA NOMBRE ON* RUTOC.ROL/ N*MONTODEL] Y.UTM
N? CONVENIO RAZON SOCIAL/DE EXPEDIENTE PERIODO CONVENIO [CANCELADACUOTA
REPRESENTANTE|IDENTIDAD($)($)
23 |06.03.2026 Inprolec S.A./76.585.700-7 |Sin Patente | 1? semestre 2026 | 41.966.308 ---- 05
Adolfo MejiaMUComercial| Actividad comercial
Cespedesejercida sin patente
Luis CondarcoOcomercial
Donaire
29 |19.03.2026Jorge AntonioMOexo 488/18 | 1* semestre 2026 | 95.201 PE 05
Herrera Valenzuela|
Son parte integrante deeste Decreto todas
las cláusulas contempladas en los Convenios que se sancionan.
ANÓTESE,COMUNÍQUESE,
TRANSCRÍB, SÉ el presente DecretoAlcaldicio a los departamentos municipales e
y hecho, ARCHIVESE.
,
0 j :
URÁN BUSTAMANTE
SECRETARIA MUNICIPAL(S)
GCG/DDB/ebs,
V? B* Control 7
TRANSCRITO A:
- Alcaldía - Jurídico
- Admun - Control
- D.A.F. - Interesados
- Central de documentaciónIng. N*2764/

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Huechuraba.
CONVENIO DEPAGO23/2026
En Huechuraba,a 65 MAR 2026 ,entre la MunicipalidaddeHuechuraba,Corporación
de Derecho Público,R.U.T.N*69.255.400-0,representada por suDirector de Administración y
Finanzas, don DANNYHERRERA LAUBSCHER, MACédulanacional de
identidad NIambos con domicilioen esta ciudad, comunadeHuechuraba,calle Premio
Nobel N*5555, en adelante “LaMunicipalidad”,por un parte,y por la otra, laempresa INPROLEC S.A,
R.U.T. N*76.585.700-7, representada por donADOLFOMEJIA CESPEDES, cédulanacional de
identidad MIN ydon LUIS CONDARCO DONAIRE, cédula nacionalde identidad
A? A on domicilioen AV. DEL PARQUE N*4160 PISO3,comuna deHuechuraba,
convienen lo siguiente:
PRIMERA: Que,INPROLEC S.A, declara adeudar alMunicipio al1?SEMESTRE 2026, la suma
de $41.966.308.- (Cuarentay un millonesnovecientossesenta yseis mil trescientos ocho
pesos), por conceptode actividad comercialejercida en la comuna deHuechuraba, sin la patente
comercial correspondiente.
SEGUNDA: En virtud delo dispuesto enel artículo 62del DecretoLey N*3.063, enrelación con
los artículos 50 y 192 del Código Tributario, elcompareciente se obligaa pagar la deudaseñalada en
la cláusula primera en5 cuotas mensuales. La primera cuota se pagaráen el acto dela firma del
presente convenio, por un monto de $8.393.268.- (Ochomillones trescientos noventa y tres mil
doscientos sesenta yocho pesos), y las siguientes 4 cuotas por$8.393.260.- (Ocho millones
trescientos noventa ytres mildoscientos sesenta pesos),que venceránel último día hábil de cada
mes, comenzando desde el mes siguiente a aquel en quese haya efectuado el pago de la primera
cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento del pago, de acuerdocon la variación del I.P.C.,
y devengarán intereses conforme a las disposiciones del artículo53del Código Tributario.

