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Actos y resoluciones con efectos sobre terceros / Concesiones · pdf · documento original ↗

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MUNICIPALIDADDE
Huechuraba.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SANCIONA CONTRATO DE “SERVICIO DE
TALA DE ÁRBOLES DEALTURA
SUPERIOR A 18 METROS Y OTROS” 1.D.:
2793-150-LE25,SUSCRITO CON LA
EMPRESA DENDRONVáB S.P.A.
HUECHURABA,18.02.2026
LA ALCALDÍA DECRETÓ HOY:
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El
Decreto Alcaldicio Exento N*01/4297 de fecha28.11.2025; elOficio Ord. N*97de fecha
02.02.2026, del Departamento de Decretos Alcaldicios, Secretaría Municipal; el contrato de
servicios suscrito con Dendron V8B S.P.A. de fecha 16.02.2026;el Oficio Ord. N*%644de fecha
17.02.2026, de Alcaldía; lo dispuestoen laLey N*19.886de Bases sobrecontratos
administrativos de suministro y prestación de servicios y su Reglamento, lo dispuestoen la Ley
N*18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en usode las facultadesque ésta
confiere.
DECRETO EXENTO NO 1 / 575] 2026
SANCIÓNASE el contrato de fecha 16 de
febrero de 2026, suscrito con la empresaque seindividualiza a continuación:
NOMBRE O RAZÓN:DENDRON V8BS.P.A.
SOCIAL
RUT :N*77.612.371-4
REPRESENTANTE :Bernardo Humberto Avello Martínez
LEGAL
C.DE IDENTIDAD :N”15.320.761-5
SERVICIO :“SERVICIO DETALA DE ÁRBOLES DEALTURA SUPERIOR A 18
METROS Y OTROS” 1.D.: 2793-150-LE25.
OBJETO :Ejecución de labores detala de árboles de altura superior a 18metros
y otros que, porcausasde la realidaddel terreno, no pueden ser
ejecutados porlos contratos actuales, enel contexto del manejo de
arbolado urbanoen el territorio comunal.
El servicio tienecomo finalidad garantizar condiciones de seguridad
para la comunidad, prevenir riesgosderivados del crecimiento
incontrolado deespeciesarbóreas y conservarde forma responsable
el patrimonio vegetal dela comuna, conformea lo detallado en la
cláusula segunda del contrato que se sanciona.
PRECIO :El monto totaldel contrato asciende ala suma de $29.660.750.-
(veintinueve millones seiscientos sesenta milsetecientos cincuenta
pesos) impuestos incluidos, de acuerdoa lo señalado en lacláusula
cuarta del contrato que se sanciona.
PLAZO :El plazo de ejecución del servicio será apartirde la firma del acta de
inicio de servicio, hastaagotar el presupuestoasignado al contrato.
1.T.S. :La InspecciónTécnicadel Servicio (l.T.S.)corresponderá a la
Dirección de Aseo y Ornato.
Son parte integrante de este Decreto todas
las cláusulas contempladas en el contrato que sesanciona.
IMPUTACIÓN:el gasto se imputará a la
cuenta N*215.22.08.999 denominada“Otros”, Gestión: serviciosa la comunidad;
presupuesto municipal vigente.

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MLL/LDV/ebs.
v* B? Contol/2
DISTRIBUCIÓN:
- Alcaldía
- Adm. Municipa
- Jurídico
- Control
- D.A.F.
- D.A.O.
- Interesados
- Central de Doc
D.E. N*01/575 d

