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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Concesiones · pdf · documento original ↗

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APRUEBA CONTRATO DECONCESION
SUSCRITOCON LAEMPRESA
APARCADEROSCUSTODIAS
DE SERVICIO DE APARCADERO DE LA
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
NACIONALESLIMITADA.
HUECHURABA, 28.06.2019
LA ALCALDIA DECRETOHOY:
VISTOS YTENIENDO PRESENTE: El
Decreto Alcaldicio ExentoN*%01/1509 de fecha 05.06.2019;el Oficio Ord.N*379 de fecha
17.06.2019 del Departamento deDecretos Alcaldicios; el contrato de concesión de fecha
18.06.2019; el Oficio Ord.N*2131de fecha 19.06.2019, de Alcaldía; lo dispuesto en la Ley
19.886, de Bases sobre contratosadministrativos de suministro y prestación de servicios; y su
Reglamento, lo dispuesto en la Ley N*18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y,
en uso de las facultades que éstame confiere.
DECRETO EXENTO N201/1697/2019
1%?APRUEBASE — elcontrato de
concesión de servicio deaparcadero para la Municipalidad de Huechuraba de fecha
18.06.2019, suscrito con:
NOMBRE O RAZON SOCIAL :APARCADEROS CUSTODIAS NACIONALES LIMITADA.
RUT:N*76.517.379-5
REPRESENTANTE LEGAL:Andrew Orlando Lazo Arancibia.
CEDULA DE IDENTIDAD:IE
SERVICIO:“Concesión deserviciode aparcadero para la
Municipalidad de Huechuraba”, ID 2793-114-LQ19.
MATERIA:Habilitación del aparcadero municipaly servicio de
traslado para todoslos vehículos livianos y/o pesados con
y sin carga, que sean derivados por el Juzgado de Policía
Local, Carabinerosde Chile, InspectoresMunicipales y
cualquier autoridadcompetente; por accidente de tránsito,
abandono u otrascausasque deban ser ingresados a
dicho aparcadero,así como el retirode estructuras
metálicas de vehículos siniestrados y otros de similares
características quedeban guardarse en dichos recintos.
COSTO:El servicio no tendrá costo para la Municipalidad de
Huechuraba y seráel dueño del vehículo ingresado al
Aparcadero Municipal quiendeba cancelarlos servicios de
la empresa según elsiguiente detalle:
Servicio de aparcaderopara vehículos livianos
(motocicletas y vehículoslivianos): $4.200.- (cuatro mil
doscientos pesos) por día.
:Servicio de aparcadero para vehículos pesados de (2) o
más de (2) dos ejes: $8.400.- (ocho mil cuatrocientos
pesos) por día.

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Servicio deaparcadero para vehículos con carga:
$17.850.- (diecisiete mil ochocientos cincuenta pesos) por
día.
PLAZO :El plazo dela concesión del servicio será de 24
|(veinticuatro)meses y comenzará a regir una vez firmada
el acta de inicio de servicio.
ITS :La InspecciónTécnica del Servicio 1.T.S.corresponde a la
Dirección deOperaciones, de acuerdo a la cláusula
séptima del contrato que se aprueba.
2%: Son parte integrantede este Decreto
todas las cláusulas contempladasen el contratoque se aprueba.
ANOTESE,COMUNIQUESE,
TRANSCRIBASE el presente Decreto a losdepartamentos municipalese Interesado,
hecho; ARCHIVESE.,
API| PISTA CÚADE ADO-PRA 18
SECRETAR TÓ MUNICIPALADA AE EDE DEHUECHURABA
CCP/CTS/kma.
DISTRIBUCION:?
- Alcaldía
- Adm. Municipal
- Jurídico
- Control
- Secplan
- Operaciones
- D.A.F.
- Interesado
- Central de Documentación Ing.N*2961/<f -
D.E.N*1697 de fecha 28.06.2019

