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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Concesiones · pdf · documento original ↗

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SANCIONA CONTRATODENOMINADO
“SERVICIO DEARRIENDODE BAÑOS
QUÍMICOS PARA FERIASLIBRES Y
EVENTOS ESPECIALES DELA COMUNA
DE HUECHURABA” 1.D.2793-59-LR25,
SUSCRITO CONLA EMPRESA COSEMAR
SERVICIOS INDUSTRIALESS.A.
HUECHURABA,28.07.2025
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El
Decreto Alcaldicio Exento N*01/2221 de fecha02.07.2025; elOficio Ord. N*777 de fecha
02.07.2025, del Departamento de Decretos Alcaldicios, Secretaría Municipal;el contrato de
prestación de serviciosde fecha 17.07.2025; elOficio Ord. N*“2148 de fecha25.07.2025, de
Alcaldía; lo dispuestoenla Ley N*19.886,de Bases sobre contratosadministrativos de suministro
y prestación de servicios y su Reglamento,lo dispuesto enla Ley N*18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidades, y en uso de las facultades queésta me confiere:
DECRETO EXENTON? 01 1261 9/2025
SANCIÓNASE el contrato deprestación de
servicios de fecha 17de julio de 2025, suscrito con la empresa que seindividualiza a
continuación:
NOMBRE O:COSEMAR SERVICIOSINDUSTRIALESS.A.
RAZON SOCIAL
RUT:N*76.214.156-6
REPRESENTANTE:José Luis Navajas Rodríguez
LEGAL
C. DE IDENTIDAD:NP?
SERVICIO:“Servicio de Arriendo deBaños Químicospara Ferias Libres y Eventos
Especiales de lacomunade Huechuraba”1.D.2793-59-LR25.
PRECIO:El monto valor unitario por baño estándar es de $40.576.- (cuarenta mil
quinientos setenta y seispesos) I|.V.A. incluido.
PLAZO:El plazo de ejecución dela línea del servicio será de 36meses corridos
y comenzará a regir desde el 01.08.2025.
I.T.S.:La Municipalidadde Huechuraba designará a un Inspector Técnico de
Servicio (1.T.S) perteneciente a la Dirección de Aseo yOrnato, quien
será contrapartetécnica del presenteservicio ymantendrá la
comunicación con el proveedor para todoslos efectos, este profesional,
y su suplente cumplirá las funciones quese establecenen las Bases
Administrativas Generales, Bases Especiales y las Bases Técnicas, de
acuerdo a la cláusula décima del contratoque se sanciona.
Son parte integrante de este Decreto todas las
cláusulas contempladasen el contrato que se sanciona.
IMPUTACIÓN:El gasto seimputará a la
cuenta N*215.22.08.001.000.000, denominada “Servicio de Aseo”, del presupuesto municipal
vigente.

Tabla 2 (página 2 (ocr) (texto) · 11 filas)

MLL/SGR/kmm.
V* B* Control V
DISTRIBUCION:
- Alcaldía
- Adm. Municipa
- Jurídico
- Control
- D.A.F.
- Operaciones
- Interesados
- Central de Doc
D.E. N*01/2619

Tabla 3 (página 3 (ocr) (texto) · 20 filas)

EVENTOSESPECIALES DELA COMUNADE HUECHURABA"ID 2793-59-LR25
En Huechuraba,17 JUL2025 , entrela MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA,
Corporación deDerecho Público, rol único tributario N*69.255.400-0, representada por su
Alcalde don MAXIMILIANOLUksIC LEDERER,Ae
Empresas, cédula de identidadNMamboscon domicilioen esta ciudad,
comuna de Huechuraba, callePremio Nobel N*5555, en adelante "El Municipio" por una
parte, y, por laotra, la empresaCOSEMAR SERVICIOSINDUSTRIALES S.A., rol único
tributario N*76.214.156-6, representada por don JOSÉ LUIS NAVAJAS RODRÍGUEZ,
cédula de identidad N”M ambos domiciliados,para estos efectos, en 13 Norte
8593 OF, 904, Viña del Mar, región de Valparaíso,en adelante "El Prestador", han convenido
en el siguiente contrato:
PRIMERO: ANTECEDENTES.
La Municipalidad de Huechurabamediante Decreto Alcaldicio Exento N*01/1049/2025, de
fecha 08 de abril de 2025, aprueba las Basesy llama apropuesta pública denominada
"SERVICIO DEARRIENDO DEBAÑOS QUÍMICOS PARAFERIAS LIBRES Y EVENTOS
ESPECIALES DE LA COMUNADE HUECHURABA" ID 2793-59-LR25
Que, medianteDecreto Alcaldicio Exento N*01/2221/2025,de fecha 02de julio de 2025,
que aprueba elacuerdo del concejo Municipal yadjudica lapropuesta pública denominada
"SERVICIO DEARRIENDO DEBAÑOS QUÍMICOS PARAFERIAS LIBRES Y EVENTOS
ESPECIALESDE LA COMUNA DE HUECHURABA" ID2793-59-LR25 a la empresa
COSEMAR SERVICIOS INDUSTRIALES S.A.

