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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Convenios · pdf · documento original ↗

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MUNICIPALIDADDE
Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONACONVENIO DE
COLABORACIONMUNICIPAL
SUSCRITOCON LAMUNICIPALIDAD
DE NATALES.
HUECHURABA, 30.04.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS YTENIENDOPRESENTE: El
conveniode colaboraciónde fecha 23.04.2026; elOficio Ord.N*1412 defecha 29.04.2026,
de Alcaldía; lo dispuestoen laLey N*18.695, Orgánica Constitucional deMunicipalidades y
en uso de las facultades queestaconfiere y en uso de las facultades que esta confiere:
DECRETOEXENTOnoO 1 /1487] 2026
]SANCIÓNASE elConvenio de
colaboración municipaldefecha23 de abril de 2026, suscrito con la entidadque se señala
a continuación:
NOMBRE O RAZÓN:MUNICIPALIDAD DENATALES
SOCIAL
RUT:N*69.250.100-4
REPRESENTANTE—:AnaMayorga Bahamonde
MATERIA:Celebrar un Conveniode Colaboración, relativo a:
1.Compartir experienciasen materiade desarrollo
económico local y de gestión administrativa, financiera,
jurídica, deportey recreación.
2.Potenciar eltrabajo colaborativo deemprendedores
locales, generando instancias de cooperación recíproca en
eventos desarrollados por ambos municipios.
3.Crear estrategias para laintegraciónmunicipalidad -
comunidad, potenciando laoferta turísticay cultural entre
las comunas.
4.Intercambiar experienciasen el ámbitode la cultura,
patrimonio y turismo.
5.Facilitar el intercambio en la elaboraciónde proyectos de
infraestructurayurbanismo.
6.Colaborar conayuda social en caso de emergencias
producidas porcatástrofesdebidamente declaradas.
7.Compartir experiencias en diferentes áreasde los servicios
municipales para potenciarlas buenasprácticas.
)de Seguridad Municipal.

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CONTRAPARTEPara la aplicacióndel presenteconvenio, cada municipio se
TÉCNICAobligará a designaruna contraparte, que, para esteefecto, por
parte de la Municipalidad deHuechuraba,serádon Tarek
Giacaman Mahana,y por parte de la |.Municipalidadde Natales,
será su Directorde DesarrolloComunitario, donSebastián
Lafaurie Rivera, quienes tendrán por objetivo coordinar las
actividades y acciones que se desprenden de la naturaleza del
presente instrumento, las comunicaciones deberán realizarse por
escrito y con tiempoprudente.
TRANSFERENCIAEl presente convenio no involucrará transferencia de recursos
DE RECURSOSentre las partes, conexcepción delo dispuestoen el número 6 de
la cláusula segunda, cuandoprocedierey seencuentre
debidamente justificado.
VIGENCIAEste convenio entrará en vigencia desde la fecha deaprobación
del último acto administrativoquesea sancionado por las
respectivas municipalidades y porun plazo deseis meses, el que
se renovará tácitay sucesivamenteen forma automática por
períodos iguales, sininguna de las partes manifiesta su intención
de ponerle términopor escrito, dada con a lomenos30 días de
anticipación a la fecha de expiración del presente Convenio o de
sus respectivas prórrogas.
Se entienden formar parte delpresente
Decreto Alcaldicio, todaslas cláusulas contempladas en elconvenio decolaboración que
se sanciona.
ANÓTESE,COMUNÍQUESE,
DISTRIBÚYASE el presente Decreto Alcaldicio a los departamentos municipalesy, hecho;
ARCHIVESE.
|
[MALUKSIC LEDERER
S ALCALDE DE HUECHURABA
vo Conta,
V* B* Control
TRANSCRITO
- Alcaldía
- Admun
- Control
- Jurídico
- D.A.F.
- Interesados
- Central de documentación Ing. N*2251/
D.E. N*01/1487 de fecha30.04.2026