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En Huechuraba, a1 8 JUN, 2019, entrela MUNICIPALIDAD DE
HUECHURABA,Corporación de Derecho Público.RUTN*%69.255.400-0,
representada porsuAlcalde don CARLOSCUADRADOPRATS,
MI. céduiadeidentidad MNambos condomicilioen esta ciudad,
comuna de Huechuraba, calle Premio NóbelN* 5555, en adelante “El Municipio”, por
una parte, y por la otra APARCADEROS CUSTODIAS NACIONALES LIMITADA,
RUT N%76.517.379-5,representada legalmente pordon ANDREW ORLANDO LAZO
ARANCIBIA, cédulade identida JMambosdomiciliados para estos
efectos, en AvenidaPresidente Jorge AlessandriRodríguez N*12667, comuna de
San Bernardo, ciudad Santiago, en adelante “La empresa”, han convenido lo
siguiente:
Pública denominada“CONCESION SERVICIODE APARCADERO PARE L
MUNICIPALIDADDEHUECHURABA” ID 2793-114-LQ19.e,
Que mediante Decreto Exento N*01/1351/2019 defecha 16 de mayo del año D
se aprueba respuesta a pegunta efectuada dentro de la propuesta publica

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denominada “CONCESIONSERVICIO DE APARCADERO PARA LA
MUNICIPALIDADDE HUECHURABA” ID 2793-114-LQ19.
Que mediante DecretoExento N”01/1509/2019, de fecha 05 de junio del año 2019,
se sanciona el acuerdo de Concejo Municipal que autoriza adjudicar la propuesta
pública denominada“CONCESION SERVICIO DEAPARCADERO PARA LA
MUNICIPALIDADDEHUECHURABA” ID 2793-114-LQ19,a la empresa
APARCADEROSCUSTODIASNACIONALES LIMITADA representada legalmente
por don ANDREWORLANDO LAZO ARANCIBIA, antes individualizado.
Que, mediante Ord. N*379/2019,de fecha 17 de juniodel año 2019, proveniente de
la Jefa del Departamento deDecretos Alcaldicios,se solicitala redacción del
presente instrumento.
SEGUNDO: Porelpresenteinstrumento, la Municipalidadde Huechuraba,
representada porsuAlcalde,conviene con laempresaAPARCADEROS
CUSTODIAS NACIONALES LIMITADA la concesióndel servicio de aparcadero
municipal de la comunade Huechuraba, servicio queconsiste enla habilitación de
dicho aparcaderomunicipal y servicio de traslado para todos losvehículos livianos
y/o pesados con ysincarga, que sean derivados porel Juzgadode Policía Local,
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales y cualquier autoridad competente, por
accidente de tránsito, abandonou otras causas que deban ser ingresados a dicho
aparcadero, así como el retiro de estructuras metálicas de vehículos siniestrados y
otros de similarescaracterísticasque deban guardarseen dichos recintos, lo anterior
en virtud de lasnormas establecidas en la LeyOrgánica Constitucional de
Municipalidades N*18.695 consus modificaciones yactualizaciones, la Ley N*
19.888 y su Reglamento, lasBases Administrativas, Generales de Servicios y
Especiales de lapresente licitación pública, las Bases Técnicas,las Respuesta a
Consultas y/o Aclaraciones y la oferta de la empresa, antecedentesque forman parte
integrante del presenteconveniopara todos los efectoslegales.
TERCERO: El valordel servicio no tendrá costopara laMunicipalidad de
Huechuraba y será eldueño delvehículo ingresado alAparcadero Municipal quien
deba cancelar losservicios de laempresa según el siguiente detalle:
- Servicio de Aparcadero para vehículos livianos(motocicletas y vehículos
livianos): $4.200.-(cuatro mil doscientos pesos) pordía.O
mil cuatrocientospesos) por día.Í
- Servicio de Aparcadero paravehículos pesados de más de dos ejes: $8.
e
(ocho mil cuatrocientos pesos)por día.o
-Servicio de Aparcadero paravehículos con carga: $17.850.- (diecisiete mi
ochocientos cincuenta pesos)por día.