Tabla 4 (página 4 (ocr) (texto) · 28 filas)

Que, a través del Ordinario N*777/2025, defecha 02 de julio de 2025, proveniente de la jefa
del Departamento de Decretos Alcaldicios,se solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica la
redacción del presente contrato.
SEGUNDO: Objeto.
La Municipalidad de Huechuraba por esteacto y en virtud de los antecedentes señalados
en la cláusula precedente,viene en contratar ala empresa COSEMAR SERVICIOS
INDUSTRIALES S.A., rol único tributario N*76.214.156-6, representada legalmente por don
JOSÉ LUIS NAVAJAS RODRÍGUEZ, cédula de identidad NAM
El presente contrato tiene por objeto la contratación del servicio de arriendo de baños
químicos para ferias libresy eventos especialesautorizados por la Municipalidad de
Huechuraba, consistente enla instalación de baños en casetas de plástico portátiles,
equipadas con sanitarios W.C., urinario y porta rollo de papel higiénico.
Los Baños Químicos serán instalados en Bien Nacional de Uso Público (B.N.U.P) o donde
la 1.T.S. lo requiera,en los días, horarios y condiciones establecidos en lasEspecificaciones
Técnicas. El Prestador de servicio debe garantizar un mínimo de 220 baños mensuales
para los meses debaja demanda y los meses conmás festividades deberá garantizar un
mínimo de 450 baños.
El servicio incluyeel transporte, instalación, y retiro de Baños Químicos, la posterior
limpieza del área circundantey la disposición finalde los residuos en lugares autorizados.
El prestador constará con la"ResoluciónSanitaria" autorizada por el SEREMI de Salud.
Esta resolución deberá incluirla autorización para el transporte de AguasServidas.
La materia del contrato secomplementacon lodetallado en las basesadministrativas
generales, basesadministrativas especiales,especificaciones técnicas, y demás
antecedentes de lapropuestapública, los que forman parte de la presente contratación para
todos los efectos legales.
TERCERO: Característicasmínimas de los baños y del servicio
Para los efectos delpresentecontrato se requeriránlos siguientes tipos debaños químicos:
a. Característicasmínimasde los baños estándar: Los baños deberán contener a lo
menos las características técnicas, equivalentes osuperiores a las siguientes:

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N? CARACTERÍSTICADETALLE
He
Fabricadosen plástico inyectado y labase y estanquede
1 Material
plástico reforzado o fibra de vidrio
lá Capacidad del7
2Mínima de 180 litros
estanque
y Dimensiones mínimas[¡Ancho: 1.20metros aproximadamente
a | Alto2.20 metrosaproximadamente
7EW.C., urinario, lavamanos conbombade pie, estanquede
5 Equipamiento básico
agua, rollo de papel higiénico
SistemadecierreSistema decerraduraOpen-Close (cierre de puertas)
a
Tiempode)E
] 1Máximo 24horas desde la solicitud
disponibilidad
me
8 CondicionesdeÓptimas condicionesde funcionamiento, aseo, higieney
entregaestética
b. Horariosdeinstalacióny retiro debaños químicos:
Ferias Libres:
e Instalación: 07:00 am / Retiro: 16:30 pm hrs.
Eventos Especiales:
e. El horario de instalación y retiroserá informado porcorreoelectrónico, conforme a
la solicitud de la 1.T.S.
c. Responsabilidad de transporte y mantención:
Es de exclusivaresponsabilidad del prestador eltransportede losbaños químicoshacia y
desde las ubicaciones designadas, asícomo mantener losbañosen condicionesóptimas
durante todoelperíodo deservicio.
CUARTO: De las Obligaciones del Prestador