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TERCERA: Elincumplimiento del pago de dos o más cuotas, o cuando exista unatraso superior
a sesenta días corridos en el pago de la última cuota vencida, implicará la inmediatacaducidad del
convenio, ytendrácomo efecto laCLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO, y seconsiderará la
obligación total comode plazo vencido, pudiendo iniciar el Municipio las acciones legales pertinentes,
según corresponda.
CUARTA: Lascuotas deberánser pagadas en la Tesorería Municipal, en los plazos y fechas
indicados enla cláusula segunda delpresenteconvenio.
A contar de lasegunda cuota, se devengarán los reajustes e interesessobre el capital adeudado
hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Paratodos los efectos legales derivados del presenteconvenio, las partes fijan
domicilio enla ciudad y comuna deSantiagoy se sometena la jurisdicción de susTribunales de
Justicia.
SEXTA: Parasu validez, el presenteinstrumento será sancionado medianteel respectivo
Decreto Alcaldicio.
SÉPTIMA: Encomprobante yen señalde aceptación,firman las partes el presente convenio
en cuatro ejemplares de igual tenory fecha,tres quedaránen poder dela Municipalidad y uno en
poder del contribuyente.
OCTAVA: La personería de don Danny Herrera Laubscher, para comparecer enrepresentación
de la Municipalidadde Huechuraba,consta enlos Decretos Alcaldicios N*01/1455/2022, de fecha 16
de mayo del2022, yN*01/377/2022,de fecha14 de febrero de 2022.
NOVENA: Lapersonería de don ADOLFO MEJIA CESPEDES, cédula nacional de identidad
N' 1;y don LUIS CONDARCO DONAIRE, cédulanacional deidentidadNM
para representar ala empresa INPROLECS.A, R.U.T. N”76.585.700-7,consta encertificado de
registro de comerciode Santiago emitido por elConservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha
02 de marzo2026.
DMINi5,.
po
EA LUISCONDARCO DONAIRE¿> Cy, DANNY¿RRERA LAUBSCHE

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En Huechuraba a9 MAR 2026, entre laMunicipalidad de
Huechuraba, Corporación de Derecho Público, R.U.T. N*69.255.400-0, representada por
su Director deAdministración yFinanzas, DANNY HERRERA LAUBSCHER, |
MMcédula nacional de identidadNM ambos con domicilio en
esta ciudad, comuna de Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en adelante “La
Municipalidad”,por una partey por la otrael Sr. JORGE ANTONIOHERRERA
VALENZUELA,cédula nacionalde identidadNM con domicilio en AV.
OHuechuraba, convienen losiguiente:
PRIMERA:Que JORGE ANTONIO HERRERA VALENZUELA, declaraadeudar al
Municipio por concepto de tributo de patente comercial, amparada bajo elexpediente
N*488/18 correspondiente al 1? SEMESTRE 2026,la suma de $95.201.- (noventa y cinco
mil doscientosun pesos).
SEGUNDA: En virtud de lodispuesto en el art. 62 D.L. N* 3063en relación a los arts.
50 y 192 del Código Tributario, elcompareciente se obliga a pagar ladeuda señalada en la
cláusula primeraen 5 cuotas mensuales, la primera de las cuales sepagará enel acto de
la firma de esteconvenio, por el valor de $19.049.-(diecinueve mil cuarenta y nueve pesos),
y las siguientes4 cuotas de $19.038.- (diecinueve mil treinta y ochopesos), que vencerán
el último día hábil de cada mesa contar del mes siguiente a aquelen que se pague la
primera cuota.
Las cuotas serán reajustadas al momento del pago según la variación del l.P.C.
e interés en conformidad a lasnormas del artículo 53 del CódigoTributario.

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TERCERA: El incumplimiento delpago de dos omás cuotas,o cuandoexista un
atraso superior a sesenta díascorridosen el pago de laúltima cuota vencida, implicará la
inmediata caducidad del convenio,y tendrácomoefecto laCLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO, y se considerará la obligacióntotalcomo de plazo vencido,pudiendo
iniciar el Municipio las accioneslegalespertinentes,según corresponda.
CUARTA: Las cuotas serán pagadas en la Tesorería Municipal, enlos plazos y fechas
señaladas en la cláusula segunda de este convenio.
A contar de la segunda cuota se devengarán los reajustes e intereses sobre el capita!
adeudado hasta la fecha de supago efectivo.
QUINTA: Para todos losefectos legales derivadosdel presenteconveniolas partes
fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiagoy sesometen a lajurisdicción de sus
Tribunales de Justicia.
SEXTA: Para su validezel presente instrumento será sancionado por elrespectivo
Decreto Alcaldicio.
SEPTIMA: En comprobante y enseñal de aceptación firman laspartes el presente
convenio en cuatro ejemplares de igual tenor y fecha,tres quedarán en poder de la
Municipalidad y uno en poder del contribuyente.
OCTAVA: Personería de don Danny Herrera Laubscher, para comparecer en
representación de la Municipalidadde Huechuraba,consta enDecretoAlcaldicio
N*01/1455/2022 de fecha 16 demayo del 2022 y N*01/377de fecha-14de febrero de 2022.
JORGE HERRERA V LENZUELA' Sis 7 DANNY HERRERALAUBSCHER
OA|DIRECTOR