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"SERVICIO DETALA DE ÁRBOLESDE ALTURASUPERIORA 18 METROS Y OTROS"
I.D.: 2793-150-LE25
En Huechuraba, a 16 FEB 2026, entrela MUNICIPALIDAD DE
HUECHURABA,corporación de derecho público, RUT N*69.255.400-0, representada por su
Alcalde don MAXIMILIANO LUKSIC LEDERER, chileno, cédulade identidadN*16.370.245-2,
ambos con domicilio en esta ciudad, comuna de Huechuraba, calle Premio Nobel N*5555, en
adelante "el Municipio" o "el Mandante",por una parte;y por la otra,la empresa"DENDRON V8.B
SPA", RUT N*77.612.371-4, representada legalmente por don BERNARDO HUMBERTO
AVELLO MARTÍNEZ, cédula de identidad N*15.320.761-5, con domicilio paraestos efectos en
Avenida GabrielaN*2015, comuna dePuente Alto,Santiago, en adelante eindistintamente
denominada "la Empresa" o "el Prestador", se ha convenido el siguiente contrato:
PRIMERO: De los antecedentes.
Que mediante Decreto Exento N*01/3441, de fecha 29de septiembre de 2025,se aprobaron las
Bases Administrativas Especiales y las Especificaciones Técnicas de la propuesta pública
denominada "SERVICIO DE TALA DEÁRBOLES DEALTURASUPERIOR A18 METROS Y
OTROS", 1.D.: 2793-150-LE25.
Que la Municipalidad de Huechuraba,mediante Decreto ExentoN*01/4297,de fecha 28 de
noviembre de 2025, adjudicó la propuesta públicadenominada "SERVICIO DE TALA DE
ÁRBOLES DE ALTURA SUPERIORA 18 METROSY OTROS", 1.D.: 2793-150-LE25, a la
empresa "DENDRON V8B SPA", RUT N*77.612.371-4, representada legalmente por don
Bernardo Humberto Avello Martínez, cédula deidentidadN*15.320.761-5, por cumplir
cabalmente conlo requerido en lasBases Administrativas Especiales yEspecificaciones
Técnicas, presentando una oferta técnica y económica acorde alos interesesmunicipales y al
presupuesto disponible.
Que a través delOrdinario N*97/2026, de fecha 02 de febrero de 2026,proveniente del
Departamento deDecretos Alcaldiciosde la Municipalidad deHuechuraba,se solicitó a la
Dirección de Asesoría Jurídica la confección del respectivo contrato.
SEGUNDO: Del objeto del contrato yobligaciones.
Por el presente instrumento, la Municipalidad de Huechuraba contrata a la empresa "DENDR
V8B SPA", RUTN*77.612.371-4, representada legalmente por don BernardoHumberto Avel 5
Martínez, cédulade identidad N*15.320.761-5, para la ejecuciónde labores de tala de árboles
rered by Firma electrónica avanzada
5) BERNARDO HUMBERTO
2/€ Cert AveLLoMARTINEZ

Tabla 4 (página 4 (ocr) (texto) · 31 filas)

de altura superior a 18 metrosy otros que, por causas dela realidaddel terreno, no puedan ser
ejecutados porlos contratosactuales, en el contexto del manejode arbolado urbano en el
territorio comunal.
El servicio tienecomo finalidad garantizarcondiciones deseguridadpara la comunidad, prevenir
riesgos derivados del crecimiento incontrolado de especies arbóreas y conservarde forma
responsable elpatrimonio vegetal de la comuna.
Descripción del servicio:
a) Tala controlada: Corresponde al apeo total del ejemplar, mediante técnicasegura y
planificada, porsecciones ocompleta,según evaluación técnica.La tala solo seaplicará a
ejemplares muertos, en riesgo inminentede caída, conpudrición estructuralavanzada o cuya
extracción estédebidamente autorizada.
b) Rebaje de cepa: Contempla el rebajedel tronco y sistema radicular (desdesu base o cuello
de la especie) hasta 50 cm bajo el nivel del suelo. Se deberá aplicarun producto autorizado por
el SAG para elsecado del tronco, cepa ysistema radicular.
c) Métodos deejecución: Seautoriza eluso de:
e Técnicas de arborismo (escaladacon cuerdas, uso de arnés, posicionamiento seguro,
instalación de anclajes, rigging para descenso).
e Camiónalzahombres(plataforma elevadora)cuando lascondiciones del terreno
permitan su ingreso yoperación segura, conformea análisisprevio. Laaltura efectiva de
la plataforma elevadora debe sersuperior a 18 metros. Paraefectos del cumplimiento el
oferente deberá prestar la ficha técnica del vehículo.
e Maquinaria para los fines de rebaja de cepa.
Se deberá definir el método caso a caso,considerando:
e Condiciones estructurales del ejemplar.
e Restricciones de espacio o acceso.
e Seguridad de personas y bienes cercanos.
e Evaluación de riesgos(matriz).
El Prestador queda sujeto atodas las obligaciones contenidas enlas BasessobreContratos
Administrativosde Suministros y Prestación de Servicios y suReglamento, las Base
AdministrativasGenerales Reglamentarias de Concesiones yContratación deServicif
xs
Municipales, Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, oferta de laempre