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La Empresa se obliga a ejecutarlas siguientes actividadesconforme a lasEspecificaciones
Técnicas adjuntasque forman parte integraldel presentecontrato:
a. Del Transporte:
El prestador será responsable del transportede los BañosQuímicos haciay desde las ferias
y/o eventos. Además, será responsabledecualquier accidente de tránsitoocasionado por
el vehículo de transporte, así como losdaños a terceros,manteniendo aldía los seguros
de accidentes correspondientes.
b. De la Limpiezay Mantención de losBaños:
Los Baños Químicos deberánllegar en condiciones óptimas de funcionamiento, aseo,
higiene y estética,los cuales serán controlados regularmente por la I.T.S dependiente de la
Dirección de Aseoy Ornato.
QUINTO: Del Precio y Forma de Pago.
El monto valor unitario por baño es de$40.576.- (cuarenta mil quinientos setenta y seis
pesos) IVA incluido. El monto anualmáximo disponible total decontrato es de
$161.888.000 (ciento sesentay un millones ochocientos ochenta yocho mil pesos)
impuesto incluido.
Forma de pago:El pago de los serviciosprestados serealizará dentro de los 30 días
hábiles del mes siguiente.
El director de Aseo y Ornatovisarámensualmente elestado de pago y facturación,
asimismo emitiráun Certificado de Fielcumplimiento,que acompañará a la factura,
remitiendo estos antecedentes ala unidadque corresponda para su tramitación y pago.
La solicitud de pago deberá acompañarlossiguientes documentos:
a) Carta de solicitud dirigida a laDirecciónde Aseo y Ornato
b) Certificado de Antecedentes Laborales yPrevisionalesFormulario N*30, si procede
c) Copia de pagosprevisionalesy de salud,si procede
d) Otros documentos solicitados por elMandante o porla !.T.S o mencionados por el
Contrato y que sean necesariospara respaldar la respectiva factura
e) Comprobante de pagos de multas, siloshubiere

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f) Copia de Garantía de fiel cumplimientodel contratoy obligacioneslaborales y
previsionales (para el1er estado de pago)
La facturación debehacerse a nombre de laMunicipalidadde Huechuraba,debiéndose
señalar los siguientesdatos en la factura:
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA R.U.T. N%69.255.400-0 CALLE PREMIO NOBEL
N*5555
La Municipalidad se reserva el derecho a observar la facturaen el plazo máximo establecido
en la Ley N”“19.983.El pago dela factura se efectuará dentro de los 30días corridos
siguientes a la recepción de la misma o del respectivo instrumento tributariode cobro. El
gasto se imputará ala cuenta: N”215.22.08.001.000.000,denominada "SERVICIOS DE
ASEO", del presupuesto Municipalvigente.
SEXTO: De Las Garantías.
Las garantías deberán constituirse mediante documentos de carácter irrevocable y
pagadero a la vista, tomadas a laorden de laMunicipalidadde Huechuraba.
Las garantías deberán expresarclaramenteel nombre eID de la propuesta, lo que
caucionan y el objetoespecífico delas mismas.
En caso de vale vista, deberá serendosabley acompañaruna declaración jurada simple
que consigne el objeto de cauciónadjunta al documento degarantía.
Todos los gastos queirrogue la mantención de las garantías serán de cargodel prestador
y será este el únicoresponsablede mantenerlas vigentesdurante todo elperíodo que
caucionen.
De Fiel y Oportuno Cumplimientode Contrato, ObligacionesLaborales y Previsionales. El
prestador deberá entregar una Garantía a favor de la Municipalidad de Huechuraba, por un
plazo igual a la duración del contrato, aumentado en 60días corridos. Laglosa de la
Garantía deberá indicar: Para garantizar elFiel y Oportuno Cumplimientodel Contrato
"SERVICIO DE ARRIENDO DE BAÑOS QUÍMICOS PARAFERIAS LIBRESY EVENTOS
ESPECIALES DE LACOMUNA DE HUECHURABA" ID 2793-59-LR25".
El monto de ésta Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato,Obligaciones
Laborales y Previsionales ascenderá al 5% delvalor neto dela oferta y, deberápresentarse
al momento de proceder a la firmadel contratoen la Dirección de Asesoría Jurídica, ubicada
en calle Premio Nobel5555, Comuna de Huechuraba.