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CUARTO: La empresa queda especialmenteobligada al cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el Código del Trabajo y normativa complementaría de
dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial las normas
relativas a Previsión Social, Seguridad eHigieney Accidentes laborales y
Enfermedades Profesionales. Asimismo la empresa se encuentraespecialmente
obligada a dar cumplimiento a las obligaciones contractuales con sus trabajadores.
De su parte el mandante se reserva el derecho a serinformado porel contratista
acerca del montoy cumplimiento de obligacioneslaboralesincluidas las
indemnizacioneslegales y previsionales, que aestos correspondan con respecto a
sus trabajadoresy aretener los estados de pago y hacer efectivaslas garantías
constituidas, a findesubrogar al contratista en elpago.
Entiéndanse incorporadas a lapresenteclausula,todas lasobligaciones
establecidas en las Bases Administrativas Especiales yen la BasesTécnicas de la
Licitación PúblicaID 2793-114-1Q19.
QUINTO: En caso de aumento decontrato, ya sea por aumentode servicios o
servicios extraordinarios, deberá complementarse la garantía de fiel cumplimiento de
este. En caso de disminución de contrato, podrádisminuirse el valor dela garantía.
Los aumentos y disminuciones de contrato seránordenados por Decreto Alcaldicio y
éstos se tendráncomo parte integrante del contrato apartir de sunotificación al
contratista, procediéndose luego a su protocolización, laque será decosto de este
último.
SEXTO: El plazodeconcesión del servicio será de 24 (veinticuatro) meses y
comenzara a regiruna vez firmada elActa de Inicio del Servicio.
SEPTIMO: La Inspección Técnica de Servicio 1.T.S. corresponde a la Dirección de
Operaciones, quiencumplirá lasfunciones que seestablecen en las Bases
Administrativas Generales de Servicios y en las BasesTécnicas, sinperjuicio de la
responsabilidad administrativa de larespectivaJefatura,por las decisiones que se
adopten durantela ejecución del contrato, lassolicitudes de pago ydevolución de
garantías.
La empresa debesometerse exclusivamentea las órdenes del |.T.S., las que se
impartirán siempre por escrito, se registrarán enel Librode Servicio yde acuer
los términos y condiciones del contrato. Estas órdenes deberán cumplirse d 1 de
plazo que al efectoestipule la 1.T.S. El incumplimiento de cada orden sefé
sancionada de acuerdo a la clausuladecima delpresentecontrato.NE
Si el incumplimientopersistiere másallá del término de14 (catorce)días, sexfodr
proceder a la resolución del contrato, por incumplimientodel mismo, sin perjuicio
multas.

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La 1.T.S. podráexigir el término de laslabores de cualquier subcontratista o
trabajador de la empresa, por desordenes,incapacidad o cualquier otro motivo
grave, a juicio del 1.T.S.,quedando siempre responsable la empresapor los fraudes,
vicios, abusos ofaltas quehaya podido cometer la persona separada.
OCTAVO: Lasgarantíaspodrán constituirsemediante documentosbancarios a la
vista (boleta degarantíabancaria, vale vista, pólizas,certificados de fianza u otro
documento disponible enel sistema financiero que representen unacaución a favor
del Municipio establecidoque deberán ser tomados exclusivamente por la empresa y
ser extendidas afavor dela Municipalidad deHuechuraba.
Todos los gastos que irrogue la mantenciónde las garantías seránde cargo de la
empresa y seráeste el único responsable de mantenerlas vigentesdurante todo el
período que caucionen.
- De Fiel y OportunoCumplimiento deContrato,Obligaciones Laborales y
Previsionales,
La empresa deberá entregar una Garantía a favor de laMunicipalidadde Huechuraba,
por un plazo igual a la duración del contrato, aumentadoen 90 (noventa) días corridos.
La glosa del documento deberá indicar.Para garantizar el Fiel y Oportuno
Cumplimiento delContratode la Propuesta Pública “CONCESIÓN DESERVICIO DE
APARCADEROPARA LA MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA”ID 2793-114-
LQ19.
El monto de ésta Garantía por el Fiel yOportunoCumplimientodel Contrato,
Obligaciones Laborales yPrevisionales ascenderá a lasuma de $5.000.000 (cinco
millones de pesos) y deberá presentarse almomento de procedera la firma del
contrato en la Direcciónde Asesoría Jurídica, ubicada en Av. Recoleta N”5680,
comuna de Huechuraba.
Si en el cursodel contrato se introdujerenaumentos o serviciosextraordinarios,
deberán tambiénrendirsegarantías sobre ellos, en el porcentaje y plazo indicado.
Esta garantía, en formaadicional, deberáasegurarel pago de las obligaciones
laborales y previsionalesde los trabajadoresde la empresa contratada, de acuerdo a
lo dispuesto en el ArtículoN*11, inciso primero, de la Ley N* 19.886.
La garantía defiel cumplimiento garantizaráademás,el pago de indemnizacio
que pudierenser requeridas a la Municipalidad,por motivos laboral no
previsionales, así, en caso de ser demandadala Municipalidad en juicio, mienfas se
tramite éste, laempresadeberá renovar lagarantíahasta el término del ju M
menos, por el valor equivalente al monto demandado.Dicha garantíapodrá 1adóse
efectiva para el pago de indemnizacionesordenadas en juiciosde tribunale
laborales o previsionales. Si dicha garantíano cubriese el pagocompleto de la
indemnización que la Municipalidad deba pagar al trabajador, la diferencia deberá