Tabla 5 (página 5 (ocr) (texto) · 30 filas)

contratada, anexos ydemás antecedentes, todos loscualesse entienden formar parte integrante
de este contrato.
TERCERO: Obligaciones del Prestador.
Sobre normativa deseguridad ycertificaciones: El prestador deberácumplir con: certificación
vigente en trabajos en altura paratodo el personal operativo; acreditación en usode motosierra
y equipos motorizados de corte; certificación en técnicas dearborismo(IRATA, ANETVA, ISA u
organismo nacionalequivalente);aplicación de protocolo de trabajo seguro conforme a la Ley
N*16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales;y registroactualizado de
charlas de inducción,entregas deEPP y evaluaciones de riesgo.
Sobre supervisortécnico: Elprestador deberá designar unsupervisortécnico con
competencias acreditadas en arboricultura urbana ofaenasen altura.
Sobre manejo deresiduos vegetales: El prestadordeberá realizar elcorte, acopio,
ordenamiento y trozado de todoslos restos generados durante la faena, disponiéndolos en un
punto de acopio previamente definido en conjunto con la Dirección de Aseo y Ornato. El retiro y
disposición final delos residuoses de responsabilidad municipal, pero el prestador deberá
colaborar con el proceso de carga en los tiemposque sele indiquen.Las áreas intervenidas
deberán quedar libres de residuosmenores, sin obstrucciónal tránsito ni residuosen calzadas o
aceras. Los restos resultantes delas talas deberán tener untamaño máximo entre 40 y 100 cm.
Sobre documentación exigida:El prestador deberá entregar un informe consolidado con el
detalle de cada ejemplar intervenido, que incluya: identificación de la especie; ubicación
(dirección o coordenadas); tipo deintervención realizada; método de ejecución aplicado; número
de trabajadores y certificaciones; registro fotográfico(antes,durante y después); yobservaciones
técnicas.
Sobre prohibiciones: Queda estrictamente prohibida la intervención de ejemplares no
autorizados por la unidad técnicamunicipal. Todafaena deberá ejecutarse dentro del horario
laboral establecido yen coordinación previa con la ITS.
CUARTO: Del precio y forma depago.
El monto total del presente contrato asciende a la suma de $29.660.750.- (veintinueve millones
seiscientos sesenta mil setecientos cincuentapesos),impuestosincluidos, conforme al
Anexo N*6 de la oferta económicapresentada, desglosadosde la siguiente manera:
SERVICIOVALORCANTIDAD|VALOR TOTAL

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Tala por árbol$550.000.-x 22$12.100.000.-
Tala con rebaje de cepa por árbol ($675.000.-x 19$12.825.000.-
VALOR TOTAL NETO$24.925.000.-
IVA (19%)$4.735.750.-
VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS$29.660.750.-
El pago del o los servicios contratados,se realizarádentro de los 30 días corridos siguientes a la
recepción de la facturao del respectivoinstrumentotributario de cobro.
El Director de Aseo y Ornato, visará elestado de pago y factura, asimismo emitirá uncertificado
de Fiel Cumplimiento,que acompañará a la factura,remitiendo estos antecedentes ala unidad
que corresponda parasu tramitación ypago.
La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Carta de solicitud dirigida por el prestador a la Dirección de Aseo y Ornato.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales Formulario N*30, si procede.
c) Copia de pagos previsionales y de salud, si procede.
d) Otros documentos solicitados por elMandante opor la 1.T.S., omencionados en el contrato,
que sean necesarios para respaldar larespectiva factura.
e) Comprobante de pago de multas, silos hubiere.
La facturación debehacerse a nombre de la Municipalidad deHuechuraba, posterior a la
aprobación de la |.T.S.de los documentos presentados a pago, debiendo contener lossiguientes
datos:
MUNICIPALIDAD DEHUECHURABA
R.U.T. N*69.255.400-0
CALLE PREMIO NOBEL N*5555
(El valor deberá incluirIVA).
El gasto se imputará ala cuenta N*215-22-08-999,denominada "Otros", Gestión: servicios a
la comunidad, del presupuesto municipal 2025.
QUINTO: Del plazo de ejecución delservicio.