Tabla 8 (página 8 (ocr) (texto) · 31 filas)

Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos o servicios extraordinarios, deberán
también rendirsegarantías sobreellos, en el porcentaje y plazo indicado.
De acuerdo a lodispuesto en el Artículo N*11, incisotercero,de la Ley N*19.886, la garantía
de fiel cumplimiento garantizará,además, el pagode indemnizaciones que pudieren ser
requeridas a laMunicipalidad deHuechuraba, pormotivoslaborales o previsionales, así,
en caso de ser demandada la Municipalidad en juicio, mientras se tramite éste, el prestador
deberá renovarla garantía, hastael término del juicio, al menos por el valor equivalente al
monto demandado. Dicha garantíapodrá hacerse efectiva para el pago deindemnizaciones
ordenadas en juicios de tribunaleslaborales o previsionales.Si dicha garantía no cubriese
el pago completo de la indemnización que la Municipalidad deba pagaral trabajador, la
diferencia deberá ser reembolsadaal Municipio porel prestador y en tantono se efectúe el
reembolso pertinente, no se cursará estados de pagos pendientes.
De otra parte, sila garantía no se renovara en tiempoy forma,la Municipalidad hará efectiva
la garantía vigente.
La devolución definitiva de esta garantía se realizará unavez terminada la vigencia del
Contrato, pagada la última facturay cuando la |.T.S.dé conformidad al término del servicio,
siempre que loanterior no supere los 90 días despuésde terminadala vigencia del
Contrato.
SÉPTIMO: De las ObligacionesLegales
El prestador queda especialmenteobligado al cumplimientode las obligaciones contenidas
en el Código del Trabajo y normativa complementaria de dicho cuerpo legal en las
relaciones consus trabajadores,en especial lasnormasrelativas aPrevisión Social,
Seguridad e Higiene y Accidenteslaborales y EnfermedadesProfesionales.
De su parte el mandante se reserva el derecho a ser informado por el prestador acerca del
monto y cumplimiento de obligaciones laborales incluidaslas indemnizaciones legales y
previsionales, que a estos correspondan con respecto a sus trabajadores y a retener los
estados de pagoy hacer efectivaslas garantías constituidas,a fin de subrogar al prestador
en el pago.
OCTAVO: Del Plazo.
El plazo de ejecución de la líneadel servicio seráde 36 meses corridosy comenzará a
contar del 01 deagosto de 2025
NOVENO: De las Multas.

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Lasmultas que se aplicarán al prestador, en casode que procedan, son lassiguientes:
N*[[INCUMPLIMIENTOpaisa (UF)
1Incumplimiento dehorarios y atrasos en la instalación de20 UF porcadavezque se
baños, cualquiera de estos indistintamentedetecte unatraso
ulDejar o botar desechos en las víaspúblicas ono realizar la
2ópaa10 UF cadavezquese detecte
limpieza en el áreacircundante
Condiciones sanitarias deficientes: Instalaciónde baños no
3llen perfectas condiciones de aseo,higiene, estética o5 UF por cada bañodetectado
funcionamiento
Conductas inapropiadas del personal: - Solicitar dádivas o
á5 UF por trabajadordetectado
propinas
5[|¡Conductas impropias, intemperancia, alcoholy/o drogas5 UF por trabajadordetectado
Falta de disponibilidad de insumos básicos (agua, jabón,
6pa] me.pe5 UF por cada bañoafectado
papel higiénico) almomento de lainstalaciónde los baños
,No disposición de baños ejecutivos cuando sean solicitados||[15 UF porcadavezque no se
por la 1.T.Sprovea elservicio solicitado
No entregar documentos requeridos (como laresolución10 UF porcadavezque no
8|isanitaria, programación de trabajo o cualquier otraentreguedocumentación
solicitada por la 1.T.S.)solicitada
9No contar con e'l número mínimod. e baños opBe rativos10 UF porcadabañÑofaltante
durante las ferias oeventos especiales
Nota: Para el cálculo dela multa, se tomará el valor de la UF del día en quese cometió la
infracción.
Lasmultas que se cursaren deberán ser pagadaspreviamente como requisito para gestionar el
Estado de Pago correspondiente.
Proceso de Notificación y Apelación.
e Las multas serán notificadasal contratista por el Directorde Aseo yOrnato.
e ElPrestador podrá hacer susdescargos dentro de un plazo de tresdías hábiles desde la