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y Y Huechuraba.
12 Natales
Puede más=<
CONVENIO DE COLABORACIÓN MUNICIPAL
ENTRE
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
E
I, MUNICIPALIDADDE NATALES
En Santiago a 23deabril de 2026, la Municipalidad de Huechuraba, persona jurídica
de derecho públicodel giro de su denominación, RUT N* 69.255.400-0,representada
por su Alcalde, donMAXIMILIANOLUKSIC LEDERER, domiciliado enPremio Nobel
N* 5555, comunadeHuechuraba, yla I. Municipalidad de Natales, persona jurídica de
derecho públicodelgiro de su denominación,RUT N* 69.250.100-4, representada por
su alcaldesa, doña ANA MAYORGABAHAMONDE, domiciliada en calle Bories N* 398,
comuna de Natales,Provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica
Chilena, se ha acordado celebrar elsiguiente Convenio de Colaboración.
PRIMERO: Quelas municipalidades son corporaciones autónomasde derecho
público, con personalidad jurídicay patrimonio propio, cuya finalidades satisfacer
las necesidadesdela comunidad local y asegurar su participación enel progreso
económico, social ycultural de las respectivascomunas.
SEGUNDO: Quedeacuerdo a lo dispuesto en el Art. 8” de la Ley 18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidades,los municipios pueden suscribir convenios con
otros órganos delaadministracióndel Estadopara el cumplimiento delas funciones
establecidas enlosartículos 3” y4” del citado texto legal, circunstancia además
concordante conelprincipio de coordinaciónentre los órganos públicos consagrado
en el Art 3” inciso2* de la Ley 18.575 queEstablece las Bases Generales de la
Administración delEstado. En virtud de ello,la Municipalidad de Huechuraba y la 1.
Municipalidad deNatales, vienen encelebrar un Convenio de Colaboración, relativo a:
1. Compartir experiencias en materia de desarrollo económico localy de gestión
administrativa, financiera, jurídica,deporte yrecreación.
2. Potenciar el trabajo colaborativode emprendedores locales, generando instancias
de cooperaciónrecíproca en eventos desarrollados por ambos municipios, que les
permitan exponer sus productos.
3. Crear estrategiaspara la integración municipalidad - comunidad, potenciando y
poniendo a disposición la oferta turística y cultural entre las comunas, dirigidas a JJVV
y demás Organizaciones Comunitarias, así como también las de interés público en
general.

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A Huechuraba.51 Natales
Puede más= | Ciudadorar Todos
4. Intercambiar experienciasen el ámbito de la cultura,patrimonio y turismo.
5. Facilitar el intercambioen la elaboración de proyectos de infraestructura y
urbanismo.
6. Colaborarcon ayuda social en casode emergencias producidas porcatástrofes
debidamentedeclaradas porla autoridad competente.
7, En general,compartir experiencias endiferentes áreas de los serviciosmunicipales
que permitanpotenciar lasbuenas prácticas en materias de administración, gestión,
control y todas aquellas necesarias parael cumplimiento de sus fines.
8. Compartirexperiencias, estrategias yavances en materia de SeguridadMunicipal.
TERCERO: Para la aplicación del presente convenio,cada municipio se obligará a
designar unacontraparte, que, para este efecto, por parte de la Municipalidad de
Huechuraba,será don TarekGiacamanMahana, y por parte de la I. Municipalidad de
Natales, serásu Director deDesarrolloComunitario, don Sebastián Lafaurie Rivera,
quienes tendrán por objetivo coordinarlas actividadesy acciones que sedesprenden
de la naturaleza del presenteinstrumento, las comunicaciones deberán realizarse por
escrito y contiempo prudente. El presente convenio noinvolucrará transferencia de
recursos entre las partes, con excepciónde lo dispuestoen el número 6 de la cláusula
segunda, cuando procedierey se encuentre debidamente justificado.
CUARTO: Este convenio entrará en vigencia desde la fecha de aprobación del último
acto administrativo que seasancionadopor las respectivas municipalidades y por un
plazo de seismeses, el quese renovarátácita y sucesivamente en formaautomática
por períodosiguales, si ninguna de laspartes manifiesta su intenciónde ponerle
término porescrito, dadacon a lo menos 30 días de anticipación ala fecha de
expiración delpresente Convenio o de sus respectivas prórrogas.
QUINTO: Para todos los efectos legalesderivados del presente Convenio, las partes
fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus
Tribunales Ordinarios de Justicia.
SEXTO: El presente Convenio se suscribe en cuatro originales del mismotenor y data,
dos de los cuales quedaránen poder de la Ade Huechuraba, y dos en
poder de la l.Municipalidadde Natales.«73 7”
EALCALDESA
MUNICIPALIDAD DE HUECHURABAL, MUNICIPALIDAD DE NATALES