Tabla 7 (página 7 (ocr) (texto) · 29 filas)

El plazo deejecución delservicioserá a partir de la firma del acta deinicio deservicio, hasta
agotar el presupuesto asignado alcontrato.
SEXTO: Dela Inspección Técnica del Servicio (1.T.S.).
La Inspección Técnica delServicio(I.T.S.) corresponderá a La Direcciónde Aseo y Ornato.
Esta Dirección designaráun Profesional que velará porsu correcta ejecución.
Además, nombrará un profesionalquien, en representación de la misma, cumplirá lasfunciones
que se establecen en lasBases Administrativas Especiales y los Términos de Referencia. Este
profesional,y su suplentedeberánser decretados porel municipio.
La Empresadeberá someterse exclusivamente a las órdenes de la |.T.S.Estas órdenes deberán
cumplirse dentro del plazo que al efecto estipule la 1.T.S. El incumplimiento decada orden será
sancionadade acuerdo alas multas establecidas.
Si el incumplimiento persistiere más allá del términode catorce días,se podrá proceder a la
resolución del contrato, por incumplimiento del mismo,sin perjuicio de multas.
La 1.T.S. podrá exigir eltérminode las labores decualquier subprestador otrabajador del
prestador, por desórdenes, incapacidad o cualquierotro motivo grave, a juicio dela 1.T.S.,
quedando siempre responsable elprestador por los fraudes, vicios abusos ofaltasque haya
podido cometer la persona separada.
Será responsabilidad dela 1.T.S.efectuar la gestión de contrato ydar cumplimiento a lo
establecidoen el “Reglamento deresponsabilidad y obligaciones inspectores Técnicode Obras
y Servicios.
SÉPTIMO:De las disminucioneso aumentos del contrato.
En caso deaumento delcontrato,deberá complementarse la garantíade fiel cumplimiento de
este. En caso de disminución del contrato, podrá disminuirse el valor dela garantía.
Los aumentos y disminuciones delcontrato deberán contar con la autorizacióndel Director de
Aseo y Ornato y de la Secretaría Comunal de Planificación, y estos deben ser solicitados por el
prestador, para luego ser ordenados por decreto alcaldicio, y estosse tendrán como parte
integrante del contrato a partir de su notificación al prestador.
Se podrá disminuir o aumentar lascantidades contempladas en el contrato hasta en un 30%
cada partidadel presupuesto o deltotal de él. El pagode los aumentosse haráde acuerdo
los precios unitarios que el Prestador presentó en su oferta.

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OCTAVO: Delas garantías.
a) Seguro deResponsabilidadCivil por daños a terceros y/o a la propiedad durante la
ejecución delservicio.
El Prestador responderá por todos los daños que, con motivo de la ejecuciónde los servicios
licitados, cause a terceros y/o daños a la propiedad, de acuerdo con la legislación vigente.
Con este objeto, el proponente aquien se le adjudique la propuesta deberá hacer entrega a la
|,.T.S., previo al Acta de Inicio deServicio, de fotocopia legalizada ante Notario del contrato de
Seguro de Responsabilidad Civilpor daños a terceros y/o daños a la propiedad, por un valor
asegurado deUF 500 (quinientas Unidades deFomento),por evento, con vigencia hasta 30
(treinta) días corridos después deexpirado este.
Esta póliza deberá indicar:
Asegurado Principal: Nombre de la empresa; RUT.
Asegurados Adicionales: Municipalidad de Huechuraba, prestadors y/o subprestadors del
asegurado principal, profesionales, trabajadores yterceros.
Materia Asegurada: Seguro de ResponsabilidadCivil por daños a terceros y/o a la propiedad
durante la ejecución del servicio "SERVICIO DE TALA DE ÁRBOLES DE ALTURA SUPERIOR
A 18 METROSY OTROS", 1.D.: 2793-150-LE25.
NOVENO: Obligaciones legales.
El Prestador del Servicio quedaespecialmenteobligado alcumplimiento delas obligaciones
contenidas enel Código del Trabajo y normativacomplementaria de dicho cuerpo legal en las
relaciones consus trabajadores, en especial las normas relativas a previsión social, seguridad e
higiene, y accidentes laboralesy enfermedades profesionales. Asimismo,el Prestador del
Servicio se encuentra especialmente obligado a dar cumplimiento alas obligaciones
contractualescon sus trabajadores.
De su parte, el Mandante se reserva el derechoa ser informado por el Prestador del Servicio
acerca del monto y cumplimiento de obligaciones laborales, incluidas lasindemnizaciones
legales y previsionales que a estos correspondancon respecto a sus trabajadores, y a retener
los estados depago y hacer efectivas las garantías constituidas, a fin de subrogar al Prestador
del Servicio enel pago.
DÉCIMO: De las multas.
Se aplicarán las siguientes multasa la empresa prestadora, en las siguientes situaciones y
sus correspondientes valores:

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N* MULTAMONTO
1 No presentarse a trabajar cuando la 1.T.S. lo solicite.5 UF
2 Presentarse en la faena sin losEPP.3 UF cada vez ypor cada
operario
3 No presentarlos elementos deescalada (arnés, anclajes,[3 UF cada vez
rigging, cuerdas).
4 No ejecutar elrebaje de cepa.20 UF
O No presentarla matriz de riesgoa la 1.T.S.2 UF
6 No señalizarel área de faena.2 UF
7 No retirar losrestos al finalizar la faena.3 UF
8 Intervenir ejemplares no autorizados por la 1.T.S.3 UPF
9 No entregar informe consolidado(punto 6.2 delas EE.TT.).110 UF
El valor de la UF aconsiderar será el correspondiente al mes de la fecha de notificación
de la multa mediante documento ordinario.
Al aplicar una multa,esta será notificada a la empresa prestadora por la InspecciónTécnicadel
Servicio (1.T.S.).
Las multas definidas en UF quesean cursadas y aplicadas deberán ser pagadas
anticipadamente como requisito para gestionar el estado de pago del servicio correspondiente.
Estas deberán ser convertidas a pesoschilenos al valor de la UFcorrespondiente almes en que
se cursó la multa, conversión monetaria que deberáser revisada y ratificada porla 1.T.S., y
deberá contar con elV” B* de la unidadrequirente respectiva.
No procederá la aplicación de multa enaquellos casosen que la infracción se produzca por caso
fortuito o fuerza mayor, lo cual deberáser acreditadopor el adjudicatario y calificado así porla
Municipalidad, conforme al siguiente procedimiento:
a) Ante la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, elproveedor deberádirigir una
comunicación escritaal inspector técnico del servicio,dentro delos 3 primeros díashábilesde
acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamentensu
presentación.
b) La Municipalidadresolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo con el méri
de los antecedentesacompañados, sea rechazada oaceptada.

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DÉCIMO PRIMERO: Delas sanciones y procedimientos.
Cualquier incumplimientorespecto de las obligaciones contraídas porel prestador facultará a la
Municipalidad de Huechurabapara aplicar unao varias de las siguientesmedidas:
a) Aplicar la multa que corresponda.
b) Exigir su cumplimientojudicial, con indemnización de perjuicios.
Cc) Hacer efectivas administrativamente, cuandocorresponda,las diferentes garantíasrecibidas.
DÉCIMO SEGUNDO: Dela resolución del contrato.
El Contrato podrá terminar enforma anticipadapor las siguientes causales:
a) El mutuo acuerdo entre laspartes.
b) La Municipalidad deHuechuraba, podrá poner términoen forma unilateral osuspender
transitoriamente la ejecucióndel servicio encualquier momento porcausales ajenas a la
responsabilidad del prestador, tales como deemergencianacional,instruccionessuperiores,
legislaciones u otro motivo defuerza mayor, dando aviso por escritoa éste, dentrode los tres
días siguientes a la fecha del acto administrativo que lo fundamenta. En dicho caso, la
Municipalidad de Huechurabapagará al prestador el montoque corresponda al avance efectivo
del servicio. En este caso seentenderá quetodos los gastos queorigine la liquidación del
Contrato serán de cargode laMunicipalidad.
c) El contrato podrá ser resuelto administrativamente de pleno derecho, sin forma dejuicio y sin
derecho a indemnizaciónpor cualquier incumplimiento gravede partedelprestador respecto de
las obligaciones contraídas envirtud del contrato.
Para todos los efectosde este contrato se considerará que las siguientes causales, cuya
enumeración en ningúncaso es taxativa, son de incumplimientograve del prestador:
a) Perder por causa sobreviniente la calidad proveedor en elregistrodeproveedores del portal
www.mercadopublico.cl.
b) Incumplir el procedimiento,establecido en las Bases Administrativas, de notificación previa al
mandante en caso de suscribircontrato de factoring.
c) Si hay orden de ejecución yembargo de todoo parte de sus bienes;