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e Siel contratista no está conforme con laresolución, podrá apelar en una segunda
instancia antes una comisión conformadapor el Administrador Municipal, el Director
de Asesorías Jurídicas y elDirector de Aseo y Ornato.
e La decisión de esta comisión será definitiva.
Pago de las Multas
e Las Multas deberán ser pagadas en Tesorería Municipal antes de presentar la
facturacorrespondiente.
e No se aceptan la rebaja dela multa mediante una Notade Crédito.
DÉCIMO: De La Inspección Técnica De Servicio.
La Municipalidad de Huechurabadesignará aun InspectorTécnico deServicio (I.T.S)
pertenecientea la Dirección de Aseo y Ornato,este profesional y su suplente deberán se
decretados por el Municipio quienes será contraparte técnica del presente servicio y
mantendrá lacomunicación conel proveedorpara todoslos efectos, ycumplirán las
funciones quese establecen en lasBases Administrativas Generales, las Bases Especiales
y las Bases Técnicas. Las observaciones deberán quedar registradas mediante Libro de
Servicio, que elprestador deberáentregar al inicio del contrato. Por el solohecho de estar
registradas lasobservaciones en el libro de Servicio, el prestador se entenderá notificado
de ellas.
El prestador deberá someterse exclusivamentea las órdenes del |.T.S.Estas órdenes
deberán cumplirse dentro del plazoque al efectoestipule el !.T.S. El incumplimiento de cada
orden será sancionado de acuerdoa las multasestablecidasen las BasesAdministrativas
Especiales.
Si el incumplimiento persistiere más allá del término de catorce días, se podrá proceder a
la resolución del contrato, por incumplimiento delmismo, sin perjuicio de multas.
El 1.T.S. podráexigir el término delas labores alprestador otrabajador delprestador, por
desórdenes, incapacidad o cualquier otro motivo grave, ajuicio del |.T.S., quedando
siempre responsable el prestadorpor los fraudes, vicios, abusos o faltas que haya podido
cometer la persona separada.
Será responsabilidad de la |.T.S.efectuar la gestión de contrato y dar cumplimiento a lo
establecido enel "Reglamento deresponsabilidades y obligaciones Inspectores Técnicos
de Obras y Servicios".
DÉCIMO PRIMERO: Del Factoring.

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En caso de celebrar el prestador un contrato defactoring, éste deberá notificar al Inspector
Técnico de Servicio (1.T.S). dentrode las 48 horas siguientes a sucelebración.Asimismo,
la empresa de factoring deberátomar las providencias necesarias y oportunas de
notificación a esteMandante, a finde hacer efectivo el cobro de la respectivafactura. El
municipio no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligacionesy/o multas
pendientes delprestador.
DÉCIMO SEGUNDO: Subcontratación
El prestador podrá concertar conterceros lasubcontratación parcial del contrato, sin
perjuicio quelaresponsabilidadde su cumplimiento permanecerá en elprestador
adjudicado. Sinembargo, el prestador no podrásubcontratar en lossiguientes casos:
+ Cuandosean servicios especiales, endonde se ha contratado en vista de la
capacidado idoneidad delprestador.
+ Cuandolapersona del prestador, sus socios o administradores, esténafectos a
algunade las causales deinhabilidadese incompatibilidades establecidas Artículo
4 de laLeyN*19.886 y Artículo 154 de suReglamento.
Por lo anterior, elprestador deberá solicitara la |.T.S una autorización previa para
subcontratar yacompañar la solicitud que deberá indicar expresamente almenos lo
siguiente: Partidasque serán subcontratadas eindividualización completa de la empresa
subcontratista.Junto a la solicituddeberá acompañarse además una declaraciónjurada del
prestador quese pretenda subcontratar, en queseñale no estar afecto a inhabilidad del art.
154 del Reglamento a la Ley N*19.886.
DÉCIMO TERCERO: De las Sanciones y Procedimientos.
Cualquier incumplimiento respectode las obligaciones contraídas por el prestador, facultará
a la Municipalidadde Huechuraba,para aplicaruna o varias de lassiguientes medidas:
e Aplicarla multa que corresponda, en conformidad a lo prescrito en el Título "Multas"
de las Bases Administrativas Especiales.
. Exigir su cumplimiento judicial, con indemnización de perjuicios.
+. Hacer efectiva administrativamente, cuando corresponda, las diferentesgarantías
recibidas, conforme lo establecido en el Título "De las Garantías" delas Bases
Administrativas Especiales.