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ser reembolsada alMunicipio porla empresa y en tanto no seefectúe elreembolso
pertinente, no se cursará estadosde pagos pendientes.
La devolución definitiva de esta garantía se realizaráuna vezterminadala vigencia
del Contrato, pagada la última factura y cuando la !.T.S. de conformidadal termino
de prestación de servicios, siempre que lo anterior nosupere los 90 días después de
terminada la vigencia del presenteconvenio.
De otra parte, si lagarantía no serenovara en tiempoy forma,la Municipalidad hará
efectiva la garantíavigente.
No se firmará el acta de inicio del servicio, en tanto no sehayan presentado la
garantía correspondiente.
NOVENO: Se aplicarán multas a la empresa en casode ser responsablede alguno
de los hechos quese detallan enel siguiente cuadroque contiene el valor de cada
una de las multas:
MULTASUTM
No permitir u obstaculizar la Inspección del supervisordel contrato u
Inspector Técnicodel contrato delrecinto.o
Incumplimiento deentrega de la información, dentro de los plazos
requeridos por el Supervisor Municipal.>
Entrega de información con errores atribuibles a negligencia dela3
empresa.
Cobro de tarifas superiores a las autorizadas y/o incumplimiento de las10
condiciones dispuesta para su cobro.
No gestionar oportunamente anteCompañías de Seguros los pagos por
daños producidospor tos eventuales siniestros ocurridos durante la20
concesión, segúnbases de licitación.
Atraso en la devolución del vehículo.
Perdida de equipamiento o dañosde vehículo.8
Por cualquier otrainfracción a lasobligaciones establecidas enlasa
presentes bases.
El valor de la UTMa considerar será el correspondiente al mesde la notificació (dE
la multas mediantedocumento ordinario.o
Al aplicar una multa, ésta será notificada a la empresa concesionaria porel Dir ápr
Operaciones.7
La empresa podráhacer sus descargos dentro de unplazo de03 (tres) días hábiles
contados desde lafecha de notificación, siendo el Director de Operaciones quien
resuelva en una primera instancia.