Tabla 11 (página 11 (ocr) (texto) · 24 filas)

e) Si el prestadordel servicio esuna sociedad y vaa su liquidación.
f) Si el prestadordel servicio le fueran protestados documentos comerciales quemantuviera
impagos durante60 días ono fueran debidamenteaclaradosdentrode dicho plazo;
g) Si el prestador del serviciofuera sometido aproceso oformalizado por algún delito que
merezca pena aflictiva, oalgúnsocio, representante legal ogerente general de una empresa
constituida en forma distinta auna sociedad anónima, o silo fuera, el representante legal o
gerente general oalguno de losdirectores de dicha sociedadanónima;
h) Si el prestador ha hecho abandono del contrato, interrumpe odisminuye la prestación del
servicio;
i) Si no ha efectuado dentro delplazo fijado por el1.T.S., despuésde haber sido notificado por
escrito por éstede la remocióny reemplazo demateriales,equipo personal quehayan sido
rechazados;
j) Si a juicio delMandante, mediante informe fundado, noestá ejecutando losservicios de
acuerdo con elcontratoo enforma reiterada oflagranteno cumple con lasobligaciones
estipuladas;
k) En caso de muerte del prestador o socio que implique término degiro de la empresa;
I) El incumplimiento delpagode los sueldos, salarios y leyessociales; o enel pago de
proveedores y engeneral cualquier otro caso de incumplimiento de las obligacionesdel contrato;
m) Por la insolvencia o quiebra del prestador;
n) Si el prestadordisminuye la capacidad técnica oeconómicaparaprestar el servicio.
DÉCIMO TERCERO: De la jurisdicción.
Para todos los efectos legalesderivados del presente contrato, laspartes fijan domicilio en la
ciudad y comunade Santiago, yse someten a la jurisdicción de sustribunales de justicia.
DÉCIMO CUARTO: De las personerías.
noviembre del año 2024, yen elActa de Proclamación de Alcalde y Concejales de la comuna de

Tabla 12 (página 12 (ocr) (texto) · 21 filas)

Huechuraba, defecha03 de diciembre delaño 2024, ambas emanadas del PrimerTribunal
Electoral de la Región Metropolitana.
La personería dedon BERNARDO HUMBERTO AVELLO MARTÍNEZpara representar a la
empresa "DENDRON VéB SPA" consta enCertificado de Vigencia de Poderes emitido por el
Registro de Empresas ySociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo,de fecha
04 de febrero de2026, Código de VerificaciónElectrónico(CVE): CRIpz9507jZQ.
DÉCIMO QUINTO:
Para su validez, el presente instrumento serásancionadopor el respectivodecreto alcaldicio.
wered byFirma electrónica avanzada,
>BERNARDOHUMBERTO ESa
(2/ecerftavento MARTINEZ hz y AN
2026.02.16 12:54:06 -0300SE
BERNARDO HUMBERTO AVELLO —> [MAXIWIENANO-EURSICTEDERER
MARTÍNEZ
Alcalde
Representante Legal
Municipalidad deHuechuraba
"DENDRONV8¿.B SPA"
GCG/SCG. Contrato deServicios"Servicio de Tala de Árbolesde Altura Superior a 18 Metros y Otros",1.D.: 2793-150-LE25X2
Firma electrónica avanzada
BERNARDO HUMBERTO
AvELLOMARTINEZ