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CIMO CUARTO: Resolución del Contrato. El Contrato podrá terminar en forma
cipada por las siguientes causales:
a)El mutuo acuerdoentre las partes.
D)La Municipalidadde Huechuraba, podrá ponertérminoen formaunilateral o
suspender transitoriamente la ejecución de las obras encualquiermomento por
causales ajenasa la responsabilidaddel prestador, tales como, de emergencia
nacional, instrucciones superiores, legislacionesu otro motivo de fuerza mayor,
dando aviso por escrito a éste, dentrode los tres días siguientes ala fecha del
evento. En dichocaso la Municipalidad de Huechuraba,pagará alprestador el
monto que corresponda al avance efectivo de lo solicitado.
En este caso seentenderá que todos los gastos que origine la liquidación del
Contrato serán decargo de la Municipalidad.
El contrato podráser resuelto administrativamentede pleno derecho,sin forma de
juicio y sin derecho a indemnización porcualquier incumplimiento grave de parte del
prestador respectode las obligacionescontraídasen virtuddel contrato.
a todos los efectos deeste contrato se considerará que las siguientes causales, cuya
meración en ningún caso es taxativa, son de incumplimiento grave del prestador:
a)Perder por causasobreviniente la calidad de "hábil" en elregistro deproveedores
del portal www.mercadopublico.cl.
b)Incumplir el procedimiento, establecidoen las Bases Administrativas,de notificación
previa al mandante en caso de suscribir contrato de factoring.
Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes;
Si ha llegado a unarreglo de traspasode todo o parte de sus bienesa favor de sus
acreedores;
Si el prestador esuna sociedad y va asu liquidación.
Si al prestador le fueran protestadosdocumentos comerciales que mantuviera
impagos durante 60 días o no fueran debidamenteaclarados dentro de dicho plazo;
9)Si el prestador fuera sometido a proceso o formalizado por algún delitoque merezca
pena aflictiva, o algún socio, representante legal ogerentegeneral deuna empresa
constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuera, elrepresentante
legal o gerente general o alguno de losdirectoresde dichasociedadanónima;

Tabla 13 (página 13 (ocr) (texto) · 26 filas)

h)Si el prestador ha hecho abandonodel contrato,interrumpe o disminuye la
prestación delservicio;
1)Siajuicio del Mandante, mediante informe fundado,noestáejecutandolos servicios
de acuerdo con el contrato o en formareiteradao flagrante no cumple con las
obligaciones estipuladas;
j)En caso de muerte del prestador o socioque implique término de giro de la empresa
prestadora;
k)El incumplimiento del pago de los sueldos salarios yleyes sociales; o en el pago de
proveedores yen generalcualquier otrocaso de incumplimiento de lasobligaciones
del contrato;
I)Por la quiebrao insolvencia del prestador;
m)Si el prestadordisminuyela capacidad técnica o ecomicapara prestar el servicio.
DÉCIMO QUINTO: Dela Jurisdicción.
Para todos los efectoslegales derivados del presente contratolaspartes fijandomicilio en
la ciudad y comunade Santiago, y se someten a la jurisdicciónde sus Tribunales de
Justicia.
DÉCIMO SEXTO: Delas personerías.
La personería del Alcalde don MAXIMILIANOLUKSIC LEDERER, para representar a la
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA, constaen la Sentencia deCalificacióny Escrutinio
Generalde Elección de Alcalde yConcejales dela comunadeHuechuraba, defecha 27 de
noviembre del año 2024 y en Acta de Proclamación de Alcalde yConcejalescomuna de
Huechuraba, de fecha03 de diciembre del año2024, ambas emanadas del Primer Tribunal
Electoral de la RegiónMetropolitana.
La personería de donJOSÉ LUIS NAVAJAS RODRÍGUEZpara representara la empresa
COSEMAR SERVICIOS INDUSTRIALES S.A,consta en el mandato inscritoa fojas 1139
número752 del Registro de Comercio del año2024, del Conservador de Bienes Raíces,
Comercio y ArchiveroJudicial deViña del Mar.