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La empresa podrá apelar en una segunda instancia auna Comisiónformada por el
AdministradorMunicipal, el Directorde AsesoríaJurídica y el Director de
Operaciones.La decisión de esta Comisión, será laúltima instancia de apelación
presentada por la empresa.
Las multas que se cursaren deberán ser pagadas previamente comorequisito para
gestionar el Estado dePago correspondiente.
DECIMO: Cualquier incumplimiento respecto de las obligaciones contraídas por la
empresa, facultará a laMunicipalidad deHuechuraba, para aplicar unao varias de las
siguientes medidas:
e Aplicar la multa que corresponda, en conformidada lo establecido en la clausula
relativaa las multas del presente convenio.
e Exigir sucumplimiento judicial, conindemnizaciónde perjuicios.
e Hacerefectivaadministrativamente, cuandocorresponda,las diferentes
garantías recibidas, conforme loestablecido en las BasesAdministrativas
Especiales.
e Eliminara la empresa de futuras propuestas.
Resolución delContrato.
El Contrato podrá terminar en forma anticipada por las siguientes causales:
a) El mutuo acuerdo entre las partes.
b) La Municipalidad de Huechuraba,podrá poner término en forma unilateral o
suspender transitoriamente la ejecución del servicioen cualquiermomento por
causales ajenas a laresponsabilidad del contratista,tales como,de emergencia
nacional, instruccionessuperiores o de instituciones nomunicipales que financian el
servicio, legislaciones uotro motivo de fuerza mayor, dando aviso porescrito a éste,
dentro de lostres días siguientes ala fecha delevento. Endicho caso la
Municipalidadde Huechuraba, pagará ala empresa el monto quecorresponda al
avance del servicio efectivo.
En este casose entenderá que todoslos gastos que origine laliquidación del
Contrato seránde cargo de la Municipalidad.
El contrato podrá serresuelto administrativamente depleno derecho, sin forma de
la empresa respecto delas obligacionescontraídas en virtud del contrato. [E
Para todos losefectosde este contratose consideraráque las siguientes calsales;.
cuya enumeración enningún caso es taxativa, son deincumplimiento grave de l
empresa:) 2
- Si hay orden de ejecución y embargode todo o parte de sus bienes;
- Si ha llegado a unarreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes a favor de
sus acreedores;

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-Sila empresaes una sociedad y va a su liquidación.
-Sia la empresa le fueran protestadosdocumentos comerciales quemantuviera
impagos durante 60 días ono fuerandebidamente aclarados dentro de dicho
plazo;
-Si la empresa fuera sometido a proceso o formalizado por algúndelito que
merezca penaaflictiva, o algún socio,representante legal ogerentegeneral de
una empresaconstituida enforma distinta a una sociedad anónima, osi lo fuera,
el representante legal o gerente general o alguno de los directores de dicha
sociedad anónima;
-Si la empresa ha hechoabandono del contrato, interrumpe o disminuye la
prestación delservicio entérminos que a juicio del Mandante equivalga a un
abandono dedel mismo;
-Sino ha efectuado dentrodel plazo fijado por el ITS, después dehaber sido
notificado porescrito por éste de la remoción y reemplazo demateriales, equipos
o personal que hayan sido rechazados;
-Sia juicio delMandante noestá ejecutando el servicio de acuerdo alcontrato o
en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligacionesestipuladas;
-En caso de muerte del contratista o socio que implique término degiro de la
empresa;
-El incumplimiento del pagode los sueldos salarios y leyes sociales; oen el pago
de proveedores y en general cualquier otro caso de incumplimiento de las
obligaciones del contrato;
-Por la quiebrade la empresa;
-Si la empresa disminuyela capacidad técnica o económica paraprestar el
servicio.
DECIMO PRIMERO: Para todos los efectos legales derivados del presente contrato
laspartes fijan domicilio en laciudad y comuna de Santiago,y se someten a la
jurisdicción de susTribunales de Justicia.
DECIMO SEGUNDO: La personería del Alcalde don CARLOS CUADRADO PRATS,
para representara la MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA, consta en laSente
deCalificación yEscrutinio General deElección de Alcalde yConcejales pe M
comuna de Huechuraba, defecha 23 de noviembre del año 2016y Asa d
Proclamación deAlcalde y Concejales comuna de Huechuraba, de fecha 29. do
noviembre del año 2016, ambas emanadas del Primer Tribunal Electoral da
Región Metropolitana.
Lapersonería deANDREWORLANDOLAZO ARANCIBIA,para representar a
APARCADEROSCUSTODIASNACIONALES LIMITADA, consta en certificado de

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estatutos
Economía
DECIMO
el respecti